Reglamento Para Inscripcion de Pasantias

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Universidad Politécnica Territorial “José Antonio Anzoátegui” Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui

REGLAMENTO PARA LA INSCRIPCION, DESARROLLO Y EVALUACIÓN DE LAS PRÁCTICAS PROFESIONALES DE LAS CARRERAS OFERTADAS POR LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA TERRITORIAL “JOSÉ ANTONIO ANZOÁTEGUI”, SEDE PUERTO LA CRUZ.

BARCELONA, JULIO 2015

Universidad Politécnica Territorial “José Antonio Anzoátegui” Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui

REGLAMENTO INTERNO PARA LAS CARRERAS OFERTADAS: ADMINISTRACIÓN, INFORMÁTICA Y TURISMO, POR LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA TERRITORIAL “JOSÉ ANTONIO ANZOÁTEGUI”, SEDE PUERTO LA CRUZ (UPTJAA).

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CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1: El presente Reglamento regula el programa de Prácticas Profesionales para los estudiantes de la Universidad Politécnica Territorial “José Antonio Anzoátegui” Sede Puerto la Cruz.

Parágrafo Primero: La pasantía es una actividad pedagógica obligatoria, de contenido práctico realizada por el estudiante que le permite aplicar y desarrollar en forma integrada y selectiva los conocimientos, habilidades, destrezas, actitudes y valores, sobre casos concretos de la realidad laboral, cuya finalidad es contribuir con la formación profesional e integral del futuro egresado en áreas específicas de su desempeño, bajo la supervisión de la Universidad Politécnica Territorial “José Antonio Anzoátegui” Sede Puerto la Cruz, como de los centros de trabajo de carácter público o privado .

Parágrafo Segundo: Se consideran centros de trabajo, las empresas, industrias, instituciones u organismos de carácter público o privado, cuyas actividades económicas o procesos productivos guarden íntima relación con el área profesional del estudiante, para desarrollar la etapa de entrenamiento laboral.

Artículo 2: La práctica profesional posee valor académico y será realizada por los estudiantes cursantes del Trayecto II a nivel de Técnico Superior

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Universitario y en el Trayecto IV, los aspirantes a la Licenciatura en Administración y Turismo e Ingeniería en Informática.

Artículo 3: Para su validez académica - legal, el estudiante deberá cumplir con los requisitos planteados en el presente Reglamento.

CAPITULO II DE LOS OBJETIVOS DE LA PRÁCTICA PROFESIONAL

Artículo 4: La Pasantía tiene como objeto:

a)

Estimular el interés del estudiante por su profesión, permitiendo que

la experiencia adquirida, tanto en la Universidad – Docente como en el campo laboral, pueda ser aplicada en sus futuras labores profesionales. b)

Permitir al sector educativo conocer los procedimientos, procesos y

adelantos tecnológicos aplicados en el sector laboral, y utilizar la capacidad potencial de enseñanza y aprendizaje que posee el mismo. c)

Fomentar mecanismos de promoción para facilitar la incorporación

del Técnico Superior Universitario, Licenciado e Ingeniero al mercado laboral. d)

Impulsar en el estudiante, un comportamiento personal cónsono con

su desempeño profesional, a través de valores sociales e intelectuales. e)

Sensibilizar a los empresarios sobre la importancia de su aporte y los

beneficios por recibir, al participar en la formación del talento humano calificado que se quiere para la productividad y desarrollo del País.

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CAPITULO III DEL REGIMEN DE PASANTIA

Artículo O5: La Pasantía es de carácter obligatorio para optar al título de Técnico Superior Universitario, Licenciado e Ingeniero y debe estar incluida dentro de los planes de estudio de cada carrera que ofrece la Universidad Politécnica Territorial “José Antonio Anzoátegui” Sede Puerto la Cruz.

Artículo 06: La Pasantía es una actividad extra académica del plan de estudios de cada carrera con carga crediticia y de obligatorio cumplimiento por el estudiante, como parte de su formación. Tendrá una duración de 180 horas para Técnico Superior y 360 horas para Licenciado e Ingeniero.

