Contabilidad agosto 2019

DIRECCIÓN DE IMAGEN INSTITUCIONAL Y PUBLICACIONES REVISTA INSTITUCIONAL Agosto, edición digital | Año 2019 | N° 07 E

Views 128 Downloads 3 File size 29MB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

DIRECCIÓN DE IMAGEN INSTITUCIONAL Y PUBLICACIONES

REVISTA

INSTITUCIONAL

Agosto, edición digital | Año 2019 | N° 07

ERO ANCI N I F ABLE CO N T TA R I A U B I R IÓN T GEST L BORA A L N IÓ GEST A TO R Í AU D I TA L ONAL N I E S E M F RO RNA A YP GUBE C I M É AC A D N Ó I C A FO R M NAL O I C U IT INST

Contenido 1 Mensaje del Directorio

CONTABLE - FINANCIERO 2

Diseño del sistema de costos para la empresa industrial de confecciones de prendas de vestir

6

Costeo y control de los costos indirectos de fabricación

CONSEJO DIRECTIVO 2018 - 2019

10

Modificación del coeficiente o porcentaje para determinar los pagos a cuenta del IR a partir del período agosto 2019

CPCC Johnny Nelson Castillo Macedo Decano

14

Procedimiento de disolución y liquidación de un empresa Individual de Responsabilidad Limitada

CPCC Quintín Juan Pino Tellería Primer Vice Decano

19 21

CAPEX y OPEX

Dr. CPCC Edgard Agustín Alvarez Huertas Segundo Vice Decano

Tasas de interés dentro del ámbito financiero

GESTIÓN TRIBUTARIA 23

Tratamiento tributario de la deducción de intereses de deudas

32

¿Cómo debe presentarse el sujeto fiscalizado ante una citación por aplicación de la norma antielusiva general?

GESTIÓN LABORAL 36

Seguros ofrecidos por el Seguro Integral de Salud

44

¿Cómo registro Subsidio por Maternidad en el PDT PLAME?

45

Consultas frecuentes y casos prácticos de temas laborales

AUDITORÍA 48 Debilidades del control interno 50 Responsabilidad del auditor independiente GUBERNAMENTAL 53

Medición de los activos y pasivos en los estados financieros

FORMACIÓN ACADÉMICA Y PROFESIONAL 60

Principales Actividades Académicas AGOSTO 2019

INSTITUCIONAL 62 69 72

Actividades Institucionales Saludos Comunicados

HECHO EL DEPÓSITO LEGAL EN LA BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERÚ Nº 2012-05563 COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE AREQUIPA Calle Sánchez Trujillo 201 Urb. La Perla, Cercado, Arequipa. Teléfonos: (054) 215015, 285530, 231385 Email: [email protected] Sitio Web: www.ccpaqp.org.pe REVISTA INSTITUCIONAL. Año 2019, Nº 07 Edición digital: Agosto 2019

CPCC Jacqueline Victoria Coronel Barreda Directora Secretaria CPCC Edin Eli Apaza Fuentes Director de Finanzas CPCC René Ramírez Villena Director de Administración y Desarrollo Estratégico CPCC Esther Zoraida Chambi Bueno Directora de Imagen Institucional y Publicaciones CPCC Efrain Gregorio Vera Antahuara Director de Educación y Desarrollo Profesional CPCC Hugo Ricardo Gonzales Portugal Director de Certificación Profesional CPCC Pedro Luis Murillo Salazar Director de Investigación Contable y Consultoría CPCC Rosa María Pacheco Pantigozo Directora de Bienestar Social CPCC Miguel Angel Cayro Ampuero Director de Actividades Deportivas y Culturales CPCC Lily Margoth Juarez Salazar Directora de Comités y Comisiones Directores Suplentes: - CPCC Florangel Valencia Nina - CPCC Ricardo Germán Solis Herrera - CPCC Santos Eladio Malpartida Coronado

REVISTA

INSTITUCIONAL DIRECCIÓN Y DISEÑO CPCC Esther Zoraida Chambi Bueno Directora de Imagen Institucional y Publicaciones

Abel Huamaní Vera Renato Alonzo Quispe Soncco Diseño y Diagramación

Mensaje del Directorio

Participando en la Sociedad Un 15 de agosto de 1540, bajo la denominación de "Villa Hermosa de Nuestra Señora de la Asunta", se fundó Arequipa, hoy convertida en la segunda metrópoli más grande del país. Las razones para festejar el 479° aniversario sobran , ya que Arequipa le ha regalado al Perú grandes motivos de orgullo. Nuestro Colegio de Contadores Públicos de Arequipa no es ajeno a estos acontecimientos, por lo que siempre estamos prestos a colaborar con mucho empeño y esfuerzo. Las actividades que realizamos como Colegio de Contadores son para dar prestigio y enaltecer nuestra profesión que es aceptada donde la apliquemos. Por otro lado, siempre desarrollando en lo académico con la capacitación constante de nuestros agremiados con seminarios, cursos, especializaciones, etc. Recibiendo a nuevos colegas de todo el país, de todas las universidades dándoles la bienvenida con una Ceremonia de Colegiatura y capacitación para asumir las responsabilidades y cumplirlas. Prepararlos para encarar con entusiasmo las jornadas que les espera en el futuro y así dejar en alto el nivel de nuestro Colegio. Asimismo, el Comité de Damas con mucho entusiasmo y alegría preparan y desarrollan las actividades propias para nuestras colegas Contadoras e invitadas, con charlas propias para mejorar nuestra imagen, productos de utilización que nos alivien los quehaceres de la casa. Cuidados para con nuestro cuerpo y nuestro espíritu. Este mes damos gracias a todos los colegas y amigos que nos apoyaron con sus donaciones en alimentos, ropa de abrigo y otros para llevar en Juntos Contra las Heladas segundo año que tratamos de juntar lo más posible y llevarlo a personas que más lo necesitan, este año fue en el sector de Sabandía . Damos gracias también por la Inauguración de nuestro Oratorio tan solicitado, donde ahora está la Virgencita de Chapi en nuestro Complejo Deportivo en Sachaca. Cumpliendo también con el adoquinado del estacionamiento en el Complejo Deportivo “CPC. Alejandro Tejada Rodríguez” en Sachaca para beneplácito de todos nuestros colegas. Embelleciendo nuestro complejo deportivo para desarrollar las diversas actividades deportivas e institucionales. Finalmente, hago los votos más sinceros para que todo lo desarrollado y por desarrollar nos de un nuevo optimismo de sueños por soñar, de nuevos caminos por recorrer y más alegría de vivir.

CPCC Jaqueline Coronel Barreda DIRECTORA SECRETARIA

JULIO 2019

| REVISTA INSTITUCIONAL | 1

Contable - Financiero

Diseño del sistema de costos para la empresa industrial de confecciones de prendas de vestir Autor: Isidro Chambergo Guillermo (*) RESUMEN El presente trabajo pretende recopilar y analizar los lineamientos básicos para diseñar la implantación de un sistema de costos en una empresa industrial de confecciones de pendas de vestir basado en las actividades productivas que realizan estas empresas.

1. Consideraciones iniciales para el diseño de un sistema de costo

prendas de vestir nos permite obtener los siguientes datos del área de producción en forma resumida:

La acumulación y clasificación de costos rutinarios que se tramitan en la empresa se convierte en una ardua tarea, capaz de consumir gran cantidad de tiempo de muchas personas. Por ello, es preciso que el sistema de costos sea bien planificado, considerando aspectos, como las características de producción, momento y tipo de información requerida por la gerencia, y la estructura orgánica de la empresa.

• La tela denominada con la que se confecciona las prendas de vestir objeto de la materia de costeo es adquirida a un proveedor el cual la distribuye en base a metros, los que ingresan al almacén luego de ser chequeados por el personal del departamento de compras y, posteriormente, la tela se enviará al Departamento de Corte.

2. Pasos generales para diseñar el sistema de costos Se debe considerar los pasos siguientes: a) identificación del objeto de costos de acuerdo con las necesidades de la empresa para tomar decisiones, además de identificar los centros de costos productivos y de servicios industriales; b) diseño de métodos para la identificación de los costos incurridos por cada objeto de costos, para lo cual deberá clasificarse a los costos en directos e indirectos; c) formulación del plan de cuentas financieras y de costos conjuntamente con los registros auxiliares de control de costos de producción; y d) diseño de formas e informes rutinarios de costos para la gerencia de costos para las decisiones de gestión que realizan los funcionarios responsable de las áreas de responsabilidad.

• En el Departamento de Corte, la tela es colocada bajo los moldes según la talla de las prendas de vestir que se vaya confeccionando, para luego proceder a su cortado, quedando así listo para ser traslada al Departamento de Producción. • En el Departamento de Producción, seis (6) operarios se encargan de la confección de las prendas, las cuales son confeccionadas en un tiempo muy reducido por ser el personal experimentado, el cual es remunerado por la modalidad de destajo. • Luego del proceso de producción, el producto pasa al Departamento de Acabado, donde los operarios realizan el cortado de los restos de hilos que pudieran quedar en la prenda, y colocar, asimismo, los accesorios, como los botones y otros adornos que pudiera llevar la prenda.

3. Caso ilustrativo: empresa industrial de confecciones de prendas de vestir

• Por último, el Departamento de Empaque es el lugar donde se realiza la selección del material que pudiera encontrarse con fallas y los cuales son retirados de la producción actual y derivados a la sección de remates para poder ser ofertados a menor precio de ser el caso.

El estudio de campo realizado en esta empresa de confecciones de

• Al final del proceso productivo, los artículos son colocados en

2

| REVISTA INSTITUCIONAL |

AGOSTO 2019

Contable - Financiero

Costo de la materia prima por unidad

los estantes, listos para su comercialización. Ahora bien, la empresa en estudio tiene el siguiente organigrama: Gráfica 1 Organigrama de la empresa

Gerencia General

Compras

Producción

Cuadro 2 Blusa Descripción

Unidad medida

Cantidad

Tela Botones Hilo

Metro Unidad Metro

0.80 5.00 10.00

Empaque

A continuación se presenta el flujograma del proceso productivo de las prendas de vestir:

Tela Botones Cierre Hilo

Unidad medida

Cortado Separación según tallas Producción Producto elaborado Acabado final

9.00 0.15 0.008

Cantidad

Metro Unidad Unidad Metro

S/7.20 0.75 0.08 S/8.03

Costo

1.10 1.00 1.00 12.00

Total

S/9.00 0.30 0.80 0.008

9.900 0.300 0.800 0.096 S/11.096

Cuadro 4 Falda

Gráfica 2 Flujograma de la producción

TELA

Total

Cuadro 3 Pantalón

Corte Descripción

Acabado

Costo

Unidad medida

Descripción Tela Botones Cierre Hilo

Cantidad

Metro Unidad Unidad Metro

Costo

0.50 1.00 10.00 10.00

Total

S/9.00 0.20 0.80 0.008

4.50 0.20 8.00 0.08 S/12.78

• Costo de la mano de obra por unidad Departamento de Corte - Dos (2) operarios - Paga semanal

: S/ 100 por operario

- Producción semanal : 1,050 prendas

Prendas Empaque

- Costo de MOD por prenda, Departamento de Corte: S/ 0,19047619 Departamento de Producción - 6 operarios

Comercialización

Cuadro 1 Análisis de las actividades Centro de actividad

Compras

Corte

Producción

Acabado final

Empaque

- Pago por destajo - Blusa

: S/ 0,60

- Pantalón

: S/ 0,80

- Falda

: S/ 0.50

Actividades • Emitir órdenes de compra • Controlar la calidad del producto recibido • Transferencia de materia prima al siguiente departamento • Cortar la tela según molde • Control de calidad • Transferencia al siguiente departamento • Confección de las tres prendas de vestir • Colocación de cierres a las prendas según el caso • Transferencias de prendas confeccionadas • Recorte de las mermas de hilo de cada prenda • Colocación de algunos accesorios • Transferencias • Selección del producto • Envolturas y colocación

Cuadro 5 Resumen de la mano de obra Descripción

Corte

Producción

Costo total

Blusa

0,19047619

0.60

0.79

Pantalón

0,19047619

0.80

0.99

Falda

0,19047619

0.50

0.69

Cuadro 6 Resumen de costos directos (producción semanal) Producto

Volumen

Costo MPD

Costo MOD

Blusa

350

S/8.03

0.79

Pantalón

500

11.10

0.99

Falda

200

5.58

0.69

AGOSTO 2019

| REVISTA INSTITUCIONAL |

3

Contable - Financiero

Cuadro 7 Costo directo de la prenda Producto Blusa Pantalón Falda Total

Producto Valor base

Volumen producción Materia prima directa 350 2,810.50 500 5,548.00 200 1,116.00 1,050 9,474.50

Mano de obra directa 2,766,687 4,952,381 1,380,952 910,000

Blusa Pantalón Falda Total

Compra

Corte

Repuestos Luz Materiales Personal Suministros Depreciación Alquileres Total

0.00 3.75 10.00 120.00 20.00 0.00 26.25 180.00

0.00 15.00 5.00 0.00 5.00 3.65 26.25 54.90

Elemento Empaque

Acabado 2.00 45.09 11.00 200.00 0.00 0.00 26.25 284.34

Producción 5.00 68.75 50.00 0.00 40.00 21.88 26.25 211.88

0.00 3.25 80.00 200.00 2.00 0.00 26.25 311.5

Total 7.00 135.84 158.00 520.00 67.00 25.53 131.25 1,042.62

Cuadro 9 Actividades significativas y unidades de actividad

Actividad

Unidad de actividad

Compra

Número órdenes de compra

Corte

Número unidades producidas Número de unidades producidas

Acabado

Número unidades producidas

Empaque

Número unidades seleccionadas

Blusa 2 350

Producción

Unidades producidas

350

Acabado

Unidades producidas

Empaque

Unidades seleccionadas

Total

Pantalón 1 500

Blusa Pantalón Falda

0.990000

0.690000 0.383700

S/9.426085

S/13.597500

S/13.853700

Total

500

200

1,050

499

197

1,044

Pantalón Falda

1,400

2,000

798

4,198

Total

1/3

500

167

1/12

200

17

Total horas

Producto Blusa

Valor base

Tasa

2 1 1 4

90 45 45

350 500 200

Tasa

Valor base 350

0.052285714

500 200

0.052285714 0.052285714

Distribución Unidades Cto. unitario S/18.30 350 0.05 26.14 10.46

500 200

0.05 0.05

S/54.90

Blusa Pantalón Falda Total

Valor base

Tasa

Distribución

350 500 200

0.20179048 0.20179048 0.20179048

70.63 100.89 40.36 S/211.88

Unidades 350 500 200

Valor a distribuir

S/1,042.62

- Actividad: acabado - Costo: S/ 284.34 - Cost driver: número de unidades producidas - Total cost driver: 1 050 - Tasa de distribución: 0.270797619

Base de distribución

Horas de la mano obra directa

Producto

Total de la base de distribución

231 horas de mano de obra directa

Tasa de distribución

4.513495871

Cto. unitario 0.20 0.20 0.20

AGOSTO 2019

Valor base

Tasa

Distribución

Unidades

Cto. unitario

Blusa

350

0.270797619

94.78

350

0.2708

Pantalón

500

0.270797619

135.40

500

0.2708

Falda

200

0.270797619

54.16

200

0.2708

Total

| REVISTA INSTITUCIONAL |

S/0.26 0.09 0.23

231

Cuadro 12 Distribución de los costos indirectos de fabricación

4

Cto. unitario

Unidades

Distribución

45,00 45,00 45,00

Actividad : producción - Costo : 211.88 - Cost driver : número de unidades producidas - Total cost driver : S/ 1 050.00 - Tasa de distribución: 0.201790476 Producto

47

12.780000

- Actividad : corte - Costo : S/ 54.90 - Cost driver : número de unidades producidas - Total cost driver : 1,050 - Tasa de distribución: 0.052285714

348

350

11.100000

• Cálculo del costo en base a las actividades productivas - Actividad : compras - Costo : S/ 180, 00 - Cost driver : número de órdenes de compra - Total cost driver :4 - Tasa de distribución : 45

350

2/15

Falda

1.507500

1,050

Cantidad/horas

Pantalón

0.606085

200

Cuadro 11 Horas de mano de obra directa (MOD) por cada producto

Blusa 0.790000

500

Cantidad

S/0.606085 1.507500 0.383700

Costo indirecto

Total 4 1,050

Se utilizan 231 horas de mano de obra directa (MOD) para la producción de 350 blusas, 500 pantalones y 200 faldas.

Tiempo

350 500 200

Mano de obra

Falda 1 200

• Cálculo del costo por el método tradicional

Producto

S/212.13 753.75 76.74 S/1,042.62

8.030000

Blusa Pantalón Falda Total

Cuadro 10 Data de los costos de producción Unidad actividad órdenes compra Unidades producidas

4.513495871 4.513495871 4.513495871

Costo unitario

Volumen

Materia prima

Producto

Producción

Actividad Compra Corte

Costo distribuir

Cuadro 13 Costos indirectos de producción

Cuadro 8 Costos indirectos de fabricación Concepto

47 167 17 231

Tasa

S/284.34

Contable - Financiero

- Actividad: empaque - Costo: S/ 311.50 - Cost driver: número de unidades producidas - Total cost friver: 1 050 - Tasa de distribución: 0.29666666 Producto

Valor base

Blusa Pantalón Falda Total

350 500 200

Tasa

Distribución

0.2966666 0.2966666 0.2966666

Se solicitan los siguientes: • Estado de Resultados • Estado de costo de ventas Solución Unidades

103.83 148.33 59.34 S/311.50

350 500 200

Cto. unitario S/0.30 0.30 0.30

Cuadro 14 Costo unitario de producción Elemento

Blusa

Pantalón

Falda

Materia prima directa

8.03

11.096

12.78

Mano de obra directa

0.79

0.99

0.69

Costos indirectos fabricación: Compra de materiales

0.26

0.09

0.23

Corte

0.05

0.05

0.05

Producción

0.20

0.20

0.20

Acabado

0.27

0.27

0.27

Empaque

0.30

0.30

0.30

S/9.90

S/13.00

S/14.52

Total costeo basado en actividad Total costo tradicional

S/9.426085 S/13.597500 S/13.853700

Cuadro 15 Estado de Resultados

Ventas Menos: Costo de ventas Utilidad bruta en ventas Gastos de operación: Gastos de venta Gastos de administración Utilidad neta

S/250,000 150,000 100,000 23,000 25,000

El cuadro 15 representa los ingresos por ventas, y los costos y gastos del periodo de costos, obteniéndose una utilidad neta de S/ 52,000. Cuadro 16 Estado de costo de venta

Costo de materia prima Inventario inicial de materia prima

S/

43,200

4. Requisitos del sistema de costos

Materia prima disponible

55,200

El sistema de costos constituye un subsistema del área de contabilidad importante para analizar los resultados de las operaciones que realiza la empresa con el fin de decidir y eliminar las situaciones que están fuera de lo normal; no obstante, deben existir ciertos objetivos que se deben tener en cuenta, tales como los siguientes:

Menos: Inventario final de materia prima Costo de materia prima

• establecer procesos, rutinas de trámites escritos para todas las operaciones; • diseñar y elaborar informes de costos relevantes y oportunos; • realizar verificaciones periódicas de la gestión realizada; • establecer medidas para reducir y optimizar los costos de producción; 5. Reportes de costos para la gerencia Los registros de Fuentes y Cía. SA proporcionan la siguiente información para el presente mes:

Concepto

Inventario inicial S/

Inventario final S/

Materia prima directa

12,000,00

13,500.00

Mano obra directa

15,100,00

17,600.00

Costos indirectos

19,500,00

21,200.00

• Datos sobre las operaciones

Costo de mano de obra directa Costos indirectos de fabricación Costo de ventas Ventas Gastos de venta Gastos de administración

S/150,000.00 62,500.00 150,000.00 250,000.00 23,000.00 25,000.00

S/

12,000

Compra de materia prima

• determinar centros de costos con definición de actividades y de autoridad;

48,000 S/52,000

13,500 41,700

Costo de mano de obra directa

50,000

Costos indirectos de fabricación

62,500

Costo total de fabricación

154,200

Más: Inventario inicial de productos en proceso Subtotal Menos: Inventario final de productos en proceso Costo de producción Más: Inventario inicial de productos terminados Subtotal Menos: Inventario final de productos terminados Costo de ventas

15,100 169,300 17,600 151,700 19,500 171,200 21,200 S/150,000

El cuadro 16 señala el proceso de la determinación del costo de venta que para el presente caso asciende a S/ 150,000, los mismos que se ven reflejados en el cuadro 15, los cuales inciden en la determinación de la utilidad bruta del ejercicio, la cual ascendió a S/ 100,000.

Fuente: Actualidad Empresarial, primera quincena de agosto 2019.

AGOSTO 2019

| REVISTA INSTITUCIONAL |

5

Contable - Financiero

Costeo y control de los costos indirectos de fabricación Autor: Isodro Chambergo Guillermo RESUMEN El estudio de los costos indirectos de fabricación como elemento del costo de producción requieren de una planificación del costo de producción, es decir, los responsables de la empresa tienen que presupuestar los costos indirectos de fabricación en base al plan de producción de la empresa para ser asignados al costo de los productos terminados.

1. Costos indirectos de fabricación Los costos indirectos de fabricación constituyen uno de los elementos que integran el costo de producción como por ejemplo la mano de obra indirecta, materiales indirectas, calefacción, luz, energía, depreciación de los activos fijos, mantenimiento de la infraestructura, entre otros desembolsos y otros costos que no requieren desembolso en efectivo1. Los costos indirectos de fabricación para efecto de análisis se pueden estudiar desde tres ángulos como, por ejemplo, costos variables, costos fijos y costos mixtos. El primero está relacionado con la aplicación de los costos en función de la producción de los bienes que hace la fábrica, los segundos están relacionados con desembolos permanentes con o sin producción, mientras que la última clasificación es una combinación entre costos fijos y costos variables. 2. Costos reales y costos normales Los costos reales son los desembolsos o sacrificios incurridos en un periodo determinado, mientras que los costos normales son costos referenciales sobre el cual se debería fabricar en un tiempo normal. Las tasas de costos indirectos fijos se determinan sobre el monto normal; cualquier diferencia menor al costo normal constituye gasto, y no costo de producción. 3. Nivel de producción estimado Para el efecto podemos indicar la concepción de las capacidades de producción que tiene una empresa industrial: a) capacidad productiva ideal es la cantidad máxima de producción de la fábrica considerando ningún tipo de interrupción en el proceso productivo y menos en el mercado competitivo, es de decir, la producción se realiza en las 24 horas y durante los siete días de la semana; b) capacidad productiva practica alcanzable es la producción que se hace en forma normal sin considerar la falta de pedidos de venta en el mercado; y c) capacidad productiva normal o de largo plazo, es aquella que se basa en la producción práctica en función de la demanda de largo plazo. 4. Distribución de costos indirectos de fabricación Los costos indirectos de fabricación se distribuyen tomando una base de distribución que pueden ser las horas de trabajo directo,

6

| REVISTA INSTITUCIONAL |

AGOSTO 2019

las horas máquina, el costo de la materia prima directa, el costo de la mano de obra directa, las unidades producidas, el número de visitas a profesionales, el número de pruebas. etc. Caso práctico N.° 1 Cálculo de la tasa de costos indirectos de fabricación La empresa Industrial Mendiola SAC realiza el montaje de unidades de arranque para automóviles sobre los cuales tiene patentes especiales. Todas las piezas son compradas; las operaciones son primordialmente de montaje de esas unidades y otros dispositivos similares para otras industrias. El presupuesto para el 2018 fue de S/ 230,000.00 para mano de obra directa y S/ 390,000.00 para costos indirectos de fabricación. Los costos reales de la materia prima directa y la mano de obra directa han ascendido a S/ 200,000.00 y S/ 150,000.00, respectivamente. Los costos para los tres últimos meses del 2018 fueron los siguientes: Información adicional Costos Materia prima Mano de obra Mes de indirecto de directa directa fabricación

Octubre

S/16,520.00

S/13,000.00

S/23,000.00

Noviembre

17,200.00

14,000.00

27,000.00

Diciembre

18,210.00

16,400.00

27,700.00

Los inventarios finales de productos en proceso de fabricación el 31 de diciembre del 2018 fueron materia prima directa, S/ 8,000.00; mano de obra directa, S/ 7,600.00; y costos indirectos de fabricación, S/ 12,920.00. Las ventas del 2018 ascendieron a S/ 708,000.00. El costo de estas ventas fueron de S/ 430,000.00; gastos de venta, S/ 15,000; gastos de administración, S/ 10,000. Calcule la tasa de costos indirectos de fabricación. Solución a) La tasa de costos indirectos se calculó dividiendo el total de

Contable - Financiero

costos indirectos de fabricación entre la base seleccionada. Tasa = costo indirecto de fabricación/base

producción los costos indirectos de producción.

b) Cálculo de las tasas de costos indirectos para los primeros nueve meses Tasa = costo indirecto/mano obra directa Tasa = S/ 390,000/S/ 230,000 Tasa = 169.57 % del costo de la mano de obra directa

No hay inventario de productos en proceso. Las estadísticas reales de producción para el primer mes eran como sigue a continuación:

Costo de producción por los primeros nueve meses Elemento

Valor

Base de datos

Materia prima directa

S/200,000.00

Mano de obra directa

150,000.00

Costos indirectos de fabricación (169.57 %)

254,355.00

Costo de producción

Orden

S/604,355.00

Como se puede observar, el costo de la materia prima directa y de la mano de obra directa son costos directos; mientras que los costos indirectos de fabricación son estimados en base al 169.57 % de la mano de obra directa. Costo de producción por los meses de octubre, noviembre y diciembre del 2018 Concepto

Los costos indirectos de fabricación para el próximo año son de S/ 120,000.00. El programa de la producción presupuestada contiene provisiones para costo de materia prima directa por S/ 150,000.00, costo de mano de obra directa por S/ 144,000.00, horas de mano de obra directa por 96,000 horas y 60,000 horas de máquina.

Material directo

Mano obra directa

Horas de mano obra directa

Horas máquina

1

S/600

S/860

400

260

Terminada

2

800

1,140

600

380

Terminada

3

1,000

1,100

550

380

Terminada

4

750

1,045

500

300

Proceso

5

1,300

1,650

860

400

Terminada

6

350

580

290

180

Proceso

a) Calcule las tasas predeterminadas de los costos indirectos de fabricación. b) Calcule el costo de la orden 2 y 5.

Octubre

Noviembre

Diciembre

Materia prima

S/16,520.00

S/13,000.00

S/23,000.00

S/52,520.00

Mano de obra

17,200.00

14,000.00

27,000.00

58,200.00

Costo indirecto

18,210.00

16,400.00

27,700.00

62,310.00

• Tomando como base el material directo

S/51,930.00

S/43,400.00

S/77,700.00

S/173,030.00

Tasa = S/ 120,000/S/ 150,000 = 80 %

Total

Total

Solución

Con la información anterior podemos obtener un reporte de costo de producción, tal como se observa a continuación:

S/200,000.00

Mano de obra en proceso-enero/septiembre

150,000.00

Costo indirecto en proceso-enero/septiembre

254,355.00

Materia prima en proceso-octubre/diciembre

52,520.00

Mano obra en proceso-octubre/diciembre

58,200.00

Costo indirecto-octubre/diciembre

62,310.00

Costo de fabricación

a) Cálculo de tasas predeterminadas

• Tomando como base mano de obra directa Tasa = S/ 120,000/S/ 144,000 = 83.33 % • Tomando como base horas de mano obra directa

Empresa Industrial Mendiola SAC Estado de costo de producción Al 31 de diciembre del 2018 Materia prima en proceso-enero/septiembre

Tasa = S/ 120,000/96,000 horas de trabajo = S/ 1.25 S/

• Tomando como base horas máquina Tasa = S/ 120,000/60,000 horas máquina = S/ 2.00

604,355.00

b) Costo de las órdenes N.os 2 y 5 Orden de trabajo 2

173,030.00 S/777,385.00

(-) En proceso final-materia prima

Base

8,000.00

(-) En proceso final-mano de obra

7,600.00

(-) En proceso final-costo indirecto

12,920.00

Costo de producción

(28,520.00) S/748,865.00

Empresa Industrial Mendiola SAC Estado de costo de venta Por el ejercicio terminado, el 31 de diciembre del 2018 Ventas

S/

Costo de ventas

Costo materia prima Costo mano de obra Horas de trabajo Horas máquina

10,000.00

Gastos de venta

15,000.00

Utilidad antes de impuestos

Mano de obra directa

Costo indirecto

Costo total

S/800.00

S/1,140.00

S/640.00

S/2,580.00

800

1,140.00

949.96

2,889.96

800

1,140.00

750

2,690.00

S/800.00

S/1,140.00

S/760.00

S/2,760.00

Orden de trabajo 5

278,000.00

Gastos de administración

Materia prima directa

S/708,000.00 (430,000.00)

Utilidad de operación

Terminación de la orden

Base (25,000.00) S/253,000.00

Caso práctico N.° 2 Estudio comparativo de tasas de costos indirectos La compañía Industrial SAC está haciendo un estudio comparativo del efecto de sus costos de producción de los distintos métodos comúnmente utilizados por las empresas para aplicar a la

Costo materia prima Costo mano de obra Horas trabajo Horas máquina

Mano de obra directa

Costo indirecto

Costo total

S/1,300.00

S/1,650.00

S/1,040.00

S/3,990.00

1,300.00

1,650.00

1,374.99

4,324.99

1,300.00

1,650.00

1,075.00

4,025.00

S/1,300.00

S/1,650.00

S/800.00

S/3,750.00

Materia prima directa

Se debe observar que la variación del costo de las órdenes de trabajo es determinante por la tasa de costos indirectos de fabricación.

AGOSTO 2019

| REVISTA INSTITUCIONAL |

7

Contable - Financiero

Caso práctico N.° 3

Depreciación de la fábrica

Almacenes Nacionales SAC proporciona la siguiente información para el presente mes:

Gastos de venta y administración

S/35,000

Materia prima comprada

22,000

Mano de obra directa

18,000

Ventas

320,000

Inventario inicial de materia prima

3,000

Inventario final de materia prima

2,000

Materiales indirectos

4,000

Servicios de la fábrica

2,000

Mano de obra indirecta

5,500

Mantenimiento

2,000

Seguros

1,000

82,500

Más: Inventario inicial en proceso

14,000 13,500

14,000

Menos: Inventario final en proceso

Productos en proceso final

13,500

Costo de producción

Depreciación de la fábrica

27,000 4,000

Servicios de fabricación

2,000

Mano de obra indirecta

5,500

Mantenimiento

2,000

Ventas

Seguro

1,000

Menos: Costos de ventas

Inventario inicial de productos terminados

6,000

Inventario final de productos terminados

4,000

• Asuma que la compañía fabricó 5,000 unidades durante el presente año. ¿Cuál fue el costo de los materiales? ¿Cuál es el costo unitario de los materiales? ¿Cuál es el costo unitario de depreciación de la fábrica?

S/83,000

b)

Materia prima indirecta

• Prepare un Estado de Resultados.

41,500

Costo de fabricación

Productos en proceso inicial

• Prepare un cuadro del costo de producción.

27,000

Almacenes Nacionales, SAC Estado de Resultados (Presente mes)

S/320,000

Inventario inicial de productos terminados

6,000

Más: Costo de producción

83,000

Costo de productos disponibles

89,000

Menos: Inventario final de productos en terminados

4,000

Costo de ventas

85,000

Solución

Utilidad bruta

a)

Menos: Gastos de venta y administración

Almacenes Nacionales SAC Estado de costo de producción (Para el presente mes)

Materia prima directa:

S/

Inventario inicial de materia prima

22,000

Costo de materia prima directa

25,000 2,000 23,000

Mano de obra directa

18,000

AGOSTO 2019

S/200,000

c) El costo unitario de la materia prima directa: S/ 23,000/5,000 unidades = S/ 4.60 El costo unitario de la depreciación: S/ 27,000/5,000 unidades = S/ 5.40 Caso práctico N.° 4

Costo de materia prima

| REVISTA INSTITUCIONAL |

35,000

S/

Más: compras

Costos indirectos de fabricación:

8

Utilidad neta antes del impuesto a la renta

3,000

Menos: Inventario final materia prima

235,000

Costos indirectos y estados de costos de producción En la ilustración que sigue se indica que los costos indirectos de fabricación de S/ 330,000 forman parte de la estructura del estado de costo de producción que ascienden a S/ 3,000,000.

Contable - Financiero

Compañía Manufacturera San Manuel SAC Anexo estado de costo de producción (Para el mes terminado el 31-07-19)

Concepto

Materia prima directa

Madera de roble

Materia prima directa Inventario inicial

S/340,000

Compra de materia prima

2,100,000

Madera de tornillo

2,440,000 Menos: Inventario final de materia prima

Costo Mano de indirecto de obra directa fabricación

10,000

10,000

8,000

8,000

Cola sintética

500

500

Tornillos

300

300

Cortadores de madera Ensambladores de mesas

240,000

Pulidores

Materia prima utilizada

S/2,200,000

Mano de obra directa

500,000

Mano de obra indirecta

140,000

Suministros

30,000

Luz, energía

46,000

Depreciación de la planta

40,000

Depreciación equipo

60,000

Varios costos indirectos

14,000

4,000

4,000

3,000

3,000

2,000

2,000

Supervisión Vigilancia Alquiler de la fábrica Servicios de la fábrica Depreciación equipo fábrica

Costo indirectos:

Costo total producción

Total

S/18,000

S/9,000

1,000

1,000

800

800

4,000

4,000

2,000

2,000

600

600

S/9,200

S/36,200

Registro contable ------------------------------- 1-----------------------------

330,000

DEBE

90 MATERIA PRIMA EN PROCESO

S/ 18,000

91 MANO DE OBRA EN PROCESO

S/ 9,000

92 COSTOS INDIRECTOS DE FABRICACIÓN

S/ 9,200

HABER

79 CARGAS IMPUTABLES A CUENTAS

Costo de fabricación

3,030,000

Más: Productos en proceso inicial

180,000 3,210,000

Menos: Trabajo en proceso final Costo de producción

COSTOS Y GASTOS ------------------------------- 2-----------------------------

DEBE

21 PRODUCTOS TERMINADOS

36.200

71 VARIACIÓN DE LA PRODUCCIÓN ALMAC.

Es posible obtener y procesar mucha información de la gestión de costos de una empresa para la preparación de un informe de control siguiendo los procedimientos de la contabilidad de costos. El informe de costos de un departamento productivo como es el caso de la empresa San Manuel sirve para analizar datos que representan las actividades de una gestión determinada durante un periodo económico. Cuando en el informe existe indicios de costos fuera de control, se emprende una acción correctiva como por ejemplo eliminar procesos, bajar costos, mejorar la calidad, etc.

