Anexo 08. RITRA

CL-SSO-DD-01 02/10/2014 23/06/2018 E.P.Q Rev. 4.0 COMPAÑÍA MINERA MILPO S.A.A. REGLAMENTO INTERNO DE TRÁNSITO CERRO

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Rev. 4.0

COMPAÑÍA MINERA MILPO S.A.A.

REGLAMENTO INTERNO DE TRÁNSITO

CERRO LINDO 2018

Reglamento Interno de Tránsito

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REGLAMENTO INTERNO DE TRÁNSITO INDICE

ítem 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. 20. 21. 22. 23. 24. 25. 26. 27. 28. 29. 30.

Página OBJETIVOS..................................................................................................................... ALCANCE...................................................................................................................... DEFINICIONES................................................................................................................ RESPONSABILIDADES.................................................................................................... VIAS Y ACCESOS........................................................................................................... DETENCION Y ESTACIONAMIENTO.............................................................................. SEÑALIZACIONES DE TRANSITO.................................................................................... CLASIFICACIÓN Y ANTIGÜEDAD DE VEHÍCULOS Y EQUIPOS................................... REVISIONES VEHICULARES............................................................................................ EQUIPOS / IMPLEMENTOS DE SEGURIDAD PARA VEHICULOS Y EQUIPOS............. REQUISITOS PARA LA OBTENCION DE LICENCIA INTERNA DE CONDUCCIÓN....... AUTORIZACIÓN DE SALIDA VEHICULAR...................................................................... TRANSPORTE DE PERSONAL......................................................................................... REQUISITOS VISITAS EXTERNAS..................................................................................... VELOCIDADES MAXIMAS............................................................................................. HORARIO DE INGRESO A LA UMCL............................................................................. CONTROLES EN LAS GARITAS...................................................................................... OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES..................................................................... USO DE EQUIPOS DE PROTECCION PERSONAL DURANTE LA CONDUCCIÓN........ REGLAS PARA CIRCULAR EN LAS VÍAS...................................................................... CONSIDERACIONES DE SEGURIDAD.......................................................................... TRANSITO PEATONAL EN INTERIOR MINA.................................................................... TRANSITO DE VEHICULOS EN LOS CRUCES CON LAS CAMARAS DE CARGUIO..... INFRACCIONES / SEVERIDAD....................................................................................... SANCIONES................................................................................................................... TRANSPORTE DE MATERIALES Y RESIDUOS PELIGROSOS........................................... VEHÍCULOS DE PLOTEO................................................................................................ TRANSPORTE DE EXPLOSIVOS...................................................................................... KIT DE DERRAMES SEGÚN EL PRODUCTO................................................................... REGISTROS Y ANEXOS...................................................................................................

Reglamento Interno de Tránsito

4 4 4 6 8 8 9 9 10 10 12 14 14 14 15 15 16 16 18 18 20 21 22 22 25 25 27 28 31 32

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MARCO LEGAL:  Procedimiento de VM - Vehículos e Equipos Móviles PG-VM-HSMQ-009  D.S. 024-2016- EM y Modificatorias Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería.  Reglamento Nacional de Tránsito D.S. 016-2011-MTC.  Ley Nº 27181 Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre  D.S. 058 – 2003 MTC Aprueban el Reglamento Nacional de Vehículos  D.S. 040-2008 MTC Aprueban Reglamento Nacional de Licencias de Conducir vehículos automotores y no motorizados de transporte terrestre  D.S. 013-98-MTC Reglamento de Peso y Dimensión Vehicular.  D.S. 009-2004-MTC Reglamento Nacional de Administración de Transportes.  DS 019-1971 IN. Reglamento de Transporte de Explosivos  Ley 28256 Transporte de Materiales y Residuos Peligrosos  Ley 28551 Planes de Contingencia para Transporte de Materiales y Residuos Peligrosos  DS 021-2008-MTC Reglamento Nacional de Transporte de Materiales y Residuos Peligrosos.  Reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y SOAT Nº 024-2002 - MTC y sus modificatorias: - D.S. Nº 001-2004-MTC / Pub. 13.01.2004 - D.S. Nº 021-2005-MTC / Pub. 19.08.2005

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REGLAMENTO INTERNO DE TRANSITO 1. OBJETIVOS El presente Reglamento establece normas que regulan el uso de las vías internas de la U.M. Cerro Lindo y hacer del tránsito vehicular una actividad segura y prevenir la ocurrencia y consecuencias de accidentes que puedan causar lesiones a las personas y daños a los equipos, la propiedad y/o medio ambiente. 2. ALCANCE Este Reglamento es aplicable a todos los conductores de vehículos, equipos y unidades de transporte de personal que pertenecen a la Compañía, Empresas Contratistas, Proveedores y visitantes que circulan en la U.M. Cerro Lindo. 3. DEFINICIONES Para los fines del presente Reglamento se entenderá por: 

Accidente Vehicular: Evento no deseado que causa lesión o daño a personas, equipos y/o materiales y que se produce como consecuencia directa de la circulación de vehículos.



Accidente de Trabajo (AT): “Todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte. Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, y aun fuera del lugar y horas de trabajo”.



.Alcoholemia: Examen o prueba para detectar presencia de alcohol en el organismo de una persona, la prueba puede ser por aliento o análisis de sangre (dosaje etílico).



Área de estacionamiento: Lugar destinado para el estacionamiento de vehículos.



Autorización de manejo: Permiso para conducir en vías de acceso a la UMCL otorgado por la “Gerencia de SSOMA”.



Berma: Parte de una carretera o camino contigua a la calzada, no habilitada para la circulación de vehículos y destinada eventualmente a la detención de vehículos en emergencia y circulación de peatones (Banquina).



Calzada: Parte de la vía destinada a la circulación de vehículos y eventualmente al cruce de peatones y animales.



Carretera: Vía fuera del ámbito urbano destinada a la circulación de vehículos y eventualmente a peatones y animales.



Conductores permanentes: Personal capacitado y autorizado por la “Gerencia SSOMA”, cuya función sólo sea operar vehículos livianos y equipos móviles



Conductor Profesional: Personal capacitado y certificado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones para conducir un vehículo determinado por una vía.



“Convoy: Conjunto de vehículos que transportan materiales y/o residuos peligrosos, que marchan a una distancia razonable y prudente entre ellos”.



Cuneta: Zanja al lado del camino o carretera destinada a drenar aguas pluviales.

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Demarcación: Símbolo, palabra o marca, de preferencia longitudinal o transversal, sobre la calzada, para guía de tránsito de vehículos y peatones.



Detenerse: Paralización breve de un vehículo para ascender o descender pasajeros o alzar o bajar cosas, solo mientras dure la maniobra.



Empresa Contratista: Toda persona Jurídica que por contrato, ejecuta una obra o presta servicios a los titulares de la Actividad Minera.



EPP: Equipo de protección personal.



Equipo de Bajo Perfil / Pesado de Interior Mina: Equipo pesado que trabaja en interior mina scooptram, dumpers, jumbos, simba, raptor), rompe bancos, desatadores mecánicos, etc. cuyas dimensiones y características no permiten un adecuado tránsito en las vías.



Equipos pesado superficie: Equipo para movimiento de tierra, acarreo, compactación, manipulación de cargas, mover o levantar materiales.



“Escolta: Vehículo que acompaña un convoy, contando con sistema de comunicación para monitorearlos. Deberá mantenerse al inicio manteniendo una distancia mínima de 100 m del primero”.



Estacionar: Paralizar un vehículo en la vía o carretera, por un periodo mayor que el necesario para dejar o recibir pasajeros, materiales u objetos.



Fotocheck: Credencial de identificación dentro de la UMCL expedido por la Gerencia de SSOMA y validado por el área de RR.HH.



“Hoja de datos de Seguridad (SDS): Documento que contiene instrucciones escritas, de manera concisa, para cada material o residuo peligroso transportado o para cada grupo de materiales o residuos peligrosos que presenten los mismos peligros o riesgos, en previsión de cualquier incidente o accidente que pueda sobrevenir durante la operación de transporte”.



Infracción: Se considera infracción de tránsito a la acción u omisión que contravenga las disposiciones contenidas en el presente Reglamento



Inspección Técnica Interna: Evaluación efectuada por Mantenimiento Mecánico de la Unidad o por Taller externo acreditado que efectúa la revisión bajo los lineamientos de la Unidad Minera.



Jaula interna de seguridad: “Estructura diseñada para proteger la integridad física de los ocupantes de los vehículos en caso de choque o volcadura”.



Licencia de Conducir (Brevete): Documento otorgado por el MTC o país de origen, que autoriza a su titular conducir un determinado tipo de vehículo.



“Licencia interna de manejo”: Autorización otorgada por la Gerencia SSOMA, autorizando a una persona a conducir un tipo de vehículo luego de haber cumplido con el proceso de evaluación.



Materiales y Residuos Peligrosos: Aquellas sustancias, elementos, insumos, productos y subproductos, o sus mezclas, en estado sólido, líquido y gaseoso que por sus características físicas, químicas, toxicológicas, de explosividad, representan riesgos para la salud de las personas, el medio ambiente y la propiedad.



MTC: Ministerio de Transportes, Comunicación, Vivienda y Construcción.

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Muro de seguridad: Es una pila o acumulación de material o de concreto armado, cuyo propósito es evitar que un vehículo se salga del camino, pista o vía, o se salga del borde de los botaderos o cámaras de carguío, causando daños personales y/o materiales a terceros y serán no menor de ¾ partes de la altura de la llanta más grande de los vehículos que circulan por los caminos y rampas.



Reglamento Interno de Transito (RITRA): Conjunto de definiciones, normas, estándares, basados en el Reglamento Nacional de Tránsito y en el DS 024-2016-EM y Modificatorias.



Señal de tránsito: Dispositivo o demarcación cuya función es regular, advertir o encauzar el tránsito.



Sistema Inthinc: Equipo GPS de control de velocidad, uso de cinturón de seguridad y estilo de conducción de vehículos, pudiendo ser fijos o portátiles.



SOAT: Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito.



“SSOMA: Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente”.



Taco: Bloque en forma de cuña que se utiliza para evitar el desplazamiento sin control de un vehículo estacionado en caso fallen otros mecanismos de aseguramiento, tales como el freno de parqueo. (Ver Anexo 8).



Test de Drogas: Prueba para detectar la presencia de drogas en la orina.



Tránsito: Desplazamientos de personas, vehículos o animales por vías terrestres.



UMCL: Unidad Minera Cerro Lindo.



Vehículo Liviano: Vehículos usados para el transporte de personas o de carga ligera para uso en interior mina y superficie capacidad no superior a ocho asientos, excluido el conductor.



Vehículo de transporte de personal: Vehículos utilizados para el transporte de personas de más de ocho pasajeros.



Vehículo Pesado Transporte de Carga: Vehículo de transporte de carga que pueden ser de un (1) y dos (2) ejes de tracción de movimiento libre con motores que funcionan a base combustible diésel o electricidad, que se utiliza para traslado de cargas o materiales; cuyo peso bruto supera 3,500 Kg, por ejemplo camión, camión volquete, camión plataforma, semitráiler, camión cisterna, camión baranda, camión lubricador, camión scissor, etc.



Vehículo de emergencia: Vehículo utilizado para prestar servicio de auxilio en forma inmediata.



Vía: Carretera, camino rural abierto a la circulación de vehículos, peatones y animales.



Vías externas / Vías de acceso a la UMCL: Vía Jahuay-Chavín, considerada fuera del ámbito minero.



Vías internas: Vías comprendidas dentro de la unidad minera Cerro Lindo.

