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Reglamento Interno de Seguridad Cía. Minera Sayarumi S.A.C. REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD EN EL TRABAJO “Seguridad

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD EN EL TRABAJO

“Seguridad es hacer las cosas bien”

Seguridad y Salud Ocupacional

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ÍNDICE GENERAL RESUMEN EJECUTIVO CAPITULO I OBJETIVOS Y ALCANCES 1.- OBJETIVOS 2.- ALCANCE CAPITULO II POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL POLITICA DE ALCOHOL Y DROGAS NUESTRA VISIÓN NUESTRA MISIÓN NUESTRO OBJETIVO CAPITULO III DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO IV ORGANIZACIÓN DE LA EMPRESA SOBRE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES 1.- DE LAEMPRESA 2.- JEFATURA DE SEGURIDAD SALUD OCUPACIONAL Y MEDIO AMBIENTE 3.- DE LA SUPERVISIÓN 4.- DEL TRABAJADOR 5.- SANCIONES CAPITULO V ESTANDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OPERACIONES. CAPITULO VI MEDIDAS GENERALES DE SEGURIDAD EN EL INGRESO A LAS INSTALACIONES DE LA MINA CAPITULO VIl .LIDERAZGO Y COMPROMISO. CAPITULO VIII PROGRAMA ANUAL DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL. CAPITULO IX CAPACITACIONES CAPITULO X EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL Y USOS. CAPITULO XI IPERC

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CAPITULO XII AVISOS Y SEÑALES DE SEGURIDAD. CAPITULO XIII INSPECCION Y CONTROLES. CAPITULO XIV PREPARACION Y RESPUESTA EN CASO DE EMERGENCIA. CAPITULO XV PRIMEROS AUXILIOS. CAPITULO XVI INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES Y ACCIDENTES. CAPITULO XVII .MEDIDAS DE SEGURIDAD EN EL PROCESO. CAPITULO XVIII TRABAJOS DE ALTO RIESGO. CAPITULO XIX MEDIDAS ESPECIALES DE HIGIENE SALUD Y SALUD OCUPACIONAL. CAPITULO XX REGLAS DE SEGURIDAD PARA INSTALACIONES ELECTRICAS.

CAPITULO XXI PLAN DE EMREGENCIA EN CASO DE INCIDENTES. ANEXO CUADRO DE INFRACCIONES

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RESUMEN EJECUTIVO

La compañía Minera Sayarumi SAC., es una empresa que realiza explotación de minerales no metálicos en diferentes partes del Perú, con capitales nacionales y con oficina central en Lima. La empresa es responsable de velar por la seguridad y salud de sus trabajadores y el respeto al medio ambiente. El reglamento interno tiene la finalidad de servir como guía a todo el personal para realizar su trabajo de manera segura y eficiente. La mayoría de los incidentes que se producen son por fallas humanas o actos que no siguieron y/o incumplieron las normas de seguridad. Este reglamento cumple con lo establecido en la ley 29783 y su modificatoria 3022, DS: 005-2012 TR, el reglamento de seguridad en minería DS: 0242016 EM.

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CAPITULO I

OBJETIVOS Y ALCANCES 1.-OBJETIVOS

Artículo 1°.- Este Reglamento tiene la finalidad de dictar normas y disposiciones con el objeto de:  Garantizar condiciones de seguridad a todo el personal de la empresa, en todo lugar en que desarrolle sus actividades.  Crear conciencia preventiva a los trabajadores con altos niveles de seguridad.  Proteger las instalaciones de la empresa, asegurando el normal desarrollo de sus actividades. 2.-ALCANCE

Artículo 2°.- Este Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional de Cía. Minera Sayarumi S.A.C., establece las normas que serán aplicables a todos los niveles de la empresa: Gerencias, Jefaturas, Supervisores, Operadores, contratistas y otros que realicen trabajos dentro de las instalaciones de la empresa, tanto en Lima como en las minas. CAPITULO II

POLÍTICA DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y MEDIO AMBIENTE Artículo 3°.- Cía. Minera Sayarumi SAC. Realiza sus labores bajo el liderazgo de la Alta Dirección, basa su Sistema de Gestión en mantener los altos estándares de Seguridad, Salud en el Trabajo, Medio Ambiente, Calidad y Responsabilidad Social, a fin de ser competitiva y rentable; asumiendo los siguientes compromisos: 1. Identificar, evaluar y controlar los riesgos, impactos ambientales, y sociales inherentes a las actividades, previniendo la contaminación ambiental, lesiones y daños a la salud. 2. Optimizar nuestras actividades en un marco de acción preventiva, asignando los recursos necesarios para el mejoramiento continuo del Sistema de Gestión de Seguridad. 3. Establecer las mejores prácticas y técnicas para asegurar la calidad de nuestros servicios y resultados con el fin de satisfacer las necesidades de nuestros clientes y accionistas. 4. Promover el desarrollo de nuestros colaboradores por medio de la capacitación, entrenamiento y sensibilización, garantizando su consulta y participación para el cumplimiento responsable y sostenible del Sistema de Gestión de Seguridad.

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5. Cumplir con la legislación aplicable vigente, los objetivos y metas del Sistema de Gestión, la negociación colectiva en seguridad y Salud en el Trabajo y los compromisos que voluntariamente se suscriben. El cumplimiento de esta política es responsabilidad de todos los miembros de la organización y en pleno conocimiento de nuestros socios estratégicos.

POLÍTICA DE ALCOHOL Y DROGAS

La Compañía Minera Sayarumi S.A.C. desarrolla la política de TOLERANCIA CERO al problema de alcohol y drogas en el ambiente laboral, esta deberá ser respetada durante su permanencia en la empresa.

La política establece la prohibición absoluta del ingreso y consumo de cualquier tipo de drogas, licitas o sustancias no controladas y no medicadas, que alteren la función psicomotora, como son alcohol, barbitúricos, cocaína, marihuana, anfetaminas y sus derivados, benzodiacepina, alucinógenos, como también cualquier droga que pueda causar un mal funcionamiento de las habilidades del trabajador. Para cumplimiento de esta “Política de Alcohol y Drogas” se establece lo siguiente: 1. Compañía Minera Sayarumi S.A.C., realizará una selección adecuada de todo el personal que ingrese al proyecto. 2. Compañía Minera Sayarumi S.A.C., podrá elegir a cualquier colaborador para realizar pruebas y/o exámenes de detección sobre el consumo de alcohol y drogas. 3. Todos los trabajadores en oficinas o en campo estarán sujetos a pruebas de detección realizadas en forma imprevista y al azar, para detectar el consumo de sustancias prohibidas. 4. Aquellas personas que por algún tratamiento médico estén ingiriendo determinado tipo de sustancias que puedan causar somnolencia, modorra o que dificulten sus habilidades para operar la máquina, equipos o tengan efectos secundados notorios, deberán informar sobre esta situación a su Superior Inmediato, o al área de SSOMA de Compañía Minera Sayarumi S.A.C. además de presentar el certificado o prescripción médica que indique su consumo. 5. Está absolutamente prohibida la conducción de vehículos y maquinas bajo la influencia del alcohol, drogas o medicamentos que pudieran causar algún tipo de somnolencia o deterioro de las funciones cognitivas o de atención, y el no respetar esta normativa, será causa de retiro inmediato de la empresa. 6. Toda persona o trabajador que ingrese a la Compañía Minera Sayarumi S.A.C. deberá conocer, aceptar y acatar esta Política y Normativas Internas. 7. La tolerancia en el incumplimiento de la Política de Alcohol y Drogas es “CERO”. Esto significa que ninguna trasgresión a esta política será aceptada, ni nadie está autorizado a generar excepciones. 8. Los colaboradores de Compañía Minera Sayarumi S.A.C., propios o contratistas, sea cualquiera que fuere su condición contractual están en la obligación de someterse a los peritajes legales de alcoholemia o de drogas en cuanto esta le sea indicada por sus superiores o por el personal de seguridad.

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La negativa será considerada como aceptación de haber trasgredido esta política y será documentada en el archivo del trabajador o contratista para las sanciones posteriores correspondientes. NUESTRA VISIÓN Ser una empresa competitiva en la explotación minera no metálica, con permanente actitud innovadora en los estándares y procedimientos de trabajo, alta responsabilidad en las funciones internas y externas de la organización empresarial y con acciones perseverantes en exploraciones para explotar nuevos yacimientos.

NUESTRA MISIÓN Mejorar los procesos en la explotación del yacimiento, optimizando recursos, con seguridad y responsabilidad ambiental para obtener un producto de calidad. NUESTRO OBJETIVO El conocimiento y práctica de las normas de seguridad con base en programas de capacitación amplios, se deben lograr un adecuado grado de asimilación y compromiso de seguridad de parte de nuestros trabajadores. Plantear efectivos programas de orden y limpieza así como de control de agentes nocivos, serán fundamentales para la conservación de la salud de nuestros trabajadores. Continuaremos con los logros "cero accidentes fatales" y control total de las actividades. Comunicaciones personales interactivas, que permitan aumentar la productividad, armonizar el ambiente de trabajo y reducir considerablemente los accidentes leves de trabajo. Implementar nuestras operaciones con estándares y procedimientos sostenibles que garanticen cumplir con las metas propuestas.

