Resolucion Ministerial 026 2000 ITINCI DM

Norma actualizada a Setiembre del 2010 Aprueban Protocolos de Monitoreo de Efluentes Líquidos y Emisiones Atmosféricas R

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Norma actualizada a Setiembre del 2010 Aprueban Protocolos de Monitoreo de Efluentes Líquidos y Emisiones Atmosféricas RESOLUCION MINISTERIAL Nº 026-2000ITINCI-DM

CONCORDANCIA: D.S. N° 003-2002-PRODUCE, Art. 6

Lima, 23 de febrero de 2000 CONSIDERANDO: Que, el "Reglamento de Protección Ambiental para el Desarrollo de Actividades de la Industria Manufacturera", aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-ITINCI, establece las pautas y obligaciones que deben cumplir las empresas industriales manufactureras del país; incluyendo dentro de ellas, un conjunto de instrumentos de gestión ambiental con el objeto de promover el desarrollo sostenible y competitivo de la industria manufacturera nacional; Que, el Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales - MITINCI, como autoridad competente encargada de la implementación de los instrumentos de gestión ambiental, a fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones que el titular de la actividad industrial manufacturera debe llevar a cabo, ha considerado pertinente aprobar los Protocolos de Monitoreo de Efluentes Líquidos y Emisiones Atmosféricas; Que los mencionados documentos han sido sometidos a consulta ciudadana, a través de su prepublicación en el Diario Oficial El Peruano, con el objeto que se presenten aquellas observaciones y sugerencias que las personas naturales y jurídicas interesadas, estimen conveniente formular; Que, habiéndose recibido, evaluado y considerado las observaciones y recomendaciones alcanzadas durante el proceso de consulta ciudadana, los referidos documentos han quedado expeditos para su aprobación; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25831 "Ley Orgánica del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones

Comerciales Internacionales" y el Decreto Supremo Nº 019-97-ITINCI, "Reglamento de Protección Ambiental para el Desarrollo de Actividades de la Industria Manufacturera"; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los Protocolos de Monitoreo de Efluentes Líquidos y Emisiones Atmosféricas, a los que hace referencia el Decreto Supremo Nº 019-97-ITINCI, "Reglamento de Protección Ambiental para el Desarrollo de Actividades de la Industria Manufacturera". Artículo 2.- Conceder un plazo de dos (2) años contado a partir de la fecha de aprobación de la presente Resolución, a fin de que los Laboratorios que no cuenten con la acreditación respectiva, procedan a su regularización. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS HURTADO MILLER Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales PROTOCOLO DEL MONITOREO DE EFLUENTES LIQUIDOS INDICE 1. INTRODUCCION 2. CONTENIDO 3. BASE LEGAL 4. PROGRAMA DE MONITOREO AMBIENTAL 4.1 Definición 4.2 Diseño 4.3 Objetivos 4.4. Selección de los parámetros 4.5 Selección de las Estaciones 4.5.1 Fuera de la planta, aguas arriba 4.5.2 Fuera de la planta, aguas abajo 4.5.3 En la Planta

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Norma actualizada a Setiembre del 2010 4.6 Muestreo y Mediciones

campo y en el laboratorio; además, proporciona los criterios para la interpretación, procesamiento y reporte de los resultados. El objetivo es estandarizar los métodos de muestreo y análisis, asegurando la calidad de los datos y su compatibilidad.

4.6.1 Frecuencia 4.6.2 Muestreo 4.6.3 Actividades de Pre-muestreo 4.6.4 Actividades de muestreo y mediciones in situ 4.6.5 Actividades de post muestreo 4.7 Procesamiento de datos e informes 4.7.1. Procesamiento de los datos 4.7.2. Elaboración de Informes 5. REFERENCIAS PROTOCOLO DEL MONITOREO EFLUENTES LIQUIDOS