4. RESPONSABILIDADES Las Autoridades competentes en materia de tránsito terrestre dentro del ámbito de UMCL son: 4.1 Gerencia General UMCL Reglamento Interno de Tránsito

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Aprueba el presente reglamento. Proporcionar lo recursos para el cumplimiento del presente Reglamento, incluye trabajadores directos, empresas contratistas, visitas y proveedores. 4.2 Gerencia de Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente. a. Asesorar la adecuada implementación del presente Reglamento. b. Auditar el cumplimiento del presente Reglamento. c. Verificar que los empleados, contratistas, proveedores y visitas estén debidamente autorizados y acreditados por sus respectivas áreas. d. Responsable de la administración y entrega de hologramas de autorización para conducir vehículos livianos y equipos móviles. e. Hacer análisis crítico de desvíos e incidentes llevando un registro mensual. 4.3 Jefe de Seguridad Interna a. Hacer cumplir el presente reglamento. b. Registrar e informar a la Gerencia de SSOMA las infracciones al presente reglamento, según Anexo 10. c. Verificar y paralizar vehículos que no cuenten vigente la inspección técnicas vehicular. d. Verificar y paralizar vehículos que tengan la cartilla del último mantenimiento preventivo y/o correctivo. 4.4 Gerencia de Mantenimiento a. Designar persona competente técnicamente encargada de evaluar al postulante en prueba de manejo práctico. b. Asegurar el cumplimiento de los programas de mantenimiento preventivo y correctivo garantizando la operatividad de los vehículos que transitan en la UMCL. c. Mantener actualizado el inventario de vehículos y equipos móviles propios y empresas contratistas. 4.5 Supervisión a. Hacer cumplir el reglamento, asegurando que todos los trabajadores a su cargo estén debidamente autorizados al operar un vehículo o equipo móvil. b. “Exigir y sancionar el incumplimiento del Check list -Pre uso de vehículos o equipo móviles, además IPERC.” c. Hacer cumplir el programa de mantenimientos preventivos y/o correctivos de los vehículos de su área. 4.6 Trabajador / Conductor a. b. c. d. e.

f. g. h.

Cumplir las normas establecidas en el presente Reglamento. Realizar el Check list pre uso – vehículo y equipo móvil. Realizar su IPERC de acuerdo a la tarea a realizar. Mantener en buen estado su vehículo/unidad, la carga, así como las herramientas, equipos de seguridad y de respuesta a emergencia. Mantener actualizado y disponible la documentación de la unidad vehicular: SOAT, inspección técnica, hojas de datos de seguridad de los materiales peligrosos transportados (MSDS), certificaciones de capacitación en transporte de materiales peligrosos, mantenimiento preventivo y/o correctivo, acreditaciones entre otros. Reportar inmediatamente los incidentes a su supervisor. No exceder las horas máximas de conducción. Cumplir con la política de cero tolerancias al alcohol y drogas.

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i. Hacer uso de su derecho a decir NO en la ejecución de trabajos en condiciones inseguras. j. Exigir a sus pasajeros el uso de los cinturones de seguridad. k. Sólo transportar la carga autorizada según la guía de transporte. 4.7 Gerencia de Cadena de Suministros: Hacer cumplir lo dispuesto en el presente Reglamento, en Oficinas Corporativas y visitas, que prestan todo tipo de servicios relacionados con el transporte tales como camionetas, transporte de personal, equipos, camiones, unidades de escolta, etc. Para NEXA. 4.8 Empresa Proveedora / Transportista a. Cumplir el presente Reglamento y asegurar el entrenamiento del personal, proporcionando los recursos necesarios. b. Proveer al transportista y al cliente la hoja de datos de seguridad del producto (MSDS) actualizado y en español. c. Asegurar la formalidad del estado laboral de las personas que prestan servicio en la empresa transportista y sus terceros. d. Asegurar que se cumplan los tiempos de trabajo y descanso para el personal; establecidos por Milpo. 5. VIAS Y ACCESOS 5.1 Las vías de la UMCL son en suelo firme y deben soportar una carga de 50 TN y reunir las siguientes características: a. Sección típica a media ladera con ancho de superficie de rodadura de 7 metros. b. Radio de curvatura exterior de 14 metros. c. Gradiente máxima de 12%. d. Contar con muros de seguridad de aproximadamente no menos de ¾ partes de la altura de la llanta más grande del vehículo que circulan por las vías. e. Zonas de alivio. f. Zonas de cruce. 6. DETENCION / ESTACIONAMIENTO 6.1 Se considera que un vehículo se ha detenido, cuando se encuentre inmovilizado en la vía, por los siguientes motivos: a. Cuando se recoge o deja personal en lugares autorizados. b. Para que el conductor hable por celular o radio. c. Para dar pase a un vehículo que tiene preferencia En estos casos el conductor debe estacionarse en lugares apropiados sin interrumpir el libre tránsito vehicular y encender las luces intermitentes de emergencia. 6.2 Los vehículos se detendrán para cargar o descargar materiales e insumos en los lugares que no constituyan un peligro u obstáculo a la circulación de otros vehículos. Si la necesidad amerita interrumpir una vía, se deberá colocar señalización de advertencia y contar con personal que dirija el tránsito. 6.3 Para estacionar un vehículo, el conductor debe asegurar su inmovilización, mediante la aplicación del sistema de frenos, direccionamiento de las llantas delanteras hacia el talud o hastial, enganchado en el cambio del sentido inverso a la pendiente, además se señalizará con la colocación de 2 conos y bloqueará las llantas con el uso de 2 tacos, a una distancia de 2 metros entre vehículos. Quedan exceptuadas de enganchar en un cambio, cuando se deja estacionado, los vehículos que por diseño del fabricante, se recomiende lo contrario.

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6.4 Está prohibido que el conductor descienda del vehículo y deje las llaves en el contacto al alcance de personal no autorizado. 6.5 Está prohibido que los conductores estacionen sus vehículos en: a. b. c. d. e. f.

Lugares donde las señales lo prohíban. Al costado, antes o después de cualquier obstrucción de tránsito. En una intersección. A menos de 30 metros de curvas, puentes, zonas estrechas de la vía y pendientes. En lugares no autorizados, ni señalizados para tal efecto. En cualquier lugar que afecte la seguridad, visibilidad o fluidez del tránsito o impida observar la señalización. g. En cauces de quebradas. h. En lugares donde se bloquee las rutas de acceso a otras áreas. 6.6 Al estacionar un vehículo en una vía con visibilidad escasa por presencia de lluvia, neblina u otro factor, el conductor debe mantener encendida la baliza y las luces intermitentes de emergencia. 6.7 Cuando por una falla mecánica o cualquier otra circunstancia, un vehículo queda inmovilizado en la vía, el conductor debe tomar medidas preventivas, colocando tacos en las llantas para evitar que el vehículo se deslice intempestivamente, además señalizará usando conos de seguridad antes y después a su posición, a una distancia del vehículo no menor de 10 metros y no mayor de 40 metros. La seguridad de los pasajeros es responsabilidad del conductor, quien indicará que permanezcan en el vehículo hasta que llegue el vehículo de apoyo para trasladarlos a su destino. 6.8 Todo vehículo será estacionado en retroceso en las zonas de parqueo, en la posición “listos para salir”, se bloquearán las llantas con el uso de tacos y señalizará con la colocación de conos a una distancia aproximada de 1metro de la parte frontal del vehículo. 7. SEÑALES DE TRANSITO 7.1 Las señales de tránsito, de acuerdo con su función específica se clasifican en: a. Reguladoras Tienen por finalidad indicar a los usuarios las limitaciones, prohibiciones o restricciones en el uso de la vía. Su cumplimiento es obligatorio. b. Preventivas o de Advertencia Tienen por finalidad advertir a los usuarios de la existencia y naturaleza de un peligro en la vía. c. Informativas Tienen por finalidad guiar a los usuarios, proporcionándoles indicaciones que puedan necesitar durante su desplazamiento por la vía. Anexo Nº 1. 7.2 Cuando las vías se encuentren en construcción, mantenimiento o cuando se realicen obras en algunos tramos que afecten la circulación normal de los vehículos, el responsable de los trabajos deberá implementar señalizaciones y controles adicionales de seguridad que garanticen la NO ocurrencia de un accidente; como por ejemplo personal vigía que dirija el tránsito”. 8. CLASIFICACIÓN Y ANTIGÜEDAD DE VEHÍCULOS Y EQUIPOS

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Rev. 4.0

Los vehículos livianos y equipos móviles en las operaciones de la Unidad Minera Cerro Lindo se clasifican en 5 categorías y deberán tener una antigüedad máxima de fabricación según se indica en el cuadro: CATEGORIAS

“A”

“B”

“C”

“D”

“E”

“F”

Años de antigüedad (fecha de Modificación)

Descripción Vehículos livianos: Todos los vehículos automotores de cuatro ruedas cuya capacidad no exceda a 08 (ocho) lugares, excluido el conductor y el peso bruto no excedan de 3500 kilos. Vehículos automotores de carga: Camión pequeño de transporte de insumos, alimentos, residuos, materiales, explosivos y grúa. Vehículos automotores de transporte de personal: Ómnibus, microbús, Minibús y Vehículos de y trasporte colectivo para mina. Vehículos automotores de Carga: Volquete, Cisterna, Semi tráiler, Grúa, Cama baja, bombona, explosivos y acoplado.

3 años

5 años

5 años

5 años (de 5 a 8 años deben contar con prueba de ensayo no destructivo)

Equipos Móviles: Scoop, Simba, Jumbo, Desatador, Rompe Bancos, Manitoú, Equipos shocrete de concreto, Mini excavadora, Mini cargador, Tractor sobre orugas, cargador frontal, Excavadora retroexcavadora, Rodillo, Motoniveladora, Montacargas. Ambulancias” y “ Camión contra incendios

5 años

8 años

9. REVISIONES VEHICULARES Los vehículos de las categorías A,B, C,D y F deben ser sometidos a una inspección vehicular cada 2 meses, la que será realizada en los Talleres de Mantenimiento de la UMCL o donde las autoridades responsables lo designen como taller autorizado. El registro de esta inspección debe portarse en el vehículo y mostrarse cuando sea requerida por las autoridades competentes y/o personal de seguridad interna. Está prohibida la circulación de vehículos sin inspección o con la inspección vehicular vencida. 10. EQUIPOS / IMPLEMENTOS DE SEGURIDAD PARA VEHICULOS LIVIANOS Y EQUIPOS Todo vehículo liviano o equipos para operar en la unidad minera Cerro Lindo deberá cumplir con:

REQUISITOS

CATEGORIA A Equipo liviano

1.

Sistemas originales incluyendo el de dirección. 2. Cartilla de control de mantenimiento preventivo de acuerdo a la recomendación del fabricante. El cumplimiento del mantenimiento preventivo será

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CATEGORIA B Vehículo de carga

CATEGORIA C Vehículo de transporte de personal

CATEGORIA D Vehículo de carga

CATEGORIA E Equipos Móviles

CATEGORIA F Ambulancia

























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3.

4.

5.

responsabilidad del contratista. Placas de rodaje visibles según Reglamento Nacional de Tránsito. Luces principales: Faros de carretera, delanteros de alta y baja iluminación. Luces de posición que indiquen longitud, ancho y sentido de marcha desde cualquier punto de observación.

Luces direccionales intermitentes de color ámbar, delanteras y posteriores 7. Luces posteriores de color rojo, que se enciendan al accionarse el mando del freno de servicio principal. 8. Luz blanca para iluminar la placa de rodaje. 9. Luces blancas para retroceso. 10. Luces intermitentes de emergencia. 11. Baliza estroboscópica de color amarillo en la parte superior de la cabina, con excepción de las ambulancias que será de color rojo.











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6.





























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(A 0.80 cm de altura sobre la barra antivuelco sólo para vehículos que ingresan a interior mina)













12. 02 faros neblineros con luz amarilla. 13. Limpia parabrisas





















14. Lamina de seguridad de alto impacto en vidrios. 15. Neumáticos con altura mínima de banda de rodadura (mm.)













16. Cinturones de Seguridad 17. Tablero de control del vehículo operativo. 18. Alarma de marcha en retroceso de capacidad sonora de 120Db. 19. Botiquín de primeros auxilios

20. Extintor, linterna, tacos y conos con dispositivos reflectantes rojos. 21. Neumático de repuesto, gata de acuerdo al peso del vehículo y llave de

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3 mm

6mm

6mm

6mm





Evaluación de mantenimiento mecánico Nexa

6mm



















































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ruedas y manuales.

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herramientas

22. Barra antivuelco en la tolva de vehículo (camioneta). 23. jaula antivuelco en el interior de la cabina Es obligatorio en microbuses (categoría M2) usados para transporte de personal de hasta 12 pasajeros 24. Aire acondicionado 25. Dispositivo silenciador 26. Cadena de línea a tierra (Sólo para vehículos que ingresan a interior mina) 27. Traba tuercas 28.

