AEA 90364-7-710

• ASOCIACION ELECTROTÉCNICA ARGENTINA REGLAMENTACION PARA LA EJECUCION DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN INMUEBLES 90364

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ASOCIACION ELECTROTÉCNICA ARGENTINA

REGLAMENTACION PARA LA EJECUCION DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN INMUEBLES

90364-7-710 Edición 2008 P6glna 1

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REGLAS PARTICULARES PARA LA EJECUCiÓN DE LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN INMUEBLES SECCiÓN 710: LOCALES PARA USOS MÉDICOS Y SALAS EXTERNAS A LOS MISMOS

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ASOCIACiÓN ELECTROTÉCNICA ARGENTINA

AEA .03e4·7·71O e Edición 2008 Pigln.3

REGLAMENTACiÓN PARA LA EJECUCiÓN DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN INMUEBLES

íNDICE GENERAL 710.1

OBJETO, ALCANCE Y APLICACiÓN DE LA PRESENTE SECCiÓN 710 ...................................... 7

710.1.1.

OBJETO ................................................................................................................................................................. 7

710.1.2.

ALCANCE ...............................................................................................................................................................7

710.1.3.

CAMPODEApLlCACIÓN ...........................................................................................................................................7

710.2.

REFERENCIAS REGLAMENTARIAS Y NORMATiVAS ................................................................... 8

710.3.

DEFINiCiONES ..........................................................................................................•.••.•...•.....•.•••..• 12

710.3.1.

TIPOS DE INMUEBLES DE USO HOSPITAlARIO ........................................................................................................... 12

710.3.2.

GRUPOS DE APLICACiÓN DE SALAS PARA USO MÉDICO .............................................................................................. 12

710.3.3.

TIPOS DE SAlAS DE USO MÉDICO ............................................................................................................................14

710.3.4.

INSTALACIONES ELI"CTRICAS ................................................................................................................................16

7;0.4.

REQUiSiTOS GEi.. ERALES ........................................................................................,.................... 18

710.4.1.

SALAS DE MANIOBRAS ELÉCTRiCAS ........................................................................................:...... , ......................... 18

710.4.2.

EQUIPOS ELI,CTRICOS ....................................................................................................................... .

710.4.3.

REQUISITOS PARA LA ALIMENTACiÓN DE ENERGiA ................................................................................................... 22

710.4.4.

INSTALACiÓN DE CONSUMIDORES ...........................................................................................................................29

710.5.

PROTECCiÓN CONTRA EL CHOQUE ELÉCTRICO (MACRO-CHOQUE) ......... ,., ....................... 31

710.5.1.

PROTECCiÓN CONTRA EL CONTACTO DIRECTO .........................................................................................................31

710.5.2.

PROTECCiÓN CONTRA EL CONTACTO INDIRECTO ......................................................................................................31

710.5.3.

PROTECCiÓN CONTRA EL CONTACTO INDIREC1D EN LAS SAlAS DE LOS GRUPOS DE APLICACiÓN

710.5.4.

CONEXIONES EQUIPOTENCIALES SUPLEMENTARIAS EN LAS SAlAS DE APLICACiÓN

710.5.5.

CONDUCTORES DE PROTECCiÓN Y CONDUCTORES EQUIPOTENCIALES CONVENCIONALES y LOS DE USO HOSPITALARIO .... 37

710.6.

SUMINISTRO DE ENERGíA ELÉCTRICA DE EMERGENCiA ....................................................... 38

710.6.1.

SUMINISTRO DE ENERGiA Eu',CTRICA DE EMERGENCIA CON UN TIEMPO DE CONMUTACiÓN DE HASTA

710.6.2.

SUMINISTRO DE ENERGiA ELÉCTRICA DE EMERGENCIA CON UN TIEMPO DE CONMUTACiÓN DE MAs DE

710.6.3.

SUMINISTRO DE ENERGiA ELÉCTRICA DE EMERGENCIA CON UN TIEMPO DE CONMUTACiÓN DE HASTA 0.5

710.6.4.

REOUISITOS GENERALES PARA LAS FUENTES DE ENERGiA ELÉCTRICA DE EMERGENCiA ............... .

710.6.5.

......... 20

1 y 2 ............................ 33

1 y 2................................................ 36

15 5 ....................... 38 15 S ..................... 40

s ...................... 41 .................. .41

REQUISITOS ADICIONALES EN INSTALACIONES ASISTIDAS POR BATERíAS CON O SIN ONDULADORES COMO FUENTE DE ENERGiA ELECTRICA DE EMERGENCiA .....................................................................................................................46



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REGLAMENTACiÓN PARA LA EJECUCiÓN DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN INMUEBLES

AEA 90364-7-710 O Edición 200. Piglna4

710.6.6.

REQUISITOS ADICIONALES PARA EL SUMINISTRO DE ENERGiA ELÉCTRICA DE LAS LUMINARIAS PARA ÁREAS DE CIRUGIA (SCIALÍTICAS) ...............................................................................•.....................................•................................ 47

710.6.7.

DISPOSITIVOS AUTOMÁTICOS DE CONMUTACiÓN ...................................................................................................... 48

710.6.8.

CIRCUITOS DE COMANDO (TENSIONES AUXiLIARES) .................................................................................................. 50

710.6.9.

REQUISITOS PARA LA RED DE DISTRIBUCiÓN DEL SUMINISTRO DE ENERGiA ELÉCTRICA DE EMERGENCIA .........................

710.7.

PROTECCiÓN CONTRA INCENDIOS Y EXPLOSIONES Y CARGAS ELECTROSTÁTICAS •..... 54

710.7.1.

CARGAS ELECTROSTÁTiCAS .................................................................................................................................. 54

710.8.

MEDIDAS A TOMAR CONTRA LA INFLUENCIA EN EQUIPOS DE MEDICiÓN ELECTROMÉDICOS POR LA ACCiÓN DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS DE POTENCiA .... 56

710.8.1.

APLICACiÓN DE LAS MEDIDAS ................................................................................................................................ 56

710.8.2.

MEDIDAS CONTRA LAS PERTURBACIONES PRODUCIDAS POR CAMPOS ELÉCTRICOS ...................................................... 57

710.8.3.

MEDIDAS CONTRA LAS PERTURBACIONES PRODUCIDAS POR LOS CAMPOS ELECTROMAGNÉTiCOS ..................................

710.9.

EQUIPOS MÉDICOS FUERA DE LOS HOSPITALES .•....•..............•••..•.....................•..•.....•..•....... 59

710.9.1.

CONSULTORIOS DE MEDICINA HUMANA Y DENTAL ..................................................................................................... 59

710.9.2.

SUMINISTRO ELÉCTRICO A EQUIPOS PARA DIÁLISIS DOMICILIARIA .............................................................................. 60

710.10.

DOCUMENTACiÓN: PLANOS, ESPECIFICACIONES E INSTRUCCIONES PARA EL USO ...•••• 61

710.10.1.

REQUERIMIENTOS MiNIMOS .................................................................................................................................. 61

710.10.2.

CENTROS DE DISTRIBUCiÓN .......... ..

710.10.3.

ESOUEMAS GENERALES DE CIRCUITOS ................................................................................................................... 62

710.11.

ENSAyOS ......................................................................................................................................... 62

710.11.1.

PRIMEROS ENSAYOS ............................................................................................................................................ 62

710.11.2.

ENSAYOS PERiÓDICOS - FRECUENCIA DE LOS ENSAYOS ........................................................................................... 63

710.12.

OPERACiÓN Y MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACiONES ..................................................... 65

710.12.1.

OPERACiÓN. VIGILANCIA Y MANTENIMIENTO DE LAS INSTAlACIONES ELÉCTRICAS DE USO MÉDICO ............................... 65

710.12.2.

MECANISMOS DE CONTROL .................................................................................................................................. 65

51

58

........................................................................................................ 62

ANEXO 71 O-A.

(REGLAMENTARIO) ........................................................................................................... 67

ANEXO 710-8.

(REGLAMENTARIO) ........................................................................................................... 69

710-B.1.

MÉTODOS DE MEDICiÓN DE LA RESISTENCINIMPEDANCIA DE AlSLACIÓN DE LOS SUELOS Y PAREDES CON RELACiÓN A LA TIERRA O Al CONOUCTOR DE PROTECCiÓN .......................................................................................................... 69

710-B.2.

MÉTODO DE PRUEBA PARA LA MEDICiÓN DE LA IMPEDANCIA DE LOS SUELOS Y PAREDES CON TENSiÓN AlTERNA .............

710-B.3.

ELECTRODO DE MEDICiÓN TIPO

70

1........................................................................................................................... 70

~

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REGLAMENTACION PARA LA EJECUCION DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN INMUEBLES

AEA 80364-7·710 el Edición 2008 P6gln.5

710·B.4.

ELECTROOO DE MEDICION TIPO 2 ....................................................................................................•.........•..••....•...71

710·B.5.

RESISTENCIAS DE RECUBRIMIENTOS DE PISOS ..................................................................................•....•.........••......73

710·B.6.

CLASIFICACiÓN DE PISOS y PAREDES SEGUN SU RESiSTENCiA.........................•......................•....••..•.•....••••..••...•.••.•.••73

ANEXO 710-C. 710·C.l.

(REGLAMENTARIO) ........................................................................................................... 75

CATEGORiAS DE EMPLEO DE APARATOS ..................................................................................................................75

ANEXO 710-0.

(REGLAMENTARIO) ........................................................................................................... 79

710·0.1.

OBJETO ...............................................................................................................................................................79

710·0.2.

ALCANCE .............................................................................................................................................................79

710·0.3.

CAMPO DE APLICACiÓN .........................................................................................................................................79

710·0.4.

REFERENCIAS ......................................................................................................................................................79

710·0.5.

COMPONENTES DE LOS SISTEMAS DE PROTECCION CONTRA RAyOS ............................................................................ 79

710·0.6.

DEFINICIONES DE ZONAS DE PROTECCION CONTRA RAYOS (LPZ lIGHTNING PROTECTION ZONES) ................................81

710·0.7.

PARTES DE LA INSTAlACION QUE DEBEN INTERCONECTARSE CON LA BARRA EQUIPOTENCIAL PRINCIPAL ......................... 82

710·0.8.

SISTEMA DE PUESTA A TIERRA HOSPiTALARIO ..........................................................................................................85

710·0.9.

TENSIONES DE CONTACTO Y DE PASO .....................................................................................................................85

710·0.10. ETAPAS O PASOS DEL PROYECTO ...........................................................................................................................86

ANEXO 710-E. 710·E.l.

CONSIDERACIONES PARTICULARES DE LAS INSTAlACIONES DE SISTEMAS IT HOSPITAlARIOS......................................... 95

ANEXO 710-F. 710·F.l.

(REGLAMENTARIO) ........................................................................................................... 95

(REGLAMENTARIO) ............................................................................................................ 97

CONSIDERACIONES GENERALES PARA POllDUCTOS. COLUMNAS DE TECHO Y CUAlQUIER OTRO TIPO DE CANALIZACIONES MÚLTIPLES ..................................................................................................................................97

ANEXO 710-G.

(INFORMATiVO) .................................................................................................................. 99



ASOCIACiÓN ELECTROTÉCNICA ARGENTINA

710.1

REGLAMENTACiÓN PARA LA EJECUCiÓN DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN INMUEBLES

AEA 10384-7.710 O Edlcl6n 2008 P'glna 7

OBJETO, ALCANCE Y APLICACiÓN DE LA PRESENTE SECCiÓN 710

710.1.1.

Objeto

Esta Sección establece los requisitos mínimos a cumplir para el Proyecto, Instalación, Montaje, Puesta en marcha, Operación, Control y Ensayos de las Instalaciones Eléctricas en Locales para Uso Médíco.

710.1.2.

Alcance

Los requisitos mencionados en la presente Sección 710 tienen en cuenta (según el tipo o la utilización de los locales de la instalación edilicia de que se trate). las posibilidades de riesgos para las personas, (en especial para los pacientes), que pueden ocasionar las corrientes eléctricas al pasar por el organismo, asi como también los peligros que puede ocasionar un incendio o una falta imprevista en el suministro normal de energia eléctrica. Las especificaciones de esta Sección deben cumplirse conjuntamente con los requisitos y fundamentos generales de las Partes 1 a 6 de la Reglamentación para la Ejecución de Instalaciones Eléctricas en Inmuebles de la Asociación Electrotécnica Argentina AEA 90364, incluyendo también lo previsto en AEA 90364-7-701, AEA 90364-7-771 Y AEA90364-7-718, para los locales que correspondan. La arquitectura hospitalaria debe considerar desde el inicio del proyecto los requerimientos eléctricos de esta Reglamentación. con el objeto de que pueda cumplirse todo lo estipulado en esta Sección respecto a la obra civil. en cuanto a los espacios necesarios para ubicación de tableros, recorridos de cables y canalizaciones, etc.

710.1.3.

Campo de Aplicación

Los requerimientos establecidos son considerados como postulados minimos, debiéndose tener en cuenta cuando corresponda, los emitidos por los organismos competentes conforme al área en que se desarrollen las instalaciones (Autoridades Nacionales. Provinciales, Municipales, Entes Reguladores, etc.). Esta Sección 710 es aplicable en: •

Hospitales. clínicas, policlínicas. sanatorios, salas de primeros auxilios y todo otro edificio utilizado para la práctica de la medicina humana y dental, así como de otras instalaciones edilicias con una finalidad equivalente.



Salas para uso médico de medicina humana y dental externas a los hospitales según 710.9.1.



Salas para diálisis domiciliaria según 710.9.2.



Salas para prácticas veterinarias.

Esta reglamentación no es aplicable en: •

Hospitales que están a disposición únicamente para casos de catástrofe y que no se utilizan regularmente, es decir. los llamados "hospitales de emergencia".



Aparatos electromédicos o combinaciones de estos aparatos.



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REGLAMENTACiÓN PARA LA EJECUCiÓN DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN INMUEBLES

AEA 90364-7-710 e Edlcl6n 2008 Págln.8

Nota: Para equipamientos electromédicos consultar la Norma IRAM 4220 Y la Norma lEC 60601. Para equipamientos de Laboratorios consultar la Norma lEC 61010.

710.2.

REFERENCIAS REGLAMENTARIAS Y NORMATIVAS

Los siguientes documentos de referencia son indispensables para la aplicación de este documento. Para referencias fechadas, sólo se aplica la edición citada. Para referencias sin fechas, se aplica la última edición del documento referido (incluyendo cualquier enmienda). •

AEA 90364-3-352 - Reglamentación para la Ejecución de Instalaciones Eléctricas en Inmuebles Parte 3 - Determinación de las Caracteristicas Generales de las Instalaciones - Sección 352 Clasificación.



AEA 90364-4 - Reglamentación para la Ejecución de Instalaciones Eléctricas en Inmuebles - Parte 4 - Protección para Preservar la Seguridad.



AEA 90364-4-41 - Reglamentación para la Ejecución de Instalaciones Eléctricas en Inmuebles Parte 4 - Protección para Preservar la Seguridad - Capitulo 41 - Protección contra los Choques Eléctricos.



AEA 90364-4-42 - Reglamentación para la Ejecución de Instalaciones Eléctricas en Inmuebles Parte 4 - Protección para Preservar la Seguridad - Capitulo 42 - Protección de las Instalaciones y de las Personas contra los Efectos Térmicos Generados por los Equipos Eléctricos y por otras Causas.



AEA 90364-5 - Reglamentación para la Ejecución de Instalaciones Eléctricas en Inmuebles - Parte 5 - Elección e Instalación de los Materiales Eléctricos.



AEA 90364-5-53 - Reglamentación para la Ejecución de Instalaciones Eléctricas en Inmuebles Parte 5 - FIp.~dÓn e !f1sta!adón de los ~.4ater!a!es E!éctriccz C~pítulo 53 - Disposit¡;¡üs de Protección, Seccionamiento y Maniobra o Comando.



AEA 90364-5-54 - Reglamentación para la Ejecución de Instalaciones Eléctricas en Inmuebles Parte 5 - Elección e Instalación de los Materiales Eléctricos - Capitulo 54 - Instalaciones de Puesta a Tierra.



AEA 90364-5-551 - Reglamentación para la Ejecución de Instalaciones Eléctricas en Inmuebles Parte 5 - Elección e Instalación de los Materiales Eléctricos - Sección 551 - Grupos Generadores de Baja Tensión.



AEA 90364-5-556 - Reglamentación para la Ejecución de Instalaciones Eléctricas en Inmuebles Parte 5 - Elección e Instalación de los Materiales Eléctricos - Sección 556 - Instalaciones de Seguridad.



AEA 90364-7-701 - Reglamentación para la ejecución de Instalaciones Eléctricas en Inmuebles Parte 7 - Particulares para las Instalaciones en Lugares y Locales Especiales - Sección 701 Cuartos de baño. AEA 90364-7-718 - Reglamentación para la Ejecución de Instalaciones Eléctricas en Inmuebles Parte 7 - Reglas Particulares para las Instalaciones en Lugares y Locales Especiales - Sección 718Lugares y Locales de Pública Concurrencia.

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REGLAMENTACiÓN PARA LA EJECUCiÓN DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN INMUEBLES

AEA 80364-7-710 " Edlcl6n 2008 Pigln.9



AEA 90364-7-771 - Reglamentación para la Ejecución de Instalaciones Eléctricas en Inmuebles Parte 7 - Reglas Particulares para las Instalaciones en Lugares y Locales Especiales - Sección 771 Viviendas, Oficinas y Locales (unitarios).



AEA 90909-0 - Corrientes de Cortocircuito en Circuitos Trifásicos de Corriente Alterna - Parte O Cálculo de las Corrientes de Cortocircuito.



AEA 90909-1 - Corrientes de Cortocircuito en Circuitos Trifásicos de Corriente Alterna - Parte 1 Factores para el Cálculo de las Corrientes de Cortocircuito.



AEA 92305-0 - Protección contra las Descargas Eléctricas Atmosféricas - Parte O - Carta de nivel Isoceráunico medio Anual. (Próxima a editarse)



AEA 92305-1 - Protección contra las Descargas Eléctricas Atmosféricas - Parte 1 - Principios generales.



AEA 92305-2 - Protección contra las Descargas Eléctricas Atmosféricas - Parte 2 - Evaluación del riesgo.



AEA 92305-3 - Protección contra las Descargas Eléctricas Atmosféricas - Parte 3 - Daños a las estructuras y riesgo para la vida humana. (Próxima a editarse)



AEA 92305-4 - Protección contra las Descargas Eléctricas Atmosféricas - Parte 4 - Redes de pntp.nr.ifl y np. r.nmLlnir.:u::iones dentro d,= las estructuras. (Pr6xima a editarse)



AEA 95401 - Reglamentación sobre Centros de Transformación y Suministro en Media Tensión. Ley 19.587 - Higiene y Seguridad en el Trabajo.



Decreto 351/79 - Reglamentario - Reglamentación de la Ley N° 19.587.



lEC 60076-8 - Power Transformers - Part 8: Aplication Guide.



lEC 60076-11 - Power transformers - Part 11: Dry-type transformers.



lEC 60076-13 - Power transformers - Part 13: Self-protected liquid-filled transformers.



lEC 60079-10 - Electrical apparatus for explosive gas atmospheres - Part 10: Classification of hazardous are as.



lEC 60269 - Low-voltage fuses.



lEC 60384-14 - Fixed capacitors for use in electronic equipment - Part 14: Sectional specification: Fixed capacitors for electromagnetic interference suppression and connection to the supply mains.



lEC 60439-1 - Low-voltage switchgear and controlgear assemblies - Part 1: Type-tested and partially type-tested assemblies.



lEC 60439-3 - Low-voltage switchgear and controlgear assemblies - Part 3: Particular requirements for low-voltage switchgear and controlgear assemblies intended to be installed in places where unskilled persons have access tor their use - Distribution boards.



lEC 60601 - Medical electrical equipment.



lEC 60617 - Graphical symbols

tor diagrams.

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REGLAMENTACiÓN PARA LA EJECUCiÓN DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN INMUEBLES

AEA 90364-7-710 CI Edición 2008 Página 10



lEC 60670-1 - Boxes and enclosures for electrical accessories for household and similar fixed electrical installations - Part 1: General requirements.



lEC 60670-24 - Boxes and enclosures for electrical accessories for household and similar fixed electrical installations - Part 24: Particular requirements for enclosures tor housing protective devices and similar power consuming devices.



lEC 60896-11 - Stationary lead-acid batteries - Part 11: Vented types - General requirements and methods of tests.



lEC 60896-21 - Stationary lead-acid batteries - Par! 21: Valve regulated types - Methods



lEC 60896-22 - Stationary lead-acid batteries - Par! 22: Valve regulated types - Requirements.



lEC 60898 - Electrical accessories - Circuit-breakers for overcurrent protection for household and similar installations.



lEC 60947-2 - Low-voltage switchgear and control gear - Par! 2: Circuit-breakers.



lEC 60947-3 - Low-voltage switchgear and controlgear - Part 3: Switches, disconnectors, switchdisconnectors and fuse-combination units.



lEC 60947-6-1 - Low-voltage switchgear and controlgear - Part 6-1: Multiple function equipment Transfer switching equipment.



lEC 61000-1-4 - Electromagnetic compatibility (EMC) - Par! 1- 4: General - Historical rationale for the limitation of power-frequency conducted harmonic current emissions trom equipment, in the frequency range up to 2 kHz.



lEC 61000-4-5: Electromagnetic compatibility (EMC) - Part 4-5: Testing and measurement techniques - Surge immunity test.



