Auto para Mejor Fallar

ORDINARIO LABORAL No. 0002-2019 Of. 3ero. - JUZGADO SEGUNDO PLURIPERSONAL DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL DEL DEPA

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ORDINARIO

LABORAL

No.

0002-2019

Of.

3ero.

-

JUZGADO

SEGUNDO PLURIPERSONAL DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL DEL DEPARTAMENTO DE GUATEMALA, GUATEMALA, VEINTIUNO DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECINUEVE - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --I) Se tiene por interpuesto el anterior memorial presentado por ANTONIO MALDONADO NAVARIJO, el cual se agrega a sus antecedentes. II) Se trae a la vista para resolver el presente proceso y, - - - - - - - - - - - - - - - - CONSIDERANDO: En este caso sometido a la jurisdicción de este Juzgado, tomando en consideración que la pretensión del actor ANTONIO MALDONADO NAVARIJO es que sea reconocida la relación laboral, con ESTADO DE GUATEMALA y como entidad nominadora MINISTERIO DE GOBERNACIÓN y que le sea remunerada las prestaciones de ley correspondiente y los salarios que se dejaron de percibir al no tener una situación laboral clara; en consecuencia este Juzgado que tiene por objeto el respeto a los derechos del trabajador considera necesario tener a la vista el libro que documenta el desajuste salarial que ha sufrido el señor ANTONIO MALDONADO NAVARIJO y que servirá para determinar si a esta persona le remuneraban de la forma correcta; previo a dictar el fallo, este juzgado acuerda que en auto para mejor fallar se ordene se ponga a

la vista el libro de pago de planillas de la Dirección General de la Policía Nacional Civil. Artículo 1, 2, 203, 204 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 353, 357 del Código de Trabajo; 25, 28, 66, 67, 71, 197 del Código Procesal Civil y Mercantil; - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - POR TANTO: Este Juzgado, con fundamento en lo considerado y leyes citadas, al resolver, DECLARA; I) En auto para mejor proveer y en un plazo que no exceda de quince días hábiles que se encuentra a partir de la fecha de la resolución que señale la audiencia respectiva, póngase a la vista el libro de pago de planillas del Ministerio de Gobernación, Dirección General de la Policía Nacional Civil; II) Notifíquese - - - - - - - - - - - - - - - - ------

Guatemala, 20 de octubre de 2019

ABOGADO GEMA RUBY ALVAREZ JOJ JUEZ.

ABOGADA PAULA VALERIA MAZARIEGOS

SECRETARIA