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“Sistema Inthinc ó GPS”



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11. REQUISITOS PARA LA OBTENCION DE LICENCIA INTERNA DE CONDUCCIÓN 11.1 Todo conductor en la UMCL debe ser titular de una licencia de conducir vigente de la Clase y Categoría acorde con el tipo de vehículo a operar; otorgada por el Ministerio de Transportes de Comunicaciones. 11.2 El Conductor para acceder a la Autorización Interna de Conducir dentro de la UMCL deberá cumplir con los siguientes requisitos, según el cuadro:

REQUISITOS 1. Presentar la solicitud para Autorización Interna de Manejo (Anexo Nº 13) al área de SSO. 2. Copia de Licencia de conducir otorgada por el MTC.

CATEGORIA A Equipo liviano

 Conductores permanentes: Clase “A” Categoría II- a.

CATEGORIA B Vehículo de carga

 CLASE “A” Categoría II-b (Antigüedad 05 años)

Personal supervisión Clase “A” Categoría I- a con 2 años de antigüedad 3. Edad del conductor Máximo: 65 años





CATEGORIA C Vehículo de transporte de personal

 Clase “A” En Ómnibus Categoría III-C En Minibús y Microbús Categoría II-b Antigüedad 05 años)



CATEGORIA D Vehículo de carga Pesada

 Clase “A” Categoría III-B o A III-C (Antigüedad 05 años)



CATEGORIA E Equipos Móviles

CATEGORIA F Ambulancia

 CLASE “A” Categoría I- a (Antigüedad 05 años)

 Conductores permanentes: Clase “A” Categoría II-b. (Antigüedad 05 años)





4. Copia de DNI













5. Aprobar el examen teórico de Manejo Defensivo y Riesgos critico (*) (Nota mínima ≥ 14) en la UMCL













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6. Aprobar el examen práctico, evaluación realizada por el área de mantenimiento mecánico-UMCL.



11. Examen médico ocupacional 12. Personal Nuevo para conducción para interior mina, se dará su examen práctico en interior mina.

Rev. 4.0











































































7. Acreditar haber llevado un curso práctico del equipo móvil a operar en una entidad certificada. 8. Record de conducción otorgado por el MTC. (Sin sanciones pendientes por subsanar) 9. Certificado de trabajo. 02 años de antigüedad 10. Hoja de reconocimiento área de trabajo. (Ítem 11.3)

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*Las capacitaciones de manejo defensivo son renovables anualmente. 11.3 Hoja de reconocimiento de área de trabajo -

Para cumplir con el reconocimiento de las vías internas y externas de la Unidad Minera, el postulante deberá acompañar como copiloto a un conductor autorizado; y éste se encargará de advertirle y concientizarlo de los peligros y riesgos de la ruta. Es responsabilidad de las Superintendencias de áreas - Nexa y empresas contratistas nombrar un monitor o personal instructor que se encargue de realizar los adiestramientos al personal postulante.

-

Los postulantes que en cumplimiento de sus funciones también tengan que recorrer las vías externas a la Unidad Minera, deberán incluir en el reconocimiento; la ruta de acceso a la Unidad Minera (Carretera Jahuay Chavín). El reconocimiento de la Carretera Jahuay Chavín, consistirá en recorrerla ida y vuelta, teniendo como puntos de referencia las garitas de control del Km cero y 59. En el caso de interior mina (socavón) el reconocimiento debe ser por 4 días.

-

EXCEPCIÓN: Los postulantes que pertenecen a las empresas de transporte de concentrado, transporte de personal, materiales peligrosos, cemento, arena y todas aquellas cuya única área de trabajo sea la ruta de acceso a la Unidad Minera (Carretera Jahuay-Chavín), deberán realizar tres viajes, donde cada viaje consistirá en una ida y vuelta de la ruta.

12. AUTORIZACIÓN DE SALIDA VEHICULAR Todo vehículo, para salir de la Unidad Minera deberá presentar en la garita de control el formato de Autorización de Salida Vehicular (anexo 5). 13. TRANSPORTE DE PERSONAL 13.1 Los ómnibus de transporte de personal que se dirigen desde la Unidad Minera hacia la ciudad de Lima o viceversa, deberá contar siempre con un copiloto; debiendo relevarse en un punto intermedio de la Panamericana Sur y en las plataformas de descaso de los Km 33 y 42. Reglamento Interno de Tránsito

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13.2 Los ómnibus deben contar con radio para que la comunicación con el vehículo de ploteo sea fluida y oportuna. 13.3 Los conductores deberán cumplir con el llenado de la cartilla de descarte de fatiga y somnolencia (anexo 7). 13.4 Todo transporte de personal en general, sólo se realizará en vehículos diseñados desde fábrica para tal fin, respetando la capacidad máxima de pasajeros indicado en los documentos del vehículo. 13.5 No se permitirá que sobresalga del vehículo parte del cuerpo de los pasajeros. 14. REQUISITOS VISITAS EXTERNAS 14.1 Modalidades de ingreso Las visitas se adecuarán a los medios de transportes y horarios establecidos para el personal de la Compañía Minera Cerro Lindo; que es el bus correo. 14.1.1 Bus correo: La superintendencia responsable de la visita gestionará los cupos necesarios con el área de RR.HH., en los días y horarios establecidos; en caso de inconvenientes podrán hacerlo en: Vehículos de empresas autorizadas o particulares. 14.1.2 Vehículos de empresas autorizadas: En el caso que el visitante no pueda ingresar con el bus de transporte de personal, deberá hacerlo contratando los servicios de las empresas de transporte de personal autorizadas por la UMCL. De traer algún equipo o herramienta, todo visitante deberá presentar la documentación que lo sustente, como las guía de remisión o facturas. 14.1.3 Vehículos de Visitas (particulares): El ingreso de visitas en vehículos particulares será con la autorización de la Gerencia de Area y deberá cumplirse con los siguientes requisitos: 14.1.3.1 Requisitos - Conductor Visita. El conductor, deberá presentar la documentación exigida según ley: a. Los conductores en calidad de visita deberan de contar com Anexo 4, para ingressar a la unidad por el KM59. Em caso de no contar no podran ingresar conduciendo. b. Examen médico ocupacional (Anexo N° 16 - D.S. 024 EM) realizado en las clínicas autorizadas por la U.M. y la DIGESA. c. SCTR de Salud y Pensión. d. Licencia de conducir acorde con el vehículo conducido, otorgado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (2 años de antigüedad). e. Record de conducir actualizado otorgado por el MTC, sin sanciones pendientes por subsanar. f. EPPs básicos: Casco, zapatos de seguridad, lentes de seguridad y chaleco de trabajo con cintas reflectivas de la empresa a la cual pertenece. 14.1.3.2 Requisitos - Vehículo visita Documentación: a.

SOAT Vigente.

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Tarjeta de Propiedad Vehicular (Nº de pasajeros y carga útil) Inspección vehicular vigente (cada 2 meses) en los talleres autorizados por la UMCL; esta debe incluir la medición de opacidad de acuerdo a la normativa vigente. Póliza de Seguro Vehicular contra todo Riesgo. Cartilla del último mantenimiento preventivo de cada 5000 Km y la cartilla de inspección del sistema de frenos (cada 15 días). Equipos e implementos de seguridad del vehículo de acuerdo a la tabla - EQUIPOS / IMPLEMENTOS DE SEGURIDAD PARA VEHICULOS Y EQUIPOS. (ítem 10)

14.1.4 Horario de ingreso - visitas Los horarios de ingreso de visitas en vehículos particulares por la garita de control del Km cero, será desde las 06:00 a.m. hasta 16:00 ; donde el conductor y visitantes recibirán la inducción de ingreso en Seguridad y Salud Ocupacional para visitantes. 15. LIMITES DE VELOCIDAD 15.1 Vías externas / Vías de acceso a la UMCL Km. 0 al Km. 16 Km. 16 al Km. 24 (início curvas) Km. 24 al Km 59 (Garita de control de Ingreso Unidad Minera)

70 Km/hr 50 Km/hr 30 Km/hr

En condiciones adversas como lluvia, neblina, polvo, etc., los Conductores tienen que reducir la velocidad y de ser necesario paralizar el tránsito vehicular. 15.2 Vías internas _ Superficie Km 59 (Garita de control de Ingreso Unidad Minera) a oficinas, campamentos, operación minera - superfície.

30 Km/h

15.3 Velocidades máximas en interior mina Las velocidades máximas a considerar por vehículos serán: Scooptram, Jumbo, Simba, Raptor Volquetes Camiones Camionetas

10 Km/Hr. 15 Km/Hr 15 Km/Hr 20 Km/Hr

15.4 Los vehículos de respuesta a emergencias, podrán desplazarse a una velocidad en la que el Conductor tenga el dominio y control del vehículo, aplicando los criterios del Manejo Defensivo. 15.5 Los conductores antes de llegar a una curva cerrada de poca visibilidad, sin señalización ni espejos convexos que ayuden a ver los vehículos que viene en sentido contrario; tocarán 2 toques de claxon, mantendrán su derecha e ingresaran disminuyendo su velocidad. 16. HORARIO DE INGRESO A LA UMCL – EMPRESAS PERMANENTES 16.1 La hora de ingreso de “vehículos livianos” a la UMCL es a partir de las 06:00 horas hasta las 16:00 horas por el Km Cero, y la salida desde las 06:00 horas hasta la 16:00 horas por el km 59. 16.2 La hora de ingreso de vehículos pesados de transporte de carga es desde las 06:00 horas hasta las 17:00 horas y la salida es de 06:00 horas a 17:00 horas por el Km 59. 16.3 El horario de ingreso de los vehículos de transporte de concentrado será a partir de las 18:00 hasta 22:00 horas por el Km cero, y la salida por el Km 59 desde las 00:00 hasta las 03:00 horas. Reglamento Interno de Tránsito

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En caso de modificación del horario deberá contarse con la aprobación de la Gerencia de Area la U.M. 16.4 Se aplicaran excepciones cuando sean emergencias médicas, operacionales de paradas de planta que pongan en riesgo la producción y que tengan el V°B° de la Gerencia de Area o su reemplazo en caso de ausencia. 16.5 El ingreso y salida de las unidades vehiculares se realizará por el km cero no debiendo desviarse a la vía de acceso rumbo al distrito de Topará; excepto las unidades de carga de material agregado por razones de proximidad al lugar de abastecimiento y seguridad de la ruta. 16.6 “Todo vehículo que sale por la garita del Km. 59” después de las 10:00 horas no podrá retornar a la Unidad Minera el mismo día. En caso la salida sea antes del límite de horario establecido y deba regresar el vehículo; el conductor a su retorno descansará obligatoriamente una hora en el área habilitada del Km 18 antes de continuar su ingreso rumbo a la Unidad Minera. 17. CONTROLES EN LAS GARITAS Todo conductor de vehículo de transporte de personal de Empresa contratista, que traslade pasajeros de ingreso o salida de la UMCL, deberá elaborar y presentar el manifiesto de pasajeros en las garitas de control de los Km Cero y 59 respectivamente. Este documento tendrá la firma y sello del administrador o residente de la Empresa contratista y será según el formato del anexo N° 9. 17.1 El personal de Vigilancia entregará a los todos los conductores el formato de control de velocidades - Ingreso o de Salida de la UMCL (Anexo 03 y 04), los mismos que serán solicitados en las garitas para verificar el cumplimiento del tiempo de recorrido empleado, respetando los límites de velocidades establecidos, también deberá entregar el inthinc portátil. 17.2 Los vehículos para salir de la UMCL deben portar el formato de Autorización de Salida de Vehículos (Anexo Nº 05), el mismo que debe estar firmado por el jefe de área ”___”. 17.3 Los Conductores obligatoriamente deberán registrar su paso por las plataformas de descanso de los Km. 33 y 42, al ingreso y salida de la UMCL, considerando un tiempo de descanso mínimo de 5 minutos. 17.4 “El personal de seguridad interna, solicitará el ticket del peaje ubicado en Jahuay a los conductores de vehículos de las categorías de B, C y D. Pues previamente para ingresar a la U.M., tendrán que pasar y así evitar hacer el cambio de carril en la Panamericana Sur con el riesgo de provocar una colisión vehicular con los que vienen en sentido contrario o voltearse por el badén existente entre los dos carriles “. 17.4 El Conductor deberá reportar todo incidente. 18. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES 18.1 Del Conductor 18.1.1 Ningún trabajador de la UMCL podrá conducir u operar vehículos o equipos, sin contar con la Autorización Interna de manejo expedido por la Superintendencia de SSO. 18.1.2 Todas las Autorizaciones internas de manejo deben ser renovadas anualmente. 18.1.3 El Conductor habilitado debe asistir de manera obligatoria a las capacitaciones de Manejo Defensivo programadas. 18.1.4 El uso del cinturón de seguridad es obligatorio.

