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REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES DE PREGRADO 2014 ÍNDICE CAPÍTULO I : De los objetivos CAPÍTULO II : De la bas

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REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES DE PREGRADO 2014 ÍNDICE CAPÍTULO I

: De los objetivos

CAPÍTULO II

: De la base Legal

CAPÍTULO III

: De las normas generales

CAPÍTULO IV : De las normas de evaluación A : Departamento Académico de Ciencias Básicas B : Departamentos Académicos de Medicina y Cirugía C : Internado Médico

CAPÍTULO V

: De los exámenes de Rezagados

CAPÍTULO VI : Del calificativo final

CAPÍTULO VII : Del examen de Aplazados

CAPÍTULO VIII : De la revisión de pruebas y notas

CAPÍTULO IX : De las sanciones

CAPÍTULO X

: De la promoción en niveles curriculares

CAPÍTULO XI : Disposiciones Finales

ANEXO 1

: Plan de Estudios 2014

CAPÍTULO I DE LOS OBJETIVOS Art. 1.a)

b)

c) d)

Son objetivos del presente Reglamento: Regular el proceso de evaluación de estudiantes de la Facultad de Medicina Humana, con un criterio académico, en función de las características de los diferentes niveles curriculares de las asignaturas. Las normas que contienen son de cumplimiento obligatorio. Establecer un Sistema que permita evaluar, adecuadamente las competencias alcanzadas en cada una de las asignaturas, utilizándolas como información en un sistema de retroalimentación para mejorar el nivel académico. Garantizar un proceso que permita la promoción a niveles curriculares superiores. Constituir un proceso que no se limite a evaluar sino que, además, constituya un mecanismo más de aprendizaje a través de la motivación al alumno y la orientación en la consecución de sus logros.

CAPÍTULO II DE LA BASE LEGAL

Art. 2.a) b) c) d)

Constituyen la base legal del presente Reglamento: La Constitución Política del Perú. La Ley Universitaria N° 23733, y sus modificatorias No. 24395 y 24387. Reglamento General de la Universidad de San Martín de Porres (2012). La Resolución de Aprobación del Manual de Organización y Funciones de la Facultad de Medicina Humana.

e) Reglamento de Evaluación del Aprendizaje y Normas para la Actualización de Matrícula. RR 539-2000-CU-RUSMP. f) El Reglamento de la Oficina de Registros Académicos: RR 1270-2003-CU-R-USMP, y su modificatoria: RR 1323-2005-CU-R-USMP. g) Normas sobre Pago de Pensiones en la Universidad de San Martín de Porres. h) La Resolución de Aprobación del presente Reglamento.

CAPÍTULO III DE LAS NORMAS GENERALES Art. 3.-

Los alumnos tienen la obligación de mantener un rendimiento académico óptimo.

Art. 4.-

El alumno está obligado a asistir a todas las actividades de las asignaturas: teorías y/o conferencias, seminarios, prácticas, trabajos de campo, trabajos de investigación y otras modalidades autorizadas por los Departamentos Académicos.

Art. 5.-

Sólo en caso de URGENCIA MÉDICA o por duelo familiar, debidamente acreditadas, el alumno podrá solicitar evaluación de las competencias de la fecha de inasistencia.

Art. 6.-

El plazo para presentar solicitud de evaluación por inasistencia es de 48 horas (días hábiles) después de producida la falta.

Art. 7.-

Las solicitudes presentadas fuera del plazo señalado en el Artículo 6, sin ceñirse a lo establecido en el Articulo 5 del presente Reglamento no serán recibidas.

Art. 8.-

A efecto que el alumno con impedimento físico obtenga autorización de evaluación por inasistencia a teoría, seminario y/o práctica, la solicitud con los documentos sustentatorios podrán ser presentados por tercera persona debidamente identificada.

Art. 9.-

Los exámenes de la evaluación continua serán virtuales, por escrito u orales. Los exámenes teóricos tanto parciales como finales serán virtuales o por escrito.

Art.10.-

El alumno que supere el 30% de inasistencias (Teoría y Seminarios) ó 10% en las Prácticas, será considerado INHABILITADO POR INASISTENCIAS (IPI), y deberá figurar con nota CERO (00) en el Registro Final, excepto si el alumno está comprendido en el artículo 5.

