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Municipalidad Distrital de Curicaca Jefatura de Obras y Desarrollo Urbano y Rural MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURICACA

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Municipalidad Distrital de Curicaca

Jefatura de Obras y Desarrollo Urbano y Rural

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURICACA – JAUJA - JUNIN

JEFATURA DE OBRAS PUBLICAS Y DESARROLLO URBANO Y RURAL MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURICACA

TÉRMINOS DE REFERENCIA CONTRATACION DE PROFESIONAL PARA RESIDENTE DE OBRA: “CONSTRUCCION DE MURO PERIMETRICO CEMENTERIO GENERAL DE ROSARIO I ETAPA, DISTRITO DE CURICACA, PROVINCIA DE JAUJA, REGION JUNIN”.

Curicaca, abril del 2018

JEFATURA DE OBRAS PUBLICAS Y DESARROLLO URBANO Y RURAL

Municipalidad Distrital de Curicaca

Jefatura de Obras y Desarrollo Urbano y Rural

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURICACA

TÉRMINOS DE REFERENCIA CONTRATACION DE PROFESIONAL PARA RESIDENTE DE OBRA: “CONSTRUCCION DEL MURO PERIMETRICO CEMENTERIO GENERAL DE ROSARIO I ETAPA, DISTRITO DE CURICACA, PROVINCIA DE JAUJA – REGION JUNIN”

I)

GENERALIDADES:

ENTIDAD CONTRATANTE: Municipalidad Distrital de Curicaca – Jauja - Junin, de conformidad con la Ley de Contrataciones del Estado Decreto Legislativo N° 1017 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 138-2017-EF, con domicilio legal en la Plaza Principal S/N, Distrito de Curicaca – Jauja - Junin. 1.

OBJETIVO: La contratación de los servicios de un ingeniero Residente de Obra, es para dirigir, técnica – económica – administrativa, la ejecución de la Obra: “CONSTRUCCION DE MURO PERIMETRICO GENERAL DE ROSARIO I ETAPA, DISTRITO DE CURICACA, PROVINCIA DE JAUJA REGION JUNIN”.

2.

UBICACIÓN: El área de trabajo se ubica en el ámbito del Distrito de Curicaca: Localidad : Rosario Distrito : Curicaca Provincia : Jauja Región : Junin

3.

DURACION DEL SERVICIO El Plazo de la prestación del servicio de RESIDENTE DE OBRA: “CONSTRUCCION DEL MURO PERIMETRICO CEMENTERIO GENERAL DE ROSARIO I ETAPA, DISTRITO DE CURICACA, PROVINCIA DE JAUJA REGION JUNIN”. Es de Dos (02) Meses.

4.

SERVICIOS A REALIZAR Dirigir técnica - económica – administrativa, la ejecución de la obra, de conformidad “Aprobación de Expediente técnico, ejecución y liquidación de obras a ejecutarse por Administración Directa”, según el siguiente detalle: • Jefaturar la Residencia de la ejecución de las obras, en sus aspectos técnicos-económicos-administrativos, con sujeción a lo dispuesto por: El Expediente Técnico de la Obra. Las buenas prácticas y arte de la Ingeniería. •

Asistir diaria y permanentemente al lugar de la obra a su cargo



Del Cuaderno de Obra

El cuaderno de obra, legalizado por Notario Público o Juez de Paz, tendrá un (01) original y tres (03) copias, será sellado y visado en todas sus páginas, por el Residente y por el Inspector de Obras. Abrir el Cuaderno de Obra el mismo día de la recepción del terreno, registrando las condiciones en que se recibe el terreno. Todas las anotaciones en el Cuaderno de Obra tendrán numeración correlativa, empezando por el número de la anotación, el día, la fecha y “Del Residente”, o “Del Inspector”. La numeración correlativa de las anotaciones será única independientemente de quien efectúe la anotación.

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Solo el Residente y el Inspector están autorizados a efectuar anotaciones en el Cuaderno de Obra.

• Anotar en el Cuaderno de Obra, la fecha de inicio y término de los trabajos, las variaciones y/o modificaciones autorizadas, los avances mensuales físicos y financieros, los controles diarios de ingresos y salida de materiales y de personal, las horas-máquina trabajadas por los equipos propios y alquilados, los partes diarios de máquinas, los jornales semanales insumidas en la obra por el personal obrero, así como los problemas que pudieran afectar el cumplimiento del cronograma establecido. Del mismo modo deberá registrar en el Cuaderno de Obra, después de cada valorización de avance: El porcentaje y monto del avance (físico) de la obra, parcial El porcentaje y monto del avance financiero de la obra, parcial y acumulado. La ratio: Avance físico/Avance financiero. Para mejor comprensión de la información que se requiere consignar en el cuaderno de obra, el Residente puede utilizar formatos especiales para cada insumo los mismo que se constituirán como documentos vinculantes válidos para el control técnico – administrativo de la obra. Revisar el expediente técnico de la obra y emitir el informe de compatibilidad correspondiente, dentro de los primeros QUINCE (15) días calendario de iniciada oficialmente la obra, recomendando a la Entidad, de ser el caso, las medidas que deban adoptarse en resguardo de la calidad y buena ejecución de los trabajos, que permitan el mejor cumplimiento de las metas propuestas. Presentar el Calendario de Inicio de Obra Presentar el informe mensual de la obra dentro de los cinco (5) días siguientes de vencido cada mes, informe que tendrá el esquema en el anexo respectivo que forma parte integrante de esta Guía. Presentar informes especiales: además del informe mensual, el Residente deberá presentar, cada vez que se le requiera los informes especiales sobre situaciones específicas que pudieran presentarse durante la ejecución de las obras. Dichos informes especiales deberán ser presentados dentro de los CINCO (05) días de solicitados por la Gerencia Regional de Infraestructura, o quién haga sus veces, referentes a pronunciamientos sobra: Prórrogas, y mayores metrados gastos generales. -

Mayores metrados

-

Adicionales

-

Deductivos

-

Cambio de especificaciones y/o diseño

-

Reprogramación de obra, avance acelerado de obra, etc.