36.200

Caso práctico N.° 6 Costos indirectos de fabricación fijos y variables La Gerencia necesita saber del total del costo, cuáles son costos fijos y cuáles son costos variables. El costo fijo es el desembolso que no está relacionado con el volumen de producción, sino más bien con el conjunto de la fábrica, mientras que los costos variables sí inciden en el proceso de fabricación y, por lo tanto, relacionado con el volumen de producción, tal como se detalla a continuación: L a Co m p a ñ í a B B C e s t á re a l i z a n d o u n e s t u d i o s o b re mantenimiento utilizado, pues desea determinar cómo se encuentran distribuidos sus costos. Hasta el momento tiene los siguientes datos por cada uno de los últimos seis bimestres.

Bimestre Caso práctico N.° 5

Horas mantenimiento (X)

Total gasto de mantenimiento (Y)

1

4,900

S/2,101,000

Los costos indirectos en la estructura del costo de producción

2

4,700

2,033,000

3

4,850

2,084,000

El cuadro siguiente indica la estructura del costo de producción, el cual contiene todos los elementos del costo que servirá de base para hacer el registro contable del proceso productivo.

4

5,000

2,135,000

5

4,950

2,118,000

6

5,200

2,203,000

29,600

S/12,674,000

Elementos del costo de un producto

HABER

x/x Costo de productos terminados

210,000 S/3,000,000

S/36,200

x/x Costos incurridos en el proceso de producción

Total

Se pide obtener el total de costos fijos y variables en los niveles máximo y mínimo de actividad, utilizando la técnica de punto alto y

AGOSTO 2019

| REVISTA INSTITUCIONAL |

9

Contable - Financiero

punto bajo.

Detalle

Solución

Costo mantenimiento (y)

Los puntos altos y puntos bajos seleccionados de las observaciones bimestrales son:

Costo variable: S/ 340 x 5,200

Alto S/2,203,000 1,768,000

S/ 340 x 4,700

Concepto

X

Y

Punto alto

5,200

S/2,203,000

Punto bajo

4,700

2,033,000

Diferencia

500

S/170,000

Tasa variable = S/ 170,000/500 = S/ 340 por hora La porción del costo fijo se calcula como se observa a continuación:

Costo fijo

Bajo S/2,033,000

1,598,000 S/435,000

S/435,000

Luego, la ecuación de la recta será la siguiente: Y= S/ 435,000 + S/ 340 x donde Y es el estimado de los costos de mantenimiento. X = horas de mantenimiento. Fuente: Actualidad Empresarial, segunda quincena de agosto 2019.

Modificación del coeficiente o porcentaje para determinar los pagos a cuenta del IR a partir del período agosto 2019 Autor: Jose Valdiviezo Rosado RESUMEN 1. Consideraciones previas El artículo 2 del Texto Único Ordenado del Código Tributario¹ señala que “la obligación tributaria nace cuando se realiza el hecho previsto en la Ley, como generador de dicha obligación”, lo cual aplicado al impuesto a la renta (IR) debería ocurrir al finalizar el ejercicio gravable (31 de diciembre). Es en ese momento que nace la obligación tributaria de este impuesto, la que se volverá exigible (en el sentido de poder ser reclamada compulsivamente), solo después del vencimiento de un plazo, que la propia norma otorga para que el contribuyente realice el cumplimiento de su obligación. Ello significa que por la naturaleza de este impuesto se tendría que esperar primero el vencimiento del periodo fiscal y luego el del plazo de cumplimiento de la obligación, para que el acreedor tributario (el Estado) pueda obtener los recursos correspondientes. Sin embargo, otras consideraciones, básicamente de naturaleza financiera y administrativa, inducen a buscar fórmulas que acorten el plazo de espera, y permitan un fraccionamiento de los pagos. Como fórmula de compromiso entre uno y otro objetivo, surge el denominado “pague a medida que gane” (pay as you earn)², el que tratándose de los contribuyentes que generan rentas empresariales se instrumenta en los denominados pagos a cuenta regulados por el artículo 85 de la Ley del Impuesto a la Renta³ (LIR), cuyos procedimientos de cálculo se fundamentan en dos sistemas: el primero de los cuales se basa en

10 | REVISTA INSTITUCIONAL |

AGOSTO 2019

la aplicación a los ingresos netos del periodo, un coeficiente que se determina con los resultados del ejercicio anterior o del ejercicio precedente al anterior y el segundo, aplicando a los referidos ingresos netos, un porcentaje fijo (1.5 %). Sin embargo, este procedimiento, perfecto para las empresas que obtienen renta gravable, no resulta así para aquellas que pudieran estar obteniendo utilidades menores a las del año anterior, o que pudieran estar obteniendo pérdidas, pues estarán haciendo un pago a cuenta en exceso, o peor aun, un pago a cuenta sobre un impuesto que en ningún momento determinarán. Es precisamente por esa razón que la LIR permite a los contribuyentes, que generen rentas de tercera categoría, modificar o suspender sus pagos a cuenta, entre otros, en base a los resultados obtenidos al 31 de julio de cada ejercicio, aplicable para los periodos de agosto a diciembre, para lo cual se exige el cumplimiento de ciertas condiciones. Considerando lo señalado anteriormente, en el presente informe desarrollamos los pasos que deben seguir los contribuyentes que opten por este mecanismo, lo que les permitirá reducir el efecto financiero de los pagos a cuenta a niveles razonables en relación a la proyección de sus resultados al finalizar el ejercicio, mejorando el flujo de caja de la empresa. 2. Obligación de realizar pagos a cuenta del IR El artículo 85 de la LIR prescribe que los contribuyentes que

Contable - Financiero

obtengan rentas de tercera categoría abonarán con carácter de pago a cuenta del IR que en definitiva les corresponda por el ejercicio gravable, dentro de los plazos previstos por el Código Tributario,el monto que resulte mayor de compararlas cuotas mensuales determinadas con arreglo a alguno de los dos sistemas que se describen a continuación: sistema del coeficiente (inciso a) del artículo 85) y sistema del porcentaje mínimo (inciso b) del artículo 85).

P/A/C DEL IR

Cuota según sistema del coeficiente

El mayor

Cuota según sistema del porcentaje mínimo

a) Sistema del coeficiente Este sistema está regulado por el inciso a) del artículo 85 de la LIR. Mediante este, la cuota resulta de aplicar a los ingresos netos obtenidos en el mes el coeficiente resultante de dividir el monto del impuesto calculado correspondiente al ejercicio gravable anterior entre el total de los ingresos netos del mismo ejercicio. En el caso de los pagos a cuenta de los meses de enero y febrero, se utilizará el coeficiente determinado sobre la base del impuesto calculado e ingresos netos correspondientes al ejercicio precedente al anterior. Cuota sistema del coeficiente = coeficiente x ingresos netos mensuales

La primera está vinculada con la posibilidad de suspender los pagos a cuenta del IR a partir del periodo febrero y hasta el periodo julio, debiéndose cumplir con los requisitos señalados en el inciso i) del artículo 85 de la LIR. Cabe mencionar que esta opción está destinada a empresas cuyo margen bruto es inferior al 5 %, es decir, organizaciones cuyas existencias rotan constantemente, como pueden ser los supermercados. La segunda opción que tienen los sujetos que generan rentas empresariales para modificar o suspender sus pagos a cuenta del IR es la prevista en el inciso ii) del artículo 85 de la LIR, la cual está dirigida a los sujetos que determinen estas obligaciones utilizando el sistema del porcentaje mínimo o del 1.5 %. Según este, a partir del pago a cuenta del mes de mayo y sobre la base de los resultados que arroje el Estado de Ganancias y Pérdidas al 30 de abril, podrán aplicar a los ingresos netos del mes el coeficiente que se obtenga de dividir el monto del impuesto calculado entre los ingresos netos que resulten de dicho estado financiero. Finalmente, la tercera alternativa es desarrollada por el inciso iii) del artículo 85 de la LIR y es aplicable a cualquier sujeto que desee modificar o suspender sus pagos a cuenta. De acuerdo a esta opción, a partir del pago a cuenta del mes de agosto y hasta aquel correspondiente a diciembre, y sobre la base de los resultados que arroje el Estado de Ganancias y Pérdidas al 31 de julio, los contribuyentes podrán aplicar a los ingresos netos del mes el coeficiente que se obtenga de dividir el monto del impuesto calculado entre los ingresos netos que resulten de dicho Estado Financiero precisando que de no existir impuesto calculado, los contribuyentes suspenderán el abono de sus pagos a cuenta. En este informe solo analizaremos esta última opción, detallando los requisitos a cumplir, ello debido a la oportunidad de la misma. 4. Requisitos para la modificación del coeficiente o porcentaje a partir del periodo agosto

En donde

a) Presentación del PDT N.° 625 Impuesto calculado del ejercicio precedente al anterior

Coeficiente enero y febrero Coeficiente diciembre

marzo

Ingresos netos del ejercicio precedente al anterior a

Impuesto calculado del ejercicio anterior Ingresos netos del ejercicio anterior

Impuesto calculado

Importe determinado aplicando la tasa del IR sobre la renta neta.

Ingresos netos mensuales

Total de ingresos gravables de la tercera categoría, devengados en cada mes, menos devoluciones, bonificaciones, descuentos y demás conceptos de naturaleza similar que respondan a la costumbre de la plaza.

b) Sistema del porcentaje mínimo El sistema del porcentaje mínimo, llamado también sistema del 1.5 %, está regulado por el inciso b) del artículo 85 de la LIR. En este, la cuota se determina aplicando el 1,5 % a los ingresos netos obtenidos en el mismo mes. Cuota sistema del porcentaje mínimo = 1.5 % x ingresos netos mensuales

En donde Ingresos netos mensuales

Total de ingresos gravables de la tercera categoría, devengados en cada mes, menos devoluciones, bonificaciones, descuentos y similares.

3. Modificación del coeficiente o del porcentaje Como lo hemos señalado en las consideraciones previas del presente informe, los contribuyentes generadores de rentas de tercera categoría tienen la opción de modificar el coeficiente o el porcentaje para la determinación de los pagos a cuenta o suspender la aplicación de los mismos. Para tal efecto, el artículo 85 de la LIR establece tres modalidades o alternativas.

Para modificar o suspender los pagos a cuenta del IR a partir del periodo agosto, el contribuyente deberá presentar a la Administración Tributaria el PDT Formulario Virtual N.° 0625 “Modificación del coeficiente o porcentaje para el cálculo de los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta” (en adelante, solo PDT N.° 0625) conteniendo el balance acumulado al 31 de julio. b) Efectos de la modificación o suspensión La aplicación del nuevo coeficiente se efectuará a partir de los pagos a cuenta de los meses de agosto a diciembre que no hubieren vencido a la fecha de presentación del PDT N.° 0625, siempre y cuando el contribuyente hubiera cumplido con presentar previamente la Declaración Jurada Anual del IR que contenga el Estado de Ganancias y Pérdidas (entiéndase, Estado de Resultados) al cierre del ejercicio gravable anterior. No será exigible este último requisito a los contribuyentes que hubieran iniciado actividades en el ejercicio. c) Atribución de ingresos en la enajenación de bienes a plazos En la enajenación de bienes a plazos a que se refiere el artículo 58 de la LIR, la atribución de ingresos mensuales se efectúa considerando las cuotas convenidas para el pago que resulten exigibles en cada mes. Importante De acuerdo a este artículo, los ingresos provenientes de la enajenación de bienes a plazo, cuyas cuotas convenidas para el pago sean exigibles en un plazo mayor a un (1) año, computado a partir de la fecha de la enajenación, podrán imputarse (diferirse) a los ejercicios

AGOSTO 2019

| REVISTA INSTITUCIONAL | 11

Contable - Financiero

comerciales en los que se hagan exigibles las cuotas convenidas para el pago.

d) Tipos de cambio en caso de operaciones en moneda extranjera Tratándose de operaciones en moneda extranjera así como a fin de expresar en moneda nacional, los saldos en moneda extranjera correspondientes a cuentas del balance general (entiéndase, Estado de Situación Financiera), se considerarán los siguientes tipos de cambio: Tipo de cambio a utilizar

Cuentas

Se utilizará el tipo de cambio promedio ponderado compra cotización de oferta y demanda que corresponde al cierre de Tratándose de operaciones de la fecha del balance general, de acuerdo con la cuentas del activo publicación que realiza la Superintendencia de Banca, Seguros Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones. Se utilizará el tipo de cambio promedio ponderado venta cotización de oferta y demanda que corresponde al cierre de Tratándose de operaciones de la fecha del balance general, de acuerdo con la cuentas del pasivo publicación que realiza la Superintendencia de Banca, Seguros Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.

h) Lugar y plazo de presentación del PDT N.° 0625 La presentación del PDT N.° 0625 se realizará a través de SUNAT Virtual, para lo cual los contribuyentes deberán contar con su código de usuario y clave SOL. Asimismo, podrán presentar la declaración hasta la fecha de vencimiento del pago a cuenta a partir del cual se aplique el coeficiente que resulte del Estado de Resultados al 31 de julio, considerando como fecha máxima de presentación la correspondiente al vencimiento del pago a cuenta del mes de diciembre (es decir, el rango de presentación del PDT N.° 0625 es de agosto a diciembre; la entidad puede optar por presentar en diciembre con la repercusión del cambio de coeficiente o suspensión se afectaría solo al periodo declarado). i) Declaraciones rectificatorias Si el contribuyente rectifica la declaración esta surtirá efectos desde la fecha de presentación de la declaración original. Para estos efectos, en la declaración rectificatoria, el contribuyente deberá ingresar nuevamente todos los datos de la Declaración en el PDT N.° 0625, inclusive aquella información que no desea rectificar. Caso práctico N.º 1

e) Cálculo del nuevo coeficiente

Modificación del coeficiente

Para efecto del cálculo del coeficiente que resulte del Estado de Resultados al 31 de julio se considerará lo siguiente: • Se determina el monto del impuesto calculado aplicando la tasa del impuesto que corresponda, a la renta imponible obtenida a partir del Estado de Resultados al 31 de julio. • Para determinar la renta imponible, los contribuyentes que tuvieran pérdidas tributarias arrastrables acumuladas al ejercicio anterior podrán deducir de la renta neta resultante del Estado de Ganancias y Pérdidas, al 31 de julio, los siguientes montos:⁴ Monto Siete dozavos pérdidas

(7/12)

Hasta el periodo julio 2019, la empresa Industrias Textiles SAC, dedicada a la producción y venta de prendas de vestir y acogida al Régimen General del Impuesto a la Renta, ha efectuado sus pagos a cuenta de acuerdo al sistema del coeficiente, aplicando el 0.036. A fin de mejorar su posición financiera, y de las coordinaciones realizadas con el Departamento de Contabilidad, la Gerencia ha decidido modificar el coeficiente de pagos a cuenta, para lo cual el departamento responsable ha elaborado la siguiente información contable al 31 de julio del 2019: Estado de Situación Financiera Al 31 de julio del 2019

Observaciones de

las

citadas

Si hubieran optado por su compensación de acuerdo con el sistema previsto en el inciso a) del artículo 50 de la LIR4

Siete dozavos (7/12) de las citadas pérdidas, pero solo hasta el límite del Si hubieran optado por su compensación de acuerdo cincuenta por ciento (50 %) de la renta neta con el sistema previsto en el inciso b) del artículo 50 que resulte del Estado de Ganancias y de la LIR5 Pérdidas al 31 de julio

Activo Activo corriente Efectivo y equ. de efectivo

700,000

Tributos por pagar

Cuentas cobrar comerciales Cuentas cobrar accionistas Cuentas cobrar diversas

125,000 300,000 75,000

Cuentas pagar comerciales Remuner. y partic. por pagar Cuentas por pagar diversas

1,250,000 80,000 540,000

Total pasivo

2,260,000

Existencias

• El monto del impuesto así determinado se divide entre los ingresos netos que resulten del Estado de Resultados al 31 de julio. El coeficiente resultante se redondea considerando cuatro (4) decimales. f) Suspensión de pagos a cuenta De no existir impuesto calculado al 31 de julio (por no tener renta determinada a esa fecha), los contribuyentes suspenderán el abono de sus pagos a cuenta del IR, ello sin perjuicio de su obligación de presentar las respectivas declaraciones juradas mensuales.

1,900,000

Gastos pagados adelantado

390,000

160,000

Total activo corriente

3,260,000

Inmuebles, maqu. y equipo

3,790,000

Patrimonio Capital

(neto de deprec. acumulada)

Total activo

3,500,000

Reserva legal

290,000

Resultados acumulados

7,050,000

Utilidad del ejercicio

1,000,000

Total patrimonio

4,790,000

Total pasivo y patrimonio

7,050,000

Estado de Resultados Al 31 de julio del 2019

Importante La Sunat, en el marco de sus competencias, priorizará la verificación o fiscalización del impuesto a la renta de los ejercicios por los cuales se hubieran suspendido los pagos a cuenta, en aplicación del segundo párrafo del presente artículo.

g) Obligación de anotar Estados de Resultados en el Libro de Inventarios y Balances Los contribuyentes que presenten el PDT N.° 0625 deberán anotar el Estado de Ganancias y Pérdidas (hoy, Estado de Resultados) al 31 de julio, en el Libro de Inventarios y Balances a valores históricos.

12 | REVISTA INSTITUCIONAL |

Pasivo y patrimonio Pasivo

AGOSTO 2019

Ventas (-) Costo de ventas Utilidad bruta

18,900,000 (14,500,000) 4,400,000

Gastos administrativos

(1,500,000)

Gastos de ventas

(1,900,000)

Utilidad operativa

1,000,000

Utilidad contable

1,000,000

Contable - Financiero

Datos adicionales

Adiciones Exceso de depreciaciones

48,000

Amortización de intangibles ilimitados

15,000

Gastos sin comprobantes de pago

56,000

Intereses y sanciones sector público

De acuerdo a los cálculos realizados, el contribuyente, a partir del pago a cuenta del periodo julio, podrá modificar el coeficiente de pagos a cuenta de 0.0360 a 0.0108, debiendo presentar para tal efecto el Formulario Virtual respectivo (PDT N.° 0625) dentro del plazo de vencimiento del periodo tributario agosto 2019, el cual deberá contener la siguiente información.

1,000

Total adiciones

120,000

Deducciones Depreciación acelerada (leasing)

80,000

Ingresos no realizados

0

Total deducciones

80,000

Pérdidas arrastrables Saldo de pérdida tributaria 2018

600,000

Sistema a) del artículo 50 de la LIR Con la información proporcionada nos solicitan que se determine si resulta conveniente modificar el coeficiente de pagos a cuenta del impuesto a la renta. Solución De acuerdo a lo señalado por la empresa Industrias Textiles SAC y dado que esta tiene pérdida tributaria arrastrable del ejercicio anterior, resulta pertinente evaluar si es conveniente modificar el coeficiente de pagos a cuenta del impuesto a la renta, para el periodo agosto-diciembre 2019. En tal sentido, se deberá considerar lo siguiente: a) Cálculo de la renta neta

Utilidad contable

1,000,000

(+) Adiciones

120,000

(-) Deducciones

(80,000)

Renta neta pérdidas

antes

de

Pérdida tributaria arrastrable S/ 600,000/12*7

1,040,000

(350,000)

Renta neta después de pérdidas

690,000

b) Cálculo del impuesto a la renta

Renta neta después de pérdidas

690,000

Tasa del impuesto a la renta

29.50%

Impuesto a la renta

203,550

c) Cálculo del nuevo coeficiente

Nuevo coeficiente

203,550 18,900,000

Nuevo coeficiente

0.0108

AGOSTO 2019

| REVISTA INSTITUCIONAL | 13

Contable - Financiero

---------NOTAS (1)Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-99-EF (19-08-99.) (2)García Mullin, Juan Roque, Manual del Impuesto a la Renta, CIET Doc. N.° 872, capítulo XIII. (3)Cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo N.° 1792004-EF, publicado en el diario oficial El Peruano, el 08-12-04. (4)Según este sistema, los contribuyentes domiciliados en el país pueden compensar la pérdida neta total de tercera categoría de fuente peruana que registren en un ejercicio gravable imputándola año a año, hasta agotar su importe, a las rentas netas de tercera categoría que obtengan en los 4 (cuatro) ejercicios inmediatos posteriores computados a partir del ejercicio siguiente al de su generación. El saldo que no resulte compensado, una vez transcurrido ese lapso, no podrá computarse en los ejercicios siguientes. (5)A diferencia del sistema del inciso a) del artículo 50 de la LIR, este sistema permite que los contribuyentes domiciliados en el país puedan compensar la pérdida neta total de tercera categoría de fuente peruana que registren en un ejercicio gravable imputándola año a año, hasta agotar su importe, al cincuenta por ciento (50 %) de las rentas netas de tercera categoría que obtengan en los ejercicios inmediatos posteriores. Fuente: Actualidad Empresarial segunda quincena de agosto 2019

Procedimiento de disolución y liquidación de un Empresa Individual de Responsabilidad Limitada Autor: William Octavio Castañeda Goycochea(*) RESUMEN En el presente informe el autor explica los aspectos más relevantes de una E.I.R.L asimismo el procedimiento y lo que se debe tener en cuenta cuando una empresa de tal naturaleza sea disuelta y posteriormente liquidada, a fin de que el lector tenga en cuenta ciertos aspectos importantes antes de iniciar un trámite similar.

INTRODUCCIÓN

artículo primero de la Ley:

En las siguientes líneas se explicarán en forma breve algunos aspectos del Decreto Ley NO 21621 , "Ley que norma la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada" (en adelante, la Ley) para luego concentrarnos en la fase de disolución y liquidación, el cual es el objeto del presente artículo.

"La Empresa Individual de Responsabilidad Limitada es una persona jurídica de derecho privado, constituida por voluntad unipersonal, con patrimonio propio distinto al de su Titular, que se constituye para el desarrollo exclusivo de actividades económicas de Pequeña Empresa"

l. LA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (EIRL.) Es una persona jurídica con derecho privado constituida por la voluntad de un titular (persona natural), tal como se lee del

14 | REVISTA INSTITUCIONAL |

AGOSTO 2019

El patrimonio de la empresa está constituido inicialmente por los bienes (inmuebles, dinero, acciones, derechos, cualquier bien material o inmaterial), que aporta quien la constituye. El valor asignado a este patrimonio inicial constituye el capital de la empresa. Al ser la responsabilidad de la empresa limitada, esta

Contable - Financiero

responde con su propio capital en cuanto a las deudas, quedando libre de responsabilidad el titular y su patrimonio personal, salvo las causales establecidas en el artículo 41 de la Ley: Ÿ Ÿ Ÿ

Cuando la Empresa no esté debidamente representada (no se especifique al gerente general); Cuando el titular hubiere efectuado retiros que no responden a beneficios debidamente comprobados; o Si producida la pérdida del cincuenta por ciento (50 %) o más del capital no actuase conforme al inciso c) del artículo 80°, o no redujese éste en la forma prevista en el artículo 60°. Más adelante veremos este punto.

(Ver cuadro N° 1) Debemos recalcar que las actividades que competen a la E.I.R.L. son únicamente de pequeña empresa, por lo que se registran en el Régimen Especial de Renta (RER) pero también pueden registrarse en el Régimen General (RG). Asimismo, podemos mencionar que este tipo societario también puede registrar su marca. Cabe indicar que, aunque las marcas están vinculadas a negocios, eso no significa que en todos los casos el propietario de ella sea una persona jurídica, es decir una empresa, sino que puede darse el caso que una persona natural puede ser dueña o titular de la marca (el titular de la E.I.R.I) y será luego esta quien la cederá en uso, gratuito o no, a una empresa para su explotación económica. CUADRO N°1 Responsabilidad Limitada de la EIRL

Responsabilidad limita

{

Cuando la empresa no esté debidamente representada (no se especifique al gerente general) Cuando el titular efectuado retiros indebidos Si producida la perdida del cincuenta por ciento (50%) o mas del capital no actuase conforme al inciso c) de articulo 80, o no redujese este en la forma prevista en el articulo 60:

{ Si transcurrido un ejercicio económico persistiera tal situación y no se hubiese compensado el desmedro o disminuido el capital; este es uno de los supuestos por el cual en caso de que no se disolviera y liquidara la E.I.R.L. por la causal indicada, implicaría que el milar sea responsable con su patrimonio en forma ilimitada.

Respecto que si al término del ejercicio económico se apreciara una diferencia de más del veinte por ciento (20 %) entre el importe del capital y el patrimonio real de la empresa de acuerdo con los datos que arroje el balance: deberá procederse a aumentar o disminuir el capital para que correspondan capital y patrimonio,

ll. CONSTITUCIÓN DELA E.I.R.L.

que se dedicará la sociedad. Ÿ El capital de la empresa lo constituyen los bienes que se aportan

y su valorización. Ÿ El régimen de los órganos de la empresa. Ÿ El nombramiento del primer gerente o gerentes.

Ahora bien las EIRL durante los últimos tiempos han sido una buena opción para algunos empresarios y emprendedores que han querido montar un negocio sin comprometer su patrimonio personal. En 13 práctica, si bien esta alternativa empresarial ha tenido varias (sino muchas) limitaciones, ha sido muy utilizada por las personas para desarrollar actividades importantes. Evidentemente, el uso de esta figura jurídico-empresarial dependerá de los intereses de las personas: si bien hasta ahora existe una tendencia notoria hacia las sociedades, muchas personas ya han venido usando esta figura, ya que se ha adecuado mejor a sus intereses que las sociedades. III. ÓRGANOS FUNCIONALES DE LA EMPRESA Como toda organización, la E.I.R.L. requiere de una organización, en este sentido los órganos de la Empresa son: Ÿ El Titular; y, Ÿ La Gerencia.

El Titular es el órgano máximo de la Empresa y tiene a su cargo la decisión sabre los bienes y actividades de esta, en ese sentido, podemos asimilarlo como la Junta General de Accionistas respecto de una sociedad anónima. Dicha condición la adquiere el titular por la constitución de la empresa o por adquisición posterior del derecho del Titular. Le corresponde al Titular: Ÿ Aprobar o desaprobar las cuentas y el balance general de cada

ejercicio económico de la empresa,' Ÿ Disponer la aplicación de los beneficios, observando las

Ÿ Ÿ

Como toda persona jurídica, esta no tiene tal condición sino es hasta que se inscriba en los Registros Públicos, por ende, ante todo la persona natural debe acudir, en primer término, a cualquier oficina de los Registros Públicos, y efectuar el trámite de búsqueda de nombre, a efectos de evitar que exista otra empresa con el nombre que uno está planificando. Una vez es hecho este paso sigue efectuar la reserva del nombre en caso no exista inconveniente, y a continuación, al término de dicho trámite uno debe acudir a un profesional del derecho para la respectiva elaboración de la minuta de constitución, la cual posteriormente por la intervención del notario se elevará como Escritura Pública para su posterior inscripción en Registros Públicos. La escritura pública de la E.I.R.L. deberá contemplar lo siguiente: Ÿ El nombre, nacionalidad, estado civil, nombre del cónyuge (si

fuera casado) y domicilio del titular (otorgante). Ÿ La voluntad del titular (persona natural) de constituir la empresa

y de efectuar sus aportes. Ÿ Domicilio de la empresa. Ÿ Una denominación que permita individualizarla, seguida de las

palabras "Empresa Individual de Responsabilidad Limitada" o de las siglas "E.LR.L.", no pudiendo adoptar una denominación igual a la de Otra persona jurídica preexistente o un nombre que cuente con reserva de preferencia registral. Ÿ El objeto social debe señalar clara y precisamente los negocios y operaciones que lo constituyen. Debe entenderse como objeto social a las actividades que desarrollará a empresa, es decir, a

Ÿ Ÿ Ÿ Ÿ Ÿ Ÿ

disposiciones de la presente Ley, en particular, de los trabajadores; Resolver sobre la formación de reservas facultativas; Designar y sustituir a los gerentes y liquidadores; Disponer investigaciones, auditorías y balances; Modificar a escritura de constitución de la empresa; Modificar la denominación, el Objeto y el domicilio de la empresa; Aumentar o disminuir el capital social; Transformar, fusionar, disolver y liquidar a empresa; Decidir sobre los demás asuntos que requiera el interés de la empresa o que la Ley determine.

Las decisiones del Titular referidas y las demás que considere conveniente dejar constancia escrita, deben constar en un libro de actas legalizado conforme a Ley. En cada acta se indicarán el lugar, fecha en que se sentó el acta, así como la indicación clara del sentido de la decisión adoptada, y llevará la firma del Titular. El acta tiene fuerza legal desde su suscripción. En un mismo libro se deben asentar las actas de las decisiones del Titular y las de la Gerencia. Asimismo, la Gerencia es el órgano que tiene a su cargo la administración y representación de la Empresa, conforme al artículo 43 de la Ley, y además puede ser desempeñada por una o más personas naturales, con capacidad para contratar, designadas por el Titular. Bajo este tenor la administración debería ser ejercida por una persona con conocimientos en temas de administración, por lo que se debe tener en cuenta el Titular puede asumir el cargo de gerente, en cuyo caso asumirá las facultades, deberes y responsabilidades de ambos cargos,

AGOSTO 2019

| REVISTA INSTITUCIONAL | 15

Contable - Financiero

debiendo emplear para todos sus actos la denomina- ción de "Titular-Gerente". En esa línea, debe considerar que el nombramiento de gerente puede, ser revocado en cualquier momento por el Titular. Es nula la decisión del Titular que establezca la irrevocabilidad del cargo de gerente. Ahora vahearnos al supuesto contemplada en pl literal c) del artículo 41 de Ley, respecto que el Titular responde en forma personal e ilimitada cuando:

Luego de publicado un informe final, se procede a solicitar la extinción de la empresa en el RUC ante la Sunat, para luego indicar los datos de la persona que se encargará de la custodia de los libros y documentos de la sociedad. Habiendo dicho esto, para el caso que nos atañe, la E.I.R.L. también posee un procedimiento similar; así tenemos que la disolución y liquidación se encuentra regulado en el artículo 80 de la Ley, en donde se establece que la Empresa se disuelve por:

Si producida la pérdida del cincuenta por ciento (50 0/0) c más del capital no actuase conforme al inciso c) del artículo 80, o no redujese este en la forma prevista en el artículo 60.

Ÿ Voluntad del Titular, una vez satisfechos los requisitos de las

En las siguientes lineas averiguaremos los dos supuestos mencionados, y es:

Ÿ Conclusión de su objeto o imposibilidad sobreviniente de

Ÿ No se actúa conforme al inciso c) del articulo 80 de la ley Ÿ No se redujese el capital social en la forma prevista en el artículo

60 de la Ley. IV. LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN Para realizar la liquidación de una empresa se debe seguir ciertos lineamientos preestablecidas en la Ley, yes importante conocerlas previo al momento de comenzar el proceso. Aquí los pasos para cerrar una empresa. Por ejemplo, cuando nos encontramos frente a una sociedad, regulada por la Ley General de Sociedades, se debe comunicar primero a las autoridades y la sociedad en general la decisión de no mantener activa la empresa en el mercado. De acuerdo a la Ley General de Sociedades que rige en nuestro país, se deben pasar por tres etapas: la de disolución, liquidación y extinción. Dicha Ley señala en su articulo 407 que se establece que la disolución se da cuando una empresa ha incurrido en la sociedad en alguna de las siguientes causales: Ÿ Ÿ Ÿ Ÿ Ÿ Ÿ Ÿ Ÿ Ÿ

Vencimiento del plazo de duración de la empresa; Conclusión del Objeto de la sociedad o su no realización; Continua inactividad de la junta general; Pérdidas que reduzcan el patrimonio por debajo de la tercera parte del capital pagado; Acuerdo de la junta de acreedores o quiebra; Falta de pluralidad de socios; Resolución adoptada por la Corte Suprema; Acuerdo de la Junta general de Accionistas. Cualquier otra causa establecida en la Ley o prevista en el pacto social, en el estatuto o en convenio de los socios.

Luego de determinar la causalidad de la disolución, el encargado de la sociedad deberá realizar una solicitud inscripción de disolución ante los Registros Públicos con una copia certificada del acta, Posteriormente, se inicia luego el acuerdo de disolución. Todos sus documentos y correspondencias deben usar esa denominación, la cual debe ser comunicada mediante el procedimiento de "Modificación de Datos en el RUC", a la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat). El responsable de a sociedad debe cumplir con la total liquidación de todas sus obligaciones y activos, además de cobrar los créditos que fueran exigibles, para finalmente seguir con la extinción de la empresa. Este es el momento final por el que pasa la empresa en el que una vez dadas todas las liquidaciones, los liquidadores deben presentar a la junta general la memoria balance final de liquidación, la distribución del patrimon10 neto entre los encargados de la sociedad, el estado de ganancias y pérdidas y demás cuentas que correspondan.