CAPITULO III DISPOSICIONES GENERALES Artículo 4° OBLIGACIONES. Todos los trabajadores de Cía. Minera Sayarumi S.A.C., están obligados a cumplir y cooperar con la seguridad y las buenas prácticas ambientales, según las siguientes reglas básicas: A. Tener conocimiento y practicar las reglas de seguridad general y propia de su área. B. Trabajar según las órdenes y avisos para mantener la seguridad. C. Reportar a diario las condiciones de acto y condición sub estándar a su supervisor. Usar EPPs y cuidar del mismo. D. Informar todo accidente / incidente de trabajo por leve que parezca. E. No presentarse al trabajo en estado etílico, sino en buen estado de salud y descansado. F. Evitar faltas a la higiene de los campamentos, usar en forma correcta los servicios higiénicos y ayudar en su conservación. Echar la basura en los cilindros correspondientes. Tener siempre limpia y ordenada su área de trabajo.

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G. Practicar a diario, ¡Yo soy responsable de mi seguridad y ayudo a la seguridad de mis compañeros! H. Mantener en todo momento hacia sus compañeros una actitud positiva y amigable. En el trabajo practicar a diario una actitud proactiva. Tratar de lograr el mejoramiento continuo en la realización de sus trabajos y en su vida personal. I. Reportar en el formato respectivo los incidentes que ocurran en su labor y/o zona de trabajo. Participar activamente en la corrección de los mismos junto a su supervisor o ejecutando las órdenes impartidas para su corrección. J. Los operadores y todos los trabajadores en general, al inicio de su jornada diaria y luego de inspeccionar su área de trabajo, realizarán el IPERC, así mismo escribirá sus evaluaciones, secuencias de trabajo, necesidades y órdenes recibidos en su respectivo cheks List en forma obligatoria y diaria. K. Ejecutar a diario en forma eficiente y obligatoria las Normas Básicas de seguridad de su área, antes de empezar su trabajo. L. En todo momento cumplir con los procedimientos de trabajo establecido, aplicar los estándares fijados. Deberá estudiar continuamente su manual de procedimientos y estándares. Usar los permisos escritos de trabajo en forma estricta y disciplinada. M. Asistir en forma obligatoria a las capacitaciones programadas por el área de SSOMA. Tomar nota escrita en su cuaderno de capacitaciones y estudiar continuamente su contenido. N. Comprometerse diariamente a asumir cambio de conducta positivo, en todas sus actividades y practicar la Autoestima. Artículo 5°. DERECHOS. Todos los trabajadores de Cía. Minera Sayarumi S.A.C. tienen los siguientes derechos: A. Conocer los riesgos existentes en la zona de trabajo, a través de las capacitaciones de 5 minutos al inicio de guardia y en sus propias labores y/o áreas de trabajo. B. Obtener información de seguridad cada vez que lo requieran, a través del Jefe y/o Supervisores del programa de seguridad así como de los supervisores de su área. C. Retirarse de la labor cuando hay peligro. Se paralizará el trabajo ordenado y coordinará con su Supervisor para la ejecución inmediata de las correcciones. D. Elegir a sus representantes del comité paritario de seguridad. E. Solicitar inspecciones al comité de seguridad. F. Si resulta accidentado, tiene derecho a primeros auxilios, atención especializada y hospitalaria. G. Capacitación programada y permanente que provea adecuado aprendizaje entrenamiento practico suficiente, para poder realizar su trabajo. Solicitar capacitación cada vez que lo crea necesario o no entienda alguna instrucción. H. Gozar de programas de motivación en el trabajo. I. Trabajo de asistencia social para solución de sus necesidades personales y familiares. J. Recibir el EPPs de acuerdo a la actividad y al riesgo potencial existente.

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Artículo 6°.- Las infracciones a las normas contenidas en el presente reglamento interno de seguridad serán sancionadas de acuerdo con las leyes y el reglamento interno, pudiendo determinar hasta el despido inmediato del infractor. Artículo 7°.- Todos aquellos que trabajen en lugares altos, como: talud, andamios, postes de alumbrado, etc. deben utilizar obligatoriamente el arnés de seguridad con su respectiva línea de vida. Artículo 8°.- Tomar las medidas necesarias cuando hay que levantar o transportar materiales pesados. Pida Ayuda en caso necesario, no se someterá a lesiones. Artículo 9°.- No usar las herramientas o equipos que estén en malas condiciones. Artículo 10°.- Es obligación del operador el mantener limpias las máquinas, motores o unidades a su cargo. Artículo 11°.- Solamente las personas que estén autorizadas oficialmente podrán manejar una maquina o vehículo que señale la autorización. Artículo 12°.- Todas las instalaciones eléctricas como son motores, generadores, transformadores, etc. deben tener su malla de protección, así mismo toda la polea debe trabajar con su guarda de protección. Artículo 13°.- Las reparaciones eléctricas o mecánicas deben hacerse cortando previamente la energía y/o parando la máquina. Coloque el sistema de bloqueo (lock - out) candado y tarjeta de seguridad, con las coordinaciones del caso y déjelo allí hasta terminar las reparaciones, limpieza o el mantenimiento preventivo. Artículo 14°.- El chofer al conducir un vehículo deberá respetar las normas generales de tránsito vigentes en el país. Deberá practicar en todo momento el manejo defensivo. Cumplir estrictamente el plan de mantenimiento preventivo de su vehículo. Artículo 15°.- Está completamente prohibido llevar en los bolsillos de la ropa o tener en su dormitorio material como: explosivos, fulminantes, guías de seguridad, ácidos, sustancias químicas o cualquier otro material tóxico. Artículo 16°.- No retires los dispositivos de seguridad de equipo así como los letreros de avisos de seguridad. Artículo 17°.- Será retirado de su labor y sancionado el trabajador que no use su Equipo de Protección Personal (EPPs). Así mismo si demuestra distracción, bromas, juegos, imprudencia en el trabajo. Artículo 18°.- Todo trabajador ingresante a la unidad minera deberá cumplir con el programa de inducción y entrenamiento establecido. Artículo 19°.- Todo miembro de la cuadrilla de salvataje y brigada contra incendios, deberá estar siempre listo y alerta para intervenir apenas lo soliciten. Artículo 20°.- Antes de empezar un trabajo piense y planee como hacerlo con seguridad, sea cuidadoso. CAPITULO IV ORGANIZACIÓN DE LA EMPRESA SOBRE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES 1.-. DE LA EMPRESA Artículo 21°.- Es responsable del mantenimiento y conservación del local de trabajo. Artículo 22°.- Proveer a sus trabajadores los Equipos de Protección Personal (EPPs) de acuerdo a los riesgos que estén expuestos, dotar de implementos y dispositivos de seguridad necesarios, para evitar accidentes de trabajo y el deterioro de la salud.

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Artículo 23°.- Instruir y difundir a los trabajadores sobre los riesgos a que se encuentren expuestos, adoptando medidas para proteger su integridad física y su salud. Artículo 24°.- Apoyar la ejecución de las actividades del Departamento de Seguridad, y Medio Ambiente. Artículo 25°.- Establecer normas, disposiciones, procedimientos y estándares relativos a la prevención de riesgos en los lugares de trabajo. 2.-JEFATURA DE SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE Artículo 26°.- Es el responsable de la administración de la seguridad minera, quien se encarga de planificar, coordinar, dirigir y controlar los Programas de Seguridad y Medio Ambiente. Artículo 27°.- Asesorar, capacitar y cooperar con todos los niveles de la empresa en lo relativo a la seguridad. Artículo 28°.- Realizar inspecciones planeadas y no planeadas a cada una de las áreas de trabajo y a las diversas obras en ejecución, verificando el cumplimiento de las normas y programas de seguridad establecidos. Artículo 29°.- Llevar mensualmente las estadísticas de seguridad.

3.- DE LA SUPERVISIÓN Artículo 30°.- Las gerencias, jefaturas, jefes de área, supervisores y administrativos son responsables del cumplimiento del presente reglamento en cada una de las áreas bajo su responsabilidad, así como el de apoyar todas las actividades de prevención de Riesgos bajo la Filosofía de que "Todas las lesiones pueden evitarse" Artículo 31°.- Los jefes de área y supervisores son responsables de la seguridad del área, de los trabajadores, máquinas, herramientas y equipos a su cargo. Artículo 32°.- Es obligación del supervisor o jefe de área instruir al trabajador nuevo acerca de los peligros que existen en el desempeño de sus labores y la forma correcta de operar máquinas y equipos autorizados. Artículo 33°.- Es obligación del jefe o supervisores de área reportar de inmediato a seguridad todos los incidentes y accidentes ocurridos. Artículo 34°.- Es obligación de los supervisores dirigir y registrar la charla de 5 minutos al iniciar los trabajos. 4.-. DEL TRABAJADOR Artículo 35°.-Todo trabajador (empleado u obrero) tiene la obligación de cumplir con todas las disposiciones del presente Reglamento, de las normas y procedimientos complementarios que puedan dictarse. Artículo 36°.- El trabajador es responsable de mantener su lugar de trabajo en forma ordenada y limpia. Artículo 37°.- El trabajador está obligado a usar, cuidar y mantener en buen estado todos los implementos que son entregados para su seguridad. Artículo 38°.- Informar a su jefe inmediato de toda condición sub estándar que ponga en riesgo su integridad física y la de sus compañeros. Artículo 39°.- Ningún trabajador hará uso de celulares portátiles durante el desarrollo de sus funciones.