IECfTR 61000-5-2 - Electromagnetic compatibility (EMC) - Part 5: Installation and mitigation guidelines - Section 2: Earthing and cabling.



lEC 61008 - Residual current operated circuit-breakers without integral overcurrent protection for household and similar uses (RCC8s).



lEC 61009 - Residual current operated circuit-breakers with integral overcurrent protection for household and similar uses (RCSOs).



lEC 61010 - Safety requirements for electrical equipment for measurement, control. and laboratory use.



lEC 61340-4-1 - Electrostatics - Part 4-1: Standard test methods resistan ce of floor coverings and installed floors.



lEC 61340-4-3 - Electrostatics - Part 4-3: Standard test methods for specific applications - Footwear



lEC 61508-1 - Functional Safety of Electrical/electroniclprogrammable electronic safety-related Systems. Part 1: General Requirements.



lEC 61508-2 - Functional Safety of Electrical/electroniclprogrammable electronic safety-related Systems. Par! 2: Requirements for electrical/electronic/programmable electronic safety-related Systems.

tor

ot test.

specific applications - Electrical

I

1)

ASOCIACiÓN ELECTROTÉCNICA ARGENTINA

REGLAMENTACiÓN PARA LA EJECUCiÓN DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN INMUEBLES

AEA 90314-7-710 O Edición 2008 "9 In .11



lEC 61508-3 - Functional Safety of Electrical/electroniclprogrammable electronic safety-related Systems. Part 3: Software Requirements.



lEC 61508-4 - Functional Safety of Electrical/electroniclprogrammable electronic safety-related Systems. Part 4: Definition and abbreviations.



lEC 61508-5 - Functional Safety of Electricallelectroniclprogrammable electronic safety-related Systems. Part 5: Examples for determination of safety integrity levels.



lEC 61508-6 - Functional Safety of Electricallelectroniclprogrammable electronic safety-related Systems. Part 6: Guidelines on application of parts 2 and 3.



lEC 61557-2 - Electrical safety in low vollage distribution systems up to 1 000 V a.c. and 1 500 V d.c. - Equipment for testing, measuring or monitoring of protective measures - Part 2: Insulation resistance.



lEC 61558-1 - Safety of power transformers, power supplies, reactors and similar products - Part 1: General requirements and tests.



lEC 61558-2-6 - Safety of power transformers, power supply units and similar - Part 2: Particular requirements for safety isolating transformers for general use.



lEC 61558-2-15 - Safety of power transformers, power supply units and similar - Part 2-15: Particular f€:quift:ITlents füf iSülating transfüiiTI€'fS füi the süpply üf medica; lücatioiis.



lEC 61643-1 - Low-voltage surge protective devices - Part 1: Surge protective devices connected to low-voltage power distribution systems - Requirements and tests.



lEC 61936-1 - Power installations exceeding 1 kV a.c.



lEC 62305-3 - Protection against lightning - Part 3: Physical damage to structures and life hazard.



lEC 62305-4 - Protection against lightning - Part 4: Electrical and electronic systems within structures.



IECfTR 61997 - Guidelines for the user interface in multimedia equipment for general purpose use ..



lEC 62040 - Uninterruptible power systems (UPS).



lEC 62040-3 - Uninterruptible power systems (UPS) - Part 3: Method of specifying the performance and test requirements.



lEC 62208 - Empty enclosures for low-voltage switchgear and controlgear assemblies - General requirements.



IRAM 62266 - Cables de potencia y de control y comando con aislación extruida, de baja emisión de humos y libres de halógenos (LSOH), para una tensión nominal de 1 kV.



IRAM 62267 - Cables unipolares de cobre, para instalaciones eléctricas fijas interiores, aislados con materiales de baja emisiÓn de humos y libre de halógenos (LSOH), sin envoltura exterior, para tensiones nominales hasta 450/750 V, inclusive.



ISO 8528 - Reciprocating internal combustion engine driven altemating current generating sets.



CISPR 11 - Industrial, scientific and medical (ISM) radio-frequency equipment - Electromagnetic disturbance characteristics - Limits and methods of measurement.



ASOCIACiÓN ELECTROTÉCNICA ARGENTINA

REGLAMENTACiÓN PARA LA EJECUCiÓN DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN INMUEBLES

AEA 90364·7·710 e Edición 2008 Página 12

.



IRAM·MOL J·2027· Alumbrado de Emergencia en Interiores de Establecimientos.



IRAM 2071 • Tomacorrientes bipolares con toma de tierra para uso en instalaciones fijas domiciliarias. De 10 A Y 20 A, 250 V de corriente alterna.



IRAM 2119 • Acumuladores eléctricos, plomo ácido.



IRAM 2301 - Interruptores automáticos de corriente diferencial de fuga para usos domésticos y análogos.



IRAM 4220: Aparatos Electromédicos.



IRAM 11949 • Resistencia al fuego de los elementos de construcción. Criterios de clasificación.



IRAM 11950 - Resistencia al fuego de los elementos de la construcción. Método de ensayo.



IRAM 11951 - Elementos de construcción. Resistencia al fuego. Método de ensayo de puertas y dispositivos de cerramiento.

710.3. 710,3.1. 710.3.1.1.

DEFINICIONES Tipos de Inmuebles de uso hospitalario Hospitales y Sanatorios

Los hospitales y sanatorios son establecimientos cuyas instalaciones edilicias poseen equipamiento médico y no médico, con el objetivo de diagnosticar, curar o aliviar enfermedades, padecimientos o daños corporales, a través de la prestación médica asistencial, así como también asistencia médica para el parto, y donde las personas s ser atendidas pueden cer o.~¡:;t¡d~:; y cuidadas. Dichos establecimientos tienen capacidad edilicia como para que el paCiente pueda permanecer internado.

710.3.1.2.

Clínicas y Policlínicas

Las clínicas y policlínicas son establecimientos cuyas instalaciones edilicias poseen equipamiento médico y no médico, para el diagnóstico ylo tratamiento de las enfermedades, padecimientos y daños corporales, a través de la prestación médica asistencial. En las clinicas y policlínicas los pacientes pueden ser tratados con internación o de manera ambulatoria.

710.3,2.

Grupos de aplicación de salas para uso médico

Como salas de aplicación para uso médico se consideran las salas de medicina humana y dental, que se utilizan de conformidad con las disposiciones, para examinar o tratar a las personas. Se incluyen, las salas para el tratamiento hidroterapéutico y fisicoterapéutico, asi como las salas de masajes. No se consideran sectores médicos, por ejemplo: pasillos y escaleras, salas para el servicio clínico interno, baños comunes en los pisos y sanitarios, compartimentos de ducha en las salas de internación, cocinas, salas de espera, administración, oficinas para personal médico y otras que deberán cumplir con las condiciones generales previstas en AEA 90364-7-771, AEA 90364-7-701 Y AEA 90364-7-718, según corresponda a las caracteristicas del local considerado.



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Con relación a las medidas necesarias para la protección contra los riesgos eléctricos en caso de fallas, las salas para uso médico se clasifican en grupos de aplicación según las subcláusulas que van desde 710.3.2.1 a 710.3.2.3. 710.3.2.1.

Salas del grupo de aplicación O

Estas son salas para uso médico, donde se cumple una o ambas de las siguientes condiciones: a)

No se emplean aparatos o dispositivos electromédicos, o durante el examen o el tratamiento, los pacientes no entran en contacto con equipos electromédicos, o se utilizan equipos electromédicos que están permitidos para su aplicación al paciente, hasta incluso fuera de las salas para uso médico, según las indicaciones de los manuales que acompat\an a los aparatos, (Ej. Tensiómetros. Tornos odontológicos, etc.), o;

b)

Se utilizan equipos electromédicos que se alimentan exclusivamente de fuentes de energia eléctrica instaladas en los mismos equipos (baterías) y que no aplican electrodos sobre el paciente.

Puede aceptarse la desconexión automática del suministro de energia, al presentarse una primera falla eléctrica a masa o a tierra, o un corte de la red general, sin que por ello existan riesgos para los pacientes. 710.3.2.2.

Salas del grupo de aplicación 1

Estas son salas para uso médico, donde se utilizan equipos electro médicos conectados a la red, con los t.:uai~:; u con t.:uya:; pari~s de apiicación, ios pacienies eniran en coniacio duranie ei examen o ei iraiamienio. Los exámenes y tratamientos de los pacientes, en este grupo de aplicación, pueden interrumpirse y repetirse sin implicar riesgos para el paciente. Puede aceptarse la desconexión automática del suministro de energía. al presentarse una primera falla eléctrica a masa o a tierra, o un corte de la red general. En estas salas se requerirá que todos o algunos tomacorrientes, ante el corte de la red general, se alimenten en los siguientes 15 segundos, del sistema de generación de emergencia. 710.3.2.3.

Salas del grupo de aplicación 2a y 2b

Estas son salas para uso médico, donde se utilizan equipos electromédicos conectados a la red, que sirven para intervenciones quirúrgicas o para mediciones corpóreas de interés vital. •

Grupo de Aplicación 2a

Son salas donde los equipos deben poder seguir operando ante una primera falla eléctrica a masa o a tierra, y/o ante un corte en el suministro de la red de distribución pública, ya que los exámenes o los tratamientos no pueden interrumpirse ni repetirse, sin que impliquen un riesgo para los pacientes. En estas salas el paciente no está sujeto a un riesgo de microchoque. •

Grupo de Aplicación 2b

Son salas con los mismos requerimientos de la 2a con la diferencia de que aqui el paCiente corre el riesgo de microchoque. La diferencia en la implementación de la instalación eléctrica entre las salas 2a y 2b radica en el tipo de monitor de aislación que se puede instalar en cada una de ellas ver 710.4.3.5 y Tabla 710.3,1.

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Nota Tanto las Salas del Grupo de Aplicación 2a como 2b, donde se utilicen anestésicos inflamables o explosivos O sustancias deSinfectantes volatiles con las mismas características, son consideradas Areas Clastf)cadas. La utilización de los sistemas 'IT con monttores de alslaclón. es también una medida de precaución eléctrica para evitar los riesgos de incendio y explosión ( lEC 60079-10).

Los recintos en los que se almacenan estas sustancias, donde se puedan presentar mezclas explosivas o inflamables por fugas, pérdidas o derrames de las mismas. se deberan alimentar eléctricamente con (ECT) IT. debiendo considerarse las demás prescripciones de los documentos arriba mencionados

710.3.2.4.

Grupos de salas

Las salas para uso médico que están ligadas entre si en su función a través de la finalidad médica o de los equipos electromédicos comunes, conforman un grupo de salas. Esto puede ser aplicable para las salas de operaciones y las salas de actividad médica directamente relacionadas, como por ejemplo: salas de preparación. de recuperación, para yesos, derivación y control, laboratorio de análisis clinicos, para equipos frigorificos de mantenimiento de cadena de frlo de medicamentos, bancos de sangre u órganos, salas de compresores para vaclo, aire comprimido y otros gases médicos. etc.

710.3.3. 710.3.3.1.

Tipos de salas de uso médico Salas de recuperación

Salas de recuperación son aquellas donde se ubica al paciente para su recuperación, a continuación de una operación. En estas salas. los pacientes en recuperación son monitoreados con equipos electromédicos en forma invasiva y no invasiva.

710.3.3.2.

Salas de internación

Salas de internación, son aquellas donde los pacientes internados pueden ser examinados y tratados con equipos electromédicos entre otros.

710.3.3.3.

Ambulatorios quirúrgicos

Los ambulatorios quirúrgicos son salas donde se realizan intervenciones quirúrgicas menores a pacientes ambulatorios.

710.3.3.4.

Salas para diálisis

Salas para diálisis, son aquellas donde se procede al tratamiento de la sangre de los pacientes mediante equipamiento electromédico.

710.3.3.5.

Salas para endoscopias

Salas para endoscopias, son aquellas donde se introducen endoscopios en el interior del cuerpo a través de orificios naturales del paciente. Nota Ejemplos de endoscopia son: la broncoscopia. la laringoscopIa, la citoscopia. la gastroscopia. etc.

710.3.3.6.

Salas para cateterismo cardíaco

Salas para cateterismo cardíaco, son aquellas donde se introducen catéteres que pueden llegar hasta el corazón.



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710.3.3.7.

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Salas de cuidados intensivos

Salas de cuidados intensivos. son aquellas donde los pacientes con tratamiento estacionario son conectados a equipos electromédicos para control. y dado el caso. para la estimulación de funciones corporales. 710.3.3.8.

Salas de exámenes intensivos

Salas de exámenes intensivos. son aquellas donde las personas son conectadas a uno o más equipos electromédicos para medición o control. 710.3.3.9.

Salas para yesos y otros procedimientos

Salas para yesos, son aquellas donde se aplican vendajes y yeso bajo el efecto de la anestesia. 710.3.3.10.

Salas de cirugía

Salas de cirugia, son aquellas donde se llevan a cabo las intervenciones quirúrgicas. Según el tipo y la gravedad de la intervención, se llevan a cabo aqul las analgesias (eliminación de la sensibilidad al dolor) o las anestesias (narcosis parciales o totales) y se utilizan aparatos de control y reanimación, aparatos de rayos X y otros equipos electromédicos. 710.3.3.11.

Salas de preparación para cirugias

Salas de preparación para cirugías, son aquellas donde se prepara al paciente para la cirugía. por ejemplo. suministrándole anestesia. 710.3.3.12.

Consultorios de medicina humana y dental

Consultorios de medicina humana y dental, son aquellos Que son utilizados para el examen y/o tratamiento de pacientes por médícos u odontólogos, según corresponda. 710.3.3.13.

Salas para diálisis domiciliaria

Salas para diálisís domiciliaria. son aquellos locales donde los pacientes son conectados a aparatos de diálisis en domicilios fuera del ámbito hospitalario. 710.3.3.14.

Salas para hidroterapia

Salas para hidroterapia. son aquellas salas donde los pacientes son tratados con agua, con fines . terapéuticos. 710.3.3.15.

Salas para terapia física

Salas para terapia física, son aquellas salas donde los pacientes son tratados por medio de equipos con energía eléctrica, mecánica o térmica. 710.3.3.16.

Salas para diagnóstico radiológico y tratamiento

Salas para diagnóstico radiológico y tratamiento, son aquellas salas donde se aplican rayos para visualizar el interior del cuerpo humano, y obtener efectos terapéuticos en la superficie y en el interior del mísmo.



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Tabla 710.3.1: Ejemplos de asignación de los distintos tipos de salas, según los grupos de aplicación, de acuerdo con las subcláusulas que van desde 710.3.2.1 a 710.3.2.3 TIPO DE SALA DE ACUERDO A LA UTILIZACIÓN

GRUPO DE APLICACiÓN

TIPO DE UTILIZACIÓN MÉDICA

O

Salas de internación Salas de esterilización para cirugías Salas de lavado para cirug ías Consultorios de medicina humana y dental

Ninguna utilización de equipos electromédicos

1

Salas para ecografia Salas de internación Salas para terapia física Salas de masajes Consultorios de medicina humana y dental Salas para diagnóstico radiológiCO y tratamiento Salas de parto

Utilización de equipos electromédicos a través de aberturas naturales en el cuerpo, o con intervenciones quirúrgicas menores (cirugía menor)

2a

Salas Salas Salas Salas Salas Salas

2b

Salas para ambulatorios quirúrgicos Salas de examen intensivo con mediciones invasivas Salas de recuperación post·quirúrgica Salas de cirugías Salas de guardia para tratamiento de emergencia "Shock Room" Salas de examen intensivo Salas de cuidados intensivos (UTI) Salas para diagnóstico y tratamientos invasivos, guiados por imágenes (hemodinamia) Salas para cateterismo cardiaco para diagnóstico y tratamiento, Quirófanos de obstetricia Salas para diálisis de emergencia o aguda Salas de neonatología

de preparación para cirugias para hidroterapia para endoscopias para diálisis para yesos quirúrgicos de endoscopia

Operaciones de cirugia menor, sin introducción de catéteres en el corazón (sin riesgo de microchoque).

Operaciones de órganos de todo tipo (cirugía mayor), introducción de catéteres en el corazón (cateterismo cardiaco), introducción quirúrgica de partes de aparatos, operaciones de todo tipo, mantenimiento de las funciones vitales con eQuipos t:it::cLlulll~úiG{Js, intervenciones a corazón abierto (riesgo de microchoque)

La asignación de los Tipos de Salas a los Grupos de Apllcaci6n se determina por el tipo de Utilizaci6n Médica Prevista y equipamientos médicos utilizados. Por este motivo, ciertos tipOS de salas pueden estar asignados a varios grupos de aplicación. Al planificar las instalaCiones eléctricas de potencia en hospitales. no es pOSible definir con certeza, en la mayoria de los casos. que tipos de equipos electromédicos se utilizarán. Es por eso que. en caso de dudas. no deberia hacerse uso del grupo de aplicación O. Salas del Grupo 2 al Salas con suministro aislado IT donde se pueden utilizar Monitores de AislaciOn de Resistencia o de Impedancia. Salas det Grupo 2 b) Salas con suministro aislado IT donde sólo se pueden instalar Monitores de Aislación de Impedancia. Los Monitores de Impedancia se los conoce también como monitores de corriente total de fuga. Ver 710.3.2.3

710.3.4. 710.3.4.1.

Instalaciones Eléctricas Instalaciones de Alimentación de Energía Eléctrica de Emergencia a través de Grupo Electrógeno (EEGE)

La alimentación de energia eléctrica de emergencia a través del Grupo Electrógeno está compuesta por: las fuentes de energia eléctrica de emergencia, los dispositivos de conmutación y protección correspondientes, los centros de distribución, los circuitos de distribución y consumo y los tomacorrientes de los equipos a alimentar.

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En el caso de una perturbación de la red normal, la instalación de energia eléctrica de emergencia deberá poder alimentar por un tiempo minimo de 24 Hs, a los equipos esenciales necesarios, los equipos médicotécnicos y los equipos imprescindibles para el mantenimiento del servicio del hospital. Nola 1: Se entiende por equipos médico-técnicos a los equipos electromédicos comprendidos por luminarias sciallticas, heladeras de medicamentos. equipos de laboratorios y en general a todos aquellos que resultando indispensables para la labor de los médicos, no pueden quedar sin energia bajo ningun concepto.

Nota 2: Se denomina luminaria scialltica al equipo orientable utilizado para iluminar el campo de operación en cirugla u otro tipo de prestación.

710.3.4.2.

Instalaciones de Alimentación de Energía Eléctrica de Emergencia a través de UPS (AEUPS)

Se define como fuente de Energia Eléctrica de Emergencia a través de UPS (AEUPS), al equipamiento fijo eléctrico con control electrónico que suministra energia eléctrica durante un tiempo preestablecido a determinados equipos médico-técnicos, destinado entre otras prestaciones, para dicho suministro en el caso en que se produzca, en forma simultánea. un corte de la red normal y la falta de la alimentación EEGE (Periodo de arranque o indisponibilidad transitoria del grupo generador). Se deberán utilizar las UPS "On line", con tiempo de interrupción O. Las UPS deberán cumplir con lEC 62040. Al conjunto de la UPS con sus alimentadores, dispositivos de maniobra y de protección se define como Instaiación de energia eiéctrica de emergencia de ÜPS (AEüPS¡. 710.3.4.3.

Equipos de emergencia necesarios

Los equipos de emergencia necesarios son equipos que, en caso de peligro (en especial en caso de incendio), sirven para la seguridad de las personas y deben ser previstos según requisitos de validez general o por códigos de edificación en particular, y requieren una alimentación de energia de emergencia. Por ejemplo, se trata de equipos de extinción de incendios, equipos de rescate de personas en ascensores de pasajeros, ascensores camilleros y ascensores de emergencia para servicio de bomberos. 710.3.4.4.

Vi as de Escape

Las vias de escape son los espacios destinados a la circulación sobre terrenos y sectores dentro de los inmuebles hospitalarios que sirven para dejar a salvo a las personas y rescatarlas, asi como también para permitir el normal desarrollo de las tareas de extinción de incendios. Nota: A fin de complementar est~ subcláusula ver condiciones exigidas en AEA 90364-7-718

Entre los espacios de circulación se deberán considerar también los caminos que conducen hacia las viviendas y alojamientos de los médicos y el personal de asistencia. 710.3.4.5.

Iluminación de emergencia

La iluminación de emergencia es una iluminación, que en el caso de una perturbación de la alimentación general de energia, garantiza un nivel de iluminación mínimo especificado en las vias de escape, las salas para uso médico y las salas necesarias para el mantenimiento de los servicios del hospital. Nola: Las subcláusulas 710.3.4.3 y 710.3.4.4 deberán desarrollarse de acuerdo a los lineamientos de la Reglamentación AEA 90364-7· 718, dado que los edificios hospitalarios son considerados como locales con condiciones difíciles de evacuación.

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710.3.4.6.

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Tiempo de conmutación

El tiempo de conmutación; es el periodo que transcurre entre el comienzo de la perturbación en Ja red general y el restablecimiento de la alimentación efectiva de energía eléctrica de emergencia alas consumidores previamente asignados. A los efectos de la presente cláusula, se entiende como perturbación a aquella detectada como inadmísible para la continuidad de suministro, por parte del sistema de control de la conmutación, en función de las tolerancias mencionadas en 710.6.1, 710.6.4.2, 710.6.9.5.1, 710.6.9.5.2.

710.3.4.7.

Tablero principal del edificio o TPBT

El tablero principal del edificio, conocido también por sus siglas TPBT (Tablero Principal de Baja Tensión), es el que suministra, en forma integral, energia eléctrica a todo el edificio. Para el dimensionamiento adecuado del TPBT, como asi también del resto de la instalación eléctrica se debe considerar las corrientes de corto circuito presuntas en el punto de instalación de cada elemento. Ver AEA 90909-0 Y AEA 90909-1 en su defecto se pueden utilizar los métodos aproximados acotados dados en AEA 90364·7-771. Nota En el caso de suministrar energia eléctrica a varios edificios desde un edificio central. surge la necesidad de un tablero principal en este edificio central. ademas de los correspondientes tableros seccionales generales en cada uno de los edificios a ser alimentados (véase Figura 710-G.D).

710.4.

REQUISITOS GENERALES

710.4.1. 711)A.1.1. a)

b)

Salas de Maniobras Eléctricas !nsta!aC!QneS E!éctricas en Salas Cerradas

Instalaciones Eléctricas en Salas Cerradas en BT •

En las instalaciones edilicias según esta Reglamentación, las instalaciones eléctricas que figuran a continuación deben montarse en salas cerradas, que respondan a las disposiciones establecidas en AEA 90364-4, AEA 90364·5 Y en AEA 90364·7-771.



Tableros eléctricos.



Grupos electrógenos fijos o estacionarios.



Centrales de baterias de alimentación de energia eléctrica de emergencia.

Instalaciones Eléctricas en Salas Cerradas en MT

En Instalaciones Eléctricas de más de 1 kV se debe cumplir con lo indicado en la Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo 19.587 y en el Decreto Reglamentario 351/79, como asi tanibién con lo indicado en lEC 619361 Y AEA 95401 sobre Centros de Transformación.

710.4.1.2.

Excepciones a la Subcláusula 710.4.1.1

La subcláusula 710.4.1.1 no es válida para: •

Tableros seccionales principales en edificios independientes.

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1) •

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Partes de edificios separados por paredes contra incendios, cuando estas partes contienen únicamente equipamiento eléctrico de servicio.

710.4.1.3.

Tableros Principales de Distribución de Energía Eléctrica

Los tableros principales de distribución de energia eléctrica, deben montarse en salas especificas que respondan a los requisitos para recintos de maniobras eléctricas cerradas. Estas salas deben estar separadas de otras salas con elevado peligro de incendio por medio de paredes y cielorrasos con resistencia al fuego F 90 como minimo (Según el Decreto 351179), y de otras salas a través de paredes de resistencia al fuego F 30 como minimo. Las puertas de acceso deben ser de resistencia al fuego F 30 como minimo, debiendo ser las paredes exteriores de material no inflamable con resistencia al fuego F 120 (Según IRAM 11949). Las paredes y cerramientos deberán cumplir con los ensayos definidos en IRAM 11950 e IRAM 11951. Nota: Ver también AEA 90364-4-42.

