Bases Del Kiosco Escolar

“PLAN DE TRABAJO DEL KIOSCO - CAFETÍN ESCOLAR” I. DATOS INFORMATIVOS 1.1 UGEL : Nº 06 Ate Vitarte 1.2 INSTITUCIÓN EDUCAT

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“PLAN DE TRABAJO DEL KIOSCO - CAFETÍN ESCOLAR” I. DATOS INFORMATIVOS 1.1 UGEL : Nº 06 Ate Vitarte 1.2 INSTITUCIÓN EDUCATIVA : Nº 0065 “MAAC” 1.3 LUGAR : San Antonio - Chosica 1.4 RESPONSABLE ( secundaria) : Dino MALLQUI 1.5 RESPONSABLES (primaria) : Luisa CISNEROS FRANCIA 1.6

DIRECTOR CANCHUMANTA

: Edison HUARINGA

II. OBJETIVOS GENERALES. 2.1 Organizar las bases para la adjudicación del Kiosco - cafetín escolar de la I.E. 0065 “MAAC” III.

OBJETIVOS ESPECÍFICO 3.1 Publicar las bases del kiosco - cafetín escolar en lugares estratégicos de la I.E.0065 “MAAC” 3.2 Fomentar el respeto, compromiso , orden y disciplina en la adjudicación del kiosco - cafetín escolar. IV .- ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO 4.1 El comité de KIOSCO - CAFETÍN ESCOLAR esta conformada por el director , el Presidente de la APAFA , el CONEI y los Coordinadores de cada nivel de la I.E. 4.1 El CONEI conformara el equipo de trabajo para la adjudicación del KIOSCO ESCOLAR. 4.3 La dirección y el personal administrativo apoyaran con la publicación de las BASES. V. PROGRAMACION DE DE LA ADJUDICACION DEL KIOSCO ESCOLAR. N º 1

DIA

ACTIVIDAD

RESPONSABLE

LUNES 14 DE FEBRERO.

Hora: 10:00 a.m. ENTREGA DE LOS SOBRES.

DIRECCION CONEI

HORA 10:30 a.m. Presentación de los posibles concesionarios HORA 10:45 a.m. Lectura de los sobres. . Celebración del

concesionario ganador.

VI. COMPLEMENTARIO  La Dirección y el CONEI comunicaran a los padres de familia. VI. ECONÓMICO 

De caja se pedirá para los gastos necesarios.

San Antonio, 26 de diciembre del 2013 La comisión

___________________________ Comisión de primaria secundaria Luisa CISNEROS FRANCIA MALLQUI

___________________________ Comisión de Dino

BASES PARA LICITACION DE KIOSCOS Y CAFETÍN ESCOLAR 2013 DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA “Nº 0065 MARISCAL ANDRES AVELINO CACERES”

REQUISITOS PARA POSTULAR - Solicitud en FUT (Formulario Único de Trámite), dirigida al Director de la I.E. adjuntado: - Certificado del Ministerio de Salud 2013 con vigencia de 03 meses (carnet de sanidad). - Lista de mobiliarios y utensilios básicos de cocina. - Lista de alimentos que expenderán y sus precios de venta. - Declaración jurada simple de no tener ningún tipo de parentesco (Consanguíneo o por afinidad) en las directivas de APAFA y Dirección, Personal jerárquico, docente y administrativo de la I.E. - Declaración jurada de ser persona ajena a la Institución Educativa. - Propuesta en sobre cerrado de la condición de pago mensual por concepto De arriendo de quiosco (sobre la base de S/. ………… )

REQUISITOS DEL MANIPULADOR DE ALIMENTOS - Poseer Carné de Salud otorgado por la Autoridad de Salud Local y Mantenerlo al día. - Estar libre de enfermedades infecto – contagiosos y cumplir con los Controles periódicos que la Autoridad de Salud exija.

- Exhibir y mantener rigurosamente las mejores condiciones de higiene Personal y en especial de las manos (después de coger el dinero y cualquier Objeto contaminado), siendo además estrictamente obligatorio llevar el cabello corto o mantenerlo recogido, tener las uñas limpias, recortadas sin barniz. - Usar ropas adecuadas al trabajo en estado de limpieza, para lo cual contará con mandil, guantes y gorro obligatoriamente. - Mantener la ropa de trabajo en estado de estricta limpieza, para lo cual deberá de contar con dos juegos lo que le permitirá su intercambio dos veces por semana como mínimo. - No fumar, toser ni escupir dentro de su ambiente de trabajo. - No tocar directamente con las manos los alimentos sin envolturas o envase; se utilizaran servilletas de papel, pinzas, etc.

RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DEL CONDUCTOR DEL KIOSCO Y CAFETÍN ESCOLAR - Cumplir con los requisitos sanitarios establecidos en el D.S. Nº 026-87-SA: Reglamento de Funcionamiento higiénico – sanitario de kiosco Escolar, bajo las condiciones y sanciones estipuladas en D.S. Nº 0014-84-SA: Reglamento Sanitario de Alimentación. - El conductor del kiosco es responsable de la higiene del local y conservación adecuada de los alimentos y de que cada manipulador de alimentos que atienda el kiosco, tenga su carné de salud al día y observe hábitos de higiene adecuados.

CONDICIONES DE LOS ALIMENTOS - Los alimentos que se expendan, deben de estar en buen estado de conservación y en caso de ser envasados, contar con la autorización y registro sanitario correspondiente. - No se permitirá la venta de alimentos que procedan de fábricas clandestinas. - La lista de alimentos que se expendan y los precios de venta contarán con la aprobación de la Comisión de Adjudicación y del CONEI. - En caso de expender comidas preparadas, éstas deben de ser consumidas dentro de las primeras seis horas y mantenerse bajo refrigeración sin exceder las 24 horas de preparación. - Está prohibido el uso de salsas y de alimentos desechados en la elaboración de nuevas comidas. DE LA SUPERVISIÓN Y CONTROL DEL FUNCIONAMIENTO

- El Ministerio de Salud, Dirección, Escuelas limpias saludables, comisión y con el respaldo de CONEI, serán los encargados de vigilar, supervisar y controlar el adecuado funcionamiento del Kiosco y cafetín.

- El personal directivo, jerárquico, docente, administrativo, alumnos y padres de familia, podrán realizar denuncias relacionadas con el mal funcionamiento y atención del servicio de quioscos escolares ante la Dirección de la institución y la Comisión de Adjudicación. - La supervisión del kiosco escolar será cada quince días del mes. - La Comisión de Adjudicación, previo informe del CONEI y de comprobada la

denuncia, procederá según la gravedad de la falta a aplicar al concesionario del kiosco escolar las sanciones siguientes: a)Amonestación. b)Apercibimiento de rescisión. c)Rescisión del contrato.

DEL TIEMPO DE ADJUDICACIÓN - EL KIOSCO Y CAFETIN ESCOLAR SE ADJUDICARÁ, la quincena del mes de febrero del 2013 hasta el 31 de diciembre −

La instalación del servicio será paralela a la asistencia normal de los alumnos de la I. E.

LA APERTURA DE SOBRES, SERÁ LA QUINCENA DE FEBRERO.

DOCUMENTO PRIVADO DE CONTRATO DE CONCESIÓN DE KIOSCO ESCOLAR Conste por el presente documento, un contrato de Concesión de kiosco Escolar en la Institución Educativa “Mariscal Andrés Avelino Cáceres”, en concordancia con el D.S. Nº 026-87 que aprueba el Reglamento de Funcionamiento Higiénico Sanitario de Quioscos Escolares, la R.M. Nº 0138-2005-ED que aprueba la Directiva Nº 040-2005ME/VMGIOAAE: Administración y adjudicación de kioscos Escolares, R.M. Nº 0155-2008-ED, Guía para el Diseño, Administración, Funcionamiento, Conducción y Adjudicación de kioscos en Instituciones Educativas Públicas, que celebran de una parte el señor ……………………………………con D.N.I. Nº ……………………, con domicilio en la Av. ………………………………….San Antonio , a quien en adelante se le denominará EL CONCESIONARIO y de otra parte el Comité de Adjudicación de kiosco Escolares de la Institución Educativa “………………………………”, cuyo presidente es el director de dicha institución, señor ………………………………, con domicilio en call dirección de la I.E.), identificado con