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Artículo 40°.- Cualquier daño a maquinaria, vehículo, equipo o las instalaciones deberá ser comunicado de inmediato al jefe quien a su vez emitirá un informe de los hechos a la jefatura de seguridad para su investigación, determinándose las causas y las acciones correctivas.

5.-. SANCIONES Artículo 41°.- Todas las disposiciones contenidos en el presente reglamento son de estricto cumplimiento para los trabajadores sin restricción alguna su incumplimiento es sancionado según el cuadro del anexo N° 1.

CAPITULO V ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OPERACIONES Artículo 42°.-

CONDICIONES GENERALES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS LUGARES DE TRABAJO.

Artículo 42.1 ILUMINACIÓN 

La empresa dotará de una iluminación natural adecuada a todas sus instalaciones, complementándose en los casos que sean necesarios, con iluminación artificial siendo responsabilidad del Equipo Tecnologías de la Información y Comunicaciones, el Equipo de Mantenimiento de Planta Equipo de Administración y Conservación, Equipo de Administración Norte Centro y Sur, el mantenimiento del sistema de iluminación según lo establecido en la normatividad vigente.



Todos los lugares de tránsito en general, tales como pasadizos, gradas, escaleras, vías de evacuación, zonas de carga y descarga y áreas de trabajo, deberán contar con iluminación segura y apropiada.



Los trabajos específicos, deberán contar con la iluminación individual que se requiera.



Las luces se conservarán encendidas siempre que haya personas en los talleres, laboratorios u oficinas.



Las salas de máquinas estarán suficientemente iluminadas para que puedan distinguirse claramente sus diversos componentes.

Articulo 42.2 VENTILACIÓN 

En los locales de trabajo se mantendrán por medios naturales o artificiales la renovación adecuada de aire de acuerdo al número de trabajadores y naturaleza de la labor.

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Las emanaciones de polvo, gases y otros agentes similares producidos en el interior de los ambientes, serán extraídos en lo posible del lugar de origen (ventilación natural o artificial), evitando que se expandan en el aire respirable de la instalación.



En los lugares de trabajo donde por su propia naturaleza sea necesario mantener las ventanas y puertas cerradas o la ventilación natural sea insuficiente, se proveerá de sistemas mecánicos de ventilación para asegurar la evacuación del aire viciado (sistema de ventilación artificial).

Artículo 43.3 TEMPERATURA 

La temperatura en todas las instalaciones de la empresa se mantendrá durante las horas de labor a un nivel que no sea perjudicial para la salud de los trabajadores ya sea por medios naturales o artificiales.



Temperatura Efectiva (T.E.) es el resultado de la combinación de tres factores: Temperatura del aire, humedad relativa y velocidad del aire. En un solo valor expresa el grado de confort.



El concepto termo-ambiental se refiere a la sensación y efecto de calor y frío del cuerpo humano. Las zonas de comodidad o confort durante el verano presentan una variación de temperatura efectiva entre 19 y 24 grados, siendo la temperatura efectiva óptima de 22 grados; en invierno entre 17 y 22 grados, y 19 grados de temperatura efectiva óptima. Artículo 44.4 RUIDO



Cuando por la naturaleza del trabajo de los equipos se produzcan ruidos superiores a los límites permisibles, se deberá tratar de controlar en el siguiente orden: o Eliminar o reducir el ruido en su origen. o Aislar las operaciones ruidosas. o Utilizar implementos de protección auditiva. Se proporcionará protección auditiva cuando el nivel de ruido en relación al tiempo de exposición sea superior a los siguientes valores: NIVEL DE RUIDO EN LA ESCALA “A” 80 decibeles 82 decibeles 83 decibeles 85 decibeles 88 decibeles 91 decibeles 94 decibeles

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TIEMPO DE EXPOSICIÓN 24 horas/día 16 horas/día 12 horas/día 8 horas/día 4 horas/día 2 horas/día 1 horas/día

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*Fuente: R.M.375-2008-TR Norma Básica de Ergonomía y de Procedimiento de Evaluación de Riesgo Disergonomicos. -No se deberá exponer a ninguna persona a ruido continuo intermitente o de impacto por encima de un nivel ponderado de 115 dB.

Articulo 45.5 ERGONOMÍA a) El personal debe tener en cuenta la postura correcta: tanto sentado como de pie, con las articulaciones en posición neutra o descansada y estar cambiando de posición para disminuir la tensión muscular y lesiones osteomusculares. b) Evitar que en el desarrollo de las tareas que utilicen flexión y torsión del cuerpo combinados, esta combinación es el origen y causa de la mayoría de las lesiones músculo esqueléticas. c) El puesto de trabajo deberá tener las dimensiones adecuadas que permita el posicionamiento y el libre movimiento de los segmentos corporales. Se debe evitar las restricciones de espacio, que pueden dar lugar a giros e inclinaciones del tronco que aumentarán considerablemente el riesgo de lesión. d) Las tareas no se deberán realizar por encima de los hombros ni por debajo de las rodillas. e) Para las actividades en las que el trabajo debe hacerse utilizando la postura de pie, se debe poner asientos para descansar durante las pausas. f) Todo personal asignado a realizar tareas en postura de pie y/o sentado debe recibir una formación e información adecuada, en cuanto a las técnicas de posicionamiento postural y manipulación de equipos, con el fin de salvaguardar su salud. Articulo 46.- ESTÁNDARES DE SEGURIDAD EN LAS ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS. Articulo 46.1 TRABAJOS EN OFICINA a) Para minimizar o eliminar los riesgos en el lugar de trabajo, se deberá tener en cuenta: • Organizar la distribución de muebles, equipos y artefactos en el lugar de trabajo, tratando de encontrar mayor comodidad durante las labores. • Colocar los artículos de trabajo que se utilizan con mayor frecuencia, al alcance de las manos en el plano de trabajo. • No ubicar cajas, papelería u otro tipo de elementos debajo de escritorios, o mesas de trabajo, puesto que esta situación impide la movilidad necesaria o limita el acercamiento al plano de trabajo incrementando la fatiga. • No coloque materiales u objetos encima de armarios, archivadores o muebles a una altura superior a la de los hombros. Solo podrá realizarse esta actividad si se cuenta con ayudas mecánicas (escalerillas, plataformas). • Al de abrir los cajones de los estantes, debe abrir un sólo cajón la vez y no varios ya que todo el mueble se puede venir abajo, de ser posible se deberán fijar los archivadores.

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• Los Equipos y/o áreas que cuentan con archimoviles deben programar el mantenimiento anual. • Para acceder a estantes elevados deben contar con escaleras que cumplan los requisitos de seguridad para prevenir las caídas. • Mantener el orden en pasillos y áreas de trabajo libre de obstáculos. • Mantengamos limpio el lugar de trabajo, aplicar las 5S. • Mantenga libres de obstáculos las salidas y zonas de paso. • Comunique si se ha derramado algún líquido para su limpieza inmediata. • Revisar periódicamente el área de trabajo, evaluar la existencia de materiales inservibles o en desuso y proceder a desecharlos. • Si sube o baja por escaleras, hágalo despacio, utilizando pasamanos, se recomienda no usar teléfonos, o bajar haciendo lectura de documentos, para prevenir el riesgo de caída. • No correr, mantenerse atento, seguir las indicaciones de las señales. b) Para el manejo de cargas y levantamiento de pesos, se deberá de seguir los siguientes pasos: • Adoptar posición de seguridad cuando se requiera levantar objetos, ubicarse frente al objeto que se desea levantar, con los pies ligeramente separados uno delante del otro, inclinar levemente la cabeza, flexionando las rodillas y manteniendo la espalda recta. Coger firmemente el objeto utilizando ambas manos, finalmente acercar al cuerpo y levantar efectuando la mayor fuerza con las piernas. • Solicitar ayuda cuando se requiera alzar pesos desde el piso a los que la persona no se encuentra acostumbrado levantar. • No levantar objetos desde el piso estando sentado. Procurar levantarse y adoptar la postura adecuada y segura que se describió anteriormente. c) Para trabajos en computadora deberá de tener en cuenta: • Ubicar el monitor, el mobiliario y demás elementos de oficina, de acuerdo a la distribución de las luminarias y la entrada de las fuentes de luz natural (puertas, ventanas) evitando la formación de reflejos en las pantallas y superficies de trabajo. • El borde superior de la pantalla debe quedar a nivel de los ojos, a fin de evitar la mala postura del cuello que incrementa la fatiga, mantener el cuello recto y sin tensión. • La pantalla debe ser ubicada de tal forma que la parte superior de la pantalla se encuentre ubicada a la misma altura que los ojos, dado que lo óptimo es mirar hacia abajo en vez que hacia arriba. • Las pantallas deben tener protección contra reflejos, parpadeos y deslumbramientos. • Deberán tener regulación en altura y ángulos de giro. • La pantalla se colocará a una distancia no superior del alcance de los brazos, antebrazos y manos extendidas, tomada cuando la espalda está apoyada en el respaldar de la silla. • El teclado debe ser independiente y tener la movilidad que permita al trabajador adaptarse a Las tareas a realizar, debe estar en el mismo plano que el ratón para evitar el flexo extensión del codo.