• Ajustar el calendario de Adquisición de materiales e insumos de la obra, necesarios para su ejecución, valorizado mensualmente y debidamente armonizado con el calendario valorizado de Avance de Obra. • Formular los expedientes técnicos y sustentar, documentadamente, en su oportunidad, todas las variaciones y/o modificaciones que, a su criterio, deben realizarse al expediente técnico original. • Reformular el Diagrama de Red, el Calendario Valorizado de Avance de Obra fechado y el Calendario de Adquisición de materiales, cada vez que se produzcan variaciones y/o modificaciones a las condiciones preestablecidas en el expediente técnico original, que repercutan y modifiquen el plazo original. • Ejecutar la obra dentro del plazo oficial, actualizado y vigente (con las ampliaciones de plazo autorizadas, es decir aprobadas oficialmente por la máxima autoridad administrativa de la Entidad). •

De los requerimientos que debe hacerse a la Oficina de Abastecimientos, con la aprobación previa del Inspector de obra.

Todos los insumos, materiales, servicios, etc., necesarios para la ejecución de la obra deben ser formulados por el Residente y presentados a la Oficina de Abastecimiento, o quién haga sus veces, por el Inspector, inmediatamente después de su aprobación. Todos los requerimientos deben hacerse con la debida anticipación, señalando, en el formato respectivo, la fecha máxima para su entrega a pie de obra.

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• Disponer la recepción de los insumos (materiales, equipos y demás recursos) que remita a obra la Entidad, verificando previamente su cantidad, calidad y que cumplan con las especificaciones técnicas respectivas. • Rechazar los recursos que no cumplan con la calidad y especificaciones técnicas requeridas, ni con la provisión oportuna de los mismos, anotando en la guía de remisión las observaciones. • Elaborar, conjuntamente con el Inspector, las planillas de los metrados realmente ejecutados, que respalden a las correspondientes valorizaciones. •

La valorización periódica de avance. Se adjuntarán las planillas que sustenten los metrados.

• Disponer la elaboración de los ensayos de los materiales con la debida anticipación, y las pruebas de control de calidad de laboratorio y de campo, de los trabajos y de los materiales, con presencia del Inspector, y verificar que el resultado de los mismos esté de acuerdo a las exigencias del Expediente Técnico, caso contrario disponer los correctivos. Los resultados de los ensayos deben informarse al inspector, así como en los informes técnicos, y presentados a la Comisión de Recepción y Liquidación de la Obra. •

Presentar al Inspector, para su aprobación, con la debida anticipación, los diseños de mezclas del concreto.



Ser ajeno a la variación y/o modificación unilateral del expediente técnico, por NO tener autoridad alguna para hacerlo.

• Verificar el funcionamiento de las instalaciones y equipos instalados que formarán parte integrante de la obra, conforme a las especificaciones técnicas correspondientes y a las recomendaciones de los fabricantes. •

Indicar en el Cuaderno de Obra la fecha de término de la misma.



Solicitar la recepción de obra en la fecha de término de la misma.



Administrar confidencialmente todos los documentos relativos a la obra.



Elaborar los planos de “Post construcción”, los mismos que deberán ser suscritos por el Residente e Inspector.

• Entregar al Inspector todo el acervo documentario producido durante la ejecución de la obra, debidamente ordenado por asuntos, foliados y encuadernados. •

Asesorar al Comité de Recepción y Liquidación de obras en la etapa de recepción de los trabajos.

• Elaborar conjuntamente con el Inspector el borrador del proyecto de declaratoria y/o memoria descriptiva valorizada para entregar al Comité de Recepción y Liquidación en su oportunidad. • Elaborar conjuntamente con el Inspector la pre-liquidación técnica y financiera final de la obra, como máximo a diez (10) días de la fecha del acta de recepción de los trabajos, para entregar al Comité de Recepción y Liquidación. 5.

DESCRIPCION DEL SERVICIO REQUERIDO: El servicio de Residente De Obra: “Construcción de Muro perimétrico cementerio general de rosario I etapa, distrito de Curicaca, Provincia de Jauja Región Junín”. Consiste en Administrar la ejecución de obra, cuya supervisión de los trabajos dependerá de la Jefatura de Obras Publicas y Desarrollo Urbano y Rural de la Municipalidad Distrital de Paucarbamba.

6.

VALOR REFERENCIAL ESTIMADO: La suma estimada es S/. 3,500.00 (Tres Mil quinientos con 00/100 Nuevos soles). En el valor referencial se encuentran incluidos todos los impuestos vigentes, seguros, transporte y cualquier otro concepto que pueda incidir sobre el costo del servicio a prestarse.

7.

