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TERMINOS DE REFERENCIA 1. TERMINOS DE REFERENCIA 1.1. ALCANCE DEL SERVICIO Contratación del Servicio de Consultoría para la elaboración de un proyecto de inversión denominado: “CREACIÓN DEL CENTRO DE SALUD MUNICIPAL DE ICA EN LA TIERRA PROMETIDA, DISTRITO DE ICA, PROVINCIA DE ICA-ICA". 1.2 UBICACIÓN DEL SERVICIO - Departamento: Ica - Provincia : Ica - Distrito : Ica -Localidad : Tierra Prometida 1.3 ANTECEDENTES 1.3.1 PROCESO DE PLANIFICACIÓN Y PRIORIZACIÓN En el marco del aseguramiento universal en salud, el Ministerio de Salud, órgano rector del Sector Salud, viene implementando la reforma sectorial de inversión, proceso orientado a lograr que todos los peruanos tengan protección en salud, garantizando el acceso pleno a los servicios de salud individual y colectiva de calidad, caracterizada por el respecto a la dignidad y derechos de la persona, la participación ciudadana y la corresponsabilidad en el mantenimiento de su salud, y que cuenten con el financiamiento adecuado que permita el logro de una mejora substancial de las capacidades, el estado de salud y el bienestar de la población. La política de inversión del Ministerio de Salud está orientada a contribuir con la mejora de la cobertura prestacional de las redes de servicios de salud. Para ello, el Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales han acordado como prioridad política el fortalecimiento de la atención primaria y la mejora del acceso a los servicios de salud invirtiendo, en una primera fase, en setecientos cuarenta y ocho (748) establecimientos de salud, seleccionados como estratégicos, los que se encuentran consignados en la R.M. N° 632-2012/MINSA, y, complementariamente, en la Resolución Ministerial N° 997-2012/MINSA, Resolución Ministerial N° 247-2016/MINSA y sus modificatorias. El Ministerio de Salud (MINSA) espera organizar el sistema de prestaciones que permitirá mejorar la capacidad de respuesta de cada nivel de complejidad, con enfoque de atención primaria de salud; para ello los EE.SS. Estratégicos seleccionados, con la aprobación de los respectivos Gobiernos Regionales, deberán ampliar su capacidad resolutiva de salud a fin de brindar los servicios de atención de enfermedades metabólicas y crónicas, salud mental, el fortalecimiento de sus servicios en laboratorio y diagnóstico por imágenes, detección de cáncer, y la atención de emergencias médicas o quirúrgicas. Dentro del marco de la Reforma del Sector Salud, se publica el Decreto Legislativo N° 1157, que aprueba la Modernización de la Gestión de la Inversión Pública en Salud; ante ello la Municipalidad Provincial de Ica, asume la facultad de formular y ejecutar proyectos de inversión en salud para todos los niveles de complejidad del Ministerio de Salud, y a nivel nacional a solicitud de los pliegos interesados de acuerdo al marco normativo vigente.

Para responder a esta necesidad la Municipalidad Provincial de Ica cuenta con la Unidad de Pre inversión, como instancia encargada de formular los estudios de Pre inversión necesarios para el cumplimiento de objetivos propuestos en la reforma sectorial del MINSA. 1.3.2 IDEA PRELIMINAR DEL PROBLEMA O SITUACIÓN NEGATIVA Luego del análisis de los recursos disponibles, se configura una situación que evidencia la necesidad de la intervención, debido principalmente a los problemas de carencia física, tanto en equipamiento como en infraestructura, así como el inadecuado funcionamiento de ambientes pertenecientes a cada una de los servicios y especialidades de la cartera de servicios, que atentan contra la calidad y la bioseguridad de la prestación hacia los pacientes; así como la carencia tecnológica. Lo mencionado en el párrafo anterior se agudiza con el crecimiento poblacional del centro poblado de Tierra prometida, específicamente de la población objetivo y, por consiguiente, el crecimiento de la demanda de atenciones de servicios de salud; obteniéndose insatisfacción en el usuario interno y externo, así como en los indicadores sanitarios. El estudio de pre inversión deberá corroborar tal situación preliminar durante el proceso de formulación del mismo, en aplicación de los sistemas de gestión la Entidad y Entidades involucradas en el desarrollo del estudio y operación del establecimiento, bajo los conceptos básicos de integralidad, universalidad y complementariedad de los servicios bajo el concepto de red articulada de atención. 1.4 MARCO LEGAL Ley Nº 26842, Ley General de Salud, modificada por Ley N° 29889. Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud. Decreto Supremo N° 020-2014-SA, Texto Único Ordenado de la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud. Decreto Legislativo N°1252, Ley del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y su Reglamento, aprobado por D.S. N° 027-2017-EF. Directiva Nº 002-2017-EF/63.01, Directiva para la Formulación y Evaluación en el Marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; aprobada con R.D. Nº 002-2017-EF/63.01. Ley N°30225, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 350-2015-EF, modificados por Decreto Legislativo Nº 1341 y Decreto Supremo Nº 056-2017-EF, respectivamente. Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018. Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General. Ley N° 26572, Ley General de Arbitraje, modificado por Ley N° 26698 y Ley N° 26742. Ley N° 16053, Ley del Ejercicio Profesional de Arquitectos y de Ingenieros. Ley N° 28858, Ley Complementaria a la Ley del Ejercicio Profesional de Arquitectos y de Ingenieros y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo N° 016-2008VIVIENDA Ley N° 28966, Ley Complementaria al Marco Legal del Ejercicio Profesional del

