Resumen DS 005 2017 TR

UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS UNIDAD DE POSGRADO ___________________________________________________________

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UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS

UNIDAD DE POSGRADO ____________________________________________________________ MAESTRÍA EN GESTIÓN INTEGRAL DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y MEDIO AMBIENTE ________________________________________________________________

IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN

TRABAJO: RESUMEN Y COMENTARIOS DEL DECRETO SUPREMO Nº 005-2017-TR

HIZO LÁZARO, TATIANA EVELYN

LIMA – 2017

CONTENIDO

PÁG.

1. RESPECTO AL PLAN NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 03  RESPECTO AL DIAGNOSTICO GENERAL DE LA REALIDAD LABORAL PERUANA 03  RESPECTO A LOS INFORMES DE ACCIDENTES, INCIDENTES Y ENFERMEDADES OCUPACIONALES 04  LOS ORGANISMOS SUPRASECTORIALES EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 06  RESPECTO A LOS MECANISMOS DE SUPERVISIÓN PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN NACIONAL 08  FUNCIÓN DE FISCALIZADORES 08  ÓRGANOS CONSULTIVOS 08  LINEAMIENTOS DE POLÍTICA DEL SECTOR CON LA CUAL SE RELACIONA EL PLAN NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 09  LOS OBJETIVOS GENERALES DEL PNSST 09  ÓRGANO RESPONSABLE 10 2. COMENTARIOS

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Resumen del Decreto Supremo que aprueba el Plan Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo 2017 – 2021

DECRETO SUPREMO Nº 005-2017-TR Basada en el cumplimiento de los acuerdos internacionales, el irrestricto respeto de las convenciones de DDHH y los últimos acuerdos de la Comunidad Andina; El Estado Peruano, viene asumiendo, actualizando y difundiendo legislación en el tema del respeto al Derecho a la vida y salud humana, en este caso puntualmente respecto a la seguridad y salud del trabajador peruano. Basada en la Ley 29783-Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, el Estado Peruano tiene el fin de promover una cultura preventiva de riesgos laborales para Trabajadores y Trabajadoras; para ello, de forma consensuada, el Estado, los Trabajadores y los Empleadores debe formular, examinar y elaborar la Política nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. El DS 002-2013-TR es el Reglamento previo. El CONSSAT –Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo-el 02/16/17 aprobó el PLAN NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO vigente del 2017 al 2021.

RESPECTO AL PLAN NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO: El plan sensibiliza inicialmente mostrando los datos de la accidentabilidad laboral. Lo resaltante a nivel mundial es: -

Cada 15 segundos un trabajador muere en situaciones laborales.

-

Cada 15 segundos 153 trabajadores sufren algún tipo de accidente.

Estos datos son alarmantes, asimismo sus implicancias en las perdidas del valor humano y los costes para las empresas. *Se estima que el 4% de PBI mundial se gasta en muertes laborales. Los principios en los que se basa este Plan son:      

Prevención Gestión integral Responsabilidad Universalización Atención integral de salud Dialogo social. RESPECTO AL DIAGNOSTICO GENERAL DE LA REALIDAD LABORAL PERUANA: Para comprender el Contexto laboral en el Perú, es necesario conocer la realidad del Mercado y la naturaleza de su relación con los trabajadores. 3

Según datos resumidos del INEI (basada en datos recopilados del 2011 al 2015): 

La PEA (Población Económicamente Activa): es de 16 396 377. De esta cantidad el 96.3% es empleada y el 3.7% es desempleada (2014).



La PET (Población en Edad de Trabajar) tiene al 68% entre las edades de 25 a 44 años de edad.



Por otra parte resalta que son los varones menos desempleados en relación a las mujeres, también son los que mayores ingresos registran y los que más altos cargos ocupan en relación a las mujeres.



En cuanto a las áreas de trabajo, los que más puestos laborales brindan son: -

Servicios no personales 27.28%

-

Agricultura y ganadería 25.61%

-

Comercio 17.21%

Y los mercados que menos puestos de trabajo brindan:



-

Minería 1.34%

-

Industria de bienes y hogar 7.04%

El Sector privado es el que mayor cantidad de puestos de trabajo ofrece, junto a los trabajos independientes. El sector público ofrece menor cantidad de puestos laborales.



Respecto a la formación técnica-profesional, son las zonas urbanas las que mayor número de personas con mayor nivel académico cuenta, así mismo, son estos los que mayor ingresos salariales tienen.



