Resolucin Nmero 02903 Del 23062017uso de La Fuerza

Control físico Es la empleada cuando el funcionario se encuentra ante resistencia activa. Comprende Fuerza Física Tác

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Control físico

Es la empleada cuando el funcionario se encuentra ante resistencia activa. Comprende

Fuerza Física

Tácticas defensivas

Armas, municiones, elementos y dispositivos menos letales

Todos aquellos medios físicos técnicos y tecnológicos, que permiten hacer uso diferenciado de la fuerza, sin llegar al despliegue de fuerza letal.

Según el decreto 2535 de 1993 " Por el cual se expiden normas sobre armas municiones y explosivos" se entiende por arma el instrumento fabricado con el propósito de producir amenaza, lesión o muerte a una persona.

Armas de fuego Uso de la fuerza reactiva

Hace referencia a la presencia policial ante un motivo de policía o comportamiento contrario a la convivencia, está acompañada por un proceso de comunicación y disuasión que integra:

Uso de la fuerza preventiva

Es entendida como demostración de autoridad, por ello el funcionario de policía, dotado, equipado, en actitud diligente y alerta, será suficiente para disuadir y prevenir la comisión de una infracción a la ley penal o comportamientos contrarios a convivencia.

Presencia policial

Contacto visual Comunicación y Disuasión Verbalización

Principio de Proporcionalidad

Finalidad

Alcance

Determinar los criterios y las normas que orientan el uso de la fuerza y el empleo de armas, municiones, elementos y dispositivos menos letales, por parte de la Policía Nacional, en la prestación del servicio de policía.

Principios para el uso de la fuerza Principio de Necesidad Principio de Legalidad Principio de Racionalidad

Aplica a todo el personal uniformado de la Policía Nacional, como titular del uso de la fuerza en materia de convivencia y seguridad.

Uso de la fuerza Consideraciones para el uso de la fuerza

Para prevenir la inminente o actual comisión de comportamientos contrarios a la convivencia, de conformidad con lo dispuesto en el régimen de policía y en otras normas. Para hacer cumplir las medidas contempladas en el Código de Policía y Convivencia, las decisiones judiciales y obligaciones de ley, cuando exista oposición o resistencia.

Es el medio material, legal, necesario, proporcional y racional, empleado por el personal uniformado de la Policía Nacional, como último recurso físico para proteger la vida e integridad física de las personas incluida la de ellos mismos, sin mandamiento previo, para prevenir, impedir o superar la amenaza o perturbación de la convivencia y la seguridad de conformidad con la ley y estándares internacionales sobre el uso de la fuerza.

Para defenderse o defender a otra persona de una violencia actual o inminente contra su integridad y la de sus bienes, o protegerla de peligro inminente y grave. Para prevenir una emergencia o calamidad pública o evitar mayores peligros, daños o perjuicios, en caso de haber ocurrido la emergencia o calamidad pública.

RESOLUCIÓN NÚMERO 02903 DEL 23/06/2017 USO DE LA FUERZA

Para hacer cumplir los medios inmateriales y materiales, cuando se presente oposición o resistencia, se apele a la amenaza, o a medios violentos. No cooperador Resistencia Pasiva Riesgo latente Niveles de resistencia Cooperador

Las conductas y comportamientos asumidos por los ciudadanos que determinan el uso diferenciado y proporcionado de la fuerza son.

Comunicación y disuasión Presencia Policial Armas naturales fuerza física Modelo para el uso diferenciado y proporcionado de la fuerza

Armas de fuego Armas, municiones, elementos y dispositivos menos letales

Resistencia física Agresión no letal Resistencia Activa

Agresión letal