Aprueba Bases Administrativas Y Tecnicas Especiales De Licitacion Que Indica

APRUEBA BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS ESPECIALES DE LICITACION QUE INDICA DECRETO ALCALDICIO Nro.______/ CALBUCO, VI

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APRUEBA BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS ESPECIALES DE LICITACION QUE INDICA

DECRETO ALCALDICIO Nro.______/ CALBUCO, VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1.2.3.4.-

Solicitud de pedido Nº 256 del 2 de Diciembre del 2019, “Construcción proyecto Centro Diurno Adulto Mayor”. Decreto Alcaldicio Nro 6930 de fecha 18 de diciembre del 2019, que aprueba Presupuesto Municipal 2020 de la I. Municipalidad de Calbuco.

Lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 de Compras Públicas y su reglamento Las facultades que me confiere la Ley Nro. 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones.

D E C R E T O: 1.-

APRUEBANSE las Bases Administrativas y Técnicas Especiales del llamado a Licitación Pública, para mano de Obras vendida de “Construcción proyecto Centro Diurno Adulto Mayor”

2.-

PARTICIPANTES DE LA PROPUESTA: Podrán participar en esta licitación cualquier persona natural o jurídica chilena o extranjera inclusive las no personas, constituidas como Unión Temporal de Proveedores, de acuerdo al artículo 67 bis del decreto Nº 250 que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886, que estén inscritos en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública plataforma www.mercadopublico.cl y que: No hubieren sido condenados por prácticas anti sindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursables establecidos en el Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta. No posean vínculos de parentesco con los funcionarios Directivos de la Municipalidad de Calbuco, ni con personas unidas a ellas por

los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575. 3.- MANDANTE Y UNIDAD TÉCNICA: La Entidad Mandante es la Municipalidad de Calbuco. La Unidad Técnica es la Dirección de obras Municipales.

4.- FINANCIAMIENTO La presente Licitación pública es para contratación igual o superior a 1000 UTM e inferiores a las 5000 UTM. de acuerdo a lo indicado en las presentes bases. La Municipalidad de Calbuco, hará de público conocimiento mediante el portal www.mercadopublico.cl, el presupuesto, pudiendo ser éste disponible, estimado o referencial según corresponda, para realizar la adquisición requerida. En mérito de esto, el Municipio se reserva el derecho de descartar en el análisis, todas aquellas propuestas que superen la disponibilidad presupuestaria existente, o bien, suplementar si es factible el presupuesto indicado, siempre y cuando, sea aprobada la modificación presupuestaria correspondiente. Para la presente licitación el Presupuesto Estimativo o Referencial es de $ 100.000.000.En el caso de que existan los recursos necesarios, la suplementación de dicho presupuesto no podrá ser superior al 30%, de lo contrario se deberá realizar un nuevo proceso licitatorio. En el valor de la oferta del proveedor deben estar incluidos todos los gastos que demande la adquisición, utilidades, reajustes, fletes, equipos, mano de obra, maquinarias, impuestos legales, aportes, derechos, derechos municipales si procede, y cualquier otro gasto que demande la adquisición, etc. 5.-

MATERIA DE LA PROPUESTA:

La presente Licitación tiene por objeto la contratación de obra vendida para la construcción del proyecto Centro Diurno Adulto Mayor, el cual se construirá según plano y especificaciones técnicas que se adjuntan. Sin perjuicio de lo anterior, cualquier diferencia o duda en la construcción del centro deberá ser consultada a la unidad técnica correspondiente, en este caso la dirección de obras municipales. La licitación contempla materiales y mano de obra. 5.1.-

TIPO DE SUMINISTRO: Para la presente Licitación se requiere lo siguiente: - Mano de obra vendida para la construcción del Centro Diurno Adulto Mayor - Fletes - Herramientas necesarias, para el desarrollo del proyecto. -Profesional residente de obra (arquitecto, constructor civil o ingeniero constructor) - El contratista deberá considerar las medidas de seguridad necesarias de acuerdo a la normativa vigente.

5.2.- REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS: El oferente debe considerar para esta licitación lo siguiente: - Contar con mano de obra calificada, lo que se traducirá en trabajadores en número suficiente para terminar el centro diurno en el plazo establecido. - profesional residente de obra (arquitecto, constructor civil o ingeniero constructor). PROFESIONAL A CARGO DE LAS OBRAS. El oferente deberá considerar en su oferta la permanencia en la obra, de un profesional del área de la construcción (Constructor Civil, Arquitecto, Ingeniero Constructor) calificado y aceptado por la Municipalidad, quien deberá permanecer en el lugar de trabajo hasta el término de las obras. La labor de la I.T.O. en esta materia no significa liberar al contratista de las responsabilidades que le corresponden como constructor de las obras, de conformidad con lo establecido en el Contrato, en el Artículo 2003 del Código Civil y en los Artículos 18 y 143 del D.F.L. N° 458 (V. y U.), de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones, ni constituirá en ningún caso, aprobación total o parcial de la forma en que se han ejecutado los trabajos. MARCO NORMATIVO La construcción de obras de infraestructura sanitaria y su gestión financiera se regirá por el siguiente marco normativo: • Ley Nº18.138 “Programa de Construcción de Viviendas y de Infraestructuras Sanitarias” y sus modificaciones; • Ley Nº19.175 “Orgánica Constitucional de Gobierno y Administración Regional”; • D.F.L. Nº1/82 del Ministerio de Minería; D.F.L. Nº70/88 del Ministerio de Obras Públicas; • Ley Nº18.695 “Orgánica Constitucional de Municipalidades”; • D.L. Nº263/75 sobre Administración Financiera del Estado; • D.F.L. Nº458/75 Ley General de Urbanismo y Construcciones; • Ley de Presupuestos del Sector Público del respectivo año.

