Trabajo de Mercantil Certificados Fiduciarios

1 INDICE I. INTRODUCCIÓN...............................................................................................

Views 69 Downloads 1 File size 267KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

1

INDICE I. INTRODUCCIÓN..........................................................................................................................3 II.

CONTENIDO..............................................................................................................................4

CERTIFICADOS FIDUCIARIOS........................................................................................................4 1. Definición:.....................................................................................................................................4 1.1.Definición de Fideicomiso:.....................................................................................................5 1.2.Antecedentes:..........................................................................................................................5 1.3. Etimología:.............................................................................................................................6 1.4.Naturaleza Jurídica:.................................................................................................................6 2. Características:..............................................................................................................................6 a)

Formalismo:.........................................................................................................................6

b)

Autonomía:..........................................................................................................................6

c)

El derecho inmerso en título,...............................................................................................6

d)

Literalidad............................................................................................................................7

e)

Los certificados fiduciarios..................................................................................................7

3. Elementos......................................................................................................................................7 3.1.Elementos Personales:.................................................................................................................7 3.2.Elementos reales:....................................................................................................................8 3.3.Elemento Formales:................................................................................................................8 4. Requisitos Formales:.....................................................................................................................8 5. formas de creación:.......................................................................................................................9 1

2 6. Formas de Circulación:.................................................................................................................9 6.1.Nominativa..............................................................................................................................9 7. Funcionamiento:..........................................................................................................................10 7.1.Derechos del fiduciario.........................................................................................................10 7.2.Obligaciones del fiduciario...................................................................................................11 7.3.Remoción del fiduciario........................................................................................................11 El fiduciario debe ser removido..................................................................................................11 8. Procedimiento:.............................................................................................................................11 8.1. Nulidad del fideicomiso.......................................................................................................12 8.2.Extinción del fideicomiso.....................................................................................................12 8.3.Efectos de la extinción..........................................................................................................13 III.

CONCLUSIONES....................................................................................................................17

IV.

RECOMENDACIONES...........................................................................................................18

V.

BIBLIOGRAFIA.......................................................................................................................19

VI.

ANEXOS...................................................................................................................................20

2

3

I.

INTRODUCCIÓN

Los certificados fiduciarios son aquellos títulos de crédito donde la figura principal es la del fideicomiso siendo su finalidad la conservación administración e inversión de su patrimonio, así mismo tantos los títulos de crédito como el fideicomiso regulado por el Código de Comercio de Guatemala así como también leyes especiales

estableciendo los lineamientos en cuanto al funcionamiento y

procedimiento del mismo.

La presente investigación se basa desde varios puntos de vista siendo estos los efectos jurídicos que produce el título de crédito, su aplicabilidad y por consiguiente el procedimiento para realizarse y así también para cuando surja incumplimiento del título utilizar el procedimiento adecuado.

Por medio de la presente investigación profundizamos en el tema los certificados fiduciarios de una manera general y especial en cuanto a fundamento doctrinario y jurídico que requieren de revisión y estudio necesarios para la solución de problemas y así establecer los efectos jurídicos que producen, fundamentando el contenido de la presente en el ordenamiento legal de nuestra legislación de Guatemala, tomando en consideración que el Código de Comercio no cuenta con la suficiente legislación teniendo que acudir a leyes especiales para complemente el anterior.

3

4

II.

