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REGLAMENTO INTERIOR DEL BMW MOTORRAD CLUB CIUDAD DE MÉXICO A.C.

El presente Reglamento tiene como objeto la regulación y cumplimiento de los estatutos que se derivan de la constitución de la Asociación Civil (en adelante los “Estatutos”) la cual se hizo constar en escritura pública del 14 de febrero de 2005 ante el Notario Público número setenta y cinco del Estado de México, bajo la denominación de München Motorrad Club México, A.C. (hoy BMW MOTORRAD CLUB CIUDAD DE MÉXICO, A.C.), en lo sucesivo, la “Asociación”. En este sentido y de conformidad con lo establecido en el Capítulo IV, inciso B, y en el Artículo Vigésimo Quinto de los Estatutos, es obligación de los Asociados, cumplir con las obligaciones establecidas en los propios Estatutos y en el presente Reglamento Interior siendo causal de exclusión de la Asociación, el incumplimiento a dichos ordenamientos.

Capítulo I: Objeto Social El Objeto Social de la Asociación es el establecido en el Artículo Quinto de Estatutos, que aquí se reproduce textual: I. II. III. IV. V. VI.

VII. VIII. IX. X.

La promoción y fomento del deporte del motociclismo en todos sus niveles y modalidades. Promover la afición por el motociclismo en todas sus modalidades, así como un acercamiento con motociclistas de clubes de otros estados y países. La realización de paseos, exhibiciones, reuniones y competencias dentro y fuera del país en todos sus niveles y modalidades. La realización y promoción, en materia de motociclismo, de clínicas y cursos de capacitación, con el fin de elevar los conocimientos y la práctica de sus asociados. Difundir en medios de comunicación especializados los avances tecnológicos de las motocicletas y las ventajas de su uso en ciudad y carretera y su impacto ambiental. Propugnar ante autoridades locales y federales y medios de comunicación por el respeto a los motociclistas por parte de la sociedad y obtener de aquellas la aplicación de medidas que coadyuven a proporcionar seguridad en la conducción de los vehículos de dos ruedas en ciudad y carretera, como la implantación de disposiciones que hagan más accesible su uso como medio de transporte Recibir toda clase de donativos, para lograr el funcionamiento y subsistencia de la Asociación. Divulgar y promover información sobre el uso y cuidado de las motocicletas, en sus diversos tipos y categorías. La adquisición de todo tipo de bienes muebles e inmuebles necesarios para la realización de los puntos anteriores. La celebración de todos los actos, convenios y contratos relacionados con los fines anteriores

Capítulo II: Imagen La Asociación, está afiliada al BMW Moto Clubes México (en calidad de Asociada en este caso), a la BMW Federación Latinoamerica de Clubes y al BMW Clubs International Council. Con pleno cumplimiento a las directivas de este último, la Asociación utiliza su logotipo, mismo que tiene una M en 1

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verde con un relieve blanco a lo largo de su cuerpo, un motociclista de frente en color plateado y la cabeza de un águila en rojo, todo entre dos barras verticales, y al lado derecho el logotipo de la marca BMW. La Asociación y sus asociados utilizarán los diseños de marca e imagen autorizados por el BMW Clubs International Council en su vestimenta y en todas sus comunicaciones en papel o electrónicas, tarjetas de presentación, correspondencia, carteles, panfletos, etc. Ejemplos del logotipo y de los templetes están en el Adjunto A. Dicha utilización, no persigue, ni perseguirá fin lucrativo alguno.

Capítulo III: De la Admisión de Nuevos Asociados La postulación como asociado a la Asociación, es libre y no será discriminada por razones de nacionalidad, género, raza, religión, preferencias políticas, sexuales o cualquier otra. Para la admisión, serán considerados tanto el cumplimiento de los requisitos establecidos para ello, así como la identificación del postulante con la filosofía de la Asociación y sus integrantes. En adición a lo establecido en los Estatutos, deberán observarse los siguientes requisitos y el proceso de admisión: 1. Requisitos a. Ser usuario de una motocicleta de la marca BMW. b. Presentar la Solicitud de Admisión completa y firmada (ver Anexo B). c. Pagar una cuota de admisión, no reembolsable, de $ 500.00 (quinientos pesos 00/100 m.n.) mediante depósito en la cuenta del banco HSBC Nro 4031132889, CLABE: 021180040311328893, a nombre de München Motorrad Club México, A.C. d. Leer, entender y aceptar los Estautos y el Reglamento Interior de la Asociación. e. Contar con la recomendación de al menos tres asociados al momento de ser sometido a la aprobación de la asamblea de asociados. f. Presentar el Informe descrito en el punto 2.e. de este Capítulo. g. La Asociación se reserva el derecho de fijar el número de postulantes que admitirá cada año. 2. Proceso a. El postulante recibirá los formatos y documentos por parte del Comité de Admisión o los obtendrá de la