Trabajo Final de Criminalistica

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS ESCUELA DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE DERECHO CRIMINALISTICA (DE: 352) DOCENTE

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FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS ESCUELA DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE DERECHO

CRIMINALISTICA (DE: 352) DOCENTE

: ANAYA CARDENAS, Javier : CASO MYRIAM FEFER

TEMA INTEGRANTES     

MARIN OREN, Cesar Augusto. MEDINA AURES, Huber Visel. PALOMINO HUANCARE Ricardo Milthon. OROSCO HUAMAN, Eder. REMON MENDOZA, Jean Manuel.

AYACUCHO-PERU Caso Myrian FeferPágina 1

2014

CASO: MIRIAN FEFER

Contenido 1. NARRACION DE LOS HECHOS Y CALIFICACION JURIDICO PENAL....4 1.1.

RELATO DE LOS HECHOS...................................................................4

1.1.1. Ubicación del domicilio y descripción de la casa.............¡Error! Marcador no definido. 1.1.2. 1.2.

Identificación de los acusados..........................................................8

CALIFICACION JURIDICO PENAL.......................................................8

1.2.1.

Descripción Típica para Eva Bracamonte Fefer..........................9

1.2.6.

Pena................................................................................................11

2. DILIGENCIAS CRIMINALISTICAS PRACTICADAS.................................12 2.1.

Declaraciones tomadas......................................................................12

2.2.

Pericias realizadas:.............................................................................14

2.2.1.

Necropsia:.........................................................................................14

2.2.2.

Psicología Forense..........................................................................15

2.2.3.

Física- Química Forense:................................................................18

a) Física forense:.....................................................................................18 b) Química forense:.................................................................................18 c) Contabilidad Forense..........................................................................22 d) Inspección Criminalística...................................................................23 e) Biología Forense.................................................................................26 f)

Examen Toxicológico..........................................................................28

g) Balística Forense.................................................................................28 h) Ingeniería Forense..............................................................................30 i)

Dactiloscopia.......................................................................................30

j)

Medicina Forense................................................................................32

a) Inspección Ocular...............................................................................33 b) protección del lugar del Crimen........................................................33 c) Fijación probatoria..............................................................................33 Caso Myrian FeferPágina 2

d) Informe médico−legal y labores policiales.......................................34 e) Exámenes de Laboratorio..................................................................35 f)

Investigación Preliminar:....................................................................35

3. IDENTIFICACION DE DILIGENCIAS CRIMINALISTICAS NO REALIZADAS.....................................................................................................37 3.1.

Proceso Criminalística...........................................................................42

3.2.

Suministro de indicios al laboratorio.....................................................43

4. CONCLUSIONES........................................................................................44 4.1.

ESCENA DEL DELITO:........................................................................44

4.2.

LABORATORIO:...................................................................................44

4.3.

IDENTIFICACION:................................................................................45

5. BIBLIOGRAFIA...........................................................................................48 6. ANEXOS........................................................¡Error! Marcador no definido.

Caso Myrian FeferPágina 3

CASO: MIRYAN FEFER 1. NARRACION DE LOS HECHOS Y CALIFICACION JURIDICO PENAL. 1.1. RELATO DE LOS HECHOS. El domicilio donde sucedieron los hechos está ubicado en Calle Paúl Harris número

doscientos diecinueve (Nº219) del distrito de San

Isidro, por el lado izquierdo el inmueble está junto a un Vivero Municipal donde siempre hay un encargado de cuidarlo; por el otro lado, está la calle Paul Harris que es una avenida de 2 carriles en un solo sentido, por la parte posterior tiene un Parque privado que da a una serie de casas, pero es un Parque cerrado y por el otro lado tiene vecinos a otra casa; la casa cuenta con dos pisos, su hija Eva Bracamonte Fefer dormían en el segundo piso y en una zona mucho más cerca a la parte que colinda con la calle Paul Harris y su madre dormía en la primera habitación, mucho más cerca al Parque privado que está en la parte posterior de la casa; el inmueble tiene tres puertas de ingreso, una conduce a la cochera, otra conduce al lobby principal de la casa y está cerca de la escalera que conduce al segundo piso y una parte posterior que es la puerta que da hacia el Caso Myrian FeferPágina 4

Parque privado o si se ve desde afuera, da al jardín de la casa misma; el Parque privado no está al mismo nivel del jardín de la casa, está a un nivel más bajo; hay un muro que divide el jardín de la casa con el Parque Privado, al otro lado está el Vivero; al otro lado del muro la altura del jardín es un poco más baja por lo tanto, es mucho más difícil escalar el mismo muro que se escaló para poder entrar a la casa y no hay ningún tipo de reja ni ningún tipo de herramienta que uno pueda utilizar para escalar esa pared; es imposible escalar un muro desde dentro; tenemos el jardín que colinda con el Parque privado y luego una construcción en “L” que consiste en el infraestructura de la casa que es la parte construida que tiene todo un perímetro de vidrios pero también de rejas aseguradas con candados. Según los alegatos de la policía La madrugada del día quince de agosto del año dos mil seis, la agraviada SILVIA MYRIAM FEFER SALLERES fue hallada en el interior de su domicilio ubicado en Calle Paúl Harris número doscientos diecinueve (Nº219) del distrito de San Isidro, tendida en el piso, al costado de su cama dentro de un charco de sangre por su servidor SIMEÓN ERASMO HUARCAYA CANCHO quien ingresó a la habitación llevándole los diarios del día, ante lo cual alertó a sus hijos (EVA y

ARIEL

BRACAMONTE

FEFER),

quienes

se

encontraban en el interior del inmueble, en sus respectivos dormitorios,

pretendiendo

darle

los

primeros

auxilios;

posteriormente con la concurrencia de los paramédicos y médicos se llegó a determinar que la agraviada había fallecido por asfixia mecánica, por estrangulamiento con un elemento constrictor en el cuello, lo que se verifica con el Protocolo de Necropsia; precisando que el autor del hecho ingresó al domicilio, se desplazó por el interior, ingresó a la habitación de la agraviada y sorprendió a la agraviada, quien opuso tenaz resistencia, siendo agredida físicamente con innumerables Caso Myrian FeferPágina 5

golpes para doblegar su resistencia, terminando con la uña acrílica rota, en la que se encontró muestras de sangre que sometido a examen ha llegado a determinarse corresponden al ACUSADOTRUJILLO OSPINA, quien fue el que en horas de la noche ingresó al inmueble, dirigiéndose específicamente a la habitación de la agraviada donde le dio muerte para posteriormente salir del inmueble; que el accionar de dicho acusado fue facilitado por un miembro de la familia puesto que conocía el movimiento de la casa, las medidas de seguridad, así como los horarios en que los ocupantes del inmueble se retiraban a descansar; que TRUJILLO OSPINA fue contratado por la acusada EVA LORENA BRACAMONTE FEFER en contubernio

con

la

acusada

LILIANA

CASTRO

MANNARELLI, quienes habrían acordado asesinar a la agraviada para apropiarse de su dinero, además de la herencia que recibiría de su abuelo ENRIQUE FEFER ROTSTEIN, quien en su testamento incluyó a la acusada EVA LORENA BRACAMONTE FEFER como heredera del tercio de libre disposición, pero que en realidad estaba destinado a su hija SILVIA MYRIAM FEFER SALLERES, por lo que al haberse acordado realizar la división y partición de la herencia, la agraviada hizo que su hija, la acusada EVA LORENA BRACAMONTE FEFER regrese de Israel en junio del año dos mil seis, a quien le indicó que una vez que se proceda a la División y Partición de todos los bienes de la herencia de su abuelo ENRIQUE FEFER ROTSTEIN y se produzca la ESCISIÓN

DE LA EMPRESA SIDERAL, ella

tendría que entregarle la totalidad de los bienes heredados de su abuelo para que a su vez pueda realizar su testamento y dividir dichos bienes en partes iguales entre la procesada y su hermano ARIEL BRACAMONTE FEFER, siendo el caso que la acusada Eva Lorena no quería compartir su patrimonio, por lo que con la acusada LILIANA CASTRO MANNARELLI decidieron asesinarla contratando los servicios del acusado Caso Myrian FeferPágina 6

TRUJILLO OSPINA, quien en su condición de ciudadano Colombiano ingresó al país con dicha finalidad.

1.1.1.1.

según los alegatos de la defensa de Trujillo

Ospina El abogado defensor del acusado HUGO ARMANDO O ALEJANDRO

TRUJILLO

OSPINA,

doctor

MÁXIMO

ALFONSO ALTEZ NAVARROHA ha señalado que su patrocinado ACEPTA SER EL AUTOR DEL HOMICIDIO de MIRIAM FEFER SALLERES; pero no reconoce haberlo hecho por encargo, con ánimo de lucro, ni ser un sicario internacional; que la acusación fiscal se basa en artículos periodísticos, tanto nacionales como internacionales y en la información proporcionada por la llamada “GLORIA VANEGAS”; habiéndose acreditado que la verdadera SUEGRA de Trujillo Ospina, es ALBA CECILIA ROJAS PUERTAS; que ”Gloria Vanegas” llamó en junio del dos mil ocho, pero recién en enero del dos mil nueve le dijo al policía REYNALDO CHOQUE que la había asesinado por encargo de la hija; que en el expediente De Salta – Argentina, aceptó que le pertenecía el correo electrónico “demonio residente” aconsejado por su abogado, por cuestiones de estrategia, con la finalidad de obtener una sentencia, pero que fue torturado y confinado dos meses para que admitiera hechos que no son ciertos; de otro lado, señaló que en la diligencia de reconstrucción no se colocó en el baño, frascos y botellas, para que pudiera demostrar como salió; que si bien toda su vida ha estado viviendo al margen de la ley, no tiene antecedente por Delito De Homicidio Calificado.