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Arquitecto. Ley N° 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad, modificado por Ley N° 27050, Ley N° 27639 y Ley N° 27920. Decreto Supremo Nº 013-2006-SA, que aprueba el “Reglamento de Establecimientos de salud y Servicios Médicos de Apoyo”. Reglamento Nacional de Edificaciones – RNE. Decreto Legislativo N° 822, Ley Sobre el Derecho de Autor, modificado por Ley N° 28571 y Ley N° 28131. Decreto Supremo que modifica la Norma Técnica E.030 “Diseño Sismo resistente” del Reglamento Nacional de Edificaciones, aprobada por Decreto Supremo N° 011-2006Vivienda, modificada con Decreto Supremo N° 002-2014-Vivienda. Decreto Supremo N° 009-2010-SA, que aprueba la Política Nacional de Hospitales Seguros frente a los desastres. Resolución Ministerial N° 668-2004/MINSA, que aprueba el documento “Guías Nacional de Atención Integral de la Salud Sexual y Reproductiva” Resolución Ministerial N° 751-2004/MINSA, que aprueba la Norma Técnica del Sistema de Referencia y Contra referencia de los establecimientos del Ministerio de Salud. Resolución Ministerial N° 335-2005/MINSA, que aprueba los “Estándares mínimos de seguridad para construcción, ampliación, rehabilitación, remodelación y mitigación de riesgos en los establecimientos de salud y servicios médicos de apoyo” Resolución Ministerial N° 292-2006/MINSA, que aprueba la Norma Técnica de Salud para la Atención Integral de salud de la Niña y el Niño. Resolución Ministerial N°142-2007/MINSA, Documento Técnico: "Estándares e Indicadores de Calidad en la Atención Materna y Perinatal en los Establecimientos que cumplen con Funciones Obstetricias y Neonatales. Resolución Ministerial Nº 365-2008/MINSA, que aprueba la NTS Nº 067MINSA/DGSP-V.01: "Norma Técnica de Salud en Telesalud" Resolución Ministerial N° 207-2009/MINSA, que aprueba el Documento Técnico: “Plan Estratégico Nacional para la Reducción de la Mortalidad Materna y Perinatal 2009-2015”. Resolución Ministerial Nº 308-2009/MINSA, que aprueba la NTS Nº 079MINSA/DGSP-V.01: "Norma Técnica de Salud de la Unidad Productora de Servicios de Medicina de Rehabilitación” Resolución Ministerial N° 217-2010/MINSA Proyecto de “Norma Técnica de Salud de la Unidad Productora de Servicios de Diagnóstico por Imágenes”. Resolución Ministerial 175-2011/MINSA ,que aprueba las “Definiciones operacionales y criterios de Programación de los Programas Estratégicos: Articulado Nutricional, Salud Materno Neonatal, Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis, Enfermedades No Trasmisibles, Prevención y Control de la Tuberculosis y VIH-SIDA y Prevención y Control del Cáncer” y la versión electrónica de la matriz de la “Estructura de Costos de los Programas Estratégicos: Articulado Nutricional, Salud Materno Neonatal, Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis, Enfermedades No Trasmisibles, Prevención y Control del Cáncer Resolución Ministerial N° 464-2011/MINSA Documento Técnico del Modelo de

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Atención Integral en Salud Basado en Familia en Comunidad, aprobado mediante, que define los paquetes de atención integral de salud por ciclos de vida y de la familia. Resolución Ministerial N° 546-2011/MINSA, aprueba NTS N° 021-MINSA/DGSP-V.03 Norma Técnica de Salud Categorías de Establecimientos del Sector Salud. Resolución Ministerial N°554-2012, aprueban norma técnica de Salud N° 096MINSA/DIGESA-V.01, Norma Técnica de Salud: Gestión y Manejo de Residuos Sólidos en Establecimientos de salud y Servicios Médicos de Apoyo. Resolución Ministerial N° 853-2012/MINSA, que aprueba la Directiva Sanitaria N° 001-MINSA/DGSP-V.02 “Directiva Sanitaria para la Evaluación de las Funciones Obstétricas y Neonatales en los Establecimientos de salud”. Resolución Ministerial N° 099-2014/MINSA, aprobar la Directiva Administrativa N° 197-MINSA/DGSP-v.01, Directiva Administrativa que establece la Cartera de Servicios de Salud. Resolución Ministerial N° 442-2014/MINSA, aprueba Directiva Administrativa N° 199MINSA/DGSP-V.01, Directiva Administrativa que establece el listado de valores referenciales del volumen de producción optimizada de los servicios de salud para la formulación de los proyectos de inversión pública. Resolución Ministerial N° 660-2014/MINSA, aprueba la Norma técnica de Salud NTS N° 110-MINSA/DGIEM-V.01, Infraestructura y Equipamiento de los Establecimientos de salud del Segundo Nivel de Atención. Resolución Ministerial N° 045-2015, aprueba Norma Técnica de Salud NTS N° 113MINSA/DGIEM-V.01 “Infraestructura y Equipamiento de los Establecimientos de salud de Primer Nivel de Atención. Resolución Jefatural N° 086-2014-CENEPRED/J que aprueba el Manual para la ejecución de las Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones (ITSE). Resolución Jefatural N° 112-2014-CENEPRED/J que aprueba el Manual para la Evaluación de riesgos ocasionados por fenómenos naturales. Resolución Directoral N° 005-2015-EF/63.01 Sustituyen los Anexos CME 06 y CME 12 de la Resolución Directoral N°008-2012-EF/63.01 o la norma que la modifique o reemplace. Resolución Directoral N° 007-2016-EF/15, que aprueba los lineamientos generales para Proyectos de Inversión Pública y /o la norma que la modifique o reemplace. Resolución Ministerial N° 039-2016/MINSA, Aprueba los Planes de Equipamiento de Establecimiento de Salud para los Programas Presupuestales: Articulado Nutricional, Salud Materno Neonatal, Prevención y Control de la Tuberculosis y el VIH-SIDA, Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis, Enfermedades No Transmisibles, Prevención y Control del Cáncer y Salud Mental de los Gobiernos Regionales.