Los cuerpos reglamentarios pertinentes son: • D.S. Nº804/82 reglamentario de la Ley Nº18.138, y sus modificaciones; • D.S. Nº829 (I) que reglamenta el Programa Mejoramiento de Barrios, y sus modificaciones, en lo que respecta a las características que deben cumplir los proyectos; • Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones; • Reglamentos de los respectivos servicios públicos, ordenanza local, y en general las disposiciones vigentes sobre la materia. Los materiales a emplear deberán cumplir con los mínimos establecidos en las normas del Instituto Nacional de Normalización de Chile, respecto a la calidad, método de ejecución y protección o normas similares de otros países cuyas exigencias sean equivalentes o superior a las mencionadas.

SEGURIDAD EN EL TRABAJO. El contratista deberá velar eficazmente por proteger la vida y la salud de los trabajos bajo su dependencia y dar cabal cumplimiento a las obligaciones prevenidas en la Ley 16.744 sobre accidentes laborales y enfermedades profesionales, la Ley No.20.123, que regula el trabajo en el régimen de subcontratación y el Decreto No.76 sobre prevención de riesgos en faenas subcontratadas. Sin perjuicio de lo anterior, la Municipalidad podrá fiscalizar al adjudicatario en el cumplimiento de las mencionadas disposiciones legales a través del Asesor en Prevención de Riesgos de la Municipalidad de Calbuco. Para dar cumplimiento a esta normativa, el contratista deberá cumplir con lo establecido en el REGLAMENTO ESPECIAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS DE LA MUNICIPALIDAD DE CALBUCO, documento que deberá retirar de la oficina de Dirección de Obras previo a la firma del contrato 5.3.-

REQUERIMIENTOS DE ENTREGA: Los oferentes deben considerar al momento de ofertar que el adjudicatario debe considerar lo siguiente: a) Al momento de la entrega la obra requerida debe contar con todas sus especialidades funcionando y aprobadas por la entidad correspondiente.

5.4.-

MODALIDAD DE ADQUISICION: Se debe considerar que el municipio, requiere el proyecto solicitado con todas sus terminaciones estructurales y especialidades eléctricas y sanitarias en funcionamiento y aprobadas por la entidad correspondiente. Se debe considerar la el expediente completo para solicitar el permiso de edificación y su posterior recepción final de la obra.

6.-

APLICACION DE NORMAS DE DERECHO: La presente licitación se regirá por las normas señaladas en las presentes Bases Administrativas y Técnicas Especiales y demás antecedentes y anexos que formen parte de ellas, aclaraciones y las respuestas a las consultas, por los términos del contrato y otras normas legales o reglamentarias que por la naturaleza de la contratación le fueran aplicables. Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que contempla la legislación chilena.

6.1.-

INTERPRETACION DE LAS BASES: Para efectos de la interpretación de las presentes Bases de Licitación, así como del convenio correspondiente, se regirá por: a) Las presentes Bases Administrativas, Técnicas y Especiales. b) Términos Técnicos de Referencia. c) Las Aclaraciones si las hubiere. d) Los Anexos que se acompañan a las presentes Bases. e) La oferta presentada por el oferente. El oferente por el simple hecho de postular a esta licitación pública acepta las siguientes condiciones: 1. Estar conforme con las condiciones generales de la licitación y en caso de existir dudas haber realizado las observaciones y consultas correspondientes en el periodo establecido en las Bases para estos efectos. 2. Cumplir cabalmente con los requisitos de participación de la presente licitación señalados en el Artículo Nº 2 de las presentes bases. 3. Que el oferente que suscribe declara haber considerado para el cálculo de los sueldos del personal a contratar para esta licitación, todo lo estipulado en la normativa legal, previsional y laboral, como también lo indicado en Bases administrativas y técnicas de la presente propuesta. 4 Que la documentación presentada en esta licitación, tanto en anexos administrativos, técnicos o económicos, es fidedigna y es copia fiel del original, y en el caso de existir adulteración de la documentación presentada, se faculta al municipio para dejarlo fuera de bases, cobrar las garantías y efectuar las acciones legales correspondientes.

7.-

COMISIÓN EVALUADORA DE LAS OFERTAS: La Comisión encargada de evaluar las ofertas estará constituida por los Sres. (as): Director de obras o subrogante.  Director Secplan o subrogante.



Profesional Dirección de Obras.

Los integrantes titulares de la Comisión Evaluadora de las Ofertas podrán ser reemplazados por los funcionarios establecidos por Decreto Alcaldicio. En el evento que un conflicto de interés o un hecho que le reste imparcialidad se hiciese presente en cualquier integrante de la comisión evaluadora, éste deberá abstenerse de participar en la mencionada comisión, debiendo informar en forma inmediata de dicha circunstancia a su superior jerárquico, a fin de ser reemplazado por otro funcionario no afecto a aquella implicancia, en los términos señalados en el artículo 64, Nº 6 de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. La comisión evaluadora tendrá las siguientes funciones: a) Revisar y analizar que todos los oferentes cumplan con la documentación exigida en las presentes Bases. La Comisión Evaluadora deberá analizar el contenido de los antecedentes que se presenten. En función de dicha acta corresponderá en una primera etapa realizar una preselección de los Oferentes, rechazando todas las ofertas que no cumplan con los requisitos administrativos, técnicos y económicos establecidos en las presentes bases. b) Evaluar la licitación otorgando los puntajes de acuerdo a los criterios señalados en la metodología de evaluación. La pauta de evaluación se aplicará sólo sobre aquellas ofertas que aprueben el proceso de preselección, es decir, sólo se evaluarán las ofertas que cumplan con todos los requisitos establecidos en las Bases. c) Confeccionar un Acta de Evaluación, la cual contendrá un resumen del proceso de análisis de las ofertas, así como de los puntajes obtenidos por cada uno de los oferentes. En dicha acta se propondrá al oferente seleccionado para la respectiva adjudicación de la licitación. d) Se contemplará visita a terreno obligatoria, cuyas fechas serán indicadas en el cronograma de la Licitación. La no concurrencia será causal de rechazo de la oferta.

