Requisitos Tramite Autotransporte Federal

PERMISO O ALTA DE VEHÍCULO PARA LA OPERACIÓN DEL SERVICIO DE AUTOTRANSPORTE FEDERAL DE PASAJEROS, TURISMO, CARGA GENERAL

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PERMISO O ALTA DE VEHÍCULO PARA LA OPERACIÓN DEL SERVICIO DE AUTOTRANSPORTE FEDERAL DE PASAJEROS, TURISMO, CARGA GENERAL, CARGA ESPECIALIZADA PARA TRANSPORTE DE MATERIALES Y RESIDUOS PELIGROSOS, Y TRANSPORTE PRIVADO DE PERSONAS Y CARGA. La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) a través de la Dirección General de Autotransporte Federal (DGAF), expide permisos para la explotación y operación de los Servicios de Autotransporte Federal en las modalidades de carga, pasaje y turismo, así como del transporte privado de persona y carga. Objetivo del trámite: Otorgar permisos y/o altas de vehículos de autotransporte federal de carga, pasaje y turismo en sus diversas modalidades y transporte privado, de acuerdo a la normatividad establecida, a fin de brindar certeza jurídica a los prestadores de los servicios, con el propósito de incrementar su competitividad y ampliar su participación en la actividad económica nacional. Este trámite lo deben realizar todas aquéllas personas físicas o morales que presten o deseen proporcionar el servicio público de autotransporte federal de carga, pasaje o turismo o aquéllos particulares que requieren transitar con bienes de su propiedad o personal de su empresa, en caminos y puentes de jurisdicción federal. Vigencia del trámite: Los permisos se otorgan por tiempo indefinido. Requisitos: Del vehículo: 1. Solicitud en cualquiera de sus tres alternativas. a)

Escrito libre

b)

Pre-registro por internet, el cual está disponible en la siguiente dirección URL: http://aplicaciones4.sct.gob.mx/siiaf/CDPagNva.jsp?cPagina=CD/frmmi.js&cPagNva=pgINTSolicitud.js No omito manifestarle, que en la página de registro de trámite usted encontrará en su sección superior derecha un manual / guía rápida, que le orientará en los pasos a seguir para su preregistro en internet. Concluido con el mismo al [Finalizar tramite], deberá de presentarse con su pre-registro debidamente impreso y firmado en el Departamento de Autotransporte Federal que corresponda a su domicilio fiscal, para concluir el trámite de registro solicitado; en donde deberá de presentar en original y copia para cotejo de los documentos establecidos como requisitos.

c)

Registro de trámites en línea; para ello, se habilitó en el portal de internet de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, la opción para el ingreso de solicitudes vía internet mediante Firma Electrónica Avanzada (FIEL). Para este tipo de trámite, deberá usted contar con FIEL, por medio de la cual podrá accesar desde cualquier parte de la República Mexicana su solicitud vía internet, proporcionando las características del vehículo, así como anexar en formato electrónico los documentos requeridos (los cuales no deberán de exceder de 2MB por archivo), y dar seguimiento a su trámite. De ser éste su interés, podrá ingresar al “Portal de Trámites y Servicios en Línea”, en la siguiente dirección URL: http://www.sct.gob.mx/tramites/ Para mayor información, una vez que ingrese a la página referida, seleccione “Descargar y revisar el manual para el registro de usuario”.

2. Acreditar la propiedad o legal posesión del vehículo con factura, carta factura, contrato de arrendamiento o documento del Registro Nacional de Vehículos. 3. Póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, por el equivalente a 19,000 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal por vehículo. 4. Declaración de características del vehículo. 5. Certificado de baja emisión de contaminantes del último período. 6. Comprobante del pago de impuesto federal o uso de vehículos de los últimos 2 años según corresponda al año modelo y con respecto al del año calendario 2010 y 2011, para que acrediten las 2 requeridas, salvo en los casos que el contribuyente acredite que se encuentre liberado de esta obligación, lo anterior en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo tercero, fracción III de la Ley del Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos, vigente al 31 de diciembre de 2011. Lo anterior de conformidad con lo señalado en el último párrafo del artículo cuarto correspondiente a las Disposiciones Transitorias de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, contenido en el Decreto por el que se reforman, adicionan, derogan y abrogan diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos y de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios; publicado en el Diario Oficial de la Federación el día viernes 21 de diciembre de 2007, que en su parte conducente establece: “Las obligaciones derivadas de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos que se abroga conforme el artículo anterior de este Decreto, que hubieran nacido durante su vigencia por la realización de las situaciones jurídicas previstas en dichos ordenamientos, deberán ser cumplidas en las formas y plazos establecidos en los mismos y en las demás disposiciones aplicables.”