1.5 FINALIDAD PÚBLICA. Según la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, modificada por Ley N° 29889, el Estado Peruano es responsable de promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la población en términos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad. Por ello, a fin de mejorar la limitada oferta existente, y frente a la creciente demanda de servicios de salud no satisfecha que presenta la provincia

de Ica, departamento de Ica; es necesaria la implementación del proyecto de inversión: “CREACIÓN DEL CENTRO DE SALUD MUNICIPAL EN LA TIERRA PROMETIDA, DISTRITO DE ICA, PROVINCIA DE ICA-ICA". Para ello se debe contar con un Estudio de Pre inversión que cumpla todas las exigencias del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (INVIERTE.pe), así como las directivas, consideraciones, lineamientos, guías sectoriales para proyectos de infraestructura en salud, materia de estos términos de referencia. Asimismo, de acuerdo a la normatividad vigente relacionada al Presupuesto Institucional y en cumplimiento de lo que dispone la normatividad de Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones INVIERTE.PE, requieren llevar a cabo la ejecución de una serie de proyectos los mismos que están contemplados a ejecutarse en forma directa y por contrata a través de sus Unidades Formuladoras de Proyectos, a nivel de estudios de pre inversión – perfiles - de distintos proyectos de inversión pública. La municipalidad provincial de Ica, de acuerdo a las funciones conferidas por la Ley Orgánica de municipalidades Ley N° 27973. Debe formular y ejecutar los proyectos de inversión necesarios para el desarrollo armónico y sostenido del ámbito de su competencia. 1.6 OBJETIVO DE LA CONTRATACIÓN. OBJETIVO GENERAL Contratar los servicios de Consultoría para la elaboración de un proyecto de inversión denominado: “CREACIÓN DE UN HOSPITAL MUNICIPAL DE ICA EN LA TIERRA PROMETIDA, DISTRITO DE ICA, PROVINCIA DE ICA-ICA", en el marco de la Ley del Sistema Nacional de Programación Multianual y gestión de Inversiones – Invierte.pe OBJETIVOS ESPECÍFICOS. - Determinar la mejor alternativa de solución técnica-económica viable para la “CREACIÓN DEL CENTRO DE SALUD MUNICIPAL EN LA TIERRA PROMETIDA, DISTRITO DE ICA, PROVINCIA DE ICA-ICA", de manera que permita la elaboración de los estudios del proyecto y a la vez reunir todos los elementos de juicio e información necesaria para sustentar la viabilidad técnica, económica, social, ambiental y la sostenibilidad del proyecto, en el marco de la metodología establecida por el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones INVIERTE.PE. - Describir el estado situacional a intervenir (el problema que se busca a resolver) - Plantear la justificación técnica de la intervención. - Desarrollar el análisis de la problemática, identificando el problema central y las causas del problema central que llevarán a la formulación del proyecto. - Identificar el objetivo y los medios fundamentales, aproximando los indicadores de los objetivos mencionados y las alternativas que permitan plantear la solución al problema. - Análisis de la demanda y la oferta optimizada, así como realizar el balance oferta – demanda.

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Elaborar los costos de inversión a precios de mercado y a precios sociales, así como los costos de operación y mantenimiento, para estimar la alternativa seleccionada en base a la comparación de costos. Estimar los beneficios sociales, así como realizar el análisis de costo beneficio o costo efectividad, según se considere pertinente. Realizar el análisis de sostenibilidad y el análisis de impacto ambiental. Otros que se consideren necesarios para completar las fichas previstas:  Elaboración del Estudio será de acuerdo al sistema nacional de programación y gestión de inversiones, anexo n° 01 - contenido mínimo del estudio de pre inversión a nivel de perfil y de conformidad con los alcances de la Directiva Nº 002-2017-EF/63.011 (o las normas que las modifiquen o reemplacen, según corresponda), parámetros, metodologías u otras normas técnicas que las reemplacen, modifiquen o se dispongan; de acuerdo con los plazos y condiciones técnicas y administrativas establecidas en los presentes términos de referencia.  Contribuir al fortalecimiento de los servicios de atención del establecimiento de salud y mejorar o ampliar su capacidad resolutiva, de tal forma que les permita beneficiar a la población de su ámbito de intervención; sobre la base de la estandarización, modernización y mejora funcional y operacional.

Desarrollar la propuesta basado en un enfoque en red a nivel de servicios, y considerando una propuesta de cartera de servicios que priorice la intervención sobre mortalidad materna, desnutrición crónica infantil, salud mental y enfermedades crónicas degenerativas, en el marco de lo establecido Directiva Nº 002-2017-EF/63.01 ‘Directiva para la Formulación y Evaluación en el Marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones’, en la RM N° 632-2012/MINSA, sus modificatorias y las actuales políticas nacionales de salud. 1.7 ALCANCES Y DESCRIPCION DE LA CONTRATACIÓN. Las consideraciones generales de las actividades a desarrollar por EL CONSULTOR tienen como propósito determinar las pautas principales o ruta a seguir durante el proceso de la formulación del proyecto de inversión pública, exigidas por LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA, las entidades involucradas en la evaluación y los parámetros técnicos requeridos en la normativa vigente en toda su extensión; a efectos de garantizar el adecuado proceso y la trasparencia del mismo entre EL CONTRATISTA y LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA, las cuales se detallan a continuación: a) La elaboración del Estudio de Pre inversión es obligatoria y se enmarcará en los Objetivos del Milenio, el Acuerdo Nacional, los Lineamientos de Política Sectorialfuncional, los Planes de Desarrollo Concertados y el Programa Multianual de Inversión Pública, en los contextos nacional, regional y local. Se regirá de acuerdo con los ‘contenido mínimo del estudio de pre inversión a nivel de perfil’ - Anexo N° 01, debiendo también cumplir lo dispuesto en la Directiva Nº 0022017-EF/63.01 ‘Directiva para la Formulación y Evaluación en el Marco del Sistema 1