CONSULTAS Y ACLARACIONES: Los oferentes podrán formular consultas sobre las Bases de Licitación ingresándolas en el Portal www.mercadopúblico.cl 8.-

La Municipalidad, de oficio o en respuesta a una consulta o solicitud de aclaración planteada por algún Proponente, podrá enmendar, rectificar o adicionar las Bases de Licitación mediante Aclaraciones. La Municipalidad responderá las consultas y hará las aclaraciones a través del Portal www.mercadopúblico.cl, en los plazos establecidos en la cronología de las ofertas. En el caso de que el

Municipio lo requiera se podrá ampliar el plazo de consultas y respuestas, para lo cual se emitirá un decreto que prorrogue dichos plazos. Las respuestas y aclaraciones para todos los efectos se entenderán formar parte integrante de la documentación de la licitación. Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta 48 Hrs., antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formaran parte integral de las Bases. Las modificaciones a las Bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas. 9.-

FORMA EN QUE SE DEBEN REALIZAR LA OFERTA:

Los Oferentes deberán ingresar el valor de su oferta en el portal www.mercadopublico.cl, siendo el Anexo Nº 4 OFERTA ECONÓMICA el que servirá para la evaluación de la oferta económica. Los oferentes deberán presentar la siguiente documentación en adjunto en portal www.mercadopublico.cl 9.1.- OFERTA VIA PORTAL DE MERCADO PÚBLICO: La oferta administrativa, técnica y económica deberá hacerse a través del sistema de mercado público. 9.2.- ANEXOS ADMINISTRATIVOS: El oferente deberá adjuntar en el portal de mercado público, bajo la modalidad de “anexo administrativo”, los siguientes documentos: Anexo N.º 1 Anexo N.º 2 Anexo N.º 2 a Anexo N.º 5

9.3.- ANEXOS TECNICOS: El oferente deberá adjuntar en el portal de compras públicas, lo siguiente: Anexo N.º 3 Carta Gantt Acta de visita a terreno Título profesional del residente 9.4.- ANEXOS ECONOMICOS: El oferente deberá adjuntar en el portal de compras públicas, bajo la modalidad de “anexo económico”, los siguientes documentos: Anexo Nº 4 Itemizado de la obra Asimismo la oferta deberá hacerse a través del portal www.mercadopúblico.cl el día y hora fijado al efecto, el oferente deberá ingresar su oferta económica NETA. 10.-

RECEPCION DE LOS DOCUMENTOS: La recepción de los documentos solicitado en pauta de presentación de oferta adjunta se efectuará a través del Portal www.mercadopúblico.cl. Las ofertas serán abiertas por la Dirección de Obras Municipales, mediante el acto de apertura considerando las siguientes funciones: a) Efectuar la apertura de las ofertas de aquellos oferentes que hayan presentado correctamente, anexos administrativos, anexos técnicos y anexos económicos. b) Revisar que todos los oferentes cumplan con la documentación exigida en las presentes Bases y pauta de presentación de ofertas. c) Efectuar observaciones en acta de apertura. d) Rechazar ofertas de aquellos oferentes que no cumplan con lo solicitado en función de lo indicado en las presentes bases. e) Se podrá solicitar a los Oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando no se afecte el principio de estricta sujeción a las Bases, de igualdad de los Oferentes y que se realice a través del portal Mercado Público. Los Oferentes deberán presentar sus respuestas por el mismo medio. Se dará un plazo prudente para la presentación de dicha documentación siendo el plazo mínimo 24 hrs. siempre que dicha documentación corresponda a certificaciones con fecha anterior a la apertura de las ofertas, no podrá solicitarse antecedentes que no sean certificaciones y que formen parte de la oferta del oferente, no se podrá solicitar por medio de este foro los anexos administrativos, técnicos y económicos de las presentes bases. f) Se debe confeccionar un Acta de Evaluación considerando a lo menos lo siguiente: Nombre, Número e ID de licitación Fecha de la apertura

Nombres y cantidad de oferentes participantes Cuadro con descripción, puntajes y cumplimiento de antecedentes señalados en pauta de evaluación de ofertas. Observaciones al acto de apertura si es que las hubiese. Nombre, cargo y firma de los integrantes de la comisión.

11.- RECHAZO DE LAS OFERTAS: a) Que no adjunten los Anexos Administrativos, Técnicos y Económicos en su totalidad a su oferta en el portal de mercado público. b) Cuyos antecedentes no cumplan con la vigencia exigida en las presentes Bases (emisión del documento y legalizaciones pertinentes). c) Que no cumplan con los requisitos técnicos, mencionados en las presentes bases. El formato digital de los antecedentes debe ser de uso común (por ejemplo: formato JPG, PDF, Word, Excel, etc.) 12.-

COSTO DE LA PRESENTACION:

Serán de cargo del Proponente todos los gastos directos e indirectos asociados a la preparación y presentación de su oferta. De esta forma, la Municipalidad en ningún caso será responsable de dichos gastos. Se considerará que el oferente antes de presentar su oferta conoce y acepta expresamente todos los riesgos, contingencias y demás factores o circunstancias que puedan afectar su oferta, como también los costos de todo tipo y el financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones contractuales en las condiciones establecidas en estas bases. 13.-