DE

1. INTRODUCCION Se tiene una gran variedad de efluentes líquidos provenientes de los procesos y operaciones industriales, cada una tiene características propias que afectan al medio ambiente en forma diferente. De acuerdo al Reglamento de Protección Ambiental para el Desarrollo de Actividades de la Industria Manufacturera, el Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales -MITINCI tiene entre sus objetivos, fomentar la prevención de la contaminación, la producción más eficiente y determinar los límites máximos permisibles (LMP) para el Sector Industrial Manufacturero. Las empresas que requieran hacer monitoreo de efluentes líquidos ya sea por iniciativa propia o por disposición de la Autoridad Competente, deberán ceñirse a lo dispuesto en el presente Protocolo. Este Protocolo ha sido elaborado para asistir, en el diseño e implementación de Programas de Monitoreo de Efluentes Líquidos a la industria, los entes gubernamentales y empresas consultoras involucradas en la actividad ambiental. Describe los procedimientos de muestreo, las técnicas para la toma de muestras, el trabajo analítico en el

Por otra parte, los Programas de Monitoreo servirán a las empresas que cuenten con estudios ambientales aprobados por el MITINCI, para mejorar en forma paralela su eficiencia productiva y desempeño ambiental, y a la Autoridad Ambiental para controlar en forma regular y sistemática, los efluentes líquidos de las industrias, así como su impacto en el medio ambiente. Permitirán así mismo revisar y modificar los LMP y establecer los requerimientos de monitoreo para determinadas empresas, cuando el caso lo requiera, a fin de lograr el cumplimiento gradual de los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental. Para la metodología de efluentes líquidos se han seleccionado los métodos de EPA y como una alternativa los de APHA que son técnicamente correctos y similares. 2. CONTENIDO Contiene las pautas básicas para la ejecución del monitoreo, procesamiento de los datos y elaboración de informes. Comprende los siguientes capítulos: Introducción, Contenido de la Guía, Base Legal, Programa de Monitoreo Ambiental, Procesamiento de los datos, Elaboración de Informes y Anexos. 3. BASE LEGAL El Decreto Ley Nº 25831, Ley Orgánica del MITINCI, señala entre sus funciones: la de proponer políticas y normas de protección del medio ambiente y recursos naturales, en lo concerniente a las actividades industriales y turísticas. De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 613, Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, y el Decreto Legislativo N° 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada; el MITINCI es la autoridad sectorial competente para la protección y conservación del medio ambiente, en lo referente a la actividad industrial y turística. El ejecutor del estudio deberá tener un conocimiento cabal y actualizado de los dispositivos legales de carácter ambiental, en

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Norma actualizada a Setiembre del 2010 especial de los expedidos por el MITINCI. Se recomienda analizar: a.

El Reglamento de Protección Ambiental para el Desarrollo de Actividades de la Industria Manufacturera aprobado a través del Decreto Supremo Nº 019-97-ITINCI, publicado el 01-10-97.

b.

Las normas de menor rango que se pudieran expedir a futuro, para tratar en forma más precisa y profunda la problemática ambiental de los distintos rubros manufactureros, y

c.

la posibilidad de una consulta con la Autoridad Competente; si luego de una revisión de la base legal persistiera alguna duda por algún vacío en los dispositivos aplicables al proyecto, o por la falta de normas legales específicas para el subsector industrial.

En tanto, no exista los LMP para el sector industrial manufacturero, se tomarán como referencia un estándar internacional o de nivel internacional, cuya selección deberá ser debidamente sustentada. La política sectorial que impulsa el MITINCI, promueve el crecimiento industrial del país en el marco de la filosofía del desarrollo sostenible, complementariamente propugna la solución integral de la problemática ambiental y la concertación de acciones para hacer efectiva la aplicación de medidas preventivas; del mismo modo, desea incentivar la participación de los industriales y de todas instituciones involucradas en el tema, así como de la ciudadanía en general, en el perfeccionamiento de las normas específicas. 4. PROGRAMA AMBIENTAL

DE

MONITOREO

4.1. Definición Se entiende por Programa de Monitoreo Ambiental a las acciones de observación, muestreo, medición y análisis de datos técnicos y ambientales, que se toman para definir las características del medio o entorno, identificar los impactos ambientales de las actividades del sector, y conocer su variación o cambio durante el tiempo. 4.2. Diseño

