Sartori - La Importancia de Los Sistemas Electorales

Sartori - Capítulo 3: La Importancia de los Sistemas Electorales ¿Qué tan importantes son? Hay algunos autores que dicen

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Sartori - Capítulo 3: La Importancia de los Sistemas Electorales ¿Qué tan importantes son? Hay algunos autores que dicen que el estudio de los sistemas electorales no es importante. Otro argumento es que si reconocen la importancia de los sistemas electorales, queda el hecho de que no se les puede construir, ni cambiar deliberada y libremente, y que las discusiones sobre ellos fingen una libertad de decisión que no existe realmente. Nohlen limita su escrutinio a la Europa de la segunda posguerra, minimiza los importantes cambias que han ocurrido dentro de la representación proporcional (RP); solo se basa en 17 casos. El cambio mediante reformas siempre es difícil. Una vez que se establece un acuerdo electoral, sus beneficiaros protege su propio interés y se esfuerzan por seguir jugando el juego con las reglas que conocen. A pesar de todo, se continúan estableciendo/modificando sistemas electorales en muchas regiones del mundo actual. Por lo tanto, la pregunta es: ¿saben los reformadores como cambiar lo que desean cambiar? ¿En dónde y cómo buscan su inspiración los actuales creadores/modificadores de sistemas electorales? Buscan con urgencia modeles en el exterior, adoptando el sistema que consideran les beneficiaria más Los efectos de los sistemas electorales: una discusión Duverger formulo dos leyes: 1. El sistema de mayoría (pluralidad) de una sola ronda electoral tiende al bipartidismo 2. Los sistemas de mayoría de doble ronda electoral y la representación proporcional tienden al multipartidismo. Es fácil destruir las fórmulas de Duverger. Una de las razones es que Duverger supone que es posible demostrar una relación causal mediante una correlación, es decir, no capta la diferencia entre “causa de” y “asociado con”. Otra es que solo se puede hacer una generalización causal si se especifican claramente la causa y el efecto, en tanto que no se ha podido fundamentar el efecto de la primera ley de Duverger y tampoco se ha podido precisar el efecto de la segunda ley. Una ley que propone efectos sobre el número de partidos debe establecer de qué manera se determina ese número. La opinión que predomina en la profesión es la de que no podemos obtener generalizaciones comparativamente válidas. En ciencias sociales las leyes son generalizaciones dotadas de poder explicativo que descubren regularidades. Como una ley se mantiene en la medida en que no sea falsa, debe formularse de tal manera que permita su confirmación o su negación empírica. La mayoría de las leyes de ciencias sociales no predicen eventos particulares. Sin embargo, se supone que las leyes sobre los efectos de los sistemas electorales (causa) sobre el número de partidos (efecto) hacen justamente eso, es decir, se aplican a todos y cada uno de los eventos electorales. Si se supone que una ley es determinística, en el sentido de que si se da la causa se da el efecto, y por lo tanto es conocido y cierto ex ante, entonces una sola excepción basta para poder anular la ley. Pero las leyes de ciencias sociales no

pueden nunca ser ni nunca han sido determinísticas, y en consecuencia toleran alguna desviación. Nueva enunciación de la influencia de los sistemas electorales Los sistemas electorales tienen dos efectos: 1. Sobre el votante: generalmente se describe como un efecto represor. Este puede variar de muy fuerte (sistemas mayoritarios) a inexistente (RP pura) 2. Sobre el número de partidos: generalmente nombrado como efecto reductor, puesto que o se reduce su número o el sistema electoral no es efectivo (no hay efecto multiplicador). Este también varía de muy fuerte a débil. ¿Cómo se cuentan los partidos? ¿Cómo identificamos a los partidos importantes, a aquellos que determinan la naturaleza del sistema de partidos? 2 reglas 1) Regla 1: se puede descontar a un partido menor por su irrelevancia cuando es superfluo en el transcurso del tiempo, en el sentido de que nunca se le necesita o se le incluye en alguna coalición mayoritaria viable. Se debe contar a un partido menor cuando se encuentra en posición de determinar en el transcurso del tiempo, o en algún momento, cuando menos una de las posibles mayorías gobernantes. 2) Regla 2: un partido es importante siempre que su existencia o creación afecte las tácticas de la contienda partidista en particular cuando modifica la dirección de la contienda. Es decir, que los partidos que cuentan deben tener potencial para formar coaliciones o potencial para presionar. Hay dos opciones cuantitativas matemáticas a las reglas propuestas. 1) Índice de fragmentación de Rae; y 2) el número efectivo de partidos de Taegepera y Shugart. Las medidas continuas del tamaño de los partidos dan información útil que las reglas de Sartori no proporcionan. Peros sus criterios captan otros aspectos: ante todo, la posición de los partidos con respecto a las propuestas fundamentales. En segundo lugar, también captan la diferencia entre los partidos que pueden entrar y los partidos excluidos, es decir, los que están disponibles para la coalición y los que no lo están. Esta diferencia señala, a su vez, si tratamos o no con una fragmentación polarizada, lo que de ninguna manera capta los índices cuantitativos-