16 | REVISTA INSTITUCIONAL |

AGOSTO 2019

normas legales vigentes Aquí se disuelve por la sola voluntad del Titular. realizarlo; es decir, cuando se concibe un objeto social pero no se puede cumplir Imaginemos una empresa creada para exportar almejas, pero por circunstancias la almeja es declarada en veda indefinida, en ese marco no se podría continuar con la E.I.R.L. Ÿ Pérdidas que reduzcan el patrimonio de la Empresa en más de

cincuenta por ciento (50 %), si transcurrido un ejercicio económico persistiera tal sítuación y no se hubiese compensado el desmedro o disminuido el capital; este es uno de los supuestos por el cual en caso no se disolviera y liquidara la E.I.R.L por la causal indicada, implicaría que el Titular sea responsable con su patrimonio en forma ilimitada, en mérito al literal c) del artículo 41 de la Ley. Como comentario, cabe mencionar al artículo 60 de la Ley, respecto que si al término del ejercicio económico se apreciara una diferencia de más del veinte por ciento (20 %) entre el importe del capital y el patrimonio real de la Empresa de acuerdo con los datos que arroje el balance. deberá procederse a aumentar o disminuir el capital para que correspondan capital patrimonio, caso contrario, como en el párrafo anterior implicaría que el Titular sea responsable con su patrimonio en forma ilimitada, en mérito al literal c) del artículo 41 de a Ley. Ÿ Fusión, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 76; en ese

sentido, debemos tener en cuenta que la fusión de una empresa con otra empresa, pertenecientes a un mismo titular, puede ser realizada por incorporación o por constitución. Ø Se produce una fusión por incorporación cuando una

empresa incorpora a otra, disolviéndose esta sin liquidarse y asumiendo la empresa incorporante la totalidad del patrimonio de la otra. Ø La fusión por constitución se produce cuando se constituye

una nueva empresa, la cual asume en su totalidad el patrimonio de las empresas fusionadas, las que se disuelven sin liquidarse. En los casos de fusión de una empresa con una sociedad, la empresa se incorpora en la sociedad, asumiendo esta la totalidad del patrimonio de la empresa, la cual se disuelve sin liquidarse. Sin perjuicio de lo dispuesto en el presente párrafo, serán de aplicación supletoria las normas pertinentes de la Ley General de Sociedades. Ÿ Quiebra de la empresa, si no fuera levantada según la Ley de la

materia; debemos tener presente que la quiebra como situación de insolvencia total está regulada actualmente por la Ley General del Sistema Concursal, Ley NO 27809. Así, la Comisión de Procedimientos Concursales (CCO) es el órgano del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) responsable de la tramitación de los procedimientos a través de los cuales se busca generar un ambiente adecuado para la negociación

Contable - Financiero

entre los acreedores y el deudor común a todos ellos, con el objetivo de alcanzar soluciones eficientes destinadas a la recuperación del crédito. Para tal fin, la Ley General del Sistema Concursal regula dos clases de procedimientos concursales: Ø Ordinario (antes conocido como de insolvencia) Es

aplicable a aquellos sujetos inmersos en una situación de crisis manifiesta. En el marco de este procedimiento, los acreedores reunidos en junta podrán optar (siempre que evalúen su viabilidad) por la reestructuración patrimonial del deudor o, en caso contrario, podrán aprobar su liquidación por estimarla como la decisión más conveniente a los intereses de los acreedores. Ø Preventivo. Es aplicable a aquellos sujetos que, de manera

diligente, anticipan la situación de crisis inminente que podría afectarlos. En este procedimiento, la junta de acreedores estaré en aptitud de pronunciarse por la viabilidad 0 no de la propuesta de refinanciación de obligaciones formulada por el deudor como solución para evitar un incumplimiento, a corto plazo, que podría derivar en una situación mucho más crítica. Ÿ Muerte del Titular, si se da el caso señalado en el último

párrafo del artículo 31 ; en ese sentido el precitado artículo indica que, si los sucesores fueran varias personas naturales, el derecho del Titular pertenecerá a todos los sucesores en condominio, en proporción a sus respectivas participaciones en la sucesión, hasta por un plazo improrrogable de cuatro años contados a partir de la fecha de fallecimiento del causante si venciera el plazo indicado de cuatro años sin haberse adoptado alguna de las medidas indicadas que se contempla en dicho artículo 31 de la Ley, la E.I.R.L. quedaré automáticamente disuelta, asumiendo los sucesores responsabilidad personal e ilimitada en la marcha de la empresa. Ÿ Resolución judicial conforme al artículo 81 de la presente ley, y

esto ocurre cuando el Poder Ejecutivo puede solicitar a la Corte Superior del distrito judicial del domicilio de la Empresa la disolución de esta, si sus fines c actividades son contrarios al orden público o a las buenas costumbres, La Corte resolverá la disolución o subsistencia de la empresa, previa citación de esta última. La empresa puede acompañar pruebas de descargo que juzgue pertinente, en el término de treinta (30) días, vencido el cual se realizará audiencia pública. Contra la resolución de la Corte Superior procede recurso de nulidad ante la Corte Suprema. Consentida o ejecutoriada la resolución judicial que ordena la disolución, se abre el proceso de liquidación. Si la Escritura de constitución no hubiera designado liquidador, el Titular deberá nombrarlo dentro de los treinta (30) días siguientes, y si así no lo hiciere, el juez, de oficio, lo designara. Ÿ La liquidación se efectuará de acuerdo a lo previsto en la

presente Ley, debiéndose tener en cuenta la responsabilidad civil en que se hubiere incurrido, sin perjuicio de la responsabilidad penal que correspondiere. Ÿ Por cualquier otra causa de disolución prevista en la ley.

V. PROCEDIMIENTO DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN La empresa se disuelve mediante escritura pública en la que consta la causal de disolución y el nombramiento del liquidador, debiendo inscribirse tal acto en el Registro de Personas Jurídicas, La decisión del titular de disolver la empresa debe publicarse dentro de los diez días de adoptada, por tres veces consecutivas.

La empresa disuelta su personalidad jurídica mientras se realiza la liquidación, debiendo durante este lapso añadir su denominación l a s p a l a b r a s "e n l i q u i d a c i ó n " e n s u s d o c u m e n t o s y correspondencias. Asimismo, debemos indicar que existe la posibilidad que aun cuando exista la decisión a la obligación de disolver la empresa, el Poder Ejecutivo, mediante resolución suprema expedida can voto aprobatorio del de Ministros, podrá ordenar su continuación forzosa si la considerase de necesidad y utilidad para la economía o el Interés nacional En la resolución se determinará la forma como habrá de continuar la empresa y se proveerán los recursos necesarios. El Titular tiene un plazo de das (2) meses contados, a partir de la fecha de La resolución suprema, para impugnar dicha resolución, o decidir si desea continuar corno titular de la empresa. Tengamos en cuenta que este razonamiento obedece también a la idea donde surgió la Ley, es decir, durarte el gobierno militar. y por ende la nacionalización e interés nacional era una máxime de aquel entonces, pero que aún sigue vigente. De acuerdo al artículo 84 de la Ley, en casos de disolución de 3 empresa, no originados por quiebra o fusión, o en aplicación del artículo 81 de la Ley, los trabajadores de la misma tendrán derecho preferencial a la adquisición de las con cargo a sus beneficios sociales. Para dicho efecto, dentro de los quince (15) días calendario de producida la disolución deberán solicitar al Juez adquisición de los mismos, las cuales serán valorizados de acuerdo a las normas del Decreto Ley N° 1941, procediéndose con arreglo a los artículos 19, 20, 23 y 24 del Decreto Ley N° 21 584 en cuanto fueren aplicables. Ahora bien, inscrita le disolución en el Registras Públicos, se abre e proceso de liquidación, salvo el caso de fusión, cesando a representación del gerente, la misma que será asumida por el liquidador con las facultades que le acuerde la presente Ley. Además, el titular en la escritura pública de disolución, o el juez en su caso, designará al liquidador, nombramiento que puede recaer en el gerente o en una persona natural, pudiendo también el Titular asumir esa función. El cargo es remunerado y puede ser revocado en cualquier momento por el Titular o por el juez en caso de haber sido nombrado judicialmente. En caso de vacancia del cargo, el Titular o el juez, en su caso, debe designar un nuevo liquidador. Ahora, entre las funciones que le corresponde al liquidador, bajo responsabilidad, tenemos las siguientes obligaciones: Ÿ Formular el inventario y balance de la empresa, al asumir su

función con referencia al día en que se inicia el período de liquidación; Ÿ Llevar y custodiar los libros y la correspondencia de la Empresa

y velar por la conservación e integridad de su patrimonio; Ÿ Ejercer la representación de la empresa para los fines propios

de la liquidación, debiendo realizar las operaciones pendientes y las que sean necesarias para la liquidación de la empresa, quedando autorizado para efectuar todos los actos y celebrar todos los contratos a nombre de esta conducentes al cumplimiento de la misión; Ÿ Dar cuenta trimestralmente al Titular de la empresa o al juez,

según el caso, de la marcha de la liquidación; Ÿ Formular el inventario y balance de la empresa al término de la

liquidación; Ÿ Inscribir la extinción de la empresa en Registros Públicos.

Cu a n d o e l l i q u i d a d o r va a i n i c i a r s u s f u n c i o n e s , b a j o responsabilidad personal, deberá publicar por tres (3) veces seguidas un aviso de convocatoria a los acreedores de la empresa

AGOSTO 2019

| REVISTA INSTITUCIONAL | 17

Contable - Financiero

para que presenten los documentos justificativos de sus créditos dentro del plazo de treinta (30) días calendario contados a partir de la última publicación, bajo apercibimiento de no tomar en consideración las acreencias que no figuren en la contabilidad de la empresa.

Concluida la liquidación de la empresa, el liquidador, bajo responsabilidad personal, deberá pedir la inscripción de su extinción en los Registros Públicos, mediante solicitud con firma legalizada notarialmente, a la que se acompañará el balance final de la liquidación con sus respectivos anexos.

Por otro lado, en el artículo 89 de la Ley se estipula que la función del liquidador termina:

Además, el Titular conservará los libros y documentos de la empresa extinguida por cinco (5) años, bajo su responsabilidad personal, y finalmente liquidada la empresa y pagados los acreedores de esta, el Titular tiene derecho al remanente de la liquidación, si lo hubiera, esto conforme al artículo 93 de la Ley.

Ÿ

Por muerte o incapacidad civil;

Ÿ

Por haber concluido la liquidación;

Ÿ

Por revocación de su poder, decidida por el Titular de la empresa o por el juez en caso de haber sido nombrado judicialmente.

El liquidador responde ante el Titular y terceros de acuerdo a lo prescrito en el artículo 52 de la presente Ley, tal como lo hacía el gerente general antes de la disolución y liquidación.

---------NOTAS (*) Abogado por la Universidad Nacional Federico Villareal. Jefe del Área del Grupo Educativo “MODABELL de Amparo Cabrera”. Gerente Legal de Avanti Soluciones Empresariales S.A.C Asesor extremo de Contadores & Empresas

Fuente: Revista Contadores y Empresas, segunda quincena de agosto 2019

18 | REVISTA INSTITUCIONAL |

AGOSTO 2019

Contable - Financiero

CAPEX y OPEX Autora: Mercedes Alvarez Isla⁽*⁾

RESUMEN Tanto el CAPEX como el OPEX son indicadores de gastos que implican una inversión para la empresa, la primera que determina los gastos de capital y la segunda que hace relación a los gastos operativos. Para que una empresa decida utilizar alguna de estas herramientas debe analizar su situación financiera y el capital con el que cuenta, pues de eso dependerá que tenga los recursos suficientes para optar por un CAPEX que implica mayor inversión o un OPEX que representa una inversión inicial pequeña y que además permite deducir impuestos.

1. ¿Qué es el CAPEX? Conocido como gastos de capital por su terminología en inglés (capital expenditure). Se le denomina así a los gastos que se realizan para invertir en bienes de capital (activos fijos, equipos, hardware como impresoras o computadoras, vehículos para transportar mercancías, etc., dependiendo del rubro de la empresa), ya sea adquiriendo nuevos activos fijos o añadiendo valor y mejorando los activos ya existentes, con el único propósito de generar beneficios a la empresa y aumentar sus ganancias. Los CAPEX son utilizados por las empresas cuando quien compra o mejora activos fijos tales como equipamientos, propiedades o edificios, etc. Estos gastos de capital a menudo se deprecian en un periodo de 5 años, algunos de ellos pueden depreciarse en más tiempo, como es en el caso de inmuebles, por lo que la vida útil va a depender del tipo de activo fijo. 1.1. Importancia El CAPEX se caracteriza por ser un indicador importante del ciclo de vida en el que se encuentra la empresa; esto debido a que, si comparamos una empresa que tiene varios años de funcionamiento con una que recién comienza, la que tendrá el CAPEX más alto sin duda alguna será la que recién empieza, pues ha necesitado adquirir de nuevos activos fijos para su funcionamiento y todavía no se generan gastos. En la mayoría de empresas este indicador es importante cuando se requiere • solucionar problemas y mejorar un activo; • adquirir activos tangibles como edificios o intangibles como las licencias;

• emprender un nuevo negocio donde se requiere de un mayor equipamiento; • reparar un activo para un nuevo uso; y • renovar un activo obsoleto sin uso y sin funcionamiento 1.2. ¿Cómo se calcula el CAPEX? Para calcular el CAPEX es necesario contar con el balance o conocido ahora como Estado de Situación Financiera de la empresa, a manera de considerar las variaciones de los activos y pasivos de un año a otro. Es así que el CAPEX se calculará de la siguiente forma: Var. activos – var. pasivo Primero se deberá ubicar los activos totales dentro del balance, y posterior a ello los pasivos totales. Para calcular la variación o modificación de un año a otro, se tendrá que tener información financiera del año anterior hasta el año presente de estudio. Forma de medir el CAPEX • Cuando el CAPEX es superior a las depreciaciones del activo fijo, esto indica que el valor de los bienes está aumentando rápidamente. • Cuando el CAPEX es similar o inferior a las depreciaciones del activo fijo, indica que la empresa se está descapitalizando y puede generar consecuencias desfavorables a la empresa. Caso práctico La empresa D&H desea determinar la cantidad que se ha gastado en capital (gastos de capital) durante el 2018. Para ello cuenta con la siguiente información: • Activos totales 2017: S/ 30.000

• preparar un activo para utilizarlo en algún proyecto;

AGOSTO 2019

| REVISTA INSTITUCIONAL | 19

Contable - Financiero

gastos operativos permiten que las empresas puedan desembolsar efectivo para personal, instalaciones, etc., haciendo que la empresa sea más eficiente y competitiva.

• Activos totales 2018: S/ 55.000 • Pasivos totales 2017: S/ 60.000 • Pasivos totales 2018: S/ 70.000

3. Diferencia entre CAPEX y OPEX

Solución • Variación activos totales: S/ 25.000 • Variación pasivos totales: S/ 10.000 CAPEX

= var. act. – var. pas.

CAPEX

= S/ 25.000 – S/ 10.000

CAPEX

= S/ 15.000

Ambos indicadores representan dos categorías básicas de gastos comerciales, diferenciándose por la naturaliza de los gastos y su tratamiento contable. Por ejemplo, la compra de una máquina para elaborar cajitas de cristal representa un CAPEX, sin embargo, los insumos utilizados para su elaboración como producto final representará un OPEX, asimismo, los costos de mantenimiento de dicha máquina también será un OPEX para la empresa.

Respuesta

CAPEX

La empresa D&H tiene un CAPEX de S/ 15.000, lo que representa la cantidad en gastos de capital. 2. ¿Qué es el OPEX? Conocido como gastos operativos por su terminología en inglés (operational expenditure). Se le denomina así a los costos relacionados con las operaciones y servicios importantes para el adecuado funcionamiento de una empresa. Estos gastos representan la mayor parte de los costos de una empresa (ventas, , administración, gastos de contabilidad, derechos de licencia, mantenimiento y reparación, los gastos de oficina, suministros, gastos legales, servicios públicos, tales como el teléfono, seguros, transporte, pago de intereses, arrendamientos y alquileres,etc.). Estos gastos pueden variar de una a otra empresa dependiendo de la naturaleza y tamaño de la misma.

Inversión que se hace para obtener un activo que se devalúa con el tiempo.

Pago que se realiza por uso y para obtener un producto para que la empresa pueda operar.

La vida de un CAPEX generalmente se extiende más allá de un año fiscal, por lo tanto, se debe usar la amortización y la depreciación para redistribuir este costo.

Los gastos operativos son totalmente deducibles de impuestos en el año en que se realizan.

Cantidad de inversión de una empresa en equipos e instalaciones con el fin de mantener la producción de un producto o servicio.

Costos de una empresa asociados al mantenimiento de equipos, gastos consumibles y otros gastos de funcionamiento necesarios para mantener la producción.

2.1. Importancia Son importantes porque ayudan a determinar la rentabilidad de u n a e m p re s a . U n e l eva d o g a s to d e e s t a s a c t i v i d a d e s operacionales podría perjudicar el funcionamiento de la empresa, pues siendo el objetivo de toda empresa generar rentabilidad los gastos operativos son pieza clave. 2.2. ¿Cómo se calcula el OPEX? El OPEX se calcula de manera rápida y sencilla, sumando todos los costos operativos de una empresa en un periodo determinado. Con un Estado de Resultados se podría calcular los gastos de o p e ra c i ó n , m e d i a nte l a s u m a d e to d o s l o s g a s to s d e funcionamiento de la empresa por un periodo determinado.

Gastos administrativos Gastos financieros

=

Gastos operativos

Gastos de ventas

+ Gastos de representación

Una empresa siempre va a requerir que sus gastos operativos sean los más bajos posibles para que no perjudique sus ganancias y no tengan que aumentar la producción para poder solventarse, por ello es recomendable que antes de iniciar un proyecto o negocio se haga una estimación del OPEX para saber si será o no viable. Los

20 | REVISTA INSTITUCIONAL |

A muchas empresas les es difícil determinar a cuál de estos dos indicadores deben enfocarse más, lo correcto sería que su elección dependa de las ventajas competitivas que le puedan aportar. Por ejemplo, para aquellas empresas que tienen gastos de capital elevados porque son necesarios para su actividad, lo recomendable seria que opten por un CAPEX, por el contrario si son empresas que solo prestan servicios de consultoría y/o asesoría donde adquirir activos fijos no es relevante para su actividad, deberían optar por los gastos OPEX. 4. Glosario • Vida útil. Duración estimada que un objeto puede tener, cumpliendo correctamente con la función para el cual ha sido creado. En una empresa viene a ser el periodo en el que se espera utilizar el activo. • Activo fijo. Bien tangible o intangible esencial para el funcionamiento de una empresa.

+ +

OPEX

AGOSTO 2019

--------------Notas: (*) Licenciada en Administración de Negocios Internacionales por la Universidad Tecnológica del Perú. Con estudios de especialización en Comercio Exterior y Gestión Aduanera. Miembro del staff de asesores de la revista Actualidad Empresarial.

Fuente: Revista Actualidad Empresarial, primera quincena de agosto 2019

Contable - Financiero

Tasas de interés dentro del ámbito financiero Autora: Mercedes Alvarez Isla

RESUMEN Dentro del sistema financiero se utilizan diversas tasas de interés que se clasifican de diferentes formas según la operación a realizar. Es importante considerar que toda deuda siempre va a generar un interés, es allí la importancia de conocer las tasas que se manejan y el uso que se les da. En el Perú las entidades principales que publican estas tasas son el BCRP y la SBS. Hemos señalado de manera general las diversas tasas existentes clasificadas según la finalidad que persiguen, especificando en qué situaciones se aplican.

1. ¿Qué es la tasa de interés? La tasa de interés es el costo del préstamo expresado como una tasa porcentual, es decir, el costo del dinero y el precio que se tiene que pagar por el uso del dinero ajeno en un determinado periodo. Financieramente hablando, viene a ser la retribución económica que se le da a la persona o entidad que entrega estos fondos (prestamistas o depositantes), puesto que implica un aplazamiento en el tiempo de su uso o consumo. Las tasas de interés resultan ser una variable económica fundamental, que está muy ligado al nivel de inflación; puesto que mientras más costosos resulten los medios de financiamiento (créditos) para las empresas, estos se reflejarán en mayores precios de los bienes y servicios. En este sentido, el Banco Central de Reserva (BCRP), que tiene la función de preservar la estabilidad de precios en la economía, fija una tasa de interés de referencia de corto plazo (instrumento de política monetaria) con el fin de orientar la marcha de la economía.

Según el balance de las instituciones financieras

Activa Pasiva

Según el momento del cobro

Vencida Adelantada

Por el efecto de capitalización

Nominal y proporcional Efectiva y equivalente

Según el efecto de la inflación

Tasas de interés nominal Tasas de interés real

De acuerdo al cumplimiento de la obligación

Compensatoria Moratoria

Por el uso de capitalización

Discreta Continua

Según el tipo de moneda

TAMN y TAMEX TIPMN y TIPMEX

De acuerdo al origen

Interés convencional Interés legal

Para operaciones no financieras

Tasa de interés moratorio de Sunat (TIM)

1.1. Factores que determinan la tasa de interés a) Plazos. Mientras mayor sea el periodo en que se devolverá el dinero, se exigirá una mayor tasa de interés.

3. Tasas de interés según el balance de las instituciones financieras

b) Riesgos. Cuanto se prevea un mayor riesgo de que no se pueda recuperar el dinero (retrasos o impagos), requerirá una tasa más alta.

a) Tasas de interés activas. Es el porcentaje que las instituciones financieras cobran por los diferentes tipos de servicios de crédito que brindan. Ella dependerá de las condiciones de mercado, del tipo de operación, así como las disposiciones de la autoridad monetaria (BCRP).

c) Liquidez. En la medida en que sea más fácil de recuperar el dinero, menor será la tasa de interés. 2. Clasificación de las principales tasas de interés

b) Tasas de interés pasivas. Es el porcentaje que paga un intermediario financiero a quienes depositan dinero (ahorros) mediante cualquiera de los instrumentos o alternativas que se

AGOSTO 2019

| REVISTA INSTITUCIONAL | 21

Contable - Financiero

tienen para tales efectos. 4. Tasas de interés según el momento de cobro a) Tasas vencidas. Tasa que se aplica al vencimiento del plazo de la operación pactada. Este es el criterio que de manera general se asume en las matemáticas financieras para ejecutar el cálculo de los intereses. b) Tasas adelantadas. Tasa empleada para aquellas situaciones en las que se adelantará el pago de la deuda antes del vencimiento, permitiendo descontar alguna proporción de intereses por el pronto pago. 5. Tasas de interés según el efecto de la capitalización a) Tasas nominales. La tasa de interés nominal es aquella que refleja la rentabilidad o el costo de un producto financiero de manera periódica. El cálculo de la misma se realiza a interés simple. b) Tasas efectivas. Es la tasa que realmente se aplica en las operaciones financieras; y que, a diferencia de la nominal, se incluyen, además de su valor o costo de oportunidad, el cobro de comisiones y gastos vinculados a la operación financiera. En su aplicación, se considera la capitalización de intereses. 6. Tasas de interés según el efecto de la inflación a) Tasas de interés nominal (i). Es la tasa porcentual de interés que se acuerda entre el acreedor y el tomador del préstamo. b) Tasas de interés real (r). Es la diferencia entre el tipo de interés nominal (tasa de interés de un activo) y la inflación (pérdida de valor del dinero), de forma que permite medir el poder adquisitivo de los ingresos generados por los intereses. Podemos definir a la tasa de interés real como los intereses ganados menos el porcentaje relativo al aumento en la inflación. 7. Tasas de interés de acuerdo al cumplimiento de la obligación a) Tasa de interés compensatorio. Es aquel pago que se da en contraprestación al uso de cualquier dinero o bien en un periodo determinado. b) Tasa de interés moratoria. Interés generado por el retraso del pago de la obligación a la fecha de vencimiento establecido. 8. Tasas de interés de acuerdo al origen a) Tasa de interés convencional. Se originan por mutuo acuerdo o pacto entre las partes involucradas. Las tasas máximas son fijadas por el Banco Central de Reserva. b) Tasa de interés legal. Son aquellos intereses que se reconocen por causa u origen de la ley. Los datos se publican diariamente en la página de la SBS. Se distinguen dos tasas: • Tasa de interés legal efectiva. Para aquellas situaciones cuyo deber de pago nace necesariamente de un mandato legal por razones especiales de equidad y equilibrio patrimonial. • Tasa de interés legal laboral. Se da en consideración a los retrasos de pago de los beneficios sociales del trabajador. 9. Tasas de interés según el tipo de moneda a) Tasa activa en moneda nacional (TAMN). Corresponde a la

22 | REVISTA INSTITUCIONAL |

AGOSTO 2019

tasa de interés activa promedio del mercado sobre los saldos en moneda nacional. La determinación de esta tasa se realiza diariamente, utilizando el promedio geométrico de las tasas de los ocho bancos con mayor saldo de colocaciones vigentes al día del reporte, ponderadas por los saldos reportados. b) Tasa activa en moneda extranjera (TAMEX). Corresponde a la tasa de interés activa promedio del mercado sobre los saldos en moneda extranjera. El procedimiento de cálculo diario, así como las operaciones del sistema financiero que intervienen para determinar esta tasa son los mismos utilizados por la TAMN. Ambas tasas son publicadas diariamente por la SBS y se utilizan cuando se quiere aplicar una tasa para presunción de intereses. De esta manera, los art. 26 y 32 de la Ley del Impuesto a la Renta y el art. 24 del Reglamento de la Ley del impuesto a la renta señalan lo siguiente:

Moneda nacional

Moneda extranjera

Relación vinculada

TAMN

TAMEX

Relación no vinculada

TAMN

LIBOR

c) Tasa Libor. La tasa Libor (London Inter-Bank of fered Rate) es una tasa de depósito ofrecida entre bancos dentro del mercado de Londres. Es una de las tasas de referencia más influyentes en el contexto internacional. Es utilizada para el otorgamiento de créditos realizados al exterior, dadas entre los diferentes gobiernos, partes vinculadas o independientes. Sirve como base para fijar contratos de pago de interés en los mercados de opciones,forward rate agreements,Swaps de tasas de interés bonos, y futuros. d) Tasa pasiva en moneda nacional (TIPMN). Es la tasa de interés promedio ponderado de las tasas pagadas sobre los depósitos en moneda nacional incluidos aquellos a la vista, por las empresas bancarias y financieras, y es expresada en términos efectivos anuales. e) Tasa pasiva en moneda extranjera (TIPMEX). Es la tasa de interés promedio ponderado de las tasas pagadas sobre los depósitos en moneda extranjera. 10. Tasas de interés para operaciones no financieras a) Tasa de interés moratorio (TIM). Se le denomina así al interés que se cobra a fin de indemnizar la mora en el pago. El artículo 22 del Código Tributario señala que los tributos, cuyo pago se realice fuera del plazo establecido y que el contribuyente está obligado a pagar; generarán intereses moratorios que se calcularán sobre la base de la TIM fijada por la Sunat.

Fuente: Revista Actualidad Empresarial, segunda quincena de agosto 2019

Gestión Tributaria

Tratamiento tributario de la deducción de intereses de deudas Autor: Josué Alfredo Bernal Rojas RESUMEN Uno de los gastos en que pueden incurrir las empresas puede ser el de intereses de préstamos u otras deudas. La deducción de dichos intereses para determinar la renta neta de tercera categoría del ejercicio, en algunos casos, se encuentran supeditados a ciertos límites. En el presente artículo se ha observado el tratamiento para algunos de ellos, tomando en cuenta las modificaciones que entran en vigencia a partir del ejercicio 2019 en adelante.

Introducción Para fines de determinar la renta neta del ejercicio y el impuesto a la renta de tercera categoría, se deducen los gastos necesarios para el ingreso o mantenimiento de la fuente generadora de los ingresos. Entre los diversos gastos deducibles tenemos a los intereses de préstamos, compras al crédito, fraccionamientos, etc. A continuación, observamos el tratamiento para algunos de ellos tomando en cuenta los límites y condiciones a que están sujetos para que sean o no deducibles para determinar la renta neta del ejercicio. 2. Deducción de los intereses El gasto por intereses y gastos accesorios de deudas contraídas por sujetos del Régimen General o del Mype Tributario será deducible para determinar la renta neta de tercera categoría siempre que hayan sido contraídas para adquirir bienes o servicios vinculados con la obtención o producción de rentas gravadas en el país o relacionadas con la mantención de la fuente productora de renta, es decir, cumplirán con el principio de causalidad. Sin embargo, la deducción se limita a la

parte que exceda el monto de los ingresos por intereses exonerados e inafectos, no computándose los intereses exonerados e inafectos generados por valores cuya adquisición haya sido efectuada en cumplimiento de una norma legal o disposiciones del Banco Central de Reserva del Perú, ni los generados por valores que reditúen una tasa de interés, en moneda nacional no superior al 50 % de la tasa activa de mercado promedio mensual en moneda nacional (TAMN) que publique la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones. Base legal Art. 37, inciso a) del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta

38,200.00. Se pide determinar el importe deducible como gasto para efectos tributarios de los intereses de las deudas contraídas por la empresa mencionada. Solución S o l o s o n d e d u c i b l e s p a r a e fe c t o s tributarios los intereses por deudas de la empresa, el importe que exceda a los ingresos por intereses exonerados e inafectos. Gasto por intereses Ingreso por intereses inafectos Monto deducible

38,200.00 -15,600.00 22,600.00

Importe no deducible Gasto por intereses Monto deducible Importe a adicionar S/

38,200.00 -22,600.00 15,600.00

Caso práctico N.°1 La empresa Fuimos al Mundial SAC ha percibido en el ejercicio 2019 intereses por bonos emitidos por la República del Perú por un monto de S/ 15,600.00, y a la vez ha generado gasto por intereses de deudas con proveedores (compras al crédito) y entidades financieras (préstamos para capital de trabajo) relacionadas con la generación de ingresos gravados con el impuesto a la renta por un total de S/

Como vemos el monto del gasto por intereses que excede al monto de los ingresos por intereses inafectos es de S/ 22,600.00; por lo tanto, solo se puede deducir dicho monto, y la diferencia de S/ 15,600.00 es gasto no deducible que se debe adicionar en la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta como diferencia permanente.

AGOSTO 2019

| REVISTA INSTITUCIONAL | 23

Gestión Tributaria

3. Intereses de fraccionamientos tributarios En cuanto a fraccionamientos de deudas tributarias, son deducibles los intereses ya sean por los fraccionamientos otorgados con carácter particular como, por ejemplo, el RESIT, FRAES o general como los otorgados de acuerdo con el artículo 36 del Código Tributario. Base legal

Determinamos los intereses no deducibles Exceso al máximo de endeudamiento x tasa = interés no deducible S/ 1,200,000.00 x 10 % = S/ 120,000.00 Los S/ 120,000.00 no son deducibles y, por lo tanto, se adicionan como diferencia permanente en la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta del ejercicio 2018.

Art. 37, inciso a) del TUO Ley del Impuesto a la Renta

4. Límite entre partes vinculadas hasta el ejercicio 2018 Los intereses entre partes vinculadas solo eran deducibles en la medida que el endeudamiento no exceda al triple del patrimonio neto del contribuyente al cierre del ejercicio anterior.

5. Límite a partir del ejercicio 2019

Los contribuyentes que se constituyeron en el ejercicio consideraban como patrimonio neto su patrimonio inicial.

A partir del ejercicio 2019 el límite de endeudamiento del triple del patrimonio neto del contribuyente al cierre del ejercicio anterior o del ejercicio en que se inicia operaciones en caso de empresas que se constituyan en el ejercicio se aplicará sean o no partes vinculadas, excepto en los siguientes casos:

Si en cualquier momento del ejercicio el endeudamiento con partes vinculadas excedía el monto máximo permitido, solo eran deducibles los intereses que proporcionalmente correspondan a dicho monto máximo de endeudamiento.

a) las empresas del sistema financiero y de seguros mencionadas en el artículo 16 de la Ley N.° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros;

Base legal Art. 37, inciso a) del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta Art. 21, inciso a) del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta

Cabe precisar que el monto de los intereses que correspondían al monto que no excede el máximo de endeudamiento, en caso de partes vinculadas, eran deducibles si estaban de acuerdo al valor determinado, considerando la regla de precios de transferencia establecida de acuerdo con el artículo 32 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta (igual regla se aplica actualmente). Caso práctico N.° 2 Al 31 de diciembre del ejercicio 2017, la empresa Hijos del Sol SRL tiene un patrimonio neto de S/ 600,000.00 compuesto de la manera siguiente: • Capital

: S/ 450,000.00

• Capital adicional: S/ 50,000.00 • Reservas

: S/ 20,000.00

• Resultados acumulados: S/ 80,000.00 La mencionada empresa decide tomar un préstamo de una empresa vinculada por S/ 3,000,000 por el ejercicio 2018 de enero a diciembre; la tasa de interés pactada es de 10 % anual. Se pide determinar el monto del interés deducible para fines del impuesto a la renta, sabiendo que la tasa de 10 % se encuentra de acuerdo con el valor de mercado según estudio técnico de precios de transferencia. Solución Determinamos el monto máximo de endeudamiento Patrimonio de la empresa al 31-12-17 x 3 S/ 600,000 x 3 = S/ 1,800,000.00 Determinamos los intereses totales S/ 3,000,000.00 x 10 % = S/ 300,000 Determinamos los intereses deducibles Monto máximo de endeudamiento x tasa = interés deducible S/ 1,800,000.00 x 10 % = S/ 180,000.00 El monto máximo de los intereses deducibles como gasto es de S/ 180,000.00.

24

| REVISTA INSTITUCIONAL | AGOSTO 2019

b) contribuyentes cuyos ingresos netos en el ejercicio gravable sean menores a 2,500 UIT; c) contribuyentes que mediante asociaciones público privadas desarrollen proyectos de infraestructura pública, servicios públicos, servicios vinculados a estos, investigación aplicada y/o innovación tecnológica en el marco del Decreto Legislativo N.° 1224, Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos; d) endeudamiento para el desarrollo de proyectos de infraestructura pública, servicios públicos, servicios vinculados a estos, investigación aplicada y/o innovación tecnológica bajo la modalidad de proyectos en activos en el marco del Decreto Legislativo N.° 1224; e) endeudamientos provenientes de la emisión de valores mobiliarios representativos de deuda que cumpla con las siguientes condiciones: • Se realice por oferta pública primaria en el territorio nacional conforme a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores. • Los valores mobiliarios que se emitan sean nominativos. • La oferta pública se coloque en un número mínimo de 5 inversionistas no vinculados al emisor. Los endeudamientos en los acápites d) y e) serán computables a efectos de calcular el límite del triple del patrimonio neto. Los intereses de dichos endeudamientos son deducibles aun cuando excedan el referido límite. Si en cualquier momento del ejercicio el endeudamiento excede el monto máximo permitido, solo serán deducibles los intereses que proporcionalmente correspondan a dicho monto máximo de endeudamiento de acuerdo a lo siguiente: a) Dividir el monta máximo de endeudamiento (MME) entre el monto total de endeudamiento (MTE). El resultado de dicha operación se debe multiplicar por el monto de intereses (MI)

IDM =

MME x MI MTE

Gestión Tributaria

Donde

de S/ 500,000.00 compuesto de la manera siguiente:

IDM : interés deducible máximo MME : resultado de aplicar el coeficiente de tres sobre el patrimonio neto del contribuyente MTE : monto total de endeudamiento, independientemente del tipo de endeudamiento, así como de la fecha de su constitución o renovación y cuyos intereses cumplan con el principio de causalidad MI :

monto de intereses que cumplan con el principio de causalidad y que correspondan a endeudamientos sujetos al límite

b) El cálculo se debe efectuar desde la fecha en que el MTE supere el MME y por el periodo en que se mantenga dicha situación. c) El cálculo debe realizarse con independencia de la periodicidad de la tasa de interés. d) El cálculo debe reflejar las variaciones del monto total de endeudamiento que se produzcan durante el ejercicio gravable.