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• Organizar el entorno ergonómico de acuerdo con aprovechamiento máximo de recursos existentes para que las actividades puedan desarrollarse con el máximo confort posible. d) Adopción de Posturas durante el Uso de la Computadora: • Los hombros deben estar relajados. • Los codos a la altura del teclado y próximos al cuerpo. • Las muñecas rectas. • La cabeza derecha y en posición equilibrada. • Espalda apoyada en el respaldo de la silla. • Evitar la presión de las piernas sobre el borde anterior del asiento. • Los pies firmemente apoyados. e) No está permitido: • Fumar o prender fuego en los interiores de las oficinas. • Generar exceso de ruido, que perturben las actividades de las demás personas. • La reparación de máquinas o artefactos de uso administrativo deteriorados. f) Orden y la limpieza y para ello se debe de: - Mantener aseado y ordenado su sitio de trabajo. - Revisar periódicamente el área de trabajo, evaluar la existencia de materiales inservibles o en desuso y proceder a desecharlos. - Es importante, para reducir los riesgos derivados de la electricidad, las siguientes normas de seguridad. - Abstenerse de usar equipos eléctricos defectuosos o con arreglos improvisados. - Asegurarse que las instalaciones y conexiones eléctricas se encuentran en buen estado. g) Las conexiones eléctricas de las computadoras, ventiladores Deberán estar: -Ordenadas, protegidas o aseguradas, para evitar accidentes y tropiezos con el cableado. - Tenga presente dejar desconectados los equipos eléctricos de la oficina cuando ésta va a permanecer cerrada por un periodo largo. - Informe de cualquier avería o condición peligrosa que se presente en máquinas o equipos, puede desencadenar accidentes o emergencias. Artículo.47.- ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO OPERACIONES MINA.

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Articulo 47.1 SOSTENIMIENTO DE TALUDES. Siendo el desprendimiento de rocas la principal causa de accidentes en las minas, se instruirá y obligará al personal a seguir las siguientes reglas de trabajo al ingresar a las labores: a) Inspeccionar las labores, taludes y botaderos, con el fin de verificar las condiciones del terreno antes de entrar en la zona con taludes. b) Desatar todas las rocas sueltas en taludes peligrosas antes, durante y después de la perforación. Asimismo, antes y después de la voladura. c) Conservar el orden y la limpieza en el área de trabajo para realizar las tareas con seguridad y tener las salidas de escape despejadas. d) Proceder de acuerdo al PETS – ESTANDAR DE SOSTENIMIENTO DE TALUDES. - Cuando los trabajos mineros pongan en peligro la estabilidad de las labores, será obligatorio instalar y mantener un sostenimiento de taludes de acuerdo a su estabilidad geomecanica de acuerdo al diseño establecido en el plan de minado. - Cuando en el avance de labores mineras en tajo abierto y se encuentre rocas incompetentes se procederá a su estabilidad de taludes de inmediato antes de continuar las perforaciones.

Artículo 48.- ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS SERVICIOS Y ACTIVIDADES CONVEXAS

Articulo 48.1

ALMACENAMIENTO Y MANIPULEO DE MATERIALES

Respecto a prácticas de apilamiento y almacenaje, La Cía. Minera Sayarumi SAC. establecerá las siguientes medidas de prevención de riesgos: a) El material debe estar apilado ordenadamente en piso estable y nivelado capaz de soportar el peso de la pila. El peso máximo de cada pila debe estar en función de la forma del material a ser apilado y a la carga máxima que puedan soportar los componentes que queden en la parte baja. b) Cuando el material sea de forma regular y de tal naturaleza y tamaño que se pueda asegurar la estabilidad de la pila, dicho material se apilará manteniendo los lados de la pila verticales. El alto total no debe exceder tres (03) veces el ancho menor de la base. Las pilas adyacentes no deben pegarse unas con otras. c) Cuando las pilas estén adyacentes a pasillos o caminos transitados por vehículos, se debe tomar precauciones especiales para evitar una colisión accidental que pudiera poner en peligro la estabilidad de la pila y de los trabajadores. Ninguna pila debe obstruir equipos de seguridad, de iluminación, de ventilación o contra incendios. Todos los pasillos deben estar despejados y demarcados de acuerdo al código de colores. d) Los materiales tales como tuberías, tambores o cilindros, deben ser almacenados en repisas especialmente diseñadas y adecuadamente afianzadas. Las plataformas de carga usadas para apilar deben estar en buen estado. El encargado es responsable de asegurar que las plataformas dañadas sean descartadas reparadas inmediatamente.

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e) El almacenaje de materiales en estantes, repisas pisos debe ser ordenado, permitiendo su fácil acceso por cualquier trabajador o equipo de carga. Las repisas con altura que exceda cuatro (04) veces el ancho de ellas deben ser afianzadas a las paredes o ancladas al piso. Se debe disponer de escaleras para el fácil acceso a las repisas que excedan 1.70 m de altura. g) Los patios de almacenaje y apilamiento deben estar clasificados, mientras que los materiales deben estar claramente identificados y etiquetados. La construcción y el desarme de las pilas deben ser llevados a cabo por trabajadores capacitados en los procedimientos correctos de apilamiento y almacenaje. h) Los montacargas de cuchillas y otros de tipo similar deben ser operados con la carga inclinada hacia atrás para que esté estable y segura en posición hacia arriba cuando el montacargas u otro ascienda o descienda gradientes de más del diez por ciento (10%) y sin levantarla ni bajarla cuando el equipo esté en movimiento, excepto para ajustes pequeños. h. Todas las zonas de almacenamiento de materiales inflamables deben estar correctamente señalizadas precisando el tipo de material y el riesgo de inflamación en pintura ignífuga, de acuerdo a lo indicado por las Normas Técnicas Peruanas respectivas.

Articulo 48.2

ORDEN Y LIMPIEZA

El mantenimiento de edificaciones, plantas de beneficio y otras instalaciones del centro de trabajo en general deberá efectuarse teniendo en consideración las siguientes medidas: a. Todo almacenamiento se debe realizar en los lugares autorizados. Los materiales inservibles deben ser retirados de los lugares de trabajo. Todo material reutilizable debe depositarse en forma clasificada en el almacén correspondiente. El material desechado debe ser eliminado. b. Los almacenes deben contar con suficientes pasillos para permitir el fácil acceso a todo el material en los estantes o en el patio. Cada área del almacén debe tener lugares de estacionamiento debidamente señalizados. c. Todos los accesos, pasillos y pisos deben estar siempre libres de aceites, grasas, agua, hoyos y toda clase de obstáculos a fin de facilitar el desplazamiento seguro de los trabajadores en sus tareas normales y/o emergencias. d. Los caminos de tránsito de peatones y de vehículos deben estar demarcados y/o señalizados para garantizar una circulación segura y eficiente. Estos caminos deben seguir una ruta lógica para facilitar la circulación.

Articulo 48.3

MANEJO DE RESIDUOS

a) El manipuleo de los residuos generados y/o producidos en la unidad minera deberá realizarse en concordancia con las disposiciones de la Ley N° 27314, Ley General de Residuos Sólidos, sus modificatorias y demás normas vigentes aplicables y de acuerdo a lo establecido en el Programa Anual de Seguridad y Salud.

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b) Los residuos generados y/o producidos en la unidad minera como, residuos sólidos serán, según el caso, almacenados, o dispuestos en los rellenos sanitarios y/o remitidos a una EPS hasta su disposición final, asegurando la estabilidad física y química de dichos lugares, a fin de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores.

