Acta de Audiencia de Pruebas y Alegatos

ACTA DE AUDIENCIA DE PRUEBAS Y ALEGATOS AUDIENCIA.- En la ciudad de Chilpancingo guerrero a 20 de enero del 2016 siendo

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ACTA DE AUDIENCIA DE PRUEBAS Y ALEGATOS AUDIENCIA.- En la ciudad de Chilpancingo guerrero a 20 de enero del 2016 siendo las ocho horas, señalado en los autos, para que tenga verificativo la audiencia de pruebas y alegatos, para tal efecto se hace constar la presencia de la C. TERESA CUENCA HELGUERA en su carácter de parte actora del presente asunto, asistida de su abogada patrono la Licenciada SANDRA SALAZAR SORIA, quienes se identifican con su credencial de elector 00012345 y cedula profesional 12345678, expedida por la secretaria de educación pública, dirección general de profesiones, la presencia de sus testigos ESTELA DURAN MAGAÑA Y JOSE LUIS FLORES DE LA CRUZ, quienes se identifican con la credencial para votar de folio 3333333 y 4444444. -------- la presencia de la parte demandada C. MANUEL CASTRO APARICIO quien se identifica con su credencial de elector expedida por el instituto federal electoral con folio 19999999, asistida de su abogado defensor JOSE JESUS PAYAN quien se identifica con su cedula profesional 3468495 expedida por la secretaria de educación publica . Con la asistencia anterior la juez de los autos, declara abierta la presente, asistida que es la secretaria de acuerdos que autoriza y da fe.-------------------------- en este acto que inicia con el desahogo de la prueba confesional con cargo a la parte demandada C. MANUEL CASTRO APARICIO por lo que protesta en términos de la ley para que se conduzca con la verdad en lo que va manifiestes advertido de las penas en que se incurren como ha quedado escrito, originario de Chilpancingo guerrero, ser de 48 años de edad, soltero. Seguidamente el juzgador del pliego de posiciones que presento la parte actora, califica de legales las siguientes posiciones: todas excepto, la tres, cuatro, cinco y seis por contener más de un hecho, la seis por estar repetida con la numero 1 y por imprecisa, de las calificadas de legales el absolvente contestó: 1.- que no, 2.- no .siendo todas las posiciones a formular. Seguido en desahogo de la prueba testimonial con cargo a ESTELA DURAN MAGAÑA quien por sus generales dijo llamarse como ha quedado escrito, sede Chilpancingo de los bravo, de estado civil soltera, con instrucción en preparatoria, originario de esta ciudad, dice tener interés en este asunto dado que es amiga de la parte actora, y quiere que se haga valido el reconocimiento de paternidad que se demanda en contra de MANUEL CASTRO APARICIO, argumentando que ella es testigo de la relación amorosa que sostuvieron MANUEL CASTRO APARICIO Y TERESA CUENCA HELGUERA, y el vínculo matrimonial que los une y en consecuencia de ese matrimonio el menor que no quiere reconocer el demandado. Seguidamente se le protesta para que se conduzca con la verdad en todo lo que va a manifestar apercibiendo de las penas que incurren los falsos declarantes, quien protesto no mentir, continuamente se le concede el uso de la palabra a la abogada patrono de la parte actora para que interrogue a la testigo y respecto a la primera pregunta manifestó: 1.- desde hace diez años 2.- amiga íntima de la parte actora 3.conoce al demandado 4.- fue testigo del nacimiento del menor JORGE CUENCA HELGUERA. Seguido en desahogo de la prueba Testimonial con cargo de JOSE LUIS FLORES DE LA CRUZ quien por sus generales dijo llamarse como ha quedado escrito, sede en Chilpancingo de los bravo, de estado civil soltero, con instrucción en licenciatura, originario de esta ciudad, que no tiene ningún interés en el presente asunto; que no es pariente de la litigante; que no es amigo ni enemigo de las partes, seguidamente se le protesta para que se conduzca con verdad en todo lo que va a manifestar apercibido de las penas en que incurren los falsos testimonios, quien protesto no mentir, continuamente se le concede el uso de la palabra a la abogada patrono de la parte actora para que interrogue al testigo y respecto a la primera pregunta dijo

