Expediente : 07722-2018-0-1801-JR-CI-48 Especialista : Luis Chinchay Aranda Escrito : N° 2 Sumilla : AUXILIO JUDICIAL
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Expediente : 07722-2018-0-1801-JR-CI-48 Especialista : Luis Chinchay Aranda Escrito
: N° 2
Sumilla
: AUXILIO JUDICIAL
SEÑOR PRESIDENTE DE LA TERCERA SALA CIIVL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA JOSEPH LUCAS BARTON ALZAMORA, en los
seguidos
CONTINENTAL,
contra
BBVA
sobre
INDEMNIZACIÓN
POR
BANCO
Demanda
de
DAÑOS
Y
PERJUICIOS, ante usted, atentamente me presento y digo: De conformidad con lo que dispone el artículo 2º de la Ley Nº 28457 SOLICITO AUXILIO JUDICIAL a que se refiere el artículo 179º y siguientes del Código Procesal Civil, para cuyo efecto anexo el formato de solicitud de auxilio judicial aprobado por el Órgano de Gobierno y Gestión del Poder Judicial, debidamente llenado. Fundamentos de la solicitud de auxilio judicial: 1.- De conformidad con lo que dispone el artículo
179º del C.P.C. se
concede auxilio judicial a las personas naturales que para cubrir o garantizar los gastos del proceso, pongan en peligro su subsistencia y la de quienes ellas dependan. 2.- De conformidad con la DIRECTIVA Nº 006-2004-CE-PJ “Directiva De Procedimientos Para La Concesión Del Beneficio De Auxilio Judicial”, la
misma
que
es
de
obligatorio
cumplimiento
por
los
Órganos
Jurisdiccionales y Administrativos del Poder Judicial. Y entre otros aspectos generales, dispone que “El Auxilio Judicial es el beneficio concedido por la Dependencia Judicial correspondiente a las personas naturales que para cubrir o garantizar los gastos del proceso, pongan en peligro su subsistencia y la de quienes de ellas dependan.” Y que “6. El beneficio de Auxilio Judicial puede solicitarse antes o durante la tramitación del proceso, debiendo peticionarse en el primer caso, ante la Mesa de Partes del órgano correspondiente y, en el segundo caso, ante el órgano jurisdiccional que está conociendo la causa, para ello presentará la solicitud respectiva, empleando el formato de Solicitud de Auxilio Judicial, que como anexo 01 forma parte integrante de la presente Directiva.” Y que como Normas Específicas dispone que “1. Las personas naturales que se encuentren comprendidas dentro de los presupuestos del artículo 179 del Código Procesal Civil, pueden solicitar la concesión del beneficio de Auxilio Judicial ante la Dependencia Judicial correspondiente mediante el llenado de la solicitud (anexo 01), debiendo adjuntar al mismo los medios probatorios que acrediten su imposibilidad económica para afrontar los gastos del proceso y que se especifican en el referido documento.” Y “2. De cumplirse estrictamente con lo dispuesto en el párrafo precedente, el Órgano Jurisdiccional, expedirá resolución concediendo el beneficio peticionado, la que será notificada al recurrente y a la Oficina de Administración Distrital de la
respectiva
Sede
Judicial,
adjuntando
copias de
los
actuados
pertinentes.” Entonces tenemos una directiva que determina la forma de atender el auxilio judicial, que solicité en otrosí de la demanda, conforme a las normas expuestas, que se ajustan perfectamente a la ley. 3.- Al amparo del artículo 181º del C.P.C. que dispone: “Quien obtenga auxilio judicial pondrá en conocimiento de tal hecho al juez que deba conocer del proceso o lo conozca, mediante la presentación de un escrito en el que incluirá la constancia de aprobación de la solicitud a la que se hace referencia en el artículo anterior y la propuesta de nombramiento de
abogado apoderado. El Juez tomará conocimiento y dará trámite a la indicada documentación en cuaderno separado. El pedido de auxilio no suspende la tramitación del principal”. 4.- EN EL CASO EN CONCRETO NO ESTÁ DEMÁS ADVERTIR QUE LOS GASTOS QUE ME ESTAN OCASIONANDO EL PRESENTE PROCESO JUDICIAL HAN PUESTO EN RIESGO MI SUBSISTENCIA Y LA DE MI FAMILIA, EN ESTE SENTIDO: a.- CON MIS BOLETAS DE PAGO ACREDITO QUE MI INGRESO DE LIBRE DISPOSICIÓN OSCILA ENTRE S/ b.- De dicho ingreso es destinado para el pago de la pensión de colegio de mi menor hija
, pensión mensual que es de S/.
c.- Gastos de la Universidad de mi hija
Soles.. ,
pension que asciende a la suma de S/. d.- Asimismo, tengo que pagar mi deuda al Banco
,
conforme se puede verificar de la Boleta otorgada por dicha institución, suma que asciende a la suma de S/. 5.- Como se puede apreciar si sumamos, las sumas antes señaladas ascienden a la suma de S/
Soles, suma a la cual debe tomarse en
consideración los gastos alimenticias y otros como pasajes. Es así que incluso en algunos meses mi ingreso no alcanza para realizar todos estos pagos. 6.- Es así que de exigírseme el pago de tasas judiciales en el presente proceso se pondría en riesgo mi subsistencia y la de mi familia. ANEXO: 1.A Formato de solicitud de auxilio judicial aprobado por el Órgano de Gobierno y Gestión del Poder Judicial
1.B Declaración jurada de ingresos. 1.C Fotocopia de mi D.N.I. 1.D Fotocopia de recibo de pensión de colegio de mi menor hija.............. 1.E Fotocopia de recibo de Universidad de mi hija.................. 1.F Fotocopia de deuda de Banco.............
POR LO EXPUESTO: A UD.- pido acceder a mi pedido.
PRIMER OTROSI DIGO.- Sírvase proveer el presente escrito a la brevedad posible y se disponga la formación del cuaderno respectivo a fin de evitar mayores dilaciones en el trámite de la presente solicitud. SEGUNDO OTROSI DIGO: Propongo al abogado CARLOS MANUEL BARRIENTOS CALLE, con domicilio en la Av. Brasil N° 125 Dpto. 401 Breña. Lima, Lima, como mi apoderado.
Lima, 14 de mayo de 2019.
JOSEPH LUCAS BARTON ALZAMORA
DNI N°