Art. 11.-

Trabajos de Investigación: Serán debidamente evaluados por los Profesores Responsables de Asignatura. Aquellos que lo ameriten serán distinguidos, recomendando su publicación en la Revista Horizonte Médico de la FMH.

Art.12.-

Los alumnos deben usar en todas las actividades académicas la vestimenta universitaria (chaqueta, pantalón y calzados blancos) y portar obligatoria y permanentemente su fotocheck de identificación.

Art.13.-

ESTA PROHIBIDO FUMAR DENTRO DEL RECINTO UNIVERSITARIO SEGÚN LEY 29517.

Art. 14.-

Está prohibido el uso de celulares u otro aparato electrónico durante las evaluaciones de cualquier tipo.

Art.15.-

Acorde con lo normado, sólo serán evaluadas las actividades consignadas en el Cronograma Académico.

CAPÍTULO IV DE LAS NORMAS DE EVALUACIÓN A.

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE CIENCIAS BÁSICAS

Art.16.-

El Sistema de Evaluación es único para todas las Asignaturas y la escala a usarse es vigesimal, de cero (00) a veinte (20). La nota mínima aprobatoria es ONCE (11). Recién al promediarse la nota final se toma en cuenta el medio punto a favor del alumno. Entiéndase como nota final el promedio de todos los rubros.

a) La evaluación de los aspectos teóricos (cognoscitivos): se tomarán dos exámenes de alternativas múltiples. Un parcial conformado por cuarenta (40) preguntas a la mitad del curso y un final, igualmente de cuarenta (40) preguntas. Ambos exámenes tendrán carácter cancelatorio En las Asignaturas de Anatomía Humana y Fisiología, integradas por capítulos, por excepción se tomará tres exámenes parciales de igual peso, conformados igualmente por cuarenta preguntas cada uno. La forma de evaluación será según consta en el Capítulo III Art. 9. b) Seminarios: Serán eminentemente participativos, evaluados semanalmente, lo que permitirá medir de forma personalizada el avance del proceso de aprendizaje, de acuerdo a los criterios de la evaluación por competencias, en sus tres dimensiones: actitudinal, cognoscitivo y procedimental registrada en la Ficha de Evaluación Continua elaborada para tal fin por el Departamento Académico de Ciencias Básicas. c) Prácticas: Los alumnos complementan y aplican los conocimientos teóricos consignados en cada sílabo. La evaluación será igualmente personalizada y continua.

Art.17.- El calificativo final consta de los siguientes rubros: - Promedio de los exámenes teóricos, parcial y final: 50% (PT) - Promedio de evaluación continua en seminarios: 30% (PS) - Promedio de evaluación continua en prácticas: 20% (PP) NOTA FINAL = PT x 50% + PS x 30% + PP x 20% Es requisito indispensable haber aprobado todos los rubros para obtener la nota final aprobatoria. No siendo así, el alumno será considerado desaprobado, consignándose como máxima nota de 10 (Diez).

Art.18.-

En las asignaturas que de acuerdo a lo establecido en el Plan de Estudios, evalúan solo dos actividades (TeoríasSeminarios o bien Teorías-Prácticas), el promedio final se obtiene mediante promedio matemático simple, 50% cada uno.

Art.19.-

Bajo responsabilidad, los profesores están prohibidos de aplicar una ponderación distinta a la indicada en los Art. 17 y 18 del presente Reglamento.

Art.20.-

Los alumnos no tienen derecho a ser evaluados en los cursos en que no están matriculados.

Art.21.-

Al término de cada evaluación, si es escrita; el docente encargado de la asignatura desarrollará el examen y absolverá las consultas de los alumnos.

Art.22.-

Establecidos los Cronogramas de Actividades Académicas, los exámenes parcial, final y de aplazados se cumplirán estrictamente sin excepciones en las fechas programadas.