• Capital S/ 300,000.00 • Excedente de revaluación S/ 50,000.00 • Reservas S/ 30,000.00 • Resultados acumulados S/ 120,000.00 Toma un préstamo de un banco del país por S/ 2,000,000 por el ejercicio 2019 de enero a diciembre; la tasa de interés pactada es de 18 % anual. Los ingresos netos del ejercicio 2019 son mayores a 2,500 UIT. Solución En vista que los ingresos del ejercicio superan 2,500 UIT se debe aplicar el límite del triple del patrimonio al cierre del ejercicio anterior. Determinamos el monto máximo de endeudamiento Patrimonio de la empresa al 31-12-18 x 3 S/ 500,000 x 3 = S/ 1,500,000.00 Determinamos los intereses totales

Base legal Art. 21 inciso a) del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta modificado por Decreto Supremo N.° 338-2018-EF (30-12-18)

S/ 2,000,000.00 x 18 % = S/ 360,000 Determinamos los intereses deducibles

En el caso de sociedades o empresas que se escindan en el curso del ejercicio, cada uno de los bloques patrimoniales resultantes aplicará el coeficiente resultante de dividir el monto máximo de endeudamiento (MME) entre el monto total de endeudamiento (MTE) sobre la proporción que les correspondería del patrimonio neto de la sociedad o empresa escindida, al cierre del ejercicio anterior, sin considerar las revaluaciones voluntarias que no tengan efecto tributario. Tratándose de fusiones realizadas en el curso del ejercicio, el coeficiente mencionado anteriormente se aplicará sobre la sumatoria de los patrimonios netos de cada una de las sociedades o empresas intervinientes, al cierre del ejercicio anterior, sin considerar las revaluaciones voluntarias que no tengan efecto tributario. Los incrementos de capital que den origen a certificados o a cualquier otro instrumento de depósitos reajustables en moneda nacional están comprendidos en la regla de deducción de gastos cuando hay ingresos inafectos o exonerados. En caso de bancos y empresas financieras, deberá establecerse la proporción existente entre los ingresos financieros gravados e ingresos financieros exonerados e inafectos y deducir como gasto, únicamente, los cargos en la proporción antes establecida para los ingresos financieros gravados. Para efectos de determinar la proporción mencionada no considerarán los dividendos, los intereses exonerados e inafectos generados por valores adquiridos en cumplimiento de una norma legal o disposiciones del Banco Central de Reserva del Perú, ni los generados por valores que reditúen una tasa de interés en moneda nacional no superior al 50 % de la tasa activa de mercado promedio mensual en moneda nacional (TAMN) que publique la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras de Fondos de Pensiones. Estas entidades determinarán los gastos deducibles en base al porcentaje que resulte de dividir los ingresos financieros gravados entre el total de ingresos financieros gravados, exonerados e inafectos. Caso práctico N.° 3

IDM =

MME

x MI

MTE IDM =

1,500,000 2,000,000

x 360,000

IDM = 0.75 x 360,000 IDM =

270,000

Donde IDM : interés deducible máximo MME : monto máximo de endeudamiento MTE : monto total de endeudamiento MI : monto de intereses

Determinamos los intereses no deducibles S/ 360,000 - S/ 270,000 = S/ 90,000.00 Reparar: S/ 90,000.00 6. Deudas constituidas o renovadas hasta el 13 de setiembre del 2018 A las deudas constituidas o renovadas hasta el 13 de setiembre del 2018, les será de aplicación, hasta el 31 de diciembre de 2020, el texto del inciso a) del artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta antes de la modificación que regirá a partir del ejercicio 2019. Base legal Única Disposición Complementaria Transitoria Del Decreto Legislativo N.° 1424 (13-09-18) y Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N.° 338-2018-EF.

a) En caso la deuda exceda el triple del patrimonio sea constituida o renovada con un vinculadoantes del 14 de setiembre del 2018, se aplicará lo siguiente:

Al 31-12-18 la empresa, Sí se pudo SAC tiene un patrimonio neto

AGOSTO 2019

| REVISTA INSTITUCIONAL | 25

Gestión Tributaria

Caso práctico N.° 4 Al 31 de diciembre del ejercicio 2017, la empresa Pisco Sour SAC tiene un patrimonio neto de S/ 600,000.00 compuesto de la manera siguiente: • Capital: S/ 450,000.00 • Capital adicional: S/ 50,000.00 • Reservas: S/ 20,000.00 • Resultados acumulados: S/ 80,000.00 Dicha empresa decide tomar un préstamo de una empresa vinculada por S/ 3,000,000 por 5 años desde el 1 de enero del ejercicio 2018 hasta el 31 de diciembre de 2022; la tasa de interés pactada es de 10 % anual. Se pide determinar el monto del interés deducible para fines del impuesto a la renta, sabiendo que la tasa pactada es de interés simple de 10 % y se encuentra de acuerdo con el valor de mercado según estudio técnico de precios de transferencia, los ingresos anuales no superan 2,500 UIT y el préstamo e intereses se pagarán al final. Solución

Los S/ 120,000.00 no son deducibles, por lo tanto, se adicionan como diferencia permanente en la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta del ejercicio 2018. c) Determinamos los intereses del ejercicio 2019 S/ 3,000,000.00 x 10 % = S/ 300,000 i) Determinamos los intereses deducibles del ejercicio 2019 Se aplica la misma regla vigente en el 2018 porque el préstamo se adquirió antes del 14-09-18. Monto máximo de endeudamiento x tasa = interés deducible S/ 1,800,000.00 x 10 % = S/ 180,000.00 El monto máximo de los intereses deducibles como gasto es de S/ 180,000.00. ii) Determinamos los intereses no deducibles por el ejercicio 2019 Exceso al máximo de endeudamiento x tasa = interés no deducible S/ 1,200,000.00 x 10 % = S/ 120,000.00

a) Determinamos el monto máximo de endeudamiento (2018-2019-2020) Patrimonio de la empresa al 31-12-17 x 3 S/ 600,000 x 3 = S/ 1,800,000.00 b) Determinamos los intereses del ejercicio 2018 S/ 3,000,000.00 x 10 % = S/ 300,000 i) Determinamos los intereses deducibles del ejercicio 2018 Monto máximo de endeudamiento x tasa = interés deducible S/ 1,800,000.00 x 10 % = S/ 180,000.00 El monto máximo de los intereses deducibles como gasto es de S/ 180,000.00. ii) Determinamos los intereses no deducibles por el ejercicio 2018 Exceso del monto máximo de endeudamiento x tasa = interés no deducible

26

S/ 1,200,000.00 x 10 % = S/ 120,000.00

| REVISTA INSTITUCIONAL | AGOSTO 2019

Los S/ 120,000.00 no son deducibles, por lo tanto, se adicionan como diferencia permanente en la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta del ejercicio 2019. d) Determinamos los intereses del ejercicio 2020 S/ 3,000,000.00 x 10 % = S/ 300,000 i) Determinamos los intereses deducibles del ejercicio 2020 Se aplica la misma regla vigente en el 2018 porque el préstamo se adquirió antes del 14-09-18. Monto máximo de endeudamiento x tasa = interés deducible S/ 1,800,000.00 x 10 % = S/ 180,000.00 El monto máximo de los intereses deducibles como gasto es de S/ 180,000.00. ii) Determinamos los intereses no deducibles por el ejercicio 2020 Exceso al máximo de endeudamiento x tasa = interés no deducible

Gestión Tributaria

S/ 1,200,000.00 x 10 % = S/ 120,000.00 Los S/ 120,000.00 no son deducibles, por lo tanto, se adicionan como diferencia permanente en la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta del ejercicio 2020. e) Determinamos los intereses del ejercicio 2021 S/ 3,000,000.00 x 10 % = S/ 300,000

Caso práctico N.° 5 Al 31 de diciembre del ejercicio 2017, la empresa Pisco Sour SAC tiene un patrimonio neto de S/ 600,000.00 compuesto de la manera siguiente: • Capital: S/ 450,000.00 • Capital adicional: S/ 50,000.00 • Reservas: S/ 20,000.00 • Resultados acumulados: S/ 80,000.00 La empresa decide tomar un préstamo de una empresa no vinculada por S/ 3,000,000 por 5 años desde el 1 de enero del ejercicio 2018 hasta el 31 de diciembre de 2022; la tasa de interés pactada es de 10 % anual. Se pide determinar el monto del interés deducible para fines del impuesto a la renta, sabiendo que la tasa pactada es de interés simple de 10 %, los ingresos anuales superan 2,500 UIT y el préstamo e intereses se pagarán al final. Solución 1. Determinamos el monto máximo de endeudamiento No se aplica por no ser vinculados. 2. Determinamos los intereses del ejercicio 2018 S/ 3,000,000.00 x 10 % = S/ 300,000 i) Determinamos los intereses deducibles del ejercicio 2018: El monto máximo de los intereses deducibles como gasto es de S/ 300,000.00 en vista que no hay límite por no ser vinculados. ii) Determinamos los intereses no deducibles por el ejercicio 2018:

i) Determinamos los intereses deducibles del ejercicio 2021 No se aplica límite por que el monto de los ingresos anuales no supera 2,500 UIT,por lo tanto, los S/300,000 de intereses son deducibles. ii) En caso la deuda que exceda o no el triple del patrimonio sea constituida o renovada con un no vinculado antes del 14 de setiembre de 2018, se aplicará lo siguiente:

No existe. 3. Determinamos los intereses del ejercicio 2019 S/ 3,000,000.00 x 10 % = S/ 300,000 i) Determinamos los intereses deducibles del ejercicio 2019: Se aplica la misma regla vigente en el 2018 por que el préstamo se adquirió antes del 14-09-18. No existe monto máximo de endeudamiento por no ser vinculados, por lo tanto, se deduce el total de intereses. ii) Determinamos los intereses no deducibles por el ejercicio 2019: No existe. 4. Determinamos los intereses del ejercicio 2020 S/ 3,000,000.00 x 10 % = S/ 300,000 i) Determinamos los intereses deducibles del ejercicio 2020 Se aplica la misma regla vigente en el 2018 porque el préstamo se adquirió antes del 14-09-18. No existe monto máximo de endeudamiento por no ser vinculados, por lo tanto, se deduce el total de intereses. ii) Determinamos los intereses no deducibles por el ejercicio 2020 No existe. 5. Determinamos los intereses del ejercicio 2021 y 2022 S/ 3,000,000.00 x 10 % = S/ 300,000 i) Determinamos los intereses deducibles del ejercicio 2021 y 2022:

AGOSTO 2019

| REVISTA INSTITUCIONAL | 27

Gestión Tributaria

A partir del ejercicio 2021 se aplica límite porque el monto de los ingresos anuales supera 2,500 UIT; el límite para cada año será el 30 % EBITDA del año anterior.

El EBITDA para estos fines (EBITDA tributario) es la renta neta después de efectuada la compensación de pérdidas más los intereses netos, depreciación y amortización. Por el ejercicio 2021 siendo el límite de S/ 250,500.00 se deberá adicionar S/ 49,500.00 en la Declaración Anual del Impuesto a la Renta, por no ser deducible al exceder el límite para dicho año; y por el ejercicio 2022 no existe adición porque el monto del interés no excede el límite de 30 % del EBITDA.

Caso práctico N.° 6 Al 31 de diciembre del ejercicio 20017, la empresa Rascacielos SAC tiene un patrimonio neto de S/ 600,000.00 compuesto de la manera siguiente:

Cálculo delEBITDA Detalle

Año 2020

Utilidad contable

Año 2021

260,000

420,000

Adiciones

20,000

23,000

Deducciones

-5,000

-8,000

275,000

435,000

Renta neta Pérdidas compensables

-40,000

Depreciación, amortización e intereses

600,000

630,000

EBITDA (tributario)

835,000

1,065,000

30 % del EBITDA (límite)

250,500

319,500

b) En caso la deuda exceda el triple del patrimonio sea constituida o renovada con un vinculado a partir del 14 de setiembre del 2018 se aplicará lo siguiente:

simple, los ingresos anuales no superan 2,500 UIT y el préstamo e intereses se pagarán al final. Solución

• Capital: S/ 450,000.00

1. Determinamos el monto máximo de endeudamiento del ejercicio 2018

• Capital adicional: S/ 50,000.00

Patrimonio de la empresa al 31-12-17 x 3

• Reservas: S/ 20,000.00 • Resultados acumulados: S/ 80,000.00 Decide tomar un préstamo de una empresa vinculada por S/ 2,000,000 por 5 años desde el el 1 de octubre del ejercicio 2018 hasta el 30 de setiembre del 2023; la tasa de interés pactada es de 12 % anual. Al 31 de diciembre del 2018 el patrimonio de la empresa es de S/ 500,000.00; y al 31 de diciembre de 2019 dicho patrimonio es de S/ 700,000.00. Se pide determinar el monto del interés deducible para fines del impuesto a la renta sabiendo que la tasa pactada es de interés

28

| REVISTA INSTITUCIONAL | AGOSTO 2019

S/ 600,000 x 3 = S/ 1,800,000.00 2. Determinamos los intereses del ejercicio 2018 Interés simple anual, 12 % entre 12 meses resulta 1% mensual; es 3 % por 3 meses S/ 2,000,000.00 x 3 % (oct, nov. y dic.) = S/ 60,000 i) Determinamos los intereses deducibles del ejercicio 2018 Monto máximo de endeudamiento x tasa = interés deducible S/ 1,800,000.00 x 3 % = S/ 54,000.00 ii) Determinamos los intereses no deducibles por el ejercicio 2018

Gestión Tributaria

Exceso del monto máximo de endeudamiento x tasa = interés no deducible S/ 200,000.00 x 3 % = S/ 6,000.00 Los S/ 6,000.00 no son deducibles, y por lo tanto se adicionan como diferencia permanente en la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta del ejercicio 2018. 3. Determinamos el monto máximo de endeudamiento del ejercicio 2019 Patrimonio de la empresa al 31-12-18 x 3 S/ 500,000 x 3 = S/ 1,500,000.00

6. Determinamos los intereses totales del ejercicio 2020 S/ 2,000,000.00 x 12 % = S/ 240,000 i) Determinamos los intereses deducibles del ejercicio 2020: No se aplica límite porque el préstamo no supera el monto máximo de endeudamiento de S/ 2,100,000.00 y, además, en caso de superarlo sus ingresos no sobrepasan 2,500 UIT, por lo tanto, es deducible el total de intereses correspondientes al ejercicio 2020. 7. Determinamos los intereses del ejercicio 2021, 2022 y 2023 S/ 2,000,000.00 x 12 % = S/ 240,000 anual (2021 y 2022)

4. Determinamos los intereses totales del ejercicio 2019 S/ 2,000,000.00 x 12 % = S/ 240,000 i) Determinamos los intereses deducibles del ejercicio 2019: No se aplica límite porque el préstamo se adquirió después del 1309-18 y los ingresos no superan 2,500 UIT, por lo tanto, es deducible el total de intereses correspondientes al ejercicio 2019. 5. Determinamos el monto máximo de endeudamiento del ejercicio 2020 Patrimonio de la empresa al 31-12-19 x 3

S/ 2,000,000.00 x 9 % = S/ 180,000, 9 meses (2023) 1) Determinamos los intereses deducibles del ejercicio 2021, 2022 y 2023 No se aplica límite porque los ingresos no superan 2,500 UIT, por lo tanto, es deducible el total de intereses correspondientes a los ejercicios 2021, 2022 y 2023. c) En caso la deuda exceda el triple del patrimonio sea constituida o renovada con un no vinculado a partir del 14 de setiembre del 2018, se aplicará lo siguiente:

S/ 700,000 x 3 = S/ 2,100,000.00

Caso práctico N.° 7 Al 31 de diciembre del ejercicio 2017 la empresa Panamericanos SAC tiene un patrimonio neto de S/ 500,000.00, el cual está compuesto de la manera siguiente: • Capital: S/ 350,000.00 • Capital adicional: S/ 50,000.00 • Reservas: S/ 20,000.00

• Resultados acumulados: S/ 80,000.00 Dicha empresa decide tomar un préstamo de una empresa no vinculada por S/ 2,000,000 por 5 años desde el 1 de octubre del ejercicio 2018 hasta el 30 de setiembre del 2023; la tasa de interés pactada es de 12 % anual. El patrimonio de la empresa al 31 de diciembre del 2018 es de S/ 600,000.00; al 31 de diciembre del 2019 es de

AGOSTO 2019

| REVISTA INSTITUCIONAL | 29

Gestión Tributaria

S/ 700,000; al 31 de diciembre del 2020 es de S/ 800,000; al 31 de diciembre del 2021 es de S/ 500,000.00 debido al reparto de utilidades; al 31 de diciembre del 2022 es de S/ 800,000.00.

IDM = 1,800,000 x 240,000 2,000,000 IDM = 0.9 x 240,000 IDM = 216,000

Se pide determinar el monto del interés deducible para fines del impuesto a la renta sabiendo que la tasa pactada es de interés simple, los ingresos anuales superan 2,500 UIT cada año (excepto el 2023) y el préstamo e intereses se pagarán al final.

6. Determinamos los intereses no deducibles

Solución

En el ejercicio 2019 no podrá deducir S/ 24,000.00 de intereses, deberá adicionarlos como diferencia permanente.

1. Determinamos el monto máximo de endeudamiento del ejercicio 2018 Por el 2018 no se aplica el monto máximo de endeudamiento por no ser vinculados. 2. Determinamos los intereses del ejercicio 2018 Interés simple anual, 12 % entre 12 meses resulta 1 % mensual; es 3% por 3 meses.

S/ 240,000 - S/ 216,000 = S/ 24,000

7. Determinamos el monto máximo de endeudamiento del ejercicio 2020 Patrimonio de la empresa al 31-12-19 x 3 S/ 700,000 x 3 = S/ 2,100,000.00 En este ejercicio el endeudamiento (S/ 2,000,000.00) no supera el triple del patrimonio, por lo tanto, podrá deducir el total de intereses que correspondan al ejercicio 2020.

S/ 2,000,000.00 x 3 % (oct, nov. y dic.) = S/ 60,000 i) Determinamos los intereses deducibles del ejercicio 2018 Los S/ 60,000.00 son deducibles en vista que no hay aplicación de límite por no ser vinculados. 3. Determinamos el monto máximo de endeudamiento del ejercicio 2019 Patrimonio de la empresa al 31-12-18 x 3 S/ 600,000 x 3 = S/ 1,800,000.00 4. Determinamos los intereses del ejercicio 2019 S/ 2,000,000.00 x 12 % = S/ 240,000.00 5. Determinamos los intereses deducibles

8. Determinamos el monto máximo de endeudamiento del ejercicio 2021 A partir del ejercicio 2021 en adelante el límite a aplicar ya no es el triple del patrimonio, sino el 30 % del EBITDA de cada ejercicio anterior. El EBITDA para estos fines (EBITDA tributario) es la renta neta después de efectuada la compensación de pérdidas más los intereses netos, depreciación y amortización. d) En caso la deuda no exceda el triple del patrimonio sea constituida o renovada con un vinculado antes del 14 de setiembre del 2018, se aplicará lo siguiente:

IDM = MME x MI MTE

Caso práctico N.° 8 La empresa La Estrella SAC decide tomar un préstamo de una empresa vinculada por S/ 1,000,000.00 por 5 años desde el 1 de enero del ejercicio 2018 hasta el 31 de diciembre del 2022; la tasa de interés pactada es de 12 % anual.

30

| REVISTA INSTITUCIONAL | AGOSTO 2019

El patrimonio al 31 de diciembre del 2017 es del S/ 800,000.00; al 31 de diciembre del 2018, S/ 700,000.00; y al 31 de diciembre del 2019, S/ 900,00.00. Cada año el monto del endeudamiento no supera el triple del patrimonio del año anterior.

Gestión Tributaria

Se pide determinar el monto del interés deducible para fines del impuesto a la renta sabiendo que la tasa pactada es de interés simple, los ingresos anuales superan 2,500 UIT y el préstamo e intereses se pagarán al final. Solución 1. Determinamos el monto máximo de endeudamiento del ejercicio 2018 Patrimonio de la empresa al 31-12-17 x 3 S/ 800,000 x 3 = S/ 2,400,000.00 2. Determinamos el monto máximo de endeudamiento del ejercicio 2019 Patrimonio de la empresa al 31-12-18 x 3 S/ 700,000 x 3 = S/ 2,100,000.00 3. Determinamos el monto máximo de endeudamiento del ejercicio 2020 Patrimonio de la empresa al 31-12-19 x 3

4. Determinamos los intereses deducibles de los ejercicios 2018, 2019 y 2020 En vista que el monto del endeudamiento de cada año (S/ 1,000,000.00) no supera el triple del patrimonio del año anterior, por los años 2018, 2019 y 2020 no hay aplicación de límite y, por lo tanto, podrá deducir el total de intereses. 5. Determinamos los intereses deducibles de los ejercicios 2021 y 2022 Por los años 2021 y 2022 el límite a aplicar será el 30 % del EBITDA del ejercicio anterior, (ya no será aplicable el triple del patrimonio). Se deberá aplicar el límite del 30 % del EBITDA en vista que los ingresos superan 2,500 UIT, El EBITDA para estos fines (EBITDA tributario) es la renta neta después de efectuada la compensación de pérdidas más los intereses netos, depreciación y amortización. En caso la deuda sea constituida o renovada con un vinculado a partir del 14 de setiembre del 2018, se aplicará lo siguiente:

S/ 900,000 x 3 = S/ 2,700,000.00

6. Límite a partir del ejercicio 2021 Serán deducibles los intereses de deudas y los gastos originados por la constitución, renovación o cancelación de las mismas siempre que hayan sido contraídas para adquirir bienes o servicios vinculados con la obtención o producción de rentas gravadas en el país o mantener su fuente productora teniendo en cuenta lo siguiente: a) No son deducibles los intereses netos en la parte que excedan el 30 % del EBITDAdel ejercicio anterior, entendiéndose por interés neto al monto de los gastos por intereses que exceda el monto de los ingresos por intereses computables para determinar la renta neta y por EBITDA la renta neta luego de efectuada la compensación de pérdidas más los intereses netos, depreciación y amortización. Los intereses netos, que no hayan podido ser deducidos en el

ejercicio por exceder el límite antes señalado, podrán ser adicionados a aquellos correspondientes a los cuatro ejercicios inmediatos siguientes, quedando sujetos al límite conforme lo establezca el reglamento. b) El límite establecido anteriormente no se aplica a los siguientes: i) las empresa del sistema financiero y de seguros señaladas en el artículo 16 de la Ley N.° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; ii) contribuyentes cuyos ingresos netos en el ejercicio gravable sean menores o iguales a dos mil quinientas (2500) UIT; iii) contribuyentes que desarrollen proyectos de infraestuctura pública, servicios públicos, servicios vinculados a estos, investigación aplicada y/o innovación tecnológica que se

AGOSTO 2019

| REVISTA INSTITUCIONAL | 31

Gestión Tributaria

realicen en el marco del Decreto Legislativo N.° 1224; iv) intereses de endeudamientos para el desarrollo de proyectos de infraestructura pública, servicios públicos, servicios vinculados a estos, investigación aplicada y/o innovación tecnológica, bajo la modalidad de proyectos en activos en el marco del Decreto Legislativo N.° 1224; v) intereses de endeudamientos provenientes de la emisión de valores mobiliarios representativos de deuda que cumplan con las siguientes condiciones: - Se realice por oferta pública primaria en el territorio nacional conforme a lo establecido en la Ley del Mercado de Valores.

- La oferta pública se coloque en un número mínimo de 5 inversionistas no vinculados al emisor. Los intereses señalados en los acápites iv) y v) anteriores serán computables a efectos de calcular el límite del 30 % del EBITDA. Dichos intereses serán deducibles aun cuando excedan el referido límite. Base legal Única Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Legislativo N.° 1424 (13-09-18) Fuente: Revista Actualidad Empresarial primera y segunda quincena de agosto 2019.

- Los valores mobiliarios que se emitan sean nominativos.

¿Cómo debe presentarse el sujeto fiscalizado ante una citación por aplicación de la norma antielusiva general? Autor: Alain Sala Yerén (*) RESUMEN En el presente informe, el autor señala los supuestos en los que correspondería aplicar la norma antielusiva. Asimismo, las pautas que debe seguir el sujeto fiscalizado cuando es notificado para que declare los datos de los participantes en los actos cuestionados y de otro lado, para que se presente y exprese ante el comité revisor su posición respecto a las observaciones notificadas.

Introducción El Decreto Supremo N° 145-2019-EF, publicado el 6 de mayo de 2019, aprobó los parámetros de Fondo y Forma para la aplicación de la norma antielusiva general contenida en la Norma XVI del Título Preliminar del Código Tributario, dando cumplimiento a lo previsto en la Ley N° 30230⁽¹⁾ así como adecuando las disposiciones del Reglamento de Fiscalización de la Sunat a la Mueva normativa que establece el artículo 62-C del Código Tributario, señalando los lineamiento a segur. Posteriormente, fue publicada la Resolución de Superintendencia N° 1522019/Sunat (31/07/2019) que establece la forma y condiciones para que el sujeto fiscalizado realice la presentación de la

32

| REVISTA INSTITUCIONAL | AGOSTO 2019

declaración a la que se refiere el artículo 62-C del Código Tributario. Asimismo, con la misma fecha se publicó la Resolución de Superintendencia N° 153-2019/Sunat, donde se dictan las normas necesarias para la implementación, organización y funcionamiento del Comité Revisor a que se refiere el artículo 62-C del Código Tributario, estableciendo así las funciones del comité revisor, tanto en su organización, como en las facultades que la norma le otorga para cumplir con sus funciones. l. SUPUESTOS PARA LA APLICACIÓN DE LA NORMA ANTIELUSIVA EN EL PROCEDIMIENTO DE FISCALIZACIÓN Durante un proceso de fiscalización definitiva, el fiscalizador puede evaluar si aplica o no la norma anti-elusiva general cuando

Gestión Tributaria

determine que durante dicho proceso, exista o identifique algunos actos, situaciones o relaciones eco- nómicas en los que no exista correspondencia entre los beneficios y los riesgos asociados, tal y como lo señala el artículo 6 del Decreto Supremo 145-2019-EF. En ese sentido, señalamos a continuación los supuestos y situaciones que se podría considerar para la aplicación de la norma antielusiva: 1. Actos, situaciones o relaciones económicas en los que no exista correspondencia entre los beneficios y los riesgos asociados; o tengan baja o escasa rentabilidad o no se ajusten al valor de mercado o que carezcan de racionalidad económica.

2. Actos, situaciones o relaciones que no guarden relacion con el tipo de operaciones ordinarias para lograr los efectos jurídicos, económicos o financieros deseados

3. Realizacion de actividades similares o equivalentes a las realizadas mediante figuras empresariales, utilizando en cambio figuras no empresariales

Supuestos y situaciones por lo que se podría aplicar la norma antielusiva

4. Reorganizaciónes o reestructuraciones empresariales o de negocios con apariencia de poca sustancia económica.

5. Realización de actos u operaciones con sujetos residentes en paises o territorios no cooperantes o de baja o nula imposición o con sujetos que califiquen como establecimientos permanentes situados o establecidos en países o territorios no cooperantes o de baja o nula imposición o con sujetos que obtienen rentas, ingresos o ganancias a través de un país o territorio no cooperante o de baja o nula imposición; o sujetos a un régimen fiscal preferencial por sus operaciones.

6. Transacciones a cero o bajo costo, o mediano figuras que termian por minimizar o cancelar los costos y ganancias no tributarias en las parte involucradas

Proceso de fiscalización definitiva

- El fiscalizador determina posibles actos de aplicación de la norma antielusiva

Se notifica al sujeto fiscalizado el requerimiento de sustentación legal y documentaria

Vencido el plazo se elabora el informe a que refiere el articulo 60-C del Código tributario

Debe ser revisado por el jefe de fiscalización

ll. SUJETO FISCALIZADO Es la persona respecto de la cual se ejerce la facultad de fiscalización, exigiéndoles como deudores tributarios la exhibición y/o presentación de sus libros y documentos relacionados con hechos susceptibles de generar obligación tributaria⁽³⁾. 1. Plazos para contestar la notificación Una vez elaborado el informe y revisado por el jefe del Área de Fiscalización o Auditoría, se le notificará dicho informe al sujeto fiscalizado, quien tendrá IO días hábiles desde la fecha en que surte efecto dicha notificación, para presentar la declaración de los datos de todos los involucrados en el diseño o aprobación o ejecución de los actos, que son cuestionables en el informe. Asimismo, se debe remitir el informe y el expediente de fiscalización (la declaración forma parte del expediente de fiscalización) al Comité Revisor en un plazo máximo de 1 5 días hábiles, incluso en el supuesto que el sujeto fiscalizado no cumpla con realizar la declaración, tal y como se indica en el siguiente gráfico:

7. Empleo de figuras legales, empresariales, actos, contratos, o esquemas no usuales que contribuyan al diferimiento de los ingresos o rentas o a la anticipación de gastos costos o perdidas. Se entregará en un plazo máximo de 15 días hábiles de notificado al sujeto fiscalizado Se remite el informe y el expediente de fiscalización al Comite Revisor

1. Notificación de requerimiento para sustentación legal y documentaria Cuando el fiscalizador dentro de la fiscalización definitiva, determina que ha encontrado situaciones que identifican algún tipo de acto a que se refiere el numeral anterior, y por lo tanto estima que debe evaluarse dichos actos en aplicación de la norma antielusiva, se procederá a notificar al sujeto fiscalizado el requerimiento que especifica el artículo 75 del Código Tributario, donde establece las observaciones y solicita la sustentación legal y documentaria de dichos actos. Al respecto, el sujeto fiscalizado tiene un plazo de 3 días hábiles para efectuar dicha sustentación, señalando las normas legales aplicables así como toda la documentación que sustente la observación. 2. Elaboración del informe de aplicación la norma antielusiva Una vez que haya vencido el plazo que se le otorga al sujeto fiscalizado (3 días hábiles) en el requerimiento de sustentación legal y documentaria⁽²⁾, el agente fiscalizador elaborará el informe a que se refiere el artículo 62-C del Código Tributario, el cual deberá ser revisado por el jefe del área de fiscalización o auditoría. A continuación señalamos gráficamente lo expresado lineas arriba:

Se procederá incluso en el supuesto que el sujeto fiscalizado no cumpla con realizar la declaración.

Informe elaborado por el agente fiscalizador

Notifica al sujeto fiscalizado

Tiene 10 días hábiles para declarar los datos de los involucrados

2. Declaración de los datos de los sujetos involucrados El sujeto fiscalizado al encontrarse obligado a presentar la declaración respecto a la notificación del informe, debe utilizar el formato aprobado por la Resolución de Superintendencia N° 1522019/Sunat, el cual se denomina "Declaración de Datos a que se refiere el artículo 62-C del Código Tributario". Asimismo, dicha declaración debe presentarla de acuerdo a los siguientes parámetros: a) Si el sujeto fiscalizado es un principal contribuyente, debe presentarlo en los lugares señalados para el cumplimiento de sus obligaciones formales en el anexo 3 de la Resolución de Superintendencia N° 023-2014/SUNAT y normas modificatorias. b) Los demás sujetos fiscalizados, en los centros de servicios ubicados en la demarcación geográfica que corresponda a su domicilio fiscal. A continuación presentamos un modelo de llenado del formato de Declaración de Datos a que se refiere el artículo 62-C del Código Tributario. Sujetos que intervienen en la elaboración, operación y ejecución de los actos:

AGOSTO 2019

| REVISTA INSTITUCIONAL | 33

Gestión Tributaria

1. Gerente general: Héctor Adrián Va divia Córdova, DNI 45578021

3. Asesor tributario: Josefina Adela Solís De las Casas, DNI 25533744

2. Asesor tributario: Cristóbal Segundo Pampañaupa Ortiz, DNI 45802033

4. Contador: Arturo José Indo Casas, DNI 12145678

34

| REVISTA INSTITUCIONAL | AGOSTO 2019

Gestión Tributaria

III. OPINIÓN DEL COMITE REVISOR Una vez que el Comité Revisor evalué el informe remitido por el fiscalizador, tendrá la potestad de devolverlo junto con el expediente de fiscalización para que este sea aclarado por el agente fiscalizador (en caso exista algún punto impreciso), siendo que dicta aclaración de ser revisado por el jefe del Área de Fiscalización 0 Auditoría, luego de ello el informe volverá a ser notificado al sujeto fiscalizado antes de su derivación al comité revisor, en el plazo de 1 0 días hábiles como máximo. Por otro lado, debemos indicar que el informe de opinión se aprueba por mayoría de los miembros del Comité Revisor y se expide con posterioridad a la exposición del sujeto fiscalizado o en todo caso, transcurrido el plazo otorgado para su presentación. Por lo cual, el Comité Revisor antes de emitir su opinión, debe citar, por única vez, al sujeto fiscalizado para que exponga ante aquel sus razones respecto de a observación contenida en el informe a que se refiere el artículo 62-C del Código Tributario, sobre la aplicación de la norma antielusiva general, tal como se indica en el siguiente cuadro:

Opinión del Comite Revisor

Se aprueba por mayoría de los miembros del Comite

Se explica con posterioridad a la expresión del sujeto fiscalizado o en todo caso, transcurrido el plazo otrogado para su presentación

IV. CITACIÓN AL SUJETO FISCALIZADO 1. Plazo máximo para citar al sujeto fiscalizado La norma tributaria establece que el Comité Revisor cuenta con un plazo máximo de 90 días hábiles contados a partir de la fecha de recepción del informe de aplicación de la norma antielusiva a que se refiere el artículo 0 62-C del Código Tributario y del expediente de fiscalización, para que de esta manera se pueda notificar al sujeto fiscalizado. Una vez notificado, este contará con 10 días hábiles posteriores a la fecha en que surta efecto la notificación, para poder apersonarse a la citación. Excepcionalmente, el sujeto fiscalizado puede solicitar a Comité Revisor, por única vez, la prórroga de la cita mediante una solicitud sustentada que se presenta hasta el tercer día hábil anterior a la fecha fijada. El Comité Revisor puede conceder la prórroga por diez 10 días hábiles más y debe notificar su respuesta al sujeto fiscalizado hasta e día anterior a la fecha en que dicho sujeto debía presentarse. Si transcurrido los 10 días hábiles no se produce la notificación en la oportunidad indicada, se entiende concedida la prórroga. A continuación señalamos gráficamente Io indicado líneas arriba : Comité revisor 90 días hábiles para citarlo

Citación al sujete fiscalizado 10 dias hábiles

La citación al sujeto fiscalizado se realiza mediante carta que notifica el Comité Revisor, donde el sujeto fiscalizado o su representante legal debidamente acreditado en el Registro Único de Contribuyentes, puede acudir acompañado por sus asesores en caso lo estime necesario. Para dicho efecto debe presentar un escrito dirigido al Comité Revisor en el que se consigne los nombres completos y tipo y número de documento de identidad de dichos asesores hasta 2 días hábiles antes de la fecha fijada en la carta de citación respectiva. Asimismo, el artículo 15 de la Resolución de Superintendencia N° 153-2019/Sunat establece que a sesión del Comité Revisor en la que se lleve a cabo la exposición del sujeto fiscalizado debe contar con la asistencia de sus 3 miembros. Excepcionalmente podrá llevarse a cabo con solo 2 miembros en tanto la ausencia del tercero se produzca por caso fortuito o fuerza mayor suscitado dentro de as 24 horas previas a la citación y sustentado por escrito por el miembro respectivo. CONCLUSIONES

Comité Revisor

Citación al sujeto fiscalizado

2. Presentación del sujeto fiscalizado ante el Comité Revisor

Solicita prorroga po única vez

El Comité Revisor puede conceder la prórroga por diez 10 días hábiles mas

Existen dos momentos donde en los que el sujeto fiscalizado presenta información requerida y exponga su posición: a) Cuando el agente fiscalizador lo notifica para que declare los datos de los participantes de la elaboración, diseño y ejecución de los actos que son cuestionables en el informe b) Cuando el Comité Revisor lo notifica para que se presente y exponga ante aquel sus razones respecto de la observación contenida en el informe Asimismo, podemos concluir que el Comité Revisor emitirá su opinión aun si el sujeto fiscalizado no acude a la citación o no presenta la "Declaración de Datos a que se refiere el artículo 62-C del Código Tributario". Debemos indicar además que, el documento que contiene la opinión del Comité Revisor no constituye un acto susceptible de ser impugnado.

