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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO ZULIA INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICIA DEL MUNICIPIO MARACAIBO CUERPO DE POLICIA DEL MUNICIPIO MARACAIBO

Acta policial.

Maracaibo, ------------------------------------------ En esta misma fecha, siendo las 03: 30 horas de la mañana, comparecieron por ante este despacho Policial los funcionarios OFICIAL HERNAN LABARCA Y EL OFICIAL KENNY PACHECO, de placas 045, 059, respectivamente, Venezolanos,

adscritos a la división de

patrullaje de POLIMARACAIBO, quienes estando debidamente juramentados y de conformidad con lo establecido en los artículos N° 113, 114, 115, 234 del Código Orgánico Procesal Penal, los artículos 14 numeral 1, y 15 del cuerpo de Policía de Investigación Científica, Penales y Criminalística y artículo 93 ordinal 4, dejan constancia de la siguiente diligencia policial. “Aproximadamente a las 12: 45 de la madrugada del día de hoy, realizábamos labores de patrullaje en la , cuando la central de comunicaciones del 171 nos informó que le fue notificado que en el SECTOR LA LIMPIA, ESPECÍFICAMENTE EN ESTACIONAMIENTO DE LA EMPRESA FERREMARCA , LA CUAL ESTÁ UBICADA DIAGONAL AL CENTRO COMERCIAL KAPITAL, hacía espera un ciudadano para informar que dos (2) hombres y una (1) mujer, se encontraban alrededor de uno de los cajeros automáticos del CENTRO COMERCIAL KAPITAL e intentaban sustraer dinero del mismo, encontrándose a escasos metros del lugar, pudo apreciar la vestimenta de los sospechosos, los cuales vestían para el momento franelas de color rojo, jeans y zapatos deportivos. Razón por la cual procedimos a desabordar la unidad policial, donde en conjunto les indicamos a viva y clara voz, que exhibieran cualquier arma, u objeto que tuvieran oculto en sus prendas, o que estuvieran

adheridas a su cuerpo, motivo por el cual dichos sospechosos se disponen a correr y luego abordan un vehículo modelo Prado, marca Toyota, color azul, de placas BAN36F, seguidamente nos dirigimos a la patrulla y tratamos de seguir el vehículo antes mencionado, luego solicitamos el apoyo de otros funcionarios policiales por radio. Durante la persecución, los sospechosos atropellaron a otro ciudadano, finalmente dos de ellos, los cuales se encontraban en los asientos traseros de vehículo antes descrito, lograron escapar corriendo de la escena del crimen, mientras que aprehendíamos a el tercero, el cual se encontraba en la parte delantera del vehículo, ya que era la persona que estaba conduciéndolo, procedimos a realizarle la inspección corporal basándonos en el artículo 191 del Código Orgánico Procesal Penal, encontrando un Teléfono Celular Color Azul con Gris, marca Samsung, objeto de interés criminalístico. Procedimos a leerle sus derechos, constitucionales de conformidad con los artículos 44, numeral 1 y 2 y 49, ordinal 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 127 del Código Orgánico Procesal Penal. El sospechoso fue trasladado a nuestra Sede Principal y quedo plenamente identificado como OSWALDY JOSE MORA PEREZ, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° 18.346.763, DE 26 AÑOS DE EDAD, FECHA DE NACIMIENTO:

18/09/1986,

OCUPACIÓN:

TAXISTA,

RESIDENCIADO

EN

SECTOR EL GOLFITO CON CALLE 8 DE JULIO, ENTRE CALLE PARAISO, CASA S/N. Acto seguido, se le realizó una llamada telefónica al Fiscal Cuadragésimo Tercero del Ministerio Público, para hacerle, de su conocimiento del procedimiento realizado, él mismo, manifestó que le realizáramos las actuaciones correspondientes y las remitiéramos el día de hoy en horas de la mañana, es todo, terminó, se leyó y conformes firman……………….