Se muestra que en las estadísticas de la informalidad laboral en el Sector Privado, son FORMALES 3.3 millones de trabajadores e INFORMALES 4.1 millones (no cuentan con ningún tipo de contrato laboral). Si bien el porcentaje de informalidad viene reduciéndose, aun es de cifras alarmantes. RESPECTO

A LOS

INFORMES DE

ACCIDENTES, INCIDENTES Y

ENFERMEDADES OCUPACIONALES:

Son 04 las fuentes de las que provienen las estadísticas nacionales: 

MINSA- Sistema de accidentes de trabajo.



MINSA-Sistema de vigilancia de accidentes de trabajo.



MEM- Información de accidentes de trabajo.



ESALUD- Informe de enfermedades ocupacionales. 4

En la actualidad es factible la opción de reportar los accidentes, incidente y enfermedades ocupacionales por medio de la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. 

Según estadísticas el mayor número de accidentes e incidentes reportados se encuentra en la región de Lima y Callao (Esto debido a la concentración demográfica en estas áreas).



Entre el año 2011 y 2015 se han registrado 819 muertes laborales en el Perú.



Los sectores que mayor accidentabilidad reportan son: o

Industria manufacturera.

o

Actividad inmobiliaria.

o

Construcción y minería.

 Las partes del cuerpo que más se lesionan son: o

Dedos

o

Ojos

o

Manos

o

Columna vertebral

o

Pies

 Las personas que más se accidentan son: Obreros, Empleados, Operarios, etc.  Los que más reportan Enfermedades ocupacionales son: Minería 48% Industria manufacturera 23%

*Resalta aquí que el Perú no cuenta con un Registro Unificado de Accidentes, Incidentes y Enfermedades Ocupacionales. Si bien en octubre del 2014 por DS 012-2014 TR, se aprobó el Registro Único, este aun esta en implementación.  En cuanto a las Empresas prestadoras de Salud, los afiliados son: -

SIS – 16 078 993

-

ESSALUD – 8 303 456

-

EPS – 745 719

-

OTROS – 1 800 00 aprox

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LOS ORGANISMOS SUPRASECTORIALES EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO:

MTPE: Su área de trabajo es la formular, planear, plantear, implementar, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales en SST. Cuenta con dos Viceministerios: o

Viceministerio de promoción del empleo y capacitación laboral.

o

Viceministerio de trabajo (encargada de la SST), que a su vez cuenta con la Dirección General de Derechos Fundamentales de Seguridad y Salud en el Trabajo - DGDFSST, que es la que propone y emite en materia de SST.

SUNAFIL: Organismo que el 01 de abril del 2014, fue adscrito al MTPE, con la labor de la Supervisión general del Trabajo en el Perú. MINSA: Que junto al SIS, están encargados del aseguramiento universal de los trabajadores peruanos. *Estas entidades no cuentan con una asignación presupuestaria específica para la seguridad y salud en el trabajo.

ESSALUD: Organismo que se encarga de la atención integral de los asegurados en materia de salud.

ONP: Oficina que administra el sistema nacional de pensiones. Reconoce, declara, verifica y paga los derechos pensionarios.

AFP: Cumple funciones similares a la ONP pero de forma privada

MEM: Expide regulaciones en minería, electricidad e hidrocarburos. Tiene la obligación de difundir mediante su página Web, las estadísticas de SST en su sector a nivel nacional.

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Gobierno

RESPECTO A LOS MECANISMOS DE SUPERVISIÓN PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN NACIONAL:

La Ley 29783, regula la intervención del Ministerio Publico en las inspecciones de trabajo; establece las infracciones de acuerdo a la gravedad de las faltas y también las escalas de multa. Designa las competencias de fiscalización en materia de SST del OSINERGMIN, MTPE. El MTPE ha asumido la fiscalización en las áreas de Minería, Electricidad e Hidrocarburos.

FUNCIÓN DE FISCALIZADORES: Ellos deben de estar preparados para determinar técnicamente el cumplimiento de las medidas en materia de SST por parte de los empleadores. Las intervenciones deben ser: o

Actualizadas – En materia de normativa.

o

Multidisciplinaria – Contar con las diversas opiniones de los profesionales de las áreas en respecto.

o

Contar con un historial de inspección.

o

Estar basada en Guías de procedimientos de inspección.