---------NOTAS (*) Asesor tributario de Contadores & Empresas Abogado de la Universidad Tecnológica del Perú, Diplomado en Tributación por la pontifica universidad Católica del Perú. EX asesor tributario de Cabanero Bustamante - Thomson Reuters, EX asesor tributario de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT. (1) Ley q u e e s t a b l e ce m e d i d a s Tr i b u t a r i a s , s i m p l i f i c a c i ó n d e procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el pais. (2) Articulo 75 del TUO del Código Tributario, Decreto Supremo N° 1332013-EF (3) Articulo 62 del TUO del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo N° 133-2013-EF

Fuente: Revista Contadores y Empresas, segunda quincena de agosto 2019.

Acudir a la citacion

AGOSTO 2019

| REVISTA INSTITUCIONAL | 35

Gestión Laboral

Seguros ofrecidos por el Seguro Integral de Salud Autor: Oscar Bernuy Alvarez RESUMEN El Seguro Integral de Salud (SIS) tiene como finalidad proteger la salud de los peruanos que no cuentan con un seguro de salud, priorizando en aquellas poblacionales vulnerables que se encuentran en situación de pobreza y pobreza extrema. El SIS constituye un sistema de aseguramiento público sostenible que financia servicios de calidad para la mejora del estado de salud de las personas a través de la disminución de la tasa de morbimortalidad. Al respecto, en el presente informe se hizo una descripción de los seguros ofrecidos por el SIS, presentados en su portal institucional, los mismos que se han desarrollados íntegramente (gratuito, emprendedor, microempresas e independiente).

1. Antecedentes En 1997, las autoridades de salud pusieron en marcha un programa de subsidio a la demanda, denominado Seguro Escolar Gratuito (SEG), que debía cubrir a los escolares matriculados en escuelas públicas a escala nacional. Sin embargo, el mecanismo de focalización en función de las escuelas públicas tuvo importantes limitaciones, produciéndose considerable filtración, aunque una alta cobertura de ese grupo. Durante 1998 se creó otro programa de subsidio, denominado Seguro Materno Infantil, el que cubría a gestantes y niños menores de 5 años. Como estrategia piloto, se implementó en solo 5 de regiones del país, ampliándose luego a 8 regiones durante el 2000. De acuerdo a las evaluaciones efectuadas, tuvo menor filtración que el SEG, pero baja cobertura. Ambos programas se fusionaron el año 2001 en el Seguro Integral de Salud. Una de las primeras acciones tomadas luego de la fusión fue la ampliación del componente materno infantil a todas las regiones aun no cubiertas, incorporando de este modo a un grupo de gran magnitud y vulnerabilidad. Otro de los cambios más importantes lo constituyó el cambio del mecanismo de adscripción territorial de los derechohabientes del componente escolar, que se basaba en la ubicación geográfica de la escuela donde estudiaban, a una adscripción basada en el lugar donde estaba ubicado su domicilio, el que muchas veces quedaba muy lejos de sus escuelas. Ello llevó a un reordenamiento importante de la demanda, lo que llevó a su vez a un

36

| REVISTA INSTITUCIONAL | AGOSTO 2019

reordenamiento paulatino de la oferta. El componente materno infantil mantuvo su adscripción domiciliaria. Adicionalmente, al independizar a las escuelas públicas del proceso de adscripción, permitió que la cobertura se ampliase a todo niño menor de 18 años, sea escolar o no, en cuanto pudiese probar su condición de pobre o extremadamente pobre. Para distinguir dicha condición, se implementó un sistema de focalización mediante inscripción universal en distritos con más de 65 % de familias pobres, mientras que en los distritos con porcentaje menor de pobres se aplicó el Sistema de Identificación de Usuarios (SIU), que estima la capacidad de pago de cada inscrito. Posteriormente, el 29 de enero del 2002 se emite la Ley N.° 27657, Ley del Ministerio de Salud, la misma que crea el Seguro Integral de Salud como Organismo Público Descentralizado del Ministerio de Salud, siendo luego calificado como Organismo Público Ejecutor mediante Decreto Supremo N.° 034-2008-PCM. 2. Tipos de seguros 2.1. SIS Gratuito Es el seguro de salud que ofrece cobertura integral sin costo alguno a personas y familias identificadas en condiciones de vulnerabilidad, entre ellas a la población calificada como pobre o pobre extremo. Asimismo, tienen acceso a este seguro los menores de 5 años, gestantes, bomberos, personas en situación de abandono y otros de acuerdo a ley. 2.1.1. Requisitos para la afiliación

Gestión Laboral

• Tener DNI o carné de extranjería

• Recibe la atención y recibe los medicamentos de forma gratuita.

• No contar con otro seguro de salud

• En caso de atención ambulatoria, el asegurado SIS se atiende en el establecimiento de salud de su adscripción.

• Estar registrado en el Padrón General de Hogares (PGH) del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH), debiendo contar con la calificación de pobre o pobre extremo

• En caso de no poder resolver su problema de salud, será referido a un establecimiento de salud de mayor complejidad que corresponda, necesitando la hoja de referencia para su atención.

Se debe tener presente que no es necesario estar registrado en el PGH, para el caso de afiliaciones de menores de 5 años, gestantes y otros grupos poblacionales determinados por norma.

• En caso de atención de emergencia, el asegurado SIS se atiende en el establecimiento de salud más cercano.

2.1.2. Modalidades de afiliación

2.1.6. Preguntas frecuentes

a) Afiliación regular. Para la población calificada como pobre o pobre extremo, registrada en el Padrón General de Hogares, que no tenga otro seguro de Salud y cuente con DNI o carné de extranjería.

• ¿A quiénes está dirigido el SIS Gratuito?

b) Afiliación directa. Gestantes o menores de 5 años, sin otro seguro de salud, pueden afiliarse directamente siempre que cuenten con DNI o carné de extranjería. Asimismo, bajo esta modalidad pueden afiliarse los bomberos, personas en situación de abandono y otros de acuerdo a ley (Resolución Jefatural N.° 126-2015/SIS). c) Afiliación directa temporal. Para la misma población que puede afiliarse bajo la modalidad de afiliación directa, pero que no cuenta con DNI. La vigencia es de 45 días. 2.1.3. Pasos para la afiliación • Acude al establecimiento de Salud u Oficina del SIS más cercana a tu domicilio con tu DNI o carné de extranjería. • En ese momento se verificará si cuentas con la calificación de pobre o pobre extremo otorgada en el PGH (Padrón General de Hogares del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social). No aplica para afiliaciones de menores de 5 años, gestantes y otros grupos poblacionales determinados por norma. Si no figuras en el PGH o quieres solicitar reevaluación, se deberá dirigir a la Unidad Local de Empadronamiento. O también, de tener la calificación de no pobre, puedes acceder al Seguro Independiente del SIS. • A continuación se revisará que no cuentes con otro seguro de salud. Si cumples con los requisitos serás afiliado de inmediato. 2.1.4. Cobertura El SIS ofrece una cobertura financiera total en salud, sin costo alguno, siendo las únicas excepciones las atenciones que cuenten con otra fuente de financiamiento (por ejemplo SOAT), atención fuera del territorio nacional e intervenciones médicas con fines estéticos. La cobertura brindada comprende la atención para más de 1,400 enfermedades, los tipos de cáncer más enfermedades de alto costo, entre ellas, cáncer de mama, cuello uterino, estómago, colon, próstata, linfomas, leucemia e insuficiencia renal crónica, así como enfermedades raras o huérfanas. Además, brinda atenciones médicas, medicamentos, análisis de laboratorio, radiografías, tomografías, etc., intervenciones quirúrgicas, hospitalización, traslado en situación de emergencia y subsidio por sepelio (hasta S/ 1,000.00). 2.1.5. Atención en salud • La atención es gratuita y solo se necesita el DNI o carné de extranjería (en caso de ser referido de otro hospital, será necesario presentar la hoja de referencia).

- A toda persona residente en el país que cuente con documento de identidad, no tenga un seguro de salud y cuente con la clasificación socioeconómica otorgada por el Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH) administrado por el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS). - A los menores de 0 a 5 años que no cuenten con otro seguro de salud. - A las gestantes que no cuenten con un seguro de salud. - A las poblaciones determinadas por norma (Ley N.° 29695, Bomberos, Decreto Legislativo N.° 1164, entre otros). • ¿Qué beneficios tengo si estoy afiliado al SIS Gratuito? El SIS brinda a sus asegurados la cobertura financiera del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS); los planes complementarios, enfermedades de alto costo, entre ellas, cáncer de mama, cuello uterino, estómago, colon, próstata, linfomas, leucemia e insuficiencia renal crónica, así como enfermedades raras o huérfanas. Además, brinda atenciones médicas, medicamentos, análisis de laboratorio, radiografías, tomografías, etc., según lo indique el médico tratante, intervenciones quirúrgicas, hospitalización, traslado en situación de emergencia y subsidio por sepelio (hasta S/ 1,000.00). • ¿Cuáles son los requisitos para afiliarme al SIS Gratuito? - Tener DNI o carné de extranjería - Estar registrado/a en el Padrón General de Hogares (PGH) del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH) y contar con clasificación socioeconómica de pobre o pobre extremo - No contar con otro seguro de salud Si no figuras en el PGH o quieres solicitar reevaluación, dirígete a la Unidad Local de Empadronamiento (ULE) de la municipalidad del distrito donde vives y solicita el empadronamiento. Es muy importante que lleves tu DNI y el de toda tu familia, además de tu último recibo de luz o agua. • ¿Dónde puedo afiliarme al SIS Gratuito? En el establecimiento de salud más cercano a tu domicilio o en nuestros Centros de Atención SIS a nivel nacional puedes solicitar tu afiliación o la de tus familiares directos, para lo cual es necesario cumplir con los requisitos (ver pregunta c). Para el caso de afiliaciones de las gestantes es necesario presentar un documento que brinde información sobre la fecha probable de parto. • ¿El SIS Gratuito tiene límite de edad? El SIS Gratuito no tiene límite de edad.

AGOSTO 2019

| REVISTA INSTITUCIONAL | 37

Gestión Laboral

• ¿Tengo que realizar algún pago para afiliarme al SIS Gratuito? No, el trámite de afiliación, así como la cobertura de atención, son gratuitos. • ¿Después de cuánto tiempo debo renovar mi afiliación al SIS Gratuito? La afiliación al SIS Gratuito no requiere de renovación, mientras mantengas los requisitos de afiliación. El SIS de manera periódica verifica la tenencia de otro seguro con Susalud y la información de Midis relacionado con el cambio de clasificación socioeconómica. • El resultado de mi clasificación socioeconómica no aplica para afiliarme al SIS Gratuito. ¿Qué debo hacer? De no cumplir con el requisito de clasificación socioeconómica para el SIS Gratuito, puedes afiliarte al seguro de salud SIS Independiente. • ¿Desde cuándo puedo atenderme con el SIS Gratuito? Puedes atenderte desde el momento en que se realizas tu afiliación. • ¿Dónde puedo atenderme con el SIS Gratuito? - En el establecimiento de salud del Ministerio de Salud o de los gobiernos regionales que esté más cercano a tu domicilio al cual se asignó en el momento de la afiliación. De requerir prestaciones de mayor complejidad podrás ser referido/a a otro establecimiento que tenga la capacidad resolutiva para la atención. Para verificar el establecimiento asignado para tu atención, ingresa a www.sis.gob.pe, módulo Consulta asegurado. - En caso de emergencia, podrás ser atendido en cualquier establecimiento de salud. • ¿Tengo que realizar algún pago para atenderme con el SIS Gratuito? No tienes que realizar ningún pago. Todas las atenciones, operaciones, exámenes de laboratorio, medicinas y otros beneficios son financiados por el Seguro Integral de Salud. • ¿Qué documentos debo presentar para atenderme? Solo deberás presentar tu DNI o carné de extranjería. Recuerda que, en caso de ser referido/a a hospitales, será necesario presentar la hoja de referencia. 2.2. SIS Emprendedor Es el seguro de salud que ofrece cobertura integral a aquellos emprendedores que tributan en el Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS) de la Sunat, en las categorías 1 y 2, aportando S/ 20.00 o S/ 50.00 mensuales. El beneficio alcanza también a sus derechohabientes sin costo adicional 2.2.1. Requisitos para la afiliación • Tener DNI o carné de extranjería • No contar con otro seguro de salud

• Para los casos de los hijos mayores de edad con incapacidad total y permanente para el trabajo, deberán presentar el documento acredite su condición. 2.2.2. Modalidades de afiliación a) Automática La afiliación será automática si es que el solicitante ha pagado los tributos del NRUS de los tres últimos meses. b) Presencial En los siguientes casos, se deberán acercar a un centro de digitación (establecimiento de salud con internet y la plataforma del SIS) para la afiliación del titular y sus derechohabientes: - si tiene carnet de extranjería o está afiliado a otro seguro del SIS (excepto el gratuito); - si ya ha sido afiliado y requiere incluir a sus derechohabientes (esposa/o o concubina/o e hijos). 2.2.3. Pasos para la afiliación • Si eres emprendedor y no tienes trabajadores a tu cargo ni otro seguro de salud, formalízate registrándote en el NRUS de la Sunat. Dependiendo de la categoría del Nuevo Régimen Simplificado Unificado (NRUS) a la que se pertenezca, las aportaciones van desde los S/ 20.00 mensuales. • Con el pago de 3 aportaciones consecutivas a la Sunat se afiliará automáticamente como titular. En el caso de ser extranjero o tener otro seguro SIS (excepto el gratuito), deberás acudir a un centro de digitación, para proceder a su afiliación. • Para afiliar a los derechohabientes, se deberán dirigir a un centro de digitación, con su documento de identidad y el de su familia. Para afiliarlos deberás estar al día en los aportes a la Sunat. 2.2.4. Aportaciones Los aportes serán solo los que corresponderán pagar por los tributos a Sunat (S/ 20.00 o S/ 50.00 soles mensuales, según la categoría en que se encuentre). 2.2.5. Cobertura El SIS ofrece una cobertura financiera total en salud, sin costo alguno, siendo las únicas excepciones las atenciones que cuenten con otra fuente de financiamiento (por ejemplo SOAT), atención fuera del territorio nacional e intervenciones médicas con fines estéticos. La cobertura brindada comprende la atención para más de 1,400 enfermedades, los tipos de cáncer más enfermedades de alto costo, entre ellas, cáncer de mama, cuello uterino, estómago, colon, próstata, linfomas, leucemia e insuficiencia renal crónica, así como enfermedades raras o huérfanas. Además brinda atenciones médicas, medicamentos, análisis de laboratorio, radiografías, tomografías, etc.; intervenciones quirúrgicas, hospitalización, traslado en situación de emergencia y subsidio por sepelio (hasta S/ 1,000.00).

• Ser contribuyente acogido al Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS) y no contar con trabajadores dependientes

2.2.6. Atención en salud

• Haber abonado los tres periodos tributarios anteriores a la fecha de afiliación

• La atención es gratuita y solo se necesita el DNI o carné de extranjería (en caso de ser referido de otro hospital, será

38

| REVISTA INSTITUCIONAL | AGOSTO 2019

Gestión Laboral

necesario presentar la hoja de referencia). • Recibe la atención y recibe los medicamentos de forma gratuita. • En caso de atención ambulatoria, el asegurado SIS se atiende en el establecimiento de salud de su adscripción • En caso de no poder resolver su problema de salud, será referido a un establecimiento de salud de mayor complejidad que corresponda, necesitando la hoja de referencia para su atención. • En caso de atención de emergencia, el asegurado SIS se atiende en el establecimiento de salud más cercano. 2.2.7. Preguntas frecuentes • ¿A quiénes está dirigido el SIS Emprendedor? A los contribuyentes que aportan al Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS) que se encuentran en las categorías 1 y 2, es decir, aquellos que aportan S/ 20 o S/ 50 mensuales a la Sunat. Asimismo, los titulares del SIS Emprendedor también pueden afiliar a sus derechohabientes (cónyuge o concubina/o, hijos menores de edad e hijos mayores con incapacidad total y permanente para el trabajo). • ¿ Q u é b e n ef i c i o s te n g o s i e s toy a f i l i a d o a l S I S Emprendedor? El SIS brinda a sus asegurados la cobertura financiera del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), los planes complementarios, enfermedades de alto costo, entre ellas, cáncer de mama, cuello uterino, estómago, colon, próstata, linfomas, leucemia e insuficiencia renal crónica, así como enfermedades raras o huérfanas. Además brinda atenciones médicas, medicamentos, análisis de laboratorio, radiografías, tomografías, etc., Intervenciones quirúrgicas, hospitalización, traslado en situación de emergencia y Subsidio por sepelio (hasta S/ 1,000.00). • ¿Cuáles son los requisitos para la afiliación al SIS Emprendedor? - Tener DNI o Carné de Extranjería - No tener otro seguro de salud - Ser contribuyente del Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS) y no contar con trabajadores dependientes - Haber pagado sus aportes a la Sunat por lo menos tres meses consecutivos antes de la afiliación • ¿Cómo se realiza la afiliación al SIS Emprendedor? - La Sunat envía al SIS un listado de los contribuyentes del NRUS que tienen DNI y han pagado su aporte tres meses consecutivos. Esa lista se ingresa a la base de datos del SIS y automáticamente se genera la afiliación. - Para el caso de los contribuyentes con carné de extranjería, la afiliación es presencial, para lo cual deberán apersonarse a los Centros de Atención SIS o establecimientos de salud con acceso a internet. • ¿Cómo se realiza la afiliación de los derechohabientes?

- en caso de ser convivientes, en el momento de la afiliación, ambos deberán firmar una declaración jurada de relación de concubinato; - DNI de los hijos menores de 18 años; - de ser el caso, documento que acredite la condición de incapacidad total y permanente para el trabajo de los hijos mayores de 18 años que presenten esa condición. • ¿Existe límite de edad para acceder al SIS Emprendedor? No hay límite de edad para acceder al SIS Emprendedor. • ¿Tengo que realizar algún pago para afiliarme al SIS Emprendedor? No, todo trámite de afiliación, así como la cobertura de atención, son totalmente gratuitos. • Tengo DNI y cuento con los requisitos, y aún no he sido afiliado automáticamente. ¿Qué debo hacer para afiliarme al SIS Emprendedor? Acude con tu DNI y número de RUC a los Centros de Atención SIS o establecimientos de salud con acceso a internet, donde el personal verificará que no falte ningún dato en los registros y procederá a afiliarlo. • Si cuento con los requisitos, pero estoy afiliado al SIS Independiente o SIS Microempresas, ¿qué debo hacer para afiliarme al SIS Emprendedor? • En los Centros de Atención SIS deberás solicitar por escrito la anulación de la afiliación al SIS Independiente para que proceda tu afiliación al SIS Emprendedor. • De estar afiliado al SIS Microempresas, deberás gestionar ante su exempleador la baja de afiliación, a través del Remype del Ministerio de Trabajo. • ¿Desde cuándo puedo atenderme con el SIS Emprendedor? Te puedes atender desde la fecha de afiliación, siempre que te encuentres al día en el pago de tus aportes al NRUS de la Sunat. • ¿Dónde puedo atenderme con el SIS Emprendedor? - En el establecimiento de salud del Ministerio de Salud o de los gobiernos regionales que esté más cercano a tu domicilio, al cual se te ha asignado en el momento de tu afiliación. De requerir prestaciones de mayor complejidad, podrás ser referido/a a otro establecimiento que tenga la capacidad resolutiva para la atención. - En caso de emergencia, podrás ser atendido en cualquier establecimiento de salud. • ¿Qué documentos tengo que presentar para atenderme con el SIS Emprendedor? Solo deberás presentar tu DNI o carné de extranjería en el establecimiento de salud. Recuerda que, en caso de ser referido a hospitales, será necesario presentar la hoja de referencia. • ¿Tengo que realizar algún pago para atenderme con el SIS Emprendedor?

La afiliación de los derechohabientes es presencial. El contribuyente y su cónyuge o concubina(o) deben acercarse a uno de los Centros de Atención SIS o establecimientos de salud con acceso a internet y llevar los siguientes documentos:

No tienes que realizar ningún pago. Todas las atenciones, operaciones, exámenes de laboratorio, medicinas y otros beneficios son financiados por el Seguro Integral de Salud.

- en caso de estar casados, copia del acta de matrimonio, con una antigüedad no mayor a un año;

• ¿Es posible modificar mis datos cuando ya estoy afiliado al SIS Emprendedor?

AGOSTO 2019

| REVISTA INSTITUCIONAL | 39

Gestión Laboral

Sí, es posible. Para tal efecto, deberás acercarte a los Centros de Atención SIS o establecimientos de salud con acceso a internet, con los documentos de sustento para el cambio (copia de un recibo de luz o agua del nuevo lugar de residencia), y su DNI o carné de extranjería. • ¿En qué casos me retiran la afiliación al SIS Emprendedor? - Si te haces acreedor a otro seguro de salud - Si dejas de ser contribuyente al NRUS - Si contratas trabajadores para tu negocio - Cuando pasas al Régimen Especial o General - Cuando das de baja tu RUC - Cuando voluntariamente solicitas tu desafiliación. - De ser el caso, los hijos e hijas menores de edad de los titulares, cuando cumplan la mayoría de edad, siempre que no acrediten incapacidad total y permanente para el trabajo - En caso de fallecimiento 2.3. SIS Microempresas

el establecimiento de salud de su adscripción • En caso de no poder resolver su problema de salud, será referido a un establecimiento de salud de mayor complejidad que corresponda, necesitando la hoja de referencia para su atención. • En caso de atención de emergencia, el asegurado SIS se atiende en el establecimiento de salud más cercano. 2.3.5. Preguntas frecuentes • Soy trabajador de una microempresa. ¿Cómo me afilio al SIS? La afiliación será realizada por el conductor o representante de la microempresa donde trabajas. El trabajador de una microempresa, no puede inscribirte individualmente. Para la inscripción, lo primero que debe hacer el conductor o representante es acceder al portal de Remype del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.mintra.gob.pe), donde deberá registrar los datos para inscribir a la microempresa, así como los datos personales y la información requerida de todos los trabajadores y sus derechohabientes (hijos menores de 18 años y cónyuge o conviviente) para la afiliación al SIS.

2.3.1. Requisitos para la afiliación

• ¿Cómo y dónde se pagará la cuota mensual de mi seguro?

• Tener DNI o carné de extranjería

Una vez registrados tanto los datos de la microempresa, sus trabajadores y familiares en el Remype, el conductor o representante de la microempresa recibirá del SIS, a través de su correo electrónico, el nombre de usuario y contraseña para ingresar al portal SIS, www.sis.gob.pe, en donde encontrará el registro de las cuotas mensuales pendientes de pago por cada trabajador. Los pagos se pueden realizar presencialmente en una agencia del Banco de la Nación o a través de la plataforma virtual (www.pagalo.pe) de dicho Banco.

• No contar con otro seguro de salud • Microempresa registrada en Remype 2.3.2. Pasos para la afiliación • Registra tu microempresa en el portal del Remype y consigna los datos de tus trabajadores y sus derechohabientes. Ingresa a www.mintra.gob.pe, menú Servicios, opción Servicios en Línea. • Remype valida la información y la remite al SIS.

• ¿Qué significan los periodos de carencia y de latencia?

• Recibirás un correo electrónico de [email protected], con el código del usuario y la clave de acceso para que obtengas e imprimas las cuotas de pago.

El periodo de carencia es el lapso de tiempo en el que se paga el seguro, pero no se cuenta con la cobertura que este ofrece.

• A través de la opción Accede a ver cuotas pendientes de página web del SIS (www.sis.gob.pe) podrás revisar mensualmente la cuota pendiente de pago.

El periodo de latencia es el lapso de tiempo en el que se cuenta con la cobertura ofrecida por el seguro después de finalizado el contrato.

Para realizar los pagos mensuales, se deberá imprimir el reporte de cuota(s) a pagar y acercarse a cualquier agencia del Banco de la Nación. Por cada pago realizado recibirás un voucher, el cual debes conservar porque consigna las fecha de inicio y fin de las coberturas.

• ¿Tiene periodo de carencia este seguro?

Zonas No AUS

2.3.3. Cobertura

- 30 días para consulta externa

• Atenciones preventivas en salud

- 3 meses para atenciones por maternidad, dental y cirugías menores programadas

• Consulta médica general y especializada, medicina, laboratorio, radiografías, otros exámenes auxiliares. • Atenciones quirúrgicas y hospitalarias (según plan de beneficios) • Prestación económica por sepelio de hasta S/ 1,00.00. • Atención de gestantes (según periodo de carencia) 2.3.4. Atención en salud • La atención es gratuita y solo se necesita el DNI o carné de extranjería (en caso de ser referido de otro hospital, será necesario presentar la hoja de referencia). • Recibe la atención y recibe los medicamentos de forma gratuita. • En caso de atención ambulatoria, el asegurado SIS se atiende en

40

| REVISTA INSTITUCIONAL | AGOSTO 2019

Zonas AUS 30 días luego de realizado el primer pago

- 6 meses para cirugías mayores programadas (excepto las atenciones de emergencia) • ¿Las emergencias tienen periodo de carencia? No. Si se presentara alguna condición de Emergencia que esté cubierta por el seguro, se puede acudir de inmediato a cualquier establecimiento de salud del Minsa. • Si dejo de trabajar, ¿aún puedo mantener mi seguro SIS? Sí. Si dejas de laborar podrás mantener tu cobertura de salud a través de la activación del periodo de latencia, el mismo que debe solicitarse de la siguiente manera: - El asegurado titular debe presentar a la UDR de su jurisdicción una solicitud (original y copia) requiriendo su derecho de

Gestión Laboral

cobertura por desempleo, teniendo en cuenta que la afiliación deberá estar con pago vigente a la fecha de la solicitud. - La UDR verificará y evaluará la solicitud, aprobándola o denegándola, según el reporte generado por el sistema de información. - El periodo de latencia se iniciará un (1) día después del vencimiento de la fecha del último pago, y será hasta por un periodo de tres (3) meses, según corresponda. • ¿Cuánto tiempo durará mi periodo de latencia? Según los pagos realizados, los periodos de latencia serán los siguientes: - De 3 a 5 aportaciones continuas: 1 mes de latencia - De 6 a 8 aportaciones continuas: 2 meses continuos de latencia - De 9 a más aportaciones continuas: 3 meses continuos de latencia • ¿En qué establecimiento de salud puedo atenderme? El SIS asignará el establecimiento de salud donde debe atenderse el asegurado, de acuerdo al domicilio declarado en Remype. • ¿Qué documentos debo presentar para poder atenderme? Debes presentar tu documento nacional de identidad (para menores de 18 años el DNI es obligatorio). • Si deseo atenderme en un centro de salud distinto al que me fue asignado, ¿qué debo hacer? El SIS asignará el centro de salud que te corresponde de acuerdo al domicilio declarado en el Remype, acorde a lo consignado en el Reniec. Si cambias de domicilio el trámite para cambiar de centro a s i s te n c i a l l o d e b e rá s re a l i z a r a t ravé s d e l a U n i d a d Desconcentrada Regional (UDR) del SIS que corresponda a tu nuevo domicilio. • Trabajo en provincia. ¿También puedo inscribirme al SIS? Sí. Esta norma es válida para todos los trabajadores de las microempresas a nivel nacional. • Tengo un hijo mayor de edad que tiene incapacidad absoluta. ¿También puede estar inscrito dentro de mi seguro familiar? Sí. Los hijos mayores de edad que presentan incapacidad absoluta para el trabajo están considerados dentro del seguro familiar. Para inscribirlo debes presentar un documento a la Unidad D e s co n ce nt ra d a Re g i o n a l ( U D R ) d o n d e s o l i c i t a rá s s u incorporación como asegurado, para lo cual debes adjuntar el Informe de la Comisión Evaluadora de hijos mayores de 18 años que lo otorga Essalud, o de otra acreditada por el Ministerio de Salud. El SIS realizará las verificaciones correspondientes. • Si cambio de trabajo, ¿qué debo hacer para continuar con el seguro SIS? Para que puedas mantener la cobertura de salud, habiendo dejado de laborar en una microempresa e iniciado actividad en otra, debes tener en cuenta tres condiciones: • No haber activado el periodo de latencia.

anterior empleador y la primera del nuevo empleador. • ¿Cómo puedo saber si los pagos de mi seguro no están atrasados? El SIS, a través de su página web, ha implementado el módulo de consultas en línea para asegurados al componente semisubsidiado y trabajadores de microempresas al cual puede acceder y verificar los aportes realizados por su empleador. Lo puedes ubicar en el lado derecho de nuestra página web bajo el nombre Consulta de asegurado. • ¿Por qué motivos puedo perder el seguro? - Si la microempresa donde trabajas no ha efectuado el pago hasta por tres cuotas consecutivas o al vencimiento del periodo de latencia, en dicho caso se te dará de baja de manera automática. - Si el conductor o representante de la microempresa no ha efectuado el pago hasta la fecha de vencimiento correspondiente, no podrás acceder a la cobertura de salud. - Por contar con derecho a otro seguro de Salud de acuerdo a la información remitida por la Superintendencia - Nacional de Salud-Susalud y que puedes verificar ingresando al link http://app1.susalud.gob.pe/registro/ • ¿Qué beneficios tienen los afiliados de una microempresa? El SIS cubre las atenciones de las enfermedades comprendidas en el Plan Esencial de Aseguramiento es Salud (PEAS). - PEAS (Plan Esencial de Aseguramiento en Salud) en zonas donde se aplica en AUS - LPIS (Listado Priorizado de Intervenciones Sanitarias) en zonas en donde no se aplica el AUS • ¿Qué enfermedades no me cubre este tipo de seguro? Exclusiones: Todos los diagnósticos y condiciones que no se encuentran en el PEAS (D. S. 016-2009-S. A.); atenciones con financiamiento de otras fuentes como el SOAT, entre otras; atenciones fuera del territorio nacional; condiciones no detalladas en la lista de la cobertura; procedimientos que no contribuya a la recuperación o rehabilitación del paciente, de naturaleza cosmética o estética, intento de suicidio y/o lesiones auto infligidas; accidentes sufridos en estado de embriaguez o drogadicción; exoprótesis y/o zapatos ortopédicos y prótesis no quirúrgicas, así como frenillos, aparatos auditivos, equipos mecánicos o electrónicos u otros; lesiones o secuelas derivadas de accidentes de trabajo y accidentes de tránsito; enfermedades profesionales y sus secuelas o complicaciones; lesiones o secuelas derivadas de accidentes ocasionados por la práctica de deportes de alto riesgo; trasplante de órganos y tejidos; tratamiento por fertilización o esterilidad; tratamiento quirúrgico por obesidad; atenciones de inmunización (vacunación) no incluidas en el Programa Nacional de Inmunización del Ministerio de Salud (Minsa), y atenciones fuera del territorio nacional. 2.4 SIS Independiente 2.4.1. Requisitos para la afiliación • Tener DNI o carné de extranjería • No contar con otro seguro de salud

• El Remype deberá haber enviado al SIS los datos del trabajador y del nuevo empleador.

2.4.3. Pasos para la afiliación

• Debe haber continuidad entre la última cuota pagada por el

• Acude a una oficina de atención SIS más cercana a tu domicilio con tu DNI o carné de extranjería y, de ser el caso, el de tus

AGOSTO 2019

| REVISTA INSTITUCIONAL | 41

Gestión Laboral

familiares y solicita la afiliación al SIS Independiente.

• Recibe la atención y recibe los medicamentos de forma gratuita.

• En ese momento se revisará que no cuentes con otro seguro de salud.

• En caso de atención ambulatoria, el asegurado SIS se atiende en el establecimiento de salud de su adscripción

• Si cumples con los requisitos, el personal responsable imprimirá el formato digital de afiliación, con el que deberás presentarte en cualquier agencia del Banco de la Nación para realizar el primer aporte en la fecha que te indiquen.

• En caso de no poder resolver su problema de salud, será referido a un establecimiento de salud de mayor complejidad que corresponda, necesitando la hoja de referencia para su atención.

• Después de realizar el primer aporte, debes regresar a la oficina donde te afiliaste para recoger tu contrato.

• En caso de atención de emergencia, el asegurado SIS se atiende en el establecimiento de salud más cercano.

2.4.2. Modalidades de afiliación

2.3.7. Preguntas frecuentes

a) Individual

a) ¿A quiénes está dirigido el SIS Independiente?

Para el titular, sin límite de edad

El SIS Independiente está dirigido principalmente a los trabajadores independientes, estudiantes universitarios, menores dependientes y personas de la tercera edad, residentes en el territorio nacional, que no cuentan con otro seguro de salud.

Las personas mayores de 60 años solo podrán ser aseguradas por esta modalidad. b) Familiar Para el titular y derechohabientes (conyugue o concubino (a) del titular, los hijos menores de edad y los hijos mayores de edad que se encuentren incapacitados en forma total y permanente para el trabajo. No se aplica la afiliación familiar para el caso de personas mayores de 60 años. c) Menores dependientes Para menores de 18 años, hijos o no de un titular: hermano, sobrino, nieto, ahijado u otro que viva con el titular y esté bajo su tutoría o responsabilidad. 2.4.4. Aportaciones Tipo de seguro para personas menores de 60 años años

Tipo de seguro para personas a partir de los 60 continuadores

Individual mensual

Aporte

Individual mensual

Aporte

Titular solo

S/ 39.00

Titular solo

S/ 44.00

Tipo de Seguro para personas a partir de los 60 años-nuevos contratos

Familiar Titular + 01 derechohabiente

S/ 78.00

Titular + 02 derechohabientes

S/ 94.00

Titular + 03 o más derechohabientes S/ 115.00

Individual mensual

Aporte

Titular solo

S/ 58.00

Menores dependientes Aporte por cada dependiente o hijo

S/ 39.00

2.4.5. Cobertura Atención para más de 1,400 enfermedades, los tipos de cáncer más frecuentes, enfermedades de alto costo, así como enfermedades raras o huérfanas, siendo las únicas excepciones las situaciones que cuenten con otra fuente de financiamiento (por ejemplo, SOAT), atención fuera del territorio nacional e intervenciones médicas con fines estéticos. Además, brinda atenciones médicas, medicamentos, análisis de laboratorio, radiografías, tomografías, etc., intervenciones quirúrgicas, hospitalización, traslado en situación de emergencia y subsidio por sepelio (hasta S/ 1,000.00). 2.4.6. Atención en Salud • La atención es gratuita y solo se necesita el DNI o carné de extranjería (en caso de ser referido de otro hospital, será necesario presentar la hoja de referencia). Para poder atenderte debes estar al día en tus pagos.

