Actividad 3 Enfermedades Laborales

ACTIVIDAD Nº3 ENFERMEDADES LABORALES Aura Cristina Andica Malpud ID: 466169 Octubre 2017. Corporación Universitaria M

Views 165 Downloads 10 File size 107KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

ACTIVIDAD Nº3 ENFERMEDADES LABORALES

Aura Cristina Andica Malpud ID: 466169

Octubre 2017.

Corporación Universitaria Minuto de Dios. Sede Inem. Santiago de Cali Medicina Preventiva

1. ¿Qué es enfermedad laboral? La enfermedad laboral en Colombia está definida en el artículo 4 de la ley 1562 de 2012. Por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de Salud Ocupacional donde enuncia: Enfermedad laboral. Es enfermedad laboral la contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar. El Gobierno Nacional, determinará, en forma periódica, las enfermedades que se consideran como laborales y en los casos en que una enfermedad no figure en la tabla de enfermedades laborales, pero se demuestre la relación de causalidad con los factores de riesgo ocupacional será reconocida como enfermedad laboral, conforme a lo establecido en las normas legales vigentes. El Decreto 1477 de 2014. Por el cual se expide la Tabla de Enfermedades Laborales, establece: Artículo 1°. Tabla de Enfermedades Laborales. Artículo 2°. De la relación de causalidad. Artículo 3°. Determinación de la causalidad. Artículo 4°. Prestaciones económicas y asistenciales. Artículo 5°. Vigencia y derogatorias.

2. Definiciones

2.1.Pérdida de capacidad laboral: Se entiende por capacidad laboral del individuo el conjunto de las habilidades, destrezas, aptitudes y/o potencialidades de orden físico, mental y social, que le permiten desempeñarse en un trabajo habitual. Entonces la pérdida de capacidad laboral seria lo contrario la perdida de las habilidades, destrezas, aptitudes etc.

2.2.Incapacidad permanente parcial: Es aquélla que, sin alcanzar el grado de total, ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33% en su rendimiento normal

para la profesión habitual, sin impedirle la realización de las tareas fundamentales de la misma.

2.3.Incapacidad temporal: Es la situación en la que se encuentra el trabajador que está temporalmente incapacitado para trabajar y precisa asistencia sanitaria de la Seguridad Social. Los trabajadores que se hallan en esta situación tendrán derecho a percibir un subsidio económico, cuya finalidad es paliar la ausencia de salarios derivada de la imposibilidad de trabajar. Durante la situación de incapacidad temporal se produce la suspensión de la relación laboral, por lo que cesan las obligaciones de trabajar y remunerar el trabajo. El tiempo que el trabajador esté en esta situación será computable a efectos de antigüedad, teniendo el trabajador derecho a reincorporarse a su puesto de trabajo en cuanto cese la misma.

2.4.Prorroga: una prórroga es una extensión de un determinado plazo. Esto quiere decir que, cuando se desea o se debe ampliar un periodo temporal ya determinado, se establece una prórroga. En el caso de una prórroga por incapacidad seria e entiende por prórroga de incapacidad la expedida con posterioridad a la inicial, por la misma enfermedad o lesión o por otra que tenga relación directa con aquella, aunque se trate de un código diferente, siempre y cuando entre una y otra no haya una interrupción mayor a 30 días calendario.

2.5.Invalidez: Es la disminución de la capacidad física para laborar. En Colombia se define como inválida a la persona que ha perdido el 50% o más de su capacidad laboral.

3. Decreto 1507/14 (Manual de calificación en que consiste) El Ministerio de Trabajo procedido a la aprobación mediante el que se adopta el manual único para la calificación de la pérdida de capacidades laborales y ocupaciones causadas por enfermedades o accidentes de trabajo. La aprobación de esta norma deroga al Decreto 917 de 1999.

El manual agiliza los procesos de evaluación y calificación de la condición de invalidez, parcial o total, de los ciudadanos afectados por situaciones que les limitan a la hora de desempeñar sus funciones laborales, así como de asegurar un análisis más objetivo a la hora de analizar cada caso individual y sus particularidades.

BIBLIOGRAFIA 

Ministerio de Salud y Protección Social. Riesgos Laborales. Enfermedad Laboral.



Decreto 1507 del 12 de Agosto de 2014. Manual Único para la Calificación de la Pérdida de la Capacidad Laboral y Ocupacional.



Prevencionar.com.co. Calificación de la pérdida de capacidad laboral