Caso Myrian FeferPágina 7

1.1.2. Identificación de los acusados 

EVA LORENA BRACAMONTE FEFER, identificada con Documento Nacional de Identidad número 70006890, natural del departamento de Lima, Provincia de Lima y Distrito de San Borja, con fecha de nacimiento: dieciocho de diciembre de mil novecientos ochenta y siete, estado civil: soltera, con grado de instrucción: superior incompleta, hija de don Marco Antonio y doña Silvia Myriam; sin antecedentes penales ni judiciales.



LILIANA CASTRO MANARELLI, identificada con Documento Nacional

de

Identidad

número

43113146,

natural

del

departamento de Lima, Provincia de Lima y Distrito de San Borja, con fecha de nacimiento: diecisiete de julio de mil novecientos ochenta y cinco, estado civil: soltera, con grado de instrucción: Superior incompleta; hija de don Flavio Augusto Martín y doña Tatiana Enma Liliana Martina; sin antecedentes penales ni judiciales. 

ALEJANDRO TRUJILLO OSPINA o HUGO ARMANDO TRUJILLO OSPINA, titular de la cédula de ciudadanía colombiana número 10002214, natural de Manizales- CaldasColombia, con fecha de nacimiento: diez de octubre de mil novecientos setenta y cinco, estado civil: soltero; hijo de don Henry y doña Martha, domiciliado en la ciudad de MedellínAntiojía-República de Colombia; quien registra condena impuesta en la República de Colombia y República de Argentina.

1.2.

CALIFICACION JURIDICO PENAL.

Según el Código Penal, el delito se encuentra tipificado en: Título I Caso Myrian FeferPágina 8

Delitos contra la vida, el cuerpo y la salud 1.2.1. Descripción Típica para Eva Bracamonte Fefer Artículo 107.- Parricidio “El que, a sabiendas, mata a su ascendiente, descendiente, natural o adoptivo, o a su cónyuge o concubino, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de quince años”. Artículo 108.- Homicidio Calificado – Asesinato “Será reprimido con pena privativa de libertad no menor de quince años el que mate a otro concurriendo cualquiera de las circunstancias siguientes: 1. Por ferocidad, por lucro o por placer; 2. Para facilitar u ocultar otro delito; 3. Con gran crueldad o alevosía; 4. Por fuego, explosión, veneno o por cualquier otro medio capaz de poner en peligro la vida o salud de otras personas; 5. Si la víctima es miembro de la Policía Nacional del Perú o de las Fuerzas Armadas, Magistrado del Poder Judicial o del Ministerio Público, en el cumplimiento de sus funciones." 1.2.2. Bien jurídico protegido En ambos casos el bien jurídico protegido es la vida humana independiente. 1.2.3. Tipicidad objetiva 1.2.3.1. Sujeto activo En el primer caso, es el homicidio de autor, porque la determinación de quien puede ser sujeto activo en este delito viene ya precisada por el propio texto legal. Es decir se exige una determinada cualidad personal en el sujeto activo, que lo vincula al sujeto pasivo del delito 1. 1 BRAMONT-ARIAS, Luis Alberto. Derecho Penal, Parte Especial. 2da Edición. Ed. San Marcos. Perú, 1996, Pág., 46. Caso Myrian FeferPágina 9

EVA LORENA BRACAMONTE FEFER como AUTORA de delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud – Parricidio, en agravio de Silvia Myriam Fefer Salleres. En el segundo caso sujeto activo y sujeto pasivo pueden ser cualquier persona. ALEJANDRO TRUJILLO OSPINA o HUGO ARMANDO TRUJILLO OSPINA como AUTOR de delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud – Homicidio Calificado por lucro, en agravio de Silvia Myriam Fefer Salleres. Al

respecto

Villa

Stein

dice

“…es

una

forma

predeterminada de homicidio por la que el autor malévola y distanciadamente confía a otro el encargo de matar 2…” Bramont-Arias dice “…una persona mata a otra a cambio de alguna compensación económica, que, generalmente proviene de otro sujeto3”

2 VILLA STEIN, Javier. Derecho Penal, Parte Especial. 2da Edición. Ed. San Marcos. Perú, 2004. Pág., 79 3 BRAMONT-ARIAS, Luis Alberto. Derecho Penal, Parte Especial. 2da Edición. Ed. San Marcos. Perú, 1996, Pág., 56. Caso Myrian FeferPágina 10

1.2.3.2.

Sujeto pasivo

Silvia Myriam Fefer Salleres. 1.2.4. Tipicidad subjetiva El parricidio requiere necesariamente de dolo, sea este directo o de consecuencias necesarias. Pero el dolo no solo requiere el conocimiento y voluntad de matar a otro, sino que debe incluir el conocimiento de que la persona objeto de comportamiento es alguna de las que se encuentra indicada en el art. 107 CP4. En el segundo caso se requiere necesariamente de dolo. 1.2.5. Consumación y tentativa El delito se consumó provocando la muerte de Silvia Myriam Fefer Salleres. 1.2.6. Pena Para el primer caso se establece una pena privativa de libertad no menor de quince años. Una regla general del derecho penal es que cuando el precepto no indica expresamente el máximo legal de la pena para ese delito, se aplica el máximo de la pena5. En este caso se aplicó a EVA LORENA BRACAMONTE FEFER, TREINTA AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD.

4 BRAMONT-ARIAS, Luis Alberto. Derecho Penal, Parte Especial. 2da Edición. Ed. San Marcos. Perú, 1996, Pág., 47. 5 BRAMONT-ARIAS, Luis Alberto. Derecho Penal, Parte Especial. 2da Edición. Ed. San Marcos. Perú, 1996. Pág. 50. Caso Myrian FeferPágina 11

Para el segundo caso se establece pena privativa de libertad no menor de quince años, igual que en el delito de parricidio. Se le aplico la pena a ALEJANDRO TRUJILLO OSPINA o HUGO ARMANDO TRUJILLO OSPINA, TREINTA Y CINCO AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD.

2. DILIGENCIAS CRIMINALISTICAS PRACTICADAS. 2.1. Declaraciones tomadas Declaraciones de los tres acusados en el delito cometido contra la Señora Myriam Fefer Salleres. 

El acusado ALEJANDRO TRUJILLO OSPINA, en Juicio Oral manifestó su decisión de guardar silencio ante cada una de las preguntas que se le formuló.



La acusada LILIANA CASTRO MANNARELLI.



La acusada EVA LORENA BRACAMONTE FEFER.

Con las manifestaciones que rindieron cada uno de los acusados se puede lograr tener conocimiento de los hechos ocurridos, logrando captar así puntos de concordancia o discrepancia entre dichas declaraciones. Y las testimoniales de cada uno de los allegados y conocidos a la familia Fefer: 

Testimonial de ARIEL RODRIGO BRACAMONTE FEFERE (Hermano de la acusada por Parricidio Eva Lorena Bracamonte Fefer): Manifestación con la cual se llega a tener conocimiento desde cuándo es que Liliana Manarelli entra en el ámbito amical de los hermanos Fefer, como fue según él la relación entre su hermana y su madre, como fue la relación de éste con su madre y su hermana.

Caso Myrian FeferPágina 12



Testimonial de LUCIA DEL CARMEN MENDOZA ILLESCAS (Empleada doméstica de la familia Fefer) Manifestación con la cual se puede saber cómo fue la relación que existía entre la señora Myriam Fefer y sus dos hijos, cuáles fueron los conflictos que la familia tenía cuando estaban en la casa.



Testimonial de PINKAS JOSE FLINT BLANCK (Abogado a cargo de la escisión de la empresa SIDERAL) Manifestación con la cual se podía llegar a conocer sobre el testamento dejado por el padre de la señora Myriam Fefer, Enrique Fefer, a favor de sus hijos, además a su nieta Eva Bracamonte Fefer.



Testimonial

de

JOSÉ

MIGUEL

SISNIEGAS

GOMEZ

(Trabajador de la empresa Nextel) El cual hizo entrega de los informes de llamadas entrantes y salientes de los distintos números de los implicados en el delito, tanto de la agraviada. 

Testimonial

de

REINALDO

EDMUNDO

CHOQUE

FERREYRA (Comisario y está a cargo del Penal de Salta de la República de Argentina) Manifestación con la cual se llegó a conocer que durante el tiempo que el señor trabajaba en la “División de Seguridad Personal” lo había llamado una persona que no era Argentina, manifestando que era de Colombia para dar información en relación de Trujillo Ospina, diciendo que era su suegra. 