No existen procedimientos universales para el diseño de los Programas de Monitoreo. De este modo, cada programa debe elaborarse para cada situación en particular. Cabe recordar que el monitoreo es un instrumento para mantener un diagnóstico actualizado de una situación ambiental específica. En este sentido, es sumamente importante asegurar el resultado de las muestras representativas, se debe seleccionar adecuadamente las estaciones de muestreo, tanto como el tipo de muestras y la frecuencia de recolección. Es importante recordar que el muestreo es una parte esencial de la evaluación ambiental global, ya que es necesario para interpretar adecuadamente los resultados analíticos. Los resultados analíticos pueden ser sumamente exactos y precisos, pero carecerán de validez si el muestreo no se efectuó adecuadamente. Por lo tanto, la persona encargada del diseño y ejecución del muestreo debe ser un profesional calificado y capacitado, con conocimiento de procesos industriales con una experiencia mínima de un año, que coordine sus acciones con el Laboratorio de Análisis. En el diseño del Programa de Monitoreo se deben considerar las siguientes preguntas: ¿Qué actividad realiza la empresa? ¿Cuáles son las etapas del proceso? ¿Cuáles son los objetivos del Programa de Monitoreo? ¿Qué parámetros debo medir? ¿Qué equipos debe seleccionar? ¿Cuándo y con qué frecuencia debo efectuar las mediciones? ¿Dónde tomo las muestras? ¿Qué mediciones in situ debo hacer? ¿Qué métodos analíticos debo seleccionar? ¿Cómo y dónde realizo los análisis de las muestras? ¿Cómo evalúo los posibles errores? ¿Cuál es el tiempo requerido?

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Norma actualizada a Setiembre del 2010 ¿Cómo debo resultados?

interpretar

y

reportar

los

También debe considerarse las disposiciones legales vigentes, como el Reglamento de Desagües Industriales, Decreto Supremo Nº 028-60 del 29.11.60, la Ley General de Aguas, Decreto Legislativo Nº 17752 y el Decreto Supremo Nº 007-83 SA que modifica los Artículos 81º y 82º de los títulos I, II y III del Reglamento de la Ley General de Aguas (D.L. Nº 17752 del 24.07.69). 4.3.

Objetivos

Los principales objetivos del Programa de Monitoreo son:  

Determinar la composición del agua destinada al proceso industrial. Determinar la calidad de las aguas residuales generadas en las operaciones unitarias y operaciones de procesos.



Determinar el impacto de los efluentes industriales en los cuerpos de agua receptores.



Mantener bajo observación la tendencia de las fuentes o sustancias peligrosas definidas.



Evaluar la eficiencia del sistema de tratamiento de los efluentes.



Determinar la eficiencia de las medidas de mitigación.



Evaluar el cumplimiento de los planes y políticas de control y fiscalización.

De acuerdo a los objetivos específicos, se determinarán los parámetros a medir, los puntos de muestreo, la frecuencia de medición, etc. 4.4 Selección de los parámetros La selección de los parámetros dependerá de los objetivos del Programa de Monitoreo. Para los Monitoreos preliminares, cuando no se conocen todavía los parámetros importantes a analizar, se debe utilizar el Cuadro Nº 2, donde figuran algunas industrias. En tanto no se apruebe las Guías Específicas para cada subsector, en monitoreos posteriores, podrán seleccionarse sólo los indicadores más

importantes (Cuadro Nº 1), que variarán de acuerdo al tipo de actividad industrial, los insumos utilizados y la tecnología empleada. El Cuadro Nº 1 muestra los parámetros que deben ser monitoreados para la caracterización de efluentes industriales y cuerpos receptores, que incluirá además como mínimo dos parámetros específicos para cada tipo de industria, cuando sea factible, para lo cual será necesario identificar los insumos utilizados en los procesos de las plantas y sus posibles efectos en la calidad de agua. La Autoridad Competente, de ser necesario, podrá requerir la inclusión de parámetros adicionales. En la selección de los parámetros específicos de cada estación se debe recopilar y evaluar, la información existente, a fin de seleccionar los parámetros a monitorearse, luego identificar el uso de las aguas abajo (agua para el consumo humano, uso agrícola, recursos acuáticos, etc.). Los mismos parámetros que se determinen para la fuente o fuentes se aplicarán en el medio receptor. Además, deberán realizarse análisis de los mismos parámetros en las muestras obtenidas aguas arriba, y aguas abajo para determinar las características de las aguas. 4.5.