(se coloca la

D.N.I. Nº ………………………………………………… quien en adelante se le denominará EL COMITÉ DE ADJUDICACIÓN; bajo los términos siguientes: · PRIMERO.- EL CONCESIONARIO acepta lo dispuesto en las normas legales vigentes: D.S. Nº 026-87 que aprueba el Reglamento de Funcionamiento Higiénico Sanitario de kioscos Escolares, la R.M. Nº 0138-2005-ED que aprueba la Directiva Nº 040-2005-ME/VMGI-OAAE: Administración y adjudicación de kioscos

Escolares, y otros. · SEGUNDO.- EL CONCESIONARIO acepta las condiciones de las Bases de Licitación que se adjuntan y forman parte del presente contrato. · TERCERO.- El plazo del contrato es de 10 (diez) meses contados a partir del 1º de marzo llegando a concluir el 31 de diciembre de 2013 y el servicio será paralelo a la asistencia de los alumnos de la Institución Educativa. · CUARTO.- La merced conductiva es de S/. ............. (....................................Y 00/……….. NUEVOS SOLES) condición que será pagado en efectivo hasta los cinco días posteriores al 30 de cada mes, directamente al Tesorero de la Asociación de Padres de Familia de la Institución Educativa · QUINTO.- Las partes contratantes declaran que en la celebración de este acto no hay ni existe dolo, error o vicio de la voluntad que pueda anularlo o invalidarlo, ya que el presente se celebra en completa armonía y comprensión entre ambas partes. · Estando ambas partes contratantes conformes con los términos del presente contrato de concesión de quiosco escolar, lo firman por triplicado, haciendo legalizar notarialmente el contenido y firmas, para su mejor cumplimiento. San Antonio ……………………………………………………………………………………. EL COMITÉ DE ADJUDICACIÓN EL CONCESIONARIO ............................................................. …………………………………………………………..

D.N.I. Nº …………………………………………… ................................................................ …………………………………………………………… D.N.I. Nº ………………………………………….

DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS KIOSCO Y CAFETIN ESCOLAR Artículo 82º.- Los KIoscos escolares son establecimientos ubicados dentro del local escolar, dedicados al expendio de alimentos y bebidas adecuadas para su consumo dentro de la Institución educativa. La administración de los comedores y cafeterías ubicados dentro del local escolar están a cargo de la Institución Educativa y sus recursos constituyen ingresos propios para fines educativos. Artículo 83º.- Los ingresos provenientes de la administración o concesión de los quioscos escolares constituyen recursos de la Asociación y son destinados en coordinación con el Director de la Institución Educativa para financiar el mantenimiento, reparación y ampliación de la infraestructura y el equipamiento educativo. Excepcionalmente, y en situación de urgencia, las utilidades provenientes de la administración o concesión de los Kioscos escolares pueden orientarse a fines distintos a los previstos en la Ley, siempre que su utilización sea de interés general para la institución educativa, bajo responsabilidad y previa aprobación del Consejo Directivo, dando cuenta a la Asamblea General. Artículo 84º.- La licitación, adjudicación, pautas higiénicas, requisitos sanitarios y demás condiciones para los kioscos escolares, se regulan por el Decreto Supremo Nº 026-87-SA “Reglamento de Funcionamiento Higiénico Sanitario de kioscos Escolares”, teniendo en cuenta lo siguiente: a. La adjudicación de los kioscos escolares se efectúa mediante licitación a personas naturales o jurídicas ajenas a la institución educativa. El proceso de licitación está a cargo de una Comisión de Adjudicación, integrada por el Director de la Institución Educativa, el presidente del Consejo Directivo de la Asociación, un representante del personal docente y un representante de los alumnos. b. Las bases para la licitación de los kiosco y la supervisión de su funcionamiento tendrán en cuenta las normas generales de higiene, condiciones y requisitos sanitarios de la elaboración, manipulación y expendio de los alimentos.

Artículo 85º.- Los fondos provenientes de la administración o concesión de los kioscos escolares son depositados en una cuenta de ahorros específica, independiente de los otros ingresos de la Asociación, con la firma solidaria del Presidente y Tesorero del Consejo Directivo. Artículo 86º.- El Consejo Educativo Institucional es responsable de vigilar el adecuado funcionamiento de los quioscos escolares y la correcta administración de los fondos provenientes de los mismos.

FICHA DE SUPERVISIÓN

CUADERNO DE RECLAMACIONES