B.DEPARTAMENTOS ACADÉMICOS DE MEDICINA Y CIRUGÍA Art.23.-

En las asignaturas de los Departamentos Académicos de Medicina y Cirugía, la modalidad de evaluación dependerá de los aspectos que se desee calificar. a) Evaluación de la Teoría. La evaluación de los aspectos cognoscitivos representa el 50% de la nota final tanto en las asignaturas del Departamento Académico Medicina como en el Departamento Académico de Cirugía. Para los exámenes teóricos se utilizarán pruebas de 20 a 40 preguntas. En las asignaturas del Departamento Académico de Medicina, la nota de teoría estará representada por las notas de los exámenes generales (80%) y las notas del pre-test o el post-test (20%). El pre-test o el post-test estarán constituidas por un mínimo de cinco preguntas de alternativas múltiples o para desarrollar, antes o después de cualquier clase teórica; las que podrán incluir la visualización de imágenes. b) Evaluación de la Práctica. La evaluación de los aspectos prácticos representa el 50% tanto en las asignaturas del Departamento Académico de Medicina como en el Departamento Académico de Cirugía. c) Sólo en las asignaturas del Departamento Académico de Medicina que no tengan práctica, la nota final estará representada por los exámenes generales (50%), las notas del pre-test o el post-test (10%) y las notas de seminario (40%).

Art. 24.-

En las asignaturas conformadas por capítulos:

a) La nota final del capítulo se obtendrá promediando la nota de teoría (50%) con la nota de práctica (50%) de cada capítulo, tanto en el Departamento Académico de Medicina como en el Departamento Académico de Cirugía.

b) El promedio de los capítulos dará la nota final. Si una nota de teoría o práctica del capítulo es desaprobada, la nota del capítulo será desaprobada, tal como lo establece el Art. 33 del presente Reglamento. Art. 25.- En las asignaturas no conformadas por capítulos: a) En los Departamentos Académicos de Medicina y Cirugía, la nota final de la asignatura es el promedio de la teoría (50%) + la práctica (50%), siempre y cuando ambas estén aprobadas; caso contrario se consignará una nota máxima de DIEZ (10). b) En las asignaturas del Departamento Académico de Medicina que no tengan práctica, la nota final de la asignatura se promedia de las siguientes formas:  En las asignaturas con seminario se promedian las tres notas siguientes: los exámenes generales (50%), las notas de los pre-test o post-test(10%)y las notas de seminario(40%), siempre y cuando las tres notas estén aprobadas; caso contrario se consignará una nota máxima de DIEZ (10).  En las asignaturas sin seminario, se promedian las dos notas siguientes: los exámenes generales (90%) y las notas de los pre-test o post-test(10%), siempre y cuando las dos notas estén aprobadas; caso contrario se consignará una nota máxima de DIEZ (10). C. INTERNADO MÉDICO Art.26.-

El alumno será evaluado y calificado en cada rotación mediante la Ficha de Evaluación, la nota consignada corresponderá al 70% de la nota final.

Art.27.-

Los alumnos internos serán evaluados trimestralmente con un examen virtual, sobre las rotaciones realizadas durante este periodo, esta evaluación tendrá una calificación vigesimal, la nota de la presente evaluación corresponde al 30% de la nota final.

Art.28.-

La nota final del Internado será la que corresponda al promedio de ambas evaluaciones siempre que haya cumplido con sus cuatro rotaciones.

CAPÍTULO V DE LOS EXÁMENES DE REZAGADOS Art.29.-

Por excepción procede la evaluación de rezagados sólo para los alumnos que por razones de salud o por duelo, debidamente acreditadas, no hubieran rendido un examen.

Art.30.-

Para ello el alumno deberá presentar solicitud dentro de las 48 horas posteriores al examen al cual no concurrió, según se refiere en el Cap. III Art. 5, 6 y 7.

Art.31.-

Los exámenes de rezagados tendrán las mismas características, nivel de exigencia que los formulados en las fechas regulares.

Art.32.-

El examen de rezagados de teoría se efectuará en la semana siguiente de la fecha en que fue programado, y es requisito que el alumno no supere el 30% de inasistencias.

CAPÍTULO VI DEL CALIFICATIVO FINAL Art.33.-

En las Asignaturas del Departamento Académico de Ciencias Básicas, el calificativo final se obtiene de acuerdo con las regulaciones establecidas en el Capítulo IV del presente Reglamento. En las Asignaturas de los Departamentos de Medicina y Cirugía constituidas por capítulos, la nota final será con el promedio de los capítulos, tal como lo establece el Artículo 36 del presente Reglamento.

Art.34.-

Los Registros Finales de notas serán entregados a la Oficina de Registros Académicos FMH, con copia a las Direcciones Académicas respectivas, dentro de las 48 horas siguientes al último examen, bajo responsabilidad del Docente Responsable de Asignatura.