42

| REVISTA INSTITUCIONAL | AGOSTO 2019

b) ¿Qué beneficios tengo si estoy afiliado al SIS Independiente? El SIS brinda a sus asegurados la cobertura financiera del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS) que comprende más d e 1 , 4 0 0 d i a g n ó s t i co s , l o s p l a n e s co m p l e m e nt a r i o s , enfermedades de alto costo, entre ellas, cáncer de mama, cuello uterino, estómago, colon, próstata, linfomas, leucemia e insuficiencia renal crónica, así como enfermedades raras o huérfanas. Además, brinda atenciones médicas, medicamentos, análisis de laboratorio, radiografías, tomografías, etc., intervenciones quirúrgicas, hospitalización, traslado en situación de emergencia y subsidio por sepelio (hasta S/ 1,000.00) c) ¿Cuáles son los requisitos para afiliarme al SIS Independiente? • Tener DNI o carné de extranjería • No contar con otro seguro de salud d) ¿Dónde puedo afiliarme al SIS Independiente? Solicita tu afiliación y la de tus familiares directos, en los Centros de Atención SIS a nivel nacional, para lo cual es necesario cumplir con los requisitos. Una vez realizada la solicitud: • El personal responsable imprimirá el formato digital de afiliación con el que deberás apersonarte a cualquier agencia del Banco de la Nación para realizar el primer aporte mensual. • Después del primer pago debes acercarte a la oficina SIS para recoger el contrato de afiliación. • ¿Cuáles son las modalidades de afiliación al SIS Independiente? Las modalidades de afiliación son: • Afiliación individual. Conformada por un único asegurado, quien asume las obligaciones establecidas en el contrato del seguro de salud. • Afiliación familiar. Para el titular más sus derechohabientes (cónyuge o concubina(o), hijos menores de edad, hijos mayores de edad con incapacidad total y permanente para el trabajo). • Afiliación para menores dependientes. Para menores de 18 años, hijos o no del titular (hermano, sobrino, nieto, u otro), que vivan con el titular y esté bajo su tutoría. Las personas mayores de 60 años tienen que afiliarse individualmente bajo el siguiente criterio:

Gestión Laboral

• Continuador. Si está migrando de un seguro del SIS. • Nuevo contrato. Si está suscribiendo una nueva afiliación. e) ¿Existe límite de edad para afiliarme al SIS Independiente?

Mientras mantengas al día el pago de los aportes, tu afiliación al SIS Independiente permanecerá en estado activo. j) ¿A partir de cuándo puedo atenderme por el SIS Independiente?

No tiene límite de edad. f) ¿Cuál es el costo por la afiliación al SIS Independiente? Tipo de Seguro para personas menores de 60 años Individual Titular solo

Aporte mensual S/ 39.00

Familiar Titular + 01 derechohabiente

S/ 78.00

Titular + 02 derechohabientes

S/ 94.00

Titular + 03 o más Derechohabientes

S/ 115.00

Menores dependientes Aporte por cada dependiente o hijo

S/ 39.00

Tipo de Seguro para personas a partir de los 60 años-continuadores Individual Titular solo

Aporte mensual

El SIS Independiente tiene un periodo de carencia de 30 días desde la fecha de afiliación para consultas externas, excepto las atenciones de emergencia y las prestaciones preventivas promocionales relacionadas a las condiciones de población sana. Asimismo, tiene un periodo de espera de 2 meses desde el fin de la carencia para casos de tratamientos quirúrgicos de patologías o daños previamente establecidos. • Periodo de carencia. Es el periodo durante el cual el asegurado no podrá recibir prestaciones regulares de salud contenidas en el contrato.

S/ 44.00

Tipo de Seguro para personas a partir de los 60 años-nuevos contratos Individual Titular solo

i) ¿Qué tiempo de vigencia tiene mi afiliación al SIS Independiente?

Aporte mensual S/ 58.00

g) ¿En qué fecha debo pagar mis aportes del SIS Independiente? La fecha para realizar el pago mensual del aporte está determinada por la fecha del primer pago realizado, la cual da inicio a tu afiliación y a la cobertura del SIS Independiente; a partir de ello todos los meses deberás pagar días antes del vencimiento de la cobertura. h) ¿Qué ocurre si me atraso o dejo de pagar mis aportes mensuales del SIS Independiente? Tu seguro pasará a estado inactivo y la cobertura del seguro quedará suspendida hasta que regularices los pagos respectivos, la cual se activará a partir del día de efectuado el pago, pero sin efecto retroactivo. En caso de incumplimiento del pago de tres (3) aportaciones consecutivas, el contrato se anulará automáticamente.

• Periodo de Espera. Es el espacio de tiempo mínimo que debe transcurrir entre el fin del periodo de carencia hasta el inicio del tratamiento de las patologías que se detallan en el Anexo N.° 1 del contrato k) ¿Dónde puedo atenderme con el SIS Independiente? • En el establecimiento de salud del Ministerio de Salud o de los gobiernos regionales que esté más cercano a tu domicilio, al cual se te ha asignado en el momento de tu afiliación. De requerir prestaciones de mayor complejidad, podrás ser referido/a a otro establecimiento que tenga la capacidad resolutiva para la atención. • En caso de emergencia, podrás ser atendido en cualquier establecimiento de salud. Fuente: Actualidad Empresarial, segunda quincena de julio, primera y segunda quincena de agosto 2019

AGOSTO 2019

| REVISTA INSTITUCIONAL | 43

Gestión Laboral

¿Cómo registro Subsidio por Maternidad en el PDT PLAME? Autor: Elizabeth Aspilcueta Cama

1. Requisitos para el goce de subsidio Meses de aportación

Contar con tres meses de aportaciones consecutivas o 4 de aportes no consecutivos.

Vínculo laboral

La trabajadora debe tener vínculo laboral en el momento de goce de la prestación, ya sea al inicio o durante el periodo a subsidiar.

Afiliación en el tiempo de

En el momento que la concepción haya

concepción

tenido vínculo laboral la madre

Si bien es cierto el Essalud es quien paga el subsdio, sin embargo, en primera instancia, el empleador deberá realizarlo en su totalidad para que después se solicite el reembolso.

Paso N°3 Pasos Llenado del subsidio por maternidad en Plame Paso N° 1

Vamos a proceder a colocar el monto calculado del subsidio diario, multiplicado por los días que están afectando en el periodo; esto lo realizará en la casilla 09015.

Realizar la habilitación del concepto remunerativo Subsidio por maternidad en mantenimiento de conceptos como figura en la imagen con el código 0915.

Para realizar el cálculo, se debe tener lo siguiente:

Paso N°2 Debemos realizar el llenado de la cantidad de días de subsidio tal cual indica en el CITT. Esto se realizará en la parte de días subsidiados con el código 22 S.I Maternidad pre y posnatal.

44

| REVISTA INSTITUCIONAL | AGOSTO 2019

• Si el total de los meses de afiliación es de 12.Se van a sumar las remuneraciones otorgadas durante esos doces últimos meses anteriores al mes de inicio de contingencia y se dividirá entre 360 días. • De otro lado, si el total de los meses de afiliación es menor a 12 .Se van a sumar las remuneraciones otorgadas durante el tiempo de aportación del afiliado regular y se dividirá entre el número

Gestión Laboral

proporcional de días. Cálculo factor diario RC/ND = FD

Donde RC : rem. computable ND : número de días de los últimos doces meses FD : factor diario

Debemos acotar que, mientras la trabajadora se encuentra en el periodo subsidiado, la empresa no realiza aportación de Essalud; pero debemos percatarnos sobre el sistema pensionario a la que pertenece la trabajadora, dependerá de ello su afectación. Si se encuentra en AFP, se procederá a descontar; en el caso que se encontrará en ONP, no procede descontar.

Luego de determinar el factor diario, este monto calculado se multiplica por el número de días de descanso. Cálculo del subsidio FD X NDM =S

Donde NDM : número de días goce del descanso médico S : Subsidio por incapacidad temporal (total de un descanso por subsidio cuando es de manera completa es de 98 días)

Fuente: Actualidad Empresarial, primera quincena de agosto 2019.

Paso N°4

Consultas frecuentes y casos prácticos de temas laborales CÁLCULO POR LABORAR EL DÍA FERIADO 30 DE AGOSTO Consulta La señora Milene Cruzado labora como asistente administrativa para Molino El Girasol, empresa industrial que se dedica a la elaboración de harina de trigo. Debido a que el día 29 de agosto ha sido declarado como día no laborable y el 30 de agosto es día feriado a nivel nacional, el gerente de Talento Humano de la empresa nos consulta lo siguiente: ¿puede llegar a un acuerdo con la trabajadora para que labore los días 29 y 30 de agosto? ¿Qué montos debe considerar para pagar adecuadamente por la labor

en estos días? ¿Qué casillas del PDT Plame debe considerar para registrar el pago por el día feriado? Como dato adicional, nos indica que la trabajadora recibe una remuneración mensual de S/ 2,500. Solución: Los días feriados de ámbito nacional son aquellas festividades establecidas por ley que son celebradas en todo el país. El artículo 6 del Decreto Legislativo N° 713 regula estos feriados de forma concreta, mediante una lista cerrada, tal como se puede apreciar a continuación.

AGOSTO 2019

| REVISTA INSTITUCIONAL | 45

Gestión Laboral

FERIADOS NO LABORABLES DE ÁMBITO NACIONAL Festividad

Fecha de celebración

Año Nuevo

1 de enero

Jueves Santo y Viernes Santo

Movibles

Día del Trabajo

1 de mayo

San Pedro y San Pablo

29 de junio

Fiestas Patrias

28 y 29 de julio

Santa Rosa de Lima

30 de agosto

Combate de Angamos

8 de octubre

Todos los Santos

1 de noviembre

Inmaculada Concepción

8 de diciembre

Navidad del Señor

25 de diciembre

Estos feriados de ámbito nacional serán celebrados en la fecha respectiva, sin posibilidad de ser traslados a un día distinto. A diferencia de los feriados, los días no laborables son establecidos por una norma de rango inferior a la ley y puede tener distintas finalidades. Por ejemplo, para el año 2019 se dictó el Decreto Supremo N° 002-2019-PCM, el cual establece una lista de días no laborables compensables, teniendo como finalidad fomentar el desarrollo del turismo interno. Por lo tanto, los días declarados no laborables para este año son los siguientes: DÍAS NO LABORABLES • Martes 30 de julio de 2019 • Jueves 29 de agosto de 2019 • Jueves 31 de octubre de 2019

Cabe precisar que los centros de trabajo del Sector Privado podrán acogerse a lo dispuesto en el Decreto Supremo citado, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores. De mutuo acuerdo deberán establecer la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar; a falta de acuerdo, decidirá el empleador.

hora de la remuneración. Tomando en cuenta Io dis- puesto por el artículo 8 del Decreto Supremo NO 003-97-TR, hay que dividir la remuneración mensual de S/ 2,500 entre 30. 2500/ 30 = 83.33 En consecuencia, el trabajador recibe por un día laborado el monto de 83.33 soles. 2. Segundo paso. Hallar el monto de la labor realizada y de la sobretasa: luego de haber de- terminado el valor hora, el monto total que hay que otorgar al trabajador induye dos conceptos: a) una suma por la labor realizada (equivalente a una remuneración diaria); y, b) la sobretasa del 100 % por la labor realizada. En este caso, el cálculo sería de este modo: 83.33 x 2 = 166.66 En consecuencia, debe entregarse al trabajador por el mes de agosto la suma de S/ 2,500 y adicionarle el monto de S/ 166.66 por la labor del día 30 de agosto. Finalmente, con relación a la declaración en la Planilla Electrónica-PDT PLAME hay que declarar los días y los ingresos. En la sección "Detalle de la Declaración", hay dos subsecciones que deben ser completadas para registrar lo relacionado con el descanso en día feriado: jornada laboral e ingresos. En la subsección "Jornada Laboral", los días feriados serán registrados como días laborados⁽¹⁾, debido a que por estos días el trabajador sigue percibiendo remuneración. En la subsección de "Ingresos" existen tres conceptos relacionados con el descanso en día feriado donde se deberán declarar la remuneración por el día de descanso, la remuneración por la labor realizada y la bonificación correspondiente a la sobretasa del 1 00 %. Estos conceptos son los siguientes:

Por lo tanto, tomando en consideración que el jueves 29 de agosto es un día no laborable, no es obligatorio que los empleadores del Sector Privado otorguen un día libre por esa fecha. Es distinto el caso de los días feriados, pues por ley se establece que en caso de que el trabajador efectúe su labor en un día feriado, sin que se otorgue un descanso sustitutorio, el empleador debe abonarle los siguientes tres conceptos:

Ÿ

La remuneración correspondiente al día de descanso (la cual ya está considerada dentro del pago de la remuneración ordinaria).

Ÿ Ÿ

La remuneración por la labor realizada el feriado. La bonificación equivalente a una sobretasa del 100 % del pago por labor realizada.

En ese sentido, además del pago mensual, el monto adicional que hay que pagar al trabajador por laborar el día feriado es el siguiente: CÁLCULO DE LA REMUNERACIÓN POR DÍA FERIADO VH* X 2 NOTA: VH: Valor hora de la remuneración.

Partiendo de este dato, procedemos a calcular la remuneración a otorgar por laborar el día feriado: 1. Primer paso. Determinar el valor hora de la remuneración: para el cálculo de la remuneración que se otorgará el día feriado, primero debe determinarse el valor

46

| REVISTA INSTITUCIONAL | AGOSTO 2019

En la subsección de "Ingresos" existen tres conceptos relacionados con el descanso en día feriado donde se deberán declarar la remuneración por el día de descanso, la remuneración por la labor realizada y la bonificación correspondiente a la sobretasa del 100 %. Estos conceptos son los siguientes: INGRESOS RELACIONADOS CON EL DESCANSO EN DÍA FERIADO Casilla

Concepto

0115

Remuneración en día de descanso y feriados (incluida la del 1 de mayo)

0107

Trabajo en día feriado o día de descanso

0308

Compensación por trabajos en días de descanso y en feriados

DESCANSO SUSTITUTORIO POR LABORAR UN DÍA FERIADO Consulta El señor Maicelo Piedra es un trabajador que se dedica a la labor de diseño gráfico. Su empleador le ha dicho que el día 30 de agosto necesita que asista al centro de traba- jo, debido a que tienen un pedido urgente de un diente. En ese el trabajador quiere saber si puede solicitar, a modo de compensación por ese día de labores,

Gestión Laboral

un día libre y si tiene que firmar algún documento. Solución: El Decreto Legislativo N° 713, artículo 9, establece la posibilidad de que se otorgue un descanso en sustitución de la labor realizada por el trabajador un día feriado. En caso de realizar ese acuerdo, el trabajador no recibirá ningún pago adicional por ese día. Si bien la normativa citada no exige que la compensación de días se realice a través de un convenio, recomendamos que se tenga en cuenta por un tema de formalidad. A continuación, adjuntamos un modelo de este convenio.

----------NOTA: (1) Si bien los días feriados también son considerados como tiempo computable para el cálculo de remuneraciones y beneficios sociales (gratificaciones, CTS y vacaciones), solo en el caso de la participación en las utilidades estos días no califican como día real y efectivamente trabajados. Fuente: Contadores & Empresas, segunda quincena de agosto 2019.

AGOSTO 2019

| REVISTA INSTITUCIONAL | 47

Auditoría

Debilidades del control interno Autor: Óscar Falconí Panana 1. Introducción La detección de las debilidades en el control interno no significa que la empresa está funcionando mal, sino que muestra que existen situaciones que requieren mejoras para mantener el requilibrio del control interno y asegurar el logro de los objetivos. Por lo general los reportes de control interno solamente están representados por hechos que demuestran el mal funcionamiento del sistema de control; no obstante, las acciones correctivas que se realizan no son reveladas en su magnitud, por ello, el concepto de deficiencias de control interno comprende, en términos simples, defectos, fallas o imperfecciones en el diseño del control que no permite prevenir o detectar errores en forma oportuna, y proviene de los siguientes: • deficiencias en la operación de la estructura del control interno; • deficiencias en los controles establecidos para la prevención y detección de omisiones en la información contable; • fallas en el suministro oportuno de información completa, correcta de acuerdo con los objetivos de la entidad, como consecuencia de omisiones en la aplicación de los procedimientos de control; • violación intencional de los controles establecidos, por parte de personal de alto nivel jerárquico, que afectan el cumplimiento de los objetivos de control;

48

| REVISTA INSTITUCIONAL | AGOSTO 2019

• fallas en la protección de los activos, contra pérdidas, daños o uso indebido de los mismos; • fallas en la ejecución de funciones que son parte de la estructura del control interno tales como preparación o revisión oportuna de conciliaciones; • aplicación indebida de principios de co nt a b i l i d a d co n l a i nte n c i ó n d e distorsionar la información financiera; • falta de adhesión a las políticas y procedimientos establecidos por la administración; • falta de capacidad y entrenamiento de los empleados o funcionarios para el adecuado desarrollo de sus actividades; • ot ra s fa l l a s e n e l s e g u i m i e nto y corrección de deficiencias de control interno previamente reportadas; • transacciones importantes con partes relacionadas no reveladas; • falta de objetividad de los responsables en la toma de decisiones contables y de información financiera; y • declaraciones incorrectas por parte del personal del cliente hacia el auditor. 2. Qué se debe comunicar Durante el curso de su trabajo, el auditor debe estar al tanto de los asuntos relacionados con el control interno que puede ser de interés para el cliente, los cuales se identifican como “situación a informar”. Estas situaciones son asuntos que llaman la atención del auditor, y que en su opinión deben comunicar al cliente, ya que representan deficiencias importantes

en el diseño u operación de la estructura del control interno, que podrían afectar n e g a t i va m e nt e l a c a p a c i d a d d e l a organización para registrar, procesar, resumir y reportar información financiera uniforme con las afirmaciones de la Administración en los Estados Financieros. Ta l e s d e f i c i e n c i a s p u e d e n i n c l u i r diferentes aspectos del control interno. Esta comunicación se debe hacer con personas de alto nivel de autoridad y responsabilidad, tales como la Dirección, la Gerencia, el dueño de la empresa o con quienes tengan capacidad de decisión. P o r t a n t o, s e d e b e c o m u n i c a r l o s siguientes: • los asuntos que considere que sean de beneficio potencial para la entidad, tales como recomendaciones para la eficiencia operacional o administrativa o para mejorar los controles; • las debilidades que no son deficiencias significativas o debilidades importantes; • el diseño inadecuado de la estructura del control interno en general; • la ausencia de una adecuada segregación de funciones, acorde con los objetivos de control establecidos; • la falta de revisión y aprobación adecuada de las transacciones, pólizas contables o reportes emitidos; • los procedimientos inadecuados para la evaluación y aplicación adecuada de principios de contabilidad, medidas deficientes para la protección de

Auditoría

activos; • la ausencia de técnicas de control adecuadas para el tipo de transacciones efectuadas; • las fallas en el diseño del sistema para suministrar información completa, correcta, congruente y oportuna con los objetivos y necesidades de la entidad; • la comunicación debe ser escrita o verbal; • si se comunica en forma verbal otros asuntos de importancia, el auditor debiera documentar la comunicación; • l a co m u n i c a c i ó n re l a c i o n a d a co n deficiencias significativas y debilidades importantes identificadas durante una auditoría deben ser comunicados por escrito; • cuando se requiere comunicar por escrito aspectos del control interno en el dictamen o en el informe largo, se debe indicar que el objetivo de la consideración del control interno por parte del auditor fue la de expresar una opinión sobre los estados financieros, pero no expresar una opinión sobre la efectividad del control interno de la entidad, por tanto, se debe indicar que el auditor no expresa una opinión sobre la efectividad del control interno;

i n c l u ye n d o l a p o s i b i l i d a d q u e l a Administración deliberadamente haga c a s o o m i s o d e l o s co nt ro l e s o l a naturaleza y alcance específico de la consideración del control interno hecha por el auditor durante el proceso de auditoría. 3. Objetivo del auditor La NIA 265, en su párrafo quinto, señala que el objetivo del auditor es comunicar de forma apropiada a los encargados del gobierno corporativo y a la administración las deficiencias en el control interno que el auditor haya identificado durante la auditoría y que, a juicio profesional del auditor, son de suficiente importancia para merecer sus respectivas atenciones. 4. Requerimientos La misma NIA 265, en sus párrafos del 7 al 10, señala los requerimientos que se d e b e n c u m p l i r p a ra co m u n i c a r l a s deficiencias de control interno. • Identificación de las deficiencias de control interno • Identificación de deficiencias importantes • Evaluación de las deficiencias identificadas como parte del proceso de auditoría

• por otro lado, se debe incluir una declaración que indique que la consideración del control interno por parte del auditor no fue diseñada para identificar todas las deficiencias en el control interno que podrían ser deficiencias significativas o debilidades importantes;

5. Identificación de las deficiencias de control interno

• incluir la definición del término debilidad importante y, cuando fuere pertinente, la definición del término deficiencia significativa;

La NIA 265 señala que, el auditor deberá determinar si, sobre la base del control del desarrollo del auditor ha identificado una o más deficiencias en el control interno.

• identificar los asuntos que son considerados deficiencias significativas y aquellos que son considerados debilidades importantes;

Para identificar deficiencias de control interno se debe realizar previamente los siguientes procedimientos:

• indicar que la comunicación solo tiene la intención de servir para la información y uso de la Administración, y no tiene por intención ser utilizado por ninguna otra persona que no sean las partes específicas interesadas; si una empresa es requerida para presentar tales comunicaciones del auditor a una autoridad gubernamental o entidad pública se puede hacer referencia específica a tales autoridades gubernamentales; • El auditor puede incluir comentarios adicionales en la comunicación, respecto a las limitaciones generales inherentes del control interno,

• Co m u n i c a c i ó n p o r e s c r i to d e l a s deficiencias de control interno • Comunicación al nivel apropiado de responsabilidad por las deficiencias del control interno

• determinar qué procesos de control interno deben probarse; • evaluar la probabilidad que todo el control interno no falle; • determinar el número de controles a examinar; • evaluar efectividad del diseño del control interno; • evaluar efectividad operativa del control interno; • determinar las deficiencias de los controles respecto a su diseño y operatividad efectiva; • formarse una opinión sobre la significación o importancia de la

deficiencia de control; • evaluar la suficiencia de las evidencias para comunicar. 6. Comunicación por escrito de las deficiencias de control interno El auditor deberá comunicar por escrito, en forma oportuna, las deficiencias significativas en el control interno identificadas durante la auditoría a los encargados del gobierno corporativo a través de la carta de control interno o carta de observaciones de control interno. 7. Bases del control interno Co m p re n d e f u n d a m e nt a l m e nte l o s siguientes: • la relación con la organización; • la relación con la autorización, ejecución y control de las operaciones; y • la relación con el personal. Como regla general se debe tener en consideración: “El costo de cualquier control no debe ser inferior a los beneficios que pueda generar”, conocido también como “costobeneficio” 8. Revisión del sistema La revisión del sistema es principalmente un proceso de obtención de información re s p e c to a l a o rg a n i z a c i ó n y a l o s procedimientos establecidos, con objeto de que sirva como base para las pruebas de cumplimiento y para la evaluación del sistema. La información requerida para este objetivo se obtiene normalmente a través de entrevistas con el personal apropiado del cliente y mediante el estudio de documentos tales como manuales de procedimientos, instrucciones al personal, etcétera. La información relativa al sistema será documentada en forma de cuestionarios, resúmenes de procedimientos, flujogramas o cualquier otra forma de descripción de un circuito administrativo y adaptándose a las circunstancias o preferencias del auditor. Con objeto de verificar la información obtenida, a veces se adopta el procedimiento de seguir el ciclo completo de una o varias transacciones a través del sistema. Esta práctica, además de ser útil para el propósito indicado, permite que las partidas seleccionadas puedan ser consideradas como parte de las pruebas de cumplimiento. 9. Consideraciones adicionales La comunicación sobre las debilidades significativas identificadas debe efectuarse por escrito a través de la carta

AGOSTO 2019

| REVISTA INSTITUCIONAL | 49

Auditoría

de control interno, de forma separada al Informe de Auditoría de los Estados Financieros y es conveniente indicar los aspectos siguientes:

mantenimiento de un sistema adecuado de control interno y el desarrollo de cualquier mejora son responsabilidades de la entidad.

• Que el estudio y la evaluación del sistema de control interno solo se han realizado con la extensión necesaria, a juicio del auditor, para establecer la naturaleza, momento de realización y amplitud de los procedimientos de auditoría; por lo que no identifican, necesariamente, todas las debilidades y que, en consecuencia, no se expresa una opinión sobre el sistema de control interno.

• Que el informe ha sido preparado únicamente a los efectos de comunicar las debilidades significativas del sistema de control interno y no puede ser utilizado para ningún otro propósito.

• Que las debilidades significativas fueron tomadas en consideración durante la auditoría de las cuentas anuales y no modifican la opinión emitida en el Informe de Auditoría de los Estados Financieros. • Que la implementación y el

Al efectuar procedimientos sustantivos o pruebas de la efectividad operacional de los controles, el auditor puede obtener evidencia que un control no opera efectivamente, por ejemplo, al identificar una representación incorrecta que no fue prevenida, o no fue detectada no corregida por el control. La administración puede informar al auditor, o el auditor puede tomar conocimiento de otra manera, de la existencia de controles compensatorios que, de ser efectivos, puede limitar la gravedad de una deficiencia y porvenir que

sea una deficiencia significativa o una debilidad importante. En estas circunstancias, aun cuando no se requiere que el auditor considere los efectos de los co nt ro l e s co m p e n s ato r i o s p a ra l o s propósitos reducir el riesgo, el auditor puede considerar los efectos de los controles compensatorios relacionados con una deficiencia operacional, siempre que el auditor haya efectuado pruebas de los controles compensatorios adicionales para la efectividad operacional como parte de la auditoría de los Estados Financieros. Los controles compensatorios pueden limitar la gravedad de la deficiencia, pero no la eliminan.

Fuente: Actualidad Empresarial, primera quincena de agosto 2019.

Responsabilidad del auditor independiente Autor: Óscar Falconí Panana 1. Introducción

En la comunidad de negocios es sabido que

c o nf i a b i l i d a d d e e s t a i nfo r m a c i ó n

La toma de decisiones acertadas, en la

la información financiera¹ para que sea

financiera. Como sería imposible que todos

actualidad, se torna compleja por diversas

verdaderamente útil debe ser confiable.

los interesados ejercieran tal control en

c i r c u n s t a n c i a s , t a nt o p o r q u i e n e s

Por ello, los usuarios externos de dicha

forma independiente, adquiere relevancia

conducen las empresas como por aquellos

información, que son la mayoría, necesitan

la figura de la auditoría externa de Estados

que se relacionan con ellas. La información

aumentar su confiabilidad hacia ella

Financieros efectuada por un contador

se ha constituido en un elemento vital para

debido a que no participan en la

público independiente (idoneidad), el cual

poder reducir, en dicho proceso, el grado

elaboración de dicha información. Por ello,

lleva a cabo un examen técnico de los

d e i n ce r t i d u m b re q u e p u e d e e s t a r

resulta imprescindible aplicar un control

Estados Financieros con el objeto de

independiente que logre aumentar la

formarse un juicio sobre la razonabilidad

asociado.

50

| REVISTA INSTITUCIONAL | AGOSTO 2019

Auditoría

de la información contenida en los mismos, de acuerdo con las normas contables profesionales. El marco sobre el cual se elaboran los Estados Financieros son las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), y haciendo pública su opinión en forma de dictamen u opinión del auditor o según las circunstancias, absteniéndose de emitir la misma. Dicho esto, resulta importante precisar en

emanadas de la propia profesión. 3. El comité de auditoría La creciente complejidad, los cambios recientes a las normas contables y las altas expectativas de los accionistas, los reguladores, el público y otras partes interesadas hacen que la supervisión de la integridad de la información financiera de

personas que desempeñen funciones de supervisión de la información financiera d e l a s q u e ra zo n a b l e m e nte p u e d a pensarse que afectan a la independencia. Juntos, el comité de auditoría, los auditores y la administración, deben determinar si alguna de estas relaciones podría afectar la independencia del auditor.

una entidad sea un reto para los comités de

b) Servicios de consultoría

a u d i t o r í a . Lo s a u d i t o r e s e x t e r n o s

Los servicios permitidos, que no sean de

qué consiste la labor de auditoría y qué

desempeñan un papel clave para ayudar a

consultoría prestados por el auditor

responsabilidades implica, ya que la falta

los comités de auditoría a abordar esta

externo, también deben estar

de una clara noción por parte de los

responsabilidad. Los comités de auditoría

debidamente aprobados. La

terceros, puede hacerles concluir que el

deben asegurarse de que cuentan con un

administración y el auditor externo, para

contador público “da fe” de cada una de las

proceso de supervisión sólido para

los servicios permitidos, deben dejar

operaciones, hechos y actos acaecidos en

obtener el máximo valor de los auditores

evidencia del proceso para su aprobación.

relación con el entidad, lo que en sí mismo

externos.

Debe hacerse antes de contratar al auditor

Una relación de trabajo sólido entre el

externo para el servicio. El alcance de los

sería una labor de imposible cumplimiento material.

presidente del comité de auditoría, o quien

servicios distintos de los de auditoría y

2. Alcance

el comité designe a estos efectos y el socio

cualquier efecto potencial sobre la

Es importante precisar lo siguiente:

líder de la auditoría es vital. La fortaleza de

independencia del auditor deben

• El auditor no es un verificador detallista,

esta relación marca la pauta para las

discutirse con los auditores externos y la

sino que su trabajo es sobre muestras.

interacciones entre el comité y la firma de

administración, antes de aprobar estos

auditoría externa. Crear la relación

servicios. En particular, para auditorías

• El objetivo del auditor no es descubrir fraudes y errores, pero debe contemplar la posibilidad de su ocurrencia.

correcta requiere una comunicación

PCAOB, si se le solicitara al auditor externo

continua, un diálogo abierto y sincero, y la

que preste servicios de impuestos o de

capacidad de plantear y abordar

co nt ro l i nte r n o s o b re l o s i nfo r m e s

• El auditor es un experto independiente

cuestiones delicadas, en un ambiente de

financieros, el auditor externo debe

que produce un informe en el que

trabajo constructivo para la organización.

proporcionar información sobre el alcance,

La confianza es la base.

los honorarios y otros detalles por escrito

expone su opinión sobre los Estados Financieros preparados por la administración de la empresa o declara que se abstiene de hacerlo. • Los estados contables son preparados por la empresa y pertenecen a ella. • El informe que emite el auditor externo trasciende a terceros. • El mero hecho de que un juego de

4. Independencia del auditor La independencia del auditor es clave tanto en los hechos como en la apariencia.

al comité de auditoría. c) Contratación de empleados o exempleados del auditor externo

Existen varias normas emitidas por

Se requiere un periodo de descanso

d i s t i n t o s r e g u l a d o r e s .

(cooling-of) antes de que una entidad

Internacionalmente, observamos normas

pueda contratar a ciertas personas que

de independencia de la SEC, el PCAOB,

anteriormente eran empleadas por la

entre otros. Los comités de auditoría son

entidad de auditoría externa para que

estados contables esté acompañado por

responsables de nombrar a los auditores

desempeñen una función de supervisión de la presentación de informes

un informe de auditoría da a entender

externos. Por lo tanto, desempeñan un

implícitamente que la empresa será, en

papel importante en la supervisión de su

financieros. Este, que es un requerimiento

los próximos doce meses, una empresa

independencia.

para entidades emisoras de valores en los

en marcha, pero ello no asegura que el

A continuación, se presentan algunas de

ente emisor no quebrará en el futuro

las áreas que se deben fortalecer para

inmediato. Por ello, salvo lo aclarado

evidenciar independencia:

anteriormente, el profesional no resulta responsable por la predicción de condiciones o hechos futuros. • El auditor ante la realización de actos violatorios de normas legales de orden civil y penal aplicables a su actividad se encuentra sujeto a ciertas responsabilidades. Asimismo, por pertenecer a una profesión universitaria legalmente organizada debe adherirse a las regulaciones disciplinarias

Estados Unidos, ha sido adoptado como buena práctica de manera más generalizada. Al trabajar con la administración y los auditores externos,

a) Servicios de auditoría

los comités de auditoría pueden

Los servicios de auditoría externa deben

asegurarse de que exista el proceso

estar debidamente aprobadas. Para los

correcto para identificar si tal contratación

servicios de auditoría, las normas del

puede afectar la independencia de la firma

PCAOB exigen que los auditores externos

de auditoría externa.

afirmen por escrito su independencia.

d) Impacto de hechos significativos

También están obligados a revelar al comité de auditoría todas las relaciones entre la sociedad de auditoría (o cualquiera de sus filiales) y la sociedad o

A veces, ciertos eventos en la compañía pueden afectar la independencia del auditor externo. Esto podría incluir adquisiciones, fusiones, nuevos miembros

AGOSTO 2019

| REVISTA INSTITUCIONAL | 51

Auditoría

del Directorio o cambios en la dirección

Los auditores a menudo tienen una visión

comparten sus comentarios, problemas y

ejecutiva. El auditor externo debe ser

amplia de las tendencias emergentes en la

oportunidades de mejora con los auditores

informado de tales cambios antes de que

industria. También pueden compartir

externos. Exigen que los auditores

se produzcan. Esto da tiempo al auditor y a

información sobre los riesgos sectoriales a

externos rindan cuentas de las medidas

la dirección para evaluar el impacto en la

los que la entidad puede estar sujeta,

que surjan de la evaluación.

independencia y resolver oportunamente

basándose en su trabajo con otros clientes

Los accionistas siguen queriendo saber

cualquier problema.

en la industria.

más sobre la forma en que los comités de

5. Comunicación

d) Principales prácticas del comité de

auditoría supervisan a los auditores

Las Normas Internacionales de Auditoría

auditoría

externos. Ellos consideran dicha

(NIA) requieren comunicar al auditor

Los auditores externos se reúnen con

información al votar sobre si ratificar o no

ciertos asuntos al comité. Esto incluye

comités de auditoría de diversos clientes.

e l n o m b ra m i e nto d e l o s a u d i to re s

discusiones sobre la independencia del

Pueden compartir sus puntos de vista

externos de la compañía. Alguna

auditor, asuntos específicos relacionados

sobre las principales prácticas que otros

revelación adicional en las comunicaciones

con la planificación y los resultados de la

comités de auditoría utilizan para mejorar

al mercado puede ayudarles a tomar esa decisión.

auditoría y otros asuntos. Pero llevando la

su eficacia y eficiencia, como la

conversación más allá de lo que se

planificación de la agenda, la preparación

Dado el mayor interés, los comités de

requiere, los comités de auditoría pueden

previa a la reunión y los materiales de la

auditoría están examinando más de cerca

mejorar su supervisión. Pueden obtener

reunión.

su informe en la declaración de

6. Evaluando al auditor

representación de la compañía. Al ofrecer

una visión más profunda de la compañía en una variedad de temas, incluyendo los que se mencionan a continuación: a) Calidad de la gestión y cultura corporativa

Internacionalmente la práctica es evaluar el desempeño del auditor externo al menos una vez al año. Los métodos para evaluar a los auditores

El auditor externo pasa mucho tiempo en la

externos varían. Algunos comités de

entidad realizando su trabajo de auditoría.

auditoría utilizan encuestas. Otros utilizan

I nte ra c t ú a co n l o s e m p l e a d o s y l a

discusiones informales. Lo recomendable

administración de todos los niveles.

es que los comités de auditoría involucren

Pueden compartir retroalimentación y

a la Gerencia. La perspectiva de los

proporcionar otra observación al

funcionarios de mayor jerarquía puede ser

Directorio y al comité de auditoría sobre la

e s p e c i a l m e n t e ú t i l , i n c l u ye n d o a l

fortaleza del equipo de finanzas, la calidad

responsable de la auditoría interna. Pero la

de la gestión, la alta gerencia y la cultura

clave es enfocarse en lo que es más

corporativa.

importante para el comité de auditoría. Los

b) Perspectivas sobre Estados Financieros

miembros del comité de auditoría que

intermedios y revelaciones en otros

prestan servicios en otros comités de

documentos

auditoría también pueden compartir sus

Los requerimientos de involucramiento del

e x p e r i e n c i a s d e t ra b a j o co n ot ro s

auditor dependen del tipo de entidad y su

auditores externos.

regulador. En ciertos casos, el comité de

En los Estados Unidos el Center for Audit

auditoría podría solicitar al auditor que

Quality lanzó una herramienta para ayudar

revise la información financiera trimestral

a l o s co m i té s d e a u d i to r í a co n l a s

una mayor transparencia en torno a su función de supervisión, los comités de auditoría pueden ofrecer voluntariamente a las partes interesadas una mayor comprensión de lo que hacen. La calidad del reporte financiero es fundamental para la eficiencia de los mercados de capitales y la protección de los intereses de los inversionistas. El rol de los comités de auditoría en la supervisión de la auditoría externa y el proceso de reporte financiero de las compañías es una parte clave de esto. Pero no es simple. La información financiera suele ser compleja y cambia con diferentes agendas regulatorias. A esto se añade las mayores expectativas de los accionistas, los reguladores, el público y otras partes interesadas de hacer las cosas bien. Los comités de auditoría con un proceso de supervisión sólido pueden maximizar el valor de los auditores externos. ---------

publicada. En otros casos, dependiendo de

evaluaciones. Dicha herramienta de

dónde se haga la revelación, el auditor

evaluación del auditor externo

Nota:

externo tiene responsabilidad limitada o

proporciona un marco general y contiene

1. NIC 1, párrafo 10, Un juego completo de

no tiene responsabilidad alguna sobre la

ejemplos de preguntas, los cuales cubren

estados financieros comprende: a) un estado de situación financiera al final del periodo; b)

información financiera revelada fuera de

los siguientes:

los Estados Financieros auditados. Sin

• calidad de los servicios y suficiencia de

embargo, el comité de auditoría puede

los recursos proporcionados por el

en el patrimonio del periodo; d) un estado de

auditor;

flujos de efectivo del periodo; y, e) las notas a

solicitar el punto de vista de los auditores e x t e r n o s , p o r e j e m p l o, s o b r e u n a publicación al mercado de utilidades, un a n á l i s i s ra zo n a d o o e l “A n á l i s i s d e Discusión de la Gerencia”, presentado a la SEC, como parte del formulario 10-K. c) Riesgos sectoriales

• calidad de la comunicación e interacción

| REVISTA INSTITUCIONAL | AGOSTO 2019

los estados financieros.

con el auditor; e • independencia, objetividad y e s c e pt i c i s m o p r ofe s i o n a l d e l o s auditores. Lo s c o m i t é s d e a u d i t o r í a ef i c a c e s

52

un estado del resultado y otro resultado integral del periodo; c) un estado de cambios

Fuente: Actualidad Empresarial, segunda quincena de agosto 2019.