REQUISITOS • Título Profesional de Ingeniero Civil Colegiado. • Poseer experiencia profesional en ejecuciones de obra tanto en residencia y/o supervisión mínima de 02 años.

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• •

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Declaración Jurada de no estar impedido para contratar con el estado Estar inscrito en el RNP.

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TÉRMINOS DE REFERENCIA CONTRATACION DE CONSULTOR PARA LA ELABORACIÓN DE EXPEDIENTE TECNICO DEL PROYECTO “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL ESTADIO DEL COLEGIO SAN FRANCISCO DE JAVIER DEL BARRIO CHAPOPAMPA, DISTRITO DE CURICACA – JAUJA – JUNIN” 1.

ASPECTOS GENERALES: 1.1 Denominación del Expediente Técnico: “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL ESTADIO DEL COLEGIO SAN FRANCISCO DE JAVIER DEL BARRIO CHAPOPAMPA, DISTRITO DE CURICACA – JAUJA – JUNIN”. 1.2 Componente de la Inversión: Consultoría de Obra / Estudio Definitivo - Elaboración de Expediente Técnico de Obra.

2.

INTRODUCCIÓN: Los presentes Términos de Referencia señalan los lineamientos que deberá tomar en cuenta el Consultor, sea persona natural o jurídica, en la elaboración de Expediente Técnico del proyecto proyectos.

3.

OBJETIVO DE LA CONSULTORÍA: Objetivo General: Contratar a la Persona Natural o Jurídica, encargada de Formular el Expediente Técnico Definitivo, del Proyecto: “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL ESTADIO DEL COLEGIO SAN FRANCISCO DE JAVIER DEL BARRIO CHAPOPAMPA, DISTRITO DE CURICACA – JAUJA – JUNIN”. los trabajos de gabinete, cuya información de campo y alcance está determinada en base al desarrollo del Proyecto. El objetivo de la Consultoría materia de los Términos de Referencia, es la obtención del Expediente Técnico definitivo, sustentado en base a estudios básicos necesarios para el proyecto, los cuales estarán sujetos al, Reglamento Nacional de Edificaciones y en concordancia con los estándares actuales de diseño en todas las especialidades de ingeniería. El Expediente Técnico sustentado en base a estudios básicos, deben permitir la ejecución de la obra: “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL ESTADIO DEL COLEGIO SAN FRANCISCO DE JAVIER DEL BARRIO CHAPOPAMPA, DISTRITO DE CURICACA – JAUJA – JUNIN”. Objetivos Específicos: a. Tomar conocimiento puntual de las características y condiciones físicas, económicas, Técnicas, normativas, arquitectónicas, estructurales, climatológicas, topográficas, geológicas, geotécnicas, etc., que tengan implicancias en el proyecto a desarrollar. b. Definir las características técnicas de diseño Geotécnico, Hidráulico y Estructural; del proyecto señalado. c. Definir las especificaciones de construcción del proyecto indicado. d. Establecer el costo de la obra proyectada, así como el plazo mínimo de ejecución de la misma.

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e. El Expediente Técnico deberá ser elaborado de manera tal que, al momento de ejecutar la Obra, no se haga necesaria la aprobación de partidas adicionales, o rectificaciones por omisiones, errores, falta de previsión o planificación; salvo casos extremos e imprevisibles, bajo exclusiva responsabilidad de El Consultor.

4.

5.

UBICACIÓN DEL PROYECTO: La ubicación del proyecto donde se efectuará el Servicio de Consultoría, se encuentra en: Localidad : Chapopampa Distrito : Curicaca Provincia : Jauja Región : Junin GENERALIDADES DE LA ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO: 5.1 Sistema de Contratación: a. Directa 5.2

Entidad Contratante: Municipalidad Distrital de Curicaca, a la que se le denominará, para efectos de los presentes Términos de Referencia, como “La entidad”.

5.3

Plazo de Ejecución: 10 DÍAS CALENDARIOS.

5.4

Valor Referencial: S/. 1,500.00 (Mil quinientos con 00/100 Nuevos Soles).

5.5

Coordinación y Supervisión: La Municipalidad Distrital de Curicaca, será el encargado de supervisar los trabajos de la Consultoría, que implementará para el efecto un Equipo de Profesionales, que serán los encargados de efectuar el seguimiento de las actividades desarrolladas por la Consultoría, en coordinación con el Área Pertinente, independientemente del proceso de revisión puntual del proyecto, a fin de asegurar la calidad del servicio, cumplimiento de los términos de referencia y la oportunidad del mismo, de acuerdo al cronograma aprobado.

5.6

Característica del Servicio: Consultoría Externa. Coordinación permanente con la Municipalidad Distrital de Curicaca, en el Área de Jefatura de Obras.

5.7 a. b.

Marco Legal, Reglamentario y Normativo de la Consultoría: Decreto legislativo N° 1017 que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado. Decreto Supremo N° 184-2008-EF, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, incluye todas sus ampliatorias y modificatorias. c. Resolución de Contraloría General N° 123-2000-CG, Modifica diversas Normas Técnicas de Control Interno para el Sector Público. d. Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. e. Ley Nº 26572 Ley General de Arbitraje. f. Ley Nº 27785 Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República. g. Código Civil, en forma supletoria. h. Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. i. Ley Nº 30281 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015. j. Decreto Ley Nº 29338 – Ley de Recursos Hídricos. Estas leyes contemplan cada una de sus ampliatoria modificatorias y complementarias.