CONTENIDO

CERTIFICADOS FIDUCIARIOS

1. Definición: Son títulos de crédito emitidos sobre fideicomisos, constituidos con ese fin y representan el derecho de su titular a una parte alícuota de los bienes, y consecuentemente de los frutos o rendimientos de estos que se obtengan dentro del fideicomiso y revocable que sirve de base a su emisión. 1.1.Definición de Fideicomiso: “En Guatemala, el fideicomiso se concibe como una figura mercantil y mantiene la restricción básica de que únicamente pueden ser fiduciarios los bancos y sociedades financieras establecidas en el país autorizado especialmente por la Junta Monetaria, siendo como finalidad la conservación, administración e inversión de su patrimonio, protegiéndolo de la inexperiencia, incapacidad, influencias perniciosa o interesadas, o de cualquier otra causa que pudieran motivar a una persona a llevar una mala administración de sus bienes, o que desee resguardarse de ciertas eventualidades o buscar mayores beneficios y seguridad para estos recursos” (Banco de Desarrollo Rural. Sociedad Anónima, s.f.) 1.2.Antecedentes: El fidecomiso tiene su origen en roma y su génesis fue principalmente por dos motivos: primero, para facilitar la testamentifacción, como un medio para facilitarlo a los peregrinos la libre disposición de sus bienes a los que por otros motivos no podían caber el testamento romanos; segundo, que las herencias llegaran a las personas incapacitadas por la ley para que pudieran suceder, pero que obstante ese impedimento merecía ser remunerados por todos los servicios que les habían prestados a los testadores. Como se ha expuesto anteriormente, la ley romana tenía muchos impedimentos para poder heredar por testamento, en la que se establecía que los libertos, las municipalidades, los pobres los proscriptos, los

4

5 casados sin hijos en la proporción fijada por la misma ley, los habitante de provincias no ciudadanos , los colegios etc., quedaban excluidos de un testamento. Así pues, y con el objeto de favorecer a estas personas, los testados instituía por heredero suyo a una persona legalmente capaz, para que este entregara todo o parte de la herencia a la persona que le había designaba. La voluntad del testador carecía de obligación civil, ya que atendía su cumplimiento y la buena fe, en vista de todo lo anterior y debido a que la persona instituida como heredera del testador Asia mal uso de la herencia para su cumplimento se solicitó la intervención de los cónsules. Tiempo después fue creada una pretoria especial, que se ocupó exclusivamente de regular los FIDEICOMISO. 1.3.Etimología: El origen de la palabra “fiduciario”, proviene del latín: “fiducia”, que en español significa “confianza” y “fideicomiso”, su origen es también del latín “fideicommissum: “fe” y “comisos”, “confiado”. 1.4.NaturalezaJurídica: En cuanto a su naturaleza jurídica, como se mencionó, es bien mueble y contiene un negocio jurídico unilateral o una declaración unilateral de voluntad en la que el suscriptor se obliga a si mismo con su firma, siguiendo la teoría de la creación (según esta teoría el titulo existe y se obliga desde el momento en que se crea, cualquiera que sea la causa por la que se suscribe y de esta forma se le da máxima seguridad al título y se garantiza su circulación) en contraposición a la teoría de la emisión que sostiene que el titulo tiene existencia jurídica desde que entra en circulación.

2. Características: a) Formalismo: El título de crédito es un documento sujeto a una formula especial de redacción y debe contener los elementos que señala el artículo 888 del Código de Comercio de Guatemala, la forma espacial para que el negocio jurídico surja y también lo es en el aspecto procesal pues el documento será eficaz en medida que contenga los requisitos que exija la ley. b) Autonomía: se le da al derecho una existencia independiente de cualquier vínculo subjetivo; el derecho que se adquiere al recibir el título, es nuevo; transmito por el último enajenante e 5

6 independiente totalmente de las relaciones que hayan podido originarse en la transmisión del mismo. Por esta razón, el tráfico del título es seguro porque frente a terceros de buena fe no se puede interponer excepciones personales que puedan haber nacido de la calidad de sujetos anteriores que hubieren intervenido en la circulación de títulos de crédito. c) El derecho inmerso en título,está incorporado y forma parte de el: de manera al transferir el documento, se transmite también el derecho. El derecho se transforma en algo corporal si un título se destruye, desaparece el derecho que en el se haya incorporado; eso no quiere decir que desaparezca la relación causal que genero la relación del título, la que se puede hacer valer por otros procedimientos. d) Literalidad: en el título de crédito se encuentra incorporado un derecho, pero alcances de este derecho se rigen por lo que el documento diga en su tener literal y encontra de ello de no se puede oponer prueba alguna. Lo que no aparezca escrito en el propio titulo, ni como derecho ni como obligación, carece de transcendencia jurídica. Es necesario mencionar que con base a este principio, no se puede incluir condiciones o redactar títulos a semejanza de un contrato formal; osea que no puede utilizarse el título valor para crear contratos; por esa razón, algunas partes o clausulas cambiarias no tienen valor. e) Los certificados fiduciarios: son títulos de crédito emitidos por instituciones debidamente autorizadas para practicar operaciones fiduciarias y como consecuencia de fideicomisos constituidos con esa finalidad, que representa y atribuyen a sus titulares:  Derecho a una parte alícuota de los productos de los bienes fideicometidos.  Derecho a una parte alícuota del derecho de propiedad sobre dichos bienes o sobre el 