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Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones’ y en las normas que las modifiquen o reemplacen, así como en los Lineamientos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (INVIERTE.pe) 2. LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA, tiene las facultades de profundizar los contenidos requeridos en el anexo precitado, por ser una estructura mínima, siempre y cuando tenga como propósito ampliar el análisis del estudio y disminuir los riesgos en la inversión. Esta facultad se deriva de las atribuciones asignadas a las entidades evaluadoras del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (INVIERTE.pe) y demás normativas pertinentes. Los costos que, eventualmente, se deriven de esta aplicación serán asumidos por EL CONSULTOR, por lo que deberán ser previstos en su oferta económica. La declaratoria de viabilidad del PIP será realizado a un solo nivel de estudio (Perfil), y estará a cargo de la Unidad Formuladora de LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA (UFMDI), a través de la Gerencia de Desarrollo Social, previa evaluación y aprobación. En caso corresponda, el proceso mencionado podría requerir también la opinión técnica favorable de otros órganos rectores del Sector Salud diresa – Ica. Así mismo, un actor importante en el proceso de formulación del PIP es la Unidad Formuladora (UF), quien tiene facultades de poder realizar seguimiento durante la prestación del servicio. En cada uno de los casos, el estudio desarrollado por EL CONSULTOR, será evaluado por las entidades precitadas, debiendo participar en el levantamiento de observaciones que correspondan, hasta obtener la conformidad o aprobación. En caso corresponda, partes del proceso mencionado podría requerir también la opinión técnica favorable de otros órganos rectores del Sector Salud. Para la elaboración del Estudio de Pre inversión, EL CONSULTOR debe considerar la normatividad vigente aplicable al momento de la formulación y de aquella que, eventualmente, se promulguen durante la prestación del servicio; es decir, aplicar las normas técnicas de salud, normas técnicas de ingeniería, el Reglamento Nacional de Edificaciones, normas y regulaciones vinculadas con la gestión del riesgo de desastres, evaluación de impactos ambientales, anexos y formatos vinculantes de la normativa del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (INVIERTE.pe), así como los procedimientos establecidos en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. EL CONSULTOR como parte del levantamiento de información necesario para la formulación del PIP, efectuará el trabajo de campo en la zona donde intervendrá el proyecto; ya sea a través de inspección directa, entrevistas y encuestas a profundidad, según corresponda, seleccionando a los involucrados importantes dentro del proceso. EL CONSULTOR deberá informar por lo menos con cinco (5) días calendario de anticipación considerando la fecha y objetivo de la visita, a efectos de ser presentados y/o acompañados por LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA, o algún otro involucrado. Las entidades involucradas solo proveerán información que se tenga al momento de la formulación, en su forma original y existente, es decir, EL CONSULTOR no podrá encargar en ninguna forma, el llenado de un diseño o formato de acopio de información

Toda modificación a los lineamientos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y/o Sistema nacional de Inversión Pública (aún vigentes), se entienden incorporados al presente Términos de Referencias.

para el proyecto a trabajadores de la Institución y/o el centro de salud; por tanto, EL CONSULTOR trabajará y procesará la información según le haya sido canalizada y lo adecuará a las exigencias normativas y pertinentes durante el proceso de formulación. f) Durante el proceso de elaboración del estudio, LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA, tendrá la facultad de realizar revisiones de los avances y resultados, hasta la culminación del PIP, así como a solicitud de las entidades involucradas como zonas beneficiarias, la Unidad Formuladora, la Dirección/Gerencia Regional de Salud, entre otros; así como la supervisión de los procesos para asegurar la correcta formulación del estudio. Lo mencionado se realizará obedeciendo al requerimiento de reuniones y exposiciones, por parte de LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA y demás mencionados. Según lo requerido, EL CONSULTOR y/o los integrantes de su Equipo Técnico de formulación del Estudio deben estar presentes en dichas reuniones, que serán convocadas LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA, las mismas que podrán realizarse en la ciudad de Ica y/o en el ámbito del Proyecto. g) Las reuniones con EL CONSULTOR y/o su Equipo Técnico del Estudio, serán llevadas a cabo en las instalaciones de LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA o donde se disponga, según los fines del mismo. Las reuniones serán programadas los días de semana. Es facultad de LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA convocar de forma extraordinaria en otros horarios, lugares y/o días. Cabe precisar que al requerimiento precitado se añaden las Asistencias Técnicas solicitadas por EL CONSULTOR o LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA. h) En caso de que LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA, requiera conocer por anticipado la información contenida en alguno de los entregables o la presentación de informe de avances no considerada como entregable, podrá ser solicitado a EL CONSULTOR en cualquier momento de la formulación o levantamiento de observaciones. La misma podrá ser remitida por escrito en la mesa de partes de LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA o mediante correo electrónico, sin que ello signifique pago adicional alguno. Asimismo, las entregas de avance parcial emitida por EL CONSULTOR a través de mesa de partes o correos electrónicos, no conllevarán a que La LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA emita opinión respecto al avance, y no corresponderán a los tiempos destinados para evaluación, asumiendo EL CONSULTOR sus tiempos destinados a la formulación o levantamiento de observaciones. EL CONSULTOR se hará cargo de todos los recursos y gastos requeridos para la formulación del estudio, tales como: personal, equipos, herramientas, honorarios, impuestos, seguros, derechos de trámites, pasajes, movilidad, hospedaje, viáticos, entre otros; y todo aquél costo que se requiera para el desarrollo de la labor y/o trabajo que realice durante la formulación, evaluación y levantamiento de observaciones; siendo responsable de los costos que demande cumplir los aspectos técnicos normativos requeridos para su aprobación. Asimismo, EL CONSULTOR se hará cargo de las gestiones y trámites para la emisión de licencias, permisos, inspecciones, certificados, disponibilidad de servicios, entre otros, que se requieran en la elaboración del PIP. 1.8 INFORMACION QUE PROPORCIONARA LA MUNICIPALIDAD