5.8 a. b.

Citas y Referencias: Decreto Legislativo N° 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la “Ley”. Bajo el mismo concepto, la mención al término “Reglamento” se entenderá como referida al Reglamento de la citada Ley, aprobado mediante Decreto

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c.

d. e.

6.

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Supremo Nro. 184-2008-EF, incluidas sus ampliatorias y modificatorias. La mención a los términos “El Consultor” o “El Contratista”, harán referencia directa a la persona, natural, jurídica, Consorcio o el que haga sus veces de jefe de proyecto según lo establecido en los presentes Términos de Referencia. La expresión “Términos de Referencia”; hace referencia directa al presente documento. La expresión al término “La Entidad”, hace referencia directa a la Municipalidad distrital de Paucarbamba.

REQUISITOS MÍNIMOS PARA EL REPONSABLE DE ELABORACION DEL EXPEDIENTE TECNCIO: 6.1 Del Consultor a. Para el desarrollo de la presente Consultoría se requerirán los servicios de una empresa consultora (persona jurídica) o de un profesional independiente (persona natural), con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores que administra el OSCE. El certificado de inscripción de El Consultor debe estar vigente a la fecha de inscripción, presentación de propuestas, otorgamiento de Buena Pro y a la fecha de suscripción del contrato. b. El Consultor, no deberá tener pendientes de Aprobación Resolutiva Expedientes Técnicos con la Entidad a la fecha de la contratación. c. El Consultor, ya sea persona natural o jurídica, podrá participar en forma individual. d. El Consultor, deberá contar con equipo profesional que presente para el desarrollo de la Consultoría, deberán contar con experiencia comprobada en el desarrollo de Proyectos de Construcción y/o de Expedientes Técnicos; 6.2 Del Equipo Profesional. a. Todo el equipo profesional que labore en la Consultoría deberá ser colegiado, encontrándose hábil para el ejercicio profesional, según lo exige la Ley Nro.16053, Ley del Ejercicio Profesional de Arquitectos y de Ingenieros. b. El personal profesional requerido para la prestación del Servicio; debe considerarse en función al tipo de especialidad del proyecto a elaborar. Los requisitos mínimos que deben cumplir cada uno de ellos, es el siguiente: Jefe de Proyecto Ingeniero Civil y/o Arquitecto: Con los siguientes requisitos: a. Titulado, adjuntar copia simple y legible del mismo. b. Colegiado, adjuntar copia simple y legible del mismo. c. Copia simple y legible del Documento Nacional de Identidad –D.N.I.d. R.N.P. vigente. Adjuntar una copia simple del mismo. e. Experiencia laboral: Con experiencia profesional en la elaboración de Expedientes Técnicos, como mínimo dos (01) año de experiencia profesional. Forma de acreditación: Copia simple de contratos, acompañados de su correspondiente certificado y/o conformidad y/o constancia y/o comprobante de pago, que demuestre de manera fehaciente el servicio prestado. f. Capacitación: Deberá de acreditar como mínimo 3 capacitaciones, los mismos que podrán ser en Costos y prepuestos y/o S-10 y/o AutoCAD y/o Geotecnia y/o temas similares, que sirvan en alguna manera para la elaboración del expediente técnico que se requiere. Responsabilidad del Consultor: El Consultor es responsable de presentar en su propuesta técnica una declaración jurada donde se manifieste que el personal que ejecutará el servicio de consultoría se encuentra debidamente habilitado por el colegio profesional correspondiente para ejercer la profesión, debido a los originales de los certificados de habilitación profesional serán solicitados para suscribir el contrato. Así mismo el Consultor se deberá presentar una declaración jurada mediante la cual manifieste su compromiso de elaborar el expediente técnico, respetando los márgenes de variabilidad permitidos por Ley.

7.

ALCANCES E IMPLICANCIAS DEL PROYECTO:

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El objeto del presente Servicio incluye la aprobación y conformidad de los estudios básicos proyectos definitivos y expediente técnico, de acuerdo a lo establecido en los Términos de Referencia del proyecto. “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL ESTADIO DEL COLEGIO SAN FRANCISCO DE JAVIER DEL BARRIO CHAPOPAMPA – DISTRITO DE CURICACA – JAUJA JUNIN” a. b.

c.

d.

La elaboración del Expediente Técnico detallado debe ceñirse a los parámetros técnicos bajo los cuales y observar el cronograma de ejecución del estudio con el que se declaró la viabilidad). En cualquier etapa en que se encontrase el Servicio, El órgano revisor en la instancia respectiva rechazará el Expediente Técnico sí éste no se ha desarrollado respetando los alcances establecidos en el Estudio de Pre inversión aprobado; reservándose el derecho de resolver el Contrato por incumplimiento de El Consultor. El estricto cumplimiento de los alcances establecidos en el Estudio de Pre inversión, es de exclusiva responsabilidad de El Consultor. Durante el desarrollo de cualquiera de las etapas previstas, El Consultor deberá informar oportunamente a El órgano revisor, en la instancia respectiva, sobre cualquier modificación, incongruencia o factor que pueda generar la alteración de los alcances establecidos en el estudio de pre inversión. La omisión de dicha comunicación, constituye falta de El Consultor, quien asumirá la absoluta responsabilidad por los hechos que se deriven de ello. Las Generalidades que enmarcan el Estudio de Pre inversión son los siguientes: a. Código del proyecto: 2287063 b. Código SNIP del PIP: 328935. Nombre del PIP: “INSTALACION DE UNA LOSA DEPORTIVA DMULTIFUNCIONAL EN EL CENTRO POBLADO DE HUANCHOS, DISTRITO DE PAUCARBAMBA, CHURCAMPA – HUANCAVELICA”.