Selección de las Estaciones

Se seleccionarán estaciones para la toma de muestras en las descargas, provenientes de los procesos de la planta hacia el medio ambiente receptor, y en todos los flujos de agua que ingresan a la planta; a fin de determinar el balance de agua y poder calcular la carga de los contaminantes. Para caracterizar los efluentes y las aguas del cuerpo receptor, la toma de muestras se realiza: 4.5.1.

Fuera de la planta, aguas arriba:

Identificados los cursos de agua en el área de influencia de la planta, se ubicarán estaciones de muestreo aguas arriba a una distancia de 300m. Aproximadamente antes de la descarga de efluentes, es decir, en sitios que no están bajo la influencia de las fuentes de contaminación. Estas constituyen las muestras en blanco o línea base.

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Norma actualizada a Setiembre del 2010 En el caso de industrias que descargan sus efluentes en la red pública deberá

considerarse el Reglamento de Desagües Industriales (D.S. Nº 028-60 del 29.11.60).

PARAMETROS

Efluente Industrial

Cuerpo Receptor

CAUDAL

SI

SI

Temperatura

SI

SI

Demanda Bioquímica de Oxígeno (DBO5)

SI

SI

PH

SI

SI

Sólidos en Suspensión

V

V

Aceites y Grasas

SI

V

Otros según el tipo de Industrias V = Variable. La medición de estos parámetros depende del tipo de proceso. CUADRO Nº 2 SELECCIONADOS CONTAMINANTES POTENCIALES EN EFLUENTES 4.5.2

Fuera de la planta, aguas abajo:

Se ubicarán estaciones de muestreo tanto en la zona de mezcla, como en la zona de aguas abajo a una distancia de 300m. Aproximadamente de las descargas industriales. En el caso de industrias vecinas el muestreo debe hacerse antes de la descarga de la planta vecina. En la extensión de la escala del muestreo, se debe considerar los lugares críticos que presentan probable interferencia de la descarga con el uso del agua, además de considerarse puntos de toma de agua para abastecimiento público o impactos locales sobre el ecosistema acuático. Cuando no existen puntos de contaminación críticos o potenciales ubicados en las aguas abajo de la descarga será necesaria una estación de muestreo cerca de la misma, a fin de poder ubicar la zona de mezcla y las concentraciones máximas.

Cuando se tenga más de una estación de muestreo en un curso de agua, deberá iniciarse el muestreo en el punto donde halla ocurrido una mezcla total en las aguas abajo. Por su parte, en aguas arriba el muestreo debe hacerse en cualquier camino, cruce o puente, que cuente con lugares accesibles. Debe recordarse, que el muestreo debe hacerse siempre en el mismo lugar. En caso de industrias que descargan sus efluentes en la red pública deberá considerarse el Reglamento de Desagües Industriales (D.S. Nº 028-60 del 29.11.60). 4.5.3.

En la Planta:

Cada planta tiene una serie de instalaciones necesarias para sus procesos y operaciones, las que pueden contribuir a la contaminación de las aguas superficiales. Otras fuentes de contaminación son los almacenamientos de petróleo, químicos, botaderos de basura, áreas de derrames de reactivos, etc. Es necesario que estas fuentes se identifiquen para determinar si constituyen fuente de

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Norma actualizada a Setiembre del 2010 contaminación de las aguas o si es necesario incluirlas en el programa de monitoreo. En general, la ubicación de la estación será en el punto final de la descarga de los efluentes de la planta. Si existieran varios emisores, se ubicarán estaciones en cada uno de ellos. Cuando el objetivo del muestreo es identificar las fuentes de contaminación al interior de la planta y estimar su contribución a la carga de contaminantes total, se deberá analizar los planos de la red de alcantarillado; así como efectuar un análisis de todo el proceso; además elaborar un balance de agua; y ubicar las estaciones de muestreo para todas las posibles fuentes de contaminación. Todas las estaciones de muestreo deben identificarse en los mapas, planos y diagramas de flujo apropiados, deben señalarse con ayuda de estacas o boyas, de igual forma deben ser incluidas en el Registro de Monitoreo mediante una descripción detallada, indicando las coordenadas geográficas correspondientes a cada estación. Estas precauciones facilitarán el reconocimiento del punto de recolección de las muestras, durante los muestreos sucesivos a realizarse por el personal encargado y/o por los auditores ambientales. 4.6. 4.6.1.