Si su vehículo es modelo 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014

Se debe acreditar el pago de las tenencias correspondientes a los años

2010 2010 2010 2010 2010 2010 2010 2010 2010 2010 2011

2011 2011 2011 2011 2011 2011 2011 2011 2011

7. En el caso de unidades de procedencia extranjera, los documentos con los cuales acrediten su legal importación, estancia o tenencia en el país. Del solicitante: 8. Documento que ampara su inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes, o en su caso, modificación. Donde conste como actividad la prestación del servicio de autotransporte federal o servicio auxiliar solicitado. 9. Acta de nacimiento, cartilla, certificado de nacionalidad, carta de naturalización o pasaporte, en caso de que el solicitante sea persona física. 10. Identificación del solicitante. Del representante legal: 11. Acreditar con poder, otorgado ante fedatario público, la representación legal del promovente. 12. Identificación del promovente. 13. El documento que ampara la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes, o en su caso, modificación. 14. Comprobante de domicilio vigente a nombre del promovente.

Tratándose de personas morales: 15. Deberá presentar además, la escritura constitutiva en cuyo objeto social conste como actividad principal la prestación del servicio de autotransporte federal o servicio auxiliar solicitado.

Tratándose de un permiso de carga para transporte de materiales y residuos peligrosos, además de lo descrito en los numerales del 1 al 15 deberá presentar: 16. Póliza de daños ecológicos por 900 mil pesos. 17. Original del listado de productos a transportar con número UN (NOM-002-SCT/2011). 18. Para tanques, original del documento que especifique el material de construcción (NOM-020SCT-2_1995). Tratándose de un permiso de pasaje ó turismo, además de lo descrito en los numerales del 1 al 15 deberá presentar: 19. Póliza del seguro del viajero por 3,160 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal con vigencia de un año o constancia de fondo de garantía actualizada (38 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, considerando como base 500 o más vehículos, en caso de que sean menos de 500 vehículos la aportación se debe de incrementar con el fin de alcanzar el monto considerado como base). Tratándose de un permiso de pasaje, además de lo descrito en los numerales del 1 al 15 y 19, deberá presentar: 20. Escrito especificando horarios mínimos de servicio. 21. Acreditar que dispone de terminales en los puntos de origen y destino de la ruta solicitada. En caso de contar con permiso para operar terminales, bastará con señalar los datos de identificación del mismo. 22. Descripción de la ruta solicitada en cuya conformación deberán considerarse los tramos o ramales que se conecten o formen parte de la misma. 23. Convenio o visto bueno del órgano administrador del puerto o aeropuerto de que se trate (este requisito sólo aplica para la modalidad de transportación terrestre de pasajeros de y hacia los puertos marítimos y aeropuertos). Tratándose de un permiso para operar el transporte privado de carga o de personas en caminos y puentes de jurisdicción federal, además de lo descrito en los numerales del 1 al 7 y del 9 al 14 deberá presentar: 24. Documento que ampara su inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes, o en su caso, modificación. 25. Tarjeta de circulación y placas metálicas de identificación del vehículo, expedidas por la autoridad local que corresponda (copia). 26. Tratándose de personas morales, deberá presentar además, la escritura constitutiva.

Para transporte privado de personas, adicionalmente: 27. Póliza del seguro del viajero por 3,160 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal con vigencia de un año. De cumplir con todos los requisitos, el interesado recibirá al final del proceso permiso y/o alta y tarjeta de circulación por unidad autorizada; dicho trámite deberá realizarlo en el Departamento de Autotransporte que corresponda a su domicilio. Consideraciones de carácter general Para el Servicio de Autotransporte Federal de Carga, no existe límite de operación de los vehículos. El Servicio de Autotransporte Federal de Turismo, será susceptible de autorizarse de acuerdo al tipo de unidad y modelos siguientes: Servicio de Turismo Tipo de vehículo

Año modelo que pueden ingresar hasta diciembre de 2014

Años de operación permitidos a partir de su año modelo

Turístico de lujo

Autobús integral Para el caso de personas morales podrá prestar el servicio con limousinas o vagoneta de lujo.