precio que se obtenga de los mismos; y Al derecho de propiedad sobre una parte determinada del bien inmueble fideicometido cuando el patrimonio se destruye en esta forma.

3. Elementos.

3.1.Elementos Personales:

6

7 a) Fideicomitente (persona que transmite determinados bienes y derechos a otro llamado fiduciario). b) Fiduciario (que solo puede ser un banco o instituciones de crédito). c) Fideicomisario: Puede dividirse en: 

Fideicomiso de garantía en el que los bienes fideicometidos estas destinados a garantizar el cumplimiento de obligaciones;



Fideicomiso de Administración en el que la función del fiduciario es manejar el patrimonio fideicometido en provecho del fiduciario; y



Fideicomiso de Intervención en el la función del fiduciario es, como la palabra lo dice, realizar investigaciones que produzca beneficios al fideicomisario.

3.2.Elementos reales: Se constituye por la suma de dinero que el título representa y los interés que el mismo genera para poder emitir certificados fiduciarios se necesita autorización de la junta monetaria. 3.3.Elemento Formales: 

Designación completa y clara del fideicomitente, fiduciario y beneficiario.



Designación Fiduciarios o Beneficiarios suscritos, si los hubiere.



Descripción de bienes o patrimonio.



Facultades y obligaciones del fiduciario.

Estos elementos son la base de la figura jurídica objeto de la investigación, que tienen como mayor utilidad el dar una orientación del funcionamiento de los Certificados Fiduciarios. (Mejía, p.p. 240 250)

4. Requisitos Formales:

Los certificados fiduciarios deben contener: 7

8 a) Nombre del título: certificado fiduciario; b) Datos de la escritura en que se contrató el fideicomiso que origina los títulos y lo referente a la c) d) e) f) g) h)

creación de los certificados; Descripción de los bienes fideicometidos; Valor de los bienes (su avaluó) cuando los certificados tengan valor nominal; Facultades del Fiduciario; Derechos de los tenedores de los títulos, expresando el régimen de su ejecicio; Firma del fiduciario y de la autoridad administrativa que intervenga en la creación de los títulos; El plazo del certificado. Este no podrá exceder del plazo del fideicomiso que origina el certificado. Estos son los requisitos mínimos e indispensables que han de contener este tipo de títulos de crédito, de acuerdo al aporte de (Lara, 2012, p.p. 136-137)

5. formas de creación:  Nominativos.  A la orden, o al portador  Pero si el bien fidiciario es un bien mueble la modalidad nominativa es obligatoria. Las manera que pueden estos títulos de crédito nacer a la vida jurídica y así poder asegurar los efectos jurídicos propios, en el trafico mercantil según aporte de (Lara, 2012, p. 136) 6.Formas de Circulación: En el ordenamiento jurídico guatemalteco mercantil, la forma en que ha de poder circular los certificados fiduciarios son: Los certificados fiduciarios se pueden emitir en forma: 6.1.Nominativa: El artículo 415 del código de comercio establece que son títulos nominativos los creados a favor de determinadas personas cuyo nombre se consigna; tanto como en el propio texto del documento como en el registro del creador son transmisibles mediante endoso e inscripción en el Registro. Ningún acto u operación referente a esta clase de títulos de esta clase surtirá efectos contra el creador o contra terceros, sino se inscribe en el título y en el registro. En este sentido, toda persona que crea un título nominativo debe llevar un registro para controlar quien es propietario, para controlar cuando ya están en circulación. Como lo indica nuestra legislación esta clase de título debe crearse a favor de persona determinada e inscribir el nombre del titular en un Registro especial que debe llevar el emisor de título, ya que no darse la inscripción antes referida el deudor no está obligado a reconocer como tenedor legitimo sino al que aparezca como tal en el título y en el registro creado para el efecto. Cabe mencionar que la trasmisión de esta 8

