Competencia de La Policia Nacional

DIRECCION DE EDUCACIÓN EESTP-PNP-PP Y DOCTRINA POLICIAL ASIGNATURA : TEMA : DOCENTE : UNIACA-PNP INTEGRANTES D

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DIRECCION DE EDUCACIÓN

EESTP-PNP-PP

Y DOCTRINA POLICIAL

ASIGNATURA

:

TEMA

:

DOCENTE

:

UNIACA-PNP

INTEGRANTES DEL GRUPO: N° DE ORDEN

GRADO APELLIDOS Y NOMBRES

BATALLON : SECCIÓN :

2016

NOTAS ELAB. SUST.

PROM.

Competencia de la PNP y el Ministerio de Transportes en Seguridad Vial

DEDICATORIA

Queremos dedicar el presente trabajo a nuestro catedrático e instructores por su gran apoyo y por brindarnos tan amplios conocimientos que nos servirán para nuestra carrera

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Competencia de la PNP y el Ministerio de Transportes en Seguridad Vial

INDICE DEDICATORIA..........................................................................................................2 INTRODUCCIÓN......................................................................................................4 1. COMPETENCIA DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ EN SEGURIDAD VIAL...........................................................................................................................6 1.1.

De la competencia de la Policía Nacional del Perú....................................6

1.2.

Misión...........................................................................................................6

1.3.

Visión...............................................................................................................7

1.4. Funciones...........................................................................................................7 2. COMPETENCIA DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES EN SEGURIDAD VIAL...........................................................................................................................9 CONCLUSIONES...................................................................................................15 BIBLIOGRAFÍA.......................................................................................................16 ANEXOS.................................................................................................................17

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Competencia de la PNP y el Ministerio de Transportes en Seguridad Vial

INTRODUCCIÓN El trabajo que se presenta a continuación tratará sobre la seguridad vial y las competencias de la PNP y del Ministerio de Transportes. La Organización Mundial de la Salud OMS, señala que todos los años más de 1,2 millones de personas fallecen en accidentes de tránsito y otros 50 millones sufren traumatismos. Dicho de otra forma, cada 25 segundos en el mundo fallece una persona y otras 40 sufren traumatismo, como consecuencias de los accidentes de tránsito. La OMS hace hincapié en que los accidentes de tránsito generan una gran carga económica para los supervivientes de los accidentes y sus familias, ya que ellos deben hacer frente a las consecuencias a largo plazo de la tragedia, incluidos los costos de la atención médica y la rehabilitación. Esto podría ser aún más complejo para una familia si fallece la persona que los sostiene económicamente, si consideramos que más de la mitad de los fallecidos en accidentes de tránsito son adultos jóvenes de edades comprendidas entre los 15 y los 44 años. Las lesiones graves generan una gran carga para los sistemas de salud, en especial para aquellos países de ingresos bajos, ya que para ellos es más complejo poder cubrir adecuadamente las atenciones de salud de las víctimas, producto de no disponer de los recursos ni la infraestructura suficiente para la atención inmediata o posterior rehabilitación. Además, las víctimas que tienen una condición socioeconómica más baja deben acudir a los servicios públicos de salud que son más precarios y menos preparados en la mayoría de los casos. Muchos de estos servicios de carecen de equipamiento y suministros esenciales para atender a las víctimas que presentan traumatismos, situación que contrasta con la que presentan los establecimientos privados de salud.

Según la OMS (2001), los accidentes de tránsito son la décima causa de mortalidad y el noveno factor que más contribuye a los años de vida perdidos ajustados a discapacidad a

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nivel mundial, con tendencia a aumentar, se espera que ocupe el tercer lugar para el año 2020. Según la OPS, en la Región mueren anualmente alrededor de 130,000 personas por accidentes de tránsito, con un costo anual estimado de 18,900 millones de dólares o el 1% del producto bruto interno.

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1. COMPETENCIA DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ EN SEGURIDAD VIAL

1.1.

De la competencia de la Policía Nacional del Perú

La Policía Nacional del Perú es la autoridad responsable de fiscalizar el cumplimiento de las normas de tránsito por parte de los usuarios de la infraestructura vial y de los prestadores de servicios de transporte, brindando el apoyo de la fuerza pública a las autoridades competentes. Asimismo, presta apoyo a los concesionarios a cargo de la administración de infraestructura de transporte de uso público, cuando le sea requerido. 1.2.