8. a. b.

9.

c.

Ubicación del Localidades Distrito Provincia Región

PIP: : Paucarbamba : Paucarbamba : Churcampa : Huancavelica

d. e. f. g. h.

Unidad Formuladora: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAUCARBAMBA Unidad Ejecutora: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAUCARBAMBA Nivel del Estudio de Pre inversión: NINGUNA Inversión según PIA 2015: S/. 107,842.63 Meta física: I. OBRAS PRELIMINARES II. TRABAJOS DE NIVELACION Y REPLANTEO III. CORTE DE MATERIAL SUELTO IV. EXCAVACION MANUAL DE CUNETAS

DETERMINACION DEL PROGRAMA FUNCIONAL. La determinación del programa funcional de obras de agua y saneamiento; deberá establecerse con los requerimientos y la alternativa adoptada por el estudio de pre inversión. El consultor se regirá en el caso de obras de agua y saneamiento, en estricto orden del programa funcional donde se describirán las acciones orientadas al planeamiento, construcción, operación y mantenimiento de sistemas de abastecimiento de agua potable, instalaciones para disposición de excretas, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales, desagüe pluvial, control de la calidad del agua y control de focos de contaminación ambiental, en las localidades en estudio; pudiendo ser modificado para el mejoramiento y desarrollo del proyecto. Contribuyendo al bienestar del usuario y calidad del proyecto. META FÍSICA DE LA CONSULTORÍA: Elaboración del Expediente Técnico de Obra: “INSTALACION DE UNA LOSA DEPORTIVA DMULTIFUNCIONAL EN EL CENTRO POBLADO DE HUANCHOS, DISTRITO DE PAUCARBAMBA, CHURCAMPA – HUANCAVELICA” y la obtención del documento aprobatorio del Expediente Técnico por parte de la Municipalidad Distrital de Paucarbamba. Las cuales se cumplirá conforme a lo siguiente:

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 



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Presentación del Plan de Trabajo: Será presentado dentro de los quince (05) días calendarios de suscrito el contrato correspondiente, la presentación será realizada en Mesa de Partes de La Municipalidad con el cargo correspondiente. Presentación de Anteproyecto del Expediente Técnico: Será presentado dentro de treinta y cinco (15) días calendarios de suscrito el contrato correspondiente, la presentación será realizada en Mesa de Partes de La Municipalidad con el cargo correspondiente. Presentación del Expediente Técnico –para su evaluación y aprobación por la Sub Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural de la Municipalidad Distrital de Paucarbamba-: Será presentado dentro de los treinta (30) días calendarios de suscrito el contrato correspondiente, la presentación será realizada en Mesa de Partes de La Municipalidad con el cargo correspondiente.

10.

SERVICIOS BÁSICOS QUE PRESTARÁ EL CONSULTOR: El Consultor prestará a la Municipalidad Distrital de Paucarbamba los siguientes servicios, según grandes rubros: 1. Recopilación, evaluación y aprovechamiento de información base: Documentos, planos, mapas, normas, leyes, reglamentos, levantamientos, fotografía, etc. 2. Ejecución y/o contratación de los ensayos y pruebas requeridas y/o pruebas o estudios necesarios para la elaboración del expediente técnico. 3. Obtención y financiamiento de permisos, certificaciones y factibilidades de servicios básicos. 4. Elaboración del levantamiento topográfico. Formulación de conclusiones y recomendaciones. 5. Elaboración del estudio de mecánica de suelos. Formulación de conclusiones y recomendaciones. 6. Desarrollo de anteproyecto de ingeniería. 7. Desarrollo de proyecto integral de construcción, en las especialidades de ingeniería que se requiera de acuerdo al tipo de proyecto. 8. Elaboración de especificaciones técnicas en las especialidades de ingeniería que se requiera de acuerdo al tipo de proyecto. 9. Elaboración de metrados en las especialidades de ingeniería que se requiera de acuerdo al tipo de proyecto. 10. Especificaciones de Seguridad e Higiene Ocupacional para la Obra. 11. Formulación de costos y del presupuesto referencial de ejecución de la Obra. 12. Elaboración de fórmulas Polinómicas de reajuste de precios. 13. Determinación de plazo de ejecución de la Obra y elaboración de calendarios valorizados y cronogramas de avance de Obra. PERT-CPM diagrama Gantt. 14. Memorias descriptivas y de cálculo en las especialidades de ingeniería que se requiera de acuerdo al tipo de proyecto. 15. Absolución permanente de las consultas referidas a la documentación técnica que elabore o presente como parte del mismo. 16. Tramitar y obtener la conformidad del órgano municipal competente, del Proyecto, como paso previo a la Licencia de Construcción.

11.

INFORMACIÓN QUE BRINDARA LA ENTIDAD. a. La Municipalidad Distrital de Paucarbamba, suministrará a El Consultor (Previa presentación de la solicitud, una vez suscrito el contrato), copia de los siguientes documentos: 1. Una (01) copia en físico del Estudio de Pre inversión a Nivel de Perfil del Proyecto de Inversión Pública materia de los presentes Términos de Referencia. 2. Una (01) copia en Cd de archivo digitalizado del Estudio de Pre inversión a Nivel de Perfil del Proyecto de Inversión Pública materia de los presentes Términos de Referencia.