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18.1.5 El Operador antes de iniciar el arranque del equipo móvil, debe inspeccionarlo y llenar el formato Check List diario, el cual debe ser firmado por el supervisor responsable. Si el equipo móvil presenta fallas este no debe ser movilizado sin autorización de la supervisión correspondiente, también el conductor deberá realizar su check list correspondiente para tipo de vehículo (para camionetas ANEXO 02). 18.1.6 Bajo ninguna circunstancia, el Conductor adulterará los datos en el Check List diario de vehículos, caso contrario, será considerado como falta Muy Grave. 18.1.7 El uso del teléfono celular no está permitido mientras se conduce un vehículo u opere un equipo móvil. 18.1.8 Los Conductores comunicaran de inmediato las condiciones sub-estándares de las vías al supervisor, jefatura o al área de SSO y deberá registrar dicho evento a través de los Habla Fácil. 18.1.9 Los Conductores detendrán su vehículo o equipo móvil y avisarán a su supervisor en caso sientan fatiga, cansancio o malestar que ponga en riesgo su persona o los que transporta. 18.1.10 Ningún personal sin previa coordinación no podrá retornar conduciendo luego de sus días libres-. 18.1.11 Está totalmente prohibido conducir vehículos o equipos después de haber ingerido bebidas alcohólicas (Tolerancia “CERO” de Alcohol). 18.1.12 No cederán la conducción del vehículo a personas no autorizadas dentro y fuera de la Unidad Minera, de darse el caso será considerado Falta Muy Grave. 18.1.13 Respetarán las señalizaciones establecidas en las vías de acceso, públicas e internas de la Unidad Minera, además respetarán los derechos de paso y las prioridades vehiculares. 18.1.14 De ser necesario atender una llamada, el conductor deberá estacionarse en un lugar seguro y fuera de la zona de tránsito. 18.1.15 Es obligación del conductor reportar el no funcionamiento del sistema de control de vehicular INTHINC y la manipulación y deterioro intencional será considerado falta grave. 18.2 Del Peatón Los peatones no deberán usar teléfonos celulares mientras caminan por áreas expuestas al tránsito vehicular. 18.3 De Los Pasajeros: 18.3.1 Deberán subir y bajar de un vehículo solo cuando esté completamente detenido. 18.3.2 Respetarán el número de asientos, usarán el cinturón de seguridad obligatoriamente. Está prohibido reclinar el asiento del copiloto pues anula la eficacia del cinturón de seguridad. 19. USO DE EQUIPOS DE PROTECCION PERSONAL DURANTE LA CONDUCCIÓN De acuerdo a la categoría del vehículo se usará: CATEGORIA

Descripción

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Uniforme

Zapato Seguridad

Botas Seguridad

Lentes seguridad

Casco

Protección auditiva

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A

ByD

C

E F

Vehículos livianos Superficie Vehículos liviano – Interior mina Vehículos automotores de carga Vehículos automotores de transporte de personal Equipos Móviles Ambulancia

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LEYENDA

Obligatorio

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20. REGLAS DE CONDUCCIÓN 20.1 En las vías internas y externas a la UMCL, el vehículo de transporte de personal tendrá preferencia. 20.2 Todo conductor de vehículo o equipo móvil; para iniciar su desplazamiento deberá emplear el código de señales auditivas, utilizando el claxon: - Un (1) toque corto, esperar 5 segundos y encender el vehículo. - Dos (2) toques cortos, esperar 5 segundos y avanzar. - Tres (3) toques cortos, esperar 5 segundos y retroceder. - Un (1) toque largo: Parada de emergencia. Está prohibido el uso indebido del claxon sin seguir el código de toques establecido. 20.3 Los conductores no adelantarán a otros vehículos de su misma clase, salvo situaciones especiales que lo ameriten. 20.4 Para adelantar a otro vehículo, debe deberá hacerse cambio de luces y/o tocar el claxon. El vehículo a ser adelantado encenderá la luz intermitente del lado izquierdo y/o deberá detenerse en un lugar especialmente acondicionado para esta operación. 20.5 Para trasladar un equipo móvil de la categoría D o E fuera de la unidad, deberá hacerse mediante el uso de camiones con plataformas, o si es por sus propios medios deberán ser ploteados por una camioneta con tracción 4x4. 20.6 Las ambulancias, camión contra incendios en situaciones de emergencia tendrán prioridad de paso. Los vehículos cargados con materiales peligrosos (explosivos, sustancias tóxicas, y concentrado), tienen prioridad de paso y deberán hacer uso de señales audibles y visibles. El personal de protección interna coordinará la paralización de otros vehículos para facilitar el tránsito. 20.7 Ningún pasajero subirá o bajará del vehículo sin la autorización del Conductor.

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20.8 El Conductor debe mantener el vehículo que conduce con el combustible necesario para evitar paralizaciones en la vía. 20.9 Está prohibido seguir a los vehículos de emergencia, para aprovechar su marcha y avanzar rápidamente. 20.10 Antes de bajar una pendiente, se debe reducir al cambio de velocidad apropiada para conservar los frenos en buen estado. Está prohibido conducir vehículos / equipos con el motor en punto neutro o apagado. Asimismo queda prohibido conducir los vehículos sobre áreas verdes, pasos peatonales y fuera de las vías carrozables. 20.11 Los vehículos deben de circular con la cantidad de pasajeros indicado en la tarjeta de propiedad. 20.12 Los vehículos no deben ser conducidos en retroceso, salvo que esta maniobra sea indispensable para mantener la libre circulación de los vehículos. Para retroceder, el conductor debe tocar claxon de acuerdo al código establecido, encender las luces de emergencia, los faros de iluminación posterior (piratas) Si no se tuviera suficiente visibilidad se pedirá ayuda a otro persona para que lo guíe. 20.13 Uso de las luces: Luz baja: su uso es obligatorio durante las 24 horas del día. a. Luz alta: su uso es obligatorio sólo en carreteras y caminos, debiendo cambiar a luz baja momentos previos al cruce con otro vehículo que circule en sentido contrario, al aproximarse a otro vehículo que lo precede y durante la noche si hubiera niebla y tuviera luces rompe nieblas. b. Direccionales: deben usarse para girar en las intersecciones. c. Luces intermitentes de emergencia: deben usarse para indicar la detención o estacionamiento en una zona peligrosa o la ejecución de maniobras riesgosas. d. Luces de freno y retroceso: se encienden automáticamente para sus fines propios, aunque la luz natural sea suficiente. e. Luz de retroceso pirata: Se debe usar cuando el vehículo es conducido en retroceso con dificultades de visibilidad. f. Luces rompe nieblas: Deben usarse en caso de niebla de día o de noche. g. La circulina: Debe usarse obligatoriamente a partir de las 18:00 horas, en emergencia, en presencia de neblina. En interior mina su uso es en todo momento y deberá estar instalado sobre una base con extensión no menor de 0.8 m por encima de la barra antivuelco. 20.14 El Conductor antes de iniciar su marcha verificará que todos los pasajeros se encuentren debidamente sentados y con el cinturón de seguridad correctamente colocado. 20.15 El Conductor no transportará pasajeros de pie, en estado etílico o bajo la influencia de drogas. 20.16 Todo vehículo debe contar con: a. SOAT Vigente b. Tarjeta de Propiedad Vehicular (Nº de pasajeros y carga útil) c. Inspección vehicular vigente en los talleres autorizado por la UMCL, en la que debe incluirse la medición de gases y opacidad, de acuerdo a la normativa vigente. d. Medición de opacidad “_” si ingresará a interior mina. e. Póliza de Seguro Vehicular contra todo Riesgo. f. Cartillas de mantenimiento preventivo y/o correctivo.

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20.17 Durante la conducción se deberá mantener una distancia mínima de 20 metros con respecto al vehículo que se tiene adelante. 20.18 Se detendrá la actividad de todo vehículo cuando presente fugas de aceite y/o grasa. 21. CONSIDERACIONES DE SEGURIDAD 21.1 SUPERFICIE El transporte de personal sólo se realizará en vehículos diseñados y fabricados para este fin. 21.1.1 Todo conductor deberá mantener el orden y limpieza de sus unidades. 21.1.2 Está prohibido el transporte de materiales, junto con las personas, éstos deben estar correctamente asegurados en el lugar de carga. 21.1.3 Si es necesario remolcar un equipo, la supervisión a cargo deberá realizar previamente una evaluación de riesgo. 21.1.4 Todo personal sólo será trasladado en vehículos de su propia empresa, salvo en casos de emergencias o con el visto bueno de la Superintendencia involucrada. 21.2 INTERIOR MINA 21.2.1 Todo vehículo para ingresar a interior mina, deberá estar autorizado por la Superintendencia de Mina. 21.2.2 En las galerías y rampas de interior mina, los equipos de bajo perfil tienen preferencia de paso, en caso se encuentren dos vehículos frontalmente y se requiera que uno de ellos retroceda para dejar libre la vía, el operador que realiza la espera deberá apagar las luces para facilitar el retroceso del otro equipo. 21.2.3 Está prohibido el transporte de explosivos sobre cargadores frontales, montacargas, scooptram, jumbos, manitou y otros. El transporte solo se permitirá en vehículos especialmente acondicionados para este fin. 21.2.5 Los scooptram para trasladarse será acuerdo al procedimiento CL-MI-ESTAD-06. 21.2.6 Los scooptram deben desplazarse en superficie, con la ayuda de un vehículo de ploteo. 21.2.7 Queda prohibido el uso de vehículos a gasolina en la UMCL. 21.2.8 Las zonas designadas para el trabajo continuo de los equipos de producción en mina estarán señalizadas y el ingreso vehicular y peatonal será restringido. 21.2.9 El estacionamiento en interior mina deberá realizarse a 2 metros entre camionetas en posición listos para salir y las llantas delanteras direccionadas en contra de la pendiente; encendiendo las luces intermitentes, circulina y bastón luminoso de color verde en posición visible. 21.2.10 Las preferencias de paso en interior mina serán: Primero.- Scooptram, Jumbo y todo equipo auxiliar de minado. Segundo.- Volquetes. Tercero.- Vehículos de servicios auxiliares (camiones). Cuarto.- Vehículos livianos camioneta. Reglamento Interno de Tránsito

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La ambulancia o vehículos en situación de emergencia tendrán preferencia; indicarán mediante señales audibles o visibles. 21.2.11 Los vehículos que circulen en rampa positiva tendrán preferencia de paso y los de transporte de carga lo tendrán en cualquiera de los sentidos. 21.2.12 En operaciones con equipos pesados en mina y superficie, deberá delimitarse el área en un radio de 50 metros, para impedir el ingreso de personal y/o vehículos ajenos a la actividad. 21.2.13 Los vehículos que operan en interior mina, deberán contar obligatoriamente con la medición de opacidad y emisiones gaseosas. 22. TRANSITO PEATONAL EN INTERIOR MINA 22.1 Cuando los equipos se encuentren desplazándose en interior mina, el personal que se encuentre en la vía debe ubicarse en el refugio más cercano para permitir su paso. 22.2 En caso cruce un peatón por delante de un equipo pesado; el operador deberá detenerse a 5 metros del peatón para permitir que pase. Por ningún motivo el operador reanudará la marcha hasta no estar seguro que el peatón haya cruzado completamente 22.3 Las señales a efectuar usando la lámpara de mina, para comunicarse con los operadores de equipos son: MOVIMIENTOS A REALIZAR CON LA LAMPARA DE USO MINERO - Movimiento continuo horizontal - Movimiento continuo vertical - Movimiento continuo circular

COMUNICACIÓN EFECTUADA -

Alto (Parar) Acercarse (Avanzar hacia la señal) Alejarse (Alejarse de la señal)

23. TRANSITO DE VEHICULOS EN LOS CRUCES CON LAS CAMARAS DE CARGUIO 23.1 Cuando un vehículo se encuentre en desplazamiento y tiene que cruzar una cámara de carguío procederá de la siguiente manera: -

Cuando el operador del scooptrams ha señalizado su área de trabajo colocando bastones luminosos con luz roja en los hastiales en ambos sentidos, a una distancia mínima de 15 metros de los cruceros y/o cámaras de carguío, el conductor del vehículo que desee cruzar, deberá detenerse a la altura del bastón luminoso y llamar al operador por radio por su nombre y número de equipo para pedir el pase correspondientes; esperará que el operador del scooptrams confirme por la radio su pase. En el momento que el operador del scooptrams sale de la cámara de carguío, deberá apagar todas sus luces dando conformidad de pase al vehículo que está en espera; de no pagar sus luces ningún vehículo deberá cruzar.