MONEDA DE LA OFERTA: Los valores monetarios señalados en la Oferta Económica se deberán expresarse en Pesos Chilenos. 14.-

VALIDEZ DE LA OFERTA: La Unidad de Adquisiciones o las unidades que realicen la función de apertura de las ofertas en el sistema de compras públicas, de acuerdo a lo descrito en los artículos 9 y 10 de las presentes bases verificando el cumplimiento por parte de los oferentes. El Portal www.mercadopúblico.cl generará en forma inmediata un Acta de Apertura en la que se deja constancia de quienes presentaron ofertas con sus valores, los antecedentes recibidos y las observaciones a las ofertas. Las Ofertas permanecerán vigentes durante un plazo de 30 días consecutivos o corridos, a contar de la fecha de la apertura de la licitación.

15.- METODOLOGIA DE EVALUACION DE LAS OFERTAS: Solo se evaluarán las ofertas que cumplan con las especificaciones técnicas requeridas. Las ofertas que no cumplan con estas condiciones no serán evaluadas. Las ofertas que cumplan los requisitos de admisibilidad serán evaluadas de acuerdo a los siguientes criterios, asignándoles los siguientes porcentajes, con las escalas mostradas a continuación: PRECIO:

45%

La oferta más económica obtendrá 100 puntos, y las restantes ofertas se evaluarán según la siguiente fórmula: Puntaje = (Oferta menor/Oferta a evaluar)*100 EXPERIENCIA: TRABAJOS SIMILARES

35%

A este criterio se le asignara puntaje a los oferentes que incorporen información comprobable de contratos o trabajos efectuados con empresas Públicas y/o privadas, a las cuales presto el servicio, que deberá ser detallado en Anexo 5. "declaración de nomina de trabajos similares".100 puntos se otorgarán al oferente que presente experiencia en 5 proyectos o más, comprobable en obras de edificación superior a 300 m2. 50 puntos se otorgarán al oferente que presente experiencia menor a 5 proyectos y mayor a 3, comprobable en obras de edificación superior a 300 m2. 0 puntos Sin experiencia comprobable o menores de 3 proyectos * La experiencia se puede comprobar a través de recepciones de obra u órdenes de compra. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES:

5%

En este ítem se priorizará la presentación correcta y oportuna de la documentación solicitada en el articulo N*9 de las presentes bases, es

decir a los proponentes que al momento de efectuar la apertura presenten toda y correctamente la documentación exigida se les otorgará un puntaje de 100 puntos. 100 puntos se otorgarán al oferente que presente todos los antecedentes indicados en las presentes bases, según corresponda. 0 (cero) puntos si no presenta los antecedentes indicados en las presentes bases, según corresponda. PLAZO DE ENTREGA: 15% La oferta de menor tiempo de ejecución de los trabajos solicitados, obtendrá 100 puntos, las restantes ofertas se evaluarán utilizando la siguiente fórmula: Puntaje= (Oferta menor tiempo/ tiempo a evaluar) * 100 16.-

RESOLUCION POR EMPATE EN LA EVALUACION: En el caso de empate en la evaluación los criterios por los cuales se definirá el empate serán los siguientes: a)

Primera Opción: Criterio Económico

b)

Segunda Opción: Experiencia en trabajos similares

c)

Tercera Opción: Plazo de entrega

d)

Cuarta Opción: Criterio Cumplimiento Requisitos Formales

17.-

ADJUDICACION Y NOTIFICACION DE LA RESOLUCION MUNICIPAL: La Unidad a cargo del proceso licitatorio deberá realizar la adjudicación, para lo cual presentará al Señor alcalde el expediente de licitación completo, considerando lo establecido en el acta de evaluación respecto del proveedor recomendado para la adjudicación de la licitación. La Resolución de Adjudicación de la licitación, se publicará y notificará a través del Portal www.chilecompra.cl. Una vez que el Sr. Alcalde haya aprobado su contratación .De igual forma se notificará a los proponentes no favorecidos. La adjudicación de la licitación se efectuará, mediante Resolución Municipal.

La adjudicación se efectuará al oferente que presente la oferta más conveniente al interés Municipal, la cual será la que obtenga el puntaje más alto en la evaluación de las ofertas, lo anterior, de acuerdo a los criterios de evaluación previamente definidos para dicho efecto. En el caso de que el oferente que resulte adjudicado se desista de su oferta el Municipio podrá en el caso de que sea conveniente a su interés readjudicar la licitación. Para esto se deberá evaluar nuevamente las ofertas que se mantengan vigentes, contando con un plazo para readjudicar de 30 días. La Municipalidad se reserva el derecho de declarar desierta la licitación, si es que no se presentasen ofertas o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses; podrá igualmente declarar inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases. La municipalidad podrá, en forma unilateral, revocar una licitación en base a una decisión debidamente justificada mediante resolución municipal. La revocación del proceso se efectúa antes del estado de adjudicación. 18.-

DE LA ORDEN DE COMPRA: La Municipalidad adjudicará y emitirá automáticamente la orden de compra, a través del portal www.mercadopublico.cl La orden de compra se emitirá conforme a lo indicado en acta y decreto de adjudicación. La orden de compra, se considera como el contrato, razón por la cual el oferente deberá una vez emitida aceptarla. Si el proponente se negare a aceptar la orden de compra, se desistiere de la oferta presentada se negare a mantener los términos y condiciones de su oferta, si resulta conveniente a los intereses municipales, se le adjudicará la propuesta al proponente que le siga, en orden de prelación; de acuerdo a lo emitido en el acta de análisis o de lo contrario se ordenará otra licitación. Además, de cancelar la orden en el portal www.mercadopublico.cl, dejando constancia de la falta ocasionada por el proveedor. 19.-