Muestreo y Mediciones

Se llevará a cabo como mínimo dos muestreos al año a máxima carga. En cada uno de ellos se harán mediciones y análisis de: Temperatura, pH, DBO5, Sólidos en Suspensión y Aceites y Grasas. Además se complementará con mediciones de caudal y de dos parámetros típicos del proceso, como mínimo. Excepcionalmente, se hará un solo monitoreo cuando la empresa lo justifique técnicamente, previa evaluación y autorización del MITINCI. Asimismo, se debe monitorear después que se produzcan derrames de reactivos, fallas en los equipos, o en ocurrencia de fugas durante los procesos, etc. Comparando sus resultados con los obtenidos en condiciones normales. También se debe monitorear antes, durante e inmediatamente después de algún cambio en el proceso, manejo de agua, o cuando se observe un impacto en la calidad del agua receptora. Para la determinación de escalas de tiempo para el muestreo, debe considerarse los efectos agudos y crónicos de las sustancias tóxicas descargadas, los mismos que puedan tener efectos negativos sobre la salud pública o en el ecosistema acuático. Los efectos de los contaminantes en la salud y en el ambiente se presentan en el Cuadro Nº 3.

Frecuencia

CUADRO Nº 3 EFECTOS DE LOS CONTAMINANTES EN LA SALUD Y EL AMBIENTE (HAMZA, 1991)

GRUPO DE COMPONENTES

EFECTOS

Bio-oxidable expresado como DBO (L, Desoxigenación, condiciones anaerobias, muerte de peces, S, P, A) pestilencia Tóxicos primarios As, CN, Cr, Cd, Cu, Disturbios cardiacos falla miocordial por CO, enfermedades P, Hg, Pb, Zn, Co, Ni, Sn, Mn (L,S, cardiovasculares a causa del Cd, cáncer a la piel por As, P,A) desórdenes neurológicos a causa del Pb, cáncer al pulmón producido por Ni, enfermedad de Minamata a causa del Hg, fotofobia producida por el Sn, síntomas que simulan el síndrome de Parkison producto del Mn, muerte de peces, acumulación en la carne de peces y moluscos.

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Acidos y alcalinos (L, A)

Interrupción de sistemas reguladores de pH que afectan a sistemas ecológicos

Desinfectantes Cl2, H2O2, formalín, Formación de residuos clorofenoles extremadamente fenol (G, L) venosos que plantean riesgos para la salud del hombre y la vida acuática, muerte selectiva de microorganismos, sabor y olores. Formas iónicas: Fe, Ca, Mg, Mn, Cl -, Características cambiantes del agua, decoloración, dureza, SO-(S, P, L, A) salinidad, incrustaciones Oxido y reducción de agentes: NH3, El NO3 causa metahemoglobinemia infantil (más de 40 mg/l), NO2-, NO3-, S-, SO3- (S, P, L, A) el NO2forma nitrosaminas (carcinógenos potentes), altera balances químicos que oscilan entre la disminución rápida del oxígeno hasta la recarga de nutrientes y olores. Aceites y grasa y evidentes a la vista y Sólidos espumosos, flotantes y estables; pestilencia; olfato (I) sedimentos anaerobios; aceites y grasas, daño a aves acuáticas y peces. Organismos patógenos b, antracis, Infecciones en el hombre, reinfección del ganado, (L,A,S) enfermedades a las plantas regadas con agua contaminada con hongos; leptospira, hongo tóxico. G

Si el contaminante es un gas

L

Si el contaminante es un líquido

S

Si el contaminante es un sólido

P

Si el contaminante es una partícula

A

Si el contaminante es una solución o suspensión acuosa

4.6.2.