El TPBT alimentado desde la Red de Distribución Pública (Suministro General SG) debe estar montado en una sala separada a la del tablero de Media Tensión. Se debe dar especial atención a los sistemas redundantes como por ejemplo el TPBT y el TPEE, debiéndose evitar por todos ¡os n-Iediosla faHa de cau~a ü .Húdo COlllÚll, Ut:íilli":IIUU~t: i:::I t::sia úiiirna como ia taiía única, ya sea mecánica, por fuego, o eléctrica que anule las dos alimentaciones simultáneamente. Esto involucra tanto a los tableros anteriormente mencionados como a las alimentaciones redundantes a los tableros seccionales correspondientes al tipo de salas que asi lo requiera. Esto implica que se deberá considerar la independencia de las áreas de fuego de los recintos del TPBT, Tablero de MT y el recinto del Tablero Principal de Emergencia del Grupo Generador TPEE, asi como también se considerará la independencia de los tendidos de los alimentadores redundantes. Entre el TPBT y el Tablero Principal de Energia de Emergencia del Grupo Generador TPEE por ser ambos de BT se permitirá la división del recinto con paneles a prueba de fuego con resistencia mlnima F 30. Los transformadores de MTlBT deberán instalarse en recintos separados de los tableros de BT (Areas de fuego distintas), estos transformadores responderán a la lEC 60076-8 e lEC 60076-13. Como excepción se permitirá la instalación del transformador en el mismo recinto del TPBT en caso que este sea de aislación seca y encapsulado respetando las distancias, barreras y obstáculos necesarios para evitar riesgos de contactos en la zona de MT. Estos transformadores deben cumplir con la lEC 60076-11, quedando exceptuados en ese cumplimiento, la ubicación de bornes, zapatas y accesorios, los que podrán ser establecidos por el proyectista.

710.4.1.4.

Tablero Principal de la alimentación de Energía de Emergencia (TPEE)

El Tablero de distribución principal de la Alimentación de Energia de Emergencia, deberá montarse también en salas propias que respondan a los requisitos para salas cerradas de equipamientos eléctricos, según lo indicado en 710.4.1.3. Estos tableros pueden montarse también junto con el Tablero Principal de Energia Eléctrica (Sistema Normal TPBT) siempre y cuando estén separados por un tabique o pared con resistencia al fuego F 90. Todo el recinto, tanto paredes como cielorraso, deben ser resistentes al fuego, resistencia al fuego F 90 según las Normas IRAM 11950 Y e IRAM 11951.

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Ambos tableros de distribución TPBT y el TPEE deben separarse en forma efectiva entre si para que no se formen ni propaguen arcos eléctricos de un tablero al otro. Como división para evitar la formación de arcos, es válida la propia separación por medio de los dos laterales metálicos terminales de los mismos. También se admitirá un solo cuerpo de tablero que tenga una sección TPBT y otra TPEE. acoplados longitudinalmente por un dispositivo de maniobra y/o protección en donde deberá existir una chapa metálica divisoria de 2.5 mm de espesor minimo con pasabarras adecuados para la no propagación de la falla de arco interno entre los dos sectores. En caso de que ambos tableros TPBT y TPEE estén colocados en una misma área de fuego, se podrá optar por la solución de diseñar la separación entre ambos a través de la chapa divisoria o las chapas limites de ambos. En caso de encontrarse en áreas de fuego distintas se deberá recurrir al tabique o pared intermedia con resistencia al fuego. Los tableros mencionados en 710.4.1.3 y 710.4.1.4, deberán estar certificados según lEC 60439-1, con las prescripciones adicionales establecidas en la Sección 771 y en el Capitulo 552 de la Parte 5 de esta Reglamentación.

710.4.2. 710.4.2.1.

Equipos eléctricos Transformadores de distribución

Los transformadores de distribución deberan estar protegidos contra las sobrecorrientes por medio de un interruptor automático tetrapolar de cabecera del TPBT (dicho interruptor deberá poseer como mlnimo protección contra sobrecarga y cortocircuito y protección diferencial si corresponde). Por el lado de MT deberá incorporar como minimo protección contra cortocircuito. Si el transformador es de aislación en aceite con tanque de expansión, debera poseer como mínimo relé Buchholz y termómetro de contacto. Si es de llenado integral debera incorporar como minimo protección contra sobre presíón. mientras que si es de aislación seca, deberá incorporar como mínimo protección interna por sobre temperatura. En todos los casos los sensores deben actuar sobre un sistema de alarmas que indique estado de falla y eventualmente produzca la desconexión del transformador. Nota: Es conveniente el uso de transformadores con aislación seca, por su menor riesgo de incendio y contaminación.

Cualquiera sea el tipo de transformador se deberán tener en cuenta los aspectos vinculados con la ventilación del recinto. para lo cual rige lo establecido en AEA 95401. Asimismo y para el caso del empleo de transformadores en aceite, se deberá tener en cuenta la eventual pérdida y derrame de aceite para lo cual se deberán construir fosos colectores. adecuando su construcción a lo establecido en la Parte 4, Subcláusula 42 de AEA 90364.

710.4.2.2.

Alimentación del TPEE

Para alimentar el tablero principal de energía de emergencia (TPEE), desde el tablero principal TPBT (Suministro desde la empresa distribuidora), se requiere una conexión protegida contra contactos a tierra y cortocircuitos según se estipula en AEA 90364-4, AEA 90364-5 Y AEA 90364-7-771. El dispositivo automático de conmutación, en el tablero principal, de la alimentación de energía de emergencia, debera ser tetrapolar, para no víncular el neutro del alimentador de emergencia con el neutro de la compañia distribuidora de energia. Dada la influencia de las corrientes armónicas homopolares, el interruptor tetrapolar deberá tener el neutro protegido y dimensionado de acuerdo a 771.16.2.4 de AEA 90364-7-771.



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Los contactos del mecanismo conmutador deberán contar con una capacidad de corriente del 100 % sobre los cuatro polos y garantizar, de acuerdo a AEA 90364-5-53, que todos abran y cierren al mismo tiempo, o que el neutro abra con retardo y cierre en forma anticipada. En el caso de conmutaciones donde. aguas abajo, se alimenten UPS's, se recomienda agregar un transformador separador antes de la UPS, generando en el secundario del transformador separador, un esquema de conexión a tierra TN-S. De esta manera al estar la UPS alimentada por el transformador con ECT TN-S, mantiene su neutro a tierra sin que la afecte la conmutación del neutro aguas arriba (no se interrumpe el neutro) y además se minimiza la diferencia de tensión Neutro-PE en la UPS. En su defecto se pueden instalar transferencias con Neutro solapado. en este último caso se evita el corte de neutro pero no se minimiza la diferencia de potencial N-PE, debido a la tensión que puede introducir el neutro. En instalaciones hospitalarias donde se compre la energía en baja tensión, es recomendable la primera solución con transformador separador con secundario en TN-S. 710.4,2_3.

Tableros Seccional General y Tableros Seccionales

710.4.2.3.1. Operación de Tableros y Capacidad de las Personas Los tableros eléctricos operados por personal BA4 y BA5, deben cumplir en su conjunto mecánico y eléctrico con lEC 60439-1. Los tableros eléctricos operados por personal BA 1. deberán cumplir en su conjunto mecánico y eléctrico a la Norma lEC 60439-3. Nota: Para clasificación ver tabla 771.11.11 de AEA 90364·7·771 - Condiciones de Utilización (Capacidad de las Personas).

Los gabinetes o envolventes vacios empleados por el instalador, para armar los tableros, deben responder a las Normas lEC 60670-1, lEC 60670-24 e lEC 62208. 710.4.2.3.2. Materiales Constructivos Los tableros principales de distribución deben ser metálicos. Los tableros seccionales de corrientes asignadas la s 250A., podrán ser metálicos o de materiales aislantes, siempre que resporidan a las normas mencionadas en 710.4.2.3.1. 710.4.2.3.3. Ubicación y Accesibilidad Los tableros eléctricos se deberán instalar fuera de las salas para uso médico, debiendo estar protegidos del acceso a personas no autorizadas, ya sea por estar cerrados con llave o por estar en recintos cerrados y solo accesibles para el personal autorizado. 710.4.2.3.4.

Identificación de Circuitos

Los dispositivos de protección contra sobrecorrientes y los interruptores diferenciales de los circuitos terminales para salas del grupo O y 1 deben estar correctamente identificados y tener fácil acceso para el personal autorizado. Estos dispositivos responderán a lo establecido en lEC 60898 e lEC 61008 respectivamente, pudiéndose admitir también conjuntos armados con interruptor automático/diferencial que cumplan con la Norma lEC 61009. El personal médico y jefes de salas de grupo 2 deberán tener información adecuada sobre las alarmas de los sistemas eléctricos de uso médico según 710.12 .2 apartado 3 y 8.



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710.4.2.3.5. Facilidad para mediciones Los tableros eléctricos deben estar armados e instalados de forma tal que permitan efectuar en forma simple o sencilla la medición de la resistencia de aislación entre todos los conductores de fases y de estos respecto de tierra. en cada uno de los circuitos de salida. 710.4_2.3.6. Condiciones para salas del grupo 2 Las salas para uso médico del grupo de aplicación 2 deberán tener tableros seccionales propios. con doble alimentación de entrada. una preferencial y la otra alternativa. Los tableros para salas del grupo 2. donde se instalan los transformadores de aislación. deberán montarse lo más cerca posible de dichas salas para minimizar la capacidad distribuida a tierra de los circuitos secundarios aislados. En un tablero que alimenta una sala o un conjunto de salas del grupo de aplicación 2. se deberá tener en cuenta al proyectar cada uno de los sectores de distribución y canalización de cables. de respetar una clara separación por medio de distancias fisicas y dieléctricas entre las dos alimentaciones, la de emergencia preferencial y la de emergencia alternativa, de manera de evitar fallas únicas que afecten simultáneamente ambas fuentes. (Ver 710.4.3.5) Estos tableros de distribución se pueden instalar en la misma área de fuego en el que se encuentran ubicadas las salas o los sectores adyacentes. a los que estos tableros alimentan. 710.4.3.

710.4.3.1.

Requisitos para la alimentación de energía Esquema de conexión a tierra TN (prohibición de la variante TN-C)

El esquema de conexión a tierra TN-C está prohibido según AEA 90364-7-771 para la distribución interna de los inmuebles, salvo la excepción indicada para el tramo desde los bornes del transformador MT/BT y los oornes ae entraaa aellnterruptor pnnclpal ael TPBT. 710.4.3.2.

Alimentación de energia eléctrica de emergencia

En las instalaciones de alimentación de energia de emergencia con tensiones nominales de hasta 1000 V, son válidas las especificaciones de 710.5.2, 710.5.3 Y 710.6 de esta Reglamentación, adicionalmente a los requisitos de AEA 90364-5-551 Y AEA 90364-5-556. Una alimentación para servicios de seguridad o de emergencia puede ser: •

Una fuente no automática. cuando la puesta en servicio de la alimentación es realizada por la intervención de un operador.



Una fuente automática. cuando la puesta en servicio de la alimentación es independiente de un operador.

Una alimentación automática se clasifica como sigue, en función de la duración de su conmutación.

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Tabla 710.4.1: Clasificación de las fuentes de energla según los tiempos de conmutación Tipo de conmutación

Tiempo de conmutación en [s]

Sin interrupción

Os Alimentación automática, que puede estar asegurada de forma continua en las condiciones especificadas durante el período de transición

Muy corta interrupción

Alimentación automática disponible en 0,15 s como máximo

Corta interrupción

Alimentación automática disponible en 0.5 s como máximo

Media interrupción

Alimentación automática disponible en 15 s como máximo

Larga interrupción

.,' Alimentación automática disponible en más 15 s

710.4.3.2.1. Tiempos asociados a la conmutación

y a las interrupciones de las fuentes de energía

Dentro de la implementación de los tiempos de conmutación, de acuerdo a 710.3.4.6 y de interrupción de las fuentes de energia según 710.4.3.2, se deberán respetar los siguientes tiempos de retardo para asegurar la operación confiable del sistema de respaldo: •

Retardo de arranque de la fuente de energia de emergencia.



Retardo de transferencia.



Retardo de omisión de transitorios (de la red y el grupo generador).



Retardo de retransferencia de retorno.



Retardo de enfriamiento de la fuente de emergencia.

Estos deben ser totalmente reinicia bies toda vez que se produzcan transitorios en la fuente (principal o emergencia) que los haya originado. La conmutación de retorno desde la fuente de energia eléctrica de emergencia a la alimentación normal debe ser de t< 0,5 s (tiempo de cierre), para evitar sobrecorrientes en la reconexión de motores asincrónicos en funcionamiento. Se permitirá también la transferencia con sincronización transitoria para evitar este mismo inconveniente. 710.4.3.3.

Alimentación de energía eléctrica en salas del grupo O y puntos mínimos de utilización

Los requerimientos eléctricos en salas del grupo O serán los siguientes:

• •

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Se deberán instalar como minimo cuatro tomacorrientes de uso general (TUG), y una boca para iluminación de uso general (IUG) por puesto de atención o consultorio individual y en el caso de salas de internación general una boca de iluminación (IUG) por cada 12 metros cuadrados. Nota Para criterios generales ver AEA 90364-7-771. Subclausula 771.8.5.



En salas de dos o más puestos de atención, el número de tomacorrientes de uso general TUG será de cuatro por cada puesto.



El número de bocas de iluminación general IUG, será como minimo de dos, incrementándose la cantidad de las mismas según la superficie de la sala y los puestos de atención.



Las bocas mencionadas anteriormente deberán repartirse en por lo menos dos circuitos independientes TUG y dos independientes IUG que podrán ser compartidos por otras salas del grupo O siempre que no se supere la cantidad de bocas máximas y corrientes máximas establecidas para estos circuitos.



Si la sala se diseñara con aire acondicionado y/o calefacción eléctrica individual se deberá instalar como minimo una boca para tomacorrientes de uso especial (TUE) por cada unidad.

710.4.3.4.

Alimentación o.. v~ergía eléctrica en salas del grupo 1

Los requerimientos eléctricos en salas de grupo 1 serán los siguientes: •

Se deberán instalar como minimo 4 tomacorrientes para uso de equipos electromédicos por cama. Estos tomacorrientes deberán estar alimentados desde dos circuitos independientes y por lo menos dos de ellos alimentados desde el sistema eléctrico de emergencia. El tiempo de interrupción será definido entre Media o Larga interrupción según Tabla 710.4.1. de acuerdo a la prestación de la sala de grupo 1 considerada.



Los tomacorrientes para uso de equipos electromédicos alimentados del sistema normal o del s:stcmc de cmcrgcncin deber. estar identificados con colores distintos. Se propone :0 sigüiente: Color Rojo: Tomacorrientes alimentados desde el sistema de emergencia. Cualquier otro color distinto al anterior: Tomacorrientes alimentados de la red Normal. Este código de colores es orientativo. permitiéndose también la colocación de autoadhesivos u otros sistemas de marcación indelebles sobre los tomacorrientes.



Se deberán instalar adicionalmente y como minimo dos tomacorrientes de uso general (TUG) por cada cuatro camas, más una boca para iluminación de uso general (IUG) por cada 12 metros cuadrados de superficie de sala.



Se deberá prever por cama o puesto de trabajo una boca de iluminación para luz de examen.



Las bocas mencionadas anteriormente deberán repartirse en por lo menos dos circuitos independientes TUG y dos independientes IUG .



Si la sala se diseñara con aire acondicionado y/o calefacción eléctrica individual, se deberá instalar como minimo una boca para tomacorrientes de uso especial (TU E}, por cada unidad.

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710.4.3.5.

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Alimentación de energía eléctrica en salas del grupo 2

A fin de lograr un abastecimiento seguro (continuidad del servicio eléctrico aún con una primera falla) de los equipos electromédicos para intervenciones quirúrgicas. mediciones y procedimientos de interés vital, es necesaria una red IT de uso médico, en adelante IT. Adicionalmente a la red IT, en las salas del grupo 2 se deberán prever alimentaciones adicionales en esquemas TI o TN·S, según el caso, destinadas a la iluminación general de la sala y a tomacorrientes de uso en equipos que no cumplen con las Normas lEC 60601 o la IRAM 4220, como ser: equipos de limpieza, computadoras para uso no médico, etc.; los que NO SE DEBEN conectar a los tomacorrientes de sistemas aislados IT debido al acoplamiento capacitivo a tierra que generan. Estos tomacorrientes deberán estar identificados y diferenciados con los tomas de uso médico a través de leyendas y colores, de tal forma que su uso este perfectamente definido, teniendo especial cuidado de que el personal que utiliza estas instalaciones conozca suficientemente el empleo de 105 mismos, debiendo estar instalados a una distancia minima de 1,5 m de la posición de camilla del paciente, para evitar el riesgo de contacto indirecto a través del personal médico. Nota: El sistema alstado tT para uso hospitalario. además de garantizar ta continuidad del servicio eléctrico en las salas del grupo 2. evita el micro y macro choque eléctrico sobre el paciente y el personal médico respectivamente. además de arcos eléctricos ante la primer falla a tierra. evitando incendios O explosiones dentro de la sala.

710.4.3.5.1. Condiciones particulares en Tableros Seccionales red IT En los tableros secciona les con el transformador de aislamiento para la red IT, se deberán disponer de dos circuitos de alimentación independientes, uno preferencial y otro alternativo. Nota. Aunque el término correcto en el idioma castellano es ·aislamiento". en Argentina se suele referir también al término 'aislación·. En la presente Sección 710 se utilizarán ambas acepciones indistintamente como Sinónimos.

Es conveniente que el transformador de aislación esté instalado lo más cerca posible del tablero seccional en salas del grupo 2, con el objeto de minimizar las distancias de cableado entre el conmutador de las dos fuentes de alimentación y el transformador de aislación, a efectos de disminuir la posibilidad de un cortocircuito primario que anule las dos fuentes de alimentación simultáneamente. Ante la falta de energia en uno o varios conductores de línea al final del circuito de alimentación preferencial, el suministro de energia debe ser transferido en forma automática a través de un dispositivo de conmutación (descrito en 710.6.7) al circuito de emergencia alternativo. (Ver Figuras 710-G.A a 710-G.C). Cada tablero seccional de red IT, para sala del grupo 2, deberá poseer su propio dispositivo de conmutación, evitándose que varias redes IT estén detrás de un solo dispositivo de conmutación. De acuerdo a las figuras 710-G.A a 710-G.C la conmutación puede hacerse aguas arriba (un solo transformador por red IT) o aguas debajo de los transformadores (dos transformadores por red IT). Estos tableros deben estar certificados o protocolizados de acuerdo a los ensayos de tipo establecidos en lEC 60439-1. 710.4.3.5.2. Alimentación preferencial y alternativa Las dos fuentes independientes de alimentación deberán provenir desde: •

El Tablero Principal de Energia de Emergencia. (TPEE)



El Tablero Principal de Baja Tensión de energía eléctrica (TPBT). (ver las Figuras 710-G.A a 710G.C).



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Nota Se deberá entender desde el TPEE o TPST en forma directa o a través de tableros seccionales alimentados desde los anteriores.

Siempre se considerará la alimentación de emergencia (a través del TPEE) como preferencial y la alimentación desde la barra normal del Tablero Principal de distribución quedará como alimentación alternativa. Los tableros seccionales de la red preferencial y los tableros seccionales de la red alternativa que alimentan a los tableros seccionales de la red IT de las salas del grupo de aplicación 2 deberán estar ubicados en distintas áreas de fuego, en el caso de alimentar tableros seccionales de redes IT que correspondan a áreas de fuego diferentes. La instalación de los dos alimentadores será lo más separado posible y en dos áreas de fuego distintas, para evitar que una única falla (eléctrica. mecánica o por fuego), inutilice ambas alimentaciones al mismo tiempo. Estas dos alimentaciones y sus tableros asociados, como los tendidos de cables deberán respetar la independencia de áreas de fuego para evitar la falla de causa común. Al calcular y determinar las secciones de los conductores y los dispositivos de protección contra las sobre corrientes, se deberán tener en cuenta especialmente los requisitos para lograr una selectividad total entre los dispositivos de protección, según 710.6.9.4 . 710.4.3.5.3. Estimación de consumos en salas con redes IT Para cada una de las salas o conjunto de salas del grupo de aplicación 2 se deberá colocar por lo menos una red IT propia para circuitos que sirven para abastecer a equipos electromédicos en intervenciones quirúrgicas o para mediciones de las funciones corpóreas que son de interés vital. En salas destinadas para más de un paciente, especialmente en salas de terapia intensiva, se recomienda no alimentar a más de 4 camas a través de una misma red IT. Para calcular la potencia de una unidad coronaria, terapia intensiva, etc.; puede considerarse, a manera de ejemplo, los siguientes valores de potencia conectada: Tabla 710.4.11 Estimación consumos UTI Potencia por cama

2400W

para 4 camas

Disponibilidad adicionarpara un equipo consumidor de 2000 W

2000W

para 4 camas

Valor total:

4400W

para 4 camas

6DDW

Esto corresponde a la magnitud de un transformador de la red IT de 5 kVA. En salas con más de 4 camas, se recomienda una disposición alternada de las redes IT. En las salas del grupo 2 multipuesto, cada grupo de tomacorrientes en el poliducto de cada puesto deberá tener un piloto luminoso de presencia de tensión y otro destellante que se encienda cuando se produzca la primera falla a tierra detectada por el monitor que los supervisa.



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710.4.3.5.4, Continuidad de funcionamiento de los Monitores de Aislación Las redes IT, deberán estar permanenlemente monitoreadas por sus respectivos dispositivos o monitores de aislamiento, tanto se alimente de la alimentación preferencial, como de la alternativa. Cuando los monitores de aislamiento necesiten tensión auxiliar, para cumplir con esta condición y además evitar influencias capacitivas de fuentes externas, se deberá alimentar con tensión auxiliar desde la misma barra de la red IT (secundario del transformador de aislación de la respectiva sala). 710.4.3.5.5. Transformadores para redes IT Para formar las redes IT, se preverán siempre transformadores monofásicos. Como excepción y en caso de requerirse también un suministro de consumidores trifásicos (3x230Vca), se podrán instalar transformadores trifásicos separadores. La tensión secundaria no deberá superar nunca los 230 Vca. La potencia nominal de los transformadores no debe ser menor que 3,15 kVA y no mayor que 8 kVA. Se deberán instalar los transformadores para estas salas, de acuerdo al item 710.4.2.3.6, cerca de las salas para uso médico, exteriormente a ellas y preferentemente fuera del área limpia. 710.4.3.5.6. Especificaciones de los transformadores Se utilizarán transformadores separadores según lEC 61558·2·15, para locales de uso médico, con la excepción de adoptar un valor de fuga máxima a tierra de dicho transformador de 0,1 mA. Adicionalmente rige para los transformadores: •

La tensión asignada en el lado secundario no debe sobrepasar 230 Vca, en caso de los transformadores trifásicos, incluso entre los conductores de fase. En el caso de utilizar transformadores trifásicos, para sistemas IT, el secundario no deberá tener neutro distribuido.