23.3 ACCIDENTES DE TRANSITO Todo accidente de tránsito será investigado y analizado por la Superintendencia involucrada, quien determinará las causas conjuntamente con el área de SSOMA; de tal manera que se establezcan acciones correctivas que eviten la reincidencia. 23.4 El Conductor involucrado en un accidente de tránsito deberá: Reglamento Interno de Tránsito

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a. Detener el vehículo que conduce, sin obstruir ni generar nuevos riesgos en el tránsito vehicular. b. Reportar el accidente inmediatamente a su supervisor. c. En caso de accidente con daños personales, dar el auxilio inmediato a las personas lesionadas, hasta que se constituya la ayuda médica. d. Señalizar adecuadamente el lugar, evitando riesgos en la seguridad de los demás usuarios. e. Evitar la modificación o desaparición de cualquier elemento útil que contribuya en la investigación del accidente; la modificación del escenario será considerado falta muy grave. f. Pasar dosaje etílico / drogas o alcohotest y realizar la denuncia policial si fuese el caso. g. El involucramiento directo en un accidente será suspendido por 6 meses.

24. INFRACCIONES 24.1 CONDUCTOR Las infracciones del Conductor son: A. Infracciones en la conducción. B. Infracciones a los dispositivos de control. C. Infracciones a la seguridad. D. Infracciones a la velocidad. E. Infracciones en el estacionamiento y detención. F. Infracciones a la documentación. G. Infracciones al medio ambiente. Las infracciones del conductor son de acuerdo a la tabla:

SEG URID AD

DISPOSITIVOS DE CONTROL

CONDUCCIÓN

INFRACCIÓN A.1 A.2 A.3 A.4 A.5 A.6 A.7 B.1 B.2 B.3 B.4 B.5 B.6

B.7 B.8 C.1

SEVERIDAD

Adelantar o sobrepasar en forma temeraria. Grave No dar preferencia de paso a los vehículos de emergencia Grave No ceder el paso a otro vehículo que tienen preferencia Media Conducir un vehículo con mayor número de personas que lo indicado Media en la tarjeta de propiedad vehicular. Ocasionar daños a los vehículos a su cargo por volcaduras, choques y Muy Grave / o poner en riesgo la vida de los ocupantes, de terceros y de él mismo. Conducir el vehículo con pasajeros parados, en la tolva y en los Muy Grave equipos pesados. Adelantar vehículos sin tener la indicación o señal. Media Alterar, remover o suprimir las señales de tránsito. Grave No respetar las señales que rigen el tránsito. Media Circular por lugares prohibidos. Grave Ceder las llaves para operar un vehículo a personas sin autorización ni Muy Grave licencia de conducir. Dejar el motor prendido y descender del vehículo. Grave Dejar las llaves en el contacto al alcance de personal no autorizado Muy Grave para operar vehículos y/o equipos móviles y luego descender del vehículo. No reportar accidentes de tránsito a las instancias correspondientes. Muy Grave Leve Conducir un vehículo con sistema GPS – INTHINC, sin usar la llave de identificación personal. Conducir en estado de ebriedad o bajo los efectos de Muy Grave estupefacientes, narcóticos y / o alucinógenos.

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C.2 C.3 C.4 C.5

C.12

Conducir con las luces apagadas.

Media

D.1

No respetar los límites máximos de velocidades establecidos.

Grave

D.2

No reducir la velocidad al aproximarse a una curva cerrada, no tocar claxon de acuerdo a lo indicado en el punto 15.4 del presente reglamento. Estacionarse en la carretera sin señalizar colocando los dispositivos de seguridad reglamentarios.

Media

E.2

Estacionarse en zonas señalizadas como prohibidas.

Grave

E.3

Dejar estacionado el vehículo en lugares permitidos sin colocar taco ni conos.

Media

E.4

No detenerse en las plataformas de descanso a realizar la pausa activa.

Media

F.1

Conducir un vehículo sin contar con la autorización interna de manejo. Muy Grave

F.2 F.4

Conducir un vehículo sin inspección técnica vehicular vigente. Conducir un vehículo sin contar con Póliza y SOAT.

Grave Media

F.4

Puntaje inthinc menor e igual a 4.0

Media

G.1

Transportar cargas o mercancías peligrosas incumpliendo las normas establecidas en el Reglamento Nacional de Tránsito Ocasionar derrames de hidrocarburos o materiales peligrosos, por falta de control y prevención.

Grave

C.8

VELOCIDAD

C.9

ESTACIONAMIENTO Y DETENCIÓN

Conducir un vehículo cuyo sistema de frenos y/ o dirección se Muy Grave encuentra en mal estado de funcionamiento. Conducir vehículos incumpliendo las restricciones que indica su Media licencia de conducir Conducir cuando las condiciones de visibilidad sean escasas. Grave

C.10 C.11

C.7

DOCUMENTACIÓN

Rev. 4.0

Conducir un vehículo que transporta explosivos sin contar con carnet de SUCAMEC Conducir transportando materiales, junto con las personas o no asegurar correctamente la carga. Transportar personal que sea de otra contrata en las vías de acceso a la UM, sin autorización de la supervisión de Milpo. Realizar maniobras de remolque vehicular sin comunicación y autorización de la supervisión a cargo ni la evaluación de riesgos correspondiente. Conducir u operar vehículos sin mantenimiento preventivo y/o correctivo actualizado. Conducir vehículos sin herramientas o equipos de seguridad. Conducir vehículos hablando por celular.

C.6

MEDIO AMBIENTE

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E.1

G.2

Grave Media Media Grave

Medio Media Grave

Media

Grave

Cualquier otra infracción que no figure en el presente cuadro, será evaluada y sancionada de acuerdo al procedimiento SSO-P-31 de Investigación y Atención de Incidentes de la Unidad Minera. 24.2 PEATON / PASAJERO Las infracciones de tránsito del peatón o pasajero, son: Reglamento Interno de Tránsito

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24.2.1 Infracción durante el transporte: FALTA No colocarse el cinturón de seguridad. Molestar o distraer al Conductor. Subir o Bajar del vehículo en movimiento. Viajar parado en la tolva del vehículo. Arrojar objetos por la ventana del vehículo . Desobedecer las indicaciones de los Conductores.

1. 2. 3. 4. 5. 6.

SEVERIDAD Grave Grave Muy Grave Muy Grave Leve Media

24.2.2 Infracción en las vías:

1. 2. 3. 4. 5.

FALTA Transitar por las vías en estado de ebriedad o bajo los efectos de estupefacientes, narcóticos o alucinógenos. Cruzar las vías temerariamente. Alterar, mutilar, remover o suprimir las señales de tránsito. Dejar objetos en las vías que entorpezcan el tránsito. No respetar las señales que rigen el tránsito o desobedecer las indicaciones de los Conductores

SEVERIDAD Muy Grave Muy Grave Grave Grave Grave

Cualquier otra infracción que no figure en el presente cuadro, será evaluada y sancionada de acuerdo al procedimiento SSO-P-31 de Investigación y Atención de Incidentes de la Unidad Minera. 25. SANCIONES

25.1 Conductores Las sanciones deberán estar en función a la reincidencia y gravedad:

Ocurrencia

1ra. Vez

2da. Vez

SEVERIDAD Leve Media Grave Muy Grave Reporte de Reporte de Reporte de Retiro Incidente y incidente y incidente y inmediato del suspensión suspensión de suspensión de personal de la licencia 2 días. licencia por 1 licencia por 1 UMCL. semana. meses. Suspensión de Suspensión de Suspensión de licencia por 1 licencia por 1 licencia por 2 semana. mes. meses.

Nota.- En casos de sanciones, el personal deberá pasar nuevamente por una capacitación y evaluación en seguridad vial a cargo del área de Seguridad Y Salud Ocupacional. 25.2 Peatones / pasajeros: Las sanciones deberán estar en función a la ocurrencia y gravedad: Reglamento Interno de Tránsito

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Ocurrenci a 1ra. Vez

2da. Vez

Leve Amonestació n escrita. Reporte de Incidente y suspensión de labores 2 días.

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Rev. 4.0

SEVERIDAD Media Grave Suspensión de labores de acuerdo a la Suspensión investigación del incidente realizada. de labores 2 días. Suspensión Retiro del personal de la Unidad de labores de Minera. acuerdo a la investigación del incidente realizada.

25.3 El Registro de Infracciones de Tránsito, será llevado por el área de protección Interna y reportada a la Gerencia de SSOMA. 26. TRANSPORTE DE MATERIALES Y RESIDUOS PELIGROSOS La Ley 28256 y su reglamento aprobado mediante DS 021-2008-MTC, regula el transporte terrestre de materiales y residuos peligrosos, donde se norman las actividades, procesos y operaciones del transporte terrestre de los materiales y residuos peligrosos, con sujeción a los principios de prevención y de protección de las personas, el medio ambiente y la propiedad. Para el transporte de materiales y residuos peligros se deberá tener en consideración: a. Los envases, embalajes y contenedores de los materiales y/o residuos peligrosos se rigen de acuerdo a la clasificación, tipos y disposiciones que establece el Libro Naranja de las Naciones Unidas. b. La resistencia de los envases y embalajes debe ser suficiente para soportar la operación de transporte en condiciones normales, así como de acuerdo a lo señalado en el Libro Naranja de las Naciones Unidas. c. Todo vehículo que se utiliza en la operación de transporte terrestre de materiales y/o residuos peligrosos, desde la recepción de la carga hasta su entrega al destinatario, debe contar con una póliza de seguros que cubra los gastos ocasionados por los daños personales, materiales y ambientales derivados de los efectos de un accidente generado por la carga, ocurrido durante dicha operación. La contratación de la póliza no releva al transportista de la responsabilidad administrativa, civil y penal por los daños personales, materiales y ambientales que le pudiera corresponder. 26.1 Planes de Contingencia La ley 28551 exige la obligación de presentar planes de contingencia de transporte de materiales y residuos peligrosos. a. Cuando se trate de transporte por cuenta propia de la empresa, el plan de contingencia será aprobado por el sector que corresponda a la actividad que produce o emplea el material o residuo peligroso de acuerdo a sus normas vigentes. b. Cuando se trate del servicio de transporte terrestre de materiales y/o residuos peligrosos, el plan de contingencia será aprobado por la DGASA del MTC. Al respecto, debe mencionarse que en el año 2009 se elaboraron lineamientos para elaborar el referido plan de contingencia. 26.2 Requisitos del Personal Reglamento Interno de Tránsito

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26.2.1 El personal que intervenga en la operación de transporte de materiales y/o residuos peligrosos deberá contar con una capacitación básica sobre el manejo de materiales y/o residuos peligrosos y sobre la aplicación del plan de contingencia para dicho transporte. Esta capacitación será actualizada periódicamente y certificada por las entidades de capacitación autorizadas e inscritas en el registro de entidades de capacitación aprobadas por el MTC. 26.2.2 Para realizar el transporte terrestre de materiales y/o residuos peligrosos el transportista deberá contar con: a. Permiso de operación especial para servicio de transporte terrestre de materiales y/o residuos peligrosos por carretera, otorgado por la Dirección General de Transporte Terrestre (DGTT) o Permiso de operación especial para transporte terrestre de materiales y/o residuos peligrosos por carretera por cuenta propia, otorgado por la DGTT. b. Permiso de operación ferroviaria especial para el servicio de transporte terrestre de materiales y/o residuos peligrosos por vía férrea, otorgado por la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles (DGCF) o Permiso de Operación Ferroviaria Especial para Transporte Terrestre de Materiales y/o Residuos Peligrosos por Cuenta Propia, otorgado por la DGCF. Asimismo, el transportista deberá estar inscrito en el registro nacional de transporte de materiales y/o residuos peligrosos de la Dirección General de Transporte Terrestre (DGTT), y/o el registro nacional de transporte de materiales y/o residuos peligrosos por vía férrea, a cargo de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles (DGCF). Deberá conocer la ruta y sus riesgos, previo a realizar el viaje como titular. 26.3. Vehículos de ploteo

a. b.

c.

d.

