Alimentos Mayores Lopez

PROCEDIMIENTO : ORDINARIO MATERIA : ALIMENTOS MAYORES DEMANDANTE : MARIA ISABEL LOPEZ ORREGO RUT : 7.027.883-9 DOMICILIO

Views 100 Downloads 10 File size 69KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

PROCEDIMIENTO : ORDINARIO MATERIA : ALIMENTOS MAYORES DEMANDANTE : MARIA ISABEL LOPEZ ORREGO RUT : 7.027.883-9 DOMICILIO : PASAJE URUGUAY Nº 3852, CIA ALTA, LA SERENA ABOG. PATROCINANTE : ANGIE ARAYA ACUÑA RUT : 13.533.669-6 NOTIFICACION : [email protected] DEMANDADO : MANUEL JESUS CARLOS FERNÁNDEZ RUT : 7.056.947-7 DOMICILIO : ALFAFARES HUERTO Nº 18, LA SERENA. ________________________________________________________________________________ EN LO PRINCIPAL: Demanda

Pensión de Alimentos; PRIMER OTROSI: Acompaña

documentos; SEGUNDO OTROSÍ: Alimentos Provisorios; TERCER OTROSÍ: Patrocinio y poder. S.J. DE FAMILIA DE LA SERENA MARÍA ISABEL LOPEZ ORREGO, labores de casa, cédula nacional de identidad Nº

7.027.883-9, casada y separada de hecho, domiciliada en Psje.

Uruguay Nº 3852, Compañía Alta, La Serena, a SS. respetuosamente digo: Vengo en deducir demanda de alimentos en contra de mi cónyuge, don MANUEL JESÚS CARLOS FERNÁNDEZ, camionero, cédula nacional de identidad Nº 7.056.947-7, domiciliado Alfafares Huerto Nº 18, La Serena, en razón de los siguientes antecedentes de hecho y derecho que paso a exponer: Es del caso SS., que el demandado es mi cónyuge con quien contraje matrimonio el 26 de Marzo de 1976 en la ciudad de La Serena. Con todo, desde hace 19 años que me encuentro separada de hecho con el demandado, más desde hace dos años que cesé toda relación con él. Fruto de nuestro matrimonio nacieron nuestros tres hijos, todos mayores de edad a la fecha. Actualmente solo nuestra hija menor, de actuales 20 años vive conmigo. Hago presente que la razón por la cual cesó la vida en común con el demandado, se debió a que éste hizo abandono del hogar común para irse a vivir con otra mujer. De esta forma siempre tuve que buscar la forma para sustentar a mi persona y también a nuestros hijos, ya que el demandado solo aportaba con la suma de 100.000 mensuales para mantener el hogar común. Que según consta de certificado que acompañaré en la oportunidad procesal correspondiente, padezco de Hipertensión Arterial, Hipotiroidismo y Dislipidemia Mixta.

Con todo, desde hace 8 meses que el demandado dejó de aportar económicamente para el hogar común, pero las necesidades mias y de mi hija persisten y debido a que yo no puedo trabajar debido a mi edad y estado de salud es que vengo en solicitar se fije como pensión de alimentos, la suma de $150.000 pesos, la que se reajustará semestralmente en conformidad al Indice de Precios al Consumidor (IPC) y que deberá ser depositada en libreta de ahorro a la vista del BANCO ESTADO y a mi nombre, por lo que solicito que se oficie a la entidad respectiva, para este efecto. POR TANTO, en mérito de lo expuesto y de lo dispuesto en los artículos 321 y siguientes del Código Civil y de los artículos 1 y siguientes de la ley 14.908, modificada por la Ley 20.152, y Ley 19.968, Sírvase SS., en tener por interpuesta demanda de alimentos en contra de don MANUEL JESÚS CARLOS FERNÁNDEZ, ya individualizado, acogerla a tramitación y en definitiva, condenarlo al pago de una pensión alimenticia, correspondiente a la suma de $150.000 pesos, reajustables semestralmente de acuerdo al IPC, o a la que SS. se sirva determinar, ajustada al mérito de los autos. PRIMER OTROSÍ: vengo en acompañar los siguientes documentos, sin perjuicio de introducirlos como medios de prueba en la etapa procesal correspondiente. 

Certificado de Matrimonio celebrado entre las partes



Certificado de Mediación Frustrada

SEGUNDO OTROSÍ: En virtud de los mismos fundamentos expresados en lo principal de este escrito, y principalmente por el hecho de que mis necesidades no pueden esperar, sírvase SS., en fijar durante la secuela de este juicio la suma de $150.000, a título de alimentos provisorios que el demandado deberá depositar en cuenta vista abierta al efecto de lo principal de esta presentación. TERCER OTROSÍ: Ruego a SS., tener

presente que designo como abogado

patrocinante y confiero poder a la abogada de la Corporación de Asistencia Judicial de la Región de Valparaíso, Consultorio Jurídico de La Serena, doña ANGIE ARAYA ACUÑA, patente al día, domiciliada en calle Colón

Nº 225,

comuna de La Serena, a quien confiero las facultades de ambos incisos del artículo 7 del Código de Procedimiento Civil, las que doy por enteramente reproducidas por ser de mi entero conocimiento. Sírvase SS. tenerlo presente.