Artículo 07: La Pasantía estará bajo la supervisión de la Coordinación de Pasantía conjuntamente con los Jefes de sección de las respectivas carreras y de los centros de trabajo.

Artículo 08: El pasante es el estudiante de la Universidad Politécnica Territorial “José Antonio Anzoátegui” Sede Puerto la Cruz, que habiendo cumplido con los requisitos académicos administrativos de pasantía, contemplados en el Art. 09 de este reglamento, realiza su entrenamiento laboral en un centro de trabajo. Artículo 9: Los requisitos exigidos para el ingreso al proceso de pasantía para Técnico, Licenciado e Ingeniero, son los siguientes:

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a) Estar cursando o haber cursado el Trayecto II y Trayecto IV en la Universidad Politécnica Territorial “José Antonio Anzoátegui” Sede Puerto la Cruz. b) No tener ninguna asignatura pendiente de los trimestres anteriores. c) Disponibilidad para trasladarse al sitio sede de la pasantía. d) Preinscribirse en la sección de pasantía. e) Solvencia Académico – Administrativa. f) Inscribirse en el Departamento de Control de Estudio y Evaluación.

Artículo 11: Todos los alumnos con opción a realizar pasantía, deben consignar en el período señalado por la Coordinación de Pasantía; los siguientes documentos: a)

Fotocopia de la Cédula de Identidad Vigente.

b)

Carta de aceptación de la empresa en el caso de autogestionar la

pasantía. j) En la Pasante, en caso de estar en estado de gravidez o de post parto, el médico tratante emitir un informe donde certifique el buen estado de salud para realizar la pasantía.

Artículo 12: Las actividades que el alumno debe cumplir durante el proceso de pasantía serán definidas con anterioridad a la misma, a través de un plan de actividades elaborado entre el Pasante de la UPTJAA sede Puerto la Cruz y el Tutor Empresarial de la Empresa donde realizará el entrenamiento laboral. La planificación de la evaluación de las actividades de pasantía debe realizarse en común acuerdo con el jefe de la sección de la

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carrera, tutor académico, tutor empresarial y el estudiante involucrado en la actividad.

Artículo 13: Son obligaciones del pasante: a)

Inscribirse en el proceso de pasantía en el Departamento de Control

de Estudios y Evaluación en las fechas que este señale. b)

Asistir con carácter de obligatoriedad al curso de inducción dictado

por la Coordinación de Pasantía. c)

Recibir de la sección de Pasantía los siguientes documentos para ser

presentados en la empresa: Carta de Postulación, Deberes a Cumplir por el Pasante dentro de la empresa, Funciones del Tutor Empresarial y El Control de Asistencia. d)

Elaborar el plan de actividades por ejecutar en la empresa.

e)

Cumplir con las actividades señaladas en la programación de

pasantía. f)

Elaborar el Informe Resumen de las actividades realizadas y

entregarlo al Tutor Académico en la fecha establecida por la Coordinación de Pasantía. g)

Cumplir con la normativa y política interna de la empresa.

h)

Realizar los trabajos asignados en la empresa.

i)

Asistir puntualmente a la empresa y en caso de inasistencia, justificar

por escrito a la misma y a la Coordinación de Pasantía, en un lapso no mayor de tres días. j)

Informar

a la Coordinación de Pasantía o al Tutor Académico

cualquier irregularidad que se le presente durante su permanencia en la empresa

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k)

Cumplir estrictamente con el uso del uniforme.

l)

Asumir una conducta adecuada íntegra, intelectual y físicamente en

la empresa. m)

Evitar los diálogos o conversaciones sobre temas que puedan generar

conflictos en la empresa (política, religión, deportes, entre otros). n)

Ser reservado al transmitir alguna opinión.

o)

Cuidar, mantener y preservar los equipos, máquinas, herramientas y

materiales de la empresa. p)

Cumplir con todo lo previsto en este reglamento.