9 clase de títulos de crédito pueden hacerse por cualesquiera que sean las causas que el derecho reconoce como traslativo, sin embargo, la naturaleza de la transmisión de los títulos nominativos es mediante el endoso e inscripción en el Registro. Esta clase de títulos pueden gravarse a traves del derecho real de garantía de prenda y es importante mencionar que para dicha pignoración sobre el titulo nominativo sea efectiva, el titulo debe endosarse en garantía y anotarse el gravamen en el Registro del emisor del Titulo entre los títulos nominativos se pueden mencionar varios, de acuerdo a nuestra investigación únicamente nos interesan los certificados fiduciarios ya que son materia de estudio de los mismos. (Saquil, 2013, p. 106)

7. Funcionamiento: El fideicomitente transmite ciertos bienes y derechos al fiduciario, afectándolos a fines determinados. El fiduciario los recibe con la limitación de carácter obligatorio, de realizar sólo aquellos actos exigidos para cumplir los fines del fideicomiso. En caso de incumplimiento en cuanto a los certificados fiduciarios se regirá en cuanto a lo establecido el artículo 630 del código de comercio en el cual el cobro de un título de crédito dará lugar al procedimiento ejecutivo el que establece Código procesal civil y mercantil en su artículo 327, sin necesidad de procedimientos de firma ni de otro requisito, salvo que el protesto fuere legalmente necesario. Para los efectos de procedimiento, se tendrá como domicilio del deudor el que aparezca en el título,

7.1.Derechos del fiduciario. El fiduciario tiene los derechos siguientes: 1º. Ejercitar las facultades y efectuar todas las erogaciones que se requieran para el cumplimiento del fideicomiso, salvo las limitaciones que establece la ley o que contenga el documento constitutivo. 2º. Ejercitar todas las acciones que puedan ser necesarias para la defensa del patrimonio fideicometido. 3º. Otorgar mandatos especiales con representación en relación con el fideicomiso.

9

10 4º. Percibir remuneración por sus servicios; cobrar preferentemente su remuneración de los ingresos del fideicomiso. 5º. Los demás que sean necesarios para el cumplimiento del fin del fideicomiso. 7.2.Obligaciones del fiduciario. El fiduciario tiene las obligaciones siguientes: 1º. Ejecutar el fideicomiso de acuerdo con su constitución y fines. 2º. Desempeñar su cargo con la diligencia debida y únicamente podrá renunciarlo por causas graves, que deberán ser calificadas por un Juez de Primera Instancia. 3º. Tomar posesión de los bienes fideicometidos, en los términos del documento constitutivo y velar por su conservación y seguridad. 4º. Llevar cuenta detallada de su gestión, en forma separada en sus demás operaciones y rendir cuentas e informes a quién corresponda, por lo menos anualmente o cuando el fideicomitente o el fideicomisario se lo requieran. 5º. Las demás inherentes a la naturaleza de su encargo. 7.3.Remoción del fiduciario. El fiduciario debe ser removido: 1º. Si no cumple con las instrucciones contenidas en el documento constitutivo del fideicomiso. 2º. Si no desempeña su cargo con la diligencia debida. Todas estas disposiciones las encontramos enmarcadas en nuestro ordenamiento jurídico mercantil. (Congreso de la República de Guatemala, 1970) 8. Procedimiento: A) La constitución del fideicomiso puede constituirse por contrato o instituirse por testamento. B) Debe constar en escritura pública en el acto de suscribirse, debiendo constar la aceptación del fiduciario en el mismo acto y consignándose en el documento el valor estimativo de los bienes. C) Los fideicomisos constituidos por un plazo mayor de veinticinco años serán válidos, por un plazo mayor de veinticinco años serán válidos, pero su plazo se entenderá reducido al máximo legal. 10