Testimonial de SIMEON ERASMO HUARCAYA CANCHO (Trabajador del hogar de la familia Fefer) Manifestación con la cual se llega a sostener que él era el encargado de la seguridad de toda la casa, manifestando por lo tanto que él había cerrado todas las puertas de la casa, además se sabe que fue éste quien encontró a la señora Myriam Fefer tendida en el suelo de su casa.

Caso Myrian FeferPágina 13

2.2.

Pericias realizadas:6

2.2.1. Necropsia: Es un procedimiento científico por el cual se estudia un cadáver animal o humano para tratar de identificar la posible causa de la muerte. Se diferencia de la necrocirugía (antiguamente

llamada

autopsia)

porque

en

este

procedimiento no se toca ningún órgano interior ni se disecciona el cadáver. Protocolo de Necropsia Nº 2717-2006, por parte de la perito GLADYS JESUS SAMAME VALLEJOS DE CARRASCO, quien expresó que la agraviada presentaba lesiones en diferentes partes del cuerpo, las que le ocasionaron la muerte fueron a nivel de cuello, el estrangulamiento, además que tenía lesiones en la cara, pierna derecha y otras de menos importancia en manos y pecho. 

Con la Necropsia se puedo identificar que: Se evidencia que la agraviada luchó, defendiéndose.



Se pudo lograr saber cuál fue el objeto contundente con el cual se produjo la muerte de la agraviada, conociéndose así que el estrangulamiento se produjo con una cuerda o un cable el que se produjo al finalizar, porque las lesiones previa que tiene, son ocasionadas como para disminuir un poco su defensa.



Se pudo saber cuántas horas de fallecida tiene el cuerpo, señalando una data de muerte de catorce a dieciséis horas, es decir, el deceso se ocasionó u ocurrió entre las veintitrés horas del mismo día o entre la una o dos horas del nuevo día.

2.2.2. Psicología Forense 6CEJASMAZZOTTA,

Guillermo. Diccionario criminalistico. http://www.mundodescargas.com/apuntestrabajos/derecho/decargar_criminalistica.p df.7.(1998). 12-06-2013. 7:26 PM.

Caso Myrian FeferPágina 14

Especialidad de la Psicología que se encarga del estudio de salud mental de una persona y su relación con el delito. 7 Es una de las ciencias que se aplica al comportamiento humano, que se encuentra en el marco de la anormalidad psíquica de los implicados en un proceso investigativo Judicial, ya que además de indicar los rasgos de la personalidad, para su investigación se utiliza los métodos de la entrevista, observación, examen mental y los test psicológicos. Permite descartar estados de simulación y en casos especiales

con

la

investigación

se

establece

perfiles

psicológicos o lo que se llama "la psicología Criminal". Es evidente que esta última disciplina, poco o nada se ha utilizado, y sólo en casos excepcionales. Pericia Psicológica Nº 030934-2010- PSC practicada al acusado Trujillo Ospina, Protocolo de Pericia Psicológica Nº 066896-2009-PSC, practicada a la acusada Liliana Castro Mannarelli, y Pericia Psicológica Nº 066895-2009-PSC, practicada a la acusada Eva Lorena Bracamonte Fefer; por el Perito Psicólogo – Elmer Amado Salas Asencios:  Respecto a la Pericia Psicológica de Trujillo Ospina: Éste presenta, una personalidad con un patrón disocial, que es un tipo de personalidad que, como patrón característico infringe o quiebra frecuentemente las normas

de

convivencia

que

son

socialmente

compartidas; el acusado es una persona que no tiene capacidad para poder sentir culpa; el evaluado no controla sus impulsos, lo que está descrito como una conducta hostil y como no tiene sentimientos de culpa,

7 ATUNCAR SUENG, Rosario. Perito Psicóloga Forense. Oficina de Criminalística. DIRINCRI- PNP.http://www.slideshare.net/chakram/psicologia-forense-7869161. 1106-2013. 4:30 PM.

Caso Myrian FeferPágina 15

existe hasta una sensación de disfrute por sus acciones. Conclusiones: Gracias a las pericias psicológicas tomadas al señor Trujillo Espina se puede llegar a saber si éste es capaz o no de actuar en la manera que lo hizo al momento de cometer el crimen, siendo evidente que si, ya que según el perfil psicológico del señor Trujillo Espina manifiesta una actitud fría, sin sentimiento de culpa, que además puede con facilidad infringir normas sociales; por lo que, aparte que existen evidencias de que él fue quien asesino a la señora Miriam Fefer, también sería un apoyo a éstas pruebas psicológicas hechas al asesino.  Respecto a la Pericia Psicológica practicada a la acusada Liliana Castro Mannarelli: Permanentemente busca dar una buena imagen de sí misma, lo que resalta de esta persona es su personalidad con rasgos egocéntricos, presentaba mucho auto control, la persona no se muestra con autenticidad, entonces no hay relación entre lo que está expresando. Su control interno es bastante débil, ante a una circunstancia determinada cuando las cosas no se hacen como ella quisiera o piensa, se frustra y puede perder el control interno; como su control es débil y egocéntrico, esa energía puede llevarla a establecer relaciones de manipulación hacia su entorno próximo. Conclusiones: Con la pericia psicológica realizada a Liliana Castro Manarelli, se puede llegar a conocer que la mencionada pudo haber manipulado a Eva Bracamonte con la finalidad de que ésta asesine a su madre contratando a un sicario, y así lograr obtener beneficios económicos de Eva. Caso Myrian FeferPágina 16

 Respecto a la pericia practicada a la acusada Eva Lorena Bracamonte Fefer: La acusada tiene una personalidad de tipo dependiente, con componentes de inmadurez, las personalidades dependientes pueden ser fácilmente manipulables por su inmadurez afectiva-emocional. Conclusiones: En la pericia realizada a Eva Bracamonte se puede llegar a conocer que ésta seria manipulada e inducida fácilmente por su ex pareja y actualmente amia Liliana Castro, para cometer el delito contra su propia madre.  Pericial de Psicológica Forense Nº 387/2006 Practicado a Julio Mario Artemio Moscol Córdova concluyendo: no presenta trastornos psicopatológicos o déficit cognitivo que le impidan percibir y evaluar adecuadamente la realidad, tiende a ser manipulador y persuasivo, de baja autoestima, goza de relacionarse con personas de menor edad.  Pericial de Psicológica Forense Nº 419/2006 Practicado a Ariel Rodrigo Bracamonte Fefer, que concluye: no presenta trastorno psicopatológico o déficit cognitivo,

que

le

impidan

percibir

y

evaluar

adecuadamente la realidad de acuerdo a su edad; examinando que controla sus emociones y actúa con serenidad y cordura frente a su entorno social, tiende a la

rigidez

emocional,

siendo

en

sus

contactos

insensible, frío. 2.2.3. Física- Química Forense: a) Física forense: Donde se busca determinar muchos aspectos como peso, forma, dureza, color, olor, resistencia, permeabilidad, conductibilidad, Caso Myrian FeferPágina 17

viscosidad,

elementos

químicos

que

componen, sea droga, combustible, arma de fuego, arma blanca, arma contundente, análisis de pelos, fibras, fluidos corporales, hemáticos, escrituras, papeles, tintas, sellos, tipicidad, etc8. b) Química forense: La química forense es aplicada en una gran variedad de técnicas, tanto cualitativas como cuantitativas, cuya principal

finalidad

es

la

búsqueda

de

respuestas

provenientes de las diferentes evidencias que ayuden a la resolución de algún caso criminal.9 En ella se utilizan las diferentes ramas de la química; como la química general, química analítica, química industrial, química

orgánica,

etc.

Con

el

concurso

de

las

especialidades anteriormente citadas se puede citar los exámenes de:  Análisis químicos de fluidos, hemáticos, cualitativos, cuantitativos de droga, fármacos, cosméticos, etc.  Además

de

toxicológicos,

muestras

gástricas,

bromatológicos, conservación y estado de los alimentos, adulteración, alteración o falsificación de alimentos, análisis farmacológico, investigación y análisis de sustancias químicas, análisis de pinturas, calidad de metales, etc.

8Atómico Bariloche, Ernesto. Aplicaciones forenses de la física. http://www.estudiocriminal.com.ar/media/Aplicaciones%20forenses%20de%20la %20Fisica.pdf. 15-06-2013 9 Lic. VALDEBENITO ZENTENO, Gabriela. Quimica Forense: Química analítica aplicada a la criminología. http://www.estudiocriminal.com.ar/media/Quimica %20Forense%20Quimica%20Analitica%20Aplicada%20a%20la%20Criminologia.pdf. 14- 06- 2013. 6:50 PM

Caso Myrian FeferPágina 18

El químico forense, por lo tanto trabaja con sustancias nobiológicas, tales como pintura, vidrio o líquidos, trazas de pólvora provenientes de un disparo, todas muestras que pueden ser muy bien analizadas mediante métodos analíticos apropiados.10 Pericial Físico Química Nº 1250/2006 resultado de la inspección criminalística realizada en el inmueble sito en Calle Paul Harris Nº 219 – San Isidro, por parte de la perito Devora Marallano Carballo y el Perito Víctor Augusto Manrique La inspección físico – química tenía por finalidad determinar si existía signos de violencia en las puertas de ingreso de la habitación que fue inspeccionada, en cuya conclusión del dictamen pericial no se hallaron signos de violencia ni daños materiales.  Pericial Físico-Químico Nº 1250/2006 Concluye: (i)

En la inspección realizada en el inmueble antes referido se constató el cadáver de la agraviada en posición de cúbito dorsal con los pies sobre dos almohadas con

(ii)

vestimenta de pijama; Sobre la sábana, velador

izquierdo,

cómoda tocador y piso adyacente a este (iii)

se ubicaron manchas pardo rojizas; En el área del jardín se constató que el cerrojo de la puerta ubicada en la pared posterior y que da acceso a un área verde común a los vecinos colindantes se

10 Lic. VALDEBENITO ZENTENO, Gabriela. Quimica Forense: Química analítica aplicada a la criminología. http://www.estudiocriminal.com.ar/media/Quimica %20Forense%20Quimica%20Analitica%20Aplicada%20a%20la%20Criminologia.pdf. 14- 06- 2013. 6:54 PM

Caso Myrian FeferPágina 19

hallaba abierto con características de reciente

manipulación;

(iv).