Los requisitos necesarios son los siguientes: Las unidades que se designen como escoltas deben ser del tipo camionetas Pick-up 4x4 y cumplir los requisitos indicados en el presente Reglamento. El uso de camionetas escoltas para cargas sobre dimensionadas será de acuerdo al reglamento de peso y dimensión vehicular para la circulación en la red vial nacional DS-01398-MTC. Las unidades escolta llevaran letreros indicando el número de unidades que componen el convoy, los letreros no tendrán escrituras por ambos lados, la primera escolta llevará la escritura hacia delante y la segunda escolta lo llevara hacia atrás. En caso el convoy cuente con una sola unidad escolta, la última unidad del convoy llevará el letrero indicando el número de unidades del que consta el convoy en la parte posterior de su unidad.

26.4 Traslado de unidades en convoy a. Los convoyes están compuestos por un vehículo escolta hasta un máximo de 5 unidades y dos vehículos escolta hasta un máximo de 10 unidades de carga que viajen juntas. b. Los convoyes deben ser de unidades que lleven materiales similares o compatibles. c. La distancia mínima entre unidades en un convoy debe ser de 50 metros y la máxima no mayor a 100 metros. d. La separación entre convoyes debe ser no menor a 10 minutos si son productos compatibles o 30 minutos si no son productos compatibles. e. La distancia entre la escolta y la primera unidad de carga no debe ser mayor a 100 metros. Reglamento Interno de Tránsito

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f. Si el convoy contase con una segunda escolta, esta deberá ubicarse entre 50 y 100 metros detrás de la última unidad que integra el convoy. g. Un convoy solo podrá ser adelantado en una parte de la vía en línea recta y donde la visibilidad lo permita. h. Al ser adelantado el convoy, ésta deberá disminuir su velocidad para permitir el pase de otros vehículos. i. Cuando el convoy no cuente con escolta posterior la última unidad llevará el letrero de cierre de convoy de acuerdo a las características establecidas. j. Los vehículos utilizados en el transporte de materiales y/o residuos peligrosos deberán contar con dispositivos que permitan el control y monitoreo permanente del vehículo en ruta y su comunicación permanente y efectiva con la base del transportista. k. El convoy debe estar acompañado de vehículos escolta y bastará que uno de ellos cuente con el sistema de comunicación. l. En casos especiales y previa autorización del área de SSO y/o Gerencias, los vehículos de transporte de carga podrán ingresar o salir de la UM en grupos conformados por cuatro unidades como máximo y un mínimo de dos. Estas unidades deberán contar obligatoriamente con radios de comunicación y tener un rotulo de numeración en el parabrisas en forma decreciente; para advertir a los demás conductores que vienen en sentido contrario cuantas unidades conforman dicho convoy. 26.5 Tránsito de transporte de mercancías peligrosas a. Los horarios de circulación deben estar de acuerdo a la legislación peruana y de acuerdo al RITRA de la Unidad Minera Cerro Lindo. b. Las horas de conducción de los operadores de vehículos de carga serán de máximo 5 horas seguidas de día o 4 horas de noche ó 12 horas en 24 horas con descanso de por lo menos 2 horas entre jornadas. (D.S.-009-2004-MTC) c. Las condiciones que regirán para el transporte de concentrado, en las vías que están bajo responsabilidad de la unidad minera, serán previa evaluación de riesgos a cargo de las áreas involucradas. 26.6 El derecho de paso a. En pendientes, el vehículo que sube tiene la preferencia ante el vehículo que baja. b. El vehículo cargado tiene preferencia ante el vehículo sin carga. c. El vehículo de transporte de personal tiene preferencia ante otro vehículo a excepción del vehículo de emergencias. d. Las ambulancias en situaciones de emergencia, transporte de personal y equipo pesado. e. El adelantamiento se realizará verificando que el pase sea seguro. De ser posible el convoy que será adelantado debe parar en un lugar seguro. 26.7 Velocidad en la ruta a. Se deberá circular en los poblados y zonas rurales 10 Km/hr por debajo de la señalización de velocidad del MTC. Ejemplo: Señal de 45 Km /hr Se debe transitar a 35 Km/hr en las curvas existentes en la carretera se deberá tener especial cuidado y la velocidad no debe ser mayor a 30 km/hr. b. Lo que establezca las regulaciones de tránsito del Grupo Nexa.

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c. Los controles de velocidad con pistola radar se efectuaran de acuerdo a las velocidades indicadas por el MTC o lo indicado en el presente Reglamento. d. Serán monitoreadas con equipos de GPS-INTHINC. 27. EQUIPOS DE GPS INTHINC - CONTROL DE VELOCIDAD, USO DE CINTURON DE SEGURIDAD Y ESTILO DE CONDUCCIÓN Todo vehículo que cuente con el sistema de control GPS – INTHINC, deberá ser operado sólo con llave de identificación personal, y las faltas relacionadas a no uso de cinturón, estilo de conducción y exceso de velocidad que se registren en el sistema estará sujetas a sanción según el siguiente cuadro:

OCURRENCIA 1ra. Vez 2da. Vez 3ra. Vez

4ta. Vez

NO USO DE CINTURON DE SEGURIDAD Firma de carta de compromiso de no reincidencia (Anexo N° 14)

ESTILO DE CONDUCCIÓN Firma de carta de compromiso de no reincidencia (Anexo N° 14) Amonestación escrita Suspensión de licencia interna de conducir una semana

Amonestación escrita Suspensión de licencia interna de conducir una semana Suspensión de licencia Suspensión de licencia interna de conducir un mes. interna de conducir un mes.

EXCESO DE VELOCIDAD Firma de carta de compromiso de no reincidencia (Anexo N° 14) Amonestación escrita Suspensión de licencia interna de conducir una semana. Suspensión definitiva de licencia interna de conducir.

Las sanciones estarán sujetas a previo análisis de faltas cometidas registradas en el portal inthinc 28. TRANSPORTE DE EXPLOSIVOS 28.1 El nitrato de amonio, sustancias que lo contengan y / o similares, destinados a fines distintos a su empleo en la agricultura, serán considerados como explosivos y como tales quedan sometidos a las disposiciones establecidas en el DS 019-1971 IN. 28.2 Para el caso de transporte de explosivos, sólo podrán transportarse explosivos de un mismo grupo. Por ningún motivo podrán transportarse altos explosivos y dinamitas conjuntamente con fulminantes o artificios que contengan explosivos detonantes o iniciadores. Tampoco podrá llevar ninguna otra carga peligrosa, (combustibles, etc.) ni pasajeros.

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Producto

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Emulsiones Fanel Cordón Detonante Booster Fulminante Eléctrico Nitrato de Amonio/ SUPERFAM

Emulsiones

E

E

E

E

Cordón Detonante

E

E

E

E

Booster

E

E

E

E

Nitrato de Amonio / SUPERFAM

E

E

E

E

Fulminante Eléctrico

A

A

Fanel

A

A

*Nota:

Rev. 4.0

"E" (EXPLOSIVOS)

Su transporte se realiza en vehiculos diferentes a los que estan la "A"

(ACCESORIOS), nunca van juntos

28.3. Los recipientes que contengan explosivos no podrán ser abiertos sobre los vehículos, muelles, desembarcaderos y aeródromos. 28.4 Se observará el máximo cuidado en la manipulación de los envases, evitando golpearlos, arrastrarlos o dejarlos caer. Es prohibido aceptar el transporte de explosivos cuyos envases se encuentren deteriorados. 28.5 Todo transporte terrestre de explosivos irá al cuidado y vigilancia de un mínimo de dos (2) personas y bajo la custodia de por lo menos, un efectivo policial. Queda prohibido conducir pasajeros. 28.6 El transporte de explosivos deberá cumplir con lo siguiente: a. Envases originales en perfecto estado de conservación. b. Se prohíbe transportar en el mismo vehículo y en forma simultánea detonadores y otros accesorios de voladura con explosivos. c. Los vehículos utilizados para el transporte de explosivos dentro de las instalaciones minero metalúrgicas estarán en perfecto estado de funcionamiento, serán de construcción sólida, llevarán letreros con la palabra “explosivos”, se mantendrán limpios y libres de materiales inflamables. El material explosivo se debe ubicar en la tolva del vehículo, la que estará recubierta interiormente con madera, previamente tratada con material ignífugo, y provista de barandas suficientemente altas para evitar caídas accidentales. d. Los vehículos antes referidos estarán, además, provistos de, por lo menos, dos (2) extintores de incendio de polvo químico seco multipropósito. Se cuidará, también, de no sobrecargar los vehículos, no hacer paradas innecesarias ni transitar por zonas muy frecuentadas. e. Cuando se transporta explosivos en el interior de las minas, los vehículos deberán tener todas las condiciones de seguridad del caso, debiendo destinarse exclusivamente a esta tarea. f. En minas subterráneas el transporte de explosivos desde los polvorines a los frentes de trabajo se hará en recipientes independientes y en cantidades estrictamente necesarias para su utilización inmediata. En caso de que el trabajador transporte el explosivo, el peso no podrá exceder de veinticinco (25) kilogramos g. El trabajador responsable del traslado deberá ser especializado y conocedor de todas las precauciones pertinentes en el manipuleo de sustancias explosivas, respetando una distancia mínima de diez (10) metros de trabajador a trabajador.

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h. Durante el transporte de sustancias explosivas, tanto en superficie como en el interior de la mina, únicamente los trabajadores encargados de su manipuleo podrán ocupar el vehículo con los explosivos. Está prohibida la presencia de otros pasajeros. i. Se dará instrucciones para obligar al personal que transporta explosivos a hacerlo con la máxima precaución evitando choques, rozamientos, chispas y demás causas posibles de accidentes. j. AL completar el traslado de explosivos se cuidará de dejar los vehículos completamente limpios y libres de residuos. k. EL sistema eléctrico del equipo de transporte deberá ser a prueba de chispas y su carrocería debe estar conectada a tierra mediante una cadena de arrastre o un sistema de seguridad certificado para este fin. La posibilidad de chispas por rozamiento será eliminada aplicando al vehículo un revestimiento interno de aluminio, cobre, goma o madera impregnada de material ignífugo. l. En lo posible, el trayecto no deberá incluir cruce con instalaciones de alta tensión ni ejecutarse con riesgo de tempestad eléctrica. m. La operación de carga y descarga se efectuará solamente de día, evitando hacerlo ante la presencia de tormentas o cuando el motor de vehículo está encendido. n. No está permitido el transporte de explosivos sobre equipos mineros que no están autorizados, tales como: palas, cargadores frontales, scoops, camionetas, volquetes o locomotoras. 28.7 Todo vehículo que transporta explosivos dentro de la UM, deberá llevar en lugar apropiado y visible desde cualquier ángulo, un banderín de tela roja de 70 x 70 cm. con la leyenda "Peligro", debiendo las letras ser blancas y de tamaño no menor de 20 cm. 28.8 Los vehículos que transporten explosivos deben ser sólidos, resistentes y permanentemente revisados para evitar su detención por fallas mecánicas; la carrocería será con barandas y puertas posteriores altas, estas últimas debidamente aseguradas. 28.9 Las herramientas propias del vehículo y accesorios deberán estar guardados en un cajón fuera de la carrocería. Queda prohibido el uso de acoplado para el transporte de explosivos. En ninguna parte del vehículo deberá haber "wipe" (hilaza), trapos o materiales impregnados de aceite o grasa. 28.10 El aprovisionamiento de combustible de un vehículo cargado con explosivos sólo se hará con el motor apagado.