CAPITULO VI MEDIDAS GENERALES DE SEGURIDAD DEL INGRESO A LAS INSTALACIONES DE MINA. Artículo 49°.-Todo trabajador tiene la obligación de identificarse y presentar su fotocheck de trabajo al personal de vigilancia al hacer su ingreso a las instalaciones de la empresa. Artículo 50°.-El ingreso de visitantes a la mina requiere autorización del personal que atenderá la visita. Artículo 51°.-Todo trabajador o persona que ingrese o se retire de la unidad, portando maletas, maletines, paquetes o cualquier otro objeto, está obligado al registro que realice el personal de vigilancia. Artículo 52°.- Los vehículos de la empresa, así como de las visitas autorizadas serán inspeccionados al ingresar o al salir de las instalaciones de la Mina. Artículo 53°.- Está prohibido el ingreso de cámaras fotográficas, grabadoras o filmadoras dentro de las instalaciones, salvo autorización de la Superintendencia.

CAPITULO VII LIDERAZGO Y COMPROMISO Artículo 54°.- Es compromiso de cada trabajador de Cía. Minera Sayarumi S.A.C., Aplicar los lineamientos de su política y ser responsables por los resultados de su trabajo y de sus equipos, siguiendo prácticas en el trabajo que sean seguras y eficientes. Artículo 55°.- Para lograr el cumplimiento Cía. Minera Sayarumi S.A.C. se compromete a:  Respetar y cumplir todas las leyes, reglamentos y disposiciones vigentes, relacionadas con la salud, seguridad y preservación del medio ambiente.  Propiciar un ambiente de trabajo seguro que permita crear oportunidades para la innovación y desarrollo, en todas las áreas de nuestro unidad minera.  Evaluar periódicamente los lugares de trabajo, para eliminar la posibilidad de accidentes, incendios, explosiones, intoxicaciones, fugas de gases y otros potencialmente dañinos al hombre, a la infraestructura y medio ambiente.

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La Gerencia de acuerdo al marco legal aplicable, fijará los objetivos y proveerá los recursos para una operación libre de riesgos. La Superintendencia debe apoyar y participar activamente en el Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo para asegurar que el compromiso y la responsabilidad sean visibles en todos los niveles.

CAPITULO VIII PROGRAMA ANUAL DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL Artículo 56°.- En cumplimiento del Artículo 57° del D.S. 024-2016-EM, y como parte del sistema de gestión de Seguridad y Salud Ocupacional, la empresa desarrollará un Programa Anual de Seguridad. Una vez que el programa anual haya sido aprobado por el Comité de seguridad, se tendrá que remitir una copia del Acta de Aprobación a la SUNAFIL, OSINERGMIN, Gobierno Regional y la Dirección General de Minería antes del 31 de Diciembre de cada año. Artículo 57°.-EI Programa tiene como objetivo asegurar el cumplimiento de la visión de seguridad y salud de la empresa, a fin que cada persona respete sus responsabilidades específicas. Artículo 58°.-EI Programa presenta el planeamiento, organización, dirección, ejecución y control de las actividades encaminadas a Identificar, Evaluar, y Controlar los Riesgos existentes y que pudieran afectar la salud o la integridad física de los trabajadores, daños a la propiedad, interrupción de los procesos productivos. Artículo 59°.- Asimismo, contiene metas cuantificables cuyos resultados permitirán apreciar su progreso.

CAPITULO IX CAPACITACIONES Artículo 60°.- Cía. Minera Sayarumi S.A.C., Elaborará un programa de capacitación para el personal de la empresa el cual será fundamentado de acuerdo con los Reglamentos de Seguridad y Salud Ocupacional en el Decreto Supremo N° 024-2016EM. Artículo 61°.- Cumpliendo con lo establecido en el artículo 71° Cía. Minera Sayarumi S.A.C., instruirá y capacitará a los trabajadores ingresantes teniendo una capacitación integral de inducción, para prevenir los accidentes en las diversas actividades que realizará, con una instrucción teórico-práctico básica no menor de ocho (08) horas diarias durante dos (02) días, de acuerdo al ANEXO N° 4 del DS 024 2016. OBJETIVOS DE LAS CAPACITACIONES.

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Artículo 62°.- Los objetivos del programa de capacitaciones serán: 



  

Evaluar y medir el estado actual, cumplimiento y efectividad del Programa de Seguridad y Medio Ambiente, sobre la base de estándares nacionales de gestión. Identificar las fortalezas, debilidades, amenazas y oportunidades, de mejora dentro de la empresa hacia la gestión. Determinar las categorías de: Involucración, compromiso, liderazgo y responsabilidad del equipo (superintendencia General, jefes de área, Asistentes, Ingenieros de guardia, y Supervisores en general) y trabajadores respecto a la gestión de, la Seguridad. Establecer el cumplimiento con el marco legal existente exigido por el MEM. Motivar a los supervisores y trabajadores a valorar los peligros y riesgos de manera proactiva, comprometerse y liderar la gestión integral de riesgos. Diagnosticar la situación actual, emitiendo recomendaciones que coadyuven a la mejora continua a efecto de desarrollar una Plataforma de Implementación de un Sistema Integrado de Gestión de Riesgos, que viabilice el cambio del comportamiento riesgoso hacia una CULTURA de conducta segura.

Art. 63° PROACTIVIDAD VISIBLE   

 

Buscar nuevas y mejores formas de hacer las cosas, los trabajos; es decir romper los esquemas tradicionales. Considerar los errores y fallas como una oportunidad de aprendizaje y mejora, Fomentar en otros la creatividad para encontrar nuevas formas de mejorar lo que se hace de manera automática, tradicional y por hábito dentro de la organización. Tener una visión hacia el futuro y ser sensible a los cambios que tendrán un impacto en la empresa. Fomentar la innovación escuchando a la gente, reconociendo las buenas ideas, desarrollarlas, implementarías y apoyarlas.

Art. 64° COMUNICACIÓN EFECTIVA   

Expresar claramente sus propios sentimientos sobre el futuro de la empresa. Inspirar, comprometer y entusiasmar a la gente para alcanzar la visión, objetivos y metas de la empresa Comunicar los beneficios del “Esfuerzo Colectivo” (trabajo en equipo) para lograrlas metas establecidas.

Art. 65° LIDERAR CON EL EJEMPLO  El liderazgo no es un puesto ni se compra, es un proceso y se aprende vía conocimiento, técnicas y habilidades.  La visión más excitante, la comunicación más apasionada puede inspirar y generar el entusiasmo inicial de otros, pero se transforma en nada si los líderes no practican lo que predican y lideran con el ejemplo.  El dominio de los líderes no es el pasado, ni el presente; es el futuro.

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Establecer metas claras, programar las actividades y establecer puntos de control. Desglosar las metas en proyectos y los proyectos en planes de acción y que sean de fácil manejo. Asegurarse que los demás demuestren los principios y valores organizativos acordados en sus tareas y actividades diarias, vía el constante monitoreo, motivación y participación.

Art. 66° CONFERIR PODER AL PERSONAL  

   

Tratar a todos – sin importar el puesto – con la misma dignidad y respeto que uno desea que lo traten, permitir que el personal actúe. El impacto de permitir actuar al personal los hace sentirse poderosos, competentes y responsables; además les otorga un sentido de propiedad (lo hacen suyo) y de ser parte de la solución de los problemas de la empresa. Fomentar la cooperación y el trabajo en equipo dentro de los grupos de trabajo. Fomentar la cooperación y el trabajo en equipo dentro de los grupos de trabajo. Desarrollar un clima ganador en el equipo de trabajo, basado en la confianza y respeto mutuo. Seleccionar personal de alta calidad y depurar a los que no se desempeñan al nivel requerido CAPITULO X

EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL Y USOS Artículo 67°.- Cía. Minera Sayarumi S.A.C. proporcionará los equipos de protección personal (EPPs) de acuerdo a los riesgos existentes en las respectivas áreas de trabajo; llevando un registro y cargo de entrega. Artículo 68°.- Es obligación de los trabajadores usar los EPPs y cada trabajador es responsable de la conservación de los equipos de protección asignados. Artículo 69°.- Los supervisores y jefes inmediatos son responsables de cumplir y hacer cumplir las disposiciones sobre el uso de equipos de protección personal por parte de los trabajadores. Artículo 70°.- Es obligatorio el uso de los equipos de protección personal antes de realizar cualquier trabajo.

USO DEL EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL ROPA DE TRABAJO

Artículo 71°.- Cuando se seleccione ropa de trabajo se deberán tomar en consideración los riesgos a los cuales el trabajador puede estar expuesto y se seleccionará aquellos tipos de ropa que reduzcan los riesgos al mínimo. Artículo 72°.- No se usarán prendas de vestir sueltas, desgarradas o rotas, tampoco corbatas, anillos, ni cadenas de llaveros o relojes en las áreas de trabajo.

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OTRAS PROTECCIONES ESPECÍFICAS PROTECCIÓN DE LA CABEZA Articulo 73°.- Los trabajadores deberán usar su casco de seguridad en los lugares, como mina y lugares donde exista peligro de caída de materiales u objetos.

