Acta de Audiencia Conclusiva

ACTA DE AUDIENCIA CONCLUSIVA La presente audiencia ha sido celebrada por el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal, Sr.

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ACTA DE AUDIENCIA CONCLUSIVA La presente audiencia ha sido celebrada por el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal, Sr. Alberto Gómez quien procedió a iniciar en fecha 22 de agosto de 2002 la audiencia conclusiva en el proceso por tráfico de drogas seguido contra Franz Salazar Colque. Participaron en esta audiencia: Fiscal: Dr. Juan Carlos Escobar, Fiscal de sustancias controladas Secretario: Dr. Fernando Cuentas Imputado: Franz Salazar Colque Abogado Defensor: Dr. Guillermo Ventura Verificada la presencia de las partes y de los testigos, el Juez declara instalada la audiencia. Se da lectura a la solicitud de aplicación del procedimiento abreviado presentada por el Fiscal. El Fiscal fundamenta su requerimiento. El Juez explica al imputado el hecho que se le imputa y le advierte que tiene el derecho de abstenerse de declarar y de oponerse a la solicitud del Fiscal. Preguntado acerca de sus generales de ley, el imputado declara: Me llamo Franz Salazar Colque, soy de nacionalidad boliviana, nací en el Departamento de La Paz provincia Murillo en fecha 27 de julio de mil novecientos cuarenta y cinco años, con Cédula de identidad: 123456 LP, estado civil casado, residencia actual Av. Belisario Salinas, No. 561, La Paz, mi domicilio procesal se halla en la calle Socabaya 2255, en La Paz. No. 45 oficina del abogado Guillermo Ventura. Preguntado si anteriormente fue perseguido penalmente, el imputado declara: Nunca antes me han perseguido. Es la primera vez que estoy en problemas con la justicia Advertencias del Juez El Juez expresamente advierte al imputado que la declaración debe ser voluntaria y explica las consecuencias del procedimiento abreviado enfatizando en la renuncia a un juicio oral público y contradictorio celebrado con presencia de jueces ciudadanos. El imputado manifiesta que está dispuesto a declarar y que voluntariamente desea someterse a este procedimiento. Preguntado acerca de los hechos, el imputado declara: En fecha 3 de agosto de 2002, aproximadamente entre las 12:30 en el Aeropuerto Internacional de El Alto en la zona de Migración, me aprehendió un oficial de la

Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico cuando me encontraba transportando sustancias controladas cuando llegaba en el vuelo No. 911 de la Línea Aérea Lan Chile que provenía de Iquique, Chile. Por necesidad y porque no existen fuentes de trabajo acepté transportar cocaína por la suma de mil dólares. La persona que me contrató me entregó quinientos dólares como adelanto y me indicó que no iba a tener ningún problema con la justicia porque generalmente en los aeropuertos por la gran cantidad de personas que viajan las autoridades no revisan las pertenencias de los viajeros. Por esta razón acepté trasladar cocaína en mis maletas así como en mis brazos envueltos en tela en forma de rollos y en las dos plantillas de mis zapatos. Quiero manifestar que me presté a estos actos solo por necesidad porque no tengo trabajo y solo a fin de mantener a mi familia Interrogado por el Fiscal, el imputado declara: La persona que me vendió la droga es el señor Pedro F., que vive en Iquique Interrogado por el abogado defensor, el imputado declara: Cuando recibí el dinero solo me interesaba que mi familia tenga dinero suficiente. Yo no quería tener problemas con la justicia. Yo trabajaba en Iquique pero no tenía dinero para volver a Bolivia, por eso me indicaron que si trabajaba con el sr. F. tendría las posibilidades de volver a ver a mi familia. Interrogado por el abogado defensor, el imputado declara: Yo ganaba alrededor de trescientos dólares y mandaba a mi familia doscientos para que puedan sobrevivir. Presenta el Fiscal el acta de requisa personal, el acta de pesaje de droga, Acta de incineración y el informe preliminar de la Policía La defensa no presenta ninguna objeción a la prueba presentada. Respecto a la solicitud del Fiscal de producir prueba pericial y testifical, el Juez resuelve que no es necesaria por ser superabundante. Conclusiones del Fiscal: Como se advierte señor Juez existen suficientes elementos que fundamentan la existencia del hecho. Otra muestra clara ha sido la confesión del imputado, que independientemente de las razones que motivaron la realización del hecho, el cometió el delito de tráfico de drogas al tratar de introducir cocaína a nuestro país. En consideración al hecho se solicita la aplicación de las penas mínimas de privación de libertad y de multa tomando en cuenta el hecho. Conclusiones del abogado defensor: Si bien la defensa acepta los extremos señalados por la Fiscalía queremos hacer hincapié que voluntariamente mi defendido ha prestado su colaboración con la justicia al aceptar el hecho.

Confesó su participación el hecho por el cual se le acusa, hecho en el que tuvo que participar porque no contaba con los medios necesarios para mantener a su familia. Señor Juez también queremos enfatizar que si bien presentamos una petición al Fiscal para que coadyuve con nosotros en solicitar la aplicación del procedimiento abreviado, queremos manifestar que al aceptar y presentarla se puede considerar que este es una aceptación tácita. En virtud a ese acuerdo solicitamos a usted imponga las penas mínimas de privación de libertad y de un día multa a mi defendido, por no contar con las condiciones económicas necesarias para responder a las obligaciones pecuniarias. El Juez declara procedente la aplicación del procedimiento abreviado. Se da lectura a la sentencia. Firma del Juez