La tensión de cortocircuito "Ucc" y la corriente en vacio a circuito abierto "lo" no deben sobrepasar el 3%.



La corriente de conexión a circuito abierto "le" no debe sobrepasar doce (12) veces la corriente nominal.



Deberán tener la pantalla electrostática entre primario y secundario, que deberá conectarse a tierra.



Clase de aislación "H", apta para 180 oC de temperatura máxima.



Nivel sonoro no mayor a 40 dB a 30 cm de distancia y a potencia nominal.

710.4.3.5.7. Protección de los transformadores Para los transformadores de aislación, en su alimentación en el lado primario son admisibles dispositivos de protección por apertura de la alimentación sólo contra cortocircuitos. Si el secundario tiene una sola salida. ésta también tendrá sólo protección contra cortocircuito. Si tuviera más de una salida se admitirán dispositivos de protección contra sobrecarga y cortocircuito por disparo. Para proteger al transformador de aislación de una sobrecarga, se deberán prever dispositivos de supervisión de sobre temperatura y sobrecorriente, ambos indicarán acústicamente (desactivable) y visualmente (no



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desactivable), una falla interna del transformador y o una carga que supere la corriente nominal. sin corte automatico, Estos dispositivos de supervisión podran ser relés de sobrecorriente, transformadores de intensidad o dispositivos equivalentes, Ambas alarmas deberan ubicarse en el tablero de la red IT de la sala y ser repetida de modo tal, que durante las intervenciones médicas pueda ser observada permanentemente por el personal médico actuante. En las alimentaciones primarias a los transformadores de aislación, se instalarán dispositivos de corriente diferencial. Estos dispositivos solo deberan dar alarma sonora y luminosa de falla diferencial. Está prohibido colocar dispositivos diferenciales que corten el suministro ante una fuga a tierra, Nota 1: Se recomienda que el aviso de la indicacIón llegue también al personal técnico de mantenimiento.

Nota 2 Se deber'; efectuar et control de ta corriente. dado que por medio de etla se tiene una indicación en caso de sobrecarga y también porque permite reaccionar rápidamente reduciendo ta carga (desconexión de consumidores). La combinación de control de la corriente y la temperatura. como control de sobrecargas, se considera la mejor solución.

710.4.3,5,8. Consideraciones de los alimentadores terminales de la red IT Cada sala del grupo 2 debe ser alimentada como minimo con un transformador de aislación. Cada red IT (un transformador) debera tener su exclusivo y único monitor permanente de aislación. No se puede utilizar un único transformador para alimentar dos o mas salas debido al aumento de la capacidad distribuida a tierra; por este motivo también el tablero del sistema IT, que contiene el transformador deberá estar instalado lo mas cerca posible de dichas salas. El proyectista debe considerar el valor de las capacidades distribuidas y comprobar, una vez realizado el proyecto, sus valores por mediciones de verificación "in situ", este valor no debe ser mayor de 15 nF (Nano Faradios). A título orientativo se recomienda una longitud total de cables secundarios (el par) de no más de 50 m 01er Anexo 710-E). La alimentación desde una red IT a una sala o a un conjunto de camas de una sala del grupo 2, se puede lograr a través de un solo transformador separador, si no es previsible que ocurra una falla en el mismo o en los conductores de entrada y salida de energía. Lo anterior será válido, si los síguientes requerimientos se hallan cumplidos (ver figuras 71 O-G.A a 710-G,C): a)

La alimentación al transformador desde el dispositivo de conmutación y las salidas desde el secundario del transformador hasta la siguiente sección del tablero deberán ser lo más cortas posibles y realizadas de forma tal que se asegure la imposibilidad de cortocircuito y de fallas de aislación contra tierra.

Para la protección contra contactos indirectos en el transformador, se deben utilizar uno de los siguientes dispositivos: •

Uso de transformadores con doble aislación o aislación clase 11.



Protección a través de recintos con pisos y paredes recubiertos de materiales no conductores, con valores de aislación mayores de 50 kohms y menores de 1Mohm.



Protección de recintos. aislados de tierra y con un conexionado equipotencia!.



Alarma por dispositivo de corriente diferencial (ver nota).

1)

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b) Protección a través de instalaciones especiales, según se describe a continuación: •

El transformador debe estar protegido por una cubierta, solo removible mediante cerraduras o herramientas.



El acceso está reservado, en este caso, solo a personal calificado.



Sobre la puerta del recinto y sobre el transformador debe estar dispuesto, en forma visible e indeleble, un cartel de advertencia sobre el posible peligro de una tensión de falla en el cuerpo del transformador.

Nota: En las alimentaciones prima na. a los transformadores de aislación. se instalarán dispositivos de corriente diferencial. Estos dispositivos solo deberán dar alarma sonora y luminosa de falla diferencial. Está prohibido colocar dispositivos diferenciales que corten el suministro ante una fuga a tierra.

En las figuras 710·G.A a 710-G.C se describen redes IT detrás de un dispositivo de conmutación. La protección contra cortocircuitos para el transformador y su circuito primario asociado se logra con dispositivos de protección magnéticos, en ambos alimentadores, aguas arriba del aparato de conmutación. Para más de una red IT, aguas abajo de un aparato de conmutación debe preverse en la alimentación al transformador un dispositivo de protección contra cortocircuito, para que en caso de falla, se evite la caida total de toda la red IT.· Este dispositivo de protección con corte de la alimentación, no está permitido para sobrecargas, sino solo para eliminar los cortocircuitos en el transformador o en los tableros de distribución antes de los circuitos terminales. Si hay más de un circuito terminal dentro del suministro IT de una sala del grupo 2, se podrán proteger los mismos con interruptores termomagnéticos o sea con corte de la alimentación por sobrecarga y cortocircuito (Sólo lado Secundario). Para la protección de conductores mediante fusibles, según las normas de la serie lEC 60269 con caracteristica gG o interruptor de potencia según la lEC 60947-2, será sin relé de disparo por sobrecarga. En caso de utilizar fusibles para protección, el calibre de los mismos deberá estar fijado por encima de la corriente nominal del transformador (como máximo 3 veces el valor nominal), sin embargo debe respetarse la selectividad de los elementos de protección dispuestos anteriormente. Se deberá tener en cuenta que las protecciones no deberán actuar con las corrientes de conexión de los transformadores. Nota: Los fusibles solo estan permitidos si la instalación es controlada permanentemente por personal BA4-BA5. Si se tratara de pequenas clinicas u hospitales donde no existe dicho personal su instalación esta totalmente prohibida (Ver AEA 90364-7-771). De cualquier manera se recomienda la utilización de inlerruptores magnéticos (Solo contra cortocircuitos) para las redes IT.

710.4.3.5.9. Condiciones para la conmutación En el caso de una caída de tensión en el circuito del transformador que alimenta a la red IT , el suministro de la energía eléctrica preferencial deberá conmutarse automáticamente por medio de un dispositivo de conmutación según 710.6.7, (ver Figuras 710-G.A a 710·G.C) al suministro alternativo. 710.4.4.

710.4.4.1.

Instalación de consumidores Circuitos en la red IT de salas del grupo de aplicación 2

710.4.4.1.1. Circuitos a ser alimentados Los circuitos que deben ser alimentadas desde la red IT son los siguientes:

..

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• AEA 90364·7·710 C Edición 2008 Página 30



Circuitos para luminarias que operan con tensiones primarias asignadas de más de 24 Vca o 60 Vcc e instaladas hasta 1,5 m del área del paciente.



Circuitos con tomacorrientes bipolares con conexión de protección, a los que se conectan los equipos electromédicos, los cuales sirven para intervenciones quirúrgicas o medidas de interés vital.



Luminarias scialíticas (clase de aislación 1) para cirugías y luminarias similares, alimentadas con tensiones desde 24 Vca a 220 Vca.

Nota: En el caso de existir un (ECT) distribución publica IT de 3x220 Vca. esto no implica que se pueda alimentar directamente de la red publica IT las salas del grupo 2. Siempre se deben! colocar un transformador 220/220 Vca y el respectivo monitor de aislación. ambos de uso o grado hospitalario. para alimentar a dichas salas.

710.4.4.1,2, Distribución de circuitos En las salas para pacientes, y en cada cama se dividirán los tomacorrientes por lo menos en dos circuitos. El "puesto de atención de pacientes· es el lugar en el cual el paCiente es examinado o tratado con aparatos electro médicos dependientes de la red, que sirven para intervenciones quirúrgicas o mediciones de importancia vital, por ejemplos: la mesa de cirugia o la cama de terapia intensiva. Se requieren desde 12 tomacorrientes distribuidos como mínimo en dos circuitos, para cada puesto de atención de pacientes. En caso de alimentar una sala del grupo 2 por más de un transformador de aislación, los circuitos por cada puesto de atención de pacientes, (Por ejemplo en Salas de Neonatología, Salas de Terapia Intensiva, etc.), deben estar alimentados en forma alternada desde dos redes IT distintas. Los tomacorrientes conectados en cada circuito del sistema IT deberán tener una indicación visual de color verde de presencia de tensión. La indicación (piloto luminoso) debe ser un elemento eléctrico con una vida útil prolongada (se recomiendan leds protegidos contra sobretensiones transitorias).

710.4.4.1.3. Tomacorrientes Los tomacorrientes que están en la red IT se identificarán claramente. En la misma sala se podrán instalar tomacorrientes que estén alimentados por otro tipo de red siempre y cuando estén ubicados a una distancia mayor a 1.5 m del área del paciente, estos tomacorrientes también se deberán identificar con la leyenda "Prohibida la Conexión de Equipamiento Electromédico', (por ejemplo tomacorrientes alimentados desde la red normal TI o TN·S para equipos de limpieza, computadoras. equipos de música, televisión, etc.).

710.4.4.2.

Circuitos de iluminación

En las vías o rutas de escape y las salas de los grupos de aplicación 1 y 2 con más de una luminaria. éstas deberán alimentarse desde por lo menos dos circuitos de iluminación independientes. Cuando se utiliza la protección por medio de la desconexión con interruptores diferenciales, éstos deben asignarse a los circuitos de manera tal que, en caso de accionarse un dispositivo de protección, no se desactiven todos los circuitos de iluminación de una sala o de una vía de escape. Las luminarias en las vías de escape' deben estar asignadas alternativamente a los diferentes circuitos. Para mayores detalles sobre rutas de escape, su iluminación y sus sistemas de cableado referirse a la AEA

90364·7·718,

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710.4.4.3.

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AEA 903&4·7·710 " Edición 2008 Piglna 31

Circuitos de motores

Los motores que se accionan automáticamente a distancia, o aquellos que no se controlan permanentemente deben estar protegidos por guardamotores, o por dispositivos equivalentes con excepción de las bombas contra incendio que no deben estar protegidas por sobrecargas. Después de actuar el guardamotor, deberá impedirse la reconexión automática de los motores. No son necesarios los contactares o los dispositivos equivalentes para equipos de enfriamiento, congelación o refrigeración con sistemas antibloqueo, cuando éstos estén incluidos en el aparato. Para más detalles en accionamiento de motores ver 771.17.3 de AEA 90364.

710.4.4.4.

Linea de alimentación a equipos de extinción de incendios

La instalación eléctrica de equipos de extinción de incendios deberá estar abastecida con una linea de alimentación propia, directamente desde el centro de distribución principal del suministro de energia eléctrica de emergencia.

PROTECCIÓN CONTRA EL CHOQUE ELÉCTRICO (MACRO-CHOQUE)

710.5.

A los fines de la presente Reglamentación, se debe distinguir entre el choque eléctrico definido en la AEA 90364·7·771 Y el choque eléctrico directo sobre el torrente sanguineo o el corazón, denominados como _..J_ ____ ,

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710.5.1. 710.5.1.1.

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Protección contra el contacto directo

Protección contra el contacto directo en las salas para uso no médico y en las salas del grupo de aplicación Oy 1

En las salas para uso no médico y en las salas del grupo de aplicación O son suficientes las medidas de protección que se desarrollan en AEA 90364· 7·771. Cada uno de los circuitos terminales deberá estar protegido por interruptores diferenciales independientes y exclusivos a cada uno de ellos. Otro método para la protección contra el contacto directo es la utilización de MBTS (Muy Baja Tensión, sin puesta a tierra). Al utilizar Muy Baja Tensión, sin puesta a tierra (MBTS), se requiere en las salas de los grupos de aplicación 1 y 2 que el transformador de MBTS tenga doble aislación y pantalla electrostática conectada entre el primario y el secundario, respondiendo a la Norma lEC 61556-2·6. La pantalla y el núcleo del transformador deberán estar conectados a la Puesta a tierra de Protección.

710.5.2.

710.5.2.1.

Protección contra el contacto indirecto

Protección contra el contacto indirecto fuera de las salas para uso médico y en las salas del grupo de aplicación O

En estas salas se aplicarán los criterios establecidos en AEA 90364·7-771, en los casos en que el suministro de energia eléctrica provenga de la Red Generala bien del suministro de Energia Eléctrica de Emergencia.

~ 710.5.2.2.

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AEA 90364·7·710 O Edición 2008 P~lna32

Sistemas de protección para la energía eléctrica de Emergencia

Cuando se alimenta desde la fuente de energla de emergencia se aplicarán las medidas de protección según 710.5.2.2.1 ó 710.5.2.2.2.

710.5.2.2.1. Aplicar las siguientes medidas de Protección: •

Protección por aislación de partes activas.



Protección por la utilización de fuentes de Muy Baja Tensión, sin puesta a tierra (MBTS),



Protección por separación o alejamiento.



Protección por local aislado y equipotencialización de todas las masas metálicas. (Ver Anexo 710-B).



Protección por indicación con un dispositivo de monitoreo de aislación, de grado hospitalario, ver Subcláusula 710.5.3.4.2 en la redes IT.

710.5.2.2.2. Protección por desconexión Para utilizar la protección por desconexión automática de la alimentación, con la excepción de la alimentación a los transformadores de las redes IT, se deberá comprobar por cálculo que ante una falla con impedancia despreciable en cualquier punto entre el conductor de fase y el conductor de protección o una parte conductora expuesta conectada, el dispositivo de protección conectado aguas arriba del lugar de falla desconecte en forma automática y selectiva dentro del tiempo establecido. La comprobación por cálculo exige el cumplimiento de dos condiciones: a) Desconexión automática en caso de cortocircuito sin resistencia. Los conductores de fase contra los conductores de protección por medio del dispositivo de protección ubicado inmediatamente aguas arriba en un tiempo prefijado. b) Desconexión selectiva del dispositivo de protección ubicado inmediatamente aguas arriba a la falla, antes del siguiente dispositivo de protección en serie. Para ello se requiere: •

El cálculo de las corrientes de cortocircuitos unipolares posibles (Fase-N y Fase-PE), para todos los circuitos de distribución desde la fuente de energía eléctrica de emergencia, y para los circuitos finales de consumidores. (Tanto esté aplicado el esquema de conexión a tierra TN-S o el TT).



La comprobación de la desconexión automática en el tiempo prefijado por medio del ensayo de la curva característica de disparo del dispositivo de protección sobre la base de las corrientes de cortocircuito posibles.



La comprobación de la desconexión selectiva por medio de la comparación de tablas o curvas características garantizadas por los fabricantes de los dispositivos de protección en serie, sobre la base de las corrientes de falla posibles.

Nota: La determinaCión de la impedancia. en el caso de las ruentes de energla de emergencia, debera basarse en la corriente de COrtoCircUito suministrada por la ruente en el tiempo especificado de descene.iOn.

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710.5.3.

REGLAMENTACiÓN PARA LA EJECUCiÓN DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN INMUEBLES

AEA 10364·7·710 O Edición 200a Piuln.33

Protección contra el contacto indirecto en las salas de los grupos de aplicación 1 y 2

Para la protección de las corrientes peligrosas para el cuerpo humano deberán aplicarse únicamente las medidas de protección mencionadas en las subcláusulas que van desde 710.5.3.1 a 710.5.3.5. donde hay que tener en cuenta las limitaciones válidas para las salas del grupo de aplicación 2. Además se requiere una igualación adicional de potencial, según 710.5.4.

710.5.3.1.

Protección por Aislación Reforzada

Los equipos eléctricos satisfacen los requisitos de la aislación reforzada cuando responden a la Clase 11, o cuando tienen aislaciones equivalentes según las especificaciones de AEA 90364-4 Y AEA 90364-5.

710.5.3.2.

MBTS (Muy Baja Tensión, sin Puesta a Tierra)

Rigen las especificaciones de AEA 90364-7·771, Subcláusula 771.18.2, donde la tensión nominal no debe sobrepasar 24 Vca en los consumidores. Nota: En luminarias de salas quirúrgicas (scialiticas), solo debe utilizarse la Muy Baja Tensión, sin puesta a tierra (MBTS)

710.5.3.3.

Protección mediante la separación con un equipo consumidor

Desde el punto de vista de peligros especificos, solamente es permitida la conexión de un consumidor a una fuente de alimentación, tales como: •

Motogeneradores con arrollamientos aislados.



Transformadores separadores portátiles.



Fuentes de alimentación equivalentes, que posean aislación de protección.

710.5.3.4.

Protección por indicación y alarma en un sistema IT

710.5.3.4.1. Requisitos y ventajas del sistema IT La ventaja de un Sistema Aislado IT ante una primera falla a tierra, radica en la continuidad del servicio sin peligro para el paciente. Para alcanzar esta instancia se deberá cumplir con las condiciones dadas en las subcláusulas que siguen. Para sistemas IT en las salas del grupo de aplicación 2, rige la Subdáusula 710.5.3.5.2

710.5.3.4.2. Monitores de Aislacion Todo sistema IT debe estar equipado con un aparato de monitoreo permanente de aislación. El monitor de aislación debe ser de grado hospitalario según las condiciones que se especifican en esta subdáusula. Para el control de la aislación, se dispone de dos métodos de medición: a) Vigilancia del nivel de aislamiento por medición de resistencia: •

La resistencia interna para corriente alterna debe ser de al menos 100 kohm;



La tensión de medición no debe ser mayor que 25 Vcc;

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La corriente de medición tampoco debe ser mayor que 1 mA, aún en caso de falla;



La indicación debe efectuarse a más tardar cuando la resistencia de aislación disminuya a 50 kohm.

b) Vigilancia del nivel de aislamiento por impedancia: •

El dispositivo de vigilancia de la impedancia de aislamiento dará lecturas calibradas en corriente total de defectos probables con el valor máximo en el 80% aproximadamente de la escala del aparato de medida.



En redes de 220 Vca la alarma deberá actuar cuando la corriente total de defecto probable en instalaciones existentes exceda los 5 mA. y en instalaciones nuevas exceda los 2 mA.



En caso de actuar la alarma por falla de aislamiento, cuando supere los 2 mA, la misma permanecerá activada mientras la corriente de defecto probable sea mayor a 1,4 mA Asimismo, cuando la corriente total de defecto este fijada en 5 mA, la alarma permanecerá activada mientras la corriente de defecto sea mayor a 3,7 mA.

Ambos tipos de monitores de aislamiento, deben tener incorporados un instrumento indicador de aguja analógico y/o una pantalla (display) digital, que indiquen los valores de corrientes totales de fuga a tierra en [mA] , en el caso de monitores por impedancia; o en [kohm] en el caso de monitores por resistencia; ambos en forma permanente. Esta disposición da ventajas para el mantenimiento predictivo, tanto de las instalaciones como de los equipos electromédicos conectados a ella. Estos tipo de monitores de grado hospitalario, deben tener un sistema de autochequeo que indique cuando exista una falla interna del dispositivo, no se admite la condición de que el mismo monitor falle a tierra (Primer falla del sistema IT) sin que éste de aviso de anomalía. Los monitores de aislamiento de grado hospitalario no deben tener señal de rastreo de falla incorporado en el mismo, en la banda de 2,5 a 10 Hz dado que estas frecuencias pueden interferir con el equipamiento electromédico. Las salas del grupo de aplicación 2a, indicadas en la Tabla 710.3.1, tendrán sistema aislado monitoreado por Monitores o Vigiladores de Aislamiento de Resistencia o Impedancia. Las salas del grupo 2b, indicadas en la Tabla 710.3.1, tendrán sistemas aislados donde se deberá monitorear el aislamiento sólo con monitores de aislamiento por impedancia. El esquema de conexión a tierra o sistema IT para salas de aplicación del grupo 2 cumple con dos condiciones importantes ante la primera falla a tierra, sea ésta sobre el paciente o sobre la instalación: Seguridad eléctrica para el paciente. Continuidad del suministro eléctrico. 710.5.3.4.3.

Indicaciones y Alarmas

Las alarmas e indicaciones listadas abajo deben estar colocadas en el tablero del sistema IT, así mismo, éstas deben repetirse dentro de la sala del grupo 2 para alertar al personal médico y auxiliar (ver también 710.4.3.5.7). Se recomienda adicionalmente· que estas alarmas estén repetidas en la sala de mantenimiento. •

Señalización luminosa verde como indicación de funcionamiento;



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Señalización luminosa amarilla, la cual se enciende al alcanzar la resistencia de aislación calibrada. Debe ser no cancelable y no desconectable;



Sellal acústica que da aviso, al alcanzarse el nivel de aislación prefijada. Debe ser cancelable, pero no desconectable;



Pulsador de prueba para ensayar el funcionamiento, disparándose la alarma por fallas de aislación.

710.5.3.5.

Protección por desconexión en (EeT) TT y TN-S

Rigen las siguientes especificaciones: 710.5.3.5.1. Dispositivos de protección Como dispositivos de protección contra el riesgo de contacto indirecto en esquemas TT, deben utilizarse interruptores diferenciales según IRAM 2301 o lEC 61008. En la Tabla 710.5.1 se indican los valores de sensibilidad de los diferenciales que se pueden utilizar en toda la instalación. El valor máximo particular de resistencias de puesta a tierra queda definido por el dispositivo de mayor corriente diferencial asignada. Tabla 710.5.1 : Valores máximos de resistencias a tierra de acuerdo a la sensibilidad del diferencial. Valor máximo permitido de la resistencia de la toma de tierra de las masas eléctricas Ra rOl

Corriente diferencial máxima asignada del diSpositivO diferenciai Id.