2007

10 años

Turístico

Autobús integral

2005

12 años

Excursión

Autobús integral o convencional

2002

15 años

Chofer-guía

Automóvil integral o vagoneta de lujo

2007

10 años

Modalidad

El servicio de autotransporte federal de pasajeros, será susceptible de autorizarse de acuerdo al tipo de unidad y modelos siguientes: Servicio de Pasaje Tipo de vehículo

Año modelo que pueden ingresar hasta diciembre de 2014

Años de operación permitidos

De lujo

Autobús integral

2007

10 años

Ejecutivo

Autobús integral

2007

10 años

Primera

Autobús integral

2002

15 años

Económico

Autobús integral o convencional de chasis

2002

15 años

Mixto

Autobús integral o convencional de chasis

2002

15 años

Modalidad

En el caso del servicio de transportación terrestre de pasajeros de y hacia los puertos marítimos y aeropuertos, será susceptible de autorizarse de acuerdo al tipo de unidad y modelos siguientes: Servicio de Pasaje Modalidad Puertos y aeropuertos

Tipo de vehículo

Año modelo que pueden ingresar hasta diciembre de 2014

Años de operación permitidos

Autobús integral, Automóvil o Vagoneta

2007

10 años

Si el trámite se realiza posterior a diciembre de 2014, el año modelo que puede ingresar, se ajustará de conformidad con lo establecido en el “Acuerdo por el que se establecen modalidades en la prestación del servicio de autotransporte federal de pasajeros y turismo para los efectos de ingreso y fecha límite de operación de unidades vehiculares en dichos servicios”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de mayo de 2006. No se podrán dar de alta vehículos que por su año modelo de fabricación no aseguren que permanecerán por lo menos dos años en operación, de acuerdo al tiempo máximo que se autoriza para prestar el servicio en cada una de las clasificaciones contenidas en el Acuerdo referido. Costos De conformidad con las reformas por concepto de cobro contempladas en la Ley Federal de Derechos, publicadas en el Diario Oficial de la Federación del 11 de diciembre de 2013 y su correspondiente Anexo 19 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, publicada en el Diario Oficial de la Federación con fecha 30 de diciembre de 2013; los costos vigentes en 2014 para la realización del trámite de obtención de placas, se realizarán de acuerdo a las siguientes referencias numéricas: 

Expedición de permisos, carga, pasaje y turismo (incluye un vehículo):

Concepto Automotor (Vehículo motriz) Remolques y semirremolques (Vehículos de arrastre)

Alta de vehículo al permiso

Expedición de tarjeta de circulación

Expedición de calcomanía de identificación vehicular

Expedición de placa(s) Vehículo de arrastre: 1 placa Vehículo motriz: 2 placas

Referencia Numérica

Permiso

07245243











$ 3,080.00

07906264











$ 2,351.00

Costo



Alta de vehículo adicional al permiso, carga, pasaje y turismo (por vehículo):

Concepto Alta de vehículo adicional al permiso (Vehículo motriz) Alta de vehículo adicional al permiso (Vehículo de arrastre)



Alta de vehículo al permiso

Expedición de tarjeta de circulación

Expedición de placa(s) Vehículo de arrastre: 1 placa Vehículo motriz: 2 placas

Permiso

07262278

-









$ 2,547.00

07909268

-









$ 1,818.00

Costo

Transporte privado Referencia Numérica

Costo

Expedición de permiso

07275253

$ 1,573.00

Alta de vehículo al permiso

07279226

$ 567.00

Expedición de tarjeta de circulación

07276222

$ 922.00

Permiso para el transporte de materiales peligrosos y sus residuos, (por permiso)

07280282

$ 1, 716.00

Concepto



Expedición de calcomanía de identificación vehicular

Referencia Numérica

Tramites digitales (medios electrónicos) carga, pasaje y turismo:

Concepto Automotor (Vehículo motriz) Alta de vehículo adicional al permiso (Vehículo motriz) Remolques y semirremolques (Vehículos de Arrastre) Alta de vehículo adicional al permiso (Vehículo de arrastre)