Artículo 14: Son derechos de los Pasantes. a)

Recibir de la UPTJAA Sede

Coordinación de

Puerto La Cruz, a través de la

Pasantía y del Centro de Trabajo, la asistencia y

orientación necesarias para llevar a cabo su programa de entrenamiento b)

Conocer los mecanismos e instrumentos mediante los cuales será

evaluado, así como también los resultados de cada una de las evaluaciones. c)

Realizar gestiones para cumplir con el proceso de pasantía en centros

de trabajo de su preferencia, siempre y cuando las actividades se ajusten al perfil de la carrera. d)

Solicitar por escrito ante la empresa, la constancia de realización de

pasantía.

Artículo 15: Son causales de la pérdida de la condición de pasante cuando: a)

Existen asignaturas pendientes de semestres o trimestres anteriores.

b)

No se posee solvencia académica administrativa.

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c)

Se falte a la empresa tres (3) días durante el período de pasantía sin

justificación alguna. d)

Presente alguna enfermedad que lo imposibilite a cursar la pasantía.

e)

No se presenta en la respectiva empresa, el día establecido por la

sección, para el inicio del entrenamiento laboral sin causas justificadas. f)

El alumno manifieste por escrito no poder realizar la pasantía.

g)

Se asume una conducta irregular en la empresa

h)

Siendo ubicado en una empresa, decide cambiarse a otra y no logra

la condición de pasante en esta última, en un término de dos semanas. l) Cuando la empresa decida por causa justificada por ella, desincorporar al pasante.

Párrafo Uno: Cuando la empresa decida por causa justificada por ella desincorporar al pasante, el caso será elevado a una comisión integrada por el jefe de la Coordinación de Pasantía, el coordinador de la carrera, adjuntando el correspondiente informe del Tutor Empresarial, para que se resuelva lo conducente .De no resolverse el asunto la Coordinación de Pasantía lo elevará al consejo de división de la Sede. Este asunto deberá ser resuelto en un lapso de ocho (8) días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la empresa. e) De no presentar en la fecha indicada por la Coordinación de pasantía, el informe final de pasantía.

Artículo 16: El Pasante que sea excluido del proceso de pasantía en el semestre o trimestre correspondiente, tiene derecho a siguiente semestre.

cursarla en el

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Artículo 17: El estudiante que por enfermedad esté imposibilitado para cumplir el proceso de pasantía, en el lapso previsto deberá solicitar ante el Consejo de División de la sede una prórroga para realizar su pasantía.

Artículo 18: El estudiante que no inscriba pasantía en la fecha prevista por Control de Estudios y Evaluación y la sección de Pasantía, tendrá que esperar el nuevo proceso de inscripción.

Artículo 19: Se considera aprobada la Pasantía cuando el alumno cumpla con las dos (02) evaluaciones pautadas en este Reglamento, y la mínima aprobatoria es de Doce (12) puntos. Informe final de pasantía -------------------------------- 40 % Evaluación del Tutor Empresarial --------------------- 60 %

Artículo 20: El resultado del proceso de Pasantía se expresa en una escala de calificaciones del uno al veinte (1 al 20), ambos inclusive, de acuerdo con el Nivel de Logro alcanzado.

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ESCALA DE CALIFICACION Calificación

Expresión Cualitativa

97 - 100

20

Excelente

93 - 96

19

Excelente

89 - 92

18

Sobresaliente

85 - 88

17

Sobresaliente distinguido

80 - 84

16

Distinguido

75 - 79

15

Bueno

70 - 74

14

Bueno

65 - 69

13

Satisfactorio

60 - 64

12

Satisfactorio

55 - 59

11

Deficiente

50 - 54

10

Deficiente

45 - 49

09

Deficiente

40 - 44

08

Deficiente

35 - 39

07

Muy deficiente

30 - 34

06

Muy deficiente

24 - 29

05

Muy deficiente

18 - 23

04

Muy deficiente

12 - 17

03

Muy deficiente

06 - 11

02

Muy deficiente

0

01

Muy deficiente

Nivel de Logro

- 05

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CAPITULO IV DE LA ACREDITACIÓN POR EXPERIENCIA LABORAL

Artículo 21: El estudiante que labore en el área de su especialidad, podrá solicitar Acreditación por Experiencia, como pasante, previo requisitos exigidos por la Coordinación de Pasantía. A los efectos de dicha acreditación, el estudiante debe cumplir con los siguientes requisitos:

1. Cumplir con lo establecido en el artículo 09 de este reglamento. 2. Tener un Índice académico no menor de quince (15)

puntos

(Distinguido) 3. Solicitar por escrito la Coordinación de Pasantía el deseo de la validación de experiencia laboral por la activad de pasantía en la fecha prevista. 3.1 Constancia de trabajo, con una permanencia en el cargo no menor de dos (2) años. 3.2 Descripción de las tareas y cargos ocupados por el solicitante en la empresa, validados con la firma y sello del responsable de la supervisión en la empresa.