Al

inspeccionar el área verde común ubicada en la parte posterior del inmueble no se hallaron evidencias físico químicos de interés criminalístico.

Psiquiatría Forense La Psiquiatría Forense es una rama de la Psiquiatría que se dedica al estudio de las relaciones existentes entre la práctica clínica de esta especialidad y el marco legal existente en cada país. El papel del Psiquiatra en los tribunales también tiene una gran relevancia. Empezando por lo penal, a la ya clásica tarea de la evaluación en casos donde se cuestiona la imputabilidad del acusado, se suma ahora la valoración de las secuelas en las víctimas11.  Evaluación

Psiquiátrica



006109-2011-PSQ

practicada al acusado Alejandro ó Hugo Armando Trujillo Ospina, por los Peritos Médicos Psiquiatras: Delforth Manuel Laguerre Gallardo y Elba Yolanda Plascencia Medina señalando en cuanto al término “conciencia” señalado en el Punto tres, rubro “examen psicopatológico” literal b) referido a procesos parciales, que éste término en un examen psicopatológico, está referido a la percepción de sí mismo y del mundo exterior, su percepción como actuante en relación al entorno. Está referida a que el sujeto está despierto, tiene sus funciones vitales claras, lo que le da el término de lucidez orientado con respecto al tiempo, y 11CALCEDO BARBA, Alfredo. Psiquiatría Forense. http://www.psiquiatriaforense.net/.pdf. 13- 06-2013. 5:23. Caso Myrian FeferPágina 20

al espacio; en relación al término “afecto” señalado en el Punto siete, rubro “examen psicopatológico” literal b) referido a procesos parciales, aclararon que los Peritos psiquiatras están formados para recepcionar cuál es la vibración emocional de la persona y poder observar su comportamiento,

actitudes,

emociones;

en

todo

momento, él se ha mostrado distante de la situación, poco expresivo en el afecto, sí se mostró por momentos simpático, empático, pero con poca resistencia a la frustración; la “conación” es un aspecto de la mente humana que está relacionado con lo que es la voluntad, , esta persona es dueña de sus actos, sabe lo que dice, sabe lo que hace, no hay enajenación mental, es dueña de su voluntad. c) Contabilidad Forense Es también una disciplina especializada que requiere un conocimiento experto en teorías contables, auditoria, técnicas de investigación criminal. Es una rama importante de contabilidad investigativa, utilizada en la reconstrucción de hechos financieros, investigaciones de fraudes, cálculos de daños económicos y rendimientos de proyecciones financieras12.  La Pericia Contable ofrecida por la acusada Eva Bracamonte, efectuada a la Empresa Inmobiliaria SIDERAL SAC, elaborada por los Peritos SOLER

Contables y

TITO

FELIX

DANIEL

FERNANDO

PORTUGAL

12BRAVO HUATUCO,Ivett. Contabilidad Forense o Audioría forense. http://contabilidadforense.blogspot.com/. 18- 06- 2013. 6:13 PM.

Caso Myrian FeferPágina 21

AQUIJE PEREIRA

El peritaje constó de cuatro puntos: la lectura patrimonial de la Empresa Inmobiliaria Sideral SAC, su capacidad de liquidez, sus cuentas por cobrar de accionistas o socios y la determinación de gastos relacionados con el objeto social de la empresa, durante el periodo del primero de enero del año dos mil seis hasta el treinta y uno de diciembre del año dos mil once; que Ariel Bracamonte Fefer

transfirió

sus

acciones

a

su

hermana

Eva

Bracamonte Fefer. Eva Bracamonte, que pasó a tener el cien por ciento del accionariado, transfirió sus acciones a Liliana Castro Mannarelli, para efectos de la Ley General de Sociedades.  INFORME PERICIAL FINANCIERO Nº 041-2012CARPETA Nº 517—2009 efectuada a la Empresa Inmobiliaria SIDERAL SAC. El objeto de la pericia del Informe consiste en la información recopilada del año dos mil seis al dos mil once, sobre el estado financiero de la empresa SIDERAL SAC. d) Inspección Criminalística Se denomina Inspección Técnico Criminalística al conjunto de diligencias de carácter técnico científico, inmediatas al conocimiento de un hecho delictivo que realiza el Perito Criminalístico en la escena del delito, para recoger indicios y

evidencias

que

permitan

identificar

al

autor

y

esclarecimiento total del hecho investigado. Cuando esta diligencia es practicada por personal PNP que con academia trabaja en la Dirección Nacional de Criminalística (DINCRI), se denomina "Inspección Técnico Criminalística". En cambio, cuando por razones insalvables deba ser practicada por personal que no trabaja en Unidad Caso Myrian FeferPágina 22

Criminalística, se denomina "Inspección Técnico Policial" (ITP). En ambos casos, la Inspección se inicia con el aislamiento y protección de la escena, continúa con la búsqueda, ubicación, recojo y traslado de toda muestra de interés criminalístico al Laboratorio, para su correspondiente examen y análisis. Todo esto y según la naturaleza del caso, implica cumplir los objetivos de comprobar el hecho y colectar evidencias para la obtención de la prueba.  Pericial de Inspección Criminalística Nº 609-06 Concluye: (i) escena alterada según versión de los familiares de la víctima, que mencionaron haber movido el cadáver y manipulado algunos objetos dentro de (ii)

la habitación. La occisa FEFER SALLERES (51) en posición de cúbito dorsal condos surcos apergaminados en cuello y equimosis en la región orbitales (ojo) y una herida cortante en cara posterior muslo

(iii)

derecho. Fragmentos de vidrio con impregnación de manchas pardo rojizas debajo de la cama y

(iv)

encima de la cómoda; Fragmentos de unas acrílicas sobre la cama, el

(v)

piso de la habitación y el baño; diversos documentos y papeles con manchas pardo rojizas tipo impregnación hallados en la parte interior del cajón velador lado derecho de la cama; lo que denota signos de manipulación

(vi)

recientes. las puertas de acceso al inmueble no presentan signos visibles de violencia; la puerta ubicada en la pared posterior del inmueble que da acceso a un parque privado, se hallaba con el candado con signos visibles de corrosión y muestras de

Caso Myrian FeferPágina 23

manipulación

reciente

de

abertura;

se

inspeccionó el parque utilizando el método peine, con resultado negativo Pericia de Inspección Criminalística Nº 609-06 obrante a folios 588/592 contenida en el TOMO I de los autos principales, por parte de los Peritos Jeam Robert Garrido Meza y Luis Alberto Ayala Estrada. Llegaron a las once de la mañana a la casa y se procedió a hacer la inspección criminalística en los interiores y exteriores del domicilio, así como en el interior de la habitación de la señora Myriam Fefer; se evalúo todo el inmueble. Pericia que permitió conocer cuál era el estado de la casa después de haber sido cometido el delito, permite la delimitación de la escena del delito, cuáles eran los indicios pertenecientes a la escena del delito. En la fase de la inspección criminalística parte desde el primer efectivo policial que toma conocimiento del hecho, con el aislamiento de la escena comunica a la Unidad Policial o la Unidad Especializada en este caso a Homicidios y esta Unidad tiene la obligación de ir y constatar el hecho y realizar una inspección técnico policial de forma preliminar, en base a esa inspección proporciona información a los Peritos al momento de llegar a la escena del crimen; el equipo de Peritos está conformado

por

varios

peritos

de

unidades

especializadas, Biología forense, Inspección de la Escena del Crimen, Balística, etcétera. El Perito Físico Químico observa y su labor es hallarlos signos de violencia, fractura de puertas, daños materiales, daños en las estructuras, desde el punto de Caso Myrian FeferPágina 24

vista químico algún tipo de medicamento, reactivo químico,

con

posibles

efectos;

entonces

su

participación en este caso ha sido precisamente el de la búsqueda de indicios y evidencias que les señalen que hubo violencia;

e) Biología Forense Coadyuva al esclarecimiento de delitos de lesiones, asesinatos, homicidios, contaminación, etc. Se puede solicitar análisis de: biológico de manchas de sangre seca, prendas de vestir de la víctima y sospechoso, análisis del ADN, examen biológico d cadáveres, examen físico de prendas, objetos o instrumentos, examen balístico tanto interno como externo, tipo de pólvora, casquillo, proyectil del arma incriminada: revolver, pistola, carabina, escopeta y todo tipo de armas. Examen de espermatograma (de violadores), exámenes de vehículos, examen de pelos, examen biomicrobiológico, examen bromatológicos, etc. 13  Pericial de Biología Forense Nº 3250/06 – Inspección Biocriminalística efectuado en el inmueble sito en la Calle Paul Harris NºNº 219 de la Urbanización San Mónica – San Isidro. Practicado sobre las manchas de sangre en el closet del dormitorio principal, y en las habitaciones del segundo piso; CONCLUYE: se halló restos de sangre en cantidad insuficiente para determinar especie y grupo sanguíneo humano (…), para la reacción de LUMINOL ha sido POSITIVO para las zonasdescritas (…) 13 MOLINA, Maricell. Biología Forense: Laboratorio Criminalístico. Editorial Universidad Estatal de San José. Edición Primera. Costa Rica. 1997. Caso Myrian FeferPágina 25

