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Fundamentos de las Técnicas de Mejora de las Condiciones de Trabajo y Ámbito Jurídico de la Prevención

Caso práctico Trabajo: Comité de Seguridad y Salud En una empresa de consultoría e ingeniera, que en los últimos años ha tenido una gran expansión, se han fundado diversas delegaciones, además de incrementarse el tamaño de la central. La relación actual es la siguiente: Central: 45 trabajadores fijos y 12 temporales en función de la época del año y su demanda en los trabajos. Oficina 1: 38 trabajadores fijos y 15 temporales en función de demanda. Oficina 2: 24 trabajadores y 8 temporales. Oficina 3: 8 trabajadores y 3 temporales. Oficina 4: 12 trabajadores y 5 temporales. Todos los trabajadores temporales están más de 10 meses al año contratados. Para poder cumplir con la legislación preventiva y dar consulta a los trabajadores se pregunta al responsable de prevención de riesgos laborales dentro de la empresa. Preguntas del profesor Con los datos facilitados en el caso práctico, la Ley 31/1995 de PRL y sus modificaciones, y lo que necesites extraer de la unidad: Establece cuál será la composición, cuántos comités y dónde serán necesarios en esta empresa. Justifica tu respuesta. Indica cuál serán las atribuciones de sus representantes en caso de visita de un Inspector de Trabajo a uno de los centros y cómo serán informados oficialmente. Investiga si los resultados obtenidos de la visita pueden ser difundidos entre todos los integrantes de la empresa. ¿Cuál será la cadena de responsabilidad del comité dentro de la cadena de mando de la empresa?

Objetivos

TEMA 3 – Caso práctico

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» Aplicar a un supuesto práctico la constitución de los órganos de representación de los trabajadores específicos en materia de prevención de riesgos laborales, sus funciones y obligaciones. Comprender su posición en el organigrama de la empresa y las responsabilidades que tienen en materia de prevención de riesgos laborales. » Conocer y analizar el artículo 18 «Información, consulta y participación» y el Capítulo V «Consulta y participación de los trabajadores» de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales. Criterios de evaluación » Criterios de contenido (80 %): o Señalar cuántos comités se deberían de conformar en el caso planteado, así como su composición. Justificar las diferentes posibilidades existentes. (40 %) o Indicar las funciones de los delegados de prevención ante una visita de la Inspección de Trabajo. Justificar si los resultados obtenidos de la visita pueden ser difundidos entre todos los integrantes de la empresa. (25 %) o Indicar cuál será la responsabilidad del comité dentro la organización de la empresa. (15 %) » Criterios formales y de estilo (20 %): o Bibliografía de consulta de acuerdo a criterios APA sexta edición. (10 %) o Ajuste de la extensión máxima y respeto al tamaño de la letra, la fuente y los márgenes del documento. (5 %) o Estilo de redacción y ortografía correcta. (5 %) » Nota importante: Se considerará directamente suspensa la actividad en caso de que se incluya en su desarrollo de bibliografía legislación derogada o normas de referencia anuladas. Extensión máxima: 3 páginas, fuente Georgia 11 e interlineado 1,5 (incluida la bibliografía). Márgenes superior, inferior, izquierdo y derecho a 2,5 cm.

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Literal 1. Para la resolución del literal 1 hay que considerar los siguientes artículos: El Art 38 en sus numerales 1 y 2 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales establecen (Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo,1995): 1. El Comité de Seguridad y Salud es el órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la empresa en materia de prevención de riesgos. 2. Se constituirá un Comité de Seguridad y Salud en todas las empresas o centros de trabajo que cuenten con 50 o más trabajadores. El Comité estará formado por los Delegados de Prevención, de una parte, y por el empresario y/o sus representantes en número igual al de los Delegados de Prevención, de la otra. En cuanto a los Delegados de Prevención mencionados en el artículo anterior, debemos considerar el articulo 35 en sus numerales 1 y 2 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, mismos que son expuestos a continuación (Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo,1995): 1. Los Delegados de Prevención son los representantes de los trabajadores con funciones específicas en materia de prevención de riesgos en el trabajo. 2. Los Delegados de Prevención serán designados por y entre los representantes del personal, con arreglo a la siguiente escala: Número de delegados de prevención por tragadores Delegados de Trabajadores prevención De 50 a 100 trabajadores 2 De 101 a 500 trabajadores 3 De 501 a 1000 trabajadores 4 De 1001 a 2000 trabajadores 5 De 2001 a 3000 trabajadores 6 De 3001 a 4000 trabajadores 7 De 4001 en adelante 8 Fuente. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo,1995. Elaboración. Propia En las empresas de hasta treinta trabajadores el Delegado de Prevención será el Delegado de Personal. En las empresas de treinta y uno a cuarenta y nueve trabajadores

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habrá un Delegado de Prevención que será elegido por y entre los Delegados de Personal. Dado que el caso práctico expone trabajadores temporales debemos mencionar el numeral 3 inciso b del mismo artículo que menciona (Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo,1995): b. Los contratados por término de hasta un año se computarán según el número de días trabajados en el período de un año anterior a la designación. Cada doscientos días trabajados o fracción se computarán como un trabajador más. Una vez expuestos los artículos, es necesario acotar que los trabajadores temporales constan como un trabajador más; ya que laboran 300 días al año este valor se obtuvo del producto entre los 10 meses que nos proporcionan de dato en el caso práctico con los 30 días que posee un mes, y esto en concordancia con lo establecido en el Articulo 35 numeral 3 inciso b mencionado anteriormente. En base al análisis de los artículos citados y a los datos facilitados en el caso práctico se deberán constituir 3 comités mismos que se describen a continuación: 

Para la central que cuenta con 57 trabajadores en total se forma un comité de Salud y Seguridad con 2 delegados de Prevención y 2 representantes del empresario.



Para la oficina 1 que cuenta con 53 trabajadores en total, se forma un comité de Salud y Seguridad con 2 delegados de Prevención y 2 representantes del empresario.



Para la oficina 2, 3 y 4 al ser centros que individualmente no superan los 50 trabajadores y en conjunto llegan a sumar 60 trabajadores se pueden formar un comité conjunto siempre que se encuentren en la misma provincia o en municipios limítrofes, dicho comité estará conformado por 2 delegados de Prevención y 2 representantes del empresario.

Literal 2. Los delegados de prevención no cumplen labores técnicas, en cuanto a sus atribuciones, el articulo 36 en su numeral 2 establece: En el ejercicio de las competencias atribuidas a los Delegados de Prevención, éstos estarán facultados para: Acompañar a los técnicos en las evaluaciones de carácter preventivo del medio ambiente de trabajo, así como, en los términos previstos en el artículo 40 de la LPRL 31/1995 , a los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social en las visitas y verificaciones que realicen en los centros de trabajo para comprobar el cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales, pudiendo formular ante ellos las observaciones que estimen oportunas (Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo,1995).

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