Gubernamental

Medición de los activos y pasivos en los estados financieros Autor: Staff Revista Actualidad Gubernamental RESUMEN Los estados financieros, constituyen el trabajo final que realiza el profesional contable. En dicha información, las entidades públicas presentan la composición de sus activos y pasivos, los cuales representan los recursos controlados y obligaciones presentes, de tal manera que la forma como se presentan y valoran dichos elementos deben estar acorde con los criterios de valuación establecidos en el marco conceptual de las Normas Internacionales de Contabilidad, por ello resulta conveniente conocer los criterios de medición de los activos y pasivos en los estados financieros.

1. Introducción Dada la importancia de los estados financieros, en las entidades públicas, En el presente artículo, conoceremos los criterios de medición de los activos y pasivos que se presentan en los estados financieros, siendo entre ellos: el costo histórico, el valor de mercado, el valor de reposición, el valor neto realizable y el valor en uso. 2. El objetivo de medición El objetivo de la medición es seleccionar las bases de medición que reflejen más fielmente el costo de los servicios, la capacidad de funcionamiento y la capacidad financiera de la entidad, de tal forma que sea útil para que la entidad rinda cuentas, y a efectos de la toma de decisiones. La selección de una base de medición para activos y pasivos contribuye a cumplir los objetivos de la información financiera en el sector público proporcionando información que permita a los usuarios evaluar: el costo de los servicios prestados en el periodo en términos históricos y actuales; la capacidad operativa, la capacidad de la entidad de mantener la prestación de servicios en periodos futuros a través de recursos físicos y de otro tipo; y la capacidad financiera (la capacidad de la entidad de financiar sus actividades). La selección de una base de medición también incluye una evaluación de la medida en que la información proporcionada

satisface las características cualitativas a la vez que tiene en cuenta las restricciones de la información en los informes financieros. 3. Bases de medición y su selección No es posible identificar una base de medición única que cumpla mejor el objetivo de medición a nivel de un marco conceptual. Por ello, el marco conceptual no propone una base de medición única (o combinación de bases) para todas las transacciones, sucesos y condiciones. El marco conceptual proporciona guías sobre la selección de una base de medición para activos y pasivos con el fin de cumplir el objetivo de medición. Las siguientes bases de medición para activos se identifican y tratan en términos de la información que proporcionan sobre el costo de los servicios prestados y la capacidad operativa y financiera de una entidad, así como en qué medida la información que proporcionan cumple con las siguientes características cualitativas: costo histórico, valor de mercado, costo de reposición, precio de venta neto y valor en uso. 4. Nivel de agregación o desagregación para la medición Para presentar activos y pasivos en los estados financieros de forma que proporcionen información que mejor satisfaga el objetivo de medición y las características cualitativas puede ser necesario agregarlos o desagregarlos a efectos de medición. Para

AGOSTO 2019

| REVISTA INSTITUCIONAL | 53

Gubernamental

En cuanto a las bases de medición para pasivos, la información debe satisfacer las características cualitativas de: costo histórico, costo de cancelación y precio supuesto.

disponibles para servicios futuros son al menos tan grandes como el importe en el que están expresados. Los incrementos en el valor de un activo no se reflejan según el modelo del costo histórico. Si un activo se ha adquirido en una transacción sin contraprestación el precio de transacción no proporcionará información sobre la capacidad operativa.

5. Bases de medición para activos

c) Capacidad financiera

5.1. Costo histórico

El importe al que los activos se expresan en los estados financieros ayuda a la evaluación de la capacidad financiera. El costo histórico proporciona información del importe de los activos que pueden usarse como garantía efectiva de préstamos. Una evaluación de la capacidad financiera también requiere información sobre el importe que podría recibirse en la venta de un activo, y reinversión en activos para proporcionar distintos servicios. El costo histórico no proporciona esta información cuando es significativamente distinto de los valores de salida actuales.

evaluar si esta agregación o desagregación es apropiada los costos se comparan con los beneficios.

El costo histórico de un activo es el importe de efectivo o equivalentes al efectivo pagados, o bien el valor de la contraprestación entregada, para adquirir un activo en el momento de su adquisición o desarrollo. El costo histórico es una entrada, un valor específico de la entidad. Según el modelo del costo histórico los activos se presentan inicialmente al costo incurrido en su adquisición. Posteriormente al reconocimiento inicial, este costo puede asignarse como gasto a los periodos de presentación en forma de depreciación o amortización para ciertos activos, a medida que el potencial de servicio o capacidad para generar beneficios económicos proporcionados por estos activos se consume a lo largo de sus vidas útiles. Después del reconocimiento inicial, la medición de un activo no cambia para reflejar cambios en los precios o incrementos en el valor del activo. Según el modelo del costo histórico el importe de un activo puede reducirse para reconocer deterioros de valor. El deterioro de valor es la medida en que el potencial de servicio o capacidad para generar beneficios económicos proporcionados por un activo ha disminuido debido a cambios en las condiciones económicas o de otro tipo, distintas a su consumo. Esto involucra evaluaciones de recuperabilidad. Por el contrario, el importe de un activo puede incrementarse para reflejar el costo de adiciones y mejoras (excluyendo incrementos de precios de activos que no suponen mejoras) u otros sucesos, tales como la acumulación (o devengo) de intereses sobre un activo financiero. a) Costos de los servicios Cuando se usa el costo histórico, el costo de los servicios refleja el importe de los recursos gastados para adquirir o desarrollar los activos consumidos en la prestación de servicios. El costo histórico generalmente proporciona un vínculo directo con las transacciones realmente llevadas a cabo por la entidad. Puesto que los costos usados son los trasladados de un periodo anterior sin ajustes por cambios en precios, no reflejan el costo de los activos cuando estos se consumen. Puesto que el costo de los servicios se presenta usando precios pasados, la información sobre costo histórico no facilitará la evaluación de costo futuro de prestar servicios si los cambios acumulados de precios desde la adquisición son significativos. Cuando se preparan los presupuestos sobre una base de costo histórico, esta información demuestra la medida en que se ha ejecutado el presupuesto. b) Capacidad operativa Si un activo ha sido adquirido en una transacción con contraprestación, el costo histórico proporciona información sobre los recursos disponibles para prestar servicios en periodos futuros, sobre la base de sus costos de adquisición. En el momento en que se compra o desarrolla un activo, puede suponerse que el valor para la entidad de su potencial de servicio es al menos tan grande como el costo de compra. Cuando se reconoce la depreciación o amortización se refleja la medida en que se ha consumido el potencial de servicio de un activo. La información de costo histórico muestra que los recursos

54

| REVISTA INSTITUCIONAL | AGOSTO 2019

d) Aplicación de las características cualitativas La aplicación del costo histórico es, a menudo, sencilla, porque la información sobre la transacción está habitual y fácilmente disponible. Como consecuencia, los importes derivados del modelo del costo histórico son generalmente fielmente representativos, puesto que representan lo que se proponen representar –esto es, el costo de adquirir o desarrollar un activo sobre la base de transacciones reales. Las estimaciones de la depreciación y deterioro de valor usadas en el modelo del costo histórico, concretamente para activos no generadores de efectivo, pueden afectar la representación fiel. Puesto que la aplicación del costo histórico generalmente refleja los recursos consumidos por referencia a las transacciones reales, las mediciones de costo histórico son verificables, comprensibles y pueden prepararse de forma oportuna. La información de costo histórico es comparable en la medida en que los activos tienen las mismas fechas de adquisición o similares. Puesto que el costo histórico no refleja el impacto de cambios del precio, no es posible comparar, de forma que tengan sentido, los importes de activo que se adquirieron en momentos distintos cuando los precios difieren en una dirección significativa. En ciertas circunstancias la aplicación del costo histórico necesita el uso de asignaciones; por ejemplo: cuando varios activos se adquieren en una transacción única; los activos se construyen por la propia entidad y tienen que atribuírseles costos de administración u otros; y el uso de un supuesto de flujo, tal como primera entrada, primera salida (FIFO), es necesario cuando se mantienen numerosos activos similares. En la medida en que estas asignaciones son arbitrarias reducen el grado en que la medición resultante satisfaga las características cualitativas.

Caso práctico N.° 1 La unidad ejecutora Sierra bella con cargo a los Recursos Directamente Recaudados, en agosto, compró tres (3) impresoras a razón de S/ 30,000.00 cada uno. •Tratamiento contable (compra de tres impresoras) ------------------------------- X----------------------------8301 PRESUPUESTO DE GATOS 9301.02 Recursos directamente recaudados 8301.0201 Recursos directamente rec. 8401 ASIGNACIONES COMPROMETIDAS

DEBE

HABER

90,000.00

90,000.00

8401.02 Recursos directamente recaudados 8401.0201 Recursos directamente rec. x/x Por el compromiso presupuestal por la compra de cinco computadoras ------------------------------- X----------------------------9101 CONTRATOS Y COMPROMISOS APROBADOS 9101.08 Órdenes de compra aprobadas proyectos 9102 CONTRATOS Y COMPROMISOS POR CONTRA 9101.08 Órdenes de compra por ejecutar x/x Por el control de la orden de compra emitido por la compra de tres impresoras

90,000.00 90,000.00

Gubernamental

------------------------------- X----------------------------8401 ASIGNACIONES COMPROMETIDAS 8401.02 Recursos directamente recaudados 8401.0201 Recursos directamente rec. 9601 EJECUCION DE GASTOS 861.02 Recursos directamente recaudados 8601.0201 Recursos directamente rec. x/x Por la ejecución del gasto presupuestal ------------------------------- X----------------------------1503 VEHICULOS, MAQUINARIAS, OTROS 1503.02 Maquinarias, equipos, mobiliarios 1503.0201 Para oficina 1503.020102 Mobiliario de oficina 2103 CUENTAS POR PAGAR 2103.02 Activos no financieros x/x Por la compra de tres impresora ------------------------------- X----------------------------9102 CONTRATOS Y COMPROMISOS POR CONTRA 9102.08 Órdenes de compra por ejecutar 9101 CONTRATOS Y COMPROMISOS APROBADOS 9101.08 Órdenes de compra aprobadas x/x Por la atención de la orden de compra ------------------------------- X----------------------------2103 CUENTAS POR PAGAR 2103.02 Activos no financieros 1101 CAJA Y BANCOS

90,000.00

90,000.00

factores operativos pueden significar que el valor para la entidad puede ser mayor. Por ello, los valores de mercado pueden no reflejar el valor del activo para la entidad, representado por su capacidad operativa. a) Valores de mercado, en un mercado abierto, activo y organizado

90,000.00

90,000.00

90,000.00 90,000.00

90,000.00 90,000.00

1101.12 Recursos centralizados CUT 1101.1201 Recursos directamente Rec. x/x Por el pago realizado

5.2. Valor de mercado El valor de mercado para activos es el importe por el que puede ser intercambiado un activo, entre partes interesadas y debidamente informadas, en una transacción realizada en condiciones de independencia mutua. El valor de mercado de adquisición y el costo histórico serán los mismos, si se ignoran los costos de transacción y la transacción es una transacción con contraprestación. La medida en que el valor de mercado cumple los objetivos de la información financiera y las necesidades de información de los usuarios, depende en parte de la calidad de la evidencia del mercado. La evidencia de mercado, por su parte, depende de las características del mercado en que se negocia el activo. El valor de mercado es particularmente apropiado cuando se juzga que la diferencia entre los valores de entrada y salida es improbable que sea significativa o que el activo se esté manteniendo con una perspectiva de venta. En principio, los valores de mercado proporcionan información útil porque reflejan fielmente el valor del activo de la entidad. En un mercado abierto, activo y organizado, el activo no puede valer menos que el valor de mercado, puesto que la entidad puede obtener ese importe vendiéndolo, y no puede valer más que el valor de mercado, puesto que la entidad puede obtener un potencial de servicio equivalente o la capacidad de generar beneficios económicos comprando el mismo activo. La utilidad de los valores de mercado es más cuestionable cuando no se mantiene la suposición de mercados abiertos, activos y organizados. En estas circunstancias no puede suponerse que el activo pueda venderse por el mismo precio por el que pueda ser adquirido y es necesario determinar si el precio de entrada o de salida es una medida más útil. Los valores de mercado basados en salidas son útiles para activos que se mantienen para negociar, tal como ciertos instrumentos financieros, pero puede no ser útil para activos operativos especializados. Además, aunque la compra de un activo proporciona evidencia de que el valor del activo para la entidad es, al menos, tan grande como su precio de compra, los

Los mercados abiertos, activos y organizados tienen las siguientes características: no existen barreras que impidan a la entidad transacciones en el mercado; son activos, de forma tal que exista frecuencia y volumen suficiente de transacciones para proporcionar información del precio; y son organizados con muchos compradores y vendedores bien informados que actúan sin coacción, de forma tal que exista seguridad de “equidad” al determinar los precios actuales incluyendo que los precios no representen ventas forzadas. Un mercado organizado es uno que funciona de forma fiable, segura, precisa y eficiente. Estos mercados tratan con activos que son idénticos y, por ello, mutuamente intercambiables, tal como materias primas cotizadas, monedas y valores donde los precios están públicamente disponibles. En la práctica pocos mercados, si existe alguno, muestran totalmente todas estas características, pero algunos pueden aproximarse a un mercado organizado como se ha descrito. b) Valores de mercado cuando no puede suponerse que los mercados sean abiertos, activos y ordenados Los mercados para activos que son únicos y excepcionalmente negociados que no son abiertos, activos y organizados: cualquier compra y venta se negocia individualmente y puede haber un gran rango de precios al que una transacción puede acordarse. Por ello, los participantes incurrirán en costos significativos para comprar o vender un activo. En estas circunstancias, es necesario utilizar una técnica de estimación para determinar el precio al que una transacción ordenada tendría lugar entre participantes de mercado en la fecha de la medición bajo condiciones de mercado actuales. c) Costos de los servicios Los ingresos de servicios presentados en los estados financieros se miden sobre la base de los precios actuales en el periodo de presentación. Si los activos utilizados para prestar servicios se miden a valor de mercado, la asignación del costo de ventas para reflejar su consumo en el periodo de presentación actual se basa en el valor de mercado actual del activo. El uso de valores de mercado permite la determinación de una rentabilidad de los activos. Sin embargo, las entidades del sector público no llevan a cabo, generalmente, actividades con el objetivo principal de generar beneficios, y los servicios se prestan, a menudo, e n t ra n s a cc i o n e s s i n co nt ra p re s ta c i ó n o e n co n d i c i o n e s subvencionadas. Por consiguiente, podría haber una relevancia limitada en presentar una rentabilidad derivada de los precios de mercado basados en salidas. Como se destacó anteriormente, los ingresos de servicios presentados en los estados financieros se miden sobre la base de los precios actuales en el periodo de presentación. Por ello, el resultado (ahorro o desahorro) del periodo incluye los movimientos de precios que tienen lugar a lo largo del periodo durante el cual los activos y pasivos se mantienen, y no se presenta resultado sobre la venta de un activo. Cuando el activo se negocia en un mercado abierto, activo y organizado, la existencia de mercado proporciona la seguridad de que la entidad sería capaz de realizar el valor de mercado (y no más) en la fecha de presentación: es, por ello, innecesario posponer el reconocimiento de cambios en el valor hasta que un resultado positivo (ahorro) se realice en la venta. Sin embargo, cuando los activos utilizados para prestar servicios no se negocian en mercados abiertos, activos y organizados, o en una aproximación cercana a estos mercados, la importancia de los ingresos y gastos relacionados con cambios en el valor de mercado es más cuestionable.

AGOSTO 2019

| REVISTA INSTITUCIONAL | 55

Gubernamental

d) Capacidad operativa La información sobre el valor de mercado de los activos mantenidos para prestar servicios en periodos futuros es útil si refleja el valor que la entidad es capaz de obtener de los activos usándolos para proporcionar o prestar servicios. Sin embargo, si un valor de mercado basado en salidas es significativamente menor que el costo histórico, el valor de mercado probablemente sea menos relevante que el costo histórico de estos activos para proporcionar información sobre la capacidad operativa; este valor de mercado también es probable que sea menos relevante que las medidas actuales basadas en valores de entrada. e) Capacidad financiera Una evaluación de la capacidad financiera requiere información sobre el importe que se recibiría en la venta de un activo. Esta información se proporciona por el valor de mercado. f) Aplicación de las características cualitativas Los valores determinados en mercados abiertos, activos y organizados pueden utilizarse fácilmente a efectos de información financiera. La información cumplirá las características cualitativas, esto será relevante, fielmente representativa, comprensible, comparable y verificable. Según estas condiciones de mercado, los valores de entrada y de salida puede suponerse que sean los mismos o muy similares. Puesto que puede prepararse rápidamente, es muy probable que esta información también pueda ser oportuna. En la medida en que los valores de mercado cumplan las características cualitativas, decrecerá según la calidad de la evidencia del mercado disminuya y la determinación de estos valores dependa de técnicas de estimación. Como se indicó anteriormente, los valores de mercado basados en salidas solo es probable que sean relevantes para evaluar la capacidad financiera y operativa.

5.3. Costo de reposición El costo de reposición es el más económico requerido para que la entidad sustituya el potencial de servicio de un activo (incluyendo el importe que la entidad recibirá por su disposición al final de su vida útil) a la fecha de presentación. El costo de reposición difiere del valor de mercado porque: • en un contexto del sector público es explícitamente un valor de entrada que refleja el costo de sustituir el potencial de servicio de un activo; • esto incluye todos los costos en los que se incurriría necesariamente en la sustitución del potencial de servicio de un activo; y • es específico de la entidad y, por ello, refleja la situación económica de la entidad, en lugar de la posición dominante de un mercado hipotético. Por ejemplo, el costo de reposición de un vehículo es menor para una entidad que habitualmente adquiere un gran número de vehículos en una sola transacción y es regularmente capaz de negociar descuentos mayores de los que obtiene una entidad que compra vehículos individualmente. Puesto que las entidades habitualmente adquieren sus activos por los medios más económicos disponibles, el costo de reposición refleja el proceso de adquisición o construcción que sigue generalmente una entidad. El costo de reposición refleja la sustitución del potencial de servicio en el curso normal de las operaciones, y no de los costos en que podría incurrir si surgiera una necesidad urgente como consecuencia de algunos sucesos imprevisibles, tal como un fuego. El costo de reposición es el costo de sustituir el potencial de

56

| REVISTA INSTITUCIONAL | AGOSTO 2019

servicio de un activo. El costo de reposición adopta un enfoque optimizado y difiere del costo de reproducción, que es el costo de adquirir un activo idéntico. Aunque en muchos casos, la sustitución más económica del potencial de servicio será comprando un activo que sea similar al que se controla; el costo de reposición se basa en un activo alternativo, si es que esa alternativa proporcionara el mismo potencial de servicio de forma más barata. A efectos de información financiera, por ello es necesario reflejar la diferencia en el potencial de servicio entre el activo existente y el de reposición. El potencial de servicio apropiado es el que la entidad puede utilizar o esperar usarlo, habiendo considerado la necesidad de mantener la capacidad de servicio suficiente para atender contingencias. Por ello, el costo de reposición de un activo refleja reducciones en la capacidad de servicio requerida. Por ejemplo, si una entidad posee una escuela que alberga a 500 alumnos, pero, debido a cambios demográficos desde su construcción, una escuela de 100 alumnos sería adecuada para las necesidades actuales previsibles razonablemente; por ende, el costo de reposición del activo es el de una escuela de 100 alumnos. En algunos casos el valor que se obtendrá de un activo será mayor que su costo de reposición. Sin embargo, no sería apropiado medir el activo por ese valor, puesto que incluye beneficios de actividades futuras, en lugar de potencial de servicio en la fecha de presentación. El costo de reposición representa el mayor valor potencial de un activo, ya que, por definición, la entidad es capaz de asegurar un potencial de servicio equivalente incurriendo en dicho costo de reposición. a) Costos de los servicios El costo de reposición proporciona una medida relevante del costo de la prestación de servicios. El costo de consumir un activo es equivalente al importe de sacrificar el potencial de servicio incurrido por ese uso. Ese importe es su costo de reposición, la entidad es capaz de restaurar su posición a la existente inmediatamente antes del consumo del activo por un desembolso igual al costo de reposición. Los costos de los servicios se presentan en términos actuales cuando se basan en el costo de reposición. Por ello, el importe de los activos consumidos se establece al valor de los activos al mismo tiempo que se consumen y no, al costo histórico, en el momento en que se adquirió. Esto proporciona una base válida para una comparación entre el costo de los servicios y el importe de los impuestos y otros ingresos recibidos en el periodo que son generalmente transacciones del tiempo actual y medidos a precios actuales y para evaluar si los recursos se han usado de forma económica y eficiente. Asimismo, proporciona una base útil para la comparación con otras entidades que informan sobre la misma base, ya que los valores del activo no se verán afectados por fechas de adquisición diferentes, ni para evaluar el costo de proporcionar servicios en el futuro y necesidades de recursos futuras, ya que los costos futuros es más probable que se parezcan a los costos actuales que a los incurridos en el pasado, cuando los precios eran diferentes. b) Capacidad operativa En principio, el costo de reposición proporciona una medida útil de los recursos disponibles para prestar servicios en periodos futuros, ya que se centra en el valor actual de los activos y su potencial de servicio para la entidad. c) Capacidad financiera El costo de reposición no proporciona información sobre los importes que se recibirían en la venta de los activos. Por ello, no facilita una evaluación de la capacidad financiera. d) Aplicación de las características cualitativas Como se destacó anteriormente, el costo de reposición es relevante

Gubernamental

para la evaluación de los costos de los servicios y la capacidad operativa. No es relevante para evaluaciones de la capacidad financiera. En algunas circunstancias el cálculo del costo de reposición es complejo, y se requieren juicios subjetivos. Estos factores pueden reducir la representación fiel del costo de reposición. En estas circunstancias, la oportunidad, comparabilidad y verificabilidad de la información preparada sobre una base de costo de reposición pueden verse afectadas, y calcular el costo de reposición puede ser más costoso que algunas alternativas. La información sobre el costo de reposición puede también no ser sencilla de comprender, concretamente cuando esa información refleja una reducción en la capacidad de servicio requerida. La información sobre el costo de reposición es comparable dentro de una entidad, ya que los activos que proporcionan un potencial de servicio equivalente se expresan por importes similares, independientemente de cuándo se adquirieron esos activos. En principio, entidades diferentes pueden presentar activos similares por importes distintos, porque el costo de reposición es una medida específica de la entidad que refleja las oportunidades de reposición que están disponibles para la entidad. Las oportunidades de reposición pueden ser las mismas o similares para entidades distintas del sector público. Cuando son distintas, la ventaja económica de una entidad que puede adquirir activos más baratos se presenta en los estados financieros a través de valores de activos menores y un costo más bajo de servicios para ser fielmente representativo.

5.4. Precio de venta neto Es el importe que la entidad puede obtener de la venta del activo, después de deducir los costos de venta. El precio de venta neto difiere del valor de mercado en que no requiere un mercado abierto, activo y organizado o la estimación de un precio en el que incluye el costo de venta de la entidad. El precio de venta neto, por ello, refleja restricciones sobre la venta. Es específico de la entidad. La utilidad potencial de medir activos por el precio de venta neto es que un activo no puede valer menos para la entidad que el importe que podría obtener por la venta del activo. Sin embargo, no es apropiado como una base de medición si la entidad puede utilizar sus recursos más eficientemente, empleando el activo de otra forma, por ejemplo, usándolo en la prestación de servicios. El precio de venta neto es, por ello, útil cuando la actuación posible más eficiente es vender el activo. Este es el caso cuando el activo no puede proporcionar potencial de servicio o la capacidad para generar beneficios económicos es al menos tan valiosa como el precio de venta neto. El precio de venta neto puede proporcionar información útil cuando una entidad está contractualmente obligada a vender un activo por debajo del valor de mercado. Puede haber casos, en los que el precio de venta neto puede indicar una oportunidad de desarrollo. a) Costos de los servicios No es apropiado cuantificar el costo de la prestación de servicios a precios de venta netos. Este enfoque involucraría el uso de un valor de salida como la base del gasto presentado. b) Capacidad operativa Activos mantenidos para su uso en la prestación de servicios que se expresan por el precio de venta neto no proporcionan información útil para una evaluación de la capacidad operativa. El precio de venta neto muestra el importe que podría obtenerse de la venta de un activo, en lugar del valor del potencial de servicio que podría obtenerse de ese activo. c) Capacidad financiera Como se destacó anteriormente, una evaluación de la capacidad

financiera requiere información sobre el importe que se recibiría en la venta de un activo. Esta información es proporcionada utilizando el precio de venta neto. Sin embargo, esta medida no es relevante para activos que pueden rendir potencial de servicio valioso y se continúa usándolos para prestar servicios. d) Aplicación de las características cualitativas El precio de venta neto proporciona información relevante solo cuando la actuación posible más eficiente es vender el activo. Las evaluaciones del precio de venta neto pueden realizarse por referencia a mercados activos, cuando existan. Para activos importantes, puede ser posible y ventajoso en términos de costoeficacia obtener evaluaciones profesionales. El precio de venta neto generalmente proporcionará información comprensible. En la mayoría de los casos cuando el precio de venta neto es relevante, satisfará las características cualitativas de representación fiel, verificabilidad y oportunidad.

5.5. Valor en uso El valor en uso es el valor presente para la entidad del potencial de servicio restante o capacidad de generar beneficios económicos del activo si se continúa usando y del importe que la entidad recibirá por su disposición al final de su vida útil a) Adecuación del valor en uso El valor en uso es un valor específico de la entidad que refleja el importe que puede obtenerse de un activo a través de su utilización y su disposición al final de su vida útil. El valor que se obtendrá de un activo es, a menudo, mayor que su costo de reposición –es también habitualmente mayor que su costo histórico. Cuando este es el caso, la presentación de un activo por su valor en uso es de utilidad limitada, ya que, por definición, la entidad puede asegurar un potencial de servicio equivalente al costo de reposición. El valor en uso tampoco es una base de medición apropiada cuando el precio de venta neto es mayor que el valor en uso, ya que el uso más eficiente del recurso del activo es venderlo, en lugar de continuar usándolo. Por ello, el valor en uso es apropiado cuando es menor que el costo de reposición y mayor que el precio de venta neto. Esto ocurre cuando no merece la pena reponer un activo, pero el valor de su potencial de servicio o capacidad de generar beneficios económicos es mayor que su precio de venta neto. En estas circunstancias el valor en uso representa el valor del activo para la entidad. El valor en uso es una base de medición apropiada para la evaluación de ciertos deterioros de valor, porque se usa en la determinación del importe recuperable para un activo o grupo de activos. b) Costos de los servicios, capacidad operativa y capacidad financiera Debido a su complejidad potencial, su limitada aplicabilidad y el hecho de que su operatividad en un contexto del sector público para activos que no generan efectivo involucra el uso del costo de reposición como un sustituto, el valor en uso es generalmente inapropiado para determinar el costo de los servicios. Su utilidad para evaluaciones de la capacidad operativa es limitada, y es solo probable que sea significativo en circunstancias no habituales cuando las entidades tienen un gran número de activos que no merece la pena reponer, pero cuyo valor en uso es mayor que su precio de venta neto. Este puede ser el caso si, por ejemplo, una entidad discontinuara la prestación de un servicio en el futuro, pero los recursos de la venta inmediata son menores que el potencial de servicio incorporado en los activos. El valor en uso involucra una estimación del importe neto que una entidad recibirá de la disposición del activo. Sin embargo, su limitada aplicabilidad reduce su relevancia para evaluaciones de la capacidad financiera. c) Aplicación de las características cualitativas Aunque el valor en uso puede utilizarse en evaluaciones de ciertos

AGOSTO 2019

| REVISTA INSTITUCIONAL | 57

Gubernamental

deterioros de valor, su relevancia a efectos de presentación de la información financiera limita a las circunstancias descritas, La medida en que el valor en uso satisface las otras características cualitativas depende de la forma en que se determina. En algunos casos, el valor de un activo puede cuantificarse mediante el cálculo del valor que la entidad obtendrá del activo suponiendo su uso continuado. Este puede estar basado en entradas de efectivo futuras relacionadas con el activo, o con ahorros de costos que se acumularán para la entidad a través de su control del activo. El cálculo del valor en uso tiene en cuenta el valor temporal del dinero y, en principio, el riesgo de variaciones en el importe y calendario de los flujos de efectivo. El cálculo del valor en uso puede ser complejo. Los activos que se emplean en actividades generadoras de efectivo, a menudo proporcionan flujos de efectivo conjuntamente con otros activos. En estos casos, el valor en uso puede estimarse solo mediante el cálculo del valor presente de los flujos de efectivo de un grupo de activos y, seguidamente, haciendo una asignación a activos individuales. En el sector público, la mayoría de los activos se mantienen con el objetivo principal de contribuir a la prestación de servicios, en lugar de generar un rendimiento comercial: estos activos se denominan “activos no generadores de efectivo”. Puesto que el valor en uso es habitualmente obtenido de los flujos de efectivo esperados, su operatividad en este contexto puede ser difícil. Puede ser inapropiado calcular el valor en uso sobre la base de los flujos de efectivo esperados, porque esta medida no sería fielmente representativa del valor en uso de este activo para la entidad. Por ello, sería necesario usar el costo de reposición como un sustituto a efectos de la información financiera. El método de determinar el valor en uso reduce su representación fiel e n m u c h o s ca s o s . E s t o t a m b i é n a fe c t a l a o p o r t u n i d a d , comparabilidad, comprensibilidad y verificabilidad de la información preparada sobre una base del valor en uso.