Art.35.-

Una vez entregados los Registros Finales a la Oficina de Registros Académicos, las notas allí consignadas son inmodificables.

CAPÍTULO VII DEL EXAMEN DE APLAZADOS Art.36.-

Al finalizar el Año Académico, los alumnos desaprobados pueden superar sus deficiencias y acreditar el logro de los objetivos propuestos en las Asignaturas mediante el Examen de Aplazados, en no más de tres Asignaturas en el año, cada una de ellas con una nota final no menor de OCHO (8.0). En las asignaturas constituidas por capítulos (Medicina), para obtener nota aprobatoria de la asignatura, sólo se podrá promediar un solo capítulo desaprobado, si son más capítulos rendirá el examen de Aplazados de toda la asignatura.

Art.37.-

El Cronograma de Exámenes de Aplazados será estructurado por la Oficina de Registros Académicos FMH en coordinación con los Directores de los Departamentos, la que debe entregar a los mismos la relación de alumnos hábiles de manera académica y administrativa.

Art.38.-

El Examen de Aplazados debe tener las mismas características de los exámenes teóricos cumplidos durante el ciclo regular, y se elabora de acuerdo al contenido del sílabo.

Art.39.-

Al Alumno que apruebe el Examen de Aplazados se le consigna la nota CATORCE (14) como máxima nota

aprobatoria. Si desaprueba desaprobatoria anterior.

mantiene

la

nota

CAPÍTULO VIII DE LA REVISIÓN DE PRUEBAS Y NOTAS Art.40.-

El estudiante que no esté de acuerdo con la calificación obtenida en los exámenes teóricos, seminarios o prácticas, puede solicitar revisión de prueba. Ésta se realizará dentro de las 48 horas siguientes al conocimiento de los resultados. Los Docentes Responsables de Asignatura, atenderán esta solicitud, dentro de los tres días siguientes y en caso necesario puede ser apelada al Director del Departamento Académico. No habrá revisión de pruebas en los exámenes de aplazados.

Art.41.-

La información final de las notas será dada a conocer por la Oficina de Registros Académicos, vía Intranet, teniendo el estudiante la obligación de verificar el total de las notas finales obtenidas en el semestre cursado. Si no estuviese de acuerdo con la calificación consignada en el Registro Final, podrá solicitar revisión del calificativo dentro de las 24 horas siguientes a la publicación de los mismos, lo que será visto en primera instancia por el Docente Responsable de la Asignatura respectiva, en un plazo no menor de 24 horas y, finalmente, por el Director del Departamento Académico, cuya decisión es inapelable. Por ningún motivo se aceptarán reclamos y/o correcciones fuera de los plazos establecidos.

CAPÍTULO IX DE LAS SANCIONES Art.42.-

La presentación de documentos fraudulentos y/o adulterados será causal del inicio del procedimiento disciplinario correspondiente.

Art.43.-

Si se detectara algún caso de suplantación y/o plagio en cualesquiera de las evaluaciones, los estudiantes implicados serán denunciados por el Profesor Responsable de examen al Comité de Disciplina, para la apertura del proceso disciplinario correspondiente; y pueden ser sancionados hasta con la expulsión de la Facultad de Medicina Humana de la USMP.

Art. 44 .- Los estudiantes que alteren el orden público, o que realicen actos que atenten contra las buenas costumbres y la moral; serán sometidos a procedimiento disciplinario correspondiente y pueden ser sancionados hasta con la expulsión de la Facultad de Medicina Humana de la USMP.

CAPÍTULO X DE LA PROMOCIÓN EN NIVELES CURRICULARES

Art.45.-

No habrá cursos de verano en los Departamentos Académicos de Ciencias Básicas, Medicina y Cirugía.

Art.46.-

Están obligados a llevar los cursos electivos, aquellos alumnos matriculados desde el 2010.

Art.47.-

Para ser promovido de un nivel a otro, en el Bloque PreClínico; los estudiantes deben haber aprobado todos los requisitos de las asignaturas respectivas. Mientras que, para el Bloque Clínico, los estudiantes deben aprobar

todas las académico.

asignaturas

correspondientes

al

año

Art.48.-

Por ningún motivo, los estudiantes deberán matricularse en Asignaturas de un nivel superior, sin haber cumplido con el artículo anterior, bajo responsabilidad administrativa de la Oficina de Registros Académicos.