Sensibilidad Baja

Sensibilidad Media

Sensibilidad Alta

20A 10 A 5A 3A lA 500mA 300mA 100 mA

0.15 0.3 0.6 1 3 6 10 10

Hasta 30 mA inclusive

10

, Nota· Los valores de esta tabla son más restrictIvos que los dados en AEA 90364-7-771 (tabta 771.3.1)

En las alimentaciones (Red TT o TN-S) a los transformadores de aislación de las redes IT (lado primario), se deberán colocar relevadores diferenciales sin desconexión automática, solo deberán dar alarma sonora y luminosa de corriente de fuga a tierra. En (ECT) TN-S, en aquellas cargas que están solo accesibles al personal de mantenimiento se podrá proteger contra el riesgo de contacto indirecto por la apertura del interruptor automático. siempre que, la impedancia de lazo de falla, y para 24 Vca sobre las carcasas metálicas, sea de un valor suficientemente bajo para producir la apertura del interruptor automático en menos de 5 seg y para 230 Vea en un máximo de 0.06 s (ver AEA 90364-4. Subcláusula 413.1.3 y la Tabla 41.2). Si la condición anterior no se cumpliera, se deberán también colocar dispositivos diferenciales donde las impedancias de lazo máximas estarán de acuerdo a la Tabla 710.5.1 710.5.3.5.2. Protección en salas del grupo 2 En las salas del grupo de aplicación 2, debe utilizarse la protección por desconexión contra contacto indirecto de las cargas alimentadas desde (ECT) TI o TN-S:



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Circuitos para equipos de Rayos X, cuando no se alimenten de sistemas IT.



Circuitos para equipos terminales, de iluminación o tomacorrientes ubicados a mas de 2,5 m del paciente conectados a los (ECT) TT o TN·S, como por ejemplo: Circuitos generales, incluso circuitos de tomacorrientes para equipos que no se utilizan para la aplicación médica o que no pueden ser conectados a (ECT) IT. como equipos de limpieza, computadoras, etc. Circuitos para iluminación de salas.

710.5.4.

Conexiones equipotenciales suplementarias en las salas de aplicación

1y2 710.5.4.1.

Cubierta de los equipos eléctricos y partes conductoras extrañas a la instalación eléctrica

Para igualar las diferencias de potencial entre las cubiertas de los equipos eléctricos y las partes conductoras extrañas a la instalación eléctrica, montadas en forma fija, se debe recurrir a conexiones equipotenciales adicionales.

710.5.4.2.

Barras colectoras equipotenciales

En cada tablero o en su proximidad se colocaran una o más barras colectoras para igualación de potenciales, a las cuales se deberán conectar los conductores de equipotencialización en lugares accesibles, debiendo ser individualmente desconectables a través de sistemas especiales de seguridad.

710.5.4.3.

Conexiones a la barra colectora equipotencial

Las siguientes partes deben conectarse a través de conductores para igualar el potencial con la barra colectora equipotencial: a)

La barra colectora equipotencial con los conductores de protección que provienen de las cubiertas o carcasas de los equipos eléctricos;

b) Partes conductoras que no pertenecen a la instalación eléctrica. las cuales se hallen en un area conformada por un radio de 1,50 m alrededor de la ubicación del paciente durante su examen o tratamiento, con equipos electromédicos dependientes de la red; c)

El blindaje o apantallamiento contra campos eléctricos o magnéticos perturbadores;

d) Redes de derivación de pisos disipativos de cargas electrostáticas; e)

Mesas de cirugia estacionarias, de funcionamiento no eléctrico, que carecen del conductor de protección;

Nota: Para las mesas de cirugla móviles. véase 710.5.4.4 a).

f)

Luminarias scialiticas clase de aislación 1, que utilizan Muy Baja Tensión, sin puesta a tierra (MBTS).

710.5.4.4.

Conexiones equipotenciales suplementarias en las salas del grupo de aplicación 2

En las salas del grupo de aplicación 2 se requieren adicionalmente las siguientes medidas:



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a) Cerca de la ubicación del paciente colocar barras con bornes de conexión para líneas de igualaci6n de potencial. a través de los cuales puedan conectarse los aparatos electromédicos m6viles para intervenciones intracardlacas y mesas de operaci6n m6viles. en caso de aplicar electro cirugia de alta frecuencia. b) En estas salas. la tensi6n medida durante la operación sin fallas de la instalación eléctrica no debe superar el valor de 20 mV entre las partes conductoras extranas a la instalación eléctrica. entre los contactos de protección de los tomacorrientes y las cubiertas de los equipos eléctricos conectados en forma fija. Por ello. el cumplimiento de esta exigencia debe ser comprobada con la ayuda de mediciones. Adicionalmente. este procedimiento se debe hacer también en caso de modificaci6n y/o ampliación en las instalaciones existentes. Se considera como límite vertical del entorno del paciente. el plano a 2.50 m sobre la superficie ocupada por el personal médico. Por lo general. la ubicación del paciente (por ejemplo. mesa de operaciones. puestos de salas de terapia intensiva. etc.). donde se le realiza un tratamiento con equipos dependientes de la red (es decir. la conexión de los equipos médicos a la instalación fija de la sala). es una posición preestablecida en dichas salas. para la cual se deben tomar precauciones especiales. En casos particulares, donde no está definida claramente la posición del paciente. pudiendo ésta variar, al establecerse la zon~ de !~ igualación de potencia! adicional. habrá que tomar como b~se el Rrea/volumen imaginable de todas las posiciones posibles. Es muy importante evitar los lazos cerrados en las puestas a tierra. esto pudiera ocurrir con las canerias de gases y/o vacio, agua. calefacción. aire acondicionado. etc.. que entran a las salas del grupo 2 desde el exterior. donde se debe evitar la unión de la puesta a tierra hospitalaria con la puesta a tierra de protección que tiene dicha caneria en el exterior de la sala. Se debe conectar una pieza de uni6n de canerias. aislante eléctrica. en el punto donde dichas canerias ingresan a la sala del grupo 2. De esta manera el tramo exterior de las cañerias quedará conectado a puesta a tierra de protección y la parte interna a la puesta a tierra hospitalaria. evitando con la pieza aislante un lazo en estas conexiones de tierra.

710.5.4.5.

Conexiones equipotenciales de las salas con equipos de medición o de control

Se colocaran conductores equipotenciales entre las barras colectoras equipotenciales de las salas o los grupos de salas con equipos de medición o de control con una función común (por ejemplo. para funciones corporales o que actúan con tensiones sobre el cuerpo).

710.5.5.

710.5.5.1.

Conductores de protección y conductores equipotenciales convencionales y los de uso hospitalario Selección y dimensionamiento de los conductores

Los conductores de puesta a tierra de protección (PAT) y los de Puesta a tierra hospitalaria (PATH) se seleccionarán y dimensionarán según AEA 90364-7-771. de acuerdo a las cláusulas que van desde 771.13 a 771.16.2.5. No obstante. para los conductores de protección (PATH) en las salas del grupo de aplicaci6n 2. se deberá calcular una sección adecuada. de manera de garantizar una resistencia de no más de 0.1 Ohm en dicho conductor. medida entre el contacto a tierra del tomacorriente de uso médico y la barra equipotencial de PATH existente dentro de la sala del grupo 2.

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710.5.5.2.

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AEA 90364-7-710 e EdICión 2008 Página 38

Identificación de los conductores equipotenciales

Los conductores equipotenciales deben estar aislados e identificados con color verde - amarillo, Los conductores de protección de PATH se deberán identificar adicionalmente con marcación adecuada para diferenciarlos de los conductores de protección convencionales PAT.

710.5.5.3.

Cantidad de conductores de protección

Para cada canalización se necesita un conductor de protección propio. Excepción en circuitos IT.

SUMINISTRO DE ENERGíA ELÉCTRICA DE EMERGENCIA

710.6.

En hospitales. policlinicas y otras instalaciones edilicias con una finalidad equivalente se requiere un suministro de energia eléctrica de emergencia (SE). el cual, en el caso de una perturbación en el suministro desde la red de distribución Pública (SG), alimentará con energía a los equipos detallados en las cláusulas que van de 710.6.1 a 710.6.3. durante un lapso establecido, luego de un tiempo admisible de conmutación. La necesidad del Suministro de Energía Eléctrica (SG) y del Suministro de Energía Eléctrica de Emergencia (SE) y las áreas que cada uno de ellos deben alimentar están regidas por esta Reglamentación. Nota: La autoridad de aplicación de cada provincia o municipio podrán establecer condiciones más exigentes.

710.6.1,

Suministro de energia eléctrica de emergencia con un tiempo de conmutación de hasta 15 s

Cuando en la acometida principal del suministro general de energla eléctrica del edificio, la tensión de uno o más conductores de fase haya descendido en más del 20 %, en un lapso superior a los 2 s, los equipos .................. 1........... 1.:., ...... 1..................... " o:J'v~UII

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mayor a los 15 s, a través de al menos una fuente de energía eléctrica de emergencia, con una autonomia no menor a 24 horas. Los requisitos que deberá cumplir el dispositivo automático de conmutación se detallan en el párrafo 710.6.7.

710.6.1.1.

Iluminación de emergencia

Se deberán aplicar como minimo la IRAM-AADL J2027 Y tener en cuenta AEA 90364-7-718. Se dan a continuación indicaciones de referencia: a) Se aplicará en los caminos de escape. El nivel mínimo de iluminación debe ser de 1 Ix en la linea media a una altura de 0.2 m sobre el nivel piso o los escalones. b)

Deberá aplicarse a la iluminación de todos los carteles indicadores de emergencia y de todas aquellas señalizaciones que sirvan para tal fin; también se iluminarán las salas de tableros con tensiones nominales de más de 1 kV, las salas de grupos electrógenos y los tableros de distribución principales de energia TPBT y TPEE. donde el nivel mínimo de ilumínación debe ser el 10 % del nivel de iluminación nomínal y nunca inferior a 15 Ix.

c)

Es de aplicación en caso de evacuación, en todas áreas de trabajo con superficies mayores a los 50 m', como por ejemplo talleres, cocinas. lavanderlas, laboratorios, donde se deberá garantizar un nivel mínimo de iluminación 1 Ix.

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AEA 80384·7·710 O Edición 2008 P6glna 38

d) Es de aplicación también en las salas del grupo 1. donde deberá seguir funcionando como mlnimo una luminaria alimentada desde el Suministro de Energía Eléctrica de Emergencia. e)

En las salas del grupo 2 destinadas a quirófanos la totalidad de las luminarias de la sala. deberán seguir funcionando alimentadas desde el Suministro de Energía Eléctrica de Emergencia.

f)

Es de aplicación en las salas destinadas a mantener los servicios del hospital. En cada una de ellas deberá seguir funcionando al menos una luminaria alimentada desde el suministro de Energia Eléctrica de Emergencia. En las salas especificadas en 710.6.1.1 c), puede ser necesario disponer adicionalmente. de luminarias portátiles de emergencia de una sola batería (como luz de trabajo en caso de averías).

710.6.1.2.

Necesidades para otros equipos de seguridad



Es obligatoria la alimentación eléctrica de ascensores para camilleros y bomberos desde el Suministro de Energía Eléctrica de Emergencia.



Instalaciones de ventilación necesarias para la extracción de humos y para fuentes de energía eléctrica de emergencia y sus salas de maniobras.



Instalaciones para equipos de altavoces y buscapersonas.



Instalaciones de alarma e instalaciones de advertencia.



Instalaciones de extinción de incendios.



Sistemas de comunicaciones.

Si por requerimientos legales impuestos por la autoridad de aplicación, se debieran incorporar nuevos equipamientos a ser alimentados en un tiempo de hasta 15 s desde la fuente de energía eléctrica de emergencia, se deberá verificar si la potencia de estos consumos no excede la capacidad de suministro de la fuente de energía de emergencia prevista, confeccionando los registros e informes del caso que se enviarán a los responsables de operar la instalación hospitalaria.

710.6.1.3.

Dispositivos médico - técnicos

a) Aparatos electromédicos de salas del grupo de aplicación 2 que no son esenciales para el mantenimiento de vida. b) Aparatos electromédicos para operaciones menores en salas del grupo de aplicación 1. c)

Alimentación de CA de entrada de las UPS del suministro a las salas críticas.

d) Ascensores para camillas. Estas cargas prioritarias deberán conectarse en el primer paso de toma de cargas del grupo de generación de emergencia dentro de los primeros 15 s (ver 710.6.4.3). Las áreas involucradas y la demanda de potencia de estos equipos, deberá ser verificada, para no sobrepasar la potencia del primer paso de toma de cargas del equipo de generación de emergencia. El período de alimentación de por lo menos 24 horas desde el Suministro de Energía de Emergencia se refiere a la demanda de potencia total que necesitan los equipos, conforme a la utilización prevista.

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i)

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710.6.2.

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AEA 90364-7-710 e Edición 2008 Página 40

Suministro de energía eléctrica de emergencia con un tiempo de conmutación de más de 15 s

Después del funcionamiento seguro de los equipos mencionados en 710.6.1, el suministro de energia eléctrica para otros dispositivos indispensables para el mantenimiento del servicio del hospital. debe poder tomarse de la fuente de energla de emergencia por un período mínimo de 24 horas. El tiempo de conmutación correspondiente se rige de acuerdo con las necesidades de servicio. Entre estos equipos pueden contarse. por ejemplo: al Equipos de esterilización. bl

Instalaciones de Uso No Médico, en especial las instalaciones de calefacción. ventilación. suministro y eliminación de residuos. etc.

c)

Heladeras y congeladores para conservación de alimentos.

dl Equipos de cocción. e) Otros equipos de carga para acumuladores (Ej. Baterias del grupo de Emergencia). f)

Otros ascensores.

g)

Otros equipos importantes para el mantenimiento del servicio del hospital.

h) Dispositivos eléctricos para el suministro de gases para uso médico, incluyendo aire comprimido. vacío, gases anestésicos, asi como sus dispositivos de control. i)

Aparatos electromédicos para análisis clinicos como soporte a salas del grupo 2. Cámaras frigorlficas !::;::Innrp nllP rlp.hpn m~ntp.npr in::.ltl=lorRhlp ~II r.RrtpnR rtp frin "nRrR . . mp.c1ir:Rmp.nto!::; . . -- - "-- n- nRnr:o!::; -- --- np. ---.,;¡._-,--------_ ..... _-.. __ .. _.... -.--_._._._-_._--_._---" .. _.

El correcto y seguro funcionamiento de la fuente de alimentación de emergencia implica el respeto de los valores límites de tensión y frecuencia exigidos en 710.6.4.3, luego de la toma total de la potenCia de todos los equipos y aparatos consumidores, conforme a 710.6.1. Los valores de las potencias de los equipos médicos y de las cargas eléctricas de las instalaciones convencionales, que deben seguir siendo alimentados, deberán ser conocidos e informados con antelación por el operador I usuario de los locales involucrados. La conexión de la potencia total puede hacer necesaria una toma por intermedio de una fuente de energia de emergencia en etapas. Por las limitaciones de toma de carga de los grupos generadores de energia de emergencia es necesario frecuentemente conectar por pasos o grupos de carga en forma escalonada, hasta llegar a la demanda total del grupo, recomendándose realizarlo en forma automática. Normalmente. por la limitación de la toma de cargas de los grupos generadores de energia de emergencía, podria ser necesaria la toma del 100% de la potencia en pasos o etapas de conexión, los dos primeros pasos. como máximo (t s 15 s). deberán conectar las cargas mencionadas en 710.6.1.3, y los subsiguientes las cargas indicadas en la presente subcláusula. Para evitar errores operativos y debido a la limitación de los tiempos se deberá realizar el arranque del grupo y la conexión de las cargas prioritarias con tiempos t s 15 s en forma automática. Las cargas especificadas en esta subcláusula con tiempos de conexión t > 15 s podrán ser conectadas, en forma manual o automática.

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1)

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710.6.3.

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AEA 10364-7-710 e Edlcl6n 2008 Piulns 41

Suministro de energla eléctrIca de emergencia con un tiempo de conmutación de hasta 0.5 s

Las luminarias para operaciones (scialiticas) y las luminarias similares se deben seguir alimentando en forma automática ante un corte de energia. desde otro Suministro de Energla de Emergencia con un tiempo de conmutación s 0,5 s. cuando la tensión de entrada descienda en más del 20 % de la tensión nominal Ner figuras 710-G.A a 710-G.C). Para el dispositivo de conmutación rigen los requisitos según 710.6.7. La mlnima duración de funcionamiento requerida para la luminaria scialitica será de 3 horas. debe quedar asegurada por los dos tipos de suministro, Suminislro de Energia Eléctrica de Emergencia AE (UPS) y Suministro de Energla Eléctrica SE (Grupo Electrógeno). El sistema de UPS estará dimensionada para 1 hora como minimo, cuando otra fuente de energia de emergencia independiente (grupo generador) asegura la duración del funcionamiento de estas luminarias y de los aparatos electromédicos esenciales para el mantenimiento de vida, ver Subcláusula 710.6.4.4., en 3 horas como minimo. La alimentación por medio del Suministro de Energia de Emergencia se hace posible por: •

Suministro de Energia de Emergencia AE (UPS) de uso exclusivo a la luminaria scialltica para operaciones, (Ver el ejemplo de las Figuras 710-G.A y 710-G.B).



Suministro de Energia de Emergencia AE (UPS), que alimenta directamente a varias luminarias scialiticas y/o equipos electromédicos para soporte de vida. Ner Figura 710-G.C).

710.6.4.

710.6.4.1.

Requisitos generales para las fuentes de energía eléctrica de emergencia Fuentes de energia eléctrica permitidas

Las fuentes de energia permitidas para el suministro de energia eléctrica de emergencia son: •

Generadores cuyas máquinas de impulsión, no dependan de la red de Suministro General.



Una alimentación adicional como alimentación de energia general, que sea independiente de la alimentación de la red (motogeneradores, UPS, etc.).



Acumuladores eléctricos de tipo estacionario (que no sean para uso de arranque en automóviles).

Debido a la exigencia de requisitos especlficos según la aplicación, se utilizan en los hospitales acumuladores - baterias (conforme a Norma IRAM 2119). con o sin onduladores y generadores sincrónicos con motores convencionales de combustión interna como máquina motriz. Para los grupos electrógenos con motores convencionales de combustión interna como fuente de energia eléctrica de emergencia vale. adicionalmente a los requisitos según ISO 8528. También se admiten otras máquinas motrices y generadores, cuando todos los requisitos de las normas para los grupos electrógenos se cumplen de manera equivalente. Nota: Como ejemplo de otras máquinas motrices podria darse el de un Generador Hidráulico de emergenCIa con el reservono o suministro de agua garantizado para la potencia y el periodo de 24 Hs. de funcionamiento.

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AEA 903&4·7·710 " Edición 2008 Piglna42

Para evaluar la equivalencia de otros dispositivos con los grupos electrógenos descriptos en la presente Reglamentación. rigen los siguientes criterios: 710.6.4.1.1. Disponibilidad Debe respetarse como mlnimo: •

Confiabilidad de arranque. en el caso de la operación completa de puesta en marcha.



Igual capacidad de toma de potencia.



Disponibilidad ilimitada y permanente como fuente de energia eléctrica de los consumidores del Suministro de Energia Eléctrica de Emergencia.

,

710.6.4.1.2. Calidad de la tensión Debe respetarse como minimo: •

Igual calidad de tensión y frecuencia en funcionamiento estático y dinámico en caso de carga desequilibrada.



Igual grado de supresión de interferencias y contenido de armónicas.

710.6.4.1.3. Duración segura de funcionamiento Debe respetarse como minimo: •

El abastecimiento de combustible o energia primaria para la máquina motriz. debe asegurarse para una autonomia minima de 24 Hs. de funcionamiento continuo a plena potencia.

710.6.4.1.4. Condiciones controladas de funcionamiento Debe respetarse como minimo: •

la refrigeración segura de la máquina motriz o bien la evacuación del calor generado ylo irradiado por los equipos independientes. que se hallan en permanente disposición y que trabajan en forma autárquica.

Para fuentes de energia eléctrica de emergencia; particularmente para aquéllas con motores convencionales de combustión interna rige la necesidad de su adecuado mantenimiento de acuerdo a las especificaciones de los fabricantes. Cuando debe ponerse fuera de funcionamiento una fuente de energla eléctrica de emergencia con fines de mantenimiento. otra fuente de energia eléctrica de emergencia debe estar preparada para tomar el suministro en caso de corte del suministro normal. No necesariamente deberá instalarse otro grupo de generación fijo. sino que puede solucionarse con unidades móviles de energia eléctrica de reserva. por ejemplo. las unidades de los servicios de bomberos o de Defensa Civil. Cuando en la instalación hospitalaria exista sólo un grupo generador de emergencia deberá preverse la correspondiente conexión adicional del grupo móvil de apoyo. dentro del tablero de energia eléctrica de emergencia como rljserva equ.ip~~.t!,~da.

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710.6.4.2.

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AEA 8038....7·110 " edición 2008 P'lIln.43

Conexión y desconexión en servicio automático

Cuando la tensión en el centro de distribución principal del edificio del Suministro General de Energla haya descendido en más del 20 % de la tensión nominal en uno o varios conductores de fase durante más de 2 s·, el sistema de control de conmutación principal según 710.6.9, activará el arranque de la fuente de energla de emergencia para tomar el suministro automáticamente. Cuando la institución hospitalaria tenga más de una acometida del Suministro General de la Compai'\la Distribuidora el arranque del grupo de emergencia se deberá producir ante la caida de tensión en cualquiera de ellas. La conmutación del suministro debe realizarse en un tiempo determinado, respetando el tiempo admisible para la ejecución de la misma y la prioridad de toma de cargas según 710.6.1 y 710.6.2. Cuando exista más de un Grupo Generador de Emergencia, es conveniente que cada grupo generador tenga su propia e independiente lógica de control, de manera que la inoperancia de uno no afecte a los demás, es decir un control distribuido. Cuando se restablezca la tensión del Suministro General de la Compañía Distribuidora se deberá temporizar la conmutación y la parada del grupo Generador de Emergencia en tiempos escalonados, 10 min y 20 min respectivamente, de manera de asegurar el restablecimiento efectivo de dicha alimentación (en el primero de los tiempos) y permitir el descenso de la temperatura del grupo generador (en el segundo de los tiempos).

710.6.4.3.

Oimensiünamientü general de lüs grüpüs generadüres de emergencia

Los grupos generadores de emergencia deberán dimensionarse de forma tal que: a) puedan tomar como minimo, en el primer paso de toma de cargas, el 100 % de la potencia de las cargas enumeradas en 710.6.1. 1 a 710.6.1.3. b) puedan tomar el resto de las cargas enumeradas en 710.6.2 en los subsiguientes pasos de toma de cargas. En el cálculo de las potencias demandadas de conexión de cada paso se considera el factor de simultaneidad de las cargas y las sobrecorrientes de conexión de cada una de ellas. En los pasos de conexión de los generadores de emergencia o en la liberación de cargas, la variación de tensión y frecuencia, no deberán ser mayores a ± 10 % y ± 5 Hz, respectivamente, sobre los valores asignados. La necesidad de conectar las cargas en etapas o pasos se debe normalmente a la limitación del motor de combustión interna impulsor del generador y de su regulador de velocidad. Los pasos o etapas de conexión son frecuentemente necesarios para evitar oscilaciones de tensión y frecuencia en dicho generador. Para cumplimentar la conexión en pasos, se deberá tener en cuenta al proyectar la instalación, la clasificación de los grupos de equipos y aparatos consumidores que se conectarán a través de circuitos temporizados agrupados según lo especificado en 710.6.1 y 710.6.2.