11 Cuando se designe fideicomisario a una entidad estatal, o una institución de asistencia social, cultural, científica o artística con fines no lucrativos o a un incapaz o a un enfermo incurable, el plazo del fideicomiso podrá ser indefinido. D) Así mismo los Jueces de Primera Instancia del Ramo Civil, a solicitud de parte y con opinión favorable del Ministerio Público, podrán constituir fideicomisos en los casos en que por la ley pueden designar personas que se encarguen de la administración de bienes. El fiduciario nombrado judicialmente sólo será administrador de los bienes. E) Si el fideicomiso fuera por testamento reconocida la legitimidad de un testamento en que se establezca fideicomiso, se efectuará inventario y avalúo de los bienes fideicometidos con intervención del fiduciario. F) Si en el testamento no se designa nominalmente al fiduciario, el Juez nombrará al que proponga el fideicomisario y, en su efecto, el juez hará la designación. G) Puede designarse uno o varios fiduciarios, y en este último caso, podrán actuar conjunta o sucesivamente, de acuerdo con las disposiciones del documento constitutivo. H) Cuando no exista el fideicomisario determinado, corresponderán al ministerio público los derechos. 8.1. Nulidad del fideicomiso. Son nulos los fideicomisos: 1º. Constituidos en forma secreta. 2º. Aquellos en los cuales el beneficio se otorgue a diversas personas, sucesivamente, que deban sustituirse por muerte de la anterior, salvo que la sustitución se efectúe en favor de personas que estén vivas o concebidas a la muerte del fideicomitente. 8.2.Extinción del fideicomiso. El fideicomiso termina: 1º. Por la realización del fin para el que fue constituido. 2º. Por hacerse imposible su realización. 3º. Por haberse cumplido la condición resolutoria a que haya quedado sujeto. 4º. Por convenio expreso entre el fideicomitente y el fideicomisario. 5º. Por revocación hecha por el fideicomitente, cuando se haya reservado ese derecho en el documento constitutivo. 6º. Por renuncia, no aceptación o remoción del fiduciario, si no fuere posible sustituirlo. 7º. Por el transcurso del plazo máximo de veinticinco años, a menos que el fideicomisario sea incapaz, enfermo incurable o institución de asistencia social. 8º. Por sentencia judicial. 11

12

8.3.Efectos de la extinción. Al terminar el fideicomiso, los bienes del mismo que tenga en su poder el fiduciario, deberán ser entregados a quien corresponda, según las disposiciones del documento constitutivo o sentencia judicial, en su caso; y en su defecto, al fideicomitente o sus herederos, en los casos señalados en los incisos 2º, 3º, 4º, 5º y 6º del artículo 787 de este Código y al fideicomisario, en los casos señalados en los incisos 1º y 7º del mismo artículo. (Congreso de la República de Guatemala, 1970, p.p. 218-226)

9. Ejemplo: Una empresa constructora de viviendas contrata un fideicomiso por un banco, tramitándole inmuebles destinados a la edificación de casas. Obviamente la sola existencia de los inmuebles no pueden permitir el desarrollo de las construcciones entonces el banco fiduciario si estuviere autorizado, emite certificados fiduciarios, como consecuencia del fideicomiso los coloca en el mercado de inversión de valores; y analiza el dinero que obtiene en relación del objeto del fideicomiso.(Lara, 2012, p. 136) CONTRATO DE UN FIDEICOMISO DE INVERSIÓN El infrascrito señor JOSE CARLOS RUANO PEREZ, por este medio hace constar que la empresa “LA BENDICION”, con patente de comercio número CARTOCE MIL, representada en este acto por el señor PEDRO JUAN NICOLAS, según consta en la Sección Mercantil de Registro Mercantil de la República de Guatemala, al tomo DOS, folio TRES, asiento CUATRO, en adelante denominado "El Fideicomitente" y la Sociedad Financiera Privada BANRURAL, con patente de comercio número QUINCE, representada en este acto por el señor AXEL ORDOÑEZ LOPEZ, actuando en calidad de Representante Legal, según consta en la Sección Mercantil del Registro Mercantil de la República de Guatemala, al tomo VEINTE, folio TREINTA, asiento DIEZ, en adelante denominado "El Fiduciario", hemos convenido en celebrar el presente contrato de FIDEICOMISO DE INVERSIÓN, el cual se regirá por las siguientes cláusulas, y por las disposiciones pertinentes del Código de Comercio: PRIMERA: El Fideicomitente manifiesta expresamente que el presente contrato lo suscribe con el fin de realizar inversiones en títulos colocados a través de la Bolsa de Valores Nacional, S. A. SEGUNDA: Será objeto de este fideicomiso, la cantidad de UN MILLÓN QUINIENTOS MIL QUETZALES EXACTOS (Q1,500,000.00) los cuales el 12