No solo es el sistema electoral el que condiciona al votante sino también el sistema de partidos. X ej en un caso de sistema de mayoría -> sist plural de distritos con un solo representante la limitación esta limitada para para el votante a los principales contendientes.-> “primero que llega a la meta”-> dos partidos. Esto no implica una reducción correspondiente del numero de partidos NACIONALES. El votante esta limitado únicamente desde el punto de vista del distrito, por lo tanto a menos que los dos partidos sean los principales contendientes en todos los distritos esto no sucede. Los sistemas de partidos pueden dividirse en fuertes o débiles, dependiendo de si, como sistemas, están o no estructurados. Es decir, que no se pueden evaluar

correctame nte los efectos de los sistemas electorales sin evaluar a la vez las características manipuladoras y canalizadoras del propio sistema de partidos. Mientras el elector vote simple y llanamente por un notable local o alguna clase de cacique local, los partidos seguirán siendo etiqueta de poca monta, si es que tienen aszlguna, ya que no habrá un sistema de partidos estructurado. Sin embargo, cuando el apoyo se da mas al partido, que a los notables, el votante se relaciona con imágenes abstractas del partido, en ese momento ya no es el jefe o líder individual el que hace que el partido sea elegido, sino que el partido es el que elige al individuo. Se replantea el problema: los sistemas electorales mayoritarios no tienen influencia hasta que el sistema de partidos se estructura coincidiendo con el surgimiento de los partidos de masas. Los autores que niegan el efecto reductor de los sistemas plurales casi invariablemente se refieren a sistemas de partidos no estructurados. Para Sartori, un sistema de dos partidos (no es q solo haya dos partidos si no que haya cierta mecánica) se caracteriza por tres rasgos: a) En el transcurso del tiempo, dos partidos periódicamente, y por mucho, superan a los demás, de tal manera que b) Cada uno de ellos está en posición de competir por la mayoría absoluta de los escaños y puede por lo tanto esperar alternarse en el poder, y c) Cada uno de ellos cuando llega al poder gobierna solo. Estos tres rasgos solo se aplican a sistemas parlamentarios. El sistema bipartidista es definido por dos partidos importantes, cada uno de los cuales gobierna solo (no en coalición), independientemente de terceros partidos. Las leyes ¿Puede la influencia de los sistemas electorales generalizarse en forma de ley? Primero se presentan 4 reglas: 1) Un sistema pluralista no puede producir por sí mismo un formato nacional bipartidista, pero en todas las circunstancias ayudara a mantener uno que ya existe. 2) Un sistema pluralista producirá, al largo plazo, un formato de dos partidos si se dan las condiciones necesarias: a) que el sistema de partidos este estructurado; b) que el electorado que no se somete a la presión del sistema electoral este disperso en proporciones menores a la pluralidad relativa por todos los distritos. 3) Un formato bipartidista es imposible si las minorías ideológicamente opuestas, interesadas en un problema en particular u otras a las que no se puede constreñir están concentradas en proporciones superiores a la pluralidad en determinados distritos o regiones geográficas 4) Los sistemas de RP también tienen efectos reductores en proporción a su falta de proporcionalidad, y en particular cuando se aplican a distritos pequeños, establecen un umbral para la representación o atribuyen un premio. En estas condiciones, la RP eliminara a los partidos más pequeños cuyo electorado este disperso en diversos distritos. Las reglas de Sartori dependen mucho de la distribución de los votantes. La distribución de las lealtades partidistas está determinada históricamente, sin embargo, solo hasta el advenimiento de un sistema de partidos estructurado. Le interesa exclusivamente la distribución de las lealtades políticas que no son afectadas por la consolidación estructural. Le asigna importancia al hecho de que