DEL CONTRATO: En consideración a que esta licitación iguales o superiores a 1000 UTM e inferiores a las 5.000 UTM, se generara un convenio de servicio. 20.-

GARANTIAS DEL CONTRATO: La presente licitación solo considera garantía por lapso de tiempo que cada oferente deberá indicar en su oferta, garantizando el tiempo de garantía de la obra a ejecutar. GARANTIAS 20.1 GARANTIAS DE SERIEDAD DE LA OFERTA: Los Oferentes deberán presentar un instrumento de caución o garantía que cumpla con los requisitos de ser pagadera a la vista, irrevocable, de cobro fácil y efectivo por un monto de $150.000 por concepto de “Seriedad de la Oferta”, tomada a nombre de la I. Municipalidad de Calbuco, Rut: 69.220.600-2 con un plazo de vigencia de 30 días a contar de la fecha de apertura de la propuesta. La glosa debe decir “Para garantizar la seriedad de la oferta de la propuesta pública “CONSTRUCCION PROYECTO CENTRO DIURNO ADULTO MAYOR”

Se deberá hacer llegar a la Oficina de Partes de la I. Municipalidad de Calbuco ubicada en calle Federico Errázuriz N°210 Calbuco, hasta el día de cierre de la presentación de las ofertas. Esta garantía será devuelta a los oferentes hasta después de ser adjudicada la propuesta y aceptada la orden de compra por el proponente adjudicado. En los casos en que este documento se otorgase electrónicamente deberá ajustarse a las disposiciones de la Ley N°19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de certificación de dicha firma. El incumplimiento de esta exigencia dentro del plazo señalado para la firma del contrato, facultará a la Municipalidad para considerar al Consultor por desistido de su oferta con todos los efectos que determinan sobre la materia.

20.2 GARANTIAS POR FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO A la firma del contrato, el contratista garantizará el fiel cumplimiento de éste, mediante la presentación de un instrumento de caución o garantía que cumpla con los requisitos de ser pagadera a la vista, irrevocable, de cobro fácil y efectivo, en pesos chilenos igual al 7% del valor del contrato por concepto de “Garantía Fiel Cumplimiento del Contrato”, tomada a nombre de la I. Municipalidad de Calbuco, Rut: 69.220.600-2 con un plazo de vigencia de 30 días corridos a contar de la fecha de firma del contrato. La glosa debe decir “Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato de la propuesta pública “CONSTRUCCION PROYECTO CENTRO DIURNO ADULTO MAYOR”, (En caso de ser Boleta de Garantía). En caso de ampliación de plazo, la boleta deberá ser reemplazada por otra, de acuerdo al nuevo plazo contractual acordado. Deberá siempre permanecer vigente durante todo el tiempo del contrato y hasta la recepción provisoria de las obras por parte de la Comisión Municipal. En los casos en que este documento se otorgase electrónicamente deberá ajustarse a las disposiciones de la Ley N°19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de certificación de dicha firma. Si al momento de la firma del contrato el oferente no presenta la referida garantía, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación por incumplimiento de Bases Administrativas. Esta boleta será devuelta una vez terminada las obras certificadas con la Recepción provisoria de las obras decretadas, y reemplazada por la boleta de la Garantía por Correcta Ejecución de las Obras. El incumplimiento de esta exigencia dentro del plazo señalado para la firma del contrato, facultará a la Municipalidad para considerar al Consultor por desistido de su oferta con todos los efectos que determinan sobre la materia. 20. 3 GARANTIA POR CORRECTA EJECUCION DE LAS OBRAS Para caucionar la correcta ejecución de las obras, el contratista deberá presentar un instrumento de caución o garantía que cumpla con los requisitos de ser pagadera a la vista, irrevocable, de cobro fácil y efectivo, en pesos chilenos por El 7% del precio del contrato en pesos chilenos, una vez que ellas estén ejecutadas y como requisito previo a la cancelación total de la obra. En caso de existir obras de urbanización que deban ser garantizados ante los servicios pertinentes, dichas garantías se descontaran de la boleta de correcta ejecución, de tal modo de