13 Fideicomitente traspasa en este acto en propiedad fiduciaria a la Sociedad Financiera Privada BANRURAL, con el fin de que ésta administre, invierta y ejerza custodia sobre dichos valores. TERCERA: Se tendrá como Fideicomisario de este fideicomiso al mismo Fideicomitente, únicamente en el sentido de aprovechar el mismo para los fines señalados en este contrato. CUARTA: Son derechos del Fideicomitente los siguientes: a) Pedir al Fiduciario le otorgue un certificado en que conste que los valores fueron entregados en fideicomiso para su administración, inversión y custodia. b) Legitimado con la certificación de los valores en fideicomiso, el Fideicomitente en su condición de Fideicomisario continuará en el ejercicio de todos los derechos patrimoniales, en particular, tendrá derecho a disponer de los dividendos que se produzcan. c) En cualquier momento, pedir al Fiduciario le sean mostrados los bienes mobiliarios fideicometidos a fin de verificar su existencia y buen estado de conservación. d) Exigir al Fiduciario que cumpla con los términos de este fideicomiso y removerlo de su cargo en caso se determine incumplimiento de su parte. e) Exigir al Fiduciario le traspase los bienes Fideicometidos al finalizar el Fideicomiso. f) No podrá pedir al Fiduciario rendimiento de cuentas, por no ejercer ésta actos de administración. QUINTA: Son obligaciones del Fideicomitente las siguientes: a) Cumplir el fideicomiso conforme lo dispuesto. b) Cancelar anticipadamente la comisión por la administración del fideicomiso, la cual se fija en un mil quetzales exactos (Q1,000.00), pagaderos mensualmente. c) Rembolsar al Fiduciario, por sí mismo o a través de un tercero con quien haya pactado al efecto, cualquier gasto en que haya incurrido ésta, en la ejecución del fideicomiso. SEXTA: Son derechos del Fiduciario los siguientes: a) El Fiduciario se reserva el derecho de renunciar a su cargo, de lo cual deberá dar aviso al Fideicomitente con al menos un mes de antelación a la fecha en que surta efecto su renuncia. b) Exigir al Fideicomitente con preferencia de los demás acreedores, el pago de la remuneración establecida y el reembolso de gastos que origine este fideicomiso. c) Negarse a ejercer cualquier acto de administración sobre los bienes fideicometidos, por lo que no se encargará de vigilar las fechas de vencimiento ni ninguna otra situación que se presentara sobre dichos bienes, a menos que las partes posteriormente y de mutuo acuerdo así lo dispongan de forma expresa y por escrito. d) El fiduciario no deberá entregar informes ni cuentas sobre el fideicomiso por simple custodia. SEPTIMA: Son obligaciones del Fiduciario las siguientes: a) Cumplir con el fideicomiso en lo aquí establecido. b) Ejercer su cargo sin que pueda delegarlo a otra persona. c) Ejercer la custodia con diligencia y responder por los 87 menoscabos, daños y perjuicios que los bienes fideicometidos sufran por culpa dolo o negligencia suya o de sus empleados o encargados. d) Devolver los bienes fideicometidos al finalizar el fideicomiso. e) Entregar al Fideicomitente certificación de que los valores se encuentran en fideicomiso. f) Enseñar, cuando el Fideicomitente se lo pida, los bienes o valores entregados en 13