ÓRGANOS CONSULTIVOS: La instancia máxima de concertación en materia de SST es el CONSSAT, Creada por la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo el 2012. Los órganos consultivos trabajan de manera tripartita:

TRABAJADORES: Representantes gremiales

ESTADO: CONSSAT, MTPE

EMPLEADORES: CONFIEP

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El CONSSAT, forma comisiones para analizar y proponer en temas de SST, para esto, formula un grupo compuesto por 12 representantes:

También existe el Consejo Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, que son órganos de apoyo y son autónomos de formular su propia normativa. Asimismo proponen y formular programas regionales de Seguridad.

LINEAMIENTOS DE POLÍTICA DEL SECTOR CON LA CUAL SE RELACIONA EL PLAN NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Aquí se señalan las actividades definidas en el Plan Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, se relacionan a los lineamientos establecidos en la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, documento técnico consensuado por el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Los objetivos generales del PNSST: 1. MARCO NORMATIVO Promover un marco normativo armónico, coherente e integral sobre seguridad y salud en el trabajo, adaptado a las necesidades de protección de todas las trabajadoras y trabajadores.

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2. INFORMACIÓN Fomentar una red integrada de información sobre seguridad y salud en el trabajo que promueva la elaboración, implementación y evaluación de las acciones de promoción y prevención. 3. CUMPLIMIENTO Promover el cumplimiento de la normativa sobre seguridad y salud en el trabajo, mediante el fortalecimiento de la fiscalización y la promoción de mecanismos de autoevaluación de los sistemas de gestión. 4. FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES Fortalecer las capacidades de los actores del sistema de seguridad y salud en el trabajo para el desarrollo de acciones eficaces de promoción y prevención. 5. PROTECCIÓN SOCIAL Promover la universalización del aseguramiento frente a los riesgos laborales. 6. FOMENTO DEL DIÁLOGO SOCIAL Fomentar el diálogo y la participación efectiva de los actores sociales en el sistema de seguridad y salud en el trabajo.

El Plan Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, constituye la principal herramienta de cumplimiento de los lineamientos de la Política nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, en tanto operativiza cada uno de sus ejes de acción. ÓRGANO RESPONSABLE El órgano responsable del monitoreo y evaluación del Plan Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo es la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a través de la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

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COMENTARIOS DE LA ALUMNA: 

Las Políticas respecto a SST, son básicamente la ratificación del respeto al derecho de a los seres humanos. Para asumir esto en el área laboral, los sectores involucrados deben ser agresivamente educados y concientizados en la valoración de la vida humana como principal motivo de asumir estas políticas; mas no como mero motivo económico (basado en el aumento de sus costes por accidentabilidad), como sucede en general.



El Perú, está asumiendo políticas de SST tardíamente en relación a otras naciones, por lo que aún queda mucho camino en la obtención de lineamientos políticos más sofisticados y funcionales.



Para tratar de los problemas laborales en el país, es necesario conocer el contexto de las leyes sociales, económicas y políticas que la rigen; para ello hay que conocer, entender y profundizar en la realidad laboral, al respecto. Las estadísticas del INEI con las que contamos, o las estadísticas de los Ministerios, aun nos brindan información limitada de la situación laboral.



El país es un tipo de sociedad en la que aún no se cuenta con medios de producción que generen industria, por lo que nuestro mercado laboral, en gran parte, es inestable y condicionada principalmente a actividades extractivas (minería, y agricultura-ganadería tradicionalmente feudal).



La informalidad laboral aún es demasiado grande, lo que es una brecha en el cumplimiento de Plan Nacional de Seguridad y Salud Laboral. No se cuenta con Políticas efectivas que obliguen a los empleadores a la formalización, ni a los empleados a exigir la legalidad.



Por experiencia propia, los alcances del Estado en cuanto a supervisión del trabajo son bastante limitados. El compromiso del sector empresarial con la SST, aún está limitado a la capacidad y disposición de excedentes de rentabilidad económica.



Existen rezagos de discriminación laboral a las personas del género femenino, a las de mayor edad y a las personas de procedencia rural. La tratativa a estos sectores debe ser de integración y valoración.



El trabajo del CONSSAT, tiene la función de velar por la difusión y el cumplimiento del PLAN NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL 11

TRABAJO. Honestamente en mis años como trabajadora en el área de minería no había tenido conocimiento de estos programas. Los profesionales al respecto, tenemos la responsabilidad de ser agentes de difusión y educadores, al servicio de nuestra nación. 

Toda política de protección al trabajador, conlleva a beneficios, para todas las áreas, económicas, sociales y políticas. El estado peruano con sus iniciativas va por buen camino.

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