Artículo 22: La Coordinación de Pasantía designará un supervisor, el cuál verificará la relación existente al perfil profesional de la carrera y el cargo ocupado por el solicitante.

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Artículo 23: El Consejo de División, previo informe validado por la sección de pasantía podrá autorizar acreditar la experiencia laboral como pasantía

Artículo 24: El pasante solicitante de la acreditación será informado por escrito sobre la procedencia de la acreditación por la actividad laboral, en un lapso no mayor de siete (07) días hábiles.

Artículo 25: El acreditado deberá presentar en el lapso establecido por la Coordinación de Pasantía, el Informe final de

pasantía siguiendo las

pautas establecidas en el Manual para la elaboración de Informe, de la UPTJAA Sede Puerto la Cruz.

Artículo 26: Es responsabilidad del Jefe de la Sección de la carrera correspondiente, tutorizar y evaluar el informe final que presenten los pasantes por Acreditación de Experiencia.

Artículo 27: Los resultados de la evaluación final del informe por Acreditación de Experiencia se expresarán de manera cuantitativa.

Artículo 28: De no ser procedente la acreditación por experiencia laboral, el pasante podrá solicitar la pasantía en el mismo lapso académico.

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CAPITULO V DE LOS TUTORES ACADEMICOS

Artículo 29: La supervisión Académica de la Práctica Profesional estará a cargo del Tutor Académico o el supervisor asignado por la sección de pasantía y el Tutor Empresarial.

Artículo 30: La tutoría académica es una actividad docente de obligatorio cumplimiento por parte de los profesores de cada una de las carreras a dedicación exclusiva y tiempo completo de la Universidad Politécnica Territorial “José Antonio Anzoátegui, Sede Puerto la Cruz.

Artículo 31: Los profesores a medio tiempo y tiempo convencional pueden ser tutores académicos si así lo desean.

Artículo 32: El Tutor Académico cumplirá la función de Supervisor Académico, el cual

debe informar por escrito a

la Coordinación de

Pasantía sobre los aspectos evaluados y avances del pasante en atención a lo señalado en el Plan de Actividades.

Artículo 33: Son atribuciones del Tutor Académico a) Coordinar y evaluar el Plan de Actividades que desarrollará el Pasante en la empresa. b) Visitar al pasante bajo su supervisión durante el periodo de Pasantía. Estas visitas serán dos (2) veces mínimas durante el lapso de la pasantía.

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c)

Entrevistarse con el Tutor Empresarial con el fin de evaluar el

desarrollo del trabajo y el desempeño del pasante. d) Revisar y evaluar el informe final de pasantía y sugerir las modificaciones pertinentes. e) Mantener informado a la Coordinación de Pasantía en relación al pasante. f) Retirar y entregar a la Coordinación de Pasantía los instrumentos mediante los cuales se realizaron las evaluaciones. g) Asesorar al pasante. h) Asesorar al Tutor Empresarial en cuanto a la utilización del (los) formato (s) de evaluación. i) Consignar ante la Coordinación de pasantía y en la fecha prevista, los recaudos obtenidos de supervisión, control y evaluación del pasante.

Artículo 34: Son derechos del Tutor Académico: a)

Conocer con anticipación su designación como tutor.

b)

Conocer el número de pasantes que tiene para supervisar, de acuerdo

con su carga horaria. c)

Conocer el perfil académico – ocupacional de los pasantes.

d)

Manejar los mecanismos e instrumentos de evaluación con los cuales

deberá evaluar las actividades de los pasantes en los centros de trabajo. e)

Consignar ante el Departamento los recaudos obtenidos de

supervisión, control y evaluación del pasante. f)

Considerar las horas administrativas para la tutoría de los pasantes.