PROTECCIÓN DE LA VISTA Artículo 74°.- Todos los trabajadores que ejecuten cualquier operación que pueda poner en peligro sus ojos, dispondrán y/o solicitarán la protección apropiada. Artículo 75°.- Todos los trabajadores, empleados y obreros usaran los anteojos obligatoriamente en las zonas de trabajo como: tajos, laboratorio, investigación metalúrgica, talleres de mantenimiento mecánico eléctrico, talleres de pintura, carpintería, soldadura y en general en lugares donde se ejecuten trabajos dentro de la mina. Artículo 76°.- En actividades donde se despidan masivamente esquirlas de metal, se deberá proteger no solo los ojos, sino también la cara con el uso de protectores faciales. PROTECCIÓN AUDITIVA Artículo 77°.- En los puestos de trabajo, donde el nivel de ruido sobrepase los 85 decibeles, será obligatorio el uso de protectores auditivos. CALZADO Artículo 78°.- Se usarán zapatos de seguridad en aquellas operaciones donde exista peligro de caída de objetos contundentes en los pies. Las botas de seguridad tendrán punteras de acero, conforme a las normas de resistencia aceptadas por la autoridad competente. GUANTES Artículo 79°.- Los guantes que se faciliten a los trabajadores, serán seleccionados de acuerdo a los riesgos a los cuales el usuario esté expuesto. Es obligatorio el uso de guantes para todos los trabajadores que realizan trabajos en la unidad. PROTECCIÓN DEL SISTEMA RESPIRATORIO Artículo 80°.-Todos los equipos protectores del sistema respiratorio, serán de un tipo apropiado y aceptado por la autoridad competente. Artículo 81°.- Los respiradores serán de uso obligatorio en lugares donde el trabajador esté expuesto a polvos, partículas en suspensión y gases.

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CAPITULO XI IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS EVALUACION Y CONTROL DE RIESGOS (IPERC) Artículo 82°.- Cía. Minera Sayarumi S.A.C., Tendrá dentro de su sistema de gestión de seguridad valiosos métodos de identificación de peligros para asistir a aquellas evaluaciones de riesgos que:  Identifican peligros y evalúan la posibilidad de una ocurrencia.  Evalúan las medidas que se utilizan para prevenir o reducir el impacto de los peligros.  Monitorean y hacen el seguimiento de las recomendaciones para garantizar que sean implementadas. Artículo 83°.- Para la evaluación y análisis de riesgos todo trabajador de la mina tendrá que considerar las preguntas e interrogantes que se realizan antes de iniciar sus labores. Los cuales son:  Si son adecuados los elementos a utilizarse en la tarea.  Cuantas personas pueden lesionarse directamente con el equipo, maquinaria o herramientas.  Cuantas personas utilizan el equipo y los materiales.  Liste todos los peligros que pueda y el grado de peligrosidad. Además reconocer las fuentes de peligro que existen en el área las cuales podrían ocasionar riesgo:  Que cantidad y tipos de energías están presentes  Cuales son las direcciones de flujos de energía deseados y no deseados.  Están las energías bajo control Considere: Eléctrica, Mecánica, Química, Ruido, Gravedad, Radiante, Termal  Cuales son los blancos que puedan afectar  Es el procedimiento de trabajo correcto  Cuales son los escenarios de accidentes y que medidas de control existen para prevenirlos. A continuación se presenta el esquema que el trabajador empleará para la identificación y evaluación de los riesgos:

ANÁLISIS DE RIESGO ¿Qué ¿Qué puede puede suceder? suceder?

¿Con ¿Con que que frecuencia? frecuencia?

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¿Con ¿Con que que seriedad? seriedad? (Inmediata (Inmediata yy en en escala) escala)

¿Qué ¿Qué puede puede suceder? suceder?

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CAPITULO XII AVISOS Y SEÑALES DE SEGURIDAD Artículo 84°.- Todos los ambientes de la empresa y/o lugares en donde se realizan los trabajos contarán con un sistema adecuado de señalización según el código de colores, (anexo 17 del DS 024-2016-EM) Artículo 85°.- Las señales serán elaboradas de acuerdo a normativa nacional vigente (INDECOPI, Defensa Civil, Tránsito) e internacionales aplicables a nuestra unidad minera. Artículo 86°.- Cuando se realice trabajos y maniobras peligrosas en zonas de permanencia o tránsito de personas o vehículos, se deberá efectuar la debida señalización y aislamiento de la zona, se usará la siguiente codificación: Señales de Obligatoriedad (colores azul y blanco). Señales de Prohibición (colores rojo y blanco). Señales de Prevención (colores amarillo y negro). Señales de Evacuación (colores verde y blanco). Señales de Recursos Incendio (colores fondo rojo y relieve blanco).

CAPITULO XIII INSPECCIONES Y CONTROLES Artículo 87°.- Las inspecciones en las diferentes áreas y lugares de trabajo serán diarias y permanentes. El primero en inspeccionar es el supervisor y luego también los mismos trabajadores quienes realizarán la inspección y control en forma permanente

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durante las horas de permanencia en el trabajo. El comité de seguridad de la unidad deberá realizar una inspección mensual a todas las áreas. Artículo 88°.- Las pautas de las inspecciones y controles serán dadas por los supervisores quienes deberán llevar un control estricto de los lugares, clasificando según el riesgo que ofrece por diferentes causas como: zonas de derrumbe, presencia de falla, acumulación de agua, etc. Para lo cual se diseñara un mapa de riesgos que tendrá los siguientes aspectos: MAPA DE RIESGOS a. El mapa de riesgo consiste en una representación gráfica a través de símbolos de usos generales o adoptados, indicando el nivel de exposición al peligro, ya sea bajo, mediano o alto, de acuerdo a la información recopilada, de los resultados de las mediciones de los factores de riesgo presentes. b. La evaluación de riesgos se actualizará trimestralmente o cuando cambien las condiciones de trabajo o se hayan producido daños a la seguridad, a la salud o al medio ambiente.

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CAPITULO XIV PREPARACIÓN Y RESPUESTA PARA CASOS DE EMERGENCIA 1. PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS CONDICIONES GENERALES: Artículo 89°.- Todos los locales estarán provistos de suficientes equipos para la extinción de incendios adaptados a los riesgos particulares que estos presentan. Las personas entrenadas en el uso correcto de este equipo se hallaran presentes durante todos los períodos normales de trabajo.

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Artículo 90°.- El equipo y las instalaciones que presenten grandes riesgos de incendio deberán ser construidos e instalados, siempre que sea factible de manera que sea fácil aislarlos en casos de incendio. PASILLOS, PASADIZOS Y CORREDORES

Artículo 91°.- En los lugares de trabajo, el ancho de los pasillos entre máquinas, instalaciones y rumas de materiales, no será menor de 60 cm. Artículo 92°.- Los pasillos y pasadizos contaran con la señalización de escape en caso de emergencias. Artículo 93°.- Cualquier trabajador de la empresa que detecte un incendio, procederá de la forma siguiente: a) b) c) d)

Dar la alarma interna y externa. Comunicará los integrantes de la brigada contra incendios. Seguir las indicaciones de las brigadas correspondientes. Evacuar el área de manera ordenada con dirección a la puerta de salida más cercana. Artículo 94°.- Consideraciones generales importantes: a) La mejor forma de combatir incendios es evitando que estos se produzcan. b) Mantengan su área de trabajo limpio, ordenado y en lo posible libre de materiales combustibles y líquidos inflamables. c) No obstruya las puertas, vías de acceso o pasadizos, con materiales que puedan dificultar la libre circulación de las personas. d) Informe a su superior sobre cualquier equipo eléctrico defectuoso. e) Familiarícese con la ubicación y forma de uso de los extintores y grifos contra incendios. f) En caso de incendio de equipos eléctricos desconecte el fluido eléctrico. No use agua ni extintores si no se ha cortado primeramente la energía eléctrica. g) Los extintores solo serán usados para apagar amagos de incendio y nunca para combatir un incendio declarado. h) La operación de emplear un extintor dura muy poco tiempo; Por consiguiente, utilícelo bien, acérquese lo más que pueda, dirija el chorro a la base de las llamas, no desperdicie su contenido. i) Obedezca los avisos de seguridad y familiarícese con los principios fundamentales de primeros auxilios. EXTINTORES PORTÁTILES Artículo 95°.- La empresa, dotará de extintores de incendios adecuados al tipo de incendio que pueda ocurrir, considerando la naturaleza de los procesos y operaciones. Artículo 96°.- Los aparatos portátiles contra incendios, serán inspeccionados por lo menos una vez por mes y serán recargados cuando se venza su tiempo de vigencia o se utilicen, se gaste o no toda la carga.

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Artículo 97°.- Todos los extintores se colocarán en lugares visibles, de fácil acceso. 2. ALMACENAMIENTO DE SUSTANCIAS INFLAMABLES Artículo 98°.- Queda terminantemente prohibido el empleo de líquidos inflamables para fines de limpieza en general, excepto en aquellos casos en que las condiciones técnicas del trabajo, así lo exijan, en cuyo caso estos trabajos se efectuarán en locales adecuados, libres de otras materias combustibles, dotados de los sistemas preventivos contra incendios. Artículo 89°.- Todo material líquido inflamable debe contar con su Hoja de Seguridad la misma que esta a disposición de los trabajadores. Artículo 90°.-Todo envase que contenga líquidos inflamables tendrán etiquetados sus características de seguridad según indique las normas.