no duplicar la garantía sobre dichas obra, situación que se deberá verificar solicitando una copia de la garantía del servicio correspondiente. El instrumento de caución o garantía que cumpla con los requisitos de ser pagadera a la vista, irrevocable, de cobro fácil y efectivo, en pesos chilenos por correcta ejecución de las obras tendrá un plazo de validez de 12 meses contados desde la fecha del acta de recepción provisoria de la obra, transcurrido este plazo y previa verificación por la unidad técnica del buen estado de conservación de las obras, la garantía le será de vuelta al contratista a su solicitud, sin perjuicio del plazo de responsabilidad del contratista por 5 años, a que se refiere el Código Civil, artículo 2.003, inciso3. El incumplimiento de esta exigencia dentro del plazo señalado para la firma del contrato, facultará a la Municipalidad para considerar al Consultor por desistido de su oferta con todos los efectos que determinan sobre la materia. M. DE LA ADJUDICACIÓN Y READJUDICACIÓN: Se adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las ofertas. Se formalizará la adjudicación mediante resolución fundada, previa acta de evaluación de la licitación y propuesta de adjudicación, efectuada por la Comisión Evaluadora. La Municipalidad de Calbuco podrá declarar desierta o inadmisible la o las propuestas mediante resolución fundada, cuando las ofertas no resulten convenientes o estas no cumplan con lo requerido en las presentes bases. El acta de evaluación realizada por la Comisión se publicará en el Portal www.mercadopublico.cl al final del proceso. En el caso de no cumplir con la fecha indicada de adjudicación, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informado allí las razones del retraso. En el caso de que el proveedor adjudicado se desistiese de su oferta, no entregara los antecedentes legales para contratar, no se inscribiese en el portal www.chileproveedores.cl (en estado hábil),en el plazo que se establece en las presentes bases (Punto…”Contrato y Término Anticipado),no cumpla con los requisitos para contratar establecido en las presentes bases, la Municipalidad procederá a seleccionar al oferente que, de acuerdo al nuevo resultado de la evaluación obtenga el mejor puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación. Asimismo, procederá la readjudicación si el adjudicatario fuese inhábil en los términos del artículo 4° inciso 6° de la Ley 19.886, al momento de la suscripción del contrato o de la emisión de la orden de compra. En el caso que el adjudicatario se una UTP, y alguno de sus integrantes estuviese afecto alguna inhabilidad, la UTP deberá informar por escrito, dentro del plazo de 2 días hábiles, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado con la integración del resto de sus miembros. Siempre y cuando éstos fuesen hábiles, y que el mínimo de los integrantes sea igual o mayor a dos integrantes de la UTP. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistir o de no cumplir con el mínimo de integrantes, la licitación será adjudicada al oferente que, de acuerdo al nuevo resultado de la evaluación obtenga el mejor puntaje. 21.-

PLAZO DE ENTREGA: El proveedor deberá entregar la obra dentro del plazo y condiciones estipuladas, y de acuerdo a su oferta realizada en el sistema de compras públicas.

22.-

RECEPCION DE LA OBRA: La recepción conforme de la obra, dependerá de la Unidad de la Dirección de Obras, acreditado con un certificado firmado por la Directora de Obras o Subrogante. Debe presentar para la recepción de la obra la recepción de edificación. La Municipalidad de Calbuco, se reserva el derecho de presentar reclamos formales ante los Portales de mercadopublico.cl. y chileproveedores.cl, respecto del incumplimiento por parte de sus proveedores con alguno de los compromisos aceptados en las propuestas publicadas, sus especificaciones técnicas y sus Bases administrativas, técnicos o especiales. 23.-

AMPLIACIONES A LA LICITACION: En el análisis de las ofertas se podrá según se requiera aumentar o disminuir las cantidades requeridas hasta en un 30%, del valor inicial, conforme a valores previamente indicados en oferta del oferente y a solicitud de Unidad Técnica. 24.-

SUPERVISION DEL CONTRATO: La supervisión general de esta licitación estará a cargo de la Dirección de Obras municipales, quien para todos los efectos será la Unidad Técnica, debiendo fiscalizar que los trabajos sea realizada conforme a lo estipulado en la presente licitación, sin perjuicio de la supervisión de las facultades generales de fiscalización que corresponden a la Dirección de Control. 25.- SANCIONES POR INCUMPLIMINETO: 25.1

Multas por incumplimiento de instrucciones de la inspección técnica de obras.

El contratista deberá someterse a las instrucciones de la inspección técnica de obras, las que se impartirán siempre por escrito según lo establecido en las presentes bases, conforme a los términos y condiciones del contrato. El incumplimiento de cada instrucción impartida por la I.T.O. será sancionada con una multa diaria de 0,5 a 3 Unidades Tributarias Mensuales, según la gravedad del hecho por el período que se mantenga la trasgresión a dichos preceptos, las que serán deducidas del siguiente estado de pago. Las Bases Administrativas Especiales podrán incrementar el valor de estas multas y/o precisar las causales a las que se aplicará un determinado valor de multa. El contratista podrá apelar ante el mandante dentro de un plazo de 5 días hábiles desde la fecha en que la inspección técnica de obras haya formulado una instrucción. El mandante resolverá en un plazo no mayor a 5 días hábiles desde su recepción en la oficina de partes, considerando, para evaluar la gravedad del hecho, la eventual reiteración de éste y el grado en que afecte aspectos esenciales de la obra. Si el contratista no apelare o si su apelación fuera rechazada y se resistiese a acatar la orden impartida, el mandante podrá, previa notificación, suspender la tramitación de los estados de pago o, según la gravedad del caso y previa notificación hecha con 10 días hábiles de anticipación al contratista, poner término anticipado al contrato de ejecución de obras, por causas imputables a éste. 25.2

Multas por incumplimiento del plazo contractual

Si finalmente la obra termina atrasada, se aplicará una multa del uno por mil del monto total contratado por cada día de atraso. Esta multa deberá cobrarse a partir de la fecha de término de contrato y hasta la fecha en que el contratista comunique por escrito el término de las obras y solicite la recepción provisoria correspondiente. En caso de existir observaciones a las obras ejecutadas, el contratista tendrá un plazo máximo equivalente al 10% del plazo contractual, a contar de la fecha de recepción provisoria, para subsanarlas. Vencido este plazo, si este no ha dado cabal cumplimiento a lo solicitado por la unidad técnica, estará afecto a una multa diaria del 1,5 por mil del monto total contratado, la que se hará efectiva hasta que dichas observaciones hayan sido subsanadas en su totalidad, situación que deberá constar en el acta de recepción provisoria, plazo que no podrá ser superior al 5% del plazo contractual de ejecución de obras. Para los efectos del cálculo de multas, el plazo otorgado por la comisión de recepción para subsanar observaciones se considerará como plazo de gracia no afecto a multas. Las operaciones producto de lo anteriormente indicado deberán consignarse en el formato estado de pago. Si el monto de la multa fuese superior al valor del estado de pago final (incluida la devolución de retenciones) dicha diferencia será cubierta con las boletas bancarias de garantía que caucionan el fiel cumplimiento del contrato y la que quede vigente por concepto del anticipo otorgado. Si aún quedase un saldo por recuperar de multa, se procederá mediante cobranza judicial por parte de la municipalidad. 25.3