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28.11 KIT DE DERRAMES SEGÚN EL PRODUCTO PRODUCTO

GASES

SOLIDOS

LIQUIDOS

EXPLOSIVOS

EQUIPO

Gases en Cilindros no a granel Ninguno Nitrogeno Líquido, Dioxido de carbono a 02 ropa de trabajo con proteccion térmica granel 02guantes de cuero con refuerzo térmico 01 Kit de Taponamiento 01 Explosimetro GLP 04 Trajes para Polvos - tyvek Xantato Amilico de Potasio, Xantato Isopropilico de Sodio, Carbon Activado, 04 Respirador media Cara con Filtro para polvo y gases Macnafloc 351-919-E-10-AN1, Sulfato de Cobre, Concentrado de Molidbemo 10 Bolsas para Residuos Concentrado de Plomo, Sulfato de Zinc 03 Palas y Picos Antichispa 01 Kit de Cianuro (antidoto) 02 Trajes para polvo - Tyvek 04 Respirador full face con Filro para polvos y grasas Cianuro 01 Monitor para HCN 10 Bolsas para Residuos 03 Palas y Picos Antichispa 04 Trajes para Polvos 04 Botas para Quimicos 04 Pares de Guantes resistentes a Quimicos Oxido de Calcio 04 Respiradores de Media Cara con Filtro para polvos 08 Filtros para polvo de respuesto 03 Palas y Picos Antichispa 10 Bolsas para Residuos 04 Trajes para Salpicaduras - Tyvek 01 Paquete de 100 paños absorventes para Hidrocarburos Diesel Macfroth H508 Dowfronth 250 03 Palas y Picos Antichispa Flotation Frother Metilisobutilcarbinol 10 Salchichas Absorventes para Hidrocarburos 10 Bolsas para Residuos 01 Explosimetro 04 Trajes para Salpicaduras - Tyvek 04 Botas para Quimicos 01 Caja de Guantes de Nitrilo 04 Pares de Guantes resistentes a Quimicos 01 Cinta Chem Tape Acido Sulfurico, Peroxido de Hidrogeno, 04 Respiradores Full Face con Filtro para Gases Hidroxido de Sodio, Hipoclorito en 08 Filtros para Gases de Respuesto Solucion, Hidrosulfuro de Sodio (NaSH) 05 Cinta para PH 01 Paquete de 100 paños absorventes para Quimicos 03 Palas y Picos Antichispa 10 Salchichas Absorventes para Quimicos 10 Bolsas para Residuos 01 Monitor para H2S en caso del NaSH 04 Trajes para Salpicaduras - Tyvek 04 Guantes de Caucho o Goma 04 Respirador media Cara con Filtro para polvo y gases Silicato de Sodio 10 Bolsas para Residuos 03 Palas y Picos Antichispa 01 Paquete de 100 paños Abosorventes para Quimicos 04 Trajes para Salpicaduras - Tyvek 04 Botas de Caucho o PVC 04 Pares de Guantes resistentes a Quimicos 04 Respiradores Full Face con Filtro para Gases Sulfato Férrico 08 Filtros para Gases de Respuesto 01 Paquete de 100 paños absorventes para Quimicos 03 Palas y Picos Antichispa 10 Salchichas Absorventes para Quimicos 10 Bolsas para Residuos 04 Trajes para Salpicaduras - Tyvek 04 Guantes de Caucho o Goma Accesorios de Voladuras, Emulsion Matriz, Nitrato de Amonio 04 Respirador media Cara con Filtro para polvo y gases 01 Paquete de 100 paños absorventes para Hidrocarburos

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29. REGISTROS Y ANEXOS Anexo N° 1: Señales de Transito Anexo N° 2: Check List Diario de Vehículos Anexo N° 3: Formato Control de Velocidades - Ingreso Anexo N° 4: Formato Control de Velocidades - Salida Anexo N° 5: Formato Salida de Vehículos Anexo N° 6: Clasificación de Materiales Peligrosos (ONU) Anexo N° 7: Cartilla de descarte de fatiga y somnolencia. Anexo N° 8: Instructivo del uso de tacos en vehículos estacionados. Anexo N° 9: Manifiesto de pasajeros Anexo N° 10: Reporte de infracciones al RIT. Anexo N° 11: Permiso y plan de viajes para vías de acceso a la UMCL. Anexo N° 12: Hoja de reconocimiento del área de trabajo / vías de acceso. Anexo Nº 13: Solicitud de Autorización de Manejo Anexo N° 14: Solicitud de trámite de licencia de conducir / Formato de evaluación práctica para conductores Anexo N° 15: Carta de Compromiso

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ANEXO 1: SEÑALES DE TRANSITO SEÑALES PREVENTIVAS

Curva

Camino Sinuoso

Curva Pronunciada en S

Zona de derrumbes

Pendiente pronunciada

Calzada irregular

Resalto o loma

Altura limitada

Prohibido adelantar

Prohibido estacionar y adelantarse

Prohibido girar a la izquierda

Prohibido estacionar

Giro a la derecha solamente

Prohibido tocar bocina

SEÑALES REGULADORAS

30 Km / hr Pare

Velocidad máxima permitida

Prohibido girar a Prohibido girar en la derecha U SEÑALES INFORMATIVAS

Información de Destino

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SEÑALES INFORMATIVAS PARA TRANSPORTE DE MERCANCIAS PELIGROSAS

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ANEXO 02: CHECK LIST DIARIO DE VEHICULOS (solo como ejemplo, el formato varía dependiendo del tipo de vehículo a operar) Registro : CL-SSO-P-40-01 Rev. "00" Actualización: 17 - 08 -2016

LOGO DE LA EMRRESA

_______________________________________________________________________________________ CHECK LIST DIARIO PARA VEHÍCULOS LIVIANOS PLACA

MARCA

COLOR

MODELO

FECHA

COMBUSTIBLE

KILOMETRAJE

TURNO DIA

Nro. 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28

Descripción

Si No Observaciones INSPECCIÓN DENTRO DEL VEHICULO Tarjeta de Propiedad Certificado SOAT Tablero de control Radio FM/AM-Marca Claxon (*) Alarma de retroceso (*) Cinturón de Seguridad (*) Limpia parabrisas (*) Plumillas Espejo interior INSPECCIÓN FUERA DEL VEHICULO Luces delanteras (*) Luces posteriores (*) Luces de freno y pirata (*) luces direccionales Luces de estacionamiento Luz de Circulina (*) Espejos - Exteriores (*) Parabrisas y Lunas Carrocería - Condiciones Jaula de seguridad (*) Barra antivuelco Tolva Llanta de repuesto Cuñas (2) (*) Conos (*) Tuercas de llanta

Nro. 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58

Descripción

|

NOCHE

Si No Observaciones INSPECCIÓN DE HERRAMIENTAS

Gata y Palanca Llave de ruedas Cable de baterías Triangulo de Seguridad Extintor 2 Kg. (*) Botiquín Kit básico Herramientas Medidor de presión Literna ( de 02 pilas)

COMPARTIMIENTO DE MOTOR Nivel de agua Nivel de aceite motor Nivel liquido de refrigerante Nivel liquido de embrague Nivel líquido de frenos Revisión de batería Revisión de radiador Faja de ventilador Desgaste de las llantas

Observaciones Generales: a)…………………………………...…………………………………………………………………………………………………………………………. b)………………………………...……………………………………………………………………………………………………………………………. c)……………………….…………...…………………………………………………………………………………………………………………………. d)……………………….………...……………………………………………………………………………………………………………………………. e)……………………….…….………………………………………………………………………………………………………………………………….

Observaciones Criticas: (*) ITEM CRITICO SI NO CUMPLE NO CONTINUARA EN SERVICIO ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………….. ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………..

CONDUCTOR

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FIRMA

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ANEXO 03: FORMATO DE CONTROL DE VELOCIDAD – INGRESO A LA UMCL

Apellidos y Nombres del conductor….............................................................................................................. Fecha: ..........................................................

Empresa ..............................................................

Tipo de vehículo..........................................

N° de placa ..........................................................

GARITA KM 0 - GARITA KM 18 Hora de Salida Km 0

_________

Hora de Llegada Km 18

_________

Tiempo Empleado: _______________ Tiempo mínimo empleado ente los dos puestos de control : 16 minutos Paradas obligatorias de cinco minutos en las plataformas de descanso de los Km 33 y Km 42 GARITA KM 18 - GARITA KM 59 Hora de Salida Km 18

_________

Hora de Llegada Km 59

_________

Tiempo Empleado: _______________ Tiempo mínimo empleado ente los dos puestos: 01 hora y 32 minutos

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ANEXO 04: FORMATO DE CONTROL DE VELOCIDAD – SALIDA DE LA UMCL

Apellidos y Nombres del conductor ….............................................................................................................. Fecha: ..........................................................

Empresa ..............................................................

Tipo de vehículo..........................................

N° de placa ..........................................................

GARITA KM 59 - GARITA KM 18 Hora de Salida Km 59

_________

Tiempo Empleado: _______________

Hora de Llegada Km 18 Ida

_________

Vuelta

Tiempo mínimo a emplear entre los dos puestos: 01 hora y 32 minutos Paradas obligatorias de cinco minutos en las plataformas de descanso de los Km 42 y Km 33 GARITA KM 18 - GARITA KM 0 Hora de Salida Km 18

_________

Hora de Llegada Km 0

_________

Tiempo Empleado: _______________ Tiempo mínimo empleado entre los dos puestos: 16 minutos

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ANEXO 05:

AUTORIZACION DE SALIDA VEHICULAR

Mediante el presente documento se autoriza la salida de la Unidad Minera Cerro Lindo del vehículo de marca..........................................,

con

placa

de

rodaje

N°.........................,

de

propiedad

de.................................................. y que transporta pasajeros, materiales y/o otros pertenecientes al contratista.........................................................,

y

que

es

conducido

por

el

Sr...........................................................................con licencia de conducir N°........................... con destino a................................................... Cerro Lindo,…………….. de………………………. Del 201……

V° B° Jefe de área IMPORTANTE:  Hora de ingreso de vehículos por la garita de control del Km 18: 08:00 – 16:00 horas.  Hora de salida de vehículos por el control del Km 59: 06:00 – 16:00 horas.

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ANEXO 06: CLASIFICACION DE MATERIALES PELIGROSOS Clase 1: Explosivos División 1.1: sustancias y objetos que presentan un riesgo de explosión en masa. División 1.2: sustancias y objetos que tienen un riesgo de proyección, pero sin riesgo de explosión en masa. División 1.3: sustancias y objetos que presentan un riesgo de incendio y un riesgo menor de explosión o un riesgo menor de proyección, o ambos, pero no un riesgo de explosión en masa. División 1.4: sustancias y objetos que no presentan un riesgo apreciable. División 1.5: sustancias muy insensibles que presentan un riesgo de explosión en masa. División 1.6: objetos sumamente insensibles que no tienen riesgo de explosión en masa. Clase 2: Gases División 2.1: gases inflamables. División 2.2: gases no inflamables, no tóxicos. División 2.3: gases tóxicos. Clase 3: Líquidos inflamables Clase 4: Sólidos inflamables Sustancias que pueden experimentar combustión espontánea, sustancias que en contacto con el agua, desprenden gases inflamables. ivisión 4.1: sólidos inflamables, sustancias de reacción espontánea y sólidos explosivos insensibilizados. División 4.2: sustancias que pueden experimentar combustión espontánea. División 4.3: sustancias que, en contacto con el agua, desprenden gases inflamables. Clase 5: Sustancias comburentes y peróxidos orgánicos División 5.1: sustancias comburentes. División 5.2: peróxidos orgánicos. Clase 6: Sustancias tóxicas y sustancias infecciosas División 6.1: sustancias tóxicas. División 6.2: sustancias infecciosas. Clase 7: Materiales radiactivos Clase 8: Sustancias corrosivas Clase 9: Sustancias y objetos peligrosos varios

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ANEXO 7: CARTILLA DE DESCARTE DE FATIGA Y SOMNOLENCIA Sr. Conductor, con su ayuda evitaremos accidentes. Agradeceremos responda las siguientes preguntas previo al inicio de recorrido. En caso se tenga dos o más respuestas afirmativas, solicite ser evaluado en el Centro Médico de la Unidad o en otro establecimiento de salud, para que se dé la APTITUD PARA CONDUCIR, o ceda la conducción a otro conductor autorizado. Quedo enterado de que cualquier ocultamiento, omisión o falseamiento de las respuestas por mi reseñada en este documento podrá derivar en ser causal de accidentes y ser causa de baja definitiva para este puesto de trabajo. Nombre del Conductor: …………………………………………………………………………… Fecha: ……………………………………………………………………………………………… Firma del Conductor: ……………………………………………Empresa: …………………………………



Respuesta Si No

PREGUNTA

Observaciones

1

¿Te despertaste mientras dormías?

