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PASOS PARA LA CONSTRUCCIÓN E INSCRIBIR A TU EMPRESA EN SUNARP La inscripción de una empresa en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp). A continuación, te ofrecemos los pasos a seguir para formalizar o constituir una empresa legalmente y no claudicar en el camino.

A. BÚSQUEDA Y RESERVA DEL NOMBRE

Lo primero que se debe hacer es verificar en la Sunarp que no exista en el mercado un nombre (razón social) igual o similar al que se le quiere poner a la naciente empresa. Al buscar los nombres existentes, hay que asegurarse que éstos no se parezcan ni suenen igual al que se va a usar. Luego de la búsqueda y confirmado el hecho que no existen nombres iguales o similares, hay que reservar la razón social para que otra empresa no pueda inscribirse con ese nombre, siendo efectiva la reserva por un plazo de 30 días. B. ELABORACIÓN DE LA MINUTA

La minuta es un documento en el cual el miembro o los miembros de la futura empresa manifiestan su voluntad de constituirla, y en donde se señalan todos los acuerdos respectivos. La minuta consta del pacto social y los estatutos, además de los insertos que se puedan adjuntar a ésta. En la minuta deben figurar:  Los datos generales del miembro o miembros: Nombres y apellidos, edad y número de DNI.  El giro de la empresa: A qué se va a dedicar.  El tipo de empresa: Puede ser una Empresa Individual de Responsabilidades Limitada (EIRL), una Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL), una Sociedad Anónima (SA), o una Sociedad Anónima Cerrada (SAC).  El tiempo de duración de la empresa: Si va a funcionar por un plazo fijo o indeterminado.  Cuando va a iniciar sus actividades comerciales la empresa.  Dónde va a funcionar (domicilio comercial).  Cuál es la denominación o razón social de la empresa.  Dónde van a funcionar las agencias o sucursales, si es que las hubiera.  Quién va a administrar o representar a la empresa.  Los aportes de cada miembro. Los cuales pueden ser: Bienes dinerarios (dinero y sus medios sustitutos tales como cheques, pagarés, letras de cambios, etc.) y/o bienes no dinerarios (inmuebles o muebles tales como escritorios, sillas, etc.)  Otros acuerdos que establezcan los miembros de la empresa.  El capital social o patrimonio social de la empresa.

C.

ELEVAR LA MINUTA A ESCRITURA PÚBLICA

Consiste en acudir a una notaría y llevarle la minuta a un notario público para que la revise y la eleve a Escritura Pública. Los documentos que debemos llevar junto con la minuta son:  Constancia o comprobante de depósito del capital social aportado en una cuenta bancaria a nombre de la empresa.  Inventario detallado y valorizado de los bienes no dinerarios.  Certificado de búsqueda y reserva del nombre emitido por la Sunarp. Una vez elevada la minuta, esta debe ser firmada y sellada por el notario. D. ELEVAR LA ESCRITURA PÚBLICA EN LA SUNARP

Una vez que hemos obtenido la Escritura Pública, debemos llevarla a la Sunarp, en donde se realizarán los trámites necesarios para inscribir la empresa. El costo de estos trámites es S/. 90. La empresa existe a partir de este paso. No olvidar el registro de marca Hay que recordar también que el siguiente paso es registrar la marca. El producto o servicio que se ofrezca, llegará a los consumidores con un nombre, ese nombre es la marca, y si no deseas que nadie se apropie de ella, entonces hay que inscribirla en el Indecopi.  Presentar tres ejemplares del formato de solicitud correspondiente. Uno de ellos será el cargo.  Indicar cuál es el signo que se pretende registrar. Si éste posee elementos gráficos, se debe adjuntar la reproducción: Tres copias de aproximadamente 5 cm de largo y 5 cm de ancho y a colores.  Determinar, expresamente, cuáles son los productos, servicios o actividades económicas que se desea registrar.  Adjuntar la constancia de pago del derecho de trámite, cuyo costo es equivalente al 14.86% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), que se debe cancelar el monto en la Caja del Indecopi.  Una vez presentada la solicitud, Indecopi tiene un plazo de 15 días hábiles para realizar su examen formal.  Aprobado el examen formal, hay que acercarse a las oficinas del diario oficial El Peruano y solicitar la divulgación de la marca por única vez Siguiendo estos pasos, la marca estará protegida por diez años. La solicitud de renovación deberá ser presentada dentro de los seis meses anteriores o seis meses posteriores a la fecha del vencimiento del registro. E. OBTENCIÓN DEL NÚMERO DE RUC El RUC (Registro Único de Contribuyentes) es lo que identifica a una persona o a la empresa ante la SUNAT para el pago de los impuestos. Toda persona natural o jurídica está obligada a inscribirse en el RUC, de lo contrario serán sancionadas de acuerdo con el Código Tributario, igual que los inscritos en el RUC que no presenten la declaración. Para obtenerlo debemos acudir a la SUNAT, llenar un formulario de justificación, y esperar notificación F. ELEGIR RÉGIMEN TRIBUTARIO En la misma SUNAT, a la vez que tramitamos la obtención de nuestro RUC, debemos determinar a cuál régimen tributario nos vamos a acoger para el pago de los impuestos, ya sea al Régimen Único Simplificado (RUS), al Régimen Especial de Impuesto a la Renta (RER), o al Régimen General. Una vez que contamos con nuestro número de RUC, y elegido el régimen tributario al cual acogernos, podemos imprimir los comprobantes de pago (boleta y/o factura) que vamos a utilizar. G. COMPRAR Y LEGALIZAR LIBROS CONTABLES En este paso compramos los libros contables necesarios dependiendo del régimen