A la firma del contrato del consultor, la Entidad hará entrega de la siguiente documentación: a) Instructivo y Formatos de Uso Obligatorio. b) Otros documentos que se consideren necesarios para la elaboración del estudio. 1.9 DESCRIPCION DEL SERVICIO Resumen Ejecutivo A. Nombre del Proyecto B. Objetivo del Proyecto C. Balance Oferta – Demanda D. Análisis Técnico del PIP E. Costos del PIP F. Beneficios del PIP G. Resultados de la Evaluación Social H. Sostenibilidad del PIP I. Impacto Ambientales J. Organización y Gestión K Plan de Implementación L. Marco Lógico I. DATOS GENERALES 1. Articulación con el Programa Multianual de Inversiones (PMI) 2. Nombre del Proyecto 3. Responsabilidad Funcional 4. Unidad Formuladora 6. Ubicación Geográfica II. IDENTIFICACIÓN. 2.1.- Diagnostico de la Situación Actual. 2.2.- Definición del Problema Central, Causas y Efectos. 2.3.- Población Afectada y Población Objetivo 2.4.- Definición de los Objetivos del Proyecto. 2.5.- Medios Fundamentales. 2.6.- Descripción de las Alternativas de Solución al Problema 2.7.- Requerimientos Técnicos, Regulatorios y/o Normativos III. FORMULACIÓN y EVALUACIÓN. 3.2.- Estudio de Mercado del servicio público. 3.2.1.- Definición del servicio público o de la cartera de servicios 3.2.2.- Análisis de la Demanda. 3.2.3.- Análisis de la Oferta. 3.2.4.- Determinación de la Brecha (Balance oferta-demanda). 3.2.5.- Nivel de Brecha Asociado 3.3.- Análisis Técnico de las Alternativas 3.3.1.- Estudio Técnico 3.3.2.- Metas de productos 3.4.- Costos del proyecto

3.4.1.- Costos de Inversión 3.4.2.- Costos de inversión por beneficiario directo 3.4.3.- Cronograma de ejecución financiera. 3.4.4.- Cronograma de ejecución física 3.4.5.- Costos de operación y mantenimiento con y sin proyecto 3.4.6.- Criterios de Decisión de Inversión 3.4.6.- Análisis de Sostenibilidad 3.4.7.- Modalidad de ejecución 3.4.8.- Impacto Ambiental 3.4.9.- Conclusiones y Recomendaciones ANEXOS. Anexo 1: Anexo 2: Anexo 3: Anexo 4: Anexo 5: Anexo 6: Anexo 7: Anexo 8: Anexo 9: Anexo 10: Anexo 11: Anexo12:

Documentos de Compromisos de Operación y Mantenimiento. Diagnóstico: Identificación de riesgo, mapas, planos y/o croquis. Adjuntar actas del taller de involucrados. Panel fotográfico Estudios Básico de Ingeniería (estudio topográfico y estudio de suelo) Análisis de Costos y Presupuestos. Análisis de Costos Unitarios de las Alternativas de Solución. Planilla de Metrados y Planilla de insumos. Plano Arquitectónico Plano de Ubicación del Proyecto. Plano de Ubicación de Servicios Existentes, indicando los puntos de Agua y Energía eléctrica principalmente. CD, con contenido según el proyecto.

El Proyecto de Inversión aprobado deberá ser presentado en formato A-4 y en papel bond de 80 gr, en tres (03) ejemplares a color y en original, con sello y firma del Postor en todos sus folios, los cuales serán entregados en fólder o archivador (no anillado); las láminas con los dibujos realizados en software de diseño asistido por computadora (CAD) y empleando el tipo de membrete proporcionado por la Municipalidad. La presentación final del PIP se completará con la entrega de toda la información en un CD, el cual formará parte del Banco de Proyectos de la Municipalidad Provincial de Ica. El respectivo CD que entregará el Consultor a la Municipalidad Provincial de Ica contendrá: 1. El Proyecto de Inversión con su contenido desarrollado en software Microsoft Word, Excel y pdf, con su respectivo FORMATO 1, según corresponda. 2. Presupuestos, costos unitarios e insumos de las Alternativas presentadas. Exportados al Excel, así como la base de datos en la extensión S2K. 3. Cuadros de la Evaluación Económica asistido por computadora (Excel) editable. 4. Los planos desarrollados en software de diseño asistido por computadora (CAD). 1.10 DEL POSTOR Y PERSONAL CLAVE.

DEL POSTOR Persona natural o jurídica debiendo estar inscrito en el Registro Nacional de Proveedores capitulo de Consultores de Obra, Especialidad 1, Obras Urbanas, Edificaciones y Afines, Categoría B. PERSONAL CLAVE El Personal calve deberá asistir a las reuniones técnicas convocadas con la debida anticipación con el fin de informar los avances y minimizar las observaciones que se pudieran generar durante la revisión de los informes contractuales. 1. jefe de proyecto – Ingeniero Civil. 2. Especialista en Salud y formulación. 3. Especialista en Diseño de arquitectura-Arquitecto. 4. Especialista en Estructuras-ingeniero civil. Se consideran servicios de consultoría similares a los siguientes: estudio de pre inversión y/o expedientes técnicos ya sean para locales públicos o privados, en la especialidad de infraestructura de edificación, se considera para el presente de los casos: creación y/o mejoramiento y/o ampliación y/o construcción y/o remodelación de hospitales, centros de salud, postas médicas, instituciones educativas, colegios, comisarias, estadios, polideportivos, complejos deportivos, infraestructura de recreación, universidades, edificios institucionales,, almacenes u otras relacionados con el objeto de la convocatoria. 1.11 PLAZO DE EJECUCIÓN. El plazo total necesario para la elaboración del Proyecto de Inversión Pública y Entrega del mismo es de sesenta (60) días naturales computables a partir del día siguiente de la firma del Contrato. 1.12 PRODUCTOS ESPERADOS. Informe N° 01: presentación del estudio preliminar. El Consultor, deberá realizar la entrega: - Informe de Levantamiento Topográfico. - Informe de Estudio de suelos. - Plano arquitectónico. El plazo para la entrega de este informe es de 10 días naturales, contabilizados a partir de la firma del contrato. Informe Final. El Consultor deberá presentar el Informe Final a los 60 días naturales, contados del día siguiente de la firma del contrato, correspondiente a la entrega del PIP de acuerdo a los contenidos mínimos consignados en la normatividad Invierte Perú vigente. Una vez presentada el Informe Final a los 60 días naturales, contados del día siguiente de la firma del contrato, la Unidad Formuladora se encargará de registrar el proyecto en el Banco de Proyectos en un plazo no mayor de 5 días calendarios de su presentación.