Misión

La Dirección Ejecutiva de Tránsito Y Seguridad Vial como órgano técnico – normativo de carácter sistémico a nivel Nacional y Ejecutivo Operacional en Lima Metropolitana, es la encargada de hacer cumplir las leyes, fiscalizando el control de libre circulación vehicular y peatonal en la vía pública, así como su cumplimiento, garantizando y regulando el tránsito en las vías denominadas “vías rápidas” (vías expresas, corredores viales, vías troncales, etc.), asegurar el transporte automotor y ferroviario, prevenir e investigar accidentes de tránsito, así como brindar seguridad, vigilancia y control policial en las carreteras de la red vial nacional y a todo el sistema ferroviario central y al tren eléctrico, con el propósito de proteger a la persona, los bienes públicos y privados; contribuyendo al desarrollo económico y social del país mediante la participación ciudadana.

1.3.

Visión Página 6

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Ser considerada a nivel nacional e internacional como una dirección especializada de la Policía Nacional del Perú, líder en materia de tránsito, educación y seguridad vial; así como en acciones preventivas y de investigación de accidentes de tránsito, apoyada en una tecnología de última generación que garantice un óptimo y eficaz servicio hacia la comunidad.

1.4. Funciones 1. Planear, organizar, dirigir, coordinar, supervisar y controlar las funciones y actividades que desarrollan los diversos órganos de DIRETSEVI,

optimizando

operativa

y

administrativamente,

evaluando los resultados para adoptar las acciones propias y cumplir con la misión asignada. 2. Proponer políticas, planes, programas, proyectos, normas y procedimientos necesarios en el ámbito de su competencia. 3. Planificar, organizar, coordinar y dirigir programas de prevención y sensibilización en materia de educación vial, dirigido a instituciones públicas, privadas y ciudadanía en general. 4. Coadyuvar en el cumplimiento del Reglamento Nacional de Tránsito y otras disposiciones legales relativas al control de tránsito vehicular y peatonal. 5. Garantizar y controlar la libre circulación vehicular y peatonal en la red vial nacional, brindando seguridad al transporte de pasajeros y de carga. 6. Coadyuvar en el cumplimiento de las leyes, normas y disposiciones vigentes en materia de tránsito, transporte de pasajeros y de carga. 7. Prevenir, intervenir, investigar y denunciar los accidentes de tránsito.

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8. Proporcionar vigilancia, seguridad y control policial en la red vial nacional, garantizando la integridad física y propiedad de las personas que transitan por las carreteras. 9. Proporciona vigilancia y seguridad a los usuarios de las vías férreas y tren eléctrico. 10. Expide peritajes técnico vehiculares, gravámenes vehiculares, Constancia de Autorización para el uso de lunas oscurecidas, etc. 11. Diseñar y ejecutar programas preventivos de seguridad vial, dirigidos a sensibilizar a los conductores, pasajeros y peatones, que permita la reducción de los accidentes de tránsito y detección de infracciones empleando de ser el caso los medios tecnológicos disponibles. 12. Coordinar la ejecución de planes, programas y proyectos con las entidades públicas y privadas relacionadas al tránsito y transporte. 13. Proponer y desarrollar convenios de cooperación con entidades públicas y privadas relacionadas con la materia. 14. Expedir autorizaciones para el uso de lunas oscurecidas y/o polarizadas a personas naturales y jurídicas. 15. Formular su plan operativo y presupuesto correspondiente. 16. Formular y aprobar lineamientos técnicos, resoluciones directorales, directivas e instrumentos, en el ámbito de su competencia 17. Brindar capacitación, especialización y actualización permanente al personal, en coordinación con la Dirección Ejecutiva de Educación y Doctrina. 18. Las demás funciones que le asigne el Director Nacional de Operaciones Policiales.

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2. COMPETENCIA DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES EN SEGURIDAD VIAL Competencias del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. En materia de tránsito terrestre, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el órgano rector a nivel nacional y tiene las siguientes competencias: 1) Competencias normativas a) Evaluar y actualizar el Reglamento Nacional de Tránsito y dictar sus normas complementarias; b) Interpretar los principios del tránsito terrestre definidos en la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre y en el presente Reglamento, así como velar por que se dicten las medidas necesarias para su cumplimiento en todos los niveles funcionales y territoriales del país. 2) Competencias de gestión a) Diseñar sistemas de prevención de accidentes de tránsito; b) Mantener un sistema estándar de emisión de Licencias de Conducir; c) Mantener actualizado el Registro Nacional de Sanciones por Infracciones al Tránsito Terrestre; d) Promover el fortalecimiento de las capacidades técnicas e institucionales en todos los niveles de la organización nacional para una mejor aplicación del presente Reglamento.