Sanción administrativa

En caso de término anticipado del contrato por causas imputables al contratista, además de las sanciones contempladas en estas bases, la Municipalidad deberá informar a la o las Instituciones que administren el o los registros a los cuales pertenezca el contratista y solicitar la eliminación del mismo. 25.4

Paralización de faenas

El mandante podrá efectuar paralización de faenas ente cualquier incumplimiento de las Bases o contrato. Si el mandante ordena la paralización de faenas por causales no imputables al contratista, se devengará en favor de este último, un pago proporcional al número de días de paralización respecto del plazo ofertado, que se calculará sobre la base de los gastos generales directos, indirectos y financieros considerados en el presupuesto ponderado, más las indemnizaciones de los trabajadores a que hubiese lugar. En los casos que corresponda se deberá agregar el respectivo I.V.A. y crédito especial. 25.5

Sanción por Falta de Profesional en terreno.

Se aplicará una multa del uno por mil del monto total contratado por cada día de ausencia del profesional de obra (Constructor Civil, Arquitecto, Ing. Constructor) no justificado. Esta multa deberá aplicarse de forma inmediata y reflejada en los Estados de Pago, a partir de la fecha de ausencia y hasta la fecha en que el contratista comunique por escrito el reintegro del profesional a las obras y se presente personalmente a la ITO. La ausencia de 2 oportunidades, la ITO tendrá la facultad de informar al mandante y dar término anticipado a las obras. En ausencia por motivos justificados (enfermedad) deberá ser reemplazado el profesional a cargo, el cual será de similares características y aprobado por la ITO. 26.-

FORMA DE PAGO:

Estados de pago:

Por avance efectivo de los trabajos recepcionados conforme por la Dirección de Obras Municipales, según lo solicitado en las Especificaciones Técnicas. El contratista al momento de presentar su estado de pago, deberá acreditar el pago al día de las cotizaciones previsionales de los trabajadores involucrados en la Obra, entregar listado de trabajadores de la obra, entregar copia de los contratos de trabajo o Finiquitos respectivos, certificado de la Inspección del trabajo, estado de pago y certificado emitido por la Inspección Técnica. En caso que la Empresa adjudicada registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato y posterior cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar. El plazo para el pago de las facturas será de 30 días contados desde la recepción conforme de la factura y antecedentes solicitados para el pago. Además de los antecedentes antes descritos para los correspondientes Estados de Pago se solicitaran los siguientes antecedentes: listados de trabajadores, pago al día de las cotizaciones, copia de contratos, copia de finiquitos, copia de liquidaciones de sueldo, informe de cada movimiento del personal lo cual deberá ser informado en el momento a la ITO certificado de la inspección del Trabajo de diga relación con la obra específica, certificado de la DOM acreditando el Estado de Pago. 27.-

PLAZO Y FORMA DE PAGO:

El proveedor adjudicado deberá facturar de acuerdo a las órdenes de compra enviadas a través del portal mercado público por la entidad de adquisiciones. La municipalidad de Calbuco pagara las facturas una vez recepcionado conforme el servicio requerido dentro del plazo de 30 días hábiles contados desde la recepción conforme. Los pagos requerirán lo siguiente: a) La facturación se debe hacer a nombre de la ilustre municipalidad de Calbuco, Rut N ° 69.220.600-2, Federico Errazuriz N° 210, Calbuco. b) Recepción conforme de los servicios requeridos por la unidad a cargo. c) Orden de compra emitida y ACEPTADA a través del portal mercado público. d) Otros documentos que sean necesarios o requeridos por finanzas para respaldar el pago. e) El pago se efectuara mediante cheque nominativo a nombre del adjudicativo y /o transferencia bancaria. 28.-

CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y ORDEN DE COMPRA: Una vez concluido el plazo de entrega y entregada la obra, se dará por terminado el contrato y la orden de compra pasará a estado de “Recepción Conforme”. 29.-

TERMINO DE ORDEN DE COMPRA POR INCUMPLIMIENTO.

La orden de compra quedarán resuelta de pleno derecho y sin necesidad de interpelación alguna, cuando las partes incurran en algunas de las siguientes causales de incumplimiento, o debiendo notificarse por escrito a la incumplidora, la decisión de anular la orden de compra. 30.-

INCUMPLIMIENTO DEL PROVEEDOR: La Municipalidad de Calbuco podrá anular en forma inmediata la orden de compra,

cuando: a) Por incumplimiento en el plazo de entrega, previo informe fundado de la Unidad técnica. b) Notorio estado de insolvencia económica del Proveedor, previo informe fundado de la Unidad técnica. c) En todos aquellos casos en que el Proveedor no de cumplimiento a las obligaciones contempladas en las presentes bases. d) Cuando se haya extinguido o disuelto la persona Jurídica que la constituye. e) En caso del Fallecimiento del Proveedor (Persona Natural). 31.-

CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR: En el evento que sobrevenga caso fortuito o fuerza mayor, que haga imposible para el Proveedor el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la adjudicación, la Municipalidad estará facultada para resolver el mismo, la calificación del caso fortuito o fuerza mayor, será determinada en forma exclusiva por la Municipalidad de Calbuco. 32.-

PROHIBICION DE CEDER O TRANSFERIR LA LICITACON: El Proveedor no podrá ceder o transferir, a ningún título, los derechos y obligaciones que emanen de la licitación a persona natural o jurídica alguna. 33.-

OBLIGACIONES Y DOMICILIO DE LAS PARTES: El prestador del servicio estará obligado al cumplimiento íntegro de todas las normas jurídicas vigentes al momento de la adjudicación, así como de todas aquellas disposiciones legales que se dicten con posterioridad, las que presumen conocidas desde su entrada en vigencia y que formarán parte de la presente licitación para todos los efectos legales. Las partes fijarán su domicilio en la ciudad de Calbuco, sometiéndose a la jurisdicción a los tribunales de esta comuna para todos los efectos legales. 34.-

DESIGNASE la Comisión Evaluadora indicada en el punto Nº 7 de las presentes Bases.