12.

RESPONSABILIDADES DEL CONSULTOR: Sin exclusión de las obligaciones que correspondan a El Consultor, conforme a los dispositivos legales y reglamentarios vigentes, y que son inherentes al Servicio contratado, éste se obliga y compromete a cumplir con lo siguiente: a. b. c.

Informarse oportunamente sobre la normatividad técnica y reglamentaria vigente, aplicable al objeto de la Consultoría. Prestar los servicios contratados de conformidad con lo exigido en los presentes Términos de Referencia. Visitar la localidad y el terreno que será materia de aplicación de la Consultoría.

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d.

Tomar conocimiento de los alcances del Estudio de Pre inversión aprobada, efectuando oportunamente ante El órgano revisor en la instancia respectiva, las observaciones o consultas que correspondan. e. Efectuar los trabajos de campo que sean necesarios para verificar el estado y características topográficas, geográficas, climáticas y de servicios básicos, análisis de impacto ambiental, todos correspondientes a la localidad y al terreno sobre el que se ejecuta el proyecto. f. Presentar el Anteproyecto de ingeniería y Proyecto ante la Municipalidad Distrital de Paucarbamba. g. Determinar las características y la capacidad portante del terreno, mediante la ejecución del Estudio de Mecánica de Suelos, el cual se incluye como parte de la Consultoría. h. Garantizar la participación del personal profesional mínimo que se exige en el presente documento, así como de los servicios, equipos y personal técnico y auxiliar que garanticen la buena y oportuna ejecución del Servicio. i. Es de su exclusiva responsabilidad, cumplir con los plazos parciales y con el plazo total programado para los Servicios comprendidos en la Consultoría. j. Asumir la responsabilidad, total y exclusiva, por la calidad de los Servicios que preste, para lo cual mantendrá coordinación permanente con la Municipalidad Distrital de Paucarbamba. k. El Consultor será legalmente responsable, en el campo administrativo, civil y penal; por los resultados que obtenga y que puedan producir fallas en la Obra que recomiende ejecutar como producto de los estudios efectuados. l. Aplicar la reglamentación, directivas, ordenanzas municipales, parámetros urbanísticos y edificatorios, normas técnicas y demás documentos que sean de cumplimiento obligatorio para el desarrollo de la Consultoría, m. De ser necesario, el Consultor brindará las máximas facilidades para el cumplimiento de sus funciones al Coordinador de la Consultoría que designará la Municipalidad Distrital de Paucarbamba, así como al Equipo Revisor que, eventualmente, tendrá a su cargo la revisión de los documentos que vaya elaborando El Consultor. n. El Contrato establecerá las demás responsabilidades y obligaciones esenciales de El Consultor; las que se complementarán con los aquí listados. o. El Consultor es responsable por la precisión de los metrados del Proyecto, los cuales deben estar dentro de un rango razonable de los metrados reales de obra, definido por un diferencial del orden de más o menos 2% de los metrados reales. 13.

CONDICIONES GENERALES PARA EL SERVICIO DE CONSULTORÍA: 13.1 Organización: a. El Consultor deberá presentar un programa de asignación del personal profesional y técnico que participará en el Servicio, incluyendo un organigrama donde se especifique las funciones y responsabilidades correspondientes de cada uno de ellos. Dicho programa se entregará en un formato físico dentro de los Cinco (05) días naturales posteriores a la firma del Contrato.

b. El Consultor deberá garantizar la participación de personal profesional, técnico y auxiliar calificado y experimentado en labores similares a la que se contrata. El personal colegiado, deberá demostrar encontrarse hábil para el ejercicio profesional en las especialidades de ingeniería civil, según lo exige la Ley Nro. 16053, Ley del Ejercicio Profesional de Arquitectos e Ingenieros y el Reglamento de la Ley Nº 28258.

c.

Los Bachilleres y Técnicos podrán integrar el equipo de El Consultor en calidad de asistentes. Sin embargo, no podrán asumir individualmente el desarrollo y la suscripción de los documentos que se formulen. Dicha documentación deberá ser supervisada y avalada por un profesional competente y colegiado.

d. El Consultor podrá efectuar modificaciones y/o reemplazos entre su personal, por causa fortuita o fuerza mayor. No obstante, requerirá de la aprobación que le otorgará La Sub Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural (SGDUR) para formalizar dicho reemplazo. El incumplimiento de dicha obligación constituye causal de resolución contractual atribuible a El Consultor, por incumplimiento.

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14. OPORTUNIDAD DE PRESENTACION, EVALUACION Y APROBACION DE CADA UNA DE LAS ETAPAS DE LA CONSULTORÍA: Durante el proceso de formulación del estudio, El Consultor efectuará la entrega oficial y obligatoria, que corresponderán a los presentes Términos de Referencia, y que corresponden a: 14.1 OPORTUNIDAD DE PRESENTACION: a. Para el Servicio de Consultoría, El Consultor presentará en calidad, la documentación indicada en el numeral 14 de los presentes Términos de Referencia, debidamente sellada y firmada por cada profesional responsable de su elaboración, Jefe del Proyecto y el Representante Legal del Consultor. Los sellos deben ser legibles y contener el número de colegiatura correspondiente. b.

