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Pasos a Seguir para hacer una declaratoria de herederos Ab-Intestato con Notario La declaración de herederos. Se trata

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Pasos a Seguir para hacer una declaratoria de herederos Ab-Intestato con Notario

La declaración de herederos. Se trata de un proceso que se hace imprescindible para que se produzca la sucesión en caso de que no haya testamento de por medio. Es decir, es el único modo de recibir los bienes de la herencia cuando el fallecido no ha designado el mismo a sus herederos. Recordemos que: Sucesiones: El Notario puede tramitar y resolver sucesiones por causa de muerte que le sean sometidas a su conocimiento, sin perjuicio de concederse a otros herederos de igual o mejor derecho. Cuando se elija la competencia notarial, el Notario deviene obligado a comunicarlo al Juzgado Competente de su domicilio. Cómo podemos solicitar la apertura de este proceso de declaración de herederos. Lo que hace falta, en primer lugar, es un interés legítimo para ello. Este interés legítimo lo estimará en cada caso el notario. En caso de que vaya por vía judicial, el juez de turno. No obstante, se entiende que tendrán siempre intereses legítimos aquellos a los que les una un vínculo sanguíneo o afectivo más próximo

# 1 Probar ante notario la existencia de este interés legítimo Es decir, aportar nuestros documentos de identidad. También aquellos otros que fueran necesarios para probar la relación sanguínea, matrimonial o afectiva que existiera entre nosotros y el fallecido. Puede ser necesario aportar el libro de familia o el certificado de nacimiento. E incluso, en su caso, la declaración de paternidad o maternidad pertinentes. Además, será necesaria siempre la presencia de dos testigos que declaren su conformidad con los hechos que allí se acreditan.

#2 Presentar la Identificación y el Acta de Defunción del Fallecido. Consiste, básicamente, en identificar quién era el fallecido y en qué momento se produjo la muerte del mismo. En primer lugar, tendremos que proporcionar los datos siguientes: lugar de nacimiento, lugar de residencia, nombre completo, RNI y estado civil al momento del fallecimiento. Todos estos documentos son relevantes a la hora de determinar la ley aplicable por la que se regirá después toda la sucesión. El siguiente paso será aportar el certificado de defunción del causante. Sin dicho certificado oficial, no se puede tramitar ninguna herencia ni declaración de herederos. Por tanto, es de vital importancia obtenerlo. Este documento se solicita en el Registro Nacional de las Personas correspondiente al lugar de fallecimiento del causante.

#3 El Certificado de últimas Voluntades. En este caso, lo que se persigue es encontrar la prueba que permita determinar la inexistencia de un testamento previo al fallecimiento del causante. Si existiera tal documento habría que atenerse a lo dispuesto en el mismo. No correspondería, en este

caso, la apertura de una sucesión ab intestato. Ni tampoco su correspondiente declaración de herederos. ¿Cuándo puede pedirse este certificado? Únicamente, pasado el plazo de 15 días a contar desde el fallecimiento del causante. Junto a él, te recomendamos que pidas también el certificado de contratos de seguros. ¿Por qué? Por si acaso hubiera que cobrar alguna cantidad referente al seguro de vida que tuviera el causante. #4 Acta notarial e inventario de bienes y deudas. El proceso de la declaración de herederos queda abierto; a la espera que el notario determine quiénes heredarán y en qué proporción, con arreglo a lo dispuesto en la ley correspondiente. Dicha declaración será finalmente fijada en un acta notarial que se hará llegar a todos los interesados o llamados a suceder. Pero aquí no acaba la cosa. Después habrá que hacer un inventario para acreditar los bienes que existían en el haber del fallecido. Así se verá en qué modo serán repartidos estos entre los distintos herederos llamados a suceder. En este inventario, lo más importante será realizar una búsqueda exhaustiva de los bienes inmuebles a nombre del fallecido en todos los registros de la propiedad. Allí es donde sabremos, a ciencia cierta, cuántas propiedades están a su nombre. Seguida de esta comprobación, habrá que acudir a las cuentas bancarias a su nombre, para lo cual viene siendo la mar de útil la relación de las mismas que aparezca en la nómina del fallecido. Por último, habrá que atender a los vehículos a su nombre, así como a enseres personales como son las joyas o mobiliario de su domicilio. #5 La partición de la herencia y la toma de posesión de los bienes. Pero ello excede ya del trámite estricto de la declaración de herederos.

Pasos a Seguir para hacer una declaratoria de herederos Ab-intestato En los Juzgados de Letras de lo civil del último domicilio del Causante

Papeles que necesitara para declararse Heredero AB-INTESTATO

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Certificación de Acta de Nacimiento original del heredero o herederos Solicitantes Fotocopias de las tarjetas de identidad de los herederos solicitantes Certificación de Acta de Defunción original del difunto Certificación de Acta de nacimiento original del difunto Constancia de vecindad emitida por la Alcaldia Municipal Recibo Original Público .

Procedimiento a seguir:  Se deberá hacer una solicitud de declaratoria de heredero ab-intestato ante los Juzgados de Letras Civil de su localidad junto con todos los papeles mencionados.  En caso de contener errores las partidas, deberá presentar 2 testigos con sus respectivas identidades para que aclaren los hechos.  Todos los procesos de herencias ahora son supervisados y revisados por el Ministerio Público quien es el que da el visto bueno para que se declaren herederos.  Una vez obtenida la sentencia favorable, deberá hacer un aviso de publicación en el periódico y presentarlo ante los juzgados en los siguientes 15 días hábiles.  Una vez que pasen los 15 días deberá presentar el aviso ante los juzgados y quedará la sentencia firme.  Se deberá solicitar una Certificación de Sentencia que será el comprobante ante los autoridades o bancos de que es el heredero de los bienes del difunto.  Si el difunto dejo bienes inmuebles, deberá llevar la certificación de la sentencia ante el Instituto de la Propiedad para que sea inscrita y después solicitar que se traslade su dominio a nombre de los herederos.  En caso de no ponerse de acuerdo con la partición de los bienes entre los herederos, deberá solicitarse un nuevo procedimiento judicial para que las autoridades tomen las decisiones correspondientes.