710.6.4.4.

Dimensionamiento de las potencias asignadas de las UPS's para salas del grupo 2.

La potencia nominal de las fuentes de energía eléctrica de emergencia de UPS's, debe ser por lo menos igual a la suma de las potencias de los transformadores separadores, más 10 veces la suma de las corrientes en vacio de todos los transformadores separadores conectados en el sistema IT. Este requisito significa, por ejemplo, para las fuentes de energia de emergencia, que su potencia nominal debe equivaler por lo menos al 30% más de la potencia nominal de todos los transformadores conectados a



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la red IT. cuando de acuerdo a 710.4.3.5.6. sus corrientes en vacio no son mayores al 3% de las corrientes nominales de los mismos. Cuando se instale una UPS pequeña para cada sistema aislado, esta UPS deberá estar sobredimensionada en un 50% respecto a la potencia del transformador que alimente. 710.6.4.5.

Carga desequilibrada

Las fuentes de energia eléctrica de emergencia con salida trifásica deben estar en condiciones de tomar una carga de fases asimétrica (carga desequilibrada). Las fuentes de energía eléctrica de emergencia con una potencia nominal de hasta 300 kVA deben poder tomar una carga desequilibrada del 100 % de la corriente nominal de fase. en el caso de una carga monofásica (esto equivale al 33 % de la potencia nominal de la fuente de energia eléctrica). Las fuentes de energia eléctrica de emergencia con una potencia nominal mayor deben pOder tomar una carga desequilibrada de al menos el 45 % de la corriente de fase usual (esto equivale, por lo menos, al 15 % de la potencia nominal de la fuente de energia eléctrica). El limite fijado en la potencia nominal (300 kVA) para tomar cargas desequilibradas, se debe a que una fuente de energia eléctrica trifásica de una potencia igual o mayor al limite establecido. por lo general, alimenta equipos y aparatos trifásicos cuya carga es más uniforme, no siendo habitual en estos casos el desequilibrio de la carga. 710.6.4.6.

Tensión nominal en los bornes de salida de la fuente de Energía Eléctrica de Emergencia

Bajo condiciones de funcionamiento constante. la diferencia de la tensión nominal en los bornes de salida de la fuente de energía eléctrica de emergencia, no debe ser mayor al 1 % y la frecuencia nominal. no mayor a 1 Hz.

710.6.4.7. Emergencia En el caso de equipos y aparatos consumidores con una relación lineal de corriente - tensión hasta la potencia nominal, el contenido de armónicas de tensión en los bornes de salida de la fuente de energia de emergencia no debe ser mayor al 5 % en condiciones nominales. Esto es válido tanto para la tensión de línea. como para la tensión de fase. Se recomienda la colocación de un monitor de variables eléctricas en la entrada del grupo de emergencia con posibilidades de medir el THDI y THDV por lo menos hasta la armónica de orden 13. No se deberá sobrepasar un THDI de 15% y un THDV de 5%. 710.6.4.8.

Corrientes parásitas

Para la protección contra corrientes parásitas se requiere considerar lo estipulado en la CISPR 11 e IECrrR 61997. Nola: En caso de utilizar capacitores a tierra para filtrado de linea. para minimizar las pérdidas capacitivas. estos capacitores deben cumplir con la Norma lEC 60384-14.

710.6.4.9.

Dispositivos de control de la fuente de Energía Eléctrica de Emergencia

Los dispositivos de control de la fuente de energia eléctrica de emergencia deben posibilitar. cuando sean aplicables. los siguientes estados de funcionamiento:



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Funcionamiento automático.



Funcionamiento de prueba para controlar todos los procesos que se desarrollan en forma automática; de haber una falla de la red durante la prueba. la toma de la carga debe tener lugar automáticamente en todos los casos.



Accionamientos manuales para: Marcha. Parada. Fuente de energia de emergencia conectar I desconectar (On I Off). Red conectada I desconectada.



Bloqueo de todo funcionamiento, por ejemplo, para trabajos de mantenimiento.



Parada de emergencia.

710.6.4.10. Medición y control Las fuentes de eneraia de emeraencia. cuando sean de GrUDOS Generadores. deben tener los siauientes . . dispositivos de medición y contro': •

Voltímetros y Amperímetros en cada conductor de fase



Frecuencimetros en fuentes de energia eléctrica de emergencia con salida de corriente alterna



Cosfimetro



Control del circuito de carga de las baterias.

Los siguientes estados, deben indicarse por medios ópticos: •

Funcionamiento de la red.



Funcionamiento de las fuentes de energia eléctrica de emergencia.



Falla de la fuente de energia eléctrica de emergencia.



Prueba de funcionamiento.

Nota: Eslados a ser monitoreados y controlados desde el controlador de conmutación. que respelara lo definido en 710.6.9.

Debe ser pOSible la retransmisión de estas señales a distancia. La selíal de "Falla de la fuente de energia eléctrica de emergencia" debe aparecer, además, en forma óptica y acústica en un lugar apropiado. La ser'lal acústica debe ser cancelable. Se debe poder verificar el funcionamiento de las lámparas de los pilotos luminosos mediante un sistema de prueba de lámparas.

~

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710.6.4.11.

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Medición de potencia

Se debe prever un Vatímetro para la fuente de energia eléctrica de emergencia. que indique tanto la potencia en caso de alimentación desde la red. como también desde el Grupo Generador de Emergencia. Con respecto a 710.6.4.11. debe poder verificarse que: •

Los dispositivos de maniobra y control enumerados para la fuente de energía eléctrica de emergencia configuren el equipamiento mínimo indispensable.



Deben ser aplicados. conforme a su importancia. a los diversos tipos de suministro de energía eléctrica de emergencia en forma adecuada.

Dada la posible distorsión armónica existente en las cargas actuales mencionadas en 710.6.4.7. es altamente conveniente la utilización de instrumental que indiquen el verdadero valor eficaz (True RMS). 710.6.5.

Requisitos adicionales en instalaciones asistidas por baterías con o sin onduladores como fuente de energía eléctrica de emergencia

Para las instalaciones asistidas por baterías con o sin onduladores como fuente de energia eléctrica de emergencia valen. adicionalmente a los requisitos según 710.6.4. y los que van desde 710.6.5.1 a 710.6.5.6. 710.6.5.1.

Acumuladores

Pueden utilizarse únicamente acumuladores del tipo estacionario de plomo con placas positivas de grandes superficies o con placas positivas reforzadas (acorazadas). así como acumuladores de níquel - cadmio. o bien acumuladores. cuyas placas al menos sean equivalentes. de acuerdo con su vida útil. a las recién mencionadas. No son admisibles las baterías de arranque de uso en vehículos. Para los acumuladores estacionarios de placas ácidas rigen los requisitos según la Norma IRAM 2119. Pueden considerarse equivalentes aquellos acumuladores que respondan a una norma de construccíón. que estén probados en sus partes y para los cuales pueda comprobarse una vida útil mínima de 10 allos con al menos 1000 ciclos de carga I descarga. En las salas para acumuladores se deberán montar canalizaciones o bandejas portacables de materiales plásticos termo·rigidos o de acero inoxidable. 710.6.5.2.

Normas para instalación, ensayo y mantenimiento de acumuladores

Para la instalación. ensayo y mantenimiento de los acumuladores rigen las lEC 60896-11. lEC 60896-21 e lEC 60896-22. 710.6.5.3.

Normas para el equipo de carga

Para el equipo de carga rige la lEC 61558-1. además ver la lEC 62040-3. 710.6.5.4.

Alimentación

Se debe poder alimentar la instalación asistida por baterías desde el régimen de carga por flotación. por lo menos por un periodo de 3 horas con potencia nominal. en el caso de corriente altema o trifásica. a cos (ji 0.8 (inductiva).



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Cuando las baterías alimenten a una UPS sin el respaldo de un grupo generador de emergencia y después de una carga de flotación, las mismas deberán tener una capacidad tal que permita una autonomía minima de 3 horas, considerando un cos IP en las cargas de la UPS a potencia nominal.

=o.a

La bateria debe posibilitar nuevamente la misma prestación, después de un tiempo máximo de carga de 6 horas. Estas condiciones deberán ser válidas a la temperatura ambiente correspondiente a la localidad donde se encuentra ubicada la instalación. La duración mínima del servicio a los consumidores del suministro de energía eléctrica de emergencia está especificada en las subcláusulas que van desde 710.6.1 a 710.6.3. Debe estar dimensionada para el periodO de 1 hora, cuando otra fuente de energía eléctrica de emergencia independiente asegure la duración minima de servicio de 3 horas. La reducción de la mínima duración del servicio de las baterías de acumuladores de un Suministro de Energía Eléctrica de Emergencia AE (UPS) a 1 hora es admisible cuando se alimentan únicamente los equipos electromédicos según 710.6.1.3 b), para los cuales no se requiere un tiempo de abastecimiento más prolongado. Al alimentar las luminarias (scialíticas) para operaciones desde un suministro de energía de emergencia AE (UPS), también debe aplicarse, tal como se aclaró en 710.6.3, una combinación compuesta de una unidad de suministro de 1 hora y otra unidad de suministro independiente para el tiempo restante.

710.6.5.5.

Estado de carga

El perfecto estado de carga de los acumuladores debe quedar asegurado entre la carga a fondo y la carga de flotación automática. Se recomienda la realización de una prueba anual de descarga total y recarga a fondo y flote para determinar la capacidad real del banco de baterias. Si en la prueba de descarga, la capacidad real fuese 80% menor de la capacidad nominal de placas, el banco deberá ser reemplazado con baterías nuevas.

710.6.5.6.

Caida de tensión

La caida de tensión en la línea de carga 1 descarga, entre la baterla y el convertidor de frecuencia 1 inversor, no debe superar con corriente nominal, el 1% de la tensión nominal.

710.6.6.

Requisitos adicionales para el suministro de energía eléctrica de las luminarias para áreas de cirugía (scialíticas)

Si se alimentan luminarias (scialíticas) para cirugia o luminarias similares, la tensión debe poder adaptarse en ± 5% de la tensión nominal en escalones de s 2%, a fin de compensar las caidas de tensión. Para los casos de variaciones instantáneas de potencia demandada de hasta un 100%, deben mantenerse los valores limites admisibles de las variaciones de la lensión nominal de salida después de 0,5 s. Por medio de la adaptación de la tensión, deben compensarse las caídas de tensión en la linea de alímentación de las luminarias (scialiticas) para operaciones. Esta adaptación se lleva a cabo adecuadamente con el equipo de alimentación de 230 124 V. Esta tensión de 24 Vca deberá ser tomada de un transformador separador con capacidad de regulación. La fuente de energia eléctrica de emergencia debe satisfacer los requisitos para la estabilidad de la tensión en caso de modificaciones de la potencia demandada.



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Nota: Si el equipo es de clase de ais/ación I debe estar conectado desde la red IT de la sala. No se permiten transformadores electrónicos de 230124 Vca para alimentar las luminarias scialiticas. cuando éstas se alimentan desde la red IT. Tanto se alimenten las lámparas sciallticas desde la red TI. TNS o IT éstas deben tener doble alimentación Independiente con tiempo de conmutación cero.

110.6.1. 110.6.1.1.

Dispositivos automáticos de conmutación Conmutaciones en tableros principales

El dispositivo de conmutación principal está destinado esencialmente a transferir potencia entre dos fuentes no sincronizadas. aislarlas y extinguir inmediatamente los arcos eléctricos que se presentan en la conmutación. Para los dispositivos automáticos de conmutación, son válidos los siguientes requisitos: •

Dado que toda conmutación involucra la acción coordinada entre dos o más dispositivos de potencia. control y monitoreo, el conjunto resultante deberá cumplir con la lEC 60947·6-1. Cuando el conjunto esté construido a partir de dispositivos de conmutación individuales. éstos deberán cumplir tanto con las Normas especificas lEC 60947-2 (Interruptores Automáticos) o lEC 60947-3 (Interruptores Seccionadores bajo carga (sin protección)) .EI conjunto instalado deberá cumplir con lEC 60947-6-1.



En relación a los dispositivos de potencia de los elementos de conmutación. la lEC 60947-6-1 admite dispositivos construidos específicamente para esa función, o bien compuestos o derivados a partir de. interruptores automáticos, Interruptores en carga o seccionadores. cuyas respectivas normativas de componente individual son las Normas lEC 60947-2 e lEC 60947-3. Debe prescindirse del armado de conmutadores en base a dispositivos que, aún satisfaciendo estas normas individuales. no satisfagan la de conjunto, es decir la Norma lEC 60947-6-1.

Nota: Para las conmutaciOnes principales o sea entre el tablero Principal del Edificio TPBT y el Tablero Principal de Energía Eléctrica de Emergencia TPEE. no se deben utilizar contactores. ~

Quedan incluidos en este req:..::~itc todos gqucHos dispOSitivos de conmutación montados eíi tab:SiOS junto a otros dispositivos de maniobra, distribución, etc .• en tanto dichos tableros incluyan una o más funciones de conmutación entre fuentes; Estos tableros deberán responder a estos requisitos adicionalmente a los establecidos en la lEC 60439-1.



Dada la criticidad de las conmutaciones principales, deberá asegurarse que tanto la alimentación de red como la de grupo electrógeno queden siempre protegidas por medio de interruptores automáticos, independientemente de cuál sea la configuración de conmutación adoptada (CS o PC, clases definidas por la nonna lEC 60947-6-1).



Debe adoptarse para los conmutadores automáticos la categoría de utilización AC33A, para la cual, en el caso de provenir de componentes individuales, éstos últimos responderán, para dispositivos multifunción, a la categoria AC43, y para seccionadores o interruptores bajo carga (sin protección), categoría AC23A. (Ver Anexo 710-C).



Los conmutadores deben ser seleccionados de acuerdo a su modalidad de transferencia, su capacidad para preservar la integridad funcional y la de los contactos principales, su capacidad de extinción de arco eléctrico, su comportamiento frente a cortocircuito, frente a cargas de motores y/o transformadores, y su aptitud para realizársele el debido mantenimiento.

El dispositivo de conmutación, cuando esté formado por interruptores automáticos integrados o en serie con el conmutador, deberá seleccionarse por su capacidad nominal de cortocircuito "Ics" (Según la Norma lEC 60947·2) mayor o igual a la corriente de cortocircuito presunta en el punto de instalación.



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Para las conmutaciones de retorno a la red normal, o de rutina de prueba del sistema de emergencia en carga, donde se derive energía a cargas motorízadas, UPS, transformadores y fundamentalmente a cargas críticas, es una ventaja la pre·sincronización de las fuentes entre las cuales se conmutará, de esta manera no habrá interrupción de suministros ni se verificarán picos transitorios de corriente.



Se indicará visualmente el estado de operación del dispositivo de conmutación asociada mente al control, incluyendo la posición del conmutador y aceptabilidad de fuentes.



Debe alertarse sobre el estado de falla y/o perturbación al personal técnico de servicio con una señal acústica cancelable y otra visual, no cancelable (Apertura de un interruptor por falla, falla en el arranque, falla de precalefacción del grupo de emergencia, etc.).

Nola: Las ordenes de conmutación automáticas hacia la red de emergencia como el retorno desde emergencia a la normal deben poder ser temporizadas en el orden de O a 2 [s] la primera y de los segundos/minutos [s/min] el retomo; a fin de evitar la conmutación ante interrupciones de corta duración y producir el retomo o efectuar la conmutación a la alimentación normal esperando que esta haya retomado en forma estable y segura.



El controlador electrónico debe administrar además la operación de pulsadores de prueba de generador con y sin carga (caso de conmutación a grupos electrógenos).



A fin de ensayar el funcionamiento del dispositivo de conmutación (simulación de desconexión de la red), se preverá un pulsador de mando de prueba. Debe prohibirse el acceso a dicho pulsador a personas no autorizadas al mismo.



Deberá definirse y documentarse una rutina de mantenimiento para los dispositivos de conmutación. El sistema deberá permitir una desconexión rápida y ágil del cableado entre la lógica de control y el dispositivo conmutador propiamente dicho, los cuales deberán permitir la inspección de los contactos de potencia del conmutador, tanto en configuraciones fijas como extraíbles (Ver 710.12).



Los contactos de neutro del conmutador deben contar con capacidad 100% de corriente nominal.



Se deberá dotar al sistema de conmutación de dispositivos supresores de transitorios de acuerdo a la Norma lEC 61643-1.



El controlador del conmutador debe satisfacer las Normas lEC 61000·1-4, lEC 61000-4·5 e lEC 61000-5-2 de compatibilidad electromagnética.

Nota: En funCión del Tipo de TransiCión entre fuentes, los conmutadores pueden clasificarse según la capacidad creciente de administración de cargas en: Transición abierta. Transición abierta con sincronización previa de fuentes. Transición abierta con neutro pre-conmutado. Transición cerrada momentánea. TransiCión cerrada sostenida (transición su~ve o rampa).

Los dispositivos de conmutación deben estar enclavados. Los enclavamientos posibles son Mecánicos, Eléctricos y Electrónicos, estos últimos a través de lógica electrónica. Si la operación manual de los dispositivos de conmutación están sujetos al enclavamiento eléctrico (En el caso de interruptores extraíbles enclavados eléctricamente en posición de insertado). se podrá obviar el enclavamiento mecánico mediante la función de enclavamiento eléctrico y electrónico a través de lógica programable.

1)

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El enclavamiento exclusivo con lógica electrónica no es aceptado como condición suficiente. Las configuraciones posibles de enclavamiento son: a) Enclavamiento electrónico + Enclavamiento eléctrico + Enclavamiento mecánico. b)

Enclavamiento electrónico + Enclavamiento eléctrico sin enclavamiento mecánico. (Cuando la operación manual de los dispositivos están enclavados eléctricamente).

el

Enclavamiento electrónico + Enclavamiento mecánico.

710.6.7.2.

Conmutaciones de baja potencia

Se denominan conmutaciones de baja potencia a aquellas que se efectúan en los tableros seccionales con doble alimentación como por ejemplo los de las salas del grupo 2 u otros tableros seccionales con doble alimentación, donde las corrientes nominales de conmutación no superan los 125 A nominales. En estos casos se pueden usar contactores o interruptores automáticos controlados eléctricamente, estos podrán ser de clase PC o CC según lEC 60947-6-1. Se diseilarán satisfaciendo la condición de coordinación total, libre de soldaduras en caso de corto circuito. La protección contra cortocircuito deberá asegurarse con disparadores magnéticos adecuados. Cuando el conmutador trabaje sobre o desde transformadores de aislación (Salas del grupo 2) los elementos de conmutación responderán a la categoria de utilización AC-36B (1 conexión 15 In) según la Norma lEC 60947-6-1.

710.6.8. 710.6.8.1.

Circuitos de comando (tensiones auxiliares) Condiciones particulares de Instalación

Para !a elección de los aparatos de maniobras, re!evadores y circuitos electrónicos utilizados en !es circuitos auxiliares se deben respetar las indicaciones de los fabricantes en relación con los valores minimos permitidos de longitudes de conductores y longitudes de montaje en los circuitos de comando, para asegurar el valor de desconexión asignado al elemento de circuito. En circuitos de comandos grandes y extensos, debe utilizarse la tensión de comando en corriente continua. Elegir los conductores para los circuitos de comando de acuerdo a lo indicado en las Reglamentaciones AEA 90364-4 Y AEA 90364-5.

710.6.8.2.

Requisitos

Se deberán instalar los circuitos de comando de los dispositivos de conmutación automáticos. para la conmutación de alimentaciones redundantes, según 710.6.7, de manera tal que ante la aparición de una única falla, no conduzca a la desconexión de ambas alimentaciones. Para garantizar la debida selectividad deberá contarse con adecuados retardos de conmutación y estrategias independientes de conmutación, según 710.4.3.2.1 y 710.6.9. Las estrategias de control deberán ser autónomas y/o controladas, de tal forma que: 1) Las funciones de conmutación sean independientes de tensiones auxiliares. 2) Si la conmutación dependiese de lógica electrónica con tensiones auxiliares, la lógica de programación deberá tener un grado SIL 3 (Según Norma lEC 61508- Partes 1 a 6) y toda tensión auxiliar deberá ser monitoreada por un sistema óptico y acústico de alarma, la falta de tensión auxiliar no deberá provocar conmutaciones no deseadas.



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Nola: Tales fallas son, por e¡emplo: desconexión de la tensión de comando, por aCCIonamiento de un dispositivo de protección, conlacto a masa o a tierra, o corte de fase en el circuito de mando.

710.6.9.

710.6.9.1.

Requisitos para la red de distribución del suministro de energía eléctrica de emergencia Protecciones adicionales

Los cables o las lineas entre la fuente de energia eléctrica de emergencia y el primer dispositivo de protección contra sobre corrientes. así como entre la batería y el cargador del Grupo de emergencia y los de las UPS. deben estar tendidos y especialmente protegidos a prueba de cortocircuitos y de contactos accidentales a tierra. No deben hallarse cerca de materiales inflamables.

710.6.9.2.

Exigencias

A partir del tablero principal del suministro de energia eléctrica de emergencia se requiere una red de distribución propia para alimentar a los dispositivos conectados desde esta energla eléctrica de emergencia, descriptos en las subcláusulas que van desde 710.6.1 a 710.6.3 , Y debe llevarse separadamente del Suministro General de Energía Eléctrica o sea que los dos alimentadores deben tenderse por separado en distintas áreas de fuella y si están enterrados, a una distancia entre si mínima de 2 m ( ver 710.6.9.5.3.).

710.6.9.3.

Suministro completo desde la fuente de energía eléctrica de emergencia

Si una fuente de energía eléctrica de emergencia debe alimentar a todos los equipamientos eléctricos de un edificio (esenciales y no esenciales, suministro completo), se requieren dos alimentadores independientes desde la conmutación de la red hasta el tablero principal del edificio, uno desde la barra normal (general) y otro desde la barra del grupo de emergencia. Es decir. que a partir del tablero se requiere una red de distribución general y otra para los dispositívos de emergencia esenciales según las subcláusulas que van desde 710.6.1 a 710.6.3,

710.6.9.4.