Art.49.-

Para cada promoción que culmine un nivel curricular, la Oficina de Registros Académicos, confeccionará el Orden de Mérito Promocional, teniendo en cuenta el creditaje de las asignaturas y las notas promocionales del año regular, sin considerar las notas obtenidas en los aplazados. Para el ranking final, deberá considerarse las notas de Internado Médico.

CAPÍTULO XI DISPOSICIONES FINALES Art.50.-

Aquellas situaciones que no estén contempladas en el presente Reglamento, serán presentadas por la Oficina de Registros Académicos para ser aprobadas por el Consejo de Facultad, previo informe de la Comisión Académica y Eventos Científicos.

Art.51.-

Toda gestión sobre evaluación será realizada personalmente por el estudiante, previa presentación de su respectiva constancia de matrícula y/o su carné universitario para su respectiva identificación.

Art.52.-

Los estudiantes desaprobados tres veces en la misma asignatura o dos veces consecutivas en tres asignaturas, serán considerados en deficiencia académica; por lo tanto serán separados de la Facultad y la Universidad.

Art.53.-

No se aceptarán ampliaciones de créditos.

Art.54.-

No existirán cursos excepcionales a los considerados en el Plan de Estudios vigente y no existirán condiciones de excepción de evaluación no contempladas en el presente Reglamento.

Art.55.-

El presente Reglamento entrará en vigencia después de ser aprobado por el Consejo de Facultad.

ANEXO 1 PLAN DE ESTUDIOS - PRE GRADO 2014 AÑO CÓDIGO

CRED

ASIGNATURA

TEORÍA

SEM.

PRÁC. TOTAL

REQUISITO

BLOQUE BÁSICO PRIMER SEMESTRE

101125 101140 101122 101109 101141 101142 101143 1ER. 101129

4 5 4 1 2 2 3 1

MATEMÁTICA APLICADA A LA MEDICINA

101104 101117 101130 101126 101144 101145 101133

2 5 2 4 2 5 2

ANTROPOLOGÍA SOCIAL

QUÍMICA MÉDICA LENGUAJE ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES PSICOLOGÍA GENERAL FILOSOFÍA PROCEDIMIENTOS BÁSICOS EN MEDICINA INFORMÁTICA MÉDICA I (**)

2 2 2 0 2 2 2 0

2 2 2 0 0 0 0 0

0 2 0 2 0 0 2 2

4 6 4 2 2 2 4 2

2 2 0 1 2 2 1

0 2 2 2 0 2 0

0 2 0 2 0 2 2

2 6 2 5 2 6 3

3 2 2 0 2

0 2 2 2 2

6 2 2 0 0

9 6 6 2 4

1 2 2 2 1 0

0 2 2 0 2 2

6 2 2 2 0 0

7 6 6 4 3 2

2

2

10

SEGUNDO SEMESTRE

BIOLOGÍA CELULAR Y MOLECULAR INGLÉS BÁSICO I (**) FÍSICA MÉDICA ECOLOGÍA SALUD PÚBLICA I INFORMÁTICA MÉDICA II (**)

BLOQUE PRE CLÍNICO PRIMER SEMESTRE

101220 101221 101222 101209 101223

6 5 5 2 4

ANATOMÍA HUMANA I HISTOLOGÍA HUMANA EMBRIOLOGÍA HUMANA Y GÉNETICA BÁSICA INGLÉS BÁSICO II (**) BIOESTADÍSTICA

2DO.

(101117) (101117) (101130) (101125)

SEGUNDO SEMESTRE

101224 101225 101206 101208 101207 101217

4 5 5 3 3 2

ANATOMÍA HUMANA II BIOQUÍMICA MICROBIOLOGÍA PARASITOLOGÍA INMUNOLOGÍA BÁSICA INGLÉS MÉDICO

(101131)(101117)(101140) (101117) (101117) (101131)(101117)(101140) (101130)

BLOQUE PRE CLÍNICO PRIMER SEMESTRE

101315

9

FISIOLOGÍA HUMANA

6

(101205)(101218)(101219) (101214)(101216) (101225) (101220) (101224)

3ER.