 Pericial de Biología Forense Nº 2249/06, practicado al inmueble precitado de la agraviada. Concluyendo: que en el pasadizo de acceso a las habitaciones del lado derecho e izquierdo al aplicar el reactivo

LUMINOL

dio

reacción

de

QUIMIOLUMINISCENCIA POSITIVA; en la pared lateral derecha

cuatro

puntos:

tipo

escurrimiento;

tipo

digiformes, tipo puntiformes; en la pared lateral izquierda, un punto: tipo contacto; negativo en las escaleras y las 3 habitaciones del 2º Piso, así como en la parte externa del inmueble no se halló restos de sangre. Pericial de Biología Forense – ADN Nº 001/07, el cual permitió reconocer que perfil genético de las manchas de sangre encontradas en la sábana con elástico y en la funda de almohada color mostaza, corresponden a un individuo de sexo masculino; las manchas de sangre encontradas en la funda de almohada color beige, la de color mostaza y la sabana corresponden a la agraviada, las

manchas

del

bolos,

del

tocador

y

velador

corresponden a un individuo de sexo masculino, las manchas de sangre de la pasta del libro corresponden a la agraviada.  Pericial de Biología Forense Nº 2071/06, el cual permite conocer que: UNCOLOGICO: uñas medianas postizas acrílicas de color rojo, con sarro ungueal: negativo; sangre: positivo en lecho ungueal de los dedos primero y tercero de la mano izquierda y dedos segundo y cuarto de la mano izquierda, negativo para pelos y /o tejidos orgánicos; en el dorso y palma de ambas manos se encontró pelos de color negro y canos, también en la sabana de la cama, en las medias Caso Myrian FeferPágina 26

un mechón de pelos negros y canos, ninguno presenta médula

y

son

medianamente

gruesos,

al

ser

homologados con los cabellos del cadáver presentan una similitud del noventa por ciento; (…) en el piso se hallaron diversos fragmentos de uñas acrílicas.  Pericial de Biología Forense – ADN Nº 301/09, Concluyendo: El perfil genético de Trujillo Ospina son compatibles con las evidencias biológicas f) Examen Toxicológico Es la aplicación de los métodos y técnicas del análisis químico para detectar, identificar y cuantificar la presencia de

sustancias, que las determinadas circunstancias

pueden originar, o han producido, daños a seres vivos. 14 Un examen toxicológico permite: Diagnosticar y/o confirmar los tóxicos responsables; establecer un correcto pronóstico de problema.  Pericial

Toxicológico



Dosaje

Etílico



1168/2006. Practicado a FEFER SALLERES, con resultado negativo al alcohol y drogas. g) Balística Forense Es una disciplina científica que se ocupa de investigar el alcance, la dirección y los efectos que producen los proyectiles, misiles. También en los hechos criminales producidos por armas de fuego la investigación se inicia en el escenario criminal:15

14 PRESENTADO DE NÚÑES, Stella. Análisis Toxicológico. http://es.scribd.com/doc/39621840/analisis-toxicologico. Facultad de Ciencias Químicas UNA. Caso Myrian FeferPágina 27

 Protección

del

(acordonamiento).  Fijación probatoria    

lugar

del

crimen

(registro

fotográfico

y

descripción Planimétrica). Modelado. Informe médico legal. Localización y colección de indicios. Remisión de indicios al laboratorio.

La balística se divide en dos tipos de balística: interna y externa. 

Balística Interna: Es aquel proceso que se inicia cuan do la persona que utiliza el arma, presiona la cola del disparador y su fuerza se transmite hasta la acción del percutor o del martillo en un revolver o en un fusil, todo este proceso en forma concluyente origina la expansión de ruidos y partículas del proyectil.

 Pericial por Restos De Disparo Por Arma De Fuego Nº 716/2006 Practicado a FEFER SALLERES con resultado negativo para plomo, antimonio y bario.  Pericial Balístico Forense Nº 493/2006 Consigna que, el cadáver no presentaba características de interés balístico, se halló una pistola calibre veinticinco, sin características de haberse utilizado para producir disparos, en el interior del primer cajón del velador del lado derecho de la cama. 15 MOYNO MENDOZA, Sergio Moyano. Balística Forense: Guía Básica sobre armas de fuego. http://justiciaforense.com/material/2010CRIMINALISTICA%20Y %20CRIMINOLOG%CDA/Libro%20Balistica%20Forense.pdf. 23- 06- 2013. 3:30 PM

Caso Myrian FeferPágina 28

h) Ingeniería Forense Los conocimientos y técnicas de esta ciencia y arte auxilia, son indispensable en la investigación y esclarecimiento de los hechos delictuosos, las diferentes ramas como la ingeniería civil, Eléctrica, mecánica, de minas, agronómica, industrial,

química,

metalúrgica,

electrónica,

etc.,

proporcionan los elementos necesarios para evaluar un hecho delictivo que se inmensa en uno de los campos mencionados

anteriormente,

de

este

modo

realizar

evaluaciones y pruebas técnicas especializadas, que requieren además de le concurso de la química o examen físico y sus respectivos análisis, especialmente en casos de terrorismo, incendios, fabricas siniestradas, maquinarias y equipos dañados, materias primas, insumos, vehículos, artefactos dañados, etc.16  Pericial de Ingeniería Forense Nº 2453-2463/06 Se consigna: que las muestras consistentes en tres fundas de almohadas color amarillo, dos fundas de almohadas color beige, dos sábanas color amarillo, una casaca polar tamaño small, una toalla color blanco y dos cables de teléfono, no presentan cortes, roturas, orificios ni descocidos. i) Dactiloscopia Etimológicamente proviene del griego DACTILO= dedo y SCOPIA=

Observación,

consecuentemente

la

Dactiloscopia es una técnica que se ocupa de investigar, de estudiarla estructura la conformación y las diferencias de las impresiones digitales, las huellas digitales de un sujeto son únicas no pudiendo existir similares en el mundo 16 A. FIERRO. Eduardo. Ingeniería forense. http://departamento.pucp.edu.pe/ingenieria/images/documentos/seccion_civil/Civil %20eventos/IngenieriaForenseEduardoFierro.pdf. 14- 06- 2013. 9: 55 PM

Caso Myrian FeferPágina 29

de acuerdo a la medicina moderna los caracteres dactilares son encontrados entre el cuarto y sexto mes de vida

intra−uterina

rasgos

que

posteriormente

se

desarrollan pero sin haber cambios o transformaciones significativas, las huellas digitales solo desaparecen cuando

el

sujeto

mueren

por

la

descomposición

cadavérica.  Pericial Dactiloscópico Nº 148/2006 Para establecer IDENTIDAD PAPILAR, de las superficies del vaso de vidrio transparente recogido en el interior del inmueble; así como del libro “DESIDERATA”



“SABIDURIA

PARA

VIVIR”;

hallados en la escena del crimen; a fin de compararlas con las de la acusada CASTRO MANNARELLI, con resultado NEGATIVO.  Pericial Dactiloscópico Nº 150/2006 Para establecer IDENTIDAD PAPILAR, de las superficies del vaso de vidrio transparente recogido en el interior del inmueble; así como del libro “DESIDERATA”



“SABIDURIA

PARA

VIVIR”;

hallados en la escena del crimen; a fin de compararlas con la del testigo MOSCOL CORDOVA, con RESULTADO NEGATIVO.  Pericial Dactiloscópico Nº 076/2007 Para establecer IDENTIDAD PAPILAR, de las superficies del vaso de vidrio transparente recogido en el interior del inmueble; así como del libro “DESIDERATA”



“SABIDURIA

PARA

VIVIR”;

hallados en la escena del crimen; a fin de compararlas con las de la agraviada, concluyéndose

Caso Myrian FeferPágina 30

que existe identidad dactilar con las huellas del vaso de vidrio, pero no con las del libro.  Pericial Dactiloscópico Nº 110-2009 – de Identidad papilar practicado a TRUJILLO OSPINA Concluyendo: que no existe identidad papilar plena entre las muestras incriminadas, con las muestras de comparación, es decir, que no provienen de los diez dedos de Trujillo Ospina. j) Medicina Forense Es una ciencia orientada al estudio de los fenómenos externos o internos que se presenta en un cadáver de este modo mostrar la responsabilidad o inocencia de la persona que se la juzga. Se debe solicitar, exámenes externos para determinar las lesiones recientes o antiguas y determinar los

días

de

impedimento.