Los plazos considerados de evaluación, levantamiento de observaciones y aprobación de los informes finales de los estudios del Proyecto de Inversión Pública, una vez presentados no se computarán como parte de los plazos para la elaboración. 1.13 SUPERVISION Y CONFORMIDAD La Municipalidad Provincial de Ica, a través de la Gerencia de Desarrollo Social, y por ende la Unidad Formuladora, como área usuaria del requerimiento, será el encargado de supervisar los trabajos de la Consultoría en todas sus etapas, así mismo será la encargada de otorgar la conformidad del servicio. 1.14 FORMA DE PAGO. - 30% a la presentación del Informe Topográfico, informe de estudio de suelo y plano de arquitectura, previo informe de conformidad emitido por la Gerencia de Desarrollo Social. - 35% a la entrega del estudio de Pre Inversión y la conformidad de la Gerencia de Desarrollo Social. - 35% a la aprobación del Proyecto de Inversión Pública, dado por la conformidad de la Gerencia de Desarrollo Social. 1.15 VALOR REFERENCIAL. Se considera Valor Referencial del Servicio del Consultor para la elaboración del Proyecto de Inversión Pública, la cantidad de S/. 92,928.00 (Noventa y Dos Mil Novecientos Veinte y ocho con 00/100 soles), incluidos los impuestos de ley y cualquier otro costo en que se incurra durante el desarrollo del servicio de consultoría. PROYECTO:

ESTRUCTURA DE GASTO DE ELABORACION DE ESTUDIO DE PRE INVERSION        

 

 

“CREACIÓN DE UN HOSPITAL MUNICIPAL DE ICA EN LA TIERRA PROMETIDA, DISTRITO DE ICA, PROVINCIA DE ICA-ICA". DEPARTAMENTO : ICA             PROVINCIA: ICA       PLAZO DE EJECUCIÓN: 60 DIAS CALENDARIOS                         DESCRIPCION DE LAS PARTIDAS

Unid.

Cantidad

Tiempo de plazo

Costo Unitario

A.- SUELDOS Y SALARIOS

 

 

 

 

a.- Personal Profesional a.1 Jefe del Proyecto (Ing. Civil )

 

 

 

Unid.

1.00

  2.0

a.2 Especialista en salud y Formulacion

Unid.

1.00

a.3 Especialista en Diseños ( Arquitecto)

Unid.

a.4 Especialista en Estructuras (Ing. Civil)

Unid.

Monto Parcial  

43,401.20

6,500.00

43,401.20   13,000.00  

2.0

5,500.00

11,000.00  

1.00

2.0

4,500.00

9,000.00  

1.00

2.0

5,200.60

10,401.20  

 

 

 

TOTAL

B.- ESTUDIOS DE CAMPO

 

 

6,180.33

b.1.- Estudio de mecánica de suelos

Indicación

1

 

2,500.00

2,500.00  

b.2.- Levantamiento topográfico

Indicación

1

 

1,600.00

1,600.00  

b.3.- Taller de involucrados

Indicación

1

 

880.00

880.00  

b.4.- Estudio de gestion de Riesgos de desastres

Indicación

C.- ALQUILERES Y SERVICIOS C.-1 Alquiler de Inmuebles y equipos de oficina (incluye viviendas)

 

1

 

 

1,200.33

 

   

1,200.33    

15,154.68

 

 

 

Alquiler de oficina

Mes

2.00

1.00

800.50

1,601.00  

Alquiler de Movilidad 4x4

Mes

2.00

1.00

1,500.00

3,000.00  

Alquiler de Estacion Total

Mes

1.00

1.00

750.00

750.00  

Servicios (agua y luz)

Mes

2.00

1.00

500.50

1,001.00  

Telefonia (fijo y moviles)

Mes

2.00

1.00

500.00

1,000.00  

Computadoras e impresoras

Unid.

4.00

2.00

500.00

4,000.00  

c.2 Apoyo Logistico Pasajes

  MES

  2

 

Viáticos Personal

MES

2

 

 

 

Und

1.00

1.00

c.3 Gestion Coordinaciones y tramites la Municipalidad de Ica, Tierra Prometida, DIRESA, gerencia Desarrollo Social, entre otros

15,154.68  

 

 

 

600.46

1,200.92  

 

800.88

1,601.76    

1,000.00

  1,000.00  

D.-MATERIALES Y UTILES DE OFICINA

 

 

3,350.50

d.1 Utiles de oficina, impresiones, copias, planos, entre otros.

mes

1.00

1.00

850.50

d.2 combustible  

gln

1.00

1.00

2,500.00

 

850.50

3,350.50  

 

 

 

2,500.00    

F.- COSTO DIRECTO  

   

   

   

   

   

 

G.- GASTOS GENERALES (10%)

 

 

 

 

 

H.- UTILIDAD (10%)  

   

   

   

   

   

 

 

     

 

I.- SUBTOTAL (SIN IMPUESTOS) J.- IMPUESTO RENTA (8 %)  

 

 

 

 

TOTAL (Con Impuestos)

 

 

 

 

 

 

Son: Noventa y Dos mil Novecientos veinte y Ocho con 00/100 Soles.

