Contrato de Compraventa de bien inmueble urbano.

NUMERO __________ (____). En la ciudad de Guatemala, el veintidós de mayo del año dos mil diecinueve ANTE MI: Marcial de

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NUMERO __________ (____). En la ciudad de Guatemala, el veintidós de mayo del año dos mil diecinueve ANTE MI: Marcial de Jesús Calderón Mancilla Notario, COMPARECEN: por una parte el señor CARLOS ENRIQUE CALDERÓN SAMAYOA de setenta y nueve años, soltero, guatemalteco, comerciante y de este domicilio, quién se identifica con Documento Personal de Identificación (DPI) y con Código Único de Identificación (CUI) número dos mil cuatrocientos sesenta y ocho espacio setenta y dos mil setecientos sesenta y cuatro espacio cero cuatro nueve (2468 72764 0409), extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala; y por la otra parte el señor MAIKO GIOVANNI CALDERÓN PEREDA, de cuarenta y un años, soltero, guatemalteco, comerciante, de este domicilio, quien se identifica con el Documento Personal de Identificación (DPI) y con Código Único de Identificación (CUI) número dos mil cuatrocientos sesenta y cinco espacio cero tres mil trescientos treinta y cinco espacio cero ciento uno (2465 03335 0101), extendida por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala; Los comparecientes me aseguran hallarse en el libre ejercicio de sus derechos civiles, y que por el presente instrumento celebran CONTRATO DE COMPRAVENTA DE

BIEN INMUEBLE, de

conformidad con las siguientes cláusulas: PRIMERA: manifiesta el señor CARLOS ENRIQUE CALDERÓN SAMAYOA, que es propietario de la Finca Urbana inscrita en el Registro General de la Propiedad de la zona Central al número tres mil sesenta y dos (3062), folio sesenta y dos (62), del libro ciento cuarenta y siete E (147E) de Guatemala; con las medidas y colindancias que le aparecen en su primera inscripción de dominio; que se encuentra ubicada en octava calle “C”, quince guion sesenta, Colonia Bello Horizonte, zona veintiuno de la ciudad de Guatemala. SEGUNDA: Manifiesta el señor CARLOS ENRIQUE CALDERÓN SAMAYOA que por el precio de diez mil quetzales (Q.10,000.00), que declara tener recibidos a su satisfacción de MAIKO GIOVANNI CALDERÓN PEREDA, le VENDE el bien inmueble identificado en la cláusula primera de este instrumento, En la presente venta, se incluye todo cuanto de hecho y por derecho le corresponda a la referida finca. TERCERA: Que por advertencia del infrascrito Notario, el vendedor declara bajo juramento de ley y

advertido de las penas relativas al delito de perjurio que sobre la finca que vende, no pesan gravámenes, anotaciones ni limitaciones, que puedan afectar los derechos de las compradoras y el Notario le advierte de las responsabilidades en que incurriere si así no fuere y en su caso se somete al saneamiento y evicción de Ley. CUARTA: Por su parte el señor MAIKO GIOVANNI CALDERÓN PEREDA, manifiesta, que ACEPTA la VENTA de la finca que el día de hoy se le hace. Yo el Notario, DOY FE: a) Que todo lo escrito me fue expuesto; b) Que tuve a la vista los documentos personal de identificación de las otorgantes, así como la certificación de la finca tres mil sesenta y dos (3062), folio sesenta y dos (62), del libro ciento cuarenta y siete E (147E) del Departamento de Guatemala extendida por el Registrador Auxiliar del Registro General de la Propiedad de la zona Central con el cual el vendedor acreditó su derecho de propiedad, sobre la finca, objeto de la presente venta; c) Que advierto los efectos legales del presente contrato y la obligación del registro correspondiente; d) leo lo escrito a las otorgantes quienes bien enteradas de su contenido, objeto, validez, obligación registral y demás efectos legales, lo aceptan ratifican y firman juntamente con el notario que autoriza.