Solicitar

un

examen

especializado, de genitales en caso de violación o aborto, alteraciones psíquicas, exámenes de cuerpos extraños 17.  Pericial de Medicina Forense Nº 3867/06 Practicado a Eva Lorena Bracamonte

Fefer,

concluye: no presenta lesiones externas recientes.  Pericial de Medicina Forense Nº 3909/06 Practicado a la acusada Liliana Castro Mannarelli, el cual concluye: Presenta lesiones contusas recientes en mucosa labial, región del cuello, en mamas y miembro inferior izquierdo.  Pericial de Medicina Forense Nº 3894/06 Ariel Rodrigo Bracamonte Fefer, concluye: No presenta lesiones externas recientes. 17 Universidad Nacional Autónoma de México. Medicina Forense. http://www.derecho.duad.unam.mx/guias/pdfs/Optativas/Area11/Medicina_F orence_Area_XI-Ciencias_Penales.pdf. 12- 06- 2013. 3 :15 PM Caso Myrian FeferPágina 31

 Pericial de Medicina Forense Nº 3895/06 Practicado a Julio Mario Artemio Moscol Córdova; concluye:

presenta

herida

en

proceso

de

cicatrización en miembro superior izquierdo.

Sobre-procesos realizados, que se llevaron a cabo: a) Inspección Ocular. La inspección del escenario criminal y las diligencias preliminares es que se efectúan siguen ciertas reglas. b) protección del lugar del Crimen. La primera medida que se adoptó al tomarse conocimiento del crimen y al efectuar la inspección ocular es la de asegurar que no pueda producirse ninguna alteración el mismo, ello se entiende, comprende la formación de cordones de seguridad, la vigilancia del lugar, etc. Aislándose así la zona perteneciente al cuarto donde fue encontrada la occisa Myriam Fefer, es decir la habitación de la misma. c) Fijación probatoria. Generalidades Una vez que el personal policial se constituyó en el escenario criminal, se dedicó a que ningún objeto ubicado en la escena del delito sea removido para proceder a la fijación o inmovilización documental del estado de cosas; esto se logró mediante las tomas fotográficas más completas posibles, el dibujo planimétrico, según las reglas que veremos y el modelado. Tomándose así fotografías a los objetos encontrados dentro del cuarto como la cuerda o cable con el cual fue asesinada la señora Myriam Fefer, las uñas acrílicas encontradas en el baño de la señora, o el vaso roto sobre el piso de el mismo lugar. d) Informe médico−legal y labores policiales. Según vimos, luego de la fijación tendiente a asegurar que no se altere el lugar y el estado de las cosas del tiempo del crimen (protección y fijación del escenario criminal), deben actuar el Caso Myrian FeferPágina 32

fotógrafo y el dibujante así como quien asegura la prueba de las huellas negativas (modelado); del mismo intervino él médico legista. El médico forense examinó, fijó, reprodujo y coleccionó los indicios que le parecieron significativos en el crimen a investigación; ello en forma inmediata, en el escenario y con apoyo de los demás peritos citados en el cuarto de la señora Myriam Fefer. Luego vendrán los informes de laboratorio, los resultados de la autopsia, los químicos, toxicólogos, etc. Entre los indicios que se hallarse en el lugar de los hechos están:  El charco de sangre encontrado cerca al cuerpo de la señora Myriam Fefer, la cual pertenecían a la misma.  La cuerda con la cual se degolló a la occisa, ubicada en la parte posterior de la casa.  El vaso roto, encontrado en el cuarto de la señora, con huellas dactilares de la misma.  Los libros encontrados: “Desiderata” y “Sabiduría para vivir”, en los cuales también se encontraban en la habitación.  Un arma, la cual no llegó a hacer ningún disparo  Pasto, aparentemente proveniente de la parte trasera de la casa  Manchas de sangre ubicadas tanto como en la cama, almohadas, carterita hindú, en el pasillo y en los cuartos de Ariel y el señor Simón.  Cabello entre canoso encontrado en las manos de la señora Myriam Fefer. e) Exámenes de Laboratorio Los exámenes de laboratorio tendieron a demostrar si las manchas encontradas en los distintos lugares de la escena del crimen eran de sangre (reacciones de identificación, por ejemplo las pruebas de cristalografía, de Teichmann, espectroscopia, etc.), sangre humana o animal (prueba de precipitina), cuál era su naturaleza (si se trata de sangre menstrual, de una violación, de Caso Myrian FeferPágina 33

una hemorragia nasal, etc.), que antigüedad registra (horas, días, semanas, meses), cual el grupo sanguíneo. f) Investigación Preliminar: Esta es la etapa netamente investigativa y de responsabilidad para los policías que son asignados al caso, porque en ellos recae el éxito o fracaso de la investigación. El policía asignado a un caso cuando se presenta al lugar del hecho, deberá recibir la información de los primeros policías que llegaron así sean civiles o uniformados de cualquier graduación; al ingresar al escenario debe detenerse para observar el sitio en conjunto a fin de lograr el mayor número de detalles que permitan hacer un examen minucioso de cada persona u objeto, es evidente que el grado de cumplimiento de estas tareas depende de la capacidad de los policías que lo realizan. Se debe poner énfasis en el importante papel de los policías que cumplen como jefes de divisiones en la investigación preliminar; su juicio y capacidad, al dirigir estos trabajos, influirán en el resultado más decisivamente que la opinión de cada policía, una jefatura fuerte y competente asegurara un alto grado de rendimiento. En el caso, cuando se encontró el cadáver, la investigación preliminar, consistió en:  Evitar que alguien toque o mueva el cadáver mientras no llegue médico forense, se examinó y se anotó la posición del cadáver de la señora Fefer, la cual fue encontrada boca abajo en su habitación.  Anotaron el estado y la posición de la ropa, siendo esas un pantalón pijama y una camiseta rayada, desapareciendo el pantalón pijama de la escena del crimen.  Se anotó, fotografió los indicios que se observaron en el cuerpo, ropa de la víctima o en el escenario, habiendo objetos relacionados con el delito.

Caso Myrian FeferPágina 34

 Tomaron fotografías que muestren la posición del cuerpo con relación a objetos encontrados cerca a éste, pero como se sabe la escena del delito fue alterado por Ariel y el señor Simón al tratar de auxiliar a la occisa pensando que aún continuaba con vida.  Se realizó un bosquejo de la casa de Myriam Fefer.  Se buscaron huellas dactilares visibles y latentes, huellas de pisadas sobre superficies suaves y duras, marcas dejadas por herramientas, alambres para verificar si se forzaron las puertas para que Trujillo Ospina entrase a la casa, cabellos, etc.  Se buscó y entrevistó a los testigos que no se hallaron en el cuarto de la agraviada al momento de cometido el delito.  Se realizó Investigación sobre las actividades, en las localidades y en sus inmediaciones, de aquellas personas que pudieron haber estado implicados en el asesinato de la señora Myriam Fefer. Luego de tres años de haberse cometido el delito se logró identificar al asesino de la señora Myriam Fefer, siendo éste Trujillo Ospina, el cual se ubicaba en Argentina, siendo capturado y extraditado al Perú. Luego se procedió a la Preparación del caso o elaboración de las Diligencias de la Policía Judicial. 3. IDENTIFICACION

DE

DILIGENCIAS

CRIMINALISTICAS

NO

REALIZADAS. Existen cuatro puntos controvertidos en el caso, denominados por el especialista José Pablo Baraybar como: “Más cabos sueltos en crimen Caso Myrian FeferPágina 35

de empresaria Myriam Fefer”18, además de otros que quedaron pendientes para este caso.  Cuerda, arma punzo cortante pérdidas y pantalón pijama. Ya estando los peritos en la escena del crimen tomaron las fotos peritales respectivas, pero estas misteriosamente desaparecieron y hasta el día de hoy no se sabe la ubicación de estas piezas claves.  Dactiloscopia Estudia en particular las crestas papilares digitales. Deriva de la voz “dáctilos”: que significa dedo.19 Aunque la gran mayoría de las impresiones dactilares pueden hallarse en el lugar del hecho, en otros casos es necesario que los objetos

que

posiblemente

tengan

huellas

latentes

sean

trasladados a los laboratorios para su reactivación, utilizando polvos, vapores de yodo, ciano- acrílico de sodio o por medio del rayo láser. Sin embargo no se realizó la dactiloscopia en las: puertas, baño, muro posterior de la ventana del baño, que fueron de irrelevancia para la policía, el cable o cuerda, pijama

(las cuales

desaparecieron en el transcurso de llevarlos al laboratorio). Para ello hacemos mención en que no se cumplió uno de los pasos de la investigación del delito: Sobre la Necropsia de ley20 “…Las prendas y objetos del cadáver, siempre y cuando sean de interés criminalístico, deberán ser preservadas y embaladas 18 Perú21.pe del 06 de mayo del 2013 POR ANDRES CUYA http://peru21.pe/impresa/mas-cabos-sueltos-crimen-empresaria-myriamfefer-2129699 12-06-2013. 4:45 PM 19ÁLVAREZ DÍAZ GRANADOS, Francisco Javier, “DICCIONARIO BÁSICO DE CRIMINALÍSTICA”, Editorial Eco, edición segunda, Bogota- Colombia 2004. 20MANUAL INTERINSTITUCIONAL PARA LA INVESTIGACIÓN DEL DELITO EN EL MARCO DEL NUEVO CÓDIGO PROCESALPENAL”http://www.mpfn.gob.pe/escuela/contenido/actividades/docs/2214 _manual_interinstitucional_mp_pnp.pdf