Muestreo

El muestreo comprende: Observaciones en la estación, mediciones de campo, toma de muestras, filtrado (dependiendo del parámetro sujeto al análisis), almacenamiento de las muestras, conservación, etiquetado, embalaje, transporte y finalmente, logística. Un adecuado muestreo es sumamente importante para garantizar la representatividad de las muestras y la seguridad en los resultados. Podemos distinguir tres etapas en el proceso de muestreo: 

pre-muestreo



recolección de la muestra



post-muestreo.

4.6.3.

Actividades de Pre-muestreo

Previamente a la recolección de las muestra se ha de definir: * Equipos e Instrumentos Los equipos e instrumentos de medición in situ deben estar limpios y calibrados antes de ir al campo, dejándolos en el mismo estado al finalizar el muestreo. * Tipo de botella o recipiente de muestreo

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Norma actualizada a Setiembre del 2010 Se puede utilizar botellas de polietileno, vidrio o de material especial, aunque se prefieren las botellas de plástico, por ser irrompibles. Las botellas de vidrio, por su parte, se utilizan en mayor medida para análisis microbiológicos, aceites y grasas, o cuando se desea evitar las reacciones entre los materiales de plástico y el agua.

requisitos con el fin de garantizar confiabilidad de los resultados.

* Volumen de muestra

Envases para las muestras

* Generalmente se requiere de 1 a 2 litros para análisis químicos simples, y de 0,25 a 1 litro para análisis bacteriológicos. Para análisis de metales u otros elementos en trazas, se necesita un litro de agua.

Envases para el blanco

la

Asimismo, ha de confeccionarse una lista de equipos, materiales, reactivos, hojas de datos de campo, formularios, etc., los que serán llevados al campo. En dicha lista debe incluirse:

Algunos envases adicionales en caso de ruptura o muestras duplicadas Preservantes

* Método de preservación La conservación de las condiciones físicas, químicas y biológicas de las muestras es imprescindible, a fin de garantizar la certeza de los resultados analíticos. Cuando es imposible efectuar los análisis inmediatamente, las muestras deben conservarse en frío (refrigeración o congelamiento) o con un preservante químico. Cabe señalar, que la refrigeración es sumamente importante para los análisis microbiológicos y de DBO5. * Tiempo máximo de almacenamiento

Etiquetas y plumones Registro de muestreo Termómetro Caudalímetro Caja Térmica con hielo Medidores de campo de pH, OD, color Cronómetro

En general, el análisis inmediato constituye la mejor forma de eliminar errores; sin embargo, si las muestras llegan a almacenarse de manera adecuada, tendrá que ser por tiempo limitado. En el Cuadro Nº 4 se describen los criterios de recolección, preservación y almacenamiento, para cada parámetro analítico. Es menester enfatizar la necesidad de respetar estos

Accesorios, tales como: toalla, papel absorbente, gancho para levantar tapas de registro, martillo, soga y soguilla, bolsas de plástico, marcadores, linterna, baterías, cinta engomada, etc. Ropa de protección, como: mandiles, guantes, botas, mascarilla, lentes, correas, casco y pernos de anclaje. Cronograma de muestreo.

CUADRO Nº 4 RECOLECCION, PRESERVACION Y ALMACENAMIENTO DE MUESTRAS

PARAMETROS QUIMICOS

FISICO- VOLUMEN RECIPIENTE PRESERVACION MINIMO

TIEMPO DE ALMACENAMIENTO

Temperatura

25

PoV

-

Inmediato

PH

100 ml

PoV

-

Análisis inmediato

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Conductividad eléctrica

500 ml

PoV

Refrigerar

28 días

Alcalinidad Total

100 ml

PoV

Refrigerar

14 días

Sólidos Disueltos

100 ml

PoV

Refrigerar

2 - 7 días

Sólidos Sedimentables

100 ml

PoV

Refrigerar

2 - 7 días

Sólidos Totales Suspención 100 ml

PoV

Refrigerar

2 - 7 días

DBO5

1000 ml

PoV

Refrigerar

48 hrs.

DQO

100 ml

PoV

Refrigerar

28 días

H2 SO4, pH