Dicha documentación deberá ser presentada adicionalmente en Discos Compactos (CD) con los archivos digitalizados de la información correspondiente con los formatos y software requeridos: Textos en Word, todos los cálculos en Excel, presupuestos S10 Planos en AutoCAD. Los CD’s deberán estar debidamente rotulados.

14.2 REVISIÓN Y EVALUACION: a. La Entidad revisará los volúmenes correspondientes del Servicio de Consultoría, en un plazo referencial de Cinco (05) días naturales computados desde el día siguiente a la fecha en que fue recibida la documentación Completa. De existir observaciones, éstas serán Notificadas por escrito a El Consultor para su subsanación, adjuntándose el expediente observado. b.

c.

e.

El Plazo que se tomen en revisar, evaluar, dar conformidad y/o aprobar la entidad y empresas prestadoras de servicio y/o concesionarias no deberá afectar al desarrollo del Servicio de Consultoría, por tanto, el Consultor debe cumplir con presentarlos en la oportunidad establecida en el numeral 14 de los presentes Términos de Referencia. Todo retraso en la entrega de los documentos corregidos que exceda el plazo indicado, se considerará como mora para efecto de la penalidad respectiva, cuya penalidad diaria se calculará de acuerdo a lo señalado en el artículo 165° del Reglamento de la Ley de Contrataciones. El Consultor adjuntará al Expediente corregido, el expediente observado, a efectos de facilitar el control de las correcciones efectuadas. El Consultor no contará con plazo adicional para levantar observaciones no subsanadas, o que se deriven de correcciones fallidas. En este caso, la penalidad por mora se computará desde el mismo día en que se reciba el Pliego de Observaciones No Subsanadas.

14.3 APROBACIÓN: a. La Entidad, luego de verificar el cumplimiento de cada una de las Etapas, procederá a otorgar la aprobación de la Etapa correspondiente del Servicio de Consultoría. b.

La notificación de la aprobación de cada una de las Etapas le será cursada por escrito al Consultor. La aprobación y conformidad definitiva se otorgará, con la aprobación del Expediente Técnico por parte de la Entidad.

c.

No será procedente la aprobación parcial. Es decir que el Consultor deberá cumplir con presentar todos los volúmenes indicados y requeridos, caso contrario su presentación será incompleta y no se podrá dar por concluida la Etapa correspondiente, debiéndose aplicar al Consultor la penalidad correspondiente.

d.

El Consultor, dentro de los Cinco (05) días naturales siguientes a la aprobación, hará entrega a La Entidad de lo siguiente:

-

Un (01) ejemplar original completo, compatibilizado e integrado, de cada uno de los documentos indicados en el Numeral 14 de los presentes Términos de Referencia. Para documentos en formato A4 se empleará papel bond extra blanco alcalino de 80 gramos y para formatos A1 se empleará papel bond extra blanco de 90 gramos. Todos los ejemplares estarán debidamente suscritos y sellados por los profesionales responsables, Jefe del Proyecto y por el Representante Legal de El Consultor. Se presentarán en Pioneres A-4 de dos anillos y tapa plastificada rígida. Los expedientes deberán ser debidamente rotulados con carátula frontal y en el lomo.

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-

Dos (02) copias simples (Fotocopia) completa de cada uno de los volúmenes originales. Se presentarán en Pioneres A-4 de dos anillos y tapa plastificada rígida. Los expedientes deberán ser debidamente rotulados con carátula frontal y en el lomo, e identificado como “COPIA”. Deben constar las firmas correspondientes.

e.

Asimismo, otorgada la aprobación. El Consultor, dentro de los Cinco (05) días siguientes a dicho acto, hará entrega a La Entidad de lo siguiente: - La documentación digitalizada que presentará El Consultor, deberá incluir todas las modificaciones que se hayan suscitado durante el proceso de desarrollo de la Consultoría. En tal sentido, deberá rectificar, implementar, consolidar y compatibilizar dichos archivos con los documentos impresos, de manera tal que conforme un archivo integrado y completo.

f.

También, una vez que se obtenga la aprobación. El Consultor, dentro de los Cinco (05) días siguientes a dicho acto, hará entrega a La Entidad de lo siguiente: - Dos (02) Discos Compactos (CD) con los archivos digitalizados de la información Total con cada una de las hojas debidamente foliadas (según orden establecido en el Anexo 01) que contengan los sellos y firmas del Representante Legal del Consultor, Jefe del proyecto y el Profesional Responsable de su elaboración.

15. RESPONSABILIDAD POR EL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVIDAD VIGENTE: a. El Consultor es el único responsable por la calidad y contenido técnico de la documentación que elabore, proyecte, solicite, obtenga, procese, analice o incorpore al Expediente Técnico que entregará a La Entidad. Dicha responsabilidad es intransferible, e ineludible. b.

La Entidad rechazará, en cualquier momento, etapa, o circunstancia en que se encuentre el Servicio contratado; toda aquella documentación técnica que elabore El Consultor cuando ésta no se encuentre en concordancia con cualquier Norma Técnica, Reglamento, Directiva o Parámetro Normativo vigente que regule la ejecución o diseño respectivo.

c.

Sobre la base de lo expuesto, El Consultor está obligado a conocer la normatividad y reglamentación vigente con todas sus ampliaciones y complementarias, tanto en el ámbito nacional, regional o local; y que sea aplicable al objeto de la Consultoría. Su incumplimiento será considerado como causal de resolución del Contrato atribuible a El Consultor.

a.