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CAPITULO VI DE LOS TUTORES EMPRESARIALES Artículo 35: El Tutor Empresarial debe ser asignado por un representante directivo de la empresa. Artículo 36: Son atribuciones del Tutor Empresarial: a)

Planificar, coordinar evaluar el Plan de Actividades que desarrollará

el pasante en la empresa. b)

Servir de vinculo y comunicación entre la Universidad

y el

organismo empresarial o institución en la que el pasante realiza el entrenamiento laboral c)

Elaborar conjuntamente con el pasante el plan de trabajo que éste

llevará a cabo. d)

Tener funciones de Supervisión y Dirección en la empresa.

e)

Supervisar al pasante a fin de poder evaluar su desempeño.

f)

Debe entregar al Tutor Académico la hoja de evaluación,

y la

constancia de haber realizado la pasantía, firmada y sellada

Artículo 37: Son derechos del Tutor Empresarial: a)

Conocer con debida anticipación

el número de pasantes y su

respectiva carrera. b)

Conocer el perfil académico – ocupacional de los pasantes que

estarán bajo su tutoría. c)

Conocer y manejar los instrumentos correspondientes de evaluación.

d)

Asesorar a los pasantes en cuanto a la realización de los trabajos por

ejecutar. e)

Entregar las evaluaciones respectivas del pasante.

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Artículo 38: La valoración del estudiante por parte del tutor empresarial será de carácter obligatorio, tendrá un peso porcentual de 60%.

El

resultado se expresará en una escala de calificación del 1 al 20, ambos inclusive, referida al nivel de logro alcanzado. Se utilizará el instrumento de Evaluación del Tutor Empresarial diseñado para tal fin.

CAPITULO VII DE LAS SANCIONES Artículo 39: El alumno que no inscriba pasantía en la fecha prevista por el Departamento de Control de Estudios y Evaluación y la Coordinación de Pasantía, tendrá que esperar el nuevo proceso de inscripción.

Artículo 40: Cuando el pasante abandone el proceso de pasantía sin previo aviso o sin causa justificada, perderá su derecho a iniciar o proseguirla durante ese lapso académico, y se asignará en el Acta de Evaluación con nota uno (1)

Artículo 41: Reprobar la actividad de pasantía será causal para tener que realizar una nueva pasantía en el período académico siguiente al que resulte reprobado.

Artículo 42: Cuando el pasante altere o falsifique la calificación asignada por el Tutor Empresarial o Académico y se compruebe la veracidad del hecho, su pasantía será anulada y será suspendido por dos (2) lapsos académicos

continuos. Este hecho será notificado a la instancia

correspondiente a los fines de tomar las previsiones del caso.

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Artículo 43: La entrega del Informe, será dentro del trimestre o semestre regular en el cual curse la pasantía y en la fecha establecida por la Coordinación. En caso de presentarlo fuera de dicho lapso estas serán consideradas nulas.

Artículo 44: El Profesor que se haya comprometido con la tutoría de la Pasantía e incumpla con las normas y procedimientos establecidos, será notificado y su situación reportada a la Coordinación Académica, la cual determinará la sanción a que hubiere lugar.

Artículo 45: Será nula aquella pasantía o Acreditación por Experiencia que no cumplan con los requerimientos administrativos exigidos por la Coordinación de Pasantía en los términos y plazos establecidos.

CAPITULO VIII DISPOSICIONES FINALES Artículo 46: Lo no previsto en el presente reglamento será resuelto conjuntamente entre la Coordinación de Pasantía, los Jefes de Sección de cada carrera y la Coordinación Académica, de no resolverse pasará a la jefatura de División de la Sede Puerto La Cruz.

Artículo 47: El presente reglamento entrará en vigencia a partir de la fecha de aprobación por el Consejo Directivo de la Universidad Politécnica Territorial “José Antonio Anzoátegui” En Barcelona a los_____ días del mes_______ de 2016 CONSEJO DIRECTIVO