CAPITULO XV PRIMEROS AUXILIOS Artículo 91°.- La empresa cuenta con un botiquín que brindará atención básica para casos de lesiones leves. Artículo 92°.- Toda atención deberá ser registrada por el responsable de la atención. Artículo 93°.- Se contará con una camilla rígida en un lugar visible y de fácil acceso. Artículo 94°.- Toda equipo, volquete y maquinaria deberá contar con un botiquín de primeros auxilios, equipado con medicina básica. Artículo 95°.- El botiquín de primeros auxilios estará a cargo del responsable de seguridad o de algún personal asignado con capacitación en primeros auxilios. Artículo 96°.- Todos los trabajadores deberán estar instruidos en conocimiento básicos de primeros auxilios.

CAPITULO XVI INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES Y ACCIDENTES SOBRE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO Artículo 97°.- Es deber de cada TRABAJADOR comunicar de inmediato cualquier incidente ó accidente causado en el trabajo, llamando por celular u otro medio al Jefe inmediato, supervisor de seguridad y otros. Artículo 98°.- Todo accidente de trabajo debe ser reportado inmediatamente en el parte de accidente, con copia al área de SSOMA, Jefe de área y superintendencia;

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posteriormente el accidente debe ser investigado por el Jefe Responsable del área, supervisor de Seguridad, supervisores y trabajadores involucrados y presentar el informe preliminar respectivo en el plazo máximo de 24 horas y el detallado antes de las 48 horas al área de SSOMA. Artículo 99°.- Todo trabajador que ha esta enfermo o accidentado y bajo tratamiento médico, al regresar al trabajo deberá presentarse obligatoriamente al Jefe de área, Dpto. de Seguridad y a la Posta Médica de la empresa antes de regresar a trabajar. ESTADÍSTICAS DE ACCIDENTE DE TRABAJO. Artículo 100°.- Las estadísticas de los accidentes de trabajo que ocurran en la empresa servirán para evaluar la efectividad de los programas de seguridad trazados, así como para planificar las futuras actividades,

SISTEMA DE ALARMA Y SIMULACROS DE EMERGENCIA Artículo 101°.- Se elaborará y mantendrá un plan de Emergencia y Contingencia, donde se establecerá: a. Organización del Comité de Emergencia. b. Funciones y Responsabilidades. c. Formación de Brigadas. d. Capacitación, adiestramiento y simulacro. e. Procedimientos en caso de incendio, sismo, asalto, robo y otros. CAPITULO XVII MEDIDAS DE SEGURIDAD EN LOS PROCESOS 1.- TRABAJOS DE SOLDADURA Y CORTE Artículo 102°.- Los trabajadores que realicen trabajos de soldadura aislarán el área de tal forma que las radiaciones no incidan en los demás trabajadores. Artículo 103°.- Para la ejecución de trabajos en soldadura, corte u otros que generan chispas, se cumplirá con las normas siguientes:  Los trabajos que se realicen fuera de planta contarán con autorización para su ejecución, de acuerdo al procedimiento establecido de permisos de trabajo.  Los trabajadores usarán los equipos de protección personal requeridos para esa actividad.  Mantener el área limpia y libre de materiales combustibles.  Tener como mínimo un extintor portátil de polvo químico seco al alcance.  Aislar el área. Cubriendo todo material combustible evitando el contacto de las chispas. " Al término del trabajo dejará el área limpia y ordenada libre de materiales. Artículo 104°.- Por ningún motivo se realizará trabajos de soldadura, corte o esmerilado en tanques, depósitos o tuberías que hayan contenido gases, líquidos inflamables, sin que estos hayan sido previamente vaciados, limpiados

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monitoreados y ventilados; la limpieza se realizará de acuerdo al Manual de Procedimientos de Trabajo Seguro. 3.- DEL TALLER DE MAESTRANZA EN MINA. Artículo 110°.- El trabajador asignado para operar una máquina de maestranza, deberá usar ropa de trabajo ajustada al cuerpo especialmente en cuello, brazos, quedando terminantemente prohibido el uso de corbatas, sortijas cadenas, reloj, etc. Artículo 111°.- Para retirar la viruta de metal de los equipos, se deberá emplear una brocha o cepillo, nunca emplee las manos.

4.-TRABAJO EN ALTURA Artículo 112°.- Cuando se realicen trabajos en altura se deberá tomar las precauciones para evitar las caídas de los trabajadores (uso de arnés con doble línea de vida a partir del 1.80 m. de altura, líneas de ascenso y descenso, eslingas de anclaje, etc.). Se dispondrá de tarjetas de control para cada arnés donde se verificará estado de los ganchos, línea de vida con el v°b° del supervisor. Para este fin se cumplirá con el procedimiento establecido para Trabajos en Altura. Artículo 113°.- Las herramientas, materiales y equipos que sean utilizados en trabajos de altura deberán ser aseguradas para evitar su caída. Artículo 114°.-Cuando se realicen trabajos en lugares elevados, se aislará con barreras delimitando el área por debajo donde se ejecute el trabajo colocando señales de peligro, cintas de seguridad y precaución de calda de objetos. Artículo 115°.- Los materiales y equipos (andamios, plataformas, arnés de seguridad, etc.) usados para trabajos en altura cumplirán con los requisitos y especificaciones técnicas detallados con el Manual de procedimientos de Trabajo Seguro. 6.- HERRAMIENTAS MANUALES Y HERRAMIENTAS PORTÁTILES Artículo 116°.-Nunca deberá un trabajador emplear una herramienta defectuosa, rota o en malas condiciones. Para ello, verificará el buen estado de las herramientas antes de su uso (mangos, filos, partes móviles, cortantes, etc.) y será responsable de las herramientas a su cargo. Artículo 117°,- Es obligación del trabajador utilizar la herramienta adecuada, empleándola para la función que fueron diseñadas. Artículo 118°.- En trabajos en altura se llevarán en bolsa portaherramientas, con el fin de tener las manos libres y se colocarán en lugares desde los que no puedan caerse y originar daños a terceros. Artículo 119°.- Se deberá desconectar siempre la fuente de energía antes de cambiar los accesorios de una herramienta portátil y los resguardos protectores deben colocarse y ajustarse correctamente antes de un nuevo uso de la herramienta. Artículo 120°.- Toda máquina y herramienta eléctrica debe operarse de acuerdo a las indicaciones del fabricante; esto es, no debe retirarse el protector, guarda u otro elemento de seguridad. 7.- TRABAJOS DE CONSTRUCCIÓN E INGENIERÍA Articulo 121°.- Antes de iniciar los trabajos de excavaciones, se solicitará al responsable de área una descripción de las características del terreno, verificando la existencia de redes de alcantarillado, cables eléctricos, líneas de agua.

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Artículo 122°.- Las zanjas, fosas, trincheras y demás excavaciones abiertas, estarán:  Debidamente cercadas durante todo el tiempo a una distancia mínima de 60 centímetros de su borde, a fin de evitar que las personas puedan caer dentro de ellas.  Provistas de señales de precaución apropiadas y visibles de día y con cintas reflectivas u otro elemento luminosos en la noche. CAPITULO XVIII TRABAJOS EN ÁREAS DE ALTO RIESGO Artículo 123°.- Está prohibido que trabaje un hombre solo en una tarea de alto riesgo mínimo deberá ser 2. Artículo 124°.- Esta prohibido trabajar en los tajos sin antes comprobar la seguridad del lugar y prevenir los deslizamiento de talud. Articulo 125°.- Está prohibido ingresar a lugares restringidos, prohibidos, labores peligrosas, zonas de carguío de mineral y desmonte, lugares donde existe voladura.

CAPITULO XIX MEDIDAS ESPECÍFICAS DE HIGIENE Y SALUD OCUPACIONAL 1.- RUIDOS Y VIBRACIONES Artículo 148°.- Cuando el nivel de ruido exceda de 85 decibeles (DB) y siempre que no se logre su disminución se dotará obligatoriamente de dispositivos de protección auditiva a los trabajadores expuestos a vibraciones y ruidos. 2.- HIGIENE DE LAS INSTALACIONES

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Artículo 149°.- Está prohibido fumar en áreas de producción, almacenes y talleres sin restricción alguna. Artículo 150°.- Se realizará por lo menos 1 vez al año la fumigación total de las instalaciones a cargo de una empresa autorizada. Artículo 151°.- Los servicios higiénicos, deben mantenerse en todo momento limpio, ordenado y desinfectado. En algunas obras donde no haya SS.HH. disponibles se colocará baños químicos portátiles, siendo obligación del trabajador contribuir a ello. Artículo 152°.- El obligación de los trabajadores mantener limpios y ordenados sus vestuarios y casilleros asignados. Artículo 153°.- Es obligación de los trabajadores mantener estos lugares limpios y en perfecto estado, sin ralladura, dibujos y escritos en paredes y puertas. Artículo 154°.- Está terminantemente prohibido ingerir alimentos dentro de la planta u otro ambiente que no sea destinado para este fin. 3.- ORDEN Y LIMPIEZA DE LOS LUGARES DE TRABAJO Artículo 155°.- Los residuos y desechos serán clasificados y colocados en recipientes respectivos para tal fin, los mismos que estarán instalados en determinadas áreas. Por lo tanto todo trabajador tiene por obligación de hacer el uso correcto de estos dispositivos. Artículo 156°.- Durante la ejecución de un trabajo, las áreas de trabajo deberán quedar completamente limpias, despejadas de todo material de desecho. Los materiales sobrantes serán depositados en lugares que no representen peligro; para ello se coordinará con el personal pertinente la disposición de los mismos en lugares aprobados.