Referencia Numérica

07870270

07263247

07871239

07919227

Permiso





-

Alta de vehículo al permiso

Expedición de tarjeta de circulación

Expedición de calcomanía de identificación vehicular

Expedición de placa(s) Vehículo de arrastre: 1 placa Vehículo motriz: 2 placas

Costo









$ 2,349.00









$ 2,176.00









$ 1,620.00









$ 1,447.00



Transporte privado Concepto

Referencia Numérica

Costo

Alta de vehículo adicional al permiso

07872208

$ 183.00

Estos costos se actualizan semestralmente (enero – julio) conforme a lo establecido en la Ley Federal de Derechos y el Catálogo Único de Conceptos y Tarifas de Captación de Ingresos, que emite la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Tiempos para la resolución del trámite: Modalidad Carga Pasaje Turismo Transporte privado

Días hábiles 5 5 10 5

Los tiempos señalados son contados a partir de que se haya cumplido con los requisitos, incluidas las verificaciones vehiculares y/o validaciones por parte de las autoridades, como son la legal estancia de la unidad vehicular, por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Sistema de Administración Tributaria; la correcta integración de los números de identificación vehicular, por parte de la Secretaría de Gobernación, a través del Registro Público Vehicular, y la verificación de que el vehículo no cuenta con reporte de robo, por parte de la Secretaría de Seguridad Pública, de conformidad al artículo 3º, del “Acuerdo por el que se establecen plazos menores, se exime de la presentación de documentos y se establece la afirmativa ficta en los trámites ante la SCT”, publicado en el DOF el 22 de octubre de 2010. Responsabilidad del ciudadano 

Entregar la documentación que se establece en el apartado de requisitos, en forma correcta y completa.



Cubrir el pago de derechos respectivo.



Acudir a las ventanillas de la Dirección del Centro Metropolitano de Autotransporte Federal o al Departamento de Autotransporte Federal a recoger el producto de la resolución de su trámite (permiso, alta, tarjeta de circulación, placas, oficio de rechazo, etc.).



En caso de detectar algún acto de corrupción en la realización del trámite, denunciarlo por los canales establecidos para tal efecto.

Dónde se puede realizar el trámite: El trámite se debe de realizar de acuerdo a su domicilio fiscal, ya sea en la Dirección de Centro Metropolitano de la DGAF ubicada en Calzada de las Bombas N° 411, Colonia los Girasoles, Delegación Coyoacán, 4o piso, México, D.F. o en cualquiera de los 67 Departamentos de Autotransporte Federal distribuidos en los 31 Centros SCT del país, quienes son los encargados de comprobar que los solicitantes de estos permisos y los vehículos con los que se prestará el servicio, cumplan con todos los requisitos legales, técnicos y de seguridad que se requieren en el otorgamiento de permisos para la explotación de los servicios de autotransporte federal y la operación de transporte privado. Para su comodidad y con el objeto de que se resuelvan todas sus dudas, puede consultar en la página de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, el directorio de los 67 Departamentos de Autotransporte Federal en donde puede realizar el trámite de acuerdo a su domicilio fiscal, mismo que podrá acceder mediante la siguiente dirección URL: http://www.sct.gob.mx/fileadmin/DireccionesGrales/DGAF/Documentos/Directorio_Departamentos_de_AF.pdf

Quejas y denuncias En caso de que alguien le pida alguna cantidad de dinero adicional al pago de derechos que corresponda para agilizar su trámite o le condicione el servicio a cambio de cualquier tipo de gratificación, por favor denúncielo. Estas denuncias podrán ser dirigidas a las siguientes Unidades Administrativas. Secretaría de Comunicaciones y Transportes Órgano Interno de Control Xola S/N Piso 2 Cuerpo "A" Sección Oriente, Col. Narvarte, C.P. 03028, México, D. F. Lic. Blanca Estela Mejia Espindola, Titular del Área de Quejas, correo electrónico: [email protected], teléfono: 57 23 93 00, ext. 12010, Directo 57 23 93 73, Horarios de atención al público: de 9:00 a 15:00 y de 16:00 a 18:00 horas de lunes a viernes.

Para presentar Quejas y Sugerencias en la Red Federal de Servicios a la Ciudadanía. A través de Atención Ciudadana de Presidencia de la República, Teléfono 01 800 0 80 11 27, de lunes a viernes de 9.00 a 17.00 hrs.