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e) Recaudar y administrar los recursos provenientes del pago de multas por infracciones de tránsito en la red vial nacional y en la red vial departamental o regional. 3) Competencia de fiscalización Detectar infracciones e imponer las sanciones que correspondan por el incumplimiento de las disposiciones legales vinculadas al tránsito terrestre en el ámbito de la red vial nacional y departamental o regional a las que se refiere el Clasificador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras (SINAC) aprobado por Decreto Supremo Nº 044-2008-MTC o el que haga sus veces. 4) Competencias no asignadas expresamente a) Las competencias que no sean expresamente asignadas por el presente Reglamento a ninguna autoridad, corresponden exclusivamente al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27181: Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre. (*) (*) Artículo modificado por el Artículo 1 del Decreto Supremo N° 003-2014-MTC, publicado el 24 abril 2014, cuyo texto es el siguiente:

"Artículo 4.- Competencias del Ministerio de Transportes y Comunicaciones En

materia

de

tránsito

terrestre,

el

Ministerio

de

Transportes

y

Comunicaciones es el órgano rector a nivel nacional y tiene las siguientes competencias: 1) Competencias normativas a. Evaluar y actualizar el Reglamento Nacional de Tránsito y dictar sus normas complementarias b. Interpretar los principios del tránsito terrestre definidos en la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre y en el presente Reglamento, así como velar por que se dicten las medidas necesarias para su cumplimiento en todos los niveles funcionales y territoriales del país. 2) Competencias de gestión a. Diseñar sistemas de prevención de accidentes de tránsito; b. Diseñar y poner a disposición el Registro Nacional de Sanciones a las autoridades competentes en fiscalización en materia de tránsito terrestre. c. Promover el fortalecimiento de las Página 10

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capacidades técnicas e institucionales en todos los niveles de la organización

nacional

para

una

mejor

aplicación

del

presente

Reglamento. 3) Competencias no asignadas expresamente Las competencias que no sean expresamente asignadas por el presente Reglamento a ninguna autoridad, corresponden exclusivamente al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre.”

"Artículo 4-A.- Competencias de la SUTRAN En materia de tránsito terrestre, la SUTRAN, sin perjuicio a lo establecido en sus normas de creación, en la red vial bajo su competencia, tiene las siguientes competencias: 1) Competencia de gestión Recaudar y administrar los recursos provenientes del pago de multas por infracciones de tránsito. 2) Competencia de fiscalización a) Supervisar, detectar infracciones, imponer las sanciones y aplicar medidas preventivas que correspondan por el incumplimiento de las disposiciones legales vinculadas al tránsito terrestre. b) Inscribir en el Registro Nacional de Sanciones, las papeletas de infracción que imponga en el ámbito de su competencia, así como las medidas preventivas y sanciones que imponga. c) Aplicar las sanciones por acumulación de puntos cuando la última infracción que originó la acumulación de puntos se haya cometido. d) Mantener actualizado el Registro Nacional de Sanciones en el ámbito de su competencia, conforme a lo dispuesto en el presente Reglamento."(*) (*) Artículo 4-A incorporado por el Artículo 2 del Decreto Supremo N° 003-2014-MTC, publicado el 24 abril 2014.

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Competencia de la PNP y el Ministerio de Transportes en Seguridad Vial

El PNSV 2015-2024 se plantea complementando los objetivos del Plan Estratégico Multianual del Ministerio de Transportes y Comunicaciones del Perú, que en lo referente a tránsito y seguridad vial se pronuncia directa e indirectamente en tres objetivos estratégicos generales: “Contar

con

infraestructura

de

transporte

que

contribuya

al

fortalecimiento de la integración interna y externa, al desarrollo de corredores

logísticos,

al

proceso

de

ordenamiento

territorial,

protección del medio ambiente y mejorar el nivel de competitividad de la economía”.

Parte de este objetivo general del Plan Estratégico del MTC, se complementa perfectamente con los principios de seguridad vial buscados, que es contar con infraestructura vial adecuada para una circulación segura de los vehículos. Dentro de los objetivos específicos asociados a este objetivo general podemos destacar: 

“Ampliar la capacidad y mejorar las características de la infraestructura de la red vial nacional”.



“Garantizar la conservación de la infraestructura de los distintos modos de transportes, con participación del sector privado y comunidad organizada, propiciando la sostenibilidad de su financiamiento”. “Disponer de servicios de transportes seguros, eficientes y de calidad, incorporando la logística de transportes, preservación del medio ambiente e inclusión social”. Este objetivo estratégico general, es el que tiene una mayor relación con el PNSV 2015-2024, ya que apunta directamente a mantener servicios de transporte seguros.