las minorías irreductibles cuyos votos representan a un porcentaje superior a la pluralidad o superen el cociente necesario para obtener un representante, estén concentradas o dispersas. Lo siguiente que se debe hace es relacionar los formatos que predicen las 4 reglas con las características sistémicas, esto es, con distintos tipos d sistemas de partidos. 3 patrones sistémicos importantes:  La mecánica bipartidista: alternancia de dos partidos en el poder  El multipartidismo moderado: cambios bipolares en los gobiernos de coalición.  El multipartidismo polarizado: sistemas caracterizados por la competencia multipolar, las coaliciones localizadas en el centro reciben votos en la periferia, y los partidos opuestos al sistema. En esta tipología la variable decisiva es la polarización sistémica, definida como la distancia entre los partidos importantes más alejados entre sí. Dada la consolidación estructural y considerando la polarización como variable, presenta las siguientes hipótesis:  Hipótesis 1: cuando la fórmula pluralista de un solo representante produce un formato d dos partidos, el formato a su vez producirá la mecánica bipartidista solo si la polarización es pequeña.  Hipótesis 2: el formato de 3 o 4 partido generará a su vez la mecánica dl multipartidismo moderado solo si el sistema político no está muy polarizado. Sin embargo, como el multipartidismo moderado converge hacia la bipolaridad no tendrá a incrementar la polarización sistémica.  Hipótesis 3: los sistemas de RP pura permiten fácilmente un formato de 5 a 7 partidos. Bajo condiciones de una polarización media o baja, no se obstaculiza la mecánica de coalición del multipartidismo moderado. En condiciones de una fuerte polarización, el formato mostrará las características mecánicas del multipartidismo que, a la postre, aumente la polarización sistémica. Hasta ahora la variable independiente (causal) ha sido el sistema electoral. Otra variable independiente: el sistema de partidos como sistema de canalización. (La

explicación del cuadro era un hoja entera, no me pareció necesario ponerla, pero si la quieren ver esta en las paginas 60-61 del texto)

Podemos ahora delinear reglas que califican como leyes formuladas en términos de condiciones necesarias y suficientes. El sistema electoral es la condición suficiente aunque no la exclusiva. Condiciones necesarias: a) Estructuración sistémica a diferencia de la falta de estructuración; b) Concentración mensurable por encima de la pluralidad, o en el caso de la RP, importantes concentraciones por encima de los cocientes o cuotas, a

diferencia de las distribuciones menores que la pluralidad.(Dispersión similar en los distritos electorales) Sartori propone las siguientes leyes:  Ley 1: Con estructuración sistémica y dispersión similar en todos los distritos electorales, los sistemas pluralistas causan un formato bipartidista.  Ley 2: Si existe estructuración sistémica, pero no la dispersión similar en todos los distritos, los sistemas pluralistas causan la eliminación de los partidos cuyo número de votos es menor que la pluralidad.  Ley 3: Dada la estructuración sistémica, la representación proporcional tiene un efecto reductor causado por su falta de proporcionalidad. Cuanto menos pura sea la RP, mayores serán los cosos de ingreso para los partidos pequeños y más fuertes los efectos reductores, y a la inversa, cuantos más puros sean, menor será el efecto reductor.  Ley 4: Si no existe la estructuración sistémica y se supone una RP pura, esto es un costo de ingreso igual para todos, el número de partidos puede ser tan grande como la cuota. Siempre que la adopción de la RP sigue el surgimiento de nuevos partidos importantes, en realidad no estamos señalando los efectos de la RP, sino los efectos colaterales que resultan de la eliminación de los obstáculos previos. Doble ronda Se la puede formular como: Un sistema mayoritario: la doble ronda electoral produce el efecto normal reductor de los sistemas mayoritarios sobre el número de partidos; pero esta eliminación se mantiene de una manera más suave, es decir, con menos presiones coercitivas manipuladoras sobre el votante. Un sistema proporcional: el sistema de la doble ronda electoral se comporta como un sistema proporcional que favorece desproporcionalmente a unos partidos sobre otros. Los sistemas proporcionales obedecen a dos distintos tipos. El primero de ellos se denomina de representación proporcional pura y elimina todas las barreras legales posibles en el procedimiento para la asignación de puestos, de modo tal que los votos se convierten en escaños con las menores distorsiones. Nunca se alcanzará la proporcionalidad plenamente. Ésta resulta un “imposible matemático” porque no hay manera de establecer una relación de proporcionalidad perfecta entre un volumen tan grande de votos, depositados en favor de múltiples partidos y grupos políticos, y un número tan reducido de escaños. Luego la distorsión resulta inevitable. El segundo tipo es el llamado derepresentación proporcional impura o restringida, que mediatiza el efecto del número de votos en la asignación de los puestos electivos a través de ciertas barreras legales — dinteles mínimos, forma de las listas, métodos de cálculo— a fin de canalizar los votos hacia las candidaturas más fuertes y concentrar en ellas los escaños disponibles. http://www.enciclopediadelapolitica.org/Default.aspx?i=&por=s&idind=1384&termino=

http://aceproject.org/main/espanol/bd/bda01a.htm