14 fideicomiso. En caso de pérdida, por culpa o negligencia del fiduciario, éste responderá por los gastos en que se incurra en las diligencias de reposición de los títulos. h) Identificar los bienes fideicometidos, registrarlos, y mantenerlos separados de sus bienes propios y de los de otros fideicomisos. i) Rendir información acerca del fideicomiso, cuando le sea solicitada por el ente regulador. OCTAVA: El plazo de este fideicomiso será de veinticinco años, contados a partir de la fecha de suscripción de este contrato. NOVENA: Durante la vigencia de este contrato, los valores en propiedad fiduciaria, podrán ser retirados por el Fideicomitente, salvo autorización por escrito dirigido al fiduciario. DÉCIMA: Este fideicomiso se extinguirá: a) Por vencimiento del plazo. b) Por convenio expreso entre el Fideicomitente y el Fiduciario. c) Por falta de fiduciario cuando exista imposibilidad de sustitución. d) Por incumplimiento de las obligaciones a que se comprometen las partes. DÉCIMA PRIMERA: El Fiduciario se compromete a otorgar al Fideicomitente, a solicitud de éste, poder especial tan amplio como en derecho se requiera para que participe en representación de la totalidad de los valores a que hace referencia este contrato. DÉCIMA SEGUNDA: Únicamente para efectos de estimación, al día de hoy la tarifa anual por el fideicomiso que deberá pagar el fideicomitente será de DOCE MIL QUETZALES EXACTOS (Q12,000.00). DÉCIMA TERCERA: Este fideicomiso será denominado "FIDEICOMISO DE INVERSIÓN XXX". Conformes las partes con lo aquí estipulado, lo aprobamos y firmamos en duplicado en la ciudad de Huehuetenango, a los cinco días del mes de enerode 2017. Ante mí.

14

15

Las entidades bancarias específicamente el Banco de Desarrollo Rural, Sociedad Anónima aporta el funcionamiento interno de dicha institución, a través de la gráfica anterior(Banco de Desarrollo Rural. Sociedad Anónima, s.f.)

15

16

III.



CONCLUSIONES

Por medio de la institución del fideicomiso se pueden obtener financiamiento de los créditos otorgados puesto que se le pueden transferir bienes, a parte del gravamen real que sobre los mismos se constituye a favor de una persona de dichos entes, actividad que normalmente es realizada por entidades bancarias.



El funcionamiento de los certificados fiduciarios es la transmisión de ciertos viene y derechos al fiduciario afectándolo a fines determinados pero los mismos requerirán de procedimientos establecidos en el Código de Comercio y leyes especiales.



Dentro de los certificados fiduciarios se requiere elementos formales, reales y legales; y en cuanto a los últimos así mismo el procedimiento en caso de incumplimiento del título de crédito.

16

17

IV.



RECOMENDACIONES

El Congreso de la República de Guatemala, que se creen más normas para regular esta figura que son los certificados fiduciarios ya que su contenido es restringido tanto doctrinal como legal tomando en cuenta que la circulación de estos en el país.



Tener un medio más accesible en cuanto a la información del procedimiento de los certificados fiduciarios ya que la con la que cuentas la paginas oficiales de la entidades bancarias es muy escueta, y no se logra un conocimiento amplio sobre la figura que estudiamos.



Las universidades que funcionen en el país crear en el estudiante un interés que le permita profundizar y analizar sobre estos temas que son muy poco lo que nos establece el ordenamiento jurídico, para así lograr un conocimiento integral.

17

18

V.

BIBLIOGRAFIA

Banco de Desarrollo Rural. Sociedad Anónima. (s.f.). Banrural . Obtenido de http://www.banrural.com.gt/banruralc/Home/Fideicomisos/Informaci%C3%B3n-General/Baselegal-del-fideicomiso-en-Guatemala Congreso de la República de Guatemala. (1970). Codigo de Comercio Decreto No. 2-70. Guatemala: Arreola. Lara, R. A. (2012). Derecho Mercantil Guatemalteco (Séptima ed., Vol. II). Guatemala: Universitaria San Carlos de Guatemala. Mejía, C. D. (s.f.). Titulos y Contratos de Crédito. México. Saquil, J. E. (julio de 2013). Biblioteca Universidad de San Carlos de Guatemala. Obtenido de http://www.biblioteca.usac.edu.gt/tesis/04/04_7117.pdf

18

19 VI.

ANEXOS

https://prezi.com/9fw2r-hbjv-n/en-guatemala-el-fideicomiso-se-concibe-como-una-figura-merc/

19