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Entre los objetivos específicos se encuentran elementos de suma importancia como el incentivo a la renovación de la flota del parque vehicular, la promoción de la educación vial entre las entidades involucradas y los operadores del transporte, el fortalecimiento de la fiscalización de los servicios de transporte, y lo que se estima muy relevante, un ordenamiento y/o creación de un sistema de transporte público masivo en las principales ciudades del país. Esto queda reflejado en los siguientes objetivos estratégicos específicos: 

“Promover la formalización e impulsar la prestación de servicios de transportes seguros, eficientes y competitivos”.



“Propiciar e incentivar la renovación de la flota del parque vehicular”.



“Promover

la

educación

vial

en

coordinación

con

las

entidades

involucradas y operadores del transporte, contribuyendo al sistema de seguridad vial”. 

“Fortalecer los mecanismos de supervisión y fiscalización de los servicios de Transportes”.



“Gestionar el Sistema Integrado de Transporte Masivo de Pasajeros de Lima y Callao, a través del Metro de Lima – Buses”.



“Crear y promover la implementación del marco institucional para ordenar el transporte urbano en Lima Metropolitana y el Callao”.



“Reformar la normatividad del Sector para que la oferta de servicios se brinden con estándares internacionales de calidad y seguridad”.



“Apoyar a las 7 principales ciudades del país en la creación de Sistemas Masivos de Transporte Urbano” “Participar activamente en el proceso de descentralización, orientado al desarrollo y fortalecimiento de capacidades, para mejorar la gestión de los gobiernos subnacionales en transportes y comunicaciones”. Este objetivo estratégico general también se encuentra alineado con el Plan

intra regiones, y el apoyo técnico a los Gobiernos Regionales y Página 13

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Locales y mecanismos de evaluación de los proyectos y recursos transferidos, que es lo que se espera en materia de seguridad vial. Dentro de los objetivos específicos encontramos: 

“Propiciar la complementariedad e integración de los proyectos de transportes con otros proyectos de infraestructura económica y social que se desarrollen en los ámbitos departamental y vecinal”.



“Promover las intervenciones planificadas en la ejecución de programas, proyectos y actividades de transportes con gobiernos regionales y locales”.



“Apoyar técnicamente a los Gobiernos Regionales y Locales en la institucionalidad y gestión de infraestructura y servicios de transportes”.



“Implementar mecanismos de evaluación y seguimiento de las funciones, proyectos y recursos transferidos a los Gobiernos Regionales y Locales”. Sin duda estos objetivos estratégicos específicos se complementarán adecuadamente con los objetivos y Plan Operativo del PNSV 2015-2024 y que ambas van en la misma dirección.

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CONCLUSIONES



Se considera que los aspectos normativos son importantes para preservar el orden y garantizar los principios básicos de convivencia en una sociedad, pero no son suficientes, y que esta se inscriba en un marco global de educación y participación ciudadana.



Es preciso señalar que la seguridad vial solo será posible si se consideran estrategias de intervención como: legislación, ingeniería vial, programas educativos, atención de rescate y emergencia, políticas públicas locales, participación social, gestión local, descentralización e ingeniería, con rostro humano.



Desde la estrategia de programas educativos se inserta la , entendida como el proceso mediante el cual se promueve el conocimiento de las normas y señales que regulan la circulación de vehículos y personas, por calzadas (pistas) y aceras (veredas); así como la adquisición de valores, hábitos y actitudes, que permitan a los ciudadanos y ciudadanas dar una Página 15

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respuesta segura en las distintas situaciones de tránsito en las que nos vemos inmersos como personas (con o sin discapacidad). 

Comprender la importancia y trascendencia de la seguridad vial requiere conocer los antecedentes de esta problemática, que no solo afecta a nuestro país, sino también al contexto mundial. Es importante entender que la Por lo tanto, concierne a los ciudad anos y ciudadanas, así como a las instituciones locales, regionales y nacionales; en este caso la PNP y el Ministerio

de

Transportes,

asumir

responsabilidades

para

la

implementación de políticas, estrategias, procedimientos y acciones, que generen alternativas de solución, necesarias e inmediatas; y se fortalezcan los hábitos y las actitudes de las personas en interacción con su entorno.

BIBLIOGRAFÍA

1. Catalyst Consorcio. Guía Metodológica de Municipios Saludables. Lima 2004. 2. Consejo Nacional de Salud. Lineamientos de Política de Promoción de da Salud. Lima. Resolución Ministerial 111-2005/MINSA. 3. Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre LEY Nº 27181

Internet:  http://www.sutran.gob.pe/wp-content/uploads/2015/08/D_-NRO_016-2009MTC_AL_05.05.14.pdf  https://www.mtc.gob.pe/cnsv/Proyecto%20del%20Plan%20Nacional%20de %20Seguridad%20Vial%202015_2024.pdf  https://www.pnp.gob.pe/direcciones_policiales/diretsevi/nosotros.html

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ANEXOS

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