6. Bases de medición para pasivos Esta sección no repite toda la discusión de la sección de los activos. Esta sección considera las siguientes bases de medición. 6.1. Costo histórico El costo histórico de un pasivo es la contraprestación recibida por asumir una obligación, que es el efectivo o equivalentes al efectivo pagados, o el valor de la contraprestación recibida, en el momento de incurrir en el pasivo. Según el modelo de costo histórico, las medidas iniciales pueden ajustarse para reflejar factores tales como la acumulación (devengo) de intereses, la adición del descuento o amortización de una prima. Cuando el valor temporal de un pasivo es significativo, por ejemplo, cuando el plazo para la liquidación del pago es significativo, el importe del pago futuro se descuenta, de forma que, en el momento en que un pasivo se reconoce por primera vez, representa el valor del importe recibido. La diferencia entre el importe del pago futuro y el valor presente del pasivo se amortiza a lo largo de la vida del pasivo, de tal manera que el pasivo se expresa por el importe del pago requerido cuando se pague. Las ventajas e inconvenientes de usar la base del costo histórico para pasivos son similares a las aplicables en relación con los activos. El costo histórico es apropiado cuando los pasivos se van probablemente a liquidar en los términos señalados. Sin embargo, el costo histórico no puede aplicarse a pasivos que no surgen de una transacción, tal como un pasivo para pagar daños por una responsabilidad o daños civiles. Asimismo, es improbable proporcionar información relevante cuando se ha incurrido en el

58

| REVISTA INSTITUCIONAL | AGOSTO 2019

pasivo en una transacción sin contraprestación, porque no proporciona una representación fiel de los derechos contra los recursos de la entidad. También es difícil aplicar el costo histórico a pasivos que pueden variar en importe, tal como los relativos a pasivos por pensiones de beneficios definidos Caso práctico N.° 2 La unidad ejecutora Mi querido Perú con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, en agosto contrató los servicios de una empresa para realizar el mantenimiento del local comunal por el monto de S/ 32,000.00. • Tratamiento contable (contrato de servicios de mantenimiento) ------------------------------- X----------------------------8301 PRESUPUESTO DE GATOS 9301.02 Recursos directamente recaudados 8301.0201 Recursos directamente rec. 8401 ASIGNACIONES COMPROMETIDAS

DEBE

HABER

32,000.00

32,000.00

8401.02 Recursos directamente recaudados 8401.0201 Recursos directamente rec. x/x Por el compromiso presupuestal por la compra de cinco computadoras ------------------------------- X----------------------------9101 CONTRATOS Y COMPROMISOS APROBADOS 9101.08 Órdenes de servicio aprobado 9102 CONTRATOS Y COMPROMISOS POR CONTRA 9101.08 Órdenes de compra por ejecutar x/x Por el control de la orden de servicio emitido por el servicio de mantenimiento ------------------------------- X----------------------------8401 ASIGNACIONES COMPROMETIDAS

32,000.00 32,000.00

32,000.00

8401.02 Recursos directamente recaudados 8401.0201 Recursos directamente rec. 9601 EJECUCION DE GASTOS 861.02 Recursos directamente recaudados 8601.0201 Recursos directamente rec. x/x Por la ejecución del gasto presupuestal ------------------------------- X----------------------------5302 CONTRATACIÓN DE SERVICIOS

32,000.00

32,000.00

5302 Servicio de mantenimiento 5302.0401 Para oficina 5302.040101 de edificios, ofic. y estruc. 2103 CUENTAS POR PAGAR 2103.01 Bienes y servicios por pagar 2103.0101 Bienes y servicios por pagar 2103.010102 Servicios x/x Por el servicio de mantenimiento de local comunal ------------------------------- X----------------------------9102 CONTRATOS Y COMPROMISOS POR CONTRA

32,000.00

DEBE HABER 32,000.00

9102.09 Órdenes de compra por ejecutar 9101 CONTRATOS Y COMPROMISOS APROBADOS

32,000.00

9101.08 Órdenes de servicio aprobadas x/x Por la atención de la orden de servicio ------------------------------- X----------------------------2103 CUENTAS POR PAGAR 2103.01 Bienes y servicios por pagar 2103.0101 Bienes y servicios por pagar 2103.010102 Servicios 1101 CAJA Y BANCOS

32,000.00

32,000.00

1101.12 Recursos centralizados CUT 1101.1201 Recursos directamente Rec. x/x Por el pago realizado

6.2. Costo de cumplimiento Los costos en que la entidad incurrirá para cumplir las obligaciones representadas por el pasivo, suponiendo que se hace de la forma menos costosa. Cuando el costo de cumplimiento depende de sucesos futuros inciertos, en el costo estimado de cumplimiento se tienen en

Gubernamental

cuenta todos los resultados posibles, lo cual pretende reflejar todos los resultados posibles de forma imparcial. Cuando el cumplimiento requiere hacer algo –por ejemplo, cuando el pasivo es para rectificar un daño medioambiental– los costos relevantes son en los que incurrirá la entidad. Este puede ser el costo para la entidad de hacer los trabajos de rehabilitación por sí misma, o de contratar con un tercero para llevar a cabo el trabajo. Sin embargo, los costos de contratación con un tercero son solo relevantes cuando el emplear un contratista es el medio menos costoso de cumplir la obligación.

tercero pueda cobrar para aceptar la transferencia del pasivo por el emisor de la obligación. Cuando hay más de una forma de asegurar la cancelación del pasivo, el costo de cancelación es el importe más bajo, esto es congruente con el enfoque para los activos, pues si el precio de venta neto no refleja el importe que se pueda recibir sobre la venta a un intermediario al por menor, un precio mayor puede obtenerse de la venta a un comprador que use el activo. Para algunos pasivos –concretamente en el sector público– la transferencia de un pasivo prácticamente no es posible, y el costo de cancelación será, por ello, el importe que el acreedor acepte por la liquidación de su derecho. Este importe será conocido si está especificado en el acuerdo con el acreedor, por ejemplo, cuando un contrato incluye una cláusula específica de cancelación.

Si el cumplimiento se realiza por la entidad misma, el costo de cumplimiento no incluye ningún resultado positivo (ahorro), porque cualquier resultado positivo (ahorro) no representa un uso de los recursos de la entidad. Cuando el importe del cumplimiento se basa en el costo de emplear un contratista, el importe incluirá implícitamente la ganancia requerida por el contratista, ya que el importe total cargado por el contratista será un derecho sobre los recursos de la entidad, esto es congruente con el enfoque para activos, cuando el costo de reposición incluya la ganancia requerida por un suministrador, pero ninguna ganancia se incluye en el costo de reposición para activos que la entidad repone a través de la construcción propia.

En algunos casos puede haber evidencia del precio al que un pasivo puede ser transferido –por ejemplo, en el caso de algunos pasivos de pensiones. La transferencia de un pasivo puede distinguirse de la realización de un acuerdo con un tercero que puede cumplir la obligación de la entidad o asumir todos los costos provenientes de un pasivo. Para que un pasivo sea transferido es necesario que se extingan todos los derechos del acreedor contra la entidad. Si no es este el efecto de un acuerdo, el pasivo permanece como tal para la entidad.

Asimismo no tiene lugar durante un periodo amplio, los flujos de efectivo necesitan descontarse para reflejar el valor del pasivo en la fecha de presentación. El costo de cumplimiento es generalmente relevante para medir pasivos, excepto en las siguientes circunstancias:

Para evaluar si el costo de cancelación es apropiado para medir pasivos, es necesario considerar si la cancelación en la forma prevista es una opción que está abierta a la entidad en la práctica, teniendo consecuencias de obtener la cancelación, es decir, ocasionar daños en la reputación de la entidad.

• cuando la entidad puede obtener la cancelación de una o b l i g a c i ó n p o r u n i m p o r te m e n o r q u e e l co s to d e cumplimiento, entonces, el costo de cancelación es una medida más relevante de la carga actual de un pasivo, de igual modo que para un activo, el precio de venta neto es más relevante cuando es mayor que el valor en uso; y

De igual modo que el precio de venta neto es relevante solo cuando la actuación posible más eficiente para la entidad es vender el activo, así, el costo de cancelación es relevante solo cuando la actuación posible más eficiente para la entidad es buscar la cancelación inmediata de una obligación. En concreto, cuando el costo de cumplimiento es menor que el costo de cancelación, el costo de cumplimiento proporciona información más relevante que el costo de cancelación.

• en el caso de pasivos asumidos por una contraprestación, el precio supuesto es más relevante cuando el precio supuesto es mayor que el costo de cumplimiento y el costo de cancelación. 6.3. Valor de mercado El valor de mercado para pasivos es el importe por el que puede ser cancelado un pasivo, entre partes interesadas y debidamente informadas, en una transacción realizada en condiciones de independencia mutua. Las ventajas y desventajas del valor de mercado para pasivos son las mismas que para los activos. Esta base de medición puede ser apropiada, por ejemplo, cuando el pasivo se atribuye a cambios en una tasa especificada, precio o índice cotizado en un mercado abierto, activo y organizado. Sin embargo, en casos en los que la capacidad de transferir un pasivo está restringida y los términos sobre los que puede realizarse esta transferencia no están claros, el caso de los valores de mercado, incluso si existen, es significativamente más débil. Este es concretamente el caso de pasivos, que surgen de obligaciones en transacciones sin contraprestación, porque es improbable que haya un mercado abierto, activo y organizado para estos pasivos

6.5. Precio supuesto Es el término usado en el contexto de pasivos para referirse al mismo concepto que costo de reposición en el contexto de los activos. De igual modo que el costo de reposición representa el importe que una entidad puede pagar razonablemente para adquirir un activo, de igual manera, el precio supuesto es el importe que la entidad puede estar dispuesta razonablemente a aceptar a cambio de asumir un pasivo existente. Las transacciones con contraprestación llevadas a cabo en condiciones de independencia proporcionarán evidencia del precio supuesto, este no es el caso de las transacciones sin contraprestación. En el contexto de una actividad que se lleva a cabo con una perspectiva de obtener un beneficio, una entidad puede aceptar un pasivo solo si el importe que se paga para asumirlo es mayor que el costo de cumplimiento o cancelación, Es decir, el importe de liquidación. Una vez que se ha recibido ese precio supuesto por la entidad, esta tiene una obligación con su acreedor.

6.4. Costo de cancelación Es el término usado en el contexto de pasivos para referirse al mismo concepto de “precio de venta neto” en el contexto de los activos. El costo de cancelación se refiere al importe de una salida inmediata de la obligación. El costo de cancelación es el importe que el acreedor acepta para la liquidación de su derecho, o que un

Fuente: Revista Actualidad Gubernamental, agosto 2019.

AGOSTO 2019

| REVISTA INSTITUCIONAL | 59

Formación Académica y Profesional

Principales Actividades Académicas AGOSTO 2019

Taller Práctico presencial: "Elaboración de Presupuestos y Flujos de Caja con Aplicaciones en Excel", realizado del 13 de agosto al 4 de Setiembre de 2019 a cargo del expositor Msc. CPC Williams Salus Quina Condori. En este taller se proporcionó el instrumental metodológico que permite elaborar, analizar e interpretar el Flujo de Caja de corto plazo, como herramienta de manejo de la tesorería, así como el Flujo de Caja a mediano y largo plazo como instrumento para las decisiones de inversión y financiamiento de todo tipo de empresas.

Charla "Sistema de Detracciones", realizado el 21 de agosto del 2019 a cargo de un Funcionario la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT. El ingreso fue libre.

Curso "La Tesorería Gubernamental Cambios y Retos" , realizado el 24 y 25 de agosto del 2019 a cargo de la expositora CPC Amelia Matilde Quispe Mendiburo (Lima). En este curso se cumplió con el objetivo de fortalecer los conocimientos para el manejo eficiente de los recursos en la Tesorería del Estado. El mismo que congregó a buen número de colegas quienes colmaron sus expectativas.

60 | REVISTA INSTITUCIONAL | AGOSTO 2019

Formación Académica y Profesional

PRÓXIMO EVENTO ACADÉMICO

AGOSTO 2019 | REVISTA INSTITUCIONAL | 61

Institucional

Actividades Institucionales Campaña de donaciones “Juntos contra las Heladas” Fecha: 04 de agosto del 2019, Paraíso de Chica, Umapalca, Sabandía

Delegación del Colegio de Contadores Públicos de Arequipa, encabezado por nuestro Decano señor CPCC Johnny Castillo Macedo y su esposa señora Ursula Salas, Directora de Bienestar Social señora CPCC Rosa Maria Pacheco Pantigozo, Directora de Imagen Institucional y Publicaciones CPCC Esther Chambi Bueno, quienes participaron en esta Campaña de donaciones.

62 | REVISTA INSTITUCIONAL | AGOSTO 2019

Institucional

COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE AREQUIPA

Dirección de Bienestar Social

Ag adec i to

CAMPAÑA “JUNTOS CONTRA LAS HELADAS” 2019

El Consejo Directivo 2018-2019 a través de la Dirección de Bienestar Social hace llegar su sincero agradecimiento a todos los colegas que nos hicieron llegar sus significativas donaciones, las mismas que sirvieron para hacer realidad la presente Campaña de donaciones “Juntos Contra las Heladas” que tuvo lugar el Domingo 4 de agosto del 2019 en el poblado de Paraíso de Chica, Umapalca, distrito de Sabandía, quienes recibieron entusiasmados las prendas de abrigo y víveres. Arequipa, agosto del 2019.

1. CPC HERNAN CARDENAS TEJADA

5. CPC ZOILA ELGUERA POLANCO

9. CPC PAOLA PACHECO PANTIGOZO

2. CPC JUDITH TAPIA MAMANI

6. CPC JUSTA ELENA MARIN DE GALLEGOS

10. SRA. BERENICE PACHECO PANTIGOZO

3. CPC MARIA MANUELA ZAVALA TOALA

7. CPC LIENA FLORES BUSTINZA

11. SR. ARTURO PACHECO PANTIGOZO

4. PAOLA SALAS ALARCON

8. CPCC ESTHER Z. CHAMBI BUENO

GRACIAS POR SUS DONACIONES

AGOSTO 2019 | REVISTA INSTITUCIONAL | 63

Institucional

Inauguración de Oratorio y adoquinado estacionamiento Fecha: 19 de agosto del 2019, Complejo Deportivo “CPC Alejandro Tejada Rodríguez”, Sachaca

Primera Paraliturgia en el nuevo ambiente del Oratorio “Virgen de Chapi” en nuestro Complejo Deportivo.

Consejo Directivo 2018-2019 acompañados del Decano del Colegio de Contadores Públicos de Ica señor CPC Antonio Pedro Carlos Peña Mateo.

Develado de placa recordatoria a cargo de nuestro Decano señor CPCC Johnny Castillo Macedo acompañado de ex Decano señor CPC José Salas Chávez, del colega CPC Wenceslao Elguera Pinares y del Decano del Colegio de Contadores Públicos de Ica señor CPC Antonio Pedro Carlos Peña Mateo quien realizó una donación de 4 bancas de 3 cuerpos con reclinador de color madera.

El Consejo Directivo 2018-2019 en el develado de placa recordatoria y bendición del nuevo adoquinado en estacionamiento y adoquinado en la pista interior de nuestro Complejo Deportivo “CPC Alejandro Tejada Rodríguez”.

64 | REVISTA INSTITUCIONAL | AGOSTO 2019

Institucional

Nuevo Oratorio “Virgen de Chapi”

Nuevo adoquinado en estacionamiento y en pista interior del Complejo Deportivo

AGOSTO 2019 | REVISTA INSTITUCIONAL | 65

Institucional

Incorporación de nuevos miembros de la Orden Fecha: 28 de agosto del 2019, local Institucional.

Damos la bienvenida a los 36 nuevos colegas y una nueva auditora independiente que ahora integran la familia del Colegio de Contadores Públicos de Arequipa ¡Felicitaciones!

RELACIÓN DE NUEVOS MIEMBROS DE LA ORDEN N° MAT. 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19

6598 6599 6600 6601 6602 6603 6604 6605 6606 6607 6608 6609 6610 6611 6612 6613 6614 6615 6616

APELLIDOS Y NOMBRES

N° MAT.

ASPILCUETA AYALA, ZOILA VICTORIA MONROY RENDON, MILAGROS LUCRECIA SEGOVIA MAMANI, ERIKA FERNANDINA CASAPERALTA SUAREZ, GERSON EVERALDO ANCO CÁCERES, ELIZABETH LORENA UMIYAURI PANOCCA, FRANKLIN DANTE LAIME MACHICAO, MILAGROS OLGA MACHACA CAHUAYA, VERONICA JOVE SALAS, JIM EDUARDO CHUSI CCASANI, SANDRA HERMELINDA HANCCO CACERES, DANISA ALFARO QUISPE, JAIR VICTOR CONDORI MANSILLA, SORAIDA TAPIA QUISPE, JUANA MARISOL TACO HUALLPA, OSCAR RAUL RIOS GAMA, RICARDO YSMAEL MONTESINOS MERMA, JAVIER JOSE LEGUA GORDILLO, LUIS ENRIQUE LOPE ROJAS, PEPE ALBERTO

20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36

6617 6618 6619 6620 6621 6622 6623 6624 6625 6626 6627 6628 6629 6630 6631 6632 6633

APELLIDOS Y NOMBRES HUACANI JAILA, YENY PINTO GUTIERREZ, AARON GIOBERTHY MARQUINA VILLENA, WALTER WILFREDO CHICAÑA CACYA, YAMALI GABY MERCADO VALDIVIA, LAGERLOET MARJORIE TANCO ARREDONDO, GIOVANNA MERCEDES MONTEAGUDO CASTRO, GUIZET HUALLPA MOLLINEDO, MERCEDES CELIA CABREARA CHOQUE, CYNTHIA HUILLCA SENCIA, CANDY ROXANA AGUILAR CHAVEZ, NARLEN ZAIRA DIAZ HURTADO, MARIA MAGDALENA MAMANI SUNI, JEANETH INDIRA PACORI CONDORI, REYNA MARGARITA CCORI HUAMANI, FROILAN CUEVA APAZA, VIVIAM ROSAURA YUCRA CAHUAPAZA, LOURDES MARITZA

NUEVO AUDITOR INDEPENDIENTE N° 1

Matric. Auditor 070

66 | REVISTA INSTITUCIONAL | AGOSTO 2019

Apellidos, Nombres Berrios Fuentes, Genoveva Luz

¡Bienvenidos!

Institucional

...Incorporación de nuevos miembros de la Orden

AGOSTO 2019 | REVISTA INSTITUCIONAL | 67

Institucional

Reunión de Confraternidad del Hogar del Contador Fecha: 29 de agosto del 2019, local Institucional.

Palabras de bienvenida a cargo de la señora Ursula de Castillo Presidenta del Comité de Damas del Hogar del Contador

Demostración de la nueva línea de maquillaje y cosméticos del Grupo HND Perú a cargo de la Directora de la línea de belleza.

Demostración de productos de calidad Rena Ware

68 | REVISTA INSTITUCIONAL | AGOSTO 2019

Nuestras distinguidas invitadas a la reunión mensual del Hogar del Contador, gracias por su presencia.

Institucional

Saludos Colegas que están de onomástico en el mes de SETIEMBRE 2019 DÍA APELLIDOS Y NOMBRES

DÍA APELLIDOS Y NOMBRES

DÍA APELLIDOS Y NOMBRES

1 1 1 1 1 1 2 2

6

12 12 12 12

2 2 2 2 2 2 2 2 2 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 4 4 4 4 4 4 4 4 4 4 4 5 5 5 5 5 5 5 5 5 6

APAZA ZEBALLOS, ANA PAOLA MANGO YANA, AYDEE TORRES MANRIQUE, ERIKA AURORA DUEÑAS CRESPO, GILBERTO CONZA DELGADO, GIOVANNA HIGIDIA VILCA CANAZAS, ROSA MARIA HERRERA LAZO, CECILIA PATRICIA BALDARRAGO BEDOYA, EDUARD ANDRES VILCAPE VILCAPE, GLADYS LIDIA DIANA SUAQUITA, LIZ MARIN BUSTAMANTE, MARCO ANTONIO VILCATOMA SALAS, RENE ADOLFO PARRA LINO, RUTHELFFORD NAVARRO LOPE, SANTOS ESTEBAN MALDONADO HUANQUI, SUJEY MILAGROS HUAMAN FERNANDEZ, VICTOR ESTEBAN MEDRANO RODRIGUEZ, VICTOR HUGO TICONA APAZA, ANDREA SILVIA VELARDE ORTIZ, CARLOS JAVIER BUSTAMANTE FLORES, CESAR MARTIN CHUQUIPATA REVILLA, EDWIN ALCIDES CONDORI PEREZ, GENY MARUJA PILCO ASTORGA, GILBERTO SALAS ALARCON, GINA ROSALIA FLORES GAMARRA, JORGE LUIS ARENAS PAREDES, JOSE JULIO CHOQUE HUARCA, LIZARDO JONNY ALVAREZ POLAR, MOISES EUFEMIO LINARES QUISPE, NOEMI BALDARRAGO VALDIVIA DE TORRES, PAOLA ELIZABETH VALERIANO ZAPATA, SARA RUTH MULLISACA MENDOZA, YASMYN SCHYRLY ROQUE VILLANUEVA, CARLOS ALBERTO VASQUEZ MANRIQUE, DORANYELA GISELA CARDENAS HUAMACHUCO, EDU JUNIOR ESPIRITU MAMANI, GONZALO ROMAN BEISAGA POLO, ISMAEL CUNO HUARAYA, JORGE LUIS HERRERA ANGELES, LORENZO ARTURO AMADO OSORIO, MYRIAM AURORA CRUZ MAXI, ROGER AMEZQUITA RODRIGUEZ, ROSA AYDEE SALAS MENGOA, SABI ELIANA EYZAGUIRRE VILLANUEVA, CARLA VANESSA BARREDA TALAVERA, EVELYN KAREN APAZA ARCE, FELIX JOSE VALDIVIA YBARCENA, HELEN MARGARET CALDERON VARGAS, LINCOLN ALFREDO SEGOVIA MORILLO, LUPE INES MATTOS PINO, MARTHA OBDULIA GARATE BENGOA, OBDULIA LLAIQUI AQUEPUCHO, RICHARD OMAR FLORES SANCHEZ, CINTHYA JOHANA

6 6 6 6 6 6 7 7 7 7 7 8 8 8 8 8 8 8 8 8 8 8 8 8 8 8 9 9 9 9 9 9 9 10 10 10 10 10 10 10 11 11 11 11 11 11 12 12 12 12

VELAZCO CERVANTES, EUFEMIO RODOLFO LOZA FRIAS, FRANCIS ELIZABETH NUÑEZ GRUNDY, JUAN BORIS VERA DE LA CRUZ, JUSTINIANO ZOILO FERNANDEZ RIEGA, NAIM YASARA PRADO YAGUA, SANDRA LUZ CARPIO ZAVALAGA, WALTHER ZACARIAS QUIROGA FLORES, AMERICO CLODOALDO PAMPA PARI, CLODOALDO ANTONIO VALENCIA VILCA, EDSON HANS ALVAREZ LOZADA, NELIDA ROSALVA AMANQUI QUISPE, SUSAN NATTALY COASACA TACO, ADRIAN ALA ACERO, ANDREINA SAICO SAICO, ANITA MARGOT HILARIO QUISPEPACHARI, DAVID HAMMER ALVAREZ URBINA, EDITH NATIVIDAD YANA CALATAYUD, ELENA CHUQUITAYPE ZUÑIGA, EVELYN PILAR TORRES LLERENA, JOSE EDUARDO LLERENA PORTUGAL, LILIANA NATIVIDAD ZANABRIA YUCRA, MARIA MEDINA RODRIGUEZ, MARIA NATIVIDAD MANUELA ALATRISTA LOPEZ, MARIO ANGEL CALDERON ROJAS, MARISOL SURCO CALCINA, RICARDO VILLENA CATERIANO, WILLY CESAR AUGUSTO VERA VERA, ALEJANDRA LLOSA PORTUGAL, CECILIA JOSEFA ESTREMADOYRO GARCIA, MARIO JESUS LUNA JARA, MIRIAM ERIKA TITO ROSAS, SILVIA SARITA SANDRA CASTILLO INFANTES, VIDAL FERMIN CANCHOS REYES, WILFREDO RODRIGUEZ DIAZ, JESSICA MARGIORY BARRIOS CACERES, LILIAN LUCIA ZEGARRA CARDENAS, MANUEL FERNANDO LUZA HUILLCA, PATRICIA SILVIA RONDON CACERES, RICARDO WILLIAM MONTOYA LAZARO, SEGUNDO MANUEL MOLINA AQUIHUA, WALTER NICOLAS VARGAS CARDENAS, FELIX ENRIQUE CHAVEZ MAMANI, JEAN CARLO TAPIA MARTINEZ, JULIO CESAR VALDIVIA HUANCA, ROSSANA CATALINA QUISPE QUISPE, ROXANA FIASCUNARI ALARCON, XIMENA ALEJANDRA FUENTES TRABUCCO, ALFREDO AURELIO ZEA CARAZAS, JUAN PABLO BANDA APAZA, KATHERINE JULIA ALVAREZ VARGAS, LEONCIO TEODULO

12 12 13 13 13 13 13 13 13 13 13 14 14 14 14 14 14 14 14 14 14 14 14 14 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 16 16 16 17 17 17 17 17 17 17 17 17 18 18

MAMANI COAQUIRA, LUIS ALFREDO ALOSILLA GAMARRA, LUZ CASIMIRA MONTALVO GONZALES, LUZ DELIA MERCADO PUMACAYO, MARIELA JANETH ECHEGARAY MUÑOZ, MARIO HUGO RODRIGUEZ CUTIMBO, MAURICIO JOSE BELTRAN FERNANDEZ, CARMEN ROSA VERA ANTAHUARA, EFRAIN GREGORIO CORONEL MENDOZA, FELIPE BALDOMERO VEGA PIMENTEL, JUAN CANCIO GAMARRA CANAHUIRE, LUIS MIGUEL SOTO NIETO, MERCEDES RAMOS JALANOCCA, PERCY EDWIN NEYRA BELLIDO, ROCIO ANGELICA DEL CARPIO TORRES, ROSA ESMERALDA ARENAS PUMA, ALEXANDER LUIS CHAVEZ GONZALES, ANGELA KIMBERLY RIEGA DE ZICOS, BETSY MANUELA SALAS PERALTA, EMILIO MARTIN DEL CARPIO BASURCO, GONZALO JOSE APAZA PAUCAR, HORTENSIA NORMA SOLORIO PARRAS, JOSE CARLO ZEGARRA QUIRITA, MARLENE JULIETA FERNANDEZ CARDENAS, PALMIRA CRUZ ROCA ORE, ROSARIO ROJO HUMPIRI, RUSSULA TEJADA BEGAZO, WILBER FELIPE LOPEZ TAMAYO, YONELO ALEXEI CARDENAS SUPANTA, AL RENATO RODRIGUEZ CRUZ, ALDO AUGUSTO GALLEGOS SALDIVAR, JAIME SEGUNDO SALAZAR ASTO, LOURDES YOANA RIOS LARREA, NICOMEDES HUMBERTO QUILMES CALDERON, NINFA YASMINA HUANCAHUIRE NINA, PASCUAL PORFIRIO MURGUIA HUAMAN, PORFIRIO SANCHEZ POSTIGO, RICHARD JAVIER VENTURA PRADO, RUTH MILAGROS GAGO LLAPA, JUAN GUILLERMO CALCINA QUISPE, RAFAEL ELVIS HUANQUI SOSA, VILMA AKIMA FUENTES, ADRIAN NATIVIDAD HAU CAMARGO, CARLOS ENRIQUE DIAZ CANAZA, CESAR ALCCA SALCEDO, ELIZABETH CCAMA CHAUPI, MARLENE GARCIA HEREDIA, MIRYAM MARCIA ALDAZABAL ARELLANO, PAOLA VIVIANA CALLA LOPEZ TORRES, SEBASTIAN LEONEL BUSTINZA VELARDE, YESENIA POLETTE PUMACAJIA CORNEJO, JHENDELYD OFELIA COARITA COARITA, JOSE LUIS

AGOSTO 2019 | REVISTA INSTITUCIONAL | 69

Institucional

... continuación Saludos

DÍA APELLIDOS Y NOMBRES

18 18 18 18 18 18 18 19 19 19 19 19 19 19 19 19 19 19 19 19 19 20 20 20 20 20 20 21 21 21 21 21 22

DÍA APELLIDOS Y NOMBRES

SALAS CHAVEZ, JOSE TOMAS CUSI RUELAS, KATIA ERIKA CHACA PAREDES, MARCO HERNAN JAEN TEJADA, PATRICIA CRISTINA FERNANDEZ SALGUERO, RENSSO CUPER BALLON VIZCARRA, SARA NELLY SORIA URQUIZO, YHUAMIT SARITA LAYME BAUTISTA, ALBERTO JUAN AVALOS CARPIO, ALFREDO JOSE CALIZAYA RANILLA, AMELIA OLINDA OLIVARES DEL CARPIO DE GALLEGOS, BEATRIZ LILIAN VILLAGRA CCOPA, DAYSI MARITZA HALLASI CORNEJO, EDUARDO HERNAN MUNIVE HURTADO, GUISSELLE AURORA MEJIA VILCA, JESSICA PAOLA CHAMPI MEDINA, JESSICA SUSAN MAMANI BAUTISTA, JESUSA YOLANDA CARPIO GUTIERREZ, LEOPOLDO RODRIGUEZ JARA, LILIANA MARIA HUAYNA CAHUANA, NERCY ELISA SANCHEZ BERNEDO, ZOILA CONSTANZA COLUNGA CAHUANA, DAVID PAUL FERNANDEZ GONZALES, ELVA YLUCION VILLANUEVA CHAVEZ, GRIMALDO AGAPITO NAYHUA GAMARRA, RAMIRO HERNAN POSTIGO VILLA, RAUL EUSTAQUIO CRUZ TARQUI, SILVIA MERCEDES CUTIPA COAQUIRA, GABY ELENA LIÑAN LUQUE, JOSE LUIS ESQUIVEL MELGAREJO, LINDA ARACELI ALARCON CARRASCO, MIGUEL ANGEL MENDOZA MARQUEZ, MIRYAM LOURDES UCHUPE GOMEZ, ELVIRA MERCEDES

22 22 22 22 22 22 23 23 23 23 23 23 24 24 24 24 25 25 25 25 25 25 25 25 25 25 26 26 26 26 26 27

DÍA APELLIDOS Y NOMBRES

MORALES PACHECO, HOWARD GREGORY NEIRA ROJAS, LENNY PATRICIA RIVAS CAMARGO, MANUEL PERCY BEDOYA PARRA, MARIO TOMAS CACERES ZEGARRA, MARY LUISA VERA ESPINOZA, YOER VICENTE GONZALES ARIAS, FRANCISCO JAVIER PALOMINO LOPEZ, LINO ANTONIO MIRANDA MURIEL, LINO GUILLERMO CARDENAS VARGAS, LINO GUILLERMO ROJAS BEDOYA, PATRICIA YENNY SARMIENTO VARGAS, WASHINGTON MELENDEZ BERNAL, ALEXANDER WILBERT RUBINA CARBAJAL, MARIO MIGUEL GENARO RODRIGUEZ CUSIRRAMOS, MARLON LEONARD MANRIQUE RAMOS, SIOMARA MERCEDES APAZA TINTA, CATERINE ARGENIA PRIETO SEGURA, FABIOLA COAGUILA COLQUE, JACQUELINE ROXANA ZAVALETA ZAPATA, JOSE ANTONIO SANCHEZ GUILLEN, LAURA LOURING FLORES BUSTINZA, LIENA FRANCIS OJEDA HERRERA, LILIA MARY SALINAS DEL CARPIO, LILY INOGINA ARCE GARCIA, NATALY SUE ELLEN MORA ATENCIO, ORIELI MILAGROS COILA PARICAHUA, ABRAHAM GALINDO ALFARO, DALIA ALEJANDRINA HUAMANGUILLA GUILLEN, LIZ MAGNOLIA COILA CHOQUE, NURI NELLY BAUTISTA FLORES, WILVER HUMBERTO AMPUERO PAZ, BEATRIZ LEONOR

COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE AREQUIPA

27 27 27 27 27 27 27 28 28 28 28 28 28 28 28 29 29 29 29 29 29 29 29 29 29 30 30 30 30 30 30 30

RODRIGUEZ DELGADO, CARLA ROSSI TORRES TORRES, EDWARD FABIANI LOPEZ VILCA, ENRIQUE DAMIAN PERALTILLA RUIZ, GIOVANNA KARINA MORALES SOTO, GRIMALDINA BARRIOS MONTES, MARIBEL LUCRECIA ASTORGA NAVARRO, WALTER JESUS CHAVEZ ARANIBAR, ARMANDO SALOMON PEÑA QUISPE, DORA EDITH BUSTINZA DEL CARPIO, LUPE MENDOZA GUILLEN, MARIA DEL ROSARIO TORRES CERPA, SUSANA MERCEDES MANRIQUE MEDINA, WALTER ARTURO ELGUERA PINARES, WENCESLAO HUMASI COA, ZENAIDA MILAGROS ARROE HEREDIA, EDDY JOSUE GUERRA GODOY, ELSA CHAMBI BUENO, ESTHER ZORAIDA ARAPA MENDOZA, EUSEBIO GRIMALDO CHAMOLI CRUZ, GABRIEL CHILQUE AVENDAÑO, HECTOR JAIME ZEBALLOS UGARTE, NELSON PEDRO ANTONIO LOPE ROJAS, PERCY SALVADOR QUISPE FLORES, REBECA LUCIA ZABALETA CHOQUEPATA, RUTH YOVANA VALVERDE BEGAZO, ALEXANDER VLADIMIR VILLENA PACCO, CANDY YSABEL ANCCO VALDIVIA, CAROLINA KAREN AYQUIPA ALARCON, GERONIMO SAMATELO HUACHO, JUAN RAMON MADUEÑO MEJIA, MILAGROS ANABEL ARENAS ARENAS, OSCAR ALBERTO

¡Felicidades!

Nuestras Condolencias

El Consejo Directivo, Miembros de la Orden y Personal Administrativo del Colegio de Contadores Públicos de Arequipa, expresan sus más sentidas condolencias a los colegas: Ÿ CPC Narda Elena Arcos Náquira, por el sensible fallecimiento de su señor padre

JESÚS ARCOS QUINTEROS (Q.E.P.D.), acaecido el 05 de agosto del presente año. Ÿ CPC Johnny Carpio Soria, por el sensible fallecimiento de su señor padre NELSON

CARPIO FERNÁNDEZ (Q.E.P.D.), acaecido en nuestra ciudad el 08 de agosto del año en curso. Arequipa, agosto del 2019. CONSEJO DIRECTIVO 2018-2019

70 | REVISTA INSTITUCIONAL | AGOSTO 2019

Institucional

... continuación Saludos

COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE AREQUIPA

PARTICIPACIÓN El Consejo Directivo, Miembros de la Orden y personal Administrativo del Colegio de Contadores Públicos de Arequipa, cumplen con el penoso deber de participar el sensible fallecimiento de quien en vida fue:

CPC. CARLOS PEDRO FORERO VARGAS Acaecido el 01 de agosto del 2019 en la ciudad de Arequipa Miembro de nuestra Orden e integrante del Comité de Peritos Contables

(Q.E.P.D.) Hacemos llegar nuestras más sentidas condolencias a sus familiares y amigos.. Arequipa, agosto del 2019. CONSEJO DIRECTIVO 2018-2019

AGOSTO 2019 | REVISTA INSTITUCIONAL | 71

Institucional

... continuación Saludos

Comunicados

72 | REVISTA INSTITUCIONAL | AGOSTO 2019

Institucional

... continuación Comunicados

GR

AN

Ameniza Orquesta

AGOSTO 2019 | REVISTA INSTITUCIONAL | 73

Institucional

... continuación Comunicados

74 | REVISTA INSTITUCIONAL |

Institucional

... continuación Comunicados

AGOSTO 2019 | REVISTA INSTITUCIONAL | 75

Calle Sánchez Trujillo 201, Urb. La Perla, Cercado - Arequipa. Teléfonos (054) 215015, 285530, 231385 Email: [email protected] / Web site: www.ccpaqp.org.pe Síguenos en: