Acta de Primera Declaracion

ACTA DE AUDIENCIA DE PRIMERA DECLARACIÓN. PROCESO PENAL C – 160 – 2018 – OF. II. En el Departamento de Petén siendo las

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ACTA DE AUDIENCIA DE PRIMERA DECLARACIÓN. PROCESO PENAL C – 160 – 2018 – OF. II. En el Departamento de Petén siendo las dos horas con treinta minutos, del día veintitrés de marzo del año dos mil dieciocho, constituidos en el Juzgado de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente, del Municipio de San Benito, Departamento de Petén, ante el Infrascrito Juez, Abogado Ángel Gabriel Aguilar Marroquín, Oficial de Audiencias y Secretario que autoriza, nos encontramos presentes, para llevar a cabo la Audiencia de Primera Declaración del Imputado, por lo que se procede de la siguiente manera: PRIMERO: Se encuentran presentes: a) Por el Ministerio Público el Fiscal: Gamaliel de Jesús Esquivel González; b) El Sindicado: Melvin Isaí Erazo Ramírez y su Abogado Defensor el Licenciado Ubaldo Andrés Tahuico Pérez, quien señala como lugar para recibir notificaciones la décima calle guion veinte de la zona uno de San Benito, Petén, frente al Colegio

Sagrada

Familia,

tahuicopé[email protected],

al

el

CORREO

Teléfono:

ELECTRÓNICO:

5554-4543;

SEGUNDO:

Seguidamente el Infrascrito Juez amonesta al Sindicado para que en el curso de la presente diligencia se exprese solo con la verdad y así ofrece hacerlo, se le hace saber los Derechos Constitucionales que le asisten y se le invita a proporcionar sus datos de identificación personal; señala como lugar para recibir notificaciones con su Abogado Defensor; TERCERO: El Infrascrito Juez le confiere la palabra al representante del Ministerio Público para que intime los hechos al sindicado con todas las circunstancias de tiempo, modo y lugar y su calificación jurídica provisional. Manifestando que su conducta encuadra en el delito de PLAGIO O SECUESTRO. CUARTO: El Infrascrito Juez le pregunta al sindicado si desea declarar, a lo que

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manifiesta que no tiene nada que declarar. QUINTO: El Juez concede la palabra al Fiscal para que presente sus conclusiones, el representante del Ministerio Público considera que hay suficientes elementos de convicción por lo que solicita se ligue al proceso al sindicado: Melvin Isaí Erazo Ramírez por el delito de PLAGIO O SECUESTRO; así mismo se solicita se inhabilite de todos sus ejercicios de sus derechos de libertad. El Juez concede la palabra al Abogado Defensor quien manifiesta: que solicita se dicte falta de mérito. SEXTO: En virtud de lo manifestado por los sujetos procesales en la presente audiencia el Juzgado procede a resolver: I) Se dicte Auto de Procesamiento en contra del sindicado: MELVIN ISAÍ ERAZO RAMÍEREZ por el delito de PLAGIO O SECUESTRO, siendo el hecho por el cual se ligó a proceso, el mismo por el cual fue intimado en la audiencia por el representante del Ministerio Público, II) Se dicte auto de prisión preventiva en contra del sindicado, para lo cual deberá ser remitido al Centro Preventivo para Hombres y Mujeres de Santa Elena de la Cruz del Municipio de Flores, del Departamento de Petén. SÉPTIMO: El Auxiliar Fiscal se pronuncia sobre el plazo razonable para la investigación manifestando que solicita que se le dé un plazo de tres meses para presentar su Acto Conclusivo, a lo que el Abogado Defensor manifiesta no estar de acuerdo y solicita treinta días para que se realice la investigación, por lo que se señala fecha para el día VEINTITRES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS (plazo de dos meses), para la presentación del Acto Conclusivo y para la Audiencia de Etapa Intermedia para el día TRES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE HORAS ( once días después de haberse formulado el requerimiento del Acto Conclusivo). Con fundamento en

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los Principios de Oralidad, Inmediación, Celeridad y Economía Procesal, los sujetos procesales presente en esta audiencia quedan notificados de lo resuelto y citados para su comparecencia a la audiencia señalada. Se hace entrega de copia de audiencia en in Disco Compacto a los sujetos procesales, que así lo requieren. No habiendo más que hacer constar se finaliza la presente diligencia en el mismo lugar y fecha, cincuenta y ocho minutos después de su inicio, firmando esta acta únicamente el Infrascrito Juez, Oficial de Audiencia y Secretario que autoriza.

ANGEL GABRIEL AGUILAR MARROQUIN JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

MAYCON MAURICIO MAGALLON TESUCUN OFICIAL DE AUDIENCIA

FRANCISCO RONAEL IZAGUIRRE ORELLA

SECRETARIO

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