68,086.71 6,808.67 11,148.79   86,044.17 6,883.53   S/.

 

92,928.00  

1.16 PENALIDADES. En caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Municipalidad Provincial de Ica, aplicará una penalidad por cada día de retraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez (10%) del monto contractual. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final y se calculará de acuerdo con la siguiente fórmula: Penalidad diaria

=

0.10 por monto del contrato ----------------------------------F x plazos de días

F=0.25 Lo establecido en presente numeral se da en aplicación del Art.165 del reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones.

2. REQUISITOS DE CALIFICACION. A

CAPACIDAD LEGAL

A.1

REPRESENTACIÓN Requisitos:

 Documento que acredite fehacientemente la representación de quien suscribe la oferta. En el caso de consorcios, este documento debe ser presentado por cada uno de los integrantes del consorcio que suscriba la promesa de consorcio, según corresponda.

 Promesa de consorcio con firmas legalizadas3, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio, así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo Nº 5) La promesa de consorcio debe ser suscrita por cada uno de sus integrantes. El representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al procedimiento de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades. Acreditación:

 Tratándose de persona jurídica, copia del certificado de vigencia de poder del representante legal, apoderado o mandatario designado para tal efecto, expedido por registros públicos con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de ofertas, computada desde la fecha de emisión.

 En caso de persona natural, copia del documento nacional de identidad o documento análogo, o del certificado de vigencia de poder otorgado por persona natural, del apoderado o mandatario, según corresponda, expedido por registros públicos con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de ofertas, computada desde la fecha de emisión.

 Promesa de consorcio con firmas legalizadas. A.2

HABILITACIÓN

Requisito: El Postor debe estar inscrito en el Registro Nacional de Proveedores capítulo de Consultores, Categoría B. Acreditación:

3

En caso de presentarse en consorcio.

 Copia vigente del Registro Nacional de Proveedores. IMPORTANTE: En el caso de consorcios, cada integrante del consorcio que se hubiera comprometido a ejecutar las obligaciones vinculadas directamente al objeto de la convocatoria debe acreditar este requisito.

B

CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL

B.1

CALIFICACIONES DEL PERSONAL CLAVE FORMACIÓN ACADÉMICA Requisitos: JEFE DE PROYECTO (INGENIERO CIVIL) El profesional deberá ser titulado, presentar copia del título profesional. ESPECIALISTA EN SALUD Y FORMULACION El profesional deberá ser titulado, presentar copia del título profesional. ESPECIALISTA EN DISEÑO DE ARQUITECTURA (ARQUITECTO) El profesional deberá ser titulado, presentar copia del título profesional. ESPECIALISTA EN ESTRUCTURAS (INGENIERO CIVIL) El profesional deberá ser titulado, presentar copia del título profesional. Acreditación: Se acreditará con copia simple de TÍTULO PROFESIONAL. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 6 referido al personal clave propuesto para la ejecución del servicio de consultoría de obra.

B.2

EXPERIENCIA DEL PERSONAL CLAVE -

-

-

-

JEFE DE PROYECTO (INGENIERO CIVIL) El profesional propuesto deberá contar con una experiencia mínima de 03 años como jefe de proyecto en la elaboración y/o evaluación de estudios de pre inversión a nivel de perfil técnico y/o Expedientes Técnicos. ESPECIALISTA EN SALUD Y FORMULACION El profesional propuesto deberá contar con una experiencia mínima de 02 años como jefe de Unidad Formuladora. Asimismo 10 meses como formulador de estudios de pre inversión a nivel de Perfiles Técnicos y/o Expedientes Técnicos. Capacitación en el marco de Invierte Perú. ESPECIALISTA EN DISEÑO DE ARQUITECTURA (ARQUITECTO) El profesional propuesto deberá contar con una experiencia mínima de 02 años como especialista de arquitectura por haber participado en la elaboración y/o evaluación de estudios de pre inversión a nivel de Perfiles Técnicos y/o Expedientes Técnicos. ESPECIALISTA EN ESTRUCTURAS (INGENIERO CIVIL) El profesional propuesto deberá contar con una experiencia mínima de 02 años como especialista de estructuras por haber participado en la elaboración y/o evaluación de estudios de pre inversión a nivel de Perfiles Técnicos y/o Expedientes Técnicos.

Acreditación: La experiencia del personal se acreditará con cualquiera de los siguientes documentos: (i) copia simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal clave propuesto. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 6 referido al personal clave propuesto para la ejecución del servicio de consultoría. Se consideran servicios de consultoría similares a los siguientes: ESTUDIO DE PRE INVERSION Y/O EXPEDIENTES TECNICOS YA SEAN PARA LOCALES PUBLICOS O PRIVADOS, EN LA ESPECIALIDAD DE INFRAESTRUCTURA DE EDIFICACION, SE CONSIDERA PARA EL PRESENTE DE LOS CASOS: CREACION Y/O MEJORAMIENTO Y/O AMPLIACION Y/O CONSTRUCCION Y/O REMODELACION DE HOSPITALES, CENTROS DE SALUD, POSTAS

MEDICAS, INSTITUCIONES EDUCATIVAS, COLEGIOS, COMISARIAS, ESTADIOS, POLIDEPORTIVOS, COMPLEJOS DEPORTIVOS, INFRAESTRUCTURA DE RECREACION, UNIVERSIDADES, EDIFICIOS INSTITUCIONALES,, ALAMCENES U OTRAS RELACIONADOS CON EL OBJETO DE LA CONVOCATORIA. B.3

EQUIPAMIENTO ESTRATÉGICO Requisitos: 01 computadora y/o laptop. 01 impresora láser. 01 plotter. Acreditación: Copia de documentos que sustenten la propiedad, la posesión, el compromiso de compra venta o alquiler u otro documento que acredite la disponibilidad del equipamiento estratégico requerido.