que son conocidos de vista, a las 2.- que sabe del nacimiento de un bebe 3.desconoce quién sea el padre del menor 4.- no sabe. ENSEGUIDA SE DESAHOGA LA DOCUMENTAL PUBLICA: Consistente en copia certificada del acta de nacimiento del menor de nombre JORGE de apellidos hasta el momento de TERESA CUENCA HELGUERA. ENSEGUIDA SE DESAHOGA LA DOCUMENTAL PÚBLICA que consiste copia certificada del acta de matrimonio expedida por el registro civil de la ciudad de Chilpancingo que comprueba el vínculo matrimonial que existe entre el demandado C, MANUEL CASTRO APARICIO Y yo la C. TERESA CUENCA HELGUERA. ------------seguidamente se desahoga LA PRUEBA PERICIAL EN MATERIA DE GENÉTICA FORENSE PARA DETERMINAR LA RELACIÓN DE PARENTESCO MEDIANTE LA CARACTERIZACIÓN DE DIVERSAS REGIONES (MARCADORES GENÉTICOS) DEL ACIDO DESOXIRIBONUCLEICO (A.D.N).La cual consistirá en el análisis de muestras de células de descamación bucal (saliva) del menor Jorge de apellidos hasta el momento de TERESA CUENCA que está a cargo la C. Perito Químico Forense y Químico Farmacéutico Biológico ANA MARIA MORALES MAYORAL con Cédula Profesional Número 25846 con domicilio en Barranca del Muerto #3, Colonia Guadalupe BARRIO DE SAN FRANCISCO ., CP 39000, para que realice el análisis referido y demostrar la paternidad biológica del señor MANUEL CASTRO APARICIO respecto del menor JORGE CUENCA HELGUERA, referente al Análisis Molecular de A.D.N (Acido desoxirribonucleico) determinando conforme al procedimiento y técnicas correspondiente tendientes a realizar, cuál es el porcentaje de probabilidad con el que el demandado puede ser considerado legalmente como el padre biológico del niño. Ya ofrecida la prueba la C. Perito Químico Forense y Químico Farmacéutico Biológico ANA MARIA MORALES MAYORAL DIO su dictamen pericial que se anexara al final esperando resultados. -----------seguidamente se desahoga la presunción legal y humana y enseguida la instrumental de actuaciones las dos por su propia y especial naturaleza por no requerir desahogo especial.------------------------------------------------------------------------Siendo todas las pruebas que desahogar por la parte actora, procede la parte demandada. Para tal efecto se hace constar la presencia del C. MANUEL CASTRO APARICIO en su carácter de parte demandada del presente asunto, asistida de su abogado patrono el Licenciado JESUS JOSE PAYAN, quienes se identifican con su credencial de elector 00012345 y cedula profesional 12345678, expedida por la secretaria de educación pública, dirección general de profesiones, la presencia de sus testigos, JUANA JIMENEZ ROQUE Y LISBETH MARTINEZ MARCOS quienes se identifican con la credencial para votar de folio 3333333 y 4444444. Inicia el desahogo de la testimonial a cargo de C. Juana Jiménez roque quien por sus generales dijo llamarse como ha quedado escrito, sede Chilpancingo de los bravo, de estado civil soltera, con instrucción en preparatoria, originario de esta ciudad, dice tener interés en este asunto dado que es amigo de la parte demandada, y quiere que se invalido el reconocimiento de paternidad que se demanda en contra de MANUEL CASTRO APARICIO, argumentando que ella es testigo de que el demandado no ha tenido ninguna relación, pues él vive solo desde que lo conoce. Seguidamente se le protesta para que se conduzca con la verdad en todo lo que va a manifestar apercibiendo de las penas que incurren los falsos declarantes, quien protesto no mentir, continuamente se le concede el uso de la palabra a la abogada patrono de la parte demandada para que interrogue a la testigo y respecto a la primera pregunta manifestó: 1.- desde hace 15 años 2.- amiga íntima de la parte

demandada 3.- conoce al demandado 4.- no conoce a TERESA CUENCA HELGUERA 5.- es un señor tranquilo y trabajador que le gusta estar solo. Seguido en desahogo de la prueba Testimonial con cargo de Lisbeth Martínez Marcos quien por sus generales dijo llamarse como ha quedado escrito, sede en Chilpancingo de los bravo, de estado civil soltera, con instrucción en licenciatura, originario de esta ciudad, que no tiene ningún interés en el presente asunto; que no es pariente de la litigante; que es amiga del demandado seguidamente se le protesta para que se conduzca con verdad en todo lo que va a manifestar apercibido de las penas en que incurren los falsos testimonios, quien protesto no mentir, continuamente se le concede el uso de la palabra a la abogada patrono de la parte demandada para que interrogue al testigo y respecto a la primera pregunta dijo que son amigos de hace 5 años , a las 2.- que no tiene hijos la parte demandada 3.desconoce quién sea la C TERESA CUENCA HELGUERA 4.- no sabe.

Seguidamente se desahoga la presunción legal y humana y enseguida la instrumental de actuaciones que por problemas personales no se pudieron presentar y queda desertada la prueba. Y sin más pruebas que desahogar, se les hace del conocimiento a las partes que tienen 5 días para formular sus respectivos alegatos con fundamento en el artículo 344 del código procesal civil. Tomando en cuenta que son las tres trece horas con treinta minutos se da por terminada la presente audiencia. Firmando al alcance y margen los que en ella intervinieron------------------------------DOY FE.

LA C. JUEZ

LA C. SEGUNDA SECRETARIA

LIC JUDITH RODRIGUEZ GOMEZ

DE ACUERDOS LIC. ANA PAOLA SOLIS ANGEL