2

¿Cuantas horas has dormido?

Indicar:

3

¿Cuantas horas has conducido? (Si fuera el caso)

Indicar:

4

¿Se siente cansado?

5

¿Siente sueño?

6

¿Tiene alguna dolencia en su cuerpo?

7

¿Tiene algún problema familiar/ laboral que lo desconcentra?

8

¿Ha bebido licor?

9

¿Ha tomado alguna medicina el día de hoy? ¿Cuál?

10

¿Está de amanecida? (Ha llegado en la madrugada)

11

Si usted está de regreso a la UMCL ¿Descanso 01 hora en el Km 18?

Indicar:

Declaro encontrarme Apto para conducir IDA

VUELTA

DENTRO DE LA UMCL

Recuerda: las velocidades máximas permitidas son: Km Cero al Km 16 (70 km/Hr), del Km 16 al Km 24 (50 Km/Hr).y del Km 24 al Km 59 ( 30 Km/Hr).

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ANEXO 08: INSTRUCTIVO DE USO DE TACOS EN VEHICULOS ESTACIONADOS Propósito: Reforzar y aclarar el procedimiento de uso de tacos en vehículos al momento de estacionarlos. Alcance: Instructivo aplicado a todo el personal de Cerro Lindo y empresas contratistas que operen todo tipo vehículos móviles. Definición: Taco: Bloque con forma de cuña de madera y/o fierro que se utiliza para evitar el desplazamiento sin control de un vehículo estacionado en caso fallen otros mecanismos de aseguramiento, tales como el freno de parqueo. El tamaño debe ser adecuado a las llantas del vehículo a soportar, para lo cual se debe considerar las especificaciones del fabricante. En caso de los tacos fabricados internamente se usarán como referencia las siguientes dimensiones mínimas; todos los tacos deberán tener el color amarillo. 



Vehículos livianos con diámetro de llanta hasta 30 pulgadas: Alto: 6” (15.24 cm), Ancho: 6” (15.24 cm), largo de base: 10” (25.4 cm). Camiones, cisternas, buses y otros con diámetro de llanta hasta 55 pulgadas: Alto: 9” (22.86 cm), Ancho: 9 (22.86 cm), largo de la base: 12” (30.48).

Los tacos deben de tener un área de almacenamiento específico en el vehículo para evitar su caída y deterioro.

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Medidas del TAG para la codificación de los vehículos y equipos. Letras color negro fondo amarillo.

CODIFICACIÓN DE VEHICULOS Y EQUIPOS MOVILES - TAG

Ubicación donde debe in colocado el código de TAG

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Como codificar Vehículo y equipo Item

Equipo / Vehiculo

1

CAMIONETA

2

VOLQUETE

3

CAMIÓN CISTERNA

4

OMNIBUS

5

MICROBUS

6

MINIBUS

7

MINIVAN

8

COUSTER

9

FURGON

10

CAMIÓN

11

TRACTOCAMION

12

SEMITRAILER

13

BOMBONA

14

CAMIÓN GRUA

15

SCOOP

16

JUMBO

ABR CM CV CC OB MC MB MV CO FU CA TC ST BB GR SC JB

Item

Equipo / Vehiculo

17

EMPERNADOR

18

RAPTOR

19

SIMBA

20

ROMPE BANCOS

21

DESATADOR

22

MIXER

23

SHOTCRETERA

24

TELEHANDLER

25

ANFOLOADER

26

CARGADOR FRONTAL

27

EXCAVADORA

28

MOTONIVELADORA

29

RODILLO

30

LUMINARIA

31

MINICARGADOR

32

MONTACARGAS

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ABR EM RP SI RB DM MX SH TH AN CF EX MO CP LU MI MT

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Anexo: 9 MANIFIESTO DE PASAJEROS FECHA:

______________________

RUTA: ______________________ HORA DE PARTIDA: __________

EMPRESA: __________________________PLACA DEL VEHICULO: ____________________ CONDUCTOR: ______________________________________________________________________

N° PASAJERO

APELLIDOS Y NOMBRES

DNI

EMPRESA

FIRMA

ASISTENCIA

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 38 39 OBSERVACIONES:

Resumen N° DE PASAJEROS PROGRAMADOS ASISTENTES : N° DE PASAJEROS PROGRAMADOS INASISTENTES : Apellidos y Nombres del Administrador / Residente: Firma Y Sello:

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ANEXO N° 10

REPORTE DE INFRACCIONES AL RIT - UMCL Nº

FECHA

APELLIDOS Y NOMBRES

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OCUPACION

LICENCIA /DNI

EE

FALTA COMETIDA

SANCION APLICADA

TIPO DE SANCION

Nº DE FALTA

INTERVENCION

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SANCION AUTORIZADA POR

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CODIGO DE INFRACCION

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Anexo 11 PERMISO Y PLAN DE VIAJES PARA VIAS DE ACCESO A LA UMCL – BUSES Fecha: Área / Superintendencia PERMISO Y PLAN DE VIAJE PARA VIAS DE ACCESO Revisión de requisitos para salir a las vías de acceso - UMCL Nombre del conductor (es): Brevete N°:

Categoría:

Experiencia:

Placa del vehículo:

Año Fab.:

Kilometraje:

Motivo del viaje: Destino final: Check List para Conducción Segura en Vías de acceso Responda el siguiente cuestionario en la casilla correspondiente 1. ¿Brevete AII con dos años de experiencia o categoría superior? 2. ¿Jaula interna de seguridad? 3. ¿Cinturón de seguridad para todos los ocupantes? 4. ¿Documentos de la unidad completos? 5. ¿Accesorios de la unidad completos? 6. ¿El asiento del copiloto se encuentra trabado en posición vertical? 7. ¿Sé que no debo usar mi teléfono celular u otro aparato mientras manejo?

Nombres, Apellidos y firma del Aprobador del permiso y Plan de viaje (Residente)

SI

NO

Nombres, Apellidos y Firma del conductor

ES OBLIGATORIO EL DESCANSO EN LAS PLATAFORMAS DE LOS Km 33 Y 42 POR UN TIEMPO MINIMO DE 5 MINUTOS Nota: El presente Permiso y plan de Viaje deberá ser portado por el conductor en todo momento del viaje y revisado en las garitas de control de los cero, 18 y 51. Copia del mismo se deberá dejar en el primer punto de control por el que paso. ANEXO N° 11 (Pág. N° 2) DETALLE DEL PLAN DE VIAJE V°B° Garita Lugar de salida Hora Lugar de llegada Hora Actividad de control 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. Recuerde  El conductor es responsable de las condiciones técnicas y mecánicas del vehículo  En la carretera desde el km cero hasta el km 51 se hacen controles de velocidad por personal de Prosegur  El tiempo mínimo de conducción entre los Km cero y 18 es de 16 min.  El tiempo mínimo de conducción entre los Km 18 y 51 es de 01:05 min En caso de emergencias llamar al RPC: 989125349…… Seguridad Interna. Radio: Canal 8 emergencias Mejor que llegar rápido, es llegar seguro……. Un impacto a 60 Km/h es como caer con el vehículo de un edificio de 5 pisos. Un impacto sobre los 100 Km/h produce los mismos efectos de una caída del 22° piso. Reglamento Interno de Tránsito

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ANEXO N° 12 HOJA DE RECONOCIMIENTO DE RUTA / VÍAS DE ACCESO A LA UM NOMBRES Y APELLIDOS: PUESTO DE TRABAJO: DNI: LICENCIA DE CONDUCIR: AÑOS DE EXPERIENCIA CONDUCIENDO:

FECHA

DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD

RESPONSABLE DEL RECONOCIMIENTO

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V°B° AGENTE DE LA GARITA DE CONTROL DEL KM 0 Y KM 51 INICIO Km

HORA:

LLEGADA Km

INICIO Km

HORA:

LLEGADA Km

INICIO Km

HORA:

LLEGADA Km

INICIO Km

HORA:

LLEGADA Km

INICIO Km

HORA:

LLEGADA Km

INICIO Km

HORA:

LLEGADA Km

HORA: HORA: HORA: HORA: HORA: HORA:

NOMBRE Y APELLIDO SUPERVISOR ____________________________________ FIRMA DEL TRABAJADOR: _________________________

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FIRMA :

____________________________________

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ANEXO N° 13 CRITERIOS DE EVALUACIÓN PRACTICA DE MANEJO DEFENSIVO 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12.

Se puede dar examen práctico después de aprobar el examen teórico. Se puede dar examen práctico una vez aprobado el formato de solicitud C1. Si sale desaprobado se puede dar examen otra vez en la siguiente fecha de capacitación. Después de aprobar los exámenes teóricos y prácticos se debe autorizar con el formato C2. El examen constara en las etapas de zigzagueo en retroceso, estacionamiento de retroceso vertical y horizontal. Los conos para la etapa de zigzagueo deben tener como máximo 8 pasos de distancia entre uno y el otro. Si el conductor llegara a derribar 2 conos en todo el circuito automáticamente será desaprobado. Si en el momento del examen se le apaga el motor 2 veces será desaprobado automáticamente. Si no pudiese estacionarse en cualquiera de los tipos de estacionamientos quedara desaprobado. Si en la etapa de zigzagueo el conductor se desorienta, solo tendrá de dar una vez hacia adelante. Si el conductor al momento de bajar, no saca la llave del contacto queda desaprobado. La práctica estará alineado a los pasos que incluye la hoja del examen práctico.

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ANEXO N° 14 SOLICITUD DE TRAMITE DE LICENCIA INTERNA DE CONDUCIR (Formato C1) EMPRESA DE: CARGO: PARA SUPEINTENDENTE DE SSO FECHA: Por medio del presente documento solicito que el Sr.: __________________________________________ con DNI Nº _________________ quien se desempeña en el puesto de trabajo de: ________________________________________________________ sea evaluado para conducir u operar los siguientes vehículos: Descripción de equipos / vehículos 1.2.-

SUPERFICIE

INTERIOR MINA

CARRETERA JAHUAY

Experiencia Laboral relacionadas a conducir / operar vehículos Empresa

Cargo

Años de experiencia

Indicar motivo del porque necesita autorización de manejo interno: __________________________________________________________________________________________________ ____________________________________________ Por tal motivo, la empresa a la cual represento SE RESPONSABILIZA del personal mencionado en cuanto a sus habilidades de conducción y operación. Atentamente,

Firma Residente E.E. VoBo SSO

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FORMATO DE EVALUACION PRÁCTICA PARA CONDUCTORES/OPERADORES (Formato C2)

FECHA

EMPRESA

DATOS DEL EVALUADOR Nombre Cargo Firma

EQUIPOS A OPERAR (Colocar nombre completo del equipo a operar)

APTO

NO APTO

1.2.3.DATOS DE LA PERSONA EVALUADA Apellidos y Nombres

Cargo 2.

No de Licencia

Firma

Fecha Expedición Fecha Revalidación Clase Categoría DNI

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ANEXO N° 15 CARTA DE COMPROMISO Unidad Minera Cerro Lindo ____ de________________2016 Yo,_____________________________________________________________________ identificado con DNI: _________________________, conductor del vehículo con placa ____________perteneciente a la empresa_____________________________, acepto haber cometido faltas durante la conducción las cuales fueron monitoreadas con el equipo GPS - Inthinc que fue instalado en el vehículo de placa N°_________ el cual conduzco. Por lo descrito, me comprometo a no reincidir y respetar las reglas internas de tránsito de la Unidad Minera. Además, cualquier inconveniente con el equipo de monitoreo GPS-INTHINC informaré oportunamente. En señal de conformidad firmo:

FIRMA

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