Caso Myrian FeferPágina 36

individualmente y bajo responsabilidad del personal técnico que realiza la Necropsia, asegurando previamente el secado natural a medio ambiente, generando la Cadena de Custodia respectiva.” Qué nos hubiera permitido descubrir la dactiloscopia: Se hubiera podido encontrar huellas las cuales haber sido comparadas no hubiera permitido establecer si solo pertenecían a Myriam Fefer y Trujillo Ospina o alguna tercera persona en la escena del delito.  Homologación de los cabellos: Piloscopia La piloscopía es la parte de la medicina forense que se encarga del estudio del pelo. Por lo tanto es estamos ante una ciencia que para su estudio aplica el método científico orientativa y probatoria, de los resultados obtenidos, en nuestro sistema judicial, en las variadas investigaciones se pueden llevar a cabo con esta técnica. Medio del estudio químico que puede determinar si el pelo en estudio se trata del pelo humano o

animal, así como otras

características.21 No se realizó prueba biológica adecuada para determinar a quién pertenece los cabellos de 14 a 18 cm de largo encontrados en la mano de Myriam Fefer y en las almohadas ya que solo lo compararon con ella y hubo una homologación de 90 % dejando una duda de 10%. Qué nos hubiera permitido descubrir la piloscopia Si esta prueba hubiera coincidido con una homologación al 100% no causaría dudas como hoy lo hace y hubiera permitido saber de quién más puede ser esos cabellos, pero esta prueba no tiene peso ya que al revisar la sentencia en la página 175 nos

21MANUAL INTERINSTITUCIONAL PARA LA INVESTIGACIÓN DEL DELITO EN EL MARCO DEL NUEVO CODIGO PROCESALPENAL”http://www.mpfn.gob.pe/escuela/contenido/actividades/docs/2214 _manual_interinstitucional_mp_pnp.pdf

Caso Myrian FeferPágina 37

menciona que estos cabellos no contaban con médula para poder realizar la prueba de ADN.  Falta de pruebas de ADN de la sangre: Habitaciones de Ariel y del mayordomo Simeón Huarcaya y el pantalón pijama desaparecido.  Genética criminal Se encarga del estudio del material biológico, como saliva, semen, sangre, pelo, y otros tejidos, permiten tipificar el ácido desoxirribonucleico (ADN), método identifica torio moderno y que por su gran precisión se ha denominado huella genética. Sin embargo por la negligencia de los peritos del caso ya que después de un mes fue realizada recién la prueba de luminol, en el pasillo, cuarto de Ariel (a una altura de 1metro 50 de la pared), en cuarto del mayordomo Simeón Huarcaya (a 1 metro 30 de la pared), detectando que efectivamente era sangre, pero como ya la gotas de sangre habían sido limpiadas no se pudo someter a una prueba de ADN, puerta principal, y lo mas importante en el pantalón pijama (celeste) que llevaba puesto Myriam Fefer al momento de su muerte el cual también desapareció ya que la víctima fue desvestida en plena escena del crimen para realizar las pericias cuando según la ley se debe realizar todo esto en la morgue. Qué nos hubiera permitido la genética criminal Si se hubiera realizado este procedimiento hubiera permitido saber a quien pertenecía la sangre a la cual solo se le realizo la prueba de luminol, pero se deja en duda de quien fue.  Pasto encontrado en la habitación de Myriam Fefer ¿Qué paso? Esta evidencia no fue tomada en cuenta por la policía descartando con ello el testimonio de Trujillo Ospina, optando una arbitrariedad por parte de la policía de comprobar de la manera que sea que no entro por el jardín. Qué nos hubiera permitido tomar en cuenta el pasto

Caso Myrian FeferPágina 38

Poner también a juicio otra hipótesis y no cerrarse en una sola, descartando no se sabe porque el interés de la policía de no investigar esa evidencia ya que la puerta del jardín había sido también manipulado.  ¿Un quinto personaje? Julio MOSCOL pareja sentimental en ese tiempo de Ariel Bracamonte testifico que los días 13, 14 y 15 de agosto se encontraba en la casa de su madre “putativa”

María Teresa

Pérez, pero al testificar esta y sus hijas negaron que Julio Moscol pernocto dichos días lo cual irrelevante para la policía quienes no investigaron a éste.  Meteorología Forense Es el análisis de las condiciones climáticas pasadas de un lugar específico. Es una rama bastante empleada en los procesos judiciales en los que participan compañías de seguros y también en las investigaciones de homicidios. ¿Qué paso? La sangre que fue encontrada en el piso no guarda relación con el tiempo de muerte, ya que esta estaba fresca ya habiendo pasado 7 u 8 horas de muerte. ¿Qué nos hubiera permitido la Meteorología? Nos hubiera permitido establecer la verdadera hora de muerte de Myriam Fefer.  Antropometría Es la sub-rama de la antropología biológica o física que estudia las medidas del hombre. Se refiere al estudio de las dimensiones y medidas humanas. ¿Qué paso? No se realizó esta prueba para poder saber si Trujillo Ospina entro a la habitación por la ventana. Qué nos hubiera permitido la Antropometría Lo cual hubiera sido muy relevante para descartar la teoría de Ospina y dar mayor énfasis en la versión de la policía.

Caso Myrian FeferPágina 39

3.1. Proceso Criminalística Al saber que los principios fundamentales del proceso criminalística incluyen:

Protección del lugar de los hechos No se hizo la debida protección ya que el lugar fue contaminado por Ariel y el mayordomo al pensar que se encontraba desmayada y le dio los primeros auxilios, cambiando de esta manera la posición y restos en su cuerpo.

Observación del lugar de los hechos No hubo una adecuada observación ya que no se tuvo en cuenta los demás espacios como el baño de Myriam Fefer, los pasillos, las habitaciones de Ariel y el mayordomo, el jardín. Se notó la negligencia ya que recién después de un mes hacen las pruebas de luminol en el pasillo, cuarto de Ariel Bracamonte, Simeón Huarcaya (mayordomo) y habitación de Myrian fefer.

Fijación de lugar de los hechos Según el “MANUALINTERINSTITUCIONAL PARA LA INVESTIGACIÓN DEL DELITO EN EL MARCO DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL” 22 “…Se utilizarán todos los métodos y técnicas que permite la Criminalística para ubicar los indicios o evidencias de manera inmediata, rigurosa, técnica, narrativa, analítica, sistemática y objetiva, tratando de establecer el aspecto identificador y reconstructor, así como la forma y circunstancia en que ocurrieron los hechos.”

22OBCIT. Caso Myrian FeferPágina 40

No se realizó la fijación del lugar de los hechos de una manera adecuada ya que la escena del crimen fue cerrada, primaria pero no se investigó el baño del cuarto, los pasillos, el patio trasero, la parte colindante entre el baño y el jardín.

Levantamiento de los indicios En todos los casos se deberán tomar las muestras correspondientes sin excepción y en forma obligatoria en el mismo lugar donde se encontró el cadáver. Asimismo, se formularán las actas que correspondan, elaborándose la correspondiente cadena de custodia si fuera el caso. Cada muestra se debe individualizar numerar y proteger de acuerdo a su naturaleza y debe ser embalado, lacrado y firmado (individualmente) por el perito responsable y el Fiscal, si estuviera presente, dejando constancia de ello. 23 Hubo gran negligencia por parte de la policía y los peritos ya que no se levantó el pasto, la cuerda, la ropa con la sangre, los puros, el objeto con la cual se cortó la pierna.

3.2. Suministro de indicios al laboratorio. No se dio la correspondiente entrega de suministros, es más se obviaron

indicios

y

no

se

realizaron

los

procedimientos

correspondientes, como el desnudar a la víctima en plena escena del crimen y así desaparecer las evidencias

como por ejemplo

pantalón. Tampoco se explica cómo desapareció la cuerda con la que “parece” fue asesinada, estas negligencias hicieron que el caso se torne oscuro, con una investigación deficiente y sospechosa. 23 IBIDEM. Caso Myrian FeferPágina 41

Si se hubiera realizado el correspondiente suministro de indicios al laboratorio se hubiera permitido saber de quien más era la sangre y las huellas en la cuerda.

