CONTRATO DE CESION MINERA CON OPCION DE CONTRATO DE TRANSFERENCIA.doc

CONTRATO DE CESION MINERA CON OPCION DE CONTRATO DE TRANSFERENCIA La COMPAÑÍA MINERA DEL SUR S.A. una sociedad anónima l

Views 168 Downloads 7 File size 43KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

CONTRATO DE CESION MINERA CON OPCION DE CONTRATO DE TRANSFERENCIA La COMPAÑÍA MINERA DEL SUR S.A. una sociedad anónima legalmente establecida en Perú representada por el Sr. José Carlos Guillen Gil, en su calidad de Gerente Administrativo, conforme al Poder Especial No. 409/2016, otorgado por ante la Notaría Pública Escarza a cargo del Dr. Julio E. Escarza Benítez, en fecha ocho de mayo de 2016, más adelante y para los fines del presente, señalado como el CESIONARIO. El Sr. Cristian Torres Del Carpio, mayor de edad, con D.N.I. 70015345, señalado como PROPIETARIO en cuanto a la concesión minera denominada "A-16" y para los fines del presente, señalado como el CEDENTE. PRIMERO: ANTECEDENTE El CEDENTE declara ser legítimo concesionario de la siguiente concesión minera, la cual declara que se encuentra plenamente vigente: La concesión minera denominada "A-16" de 10 cuadrículas mineras de extensión, la cual se encuentra ubicada en la Provincia de Castilla, Departamento de Arequipa, conforme al Testimonio No. 731/01 extendido por ante la Notaría Pública Escarza a cargo del Dr. Julio E. Escarza Benítez, en fecha 12 de Octubre de 2014, a favor de Cristian Torres Del Carpio, instrumento debidamente registrado en el Registro Minero bajo la Partida No. 797. SEGUNDO: OBJETO DEL CONTRATO EL CEDENTE entrega en cesión DEL CESIONARIO los derechos sobre la concesión minera descrita en la cláusula primera. TERCERO: PLAZO DE VIGENCIA El plazo de la vigencia de la cesión será de 5 años contados a partir de la firma de la Escritura Pública que este documento origine. CUARTO: PAGO DE COMPENSACION EL CESIONARIO deberá pagar a EL CEDENTE una compensación, la misma que será el 15% de las ventas netas que EL CESIONARIO realice durante la vigencia del contrato.

Para la determinación del valor neto de las ventas se reducirá del valor bruto los gastos de fundición y refinación, los gastos de transporte, y tributos. QUINTO: PLAZO DE LOS PAGOS POR COMPENSACION Las partes acuerdan que los pagos por compensación se realizarán dentro de los 15 días siguientes de cerrado cada mes calendario, teniendo EL CEDENTE el derecho de poder observar los cálculos efectuados por EL CESIONARIO. SEXTO: OBLIGACIONES DEL CESIONARIO EL CESIONARIO se obliga a realizar la exploración y explotación de los derechos mineros sobre la concesión minera señalada en la cláusula primera cumpliendo los requisitos que para el efecto establece la Ley General De Minería; sustituyéndose en todos los derechos y obligaciones DEL CEDENTE respecto a los derechos mineros materia de la cesión. SEPTIMO: EL CESIONARIO queda obligado al pago del derecho de vigencia de la concesión. OCTAVO: RESOLUCION DEL CONTRATO Serán causales de resolución del presente contrato, el incumplimiento por parte DEL CESIONARIO en dos ocasiones sucesivas del pago de la compensación pactada, así como el incumplimiento de las obligaciones que la Ley de Minería establece. NOVENO: Las partes acuerdan que a la terminación del contrato la cesionaria tendrá un plazo de 6 meses para retirar todos sus equipos, y demás bienes que hubiese introducido en la concesión. DECIMO: IMPEDIMENTOS EL CESIONARIO queda impedido de celebrar con terceros contratos de cesión minera sobre la concesión materia del presente contrato. DECIMO PRIMERO: CARGAS Y GRAVAMENES EL CEDENTE declara que sobre las concesiones mineras no pesan hipotecas, embargos, o gravámenes que puedan afectarlos. DECIMO SEGUNDO: DERECHO DEL CEDENTE

EL CEDENTE se reserva el derecho de poder visitar en cualquier momento las instalaciones de la concesione minera cedida, bastando para ello la comunicación de la fecha y hora en que se efectuará la visita y el nombre de la persona que la efectuará. DECIMO TERCERO: EJERCICIO DE LA OPCION Para ejercer la Opción, EL CESIONARIO deberá comunicar tal decisión por carta notarial a EL CEDENTE; así como presentar El Estudio de Factibilidad. Una vez aprobado el Estudio de Factibilidad y cumplidos los requisitos antes indicados, EL CESIONARIO se considerara apto para suscribir EL CONTRATO DE TRANSFERENCIA conforme a los términos y condiciones establecidos. Vencido el plazo de vigencia de la opción sin que EL CESIONARIO la haya ejercido, la opción caducara automáticamente y EL CESIONARIO, en un plazo no mayor de noventa (90) días desde el vencimiento del plazo de vigencia de la opción, deberá retirar todos los equipos, maquinarias, materiales y demás elementos móviles utilizados con ocasión de las labores realizadas. DECIMO CUARTO: GASTOS NOTARIALES Los gastos notariales así como los registrales serán asumidos por EL CESIONARIO.

En Arequipa, a los 12 del mes de junio de 2016

FIRMA DEL CEDENTE CESIONARIO

FIRMA

DEL