CAPITULO XX REGLAS DE SEGURIDAD PARA INSTALACIONES ELÉCTRICAS Artículo 157°.-Solamente las personas autorizadas pueden manipular las instalaciones eléctricas y grupos electrógeno. Artículo 158°.- Las reparaciones eléctricas deben hacerse cortando previamente la energía y colocando su respectivo sistema lock - out con las coordinaciones previas del caso. Artículo 159°.-Los cables a tierra de las máquinas ó aparatos eléctricos no deben ser desconectados ó rotos. Ningún apuro u orden de emergencia justifica operar energía eléctrica sin cumplir las normas de seguridad. Artículo 160°.- Nunca conecte el swich de arranque de una máquina ó alimente corriente eléctrica a un circuito sin antes cerciorarse que no hay ninguna persona en la zona de acción y además que se hayan hecho los avisos de alarma correspondientes.

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Use siempre herramientas con mangos de material aislante. Cuando de un conductor ó equipo eléctrico sale humo ó chispa, desconecte inmediatamente el fluido eléctrico. Artículo 162°.- Si un trabajador ha sufrido un shock eléctrico no toque directamente al accidentado, hágalo con una madera sin humedad. Aleje el cable eléctrico ó desconecte inmediatamente el fluido eléctrico. Artículo 163°.- Es obligatorio colocar malla de protección y señales en las zonas peligrosas de transformadores. Artículo 164°.- Los aparatos e instrumentos de control deben instalarse en tableros apropiados, con sus cajas, tapas respectivas, y la señal de la corriente eléctrica. Artículo 165°.- En coordinación con los jefes de área se establecerán programas periódicos de control de ruidos en: a) A nivel de la fuente. b) A nivel del medio de transmisión y c) A nivel del receptor. Artículo 166°.- Se debe utilizar accesorios eléctricos de probada calidad y emplearlos adecuadamente para garantizar protección contra los peligros de descarga, quemaduras eléctricas e incendios. Artículo 167°.- No se puede arrancar una conexión eléctrica con tensión a menos que antes se haya establecido la conexión a tierra. Nunca se usará un accesorio eléctrico de menor capacidad conectado a un tomacorriente ó a un conectador de una capacidad mayor. Artículo 168°.- Es responsabilidad del Dpto. Eléctrico que las sub-estaciones eléctricas se conserven en orden, secas y en buen estado. Artículo 169°.- Las sub- estaciones eléctricas deben contar con el siguiente equipo operativo: avisos de señales de advertencia, mallas, y puerta de acceso cerradas con candados. Artículo 170°.- Está prohibido dejar materiales, herramientas, ó cualquier otro objeto temporalmente o no; dentro de la sub - estación eléctrica. CAPITULO XXI PLAN DE EMERGENCIA EN CASO DE INCIDENTES

Artículo 176°.-Las situaciones de peligro son actividades que puedan ocasionar un impacto de riesgo como consecuencia de incidentes, por lo cual Cía. Minera Sayarumi S.A.C cuenta con un Plan de Emergencia para prever cualquier situación de riesgo como son: Trabajos en tajó, deslizamientos de rocas, manipulación de explosivos, perforación, sismos, incendios, inundaciones, para los fines del plan se realizarán los análisis de evaluación de la probabilidad de ocurrencia, magnitud del impacto para luego priorizar los riesgos dentro de las áreas de labores de las operaciones de mina. Artículo 177°.- Para la activación del plan de emergencia se debe comunicar inmediatamente a PV2 y a la Brigada de emergencias, esta información debe contener: Lugar, fecha y hora del Accidente Circunstancias y descripción breve del accidente Si ha habido víctimas indicar la gravedad y la situación. En caso de intoxicación a consecuencia de alguna sustancia peligrosa indicar la cantidad que ha producido el daño.

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Las acciones que se vienen desarrollando o se han desarrollado para controlar la crisis y necesidades más urgentes.

INCIDENTES EN DESLIZAMIENTOS La erosión y/o el debilitamiento de alguna estructura geológica ocasionan desplazamientos lentos de porciones de terreno en el mismo sentido de la pendiente. Se dan las siguientes medidas preventivas que permitirán minimizar los daños personales y materiales. ¿QUE HACER ANTES? 1. El supervisor o personal de operaciones que labora en el área, son responsables de detectar cualquier anomalía como: humedecimiento excesivo de los taludes de tajos adyacentes producto de las precipitaciones, 2. Desarrollar un programa de seguimiento u observación de los taludes y bancos, realizar trabajos de limpieza de los mismos, si fuera necesario. 3. Señalización de las áreas seguras, dentro de las instalaciones y fuera de ellas. 4. Dar señales utilizando alarmas que alerten a los trabajadores sobre la ocurrencia de una eventualidad. ¿QUE HACER DURANTE? Informar inmediatamente al responsable de la brigada Interno de Manejo de Contingencias. 1. Permanecer en las zonas señalizadas como seguras las cuales deberán estar ubicadas preferentemente en las partes altas del emplazamiento ¿QUE HACER DESPUÉS? 1. Inspección de los daños en las instalaciones, por personal capacitado. Artículo 178°.- Es responsabilidad del Comité de Seguridad elaborar, organizar y apoyar la realización de los Planes de Emergencia. Artículo 179°.- Es responsabilidad del jefe de Seguridad implementar los Planes de Emergencia en coordinación con los Jefes de área responsables de la brigada de emergencia. Artículo 180º.- La responsabilidad de prevenir cualquier situación de riesgo son: El Jefe de Seguridad, en coordinación con el Comité de Seguridad, los cuáles deben:  Elaborar y ejecutar Programas de Simulacros como medida de entrenamiento del personal.  La evaluación de los simulacros permitirá detectar no conformidades y aplicar medidas preventivas y correctivas.  Luego de desarrollado un simulacro se debe elaborar un informe utilizando el Formato Acta de Simulacro.

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ANEXO: 1 CUADRO DE INFRACCIONES

INFRACCIONES Contribuir o crear acto y Condición sub estándar.

1era VEZ amonestación escrita

2da VEZ

3ra VEZ

Suspensión

Suspensión

Conducta inadecuada o reñida con la moral.

amonestación escrita

Suspensión

Despido

No usar implementos de seguridad(EPPs)

amonestación escrita

Suspensión

Suspensión

Incumplir el reglamento de tránsito y realizar actos temerarios al manejar

Suspensión temporal del permiso de manejo

Suspensión definitiva del permiso de manejo

Despido

Conducta y/o lenguaje agresivo o irrespetuoso con el supervisor y sus colegas

Suspensión

Despido

Causarse lesiones reciprocas por agresión en horas de trabajo (involuntario y/o negligencia).

Despido

Daños a los materiales y equipos de propiedad de empresa (involuntario y negligencia). Falsificar documentos como certificados de trabajo.

Despido Despido

Conducta de insubordinación y/o desacato de órdenes.

Amonestación escrita

Generar accidentes por negligencias

Despido

Poseer o usar drogas, bebidas alcohólicas en el área de trabajo.

Despido

Ser detectado drogado por cocaína, marihuana y/o sustancias estupefacientes en estado ebrio.

Despido

Accidente por ebriedad o influencia de drogas.

Despido

Daño integral a su propia persona y sus colegas.

Despido

Hurto y/o robo de objetos de sus compañeros, propiedades de la unidad donde labora.

Suspensión

Efectuar sabotaje

Despido y denuncia

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suspensión

despido

Despido

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COMPROBANTE DE RECEPCIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD SALUD EN EL TRABAJO.

Yo, _________________________________________ _____________________, declaro haber recibido en forma gratuita una copia del Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo de acuerdo a lo establecido en el artículo 58 del DS 024 2016. Por lo tanto asumo mi responsabilidad de dar lectura a su contenido y dar cumplimiento a las obligaciones, prohibiciones, normas de en Seguridad Salud en el Trabajo que en el están escritas, como así también a las disposiciones y procedimientos que en forma posterior se emitan y/o se modifiquen y que formen parte de este o que expresamente lo indique.

-------------------------------------------------------Nombre y Firma del Trabajador (El trabajador debe escribir de su puño y letra).

Lima ……….de…………20…..

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