4. CONCLUSIONES En la investigación realizada al caso Mirian Fefer hubo una ineficiente organización funcional y estructural de la escena del crimen, acompañado de una improvisación diligencias, falta de preparación técnica, científico legal, judicial y moral, esto a su vez se traduce en acciones dilatorias o artimañas, en la lentitud de los juicios y diligencias, en la mala conducta de funcionarios judiciales, litigantes y terceros que siempre eluden y niegan haber constituido un ilícito penalmente tipificado, son estas circunstancias las que le restan eficacia al tema realizado en conjunto y no solo, además también afectan directamente el espíritu impropio de Derecho y sus valores de probidad, lealtad, etc 4.1. ESCENA DEL DELITO: Los peritos responsables de delimitar la escena del delito, tomaron como punto fundamental la habitación de la occisa, más no así dándole la debida importancia a los otros lugares de la residencia, en los cuales se encontraron indicios que podrían estar asociados al delito, por lo que se puede deducir que no solo la habitación de la señora Myriam Fefer constituía la escena del delito, sino que abarcaba varios lugares de la casa, los cuales no fueron tomadas en cuenta por los especialistas. Es de importancia mencionar que la escena del delito fue contaminada por Ariel y el empleado de la casa, Simeón, por lo que los peritos no hallaron la escena del delito inicial, pues ésta se encontraba alterada. 4.2. LABORATORIO: Después de la inspección realizada en la escena del delito y el recojo de indicios y evidencias, estas fueron llevadas al laboratorio para ser analizadas, pero no llegaron al laboratorio algunas evidencias como

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el pantalón pijama que traía puesto la occisa, ni la cuerda con la que supuestamente se la estranguló. Con las pruebas realizadas en el laboratorio, lograron esclarecer en gran medida como ocurrieron los hechos, encontrando culpable a Trujillo Ospina como autor material en el delito. 4.3. IDENTIFICACION: Con las investigaciones realizadas a todos los posibles implicados en el delito, se logró identificar a Trujillo Ospina quien fue el autor material del delito, de nacionalidad colombiana, el cual cuenta con antecedentes penales, entre otros datos obtenidos. Según la última sentencia del año 2012 se atribuye como única autora intelectual a Eva Bracamonte Fefer, absolviéndola a Liliana Castro Manarelli que fue acusada como coautora. 4.4. Ultima sentencia del caso fefer: La defensa de Eva Bracamonte, el abogado José Urquizo, presentó un recurso de nulidad contra la sentencia que la condenaba a 30 años de cárcel fundamentándose en que no existen pruebas suficientes para su incriminación, además de la violación al debido proceso ya que se omitieron pruebas relevantes que pudieron ayudar a aclarar la verdad en el caso. 4.4.1. acusación inconsistente Una de las mayores inconsistencias de la sentencia está en las dos llamadas que habría recibido Eva Bracamonte del teléfono de su madre la noche del asesinato. La sentencia afirma que ambas llamadas las habría hecho el asesino Alejandro Trujillo Ospina “para avisarle a la hija de Fefer que ya había hecho su trabajo”. Y que tras responder esa llamada, la acusada habría apagado su celular. Eso lo deducen del detalle entregado por Telefónica. Lo inconsistente es que ni durante la investigación policial ni fiscal ni judicial se solicitó que un perito judicial de telefonía –un especialista en códigos de llamadas– realizara un análisis.

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Dice la sentencia: “…el hecho de que la segunda llamada haya ingresado directamente al buzón de voz implica que la acusada Bracamonte Fefer apagó el celular después de la primera llamada, lo que al criterio del colegiado evidencia que se encontraba despierta o por lo menos consciente cuando se estaban suscitando los hechos…” El vocal Morales (juez supremo dirimente) afirma en su resolución que el tribunal que sentenció a Eva Bracamonte no tuvo en cuenta “el principio de la necesidad de la prueba”, que es pauta rectora y fundamental para la seguridad jurídica. Porque sin la prueba (directa o indirecta) el Estado es incapaz de cumplir con su función esencial de administrar justicia, ella permite la aplicación de las normas jurídicas para tipificar el delito, identificar la antijuridicidad de la conducta y la consecuente culpabilidad, y en caso contrario, concluir la inexistencia de ilícitos jurídicos. Además critica duramente la sentencia de la sala superior al afirmar que existe vicio de nulidad respecto “al contenido y forma como se ha construido la prueba indiciaria para justificar una condena, toda vez que en el presente caso no se ha respetado la exigencia de inferencia proveniente de un dato probado y subsiguientes datos ciertos que correlacionados logren cerrar el razonamiento lógico…”, y agrega que los jueces de la sala superior procedieron a “dar mérito en calidad de prueba (dato cierto), a simples datos de investigación de la ‘instrucción’, que no han sido incorporados debidamente al juicio oral público contradictorio, ni por el fiscal, ni por la defensa, ni por la parte civil…”24 Y concluye inobjetablemente que: “Los jueces penales… no pueden ofrecer de oficio, pruebas incriminatorias que busquen destruir la presunción de inocencia, bajo el riesgo de violentar 24 http://www.ciudadanosyconsumidores.pe/?p=825 Caso Myrian FeferPágina 44

el principio constitucional del juez imparcial y el Principio de Presunción de Inocencia”.25 Por lo tanto el Dr. MORALES PARRGUEZ decide: por los fundamentos, antes expuestos, me ADIERO al voto de los señores

magistrados

supremos

salas

Arenas,

Barrios

Alvarado, y Rozas Escalante, en el sentido que: se declare NULA la sentencia recurrida en el extremo que condena a Eva Lorena Bracamonte Fefer, y DISPUSIERON se realice otro juicio oral contra ella, por otro colegiado; y, con los demás que lo contiene. Asimismo, extiendo resolución mayoritaria de cuatro (4) votos en un mismo sentido, DISPUSIERON su inmediata libertad, OFICIANDOSE con tal fin.26

5. BIBLIOGRAFIA.  BRAMONT-ARIAS, Luis Alberto. Derecho Penal, Parte Especial. 2da Edición. Ed. San Marcos. Perú, 1996. 

VILLA STEIN, Javier. Derecho Penal, Parte Especial. 2da Edición. Ed. San Marcos. Perú, 2004. Pág., 79



CEJASMAZZOTTA, Guillermo. Diccionario criminalística, 1999.

25 http://www.ciudadanosyconsumidores.pe/?p=825 26 CORTE SUPREM DE JUSTICIA, sala penal permanente. Nulidad N° 36292012 Caso Myrian FeferPágina 45



VALDEBENITO ZENTENO, Gabriela. Química Forense: Química analítica aplicada a la criminología.



CALCEDO BARBA, Alfredo. Psiquiatría Forense.2013.



BRAVO HUATUCO, Ivett. Contabilidad Forense o Auditoría forense.2013.



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MOYNO MENDOZA, Sergio Moyano. Balística Forense: Guía Básica sobre armas de fuego.



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5.1.

PAGINAS WEB CONSULTADAS: 

http://www.estudiocriminal.com.ar



http://www.contabilidadforense.blogspot.com



http://www.justiciaforense.com



http://www.departamento.pucp.edu.pe



http://www.derecho.duad.unam.mx



http://www.peru21.pe

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http://www.mpfn.gob.pe



www.ciudadanosyconsumidores.pe

6. ANEXO RESPECTO A LA PRIVACION DE LA LIBERTAD DE LA ACUSADA

La acusada EVA BRACAMONTE FEFER, se encuentra privad de libertad durante este proceso pena, desde el 9 de setiembre de 2009,hasta el 11 de setiembre de 2012 que fue liberada por exceso de carcelería, (3 años y 2 días o 36 meses y 2 días) y reingresada nuevamente al penal desde el 12 de octubre de 2012 cuando se leyó la sentencia por la segunda sala especializada penal de Reos en Cárcel de la corte superior de justicia de Lima, permaneciendo en este estado hasta el día de la fecha, 25 de setiembre de 2013 (11 meses y 13 días), haciendo un total de 47 meses y 15 días, (3 años,11 meses 15 días) de privación de libertad, sin que exista sentencia definitiva que ponga fin al proceso. Al emitir el presente voto, adhiriéndome a la posición de los tres(3)jueces supremos que han decidido por que se declara nula la sentencia recurrida, la realización de un nuevo juzgamiento oral, y constatando que existe una privación de libertad como prisión preventiva superior a los 47 meses sin sentencia que ponga fin al proceso, ella es violatoria al principio del plazo razonable de la prisión preventiva, por lo que debe disponerse la inmediata libertad de la encausada por exceso de carcelería. Caso Myrian FeferPágina 47

Por último, en el nuevo juzgamiento que se realice deben superarse las deficiencias aquí anotadas, respetándose la garantía de la presunción de la inocencia, debiéndose tratar a la acusada como tal y, actuada la prueba correspondiente,

el

tribunal

imparcial,

expedirá

la

sentencia

que

corresponda. Para este nuevo juzgamiento, a realizarse exclusivamente a Eva Bracamonte Fefer, el Ministerio Publico, debe proponer un nuevo catálogo de medios probatorios, debiendo escrupulosamente la sala superior penal, al momento de admitirlas, que ellas sean pertinentes, conducentes, necesarias (no sobreabundantes) y útiles. DECISIÓN: Por los fundamentos, antes expuestos, me ADHIERO al voto de los señores magistrados Supremos Salas Arenas Barrios Alvarado, y Rozas Escalante, en el sentido que: se declare NULA la sentencia recurrida en el extremo que condena a Eva Lorena Bracamonte Fefer, y DISPUSIERON se realice otro juicio oral contra ella, por otro colegiado; y con los demás que lo contiene. Así mismo, existiendo resolución mayoritaria de cuatro (4) votos en un mismo sentido, DISPUSIERON su inmediata libertad; OFICIANDOSE con tal fin. Sr. MORALES PARRAGUEZ Juez Supremo Dirimente

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