C

EXPERIENCIA DEL POSTOR

C.1

TIEMPO MÍNIMO DE EXPERIENCIA4 Requisitos: El postor debe acreditar 02 años de experiencia efectiva especializada en servicios de consultoría en la elaboración de y/o estudios de pre inversión a nivel de perfiles en general (perfil, pre factibilidad y factibilidad) y/o Expedientes técnicos. Se consideran servicios de consultoría similares a los siguientes: ESTUDIO DE PRE INVERSION Y/O EXPEDIENTES TECNICOS YA SEAN PARA LOCALES PUBLICOS O PRIVADOS, EN LA ESPECIALIDAD DE INFRAESTRUCTURA DE EDIFICACION, SE CONSIDERA PARA EL PRESENTE DE LOS CASOS: CREACION Y/O MEJORAMIENTO Y/O AMPLIACION Y/O CONSTRUCCION Y/O REMODELACION DE HOSPITALES, CENTROS DE SALUD, POSTAS MEDICAS, INSTITUCIONES EDUCATIVAS, COLEGIOS, COMISARIAS, ESTADIOS, POLIDEPORTIVOS, COMPLEJOS DEPORTIVOS, INFRAESTRUCTURA DE RECREACION, UNIVERSIDADES, EDIFICIOS INSTITUCIONALES,, ALAMCENES U OTRAS RELACIONADOS CON EL OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Acreditación: El tiempo de experiencia efectiva del postor se acreditará con copia simple de contratos y/o su respectiva conformidad y/o liquidación del contrato. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 7 referido al Tiempo Mínimo de Experiencia del Postor. El servicio presentado para acreditar la experiencia en la especialidad servirá para acreditar el tiempo mínimo de experiencia del postor.

C.2

EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD Requisitos: El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a UNA (01) VEZ EL VALOR REFERENCIAL DE LA CONTRATACIÓN de servicios de consultoría similares o iguales correspondiente a la actividad de Elaboración De elaboración de estudios de pre inversión a nivel de perfiles en general (perfil, pre factibilidad y factibilidad) y/o Expedientes técnicos, durante los diez (10) años anteriores a la fecha de la presentación de ofertas. Acreditación: Copia simple de contratos y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con: Copia de voucher de depósito y/o copia de reporte de estado de cuenta y/o copia de cheque y/o copia de comprobantes

4

De coidad con el tiempo mínimo de experiencia establecido en la definición “consultoría de obras” que consta en el Anexo Único de Definiciones del Reglamento.

de pago cuya cancelación conste en el mismo documento con el sello de cancelación de la Entidad pagadora y/o otro documento que acredite la cancelación del mismo, correspondientes a un máximo de diez (10) contrataciones. En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar una sola contratación, se debe acreditar que corresponden a dicha contratación; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan contrataciones independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación, las diez (10) primeras contrataciones indicadas en el Anexo Nº 8 referido a la Experiencia del Postor en la Actividad. En el caso de servicios de ejecución periódica, solo se considera como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de ofertas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago cancelados. En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, debe presentarse la promesa de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato. Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, la calificación se ceñirá al método descrito en la Directiva N° 002-2016-OSCE/CD, debiendo presumirse que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa de consorcio o del contrato de consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales. Cuando en los contratos o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 8 referido a la Experiencia del Postor en la Actividad. C.3

EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD Requisitos: El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a UNA (01) VEZ EL VALOR REFERENCIAL DE LA CONTRATACIÓN de servicios de consultoría similares o iguales al objeto de la convocatoria, durante los diez (10) años anteriores a la fecha de la presentación de ofertas. Se consideran servicios de consultoría similares a los siguientes: ESTUDIO DE PRE INVERSION Y/O EXPEDIENTES TECNICOS YA SEAN PARA LOCALES PUBLICOS O PRIVADOS, EN LA ESPECIALIDAD DE INFRAESTRUCTURA DE EDIFICACION, SE CONSIDERA PARA EL PRESENTE DE LOS CASOS: CREACION Y/O MEJORAMIENTO Y/O AMPLIACION Y/O CONSTRUCCION Y/O REMODELACION DE HOSPITALES, CENTROS DE SALUD, POSTAS MEDICAS, INSTITUCIONES EDUCATIVAS, COLEGIOS, COMISARIAS, ESTADIOS, POLIDEPORTIVOS, COMPLEJOS DEPORTIVOS, INFRAESTRUCTURA DE RECREACION, UNIVERSIDADES, EDIFICIOS INSTITUCIONALES,, ALAMCENES U OTRAS RELACIONADOS CON EL OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Acreditación: Copia simple de contratos y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con: Copia de voucher de depósito y/o copia de reporte de estado de cuenta y/o copia de cheque y/o copia de comprobantes de pago cuya cancelación conste en el mismo documento con el sello de cancelación de la Entidad pagadora y/o otro documento que acredite la cancelación del mismo, correspondientes a un

máximo de diez (10) contrataciones. En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar una sola contratación, se debe acreditar que corresponden a dicha contratación; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan contrataciones independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación, las diez (10) primeras contrataciones indicadas en el Anexo Nº 9 referido a la Experiencia del Postor en la Especialidad. En el caso de servicios de ejecución periódica, solo se considera como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de ofertas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago cancelados. En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, debe presentarse la promesa de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato. Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, la calificación se ceñirá al método descrito en la Directiva N° 002-2016-OSCE/CD, debiendo presumirse que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa de consorcio o del contrato de consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales. Cuando en los contratos o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 9 referido a la Experiencia del Postor en la Especialidad.