Solicitud de Sucesion Intestada via Notarial

SUMILLA : Solicito inicio de proceso de sucesión intestada. SEÑOR NOTARIO PÚBLICO DE LIMA ALEXANDRO MARZ PAJUELO RODR

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SUMILLA

: Solicito inicio de proceso de sucesión intestada.

SEÑOR NOTARIO PÚBLICO DE LIMA

ALEXANDRO MARZ PAJUELO RODRIGUEZ, identificada con DNI. N° 07292104, con dirección domiciliaria en La mar N° 885 int. 6, distrito de La Victoria, provincia y departamento Lima, a Ud., atentamente; digo:

I.

PETITORIO:

Que, al amparo del artículo 38º de la Ley Nº 26662 – Ley de Competencia Notarial en Asuntos No Contenciosos en concordancia con el artículo 815º del Código Civil, solicito el inicio del proceso de SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fuera mi recordada madre doña LUZ AMANDA RODRIGUEZ CHAVEZ, a fin de que se me declare heredero legal de dicha persona, de acuerdo a los fundamentos de hecho y derecho que a continuación expongo:

II.

FUNDAMENTOS DE HECHO:

Primero: Que, el día 14 de enero del 2014, falleció mi madre doña LUZ AMANDA RODRIGUEZ CHAVEZ, en el Hospital Nacional Dos de Mayo de la ciudad de Lima, sin que hubiese otorgado testamento alguno, habiendo sido su ultimo domicilio en La mar N° 885 int. 6, distrito de la victoria, provincia y departamento Lima.

Segundo: Que, debido a ello es que se solicita el inicio del presente proceso de sucesión intestada con la finalidad de que en su oportunidad, se declare heredero legal de dicha persona al recurrente don ALEXANDRO MARZ PAJUELO RODRIGUEZ, en calidad de hijo supérstite, por ser único heredero, no existiendo descendientes, padres ni cónyuge, asumiendo la responsabilidad civil y penal por esta declaración.

Tercero: Declaro bajo Juramento que la causante ha dejado el siguiente bien inmueble:

Propiedad ubicado y signado como Lt. N° 14, Mz B, Zona A de la Urbanización San Martin de Socabaya, distrito de Socabaya, Provincia y departamento de Arequipa, inscrito en la partida N° P11255689, de los Registros Públicos de Arequipa.

III.

FUNDAMENTACION JURIDICA:

Sustento mi petitorio en lo previsto en las siguientes normas legales: - Artículo 660º del Código Civil, conforme al cual desde el momento de la muerte de una persona, los bienes, derechos y obligaciones que constituyen la herencia se trasmiten a sus sucesores. - Artículo 815º del Código Civil, de cuyo inciso 1 se desprende que la herencia corresponde a los herederos legales cuando el causante muere sin dejar testamento. - Artículo 816º del Código Civil, numeral que prescribe que son herederos del primer orden, los hijos y demás descendientes; del segundo orden, los padres y demás ascendientes; del tercer orden, el cónyuge; del cuarto, quinto y sexto ordenes, respectivamente, los parientes colaterales del segundo, tercero y cuarto grados de consanguinidad; y que señala que el cónyuge también es heredero en concurrencia con los herederos de los dos primeros ordenes señalados presentemente. - Artículo 830º del Código Procesal Civil, según el cual, en los casos previstos en el artículo 815º del Código Civil (numeral citado líneas arriba), cualquier interesado puede solicitar del proceso sucesorio, en concordancia con el artículo 38º de la Ley Nº 26662 – Ley de Competencia Notarial en Asuntos no Contenciosos. - Artículo 39º y siguiente de la Ley Nº 26662 – Ley de Competencia Notarial.

IV.

MEDIOS PROBATORIOS Y ANEXOS:

Ofrezco el mérito de los siguientes medios probatorios: 1.

Copia de DNI del suscrito (Anexo 1-A).

2. Copia certificada de acta de defunción de mi madre doña LUZ AMANDA RODRIGUEZ CHAVEZ, expedido por la Oficina Registral del RENIEC, con fecha 09 de Octubre del 2018 (Anexo 1-B). 3. Copia certificada de partida de nacimiento del recurrente, expedido por la RENIEC, con fecha 09 de Octubre del 2018, (Anexo 1-C). 4. Copia Literal del bien inmueble ubicado en Lt. N° 14, Mz B, Zona A de la Urbanización San Martin de Socabaya, distrito de Socabaya, Provincia y departamento de Arequipa, inscrito en la partida N° P11255689 de Los Registros Públicos de Arequipa. (Anexo 1-D).

5. Certificado Negativo de Inscripción de Testamento, a nombre de la causante, expedido por la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos de Lima, con fecha 09 de Octubre del 2018 (Anexo 1-E). 6 Certificado Negativo de Inscripción de Sucesión Intestada, a nombre de la causante expedido por la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos de Lima, con fecha 09 de Octubre del 2018 (Anexo 1-F).

POR TANTO: A Ud. Señor Notario, al amparo de lo dispuesto por el artículo 815° del Código Civil, artículo 1°, 38° y siguientes de la Ley Nº 26662 y sus modificatorias Leyes Nº 26687, Nº 26809; y previo los tramites de Ley, expida el acta de sucesión intestada correspondiente.

Lima, 18 de Octubre del 2018.

______________________________ ALEXANDRO MARZ PAJUELO RODRIGUEZ

DNI. N° 07292104