En este orden de ideas, cuando se determine que la documentación técnica que haya elaborado, ya sea total o parcialmente, incumple la normatividad vigente; El Consultor se obliga y compromete a rectificarla a su costo, incluso en aquellos casos en que por omisión, error o desconocimiento, ésta haya sido aprobada por La Entidad. Dicha responsabilidad no podrá ser, en ninguna circunstancia, negada por El Consultor, quien tampoco podrá excusarse aduciendo contar con la aprobación del Coordinador y/o Revisor. El plazo que amerite dichas rectificaciones, será similar al asignado para subsanar las observaciones de la etapa a la que correspondió la elaboración de tal documentación. Superado dicho plazo, El Consultor incurre en mora, siéndole aplicable la penalidad prevista. 16. FORMA DE PAGO: El pago por la prestación de servicios será de la siguiente forma: 16.1 Pago del 50% del monto del contrato, para ello se debe contar con lo siguiente:  Copia del cargo de presentación en Mesa de Partes de la Municipalidad Distrital de Paucarbamba de la presentación de un (01) original y dos copias, en la SGDUR de la Municipalidad Distrital de Paucarbamba.  Informe del funcionario responsable de la Sub Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural de la Municipalidad Distrital de Paucarbamba emitiendo su conformidad del servicio prestado.  Carta solicitando el pago al 50% del monto del contrato, en mesa de partes de la entidad, para ello adjuntará su correspondiente Recibo por Honorarios Electrónico y/o Factura debidamente rellenado y Carta de Autorización para el pago con Código de Cuenta Interbancario (CCI) del Consultor.

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16.2 Pago del 50% del monto del contrato, para ello se debe contar con lo siguiente:  Copia del cargo de presentación en Mesa de Partes de la Municipalidad Distrital de Paucarbamba de la presentación de un (01) original y dos copias, en la SGDUR de la Municipalidad Distrital de Paucarbamba.  Presentación de la Resolución de Aprobación Expediente Técnico, conforme lo establece el artículo 179º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.  Carta solicitando el pago al 50% del monto del contrato, en mesa de partes de la entidad, para ello adjuntará su correspondiente Recibo por Honorarios Electrónico y/o Factura debidamente rellenado y Carta de Autorización para el pago con Código de Cuenta Interbancario (CCI) del Consultor. 17. CONTROL, SUPERVISIÓN Y REVISIÓN: 17.1 Control: a. El Consultor estará sujeto a fiscalización permanente por parte de los funcionarios que designe La Entidad, quienes verificarán el cumplimiento de los avances de la Consultoría y de los compromisos contractuales asumidos. 17.2 Coordinación y Seguimiento: a. El Consultor, bajo su exclusiva responsabilidad, deberá efectuar continuas reuniones con La Sub Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural (SGDUR) a través de la Unidad de Formulación y Evaluación de Estudios - MDCP, a efectos de uniformizar los criterios técnicos que servirán de base para el desarrollo de los diferentes rubros y etapas del estudio.

b.

Las coordinaciones están orientadas a minimizar las eventuales observaciones que pudieran presentarse al momento de efectuar la revisión oficial de los documentos técnicos por parte de La Entidad.

18. CONTENIDO MINIMO DEL EXPEDIENTE TECNICO: “INSTALACION DE UNA LOSA DEPORTIVA DMULTIFUNCIONAL EN EL CENTRO POBLADO DE HUANCHOS, DISTRITO DE PAUCARBAMBA, CHURCAMPA – HUANCAVELICA”. i. ii. iii. iv.

v. vi. vii. viii. ix. x. xi. xii. xiii. xiv. xv. xvi. xvii. xviii. xix. xx. xxi.

Resumen Ejecutivo Índice General Memoria Descriptiva Ingeniería del Proyecto 4.1 Estudio Topográfico 4.2 Estudio de Mecánica de suelos y Geotecnia 4.3 Memoria de Cálculo Estructural 4.4 Estudio de Impacto Ambiental Especificaciones Técnicas Especificaciones de Seguridad e Higiene Ocupacional para la Obra Hoja de Metrados Presupuesto de Obra/Resumen Total Desagregados de Costos Indirectos Presupuesto Analítico Análisis de Costos Unitarios de Partidas y Sub Partidas Relación de Insumos o Materiales Cuadro de Cotizaciones de Material/Insumos (Mínimo tres) Cálculos de Flete Formulas Polinómicas Cronograma Programado de Avance Físico de Obra (Ruta Critica) Cronograma de Avance Valorizado de Obra Cronograma de Adquisición de Insumos o Materiales Panel Fotográfico Planos de Diseño en general a las escalas reglamentarias por especialidades. Anexos 21.1 Manual de Operación y/o Mantenimiento 21.2 Acta de APROBACIÓN de uso del terreno (Libre Disponibilidad de terreno) 21.3 Otros (De acuerdo a la envergadura del proyecto). 21.4 FORMATO SNIP 04.

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19. MODALIDAD: POR ADJUDICACION INDIRECTA (POR CONTRATA) RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA El contratista es el responsable por la calidad ofrecida y por lo vicios ocultos del servicio ofertado por un plazo no menor a tres (3) años contado a partir de la conformidad otorgada por la entidad, ello conforme lo establece el artículo 50º de la Ley de Contrataciones del Estado.

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