tributario al cual nos hayamos acogido; y posteriormente, acudimos a una notaría para que sean legalizados por un notario público. H. LEGALIZAR EL LIBRO DE PLANILLAS EN EL MINISTERIO DE TRABAJO (SI FUERA EL CASO) Según la ley, todos los trabajadores de una empresa, no importa las horas que trabajen, deben estar en planilla (lo que implica recibir beneficios tales como gratificaciones, compensación por tiempo de servicio, etc.). Para este paso, debemos acudir al ministerio de Trabajo, en donde se legalizarán las planillas. I. INSCRIBIR A LOS TRABAJADORES EN ESSALU (SI FUERA EL CASO) Igualmente debemos registrar a los trabajadores en las oficinas de ESSALUD para que puedan acceder a sus servicios. Los trámites se realizan en las oficinas de ESSALUD correspondiente a la jurisdicción. Por lo general, los documentos a presentar son:  Fotocopia del RUC.  Planillas en blanco legalizadas.  Fotocopia del DNI del representante  Formulario llenado en la oficina del ESSALUD para la inscripción de los trabajadores. J. SOLICITUD DE LICENCIA MUNICIPAL Consiste en acudir a la municipalidad del distrito en donde va a estar ubicado el negocio, y tramitar la obtención de la licencia de funcionamiento. Por lo general, los documentos a presentar son:  Fotocopia del RUC  Certificado de Zonificación (zona industrial, zona comercial, etc.)  Croquis de la ubicación de la empresa.  Copia de contrato de alquiler o título de propiedad.  Fotocopia de la escritura pública.

PERSONA NATURAL Y PERSONA JURÍDICA

1.

PERSONA NATURAL

Persona Natural es una persona humana que ejerce derechos y cumple obligaciones a título personal.

Al constituir una empresa como Persona Natural, la persona asume a título personal todas obligaciones de la empresa. Lo que implica que la persona asume la responsabilidad y garantiza con todo el patrimonio que posea (los bienes que estén a su nombre), las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa. Si, por ejemplo, la empresa quiebra y es obligada a pagar alguna deuda, la persona deberá hacerse responsable por ella a título personal y, en caso de no pagarla, sus bienes personales podrían ser embargados. 1.1.

Ventajas Persona Natural  la constitución de la empresa es sencilla y rápida, no presenta mayores trámites, la documentación requerida es mínima.  la constitución de la empresa no requiere de mucha inversión, no hay necesidad de hacer mayores pagos legales.  no se les exige llevar y presentar tantos documentos contables.  si la empresa no obtiene los resultados esperados, el giro del negocio puede ser replanteado sin ningún inconveniente.  las empresas constituidas bajo la forma de persona natural pueden ser liquidadas o vendidas fácilmente.  la propiedad, el control y la administración recae en una sola persona.  se puede ampliar o reducir el patrimonio de la empresa sin ninguna restricción.  pueden acogerse a regímenes más favorables para el pago de impuestos.

1.2. 

  

2.

Desventajas Persona Natural tiene responsabilidad ilimitada, es decir, el dueño asume de forma ilimitada toda la responsabilidad por las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa, lo que significa que deberá garantizar dichas deudas u obligaciones con su patrimonio o bienes personales. capital limitado solo a lo que pueda aportar el dueño. presenta menos posibilidades de acceder a créditos financieros (los bancos o entidades financieras suelen mostrar poca disposición a conceder préstamos a Personas Naturales). falta de continuidad en caso de incapacidad del dueño.

PERSONA JURÍDICA

Persona Jurídica es una empresa que ejerce derechos y cumple obligaciones a nombre de ésta. Al constituir una empresa como Persona Jurídica, es la empresa (y no el dueño) quien asume todas las obligaciones de ésta. Lo que implica que las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa, están garantizadas y se limitan solo a los bienes que pueda tener la empresa a su nombre (tanto capital como patrimonio). Si, por ejemplo, la empresa quiebra y es obligada a pagar alguna deuda, ésta se pagará solo con los bienes que pueda tener la empresa a su nombre, sin poder obligar al dueño o a los dueños a tener que hacerse responsable por ella con sus bienes personales. 2.1.

Ventajas Persona Jurídica  tiene responsabilidad limitada, es decir, el dueño o los dueños de la empresa asumen solo de forma limitada la responsabilidad por las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa, las cuales solo se garantizan con los bienes, capital o patrimonio que pueda tener la empresa.  mayor disponibilidad de capital, ya que éste pude ser aportado por varios socios.  mayores posibilidades de acceder a créditos financieros (los bancos o entidades financieras suelen mostrar mayor disposición a conceder préstamos a Personas Jurídicas antes que a Personas Naturales).  posibilidad de acceder a concursos públicos sin mayores restricciones.  el propietario y los socios trabajadores de la empresa pueden acceder a beneficios sociales y seguros.

2.2.

Desventajas Persona Jurídica  mayor dificultad al momento de constituirla, presenta una mayor cantidad de trámites y requisitos.  requiere de una mayor inversión para su constitución.  se les exige llevar y presentar una mayor cantidad de documentos contables.  la propiedad, el control y la administración pueden recaer en varias personas (socios).  presenta una mayor cantidad de restricciones al momento de querer ampliar o reducir el patrimonio de la empresa.  presenta una mayor dificultad para liquidarse o disolverse.