35.-

IMPUTESE el gasto al Presupuesto Municipal Vigente.

36.-

PUBLIQUESE, la presente resolución en el sistema de información y contratación pública para los efectos previstos en la Ley 19.886 y su Reglamento.

ANOTESE, COMUNIQUESE Y ARCHIVESE,

RUBEN CARDENAS GOMEZ Alcalde de Calbuco

IRENE VARGAS ANDRADE Secretaria Municipal RCG/IVA/KVDLV/MTC/mtc DISTRIBUCIÓN: 1.- Secretaría Municipal. 2.- Expediente Licitación. 3.- Control.-

ANEXO Nº1 FORMATO DE IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE BASES ADMINISTRATIVAS LICITACION PÚBLICA:  

A ) DATOS DEL OFERENTE

 

 

 

 

Nombre Representante Legal

 

 

Cargo

 

 

Razón Social

 

 

RUT: Oferente

 

 

Dirección

 

 

Ciudad

 

 

Teléfono

 

 

Fax

 

 

eMail

 

 

Web de la Empresa

 

 

 

 

B) DATOS DEL CONTACTO DEL OFERENTE

 

  Nombre Contacto Licitación

 

 

Dirección

 

 

Ciudad

 

 

Teléfono

 

 

Celular (opcional)

 

 

Fax

 

   

 

 

eMail  

    “CONSTRUCCION DEL CENTRO DIURNO ADULTO MAYOR”

FIRMA REPRESENTANTE LEGAL

Calbuco, _________de _____________de 20 Nota: El presente formulario debe ser bajado y llenado por el oferente firmado e ingresarlo como documento anexo escaneado en el portal www.mercadopublico.cl en la parte Anexo Antecedentes Administrativos.

-*En caso que requiera asesoría para ingresar sus ofertas y ó documentación al Portal Chilecompra, podrá solicitarla comunicándose al fono 6007000600 de la Mesa de ayuda del Portal

ANEXO Nº 2 DE C L A R A C I Ó N J U R A D A El firmante, en su calidad de adjudicatario o de representante legal del adjudicatario, de la licitación pública ID __________________ declara bajo juramento que: El adjudicatario no está unido a alguno de los funcionarios directivos de la Municipalidad de Calbuco los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, Su representada no es una sociedad de personas en la que los funcionarios directivos de la Municipalidad de Calbuco o las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, formen parte, ni es una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquéllos o éstas personas sean accionistas, ni es una sociedad anónima abierta en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, y No es gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades mencionadas en el párrafo anterior. Que no ha sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta. Que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Asimismo, declara conocer que los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, son los siguientes: cónyuge, hijos, adoptados y parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.

Fecha:

20

RAZON SOCIAL: RUT:

FIRMA

ANEXO Nº 2-A DE C L A R A C I Ó N J U R A D A S I M P L E El firmante, en su calidad de adjudicatario o de representante legal del adjudicatario, de la licitación pública ID __________________ declara bajo juramento que: 1.- Haber estudiado a cabalidad todos los antecedentes de la licitación, verificando la concordancia entre si de las especificaciones técnicas y en general todos los antecedentes que forman parte de este legajo y estar conforme con las condiciones generales de la adquisición. 2.- Conocer y aceptar las bases administrativas y técnicas para la adquisición de la Ilustre Municipalidad de Calbuco, aclaraciones, respuestas a las consultas y todos los antecedentes de esta licitación. 3.- Conocer las condiciones del mercado para suministrar el mejor bien o servicios a utilizar. 4.- Aceptar la resolución de la municipalidad para la adjudicación Fecha: RAZON SOCIAL: RUT: FIRMA

ANEXO Nº 3 FORMATO DE ANEXO TECNICO BASES ADMINISTRATIVAS LICITACION PÚBLICA: “CONSTRUCCION DEL CENTRO DIURNO ADULTO MAYOR”

NOMBRE PROPONENTE: RUT Nº : DOMICILIO: TELEFONO: DISPONIBILIDAD INMEDIATA ASISTENCIA TECNICA:

SI:

NO:

ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LOS TRABAJOS A REALIZAR

___________________________ NOMBRE EMPRESA

_______________________ FIRMA REPRESENTANTE LEGAL

Calbuco, _________de _____________de 20 Nota: El presente formulario debe ser bajado y llenado por el oferente firmado e ingresarlo como documento anexo escaneado en el portal www.mercadopublico.cl en la parte Anexo Antecedentes Económicos.

ANEXO N°4 ““CONSTRUCCION DEL CENTRO DIURNO ADULTO MAYOR”

Servicio a realizar Incluye insumos y repuestos

Especificaciones del Proveedor

Mano de obra vendida para construcción del centro diurno adulto mayor.

VALOR TOTAL

FECHA,

SE INGRESA EN LINEA DE LA LICITACION

Valor Neto

FIRMA OFERENTE Nota: Al valor debe agregar IVA o exento.-