101302 101308 101316

5 4 4

EPIDEMIOLOGÍA PSICOLOGÍA MÉDICA METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN

2 1 2

2 2 2

2 2 0

6 5 4

4 3

2 2

2 2

8 7

3 2

2 2

0 0

5 4

(101215) (101223) (101127) (101141) (101215) (101223)

SEGUNDO SEMESTRE

101305 101314

7 6

(*)FARMACOLOGÍA

101317 101320

5 4

(*)FISIOPATOLOGÍA

PATOLOGÍA I

(101205)(101206) (101225) (101218)(101219)(101202)(101207) (101214)(101216)(101220)(101224)(101221)

BIOÉTICA Y DEONTOLOGÍA

(101205)(101225)

(*) Los alumnos que no llevaron Fisiología, no podran matricularse en Farmacología y Fisiopatología (**) Cursos Convalidables. Los tres primeros años incluyen 07 créditos convalidables de los cursos: Inglés e Informática Anatomía Humana I Equivalente Anatomía Humana (101214) Anatomía Humana II Equivalente Neuroanatomía (101216)

AÑO CÓDIGO

CRED

ASIGNATURA

TEORÍA

SEM.

PRÁC. TOTAL

REQUISITO

BLOQUE CLÍNICO PRIMER SEMESTRE

4T0

102401 102410 102403 102413

12 4 4 2

MEDICINA I LABORATORIO CLÍNICO DIAGNÓSTICO POR IMAGEN I ONCOLOGÍA MÉDICA

5 2 2 2

14 4 4 0

19 6 6 2

5 2 2 2

14 4 4 0

19 6 6 2

5 2 2 2

14 4 4 0

19 6 6 2

2 1 2

8 4 4

10 5 6

3

4

7

2

4

6

2 3 2 2 0

2 18 2 2 2

4 21 4 4 2

6 3 2

12 0 6

18 3 8

2

0

2

Aprobar todas las asignaturas de los tres primeros años

SEGUNDO SEMESTRE

102404 102408 102406 102412

12 4 4 2

MEDICINA II PATOLOGÍA II DIAGNÓSTICO POR IMÁGEN II NUTRICIÓN CLÍNICA

BLOQUE CLÍNICO PRIMER SEMESTRE

102510 102506 102507 102512

12 4 4 2

MEDICINA III PSIQUIATRÍA NEUROLOGÍA TERAPEÚTICA

Aprobar todas las asignaturas del cuarto año

SEGUNDO SEMESTRE 5TO.

103514 103510 103511

6 3 4

CIRUGÍA GENERAL Y DIGESTIVA CIRUGÍA DEL APARATO LOCOMOTOR ESPECIALIDADES I (Cirugía de cabeza y cuello, tórax y cardiovascular,cirugía plástica,quemados y neurocirugía)

103512

5

ESPECIALIDADES II (Urología, Oftalmología y Otorrinolaringología)

103513

4

TÉCNICA OPERATORIA-ANESTESIOLOGÍA

BLOQUE CLÍNICO PRIMER SEMESTRE

6TO

102614 103601 102621 102613 102622

3 12 3 3 1

GERIATRÍA

102607 102618 102620

12 3 5

PEDIATRÍA

102623

2

GINECO-OBSTETRICIA MEDICINA LEGAL Y PATOLOGÍA FORENSE MEDICINA FÍSICA Y REHABILITACIÓN TESIS I

Aprobar todas las asignaturas del quinto año

SEGUNDO SEMESTRE

EMERGENCIAS MÉDICAS Y TOXICOLÓGICAS. SALUD PÚBLICA II Y PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO TESIS II

BLOQUE INTERNADO

52

7MO.

INTERNADO

Aprobar todas las asignaturas de 1º a 6º

CURSOS ELECTIVOS: extra curriculares (Enero y Febrero) a partir del codigo 2010, y los que iniciaron 1er año 101134

2

M EDICINA A LTERNA TIVA Y COM P LEM ENTA RIA

0

2

0

2

Los alumnos deben de aprobar

101137

2

IDIOM A S QUECHUA M ÉDICO I

0

2

0

2

obligatoriamente 04 créditos de cursos

101138

2

IDIOM A S QUECHUA M ÉDICO II

0

2

0

2

electivos antes de realizar el internado

v 10 FACULTAD DE MEDICINA v 1 DPTO. DE CIENCIAS BÁSICAS v 2 DPTO. DE MEDICINA v 3 DPTO. DE CIRUGÍA

Enero 2014