Tiempo de desconexión

y selectividad total

En todos los circuitos del suministro de energia eléctrica de emergencia deben seleccionarse los valores característicos de las fuentes y de los dispositivos de protección. asi como las secciones de los conductores, para que desconecten dentro de los 5 s, considerando la corriente de cortocircuito minima y máxima que circula en caso de un cortocircuito en cualquier lugar de la instalación, tanto al alimentar desde el Tablero Principal de Distribución Energía Eléctrica, o desde la fuente de Energía Eléctrica de Emergencia. El dispositivo de protección conectado aguas arriba de la falla debe activarse con selectividad total con respecto a los dispositivos de protección antepuestos. En los circuitos, para los cuales se requieren tiempos de desconexión menores de 5 s para proteger los cables y lineas de un calentamiento excesivo, o para proteger en caso de contacto indirecto. la activación selectiva total deberá efectuarse dentro de los tiempos establecidos en AEA 90364·4 Y AEA 90364·5. Nota 1: Se verifica la selectividad total entre dos interruptores A (aguas arriba) y B (aguas abajo) cuando tanto para las sobrecargas como para las corrientes minimas y máxima de corto circuito presuntas que se pudiesen establecer aguas abaJo del B Y antes de un tercer interruptor C. la falla sea despejada por el interruptor B y solo por él.

Nota 2: en el caso de cortOCIrcuito a tierra. y por razones de seguridad ante riesgo de contacto Indirecto. los alimentadores deberán desconeclarse para cada esquema de conexión a tierra (TI o TNS) y tensión de contacto. de acuerdo a lo eslablecido en AEA 90364-4· 41.



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El cumplimiento de estos requisitos rige independientemente de la forma de la red, de la medida de la protección y persiguiendo dos finalidades de protección: •

Asegurar el funcionamiento del Suministro de Energia Eléctrica de Emergencia. incluso en el caso de una falla eléctrica. por la rápida desconexión selectiva únicamente del circuito defectuoso en cuestión y evitar las caidas peligrosas de la tensión en las partes de la instalación no afectadas.



Desconectar el cortocircuito para evitar el calentamiento excesivo y el consecuente peligro de incendio en la instalación.

Para ello se requiere. según 710.10.1 y 710.11.1 d) , una comprobación mediante cálculo. Se requiere para tal fin: •

Cálculo de las corrientes de cortocircuito tripolares, fase/neutro y faseltierra posibles en todos los circuitos de distribución y de los aparatos y equipos. tanto en caso de funcionamiento desde la red general como en caso de funcionamiento desde la fuente de energía eléctrica de emergencia.



Determinación de la desconexión automática en el tiempo prefijado por comparación de las curvas caracteristicas de disparo de los dispositivos de protección contra sobre corrientes con las corrientes de cortocircuito posibles.



Determinación de la desconexión selectiva por comparación de las curvas caracterlsticas de los dispositivos de protección contra sobre corrientes colocados en serie. sobre la base de las corrientes de cortocircuito posibles.

Se deberá considerar especialmente la selectividad de las protecciones de los tomacorrientes de la salas del grupo 2 y las UPS que las alimenta. La cadena de protección entre interruptor termo magnético terminal, interruptor magnético de protección del transformador y protección de la UPS deberá coordinarse teniendo en cuenta las protecciones ultrarrápidas de !3S UPS·z. Se deberá considerar esto especialmente cuando hay una sola UPS para cada sistema aislado. 710.6.9.5.

Suministro de Energia Eléctrica a varios edificios desde un punto central

En caso de suministrar energia eléctrica a varios edificios desde un punto central. son válidas las especificaciones de las subcláusulas que van desde 710.6.9.5.1 a 710.6.9.5.3 (Ver Figura 710-G.D). 710.6.9.5.1. Condiciones para la conmutación En caso de disminuir la tensión en más del 20%, respecto de la nominal o asignada, en uno o varios conductores de fase de la red general del suministro de energia, el arranque de la fuente de energía eléctrica de emergencia debe efectuarse a través de los dispositivos correspondientes y a través de un dispositivo de conmutación según 710.6.7, debe conmutarse automáticamente a la alimentación del suministro de energía eléctrica de emergencia, desde la fuente de energía de emergencia (Ver Figura 710-G.D). Se recomienda disponer de un dispositivo de conmutación temporizable entre 0,1 s y 2 s antes de proceder a entregar la orden de arranque al grupo de emergencia. para evitar que los micro cortes de la red produzcan el arranque del grupo y conmutación de redes en forma innecesaria.

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710.6.9.5.2. Independencia de las conmutaciones Cuando en las barras del tablero Seccional General del algún edificio secundario haya una calda de tensión según la subcláusula anterior. debido a una falta de tensión en el (TPBT) o debido a un cortocircuito o falla en la línea seccional. la alimentación del Tablero Seccional General de Emergencia (TSGE) del edificio secundario. debe conmutarse automáticamente a la línea de alimentación del suministro de energia eléctrica de emergencia (alimentación desde el TPEE). a través de un dispositivo de conmutación según 710.6.7 (ver Figura 710-G.D). El control de la tensión se realiza sobre la barra del Tablero Seccional General del edificio secundario (TSG). Los aparatos de conmutación de la alimentación del tablero príncipal central del Suministro de Energia Eléctrica de Emergencia TPEE deben disponerse en el tablero principal del edificio para conmutar sólo cuando falte tensión en el TPBT y tener total independencia de lógica con los relevadores de los tableros Seccionales Generales (véase Figura 710-G.D). 710.6.9.5.3. Independencia de los dos alimentadores a la falla de causa común Los cables del Suministro General de Energía Eléctrica y aquéllos del suministro de energia eléctrica de emergencia deben tenderse separadas con una distancia minima de 2 m cuando sean enterrados directamente o en cañeros. Salvo que las canalizaciones independientes sean de hormigón resistentes al fuego F 60 Y resistentes a los golpes de una retroexcavadora. En la zona próxima a la entrada del edificio. la distancia de los cables. cuando está prevista una protección mecánica especial contra daños. no debe ser inferior en todos los casos a los 2 m. En el caso de tender los cables fuera del terreno. por ejemplo en un canal para cables. el cable del suministro de energía eléctrica de emergencia puede ser llevado por el mismo trazado (canal para cables) que el cable del Suministro General de Energía Eléctrica. cuando estén protegidos independientemente del efecto de un incendio dentro del canal mediante canalizaciones especiales o equipamiento contra fuego de forma tal que cualquiera de ellos en forma independiente siga siendo funcional por un lapso de al menos 90 mino en caso de incendio. 710.6.9.6.

Cables o conductores multipolares

En cables o conductores multipolares para la alimentación de emergencia. solo está permitido el tendido de un solo circuito con sus circuitos auxiliares asociados. La agrupación de dos o más circuitos principales en un cable o conductor multipolar no esta permitido. 710.6.9.7.

Líneas de alimentación de la sala del grupo de aplicación 2

Se deberán instalar en forma separada entre sí. las dos líneas de alimentación. necesarias según 710.4.3.5.1. para abastecer a los tableros de distribución de las salas del grupo de aplicación 2. Los dos alimentadores deberán tenderse en distintas áreas de fuego. si esto no fuera posible deberá ser en bandejas separadas donde al menos una de las líneas debe estar protegida por su tipo de construcción o por su revestimiento. de manera que siga siendo funcional durante 90 min en el caso de la acción externa de un incendio. La protección contra efectos de incendios se efectuará preferentemente para el alimentador de energia del suministro de energia de emergencia.

~

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710.6.9.8.

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Tipos de cables

En las áreas internas del los edificios hospitalarios será obligatorio el uso de cables no propagantes de la llama, libre de halógenos y con baja emisión de humos tóxicos que cumplan con las Normas IRAM 62266 o IRAM 62267. (Ver también AEA 90364-7-718).

PROTECCiÓN CONTRA INCENDIOS Y EXPLOSIONES Y CARGAS ELECTROSTÁTICAS

710.7.

Se deberán atender a las recomendaciones edilicias de orden Municipal, Provincial y Nacional, siempre que requieran mayores grados de seguridad ante los peligros de incendio y explosiones. Estas recomendaciones alcanzan también a: •

Instalaciones de líneas en vanos de escaleras y sus salidas al exterior y en pasillos de edificios de acceso general (vias de escape).



Conducción de líneas eléctricas a través de muros cortafuego, así como de paredes y cielorrasos que deben ser antiinflamables.



Instalaciones eléctricas de líneas de dispositivos indispensables de emergencia (conservación de la función).

710.7.1.

Cargas electrostáticas

Las descargas de electricidad estática repentinas pueden causar fallas en el sistema eléctrico. El objetivo de la protección de los equipos sensitivos electrostáticamente es prevenir la generación y acumulación de cargas estáticas. Las propiedades electrostáticas de los pisos, generalmente, dependen de las condiciones ambientales, pero primariamente dependen de los valores de la humedad relativa en que se encuentran. Un incremento de la humedad relativa reducirá la resistencia eléctrica de los recubrimientos de los pisos. En consecuencia, la generación de electricidad estática será una función de la humedad prevaleciente en la sala, dependiendo además del material utilizado en los recubrimientos de los pisos y de la manera en que se hubieran colocado.

710.7.1.1.

Pisos

Las salas correspondientes deberán ser habilitadas solo cuando los recubrimientos de los pisos aseguren sus propiedades para toda su vida útil, tanto para disipar cargas estáticas como para mantener la mlnima aislación requerida para la protección de las personas, dicho de otra forma los pisos deben ser capaces de aislar eléctricamente impidiendo accidentes que resulten de contactos involuntarios con fuentes de corrientes eléctricas. Es necesario considerar que la mínima aislación para protección personal es de 50 kohm. Por lo tanto, debe evitarse el riesgo de descargas electrostáticas abruptas de personas u objetos debido a bajas resistencias a tierra lo que también representa un riesgo de electrocución.

(1

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710.7.1.2.

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Pisos altamente disipatlvos de carga estática

Son pisos que tienen suficiente baja resistencia para conducir cargas rápidamente cuando son puestos a tierra o son conectados a cualquier bajo potencial. Un piso altamente disipativo de cargas estáticas está caracterizado por una resistencia mayor a 50 kohm y menor al Mohm. Estos pisos son los indicados para las salas del grupo de aplicaciOn 2. El método de mediciOn de la resistencia/impedancia de estos pisos es igual al descrito en el ANEXO 710-8.

710.7.1.3.

Pisos levemente disipativos

Son pisos que permiten la conducciOn de cargas posibles cuando son conectados a tierra o a cualquier bajo potencial y están caracterizados por una resistencia que oscila entre 1 Mohm y 10 Mohm. Estos pisos son los indicados para las salas del grupo de aplicaciOn O y 1.

710.7.1.4. ~nn

Recubrimientos de pisos astáticos o disipativos

ni es tO,05

b)

El tiempo puede ser menor a 0,05 s en lanto los contactos sean permitidos de asentarse debidamente antes de reabrir.

e)

Ver lEC

60947~-1.Tabla

8

.'

~ d)

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La. prueba. deberan realizarse con una carga de lampara Incandescente de acuerdo a las condiciones de prueba generales y lo especificado en lEC 60947-6-1, punto 9,3.3.5.1

e)

La toleranCia para VRes de t15%,

~

Si la polaridad no esta indicada, se realiza mitad de los ciclos de servicio con una polaridad y mitad con la polaridad inversa,

g)

Sin constante de tiempo intencional

h)

Cos q> = 0,45 para le

~

100 A, Y cos q>= 0,35 para le > 100 A.

Tabla 710.c,II- Condiciones de Conexión y Desconexión de acuerdo con la Categoría de Utilización o Empleo Verificación de la Operación de Servicio Condiciones para conectar y desconectar

CA

Categoría de utilización

11 l.

U, I U.

Cos cp .)

Tiempo en conexión b) [s]

Tiempo por operación [min]

AC-31A AC-31 B AC-32A AC-32B AC-33A AC-33B AC-35A AC-35B AC-36A AC-36B

1,0 1,0 2,0 h) 2,0 h) 1,0 d)

1,05 1,05 1,05 1,05 1,05

1,0 0,8 0,8 0,8 d)

0,05 0,05 0,05 0,05 0,05

e) e)

e) e) e)

e) e) e) e) e)

0,05 0,05 0,05

e) e) e)

e) f) e) f) e) f)

Número de operaciones

URO) [ms]

CC

I

DC-31A DC-31 B DC-33A DC-33B DC-36A DC-36B

1,0 2,5 i) 1,0 d)

1,05 1,05 1,05

g) 2,5 d)

= Corriente de conexión y desconexión, expresada en CC o en valor eficaz Simétrico de CA, pero se entiende que para AC36A, AC36B, DC36A y DC36B, el valor real de pico durante la operación de conexión puede asumir un valor mayor que el de pico Simétrico.

le

= Corriente nominal de servicio

Ur

= Tensión de reestablecimiento a frecuencia industrial o en ce

Ue

= Tensión nominal de servicio

.'

1)

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a)

La tolerancia para cos q> es ±O,05

b)

El tiempo puede ser menor a 0,05 S., en tanto los contactos sean permitidos de asentarse debidamente antes de reabrir.

c)

Ver lEC 60947·6·1, Tablas 9 y 10.

d)

Las pruebas deberán realizarse con una carga de lémpara Incandescente de acuerdo a las condiciones de prueba generales y lo especificado en lEC 60947-6·1, punto 9.3.3.5.1

e)

La toleranCia para UR es de ±15%.

f)

Si la polaridad no esté indicada, se realiza mitad de los ciclos de servicio con una polaridad y mitad con la polaridad inversa,

g)

Sin constante de tiempo intencional.

h)

La mitad de las operaciones deberá realizarse a lile = 1, excepto para AC·33B y AC·35B donde todas las operaciones debe",n realizarse a lile = 1.

i)

La mitad de las operaciones deberé realizarse a lile = 1, excepto para DC·33B donde todas las operaciones deberán realizarse a lite = 1.

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ANEXO 710-0. (REGLAMENTARIO) PROTECCiÓN CONTRA LAS DESCARGAS ATMOSFÉRICAS 710-0.1.

OBJETO

Establecer un sistema de protección contra descargas eléctricas atmosféricas en los edificios destinados a usos hospitalarios. La protección requerida debe reducir a valores tolerables los efectos de los impactos directos de los rayos sobre la estructura del edificio, como asimismo los de rayos cercanos y lejanos de la estructura del Hospital. Dicha reducción se debe lograr mediante la evaluación de los riesgos y tomando las medidas necesarias para que estos resulten dentro de los valores tolerables que minimicen los riesgos para los pacientes, el personal médico y la seguridad del equipamiento hospitalario.

710-0.2 .

ALCANCE

..4.!canza a las etapas de! proyecto, !a insta!aci6n, et montaje. la puesta en marcha. e! ensayo, !a ir'lspecciór! inicial, las inspecciones periódicas y el mantenimiento, de las instalaciones eléctricas y sus instalaciones complementarias destinadas a reducir a valores admisibles los efectos de las descargas eléctricas atmosféricas.

710-0.3.

CAMPO OE APLICACiÓN

Este Anexo es reglamentario, de aplicación para los hospitales y edificios de uso médico, nuevos o existentes y también para aquellos locales e inmuebles que por su destino sean externos a los hospitales.

710-0.4.

REFERENCIAS

Ver Cláusula 710.2

710-0.5.

COMPONENTES OE LOS SISTEMAS OE PROTECCiÓN CONTRA RAYOS

710-0.5.1.

Sistema de protección contra rayos (SPCR)

La protección contra las descargas de origen atmosféricas comprende un sistema de protección contra rayos (SPCR). Un SPCR es un sistema completo que se utiliza para reducir el peligro de daños físicos y de lesiones a seres vivientes, inmuebles y equipos eléctricos/electrónicos causados por los rayos. Un SPCR se compone de: 710-0.5.1.1. Sistema externo de protección contra rayos (SEPCR) Ver AEA 92305-1, Subcláusula 3.41.



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El sistema externo de protección contra el rayo (SEPCR), está formado por los siguientes componentes:

710-0.5.1.1.1

Sistema captor

Ver AEA 92305-1. Subcláusula 3.43. Parte de un SEPCR destinado a interceptar los rayos mediante elementos metálicos tales como astas, mástiles, mallas de conductores o conductores aéreos en catenaria.

710-0.5.1.1.2

Sistema de conductores de bajada

Ver AEA 92305-1, Subcláusula 3.44 Parte de un SEPCR destinado a conducir las corrientes de los rayos desde el sistema captor hasta el sistema de puesta a tierra.

710-0.5.1.1.3

Sistema de puesta tierra

Ver AEA 92305-1, Subcláusula 3.45. Parte de un SEPCR destinado a conducir y dispersar, dentro de la tierra, a las corrientes de los rayos.

710-0.5.2.

Sistema interno de protección contra rayos (SIPCR)

Ver AEA 92305-1. Subcláusula 3.42. Parte de un sistema de protección contra el rayos, que consiste en las conexiones equipotenciales ylo aislamiento eléctrico del sistema externo de protección contra rayos. En caso ciPo rp.r¡lJp.rirsp., ci",b", ",,,r complementado con una correcta elección, instalación y coordinación de los DPS's (Dispositivos de Protección contra Sobretensiones).

710-0.5.2.1. Conexión equipotencial Ver AEA 92305-1, Subcláusula 3.47. Es la interconexión de las partes metálicas separadas de una instalación, a los sistemas de protección contra rayos (SPCR), mediante conexiones conductoras directas o por medio de dispositivos de protección contra rayos. para reducir las diferencias de polencial causadas por las corrientes de rayos.

710-0.5.2.1.1

Barra Equipotencial Principal de Protección (véase la figura 710.D.A)

Todos los edificios deben estar equipados con una Barra Principal Equipolencial. Se deberán conectar a la Barra Equipotencial Principal de Protección los siguientes elementos: El conductor de protección principal. El sistema de puesta tierra. Las canalizaciones y redes de alimentación metálicas en el interior del edificio (Ej.: agua, gas, incendio, etc.).



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Los elementos generales de las construcciones civiles y termomecánicas, tales como las canalizaciones metálicas de ventilación, calefacción y aire acondicionado. Otros elementos, como las masas metalicas, mallas, armaduras y blindajes de los cables de acometidas de energia, telefónicas, de datos etc., según se indica en la figura 710.0.A mediante OPS's. Canerías metálicas con protección catódica, mediante descargadores adecuados de separación conectadas a una brida aislante, que permite proteger las piezas aislantes de la brida y también evitar el consumo excesivo por conexión directa a tierra de los anodos de sacrificio de una protección catódica. En situación normal la vía de chispas de separación, mantiene aisladas las dos partes de la cañería, la que tiene protección catódica y la que esta puesta tierra. Cuando aparece una sobretensión que logra el cebado de la vía de chispas se establece un puente entre ambas partes de la cañería, manteniendo así la equipotencialidad durante el transcurso de las sobretensiones.

710-0.6.

DEFINICIONES DE ZONAS DE PROTECCiÓN CONTRA RAVOS (LPZ LlGHTNING PROTECTION ZONES).

Ver figura 71 O.O.E, Información adicional en AEA 92305·1, subclausula 8.2.). LPZ OA: Zona en la que los objetos, estan expuestos a la descarga directa de rayos y por lo tanto tiene que poder conducir toda la corriente del rayo. Los campos electromagnéticos no estan atenuados. LPZ Oa: Zona en la que los objetos no estan expuestos a la descarga directa del rayo. Los campos electromagnéticos no estan atenuados pueden ocurrir descargas parciales o corrientes inducidas. LPZ Oc: Zona en la que los objetos no estan expuestos a la descarga directa del rayo, pero hay riesgos de tensiones del paso y de contacto, como asimismo de descargas laterales dentro de una altura hasta de 3 m y de una distancia desde la linea de edificación de 3 m hacia el exterior del edificio. LPZ 1: Zona en la que los objetos, no estan expuestos a la descarga directa de rayos y las corrientes de rayo son componentes limitadas o corrientes inducidas y el campo magnético esta atenuado. La zona protegida dentro de LPZ 1 debe respetar la distancia de separación s, indicada en AEA 92305·1, figura 2. LPZ 2: Zona en la que los objetos, no estan expuestos a la descarga directa de rayos y las corrientes de rayo son componentes mucho mas reducidas en comparación con la LPZ 1. La Zona protegida dentro de LPZ1 y LPZ 2 deben respetar la distancia de separación ds, indicada en AEA 92305-1, figura 3. LPZ 3: Zona en la que los objetos, no estan expuestos a la descarga directa de rayos y las corrientes de rayo son componentes mucho mas reducidas en comparación con la LPZ 2. En esta zona y en base a las medidas de blindaje adoptadas puede obtenerse un campo electromagnético mucho mas atenuado que en la zona LPZ 2. La equipotencialidad debera ser provista e instalada en las superficies que limitan las zonas de protección (LPZ), denominadas interfaces, en todas las partes metalicas y sistemas de energía y comunicaciones que atraviesan dichas interfaces, como así también a todas las partes metalicas y sistemas dentro de cada zona de protección contra rayos (LPZ). Con relación a la equipotencialidad de las lineas de energía eléctrica instaladas entre la zona LPZ OA (éxterna) y la zona LPZ 1 (interna), debera lograrse con OPS's de las ondas (10/350 ~s y 8/20 ~s), tipo 1 y 2, ó combinados de acuerdo con la Norma lEC 61643-1.



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Cuando los descargadores OPS's del tipo 1 están constiluidos por vias de chispa o explosores (por su denominación en inglés (spark gaps) especiales). se debe verificar especialmente que la capacidad de apagado de las corrientes consecutivas de red de dichos tipos de OPS·s. deben ser iguales o mayores a la corriente de cortocircuito en el lugar en que están instalados. La equipotencialidad de las líneas de energla eléctrica de baja tensión, de datos y telefónicas en las interfaces de las zonas LPZ 1 I LPZ 2 se debe lograr mediante OPS's de la onda 8120 Ils. ctase 2 de acuerdo con la Norma lEC 61643-1, debiendo existir una coordinación energética entre los descargadores de corriente de rayo (Clase 1) y descargadores de sobretensiones (clase 2). Para la zona LPZ 2 I LPZ 3, se deben instalar OPS's clase 3, debiendo verificarse con los ensayos determinados por la norma arriba indicada Como ejemplo de aplicación ver figura 710-0.A. La Norma lEC 61643-1, indica las clases o tipos, de los OPS's y los ensayos requeridos en relación con la clase elegida por el proyectista. Las canalizaciones metálicas de los servicIos de gas, agua, gases medicinales u otros servicios hospitalarios en las salas o ambientes a equipotencializar deben poseer uniones aislantes, las mismas deben ser puenteadas mediante descargadores proyectados para tal fin (Vias de chispas). Para el caso especial de cañerías de gas natural se deben emplear vías de chispas antiexplosivas (Ex).

710-0.7.

PARTES DE LA INSTALACiÓN QUE DEBEN INTERCONECTARSE CON LA BARRA EQUIPOTENCIAL PRINCIPAL

710-0.7.1.

Conexiones que deberán realizarse.



Desde la barra equipolencial a los sigllip.nlp.s sisIAm:'!,,· Tomas de tierra de cimientos ylo toma de tierra de pararrayos. Tuberias metálicas de conducción de agua. Tuberias metálicas de desagüe. Tuberias metálicas de ventilación, calefacción y aire acondicionado. Conducciones metálicas de gas. Tomas de tierra para antenas, Tomas de tierras eléctricas y para instalaciones telefónicas. Armaduras, mallas y blindajes de los cables de alimentación en baja tensión hasta 1kV. Conductor de protección de la instalación eléctrica. Puesta a tierra de instalaciones de alta tensión superiores a 1 kV, en caso de no existir el riesgo de propagación a tierra de tensiones elevadas. Conducciones de toma de tierra de aparatos de protección contra comentes de rayos y sobretensiones.

• •

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Sólo podrán conectarse a través de explosores o vías de chispas. los siguientes elementos: Tomas de tierra en instalaciones de media de tensión superiores a 1 kV. cuando se puedan propagar tensiones a la instalación de puesta a tierra, indebidamente altas. Instalaciones con protección especifica contra la corrosión y con medidas de protección contra corrientes parásitas y de dispersión.



Sólo podrán conectarse a través de descargadores de corriente de rayo (clase 1) Y sobretensiones (clase 2), los conductores de las instalaciones eléctricas que se encuentran bajo tensión (fases y neutro) de las mismas hasta 1 kV.



Los fusibles previos a los descargadores se colocarán solamente en las fases con los valores que indique el fabricante.

710-0.7.2.

Conexiones para la realización de la equipotencialidad

Las conexiones para la compensación de potencial deben garantizar un contacto efectivo y duradero. Las abrazaderas para poner a tierra las cañerías metálicas deben estar diseñadas y construidas con materiales adecuados para este tipo de servicio que requiere máxima seguridad de contacto, evitando los efectos de la corrosión y evitando los pares galvánicos y los contactos defectuosos. El proyectista y el Instalador serán responsables de la adecuada elección, instalación y calidad de estos accesorios de fijación y conexión. 710-0.7.3.

Conductores de compensación del potencial

Los conductores que tengan funciones permanentes de protección por compensación de potencial, deben señalizarse como los conductores de protección, con los colores verde/amarillo normalizados. En todos los casos estarán identificados en los circuitos de operación y en la documentación final conforme a obra. La instalación para la compensación del potencial está destinada a minimizar e impedir la presencia de chispas, las tensiones de contacto peligrosas para los pacientes, el personal médico y el para-médico en el interior de las salas de los diferentes grupos calificados por la presente Reglamentación. La equipotencialización es lograda por la unión galvánica del esqueleto metálico de la estructura, las subestructuras o instalaciones metálicas, los sistemas de los servicios interiores, los elementos conductores externos y las lineas de los servicios conectadas a la estructura del edificio. Se tendrá presente que en caso de descargas atmosféricas, una parte importante de la corriente del rayo fluirá por los conductores principales y por los conductores de conexión de la instalación de equipotencialización. Idénticamente serán conducidas por dichos conductores las corrientes derivadas por los OPS's previstos para la equipotencialización de los sistemas o las masas de los cuerpos metálicos sometidos a tensiones diferentes. Las secciones minimas de los conductores, de acuerdo con el tipo de protección contra el rayo y los materiales conductores a emplear pueden ser elegidas de la tablas 710-0.1 y 710-0.11, del presente Anexo. 710-0.7.4.

Barra de equipotencialidad o Bornera equipotencial

La barra de equipotencialidad debe permitir apretar con seguridad de contacto todos los cables de conexión y secciones que puedan presentarse en la práctica.

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Las barras de equipotencialidad pueden equiparse, según las necesidades, con los bornes necesarios en cualquier distribución eléctrica con conductores redondos de secciones de hasta 95 mm 2 y con diámetros de 10 mm, como también para pletinas de acero cincadas en caliente hasta 30 mm de ancho. La colocación de una etiqueta firmemente adherida en el interior de tapa de la caja de la barra equipotencial, permitiré la designación de los diferentes bornes y de los conductores conectados. La barra de equipotencialidad puede ampliarse hasta alcanzar una doble disposición, interconectadas entre si de tal manera que una de ellas sirva para la conexión de todo el equipamiento electromédico y la otra para todos los elementos metálicos constitutivos del edificio (por ejemplo: pisos, ventanas, muebles, marcos de puertas, ventanas y cañerías metálicas de los distintos servicios hospitalarios, etc.).

710-0.7.5.

Verificación y vigilancia de la compensación de potencial

Antes de la puesta en servicio de la instalación eléctrica, deberán verificarse todas las conexiones y su grado de apriete, para comprobar que han sido perfectamente realizadas y que son realmente efectivas.

710-0.7.6.

Ejecución de la equipotencialidad de toma de la tierra de cimientos

Dado que la instalación eléctrica requiere determinados valores de la resistencia de puesta a tierra, y que la toma de tierra de cimientos puede ofrecer valores aceptablemente bajos de resistencia de puesta a tierra, la citada toma de tierra de cimientos representa un complemento óptimo y efectivo de la compensación de potencial. Para la ejecución de la toma de tierra de cimientos, habrá que tener en consideración las disposiciones de la Reglamentación AEA 90364-7-771 Subcláusula 771-C.2.2. Para las dimensiones de los conductores de puesta a tierra y de protección, referirse a la Reglamentación AEA 90364-7-771 Tabla 771-C.1I. La verificación de los conductores seleccionados se realizará en concordancia con la expresión indicada en la Subcláusula 771-C.3.11 de la Reglamentación AEA 90364-7771. Para lograr la equipotencialidad de la tierra de cimientos pueden utilizarse pletinas continuas, que generalmente se ofrecen en largos aproximados de 50 m acondicionados en bobinas; el material es de acero cincado en caliente, de 70 ¡1m de espesor medio, la sección mínima de estas pletinas será de 30 mm x 3,5 mm (o aceros redondos de diémetro 10mm, también con cincado en caliente con las mismas características citadas anteriormente). Como ejemplo Ver figura 710-D.C.

710-0.7.7.

Instalación y colocación

La pletina de equipotencialidad de la tierra de cimientos se colocará en forma de anillo cerrado en los muros exteriores del edificio, formando un sistema mallado por debajo de la capa aisladora más profunda. Con el fin de conseguir una protección suficiente contra la corrosión, la pletina de equipotencialidad de la toma de tierra de cimientos deberá estar incluida en la capa del denominado hormigón de limpieza, de como mínimo de 0,10 m de espesor. (Ver figura 710-D.A).

710-0.7.8.

Conductores de conexión

Para el caso que se decida instalar una armadura adicional en cada una de las columnas a utilizar como bajadas del sistema de protección contra rayos, puede utilizarse un hierro de construcción adicional liso de diámetro 10 mm, soldados entre si con soldadura eléctrica para asegurar su continuídad. Esta armadura adicional debe conectarse a la pletina (1) con una grapa o morseto adecuado. "1

A la toma de tierra de cimiento. Ver figura 710-0.8

710-0.7.9.

Puntos de unión

"

(1

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Las uniones de la pletina de equipotencialidad de la tierra de cimientos, dentro de los cimientos, pueden realizarse mediante conectores de conexión apropiados, mediante bornes, o bien mediante pequeñas placas cincadas en caliente y fijadas a la pletina con 4 bulones M 8 provistos de arandelas de seguridad con torque de ajuste adecuado.

710-0.7.10. Juntas de dilatación En caso de edificios de grandes dimensiones con juntas de dilatación, las barras de equipotencialidad de la toma de tierra de cimientos de ambos lados de la junta, dentro del edificio y fuera del hormigón deberán puentearse por medio de bandas u omegas flexibles de dilatación, o por medio de conductores de dilatación. Además, estos puntos donde se encuentran las juntas de dilatación, son apropiados para realizar mediciones eléctricas de la resistencia de la toma de tierra.

710-0.8.

SISTEMA OE PUESTA A TIERRA HOSPITALARIO

Es recomendable desde el punto de vista de la Compatibilidad Electromagnética, adoptar sistemas mallados, siguiendo los lineamientos de AEA 90364, lEC 62305-3 ó AEA 92305-3, lEC 62305-4 ó AEA 92305-4 Subcláusula 5 e lEC 61000-5-2. Desde el punto de vista de la seguridad se deben aplicar las directivas indicadas en la Reglamentación AEA 90364-7-771, Y en el Anexo 771-C. En la Reglamentación AEA 90364-5-54 se hallan datos complementarios. En la figura 710·D.C se da un ejemplo de un sistema de puesta a tierra mallado, compuesto con tres subsistemas de puesta e tierra: De cimientos. Anillo perimetra!. Jabalinas. Estos tres subsistemas deben estar totalmente equipotencializados. La barra equipotencial de puesta a tierra de uso médico deberá estar conectada a la malla de puesta a tierra del edificio, Será distinta de la Barra Equipotencial Principal de Protección. no obstante estarán equipotencializadas, estando conectadas entre si.

710-0.9.

TENSIONES DE CONTACTO Y OE PASO

Todas las medidas de seguridad. dadas en lEC 62305-3 ó AEA 92305-3. para reducir los riesgos de tensiones "de paso" y "de contacto", deberán ser tenidas en cuenta para reducir el riesgo de las personas que circulan o permanezcan en el Hospital en las zonas que resulten eventualmente peligrosas. A tal efecto se recomienda: Para situaciones particulares que pueden darse en bajadas realizadas por el exterior de la estructura, es recomendable realizar algunas de estas medidas para disminuir los riesgos de las tensiones "de contacto". cuando las personas puedan quedar expuestas. Aislamiento del conductor expuesto mediante cubierta de polietileno reticulado resistente a la intemperie de 3 mm de espesor, en una longitud tal que quede fuera del alcance de la mano de una

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persona (2:2,50 m), que da una tensión resistida de la onda de tensión impulsiva 1,2150 IJS de 100 kV. Para atenuar los riesgos de las tensiones "de paso", cuando las personas puedan quedar expuestas puede tomarse la siguiente medida: La resistividad de la capa superficial del suelo, hasta un radio de 3 m, desde el conductor de bajada, no debe ser menor de 5 kohm/m. Nota: Una capa de material aislante. por ejemplo una capa de asfalto de 5 cm de espesor o una capa de grava de 10 cm de espesor satisfacen generalmente esta prescripCIón.

Si ninguna de estas protecciones puede llevarse a cabo, no se deberá permitir el paso de las personas o su permanencia dentro de un radio de 3 m de la bajada.

710-0_10.

ETAPAS O PASOS DEL PROYECTO

710-0.10_1. Detalle de las etapas A partir del conocimiento de este ANEXO y especialmente de los Documentos AEA 92305-0, AEA 92305-1, AEA 92305-2, lEC 62305-3 ó AEA 92305-3, lEC 62305-4 ó AEA 92305-4 e lEC 61643-1 el proyectista debe cumplimentar los siguientes pasos o etapas del proyecto: Determinación del valor de la resistividad del suelo (ohm.m), en función de la profundidad. Determinación de los materiales del sistema de puesta a tierra, teniendo en cuenta la posible agresividad de los terrenos según lo indicado en la Tabla 5 del documento lEC 62305-3 ó AEA 92305-3. Para el dimensionado del subsistema de puesta tierra para la protección contra rayos se deberá respetar la subcláusula 5.4 del documento lEC 62305-3 ó AEA 92305-3. Elaboración de la memoria técnica descriptiva del proyecto. Determinación de los niveles de protección, según documento AEA 92305-2. DisposiCión de los sistemas captores. DispOSición de los sistemas de bajada. Disposición del sistema de puesta a tierra para disipar las corrientes del rayo y de los sistemas eléctricos y electrónicos, de acuerdo al documento lEC 62305-3 ó AEA 92305-3, Subcláusulas 5.4.2.1 y 5.4.2.2. e lEC 62305-4 ó AEA 92305-4 Subcláusula 5. Cálculos de las resistencias de puesta a tierra. Se realizarán según documento AEA 90364-5-Subcláusula 546. Previsión de la compensación de potenciales o equipotencialidad de partes externas e internas de la estructura. Implementación del sistema de protección interno, DPS's. Confección de los planos y esquemas típicos de montaje. Especificación de los datos garantizados de los elementos propuestos.



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Tabla 710-0.1- Dimensiones minimas de los conductores de Interconexión entre diferentes barras equipotenclales o entre las barras equlpotenclales y la Tierra. Tipo de SPR

la IV

Material

Sección mm·

Cobre

14

Aluminio

22

Acero

50

Tabla 710-0.11- Dimensiones minimas de los conductores de interconexión entre los elementos metálicos internos y la barra equipotencial Tipo de SPR

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Material

Sección mm·

Cobre

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Aluminio

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Acero

16

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AEA 90384-7·710 e Edlcl6n 2008 Pegl.U

Sistema captor de

paralT1lYOS

Tranafonnador d....lac:lón

.cero Inoxld.ble

Barra equlpoanclal para circuito. eI6ctrIcos

C8fterIaa metillc:as de gaM8

medlcln• •,

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C.bled. protección

Ann.dura adicional

continua (soldada) .n columnas y vlg. . de H"AO

(verd. am.rlllo)

Flg. 710-D.A: Ejemplo de realización de la equlpotenclalklad confonne a lEC 62305-3 ó AEA 92305-3, Inclusión a puesta a tierra de protección contra rayos, confonne a lEC 62305-3 ó AEA 92305-3, Anexo

E.

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Soldadura eléctrica

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41801co hormigó D de limpieza

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AmI.dura lIdicional O =10 . . .

Fig. 71~.B: Ejemplo de equipotenclalldad en el Interior de la estructura de un edificio construido en honnigón armado.



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Jabalina 5eRUD IRAM2309 Armadura adicional de Dcero redondo liso du ICe CUleado" I umm

Columna de HOAO (baJaa3 oe paramyos¡

Malla de PAT con verificacIón de tenMones de paso y \:onlacto G

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LPZ B: Zona en la que los objetos no es1án expuestos a la descarga directa de rayo, pero en la que aparece el campo electromaglético no atenuado.



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LPZ C: Peligro por tensiones de paso y contacto en una zona de 3 m de altura sobre el nivel del suelo y 3 m de separación del edificio. (no dibujada). LPZ 1: Zona en la que los objetos no están expuestos a descarga directa de rayo y las corrientes de rayo son muy reducidas en comparación con la zona DA. En esta zona y sobre la base de las medidas de blindaje adoptadas puede estar atenuado el campo electromagnético. LPZ 2: Si se hace necesaria una posterior reducción de las corrientes conducidas por los cables ylo del campo electromagnético. habrá que establecer zonas de protección consecutivas. Las exigencias que se plantean a estas zonas tienen que estar orientadas a las características de las zonas del entorno del sistema que se desea proteger. LPZ 3: Zona de protección contra rayos en la que los objetos no están expuestos a descargas directas del rayo y el impulso electromagnético está minimizado mediante blindaje electro magnético adecuado de los propios equipos (carcazas. envolventes o CUbiertas). Carcaza = cubierta o envolvente. o cerramiento. o gabinete de un equipo O equipamiento eléctrico. electrónico o electromecánico. forma parte del léxico utilizado en las disciplinas eléctrica. electrónica y electromecánica. No eliminar.-



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ANEXO 710-E. (REGLAMENTARIO) 710-E.1.

CONSIDERACIONES PARTICULARES DE LAS INSTALACIONES DE SISTEMAS IT HOSPITALARIOS.

la pérdida de aislación a tierra de un Sistema aislado IT, se da por la caida de la impedancia a tierra y no por la caida en la resistencia óhmica. la impedancia es la variable que realmente compromete al paciente en el quirófano. Esta impedancia Z está compuesta por el paralelo de la reactancia capacitiva Xc y la resistencia óhmica de aislación Ri. Por lo tanto en la instalación interna a la red IT se debe minimizar el acoplamiento capacitivo a tierra. Esto se logra con las siguientes medidas prácticas: 1) Minimizar la longitud total de conductores activos secundarios, instalando los transformadores de aislación lo más cerca posible de las salas de aplicación del grupo 2. Se recomienda no más de 50 m de longitud total del par de conductores activos secundarios. 2) Efectuar el tendido de los conductores activos secundarios por cañerias no conductoras normalizadas que respondan a lEC 61386-1. Vertambién AEA 90364·7·771, Tablas 771.12.11 y 111. 3) Efectuar el tendido de los conductores de protección por cañerias independientes de la de los conductores activos separadas adecuadamente (10-15 cm). 4) Utilizar preferiblemente conductores activos con aislación de polietileno reticulado. En ningún caso la capacitancia del sistema aislado respecto de tierra deberá superar los 15 nF (quince nano-Faradios, sin tensión, sin equipos eléctricos conectados al sistema y con todos los interruptores cerradOS). Dado el alto valor económico en equipamiento electrónico sensible y la indisponibilidad del mismo, que puede resultar en riesgo de vida para los pacientes y de acuerdo con AEA 90364-4 Subcláusula 443.3.2.3; será obligatoria la protección secundaria de toda institución hospitalaria, independientemente del nivel ceráunico del lugar, contra las sobretensiones transitorias según se establece en el Anexo 710-0. Estas sobretensiones transitorias comprenden las de origen atmosférico y las de maniobra o de conmutación de las redes eléctricas (exteriores y/o interiores al edificio en consideración). la protección interna debe ser escalonada y coordinada energéticamente, de acuerdo a lo que se establece en lEC 62305-4 ó AEA 92305-4. Nota 1: Para evitar errores operativos que comprometan al paciente en toda sala critica con nesgo de microchoque (Salas del Grupo de Aplicación 2 a). será Obligatorio la instalación de Monilores de Aislación del tipo de corriente total de fuga (de impedancia) (Ver Tabla 710.3.1). Nota 2: A nivel operativo se deberá tener precaución de no conectar al sistema aislado de Salas del Grupo de Aplicación 2 ningun componente que no responda a lEC 60601 o IRAM 4220.

Se deberá tener especial atención en las Salas del Grupo 2, no conectar al sistema IT, computadoras ni ningún otro dispOSitivo que contengan filtros capacitivos a tierra, porque estos degradan el sistema aislado (notebooks. equipos de audio ni otro dispositivo eléctrico que no sea de grado médico, etc.).

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ANEXO 710-F. (REGLAMENTARIO) 710-F.1.

CONSIDERACIONES GENERALES PARA POLlDUCTOS, COLUMNAS DE TECHO Y CUALQUIER OTRO TIPO DE CANALIZACIONES MÚLTIPLES

El montaje o construcción interna de los poliductos debera tener canales independientes para cableados en 220 Vca, cableados en muy baja tensión (telefonia, alarmas, llamadas, monitoreo central, etc.) y canales para gases medicinales. No permitiéndose que coexistan 2 sistemas en el mismo canal o pleno. Cada sistema que llegue al poliducto deberá ingresar por su propia abertura en forma adecuada y en el canal que corresponda, no permitiéndose aberturas que mezclen los distintos sistemas. Alimentación de 220 Vea. •

Cuando el pOliducto incorpore protecciones termo magnéticas dentro del mismo, (lo cual no es aconsejable), las mismas deberán estar a la vista, con protección adecuada para evitar contactos directos, ver AEA 91140 Y AEA 90364·7-771 cláusula 771.18, debiendo estar indicado claramente el circuito que comandan. La protección deberá tener asociado un sistema visual que indique cuando p.1 circuito está energizado.



La alimentación de 220 Vea de cada circuito deberá llegar hasta un juego de barras de distribución, desde donde se derivará hasta cada toma en forma radial.



Igual criterio se empleará para los conductores de protección, los cuales convergerán en forma radial hasta la barra de PATH, la cual sera el nodo equipotencial del poliducto, al cual se conectarán todas las masas, incluyendo todas las tapas del canal de 220 Vea.



Cada toma o grupo de tomas de grado médico de salas del grupo 2a y 2b (Alimentados desde el mismo circuito) deberá disponer de un indicador luminoso adecuado, el cual indicara en forma permanente el estado en que se encuentra la alimentación en dichos tomas. Las indicaciones por piloto luminoso deberan ser por LED's, con una vida útil prolongada (se recomiendan los LED's con circuitos de protección contra sobretensiones transitorias).



Las luminarias y equipos de iluminación instalados dentro de los poliductos en salas del grupo 2a y 2b deberan conectarse al sistema IT, estos pOliductos recibiran conductores de protección exclusivos del sistema PATH. Esto es debido a que las distancias entre paciente y poliducto se encuentra dentro de la zona de protección del paciente menor a 1,5 m.



En cada toma del poliducto y en cada puesto de trabajo, se deberá tener acceso a protección de tierra mediante bornes u otros sistemas que permita conectar el borne de conexión a tierra del equipo electromédico a la PATH del poliducto. Quedan terminantemente prohibidos las conexiones a la PATH mediante sistemas precarios o malos sustitutos como las llamadas "bananas·. Preferentemente se colocarán los llamados bornes Krafl, de acuerdo a la IRAM 4220 o lEC 60601.



El canal de gases medicinales deberá tener ventilaciones adecuadas, al solo efecto de evitar que por cualquier fuga se produzcan filtraciones hacia los otros canales.



Los transformadores de alimentación correspondientes al sistema de llamadas, alarmas, etc., deberan estar alojados en el canal correspondiente a 220 Vea, conjuntamente con un interruptor automático bipolar con protección en ambos polos de capacidad adecuada. para cada uno de los conductores de salida. Ver lEC 61558-2-6.

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No se deberán instalar dimmers dentro de los poliductos instalados en salas del grupo 2, ni tampoco lámparas de descarga gaseosa que utilicen balastos, quedando totalmente prohibidos los balastos electrónicos. En salas del grupo O y 1 se podrán utilizar dimmers y balastos electrónicos siempre que cumplan las normas de compatibilidad electromagnética lEC 61000·1·4.

Red de alimentación

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a varios Edificios desde un edificio Central, según 710.6.9.5

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Salidas: Suministro General de Energla Eléctrica

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Salidas: Suministro de Energía Eléctrica con ldS15s

Salidas: Suministro de Ener9ía Eléctrica con./lt> 15s

Fuente de Energía Eléctrica de Emergencia

la sala

Salida para los consumidores del Suministro General de Energla Eléctrica

SE (UPS)

Salida para los consumidores del Sistema IT. según los puntos 710.4.3.3.1 y

Salida para los consumidores del Suministro de Energja Eléctrica de Emergencia

710.4.3.3.2

1) Interruptor electromagnético para varios sistemas IT en paralelo 2) Con medidas de indicación diferenciales. ver párrafo 710.5.2.2.1

Salida para los consumidores ~éctricos

médtcoS de vital importancia. según los puntos 710.4.4.1.1 y

710.5.3.5.2

Fig. 710-G.E : Ejemplo para la alimentación de emergencia eléctrica en un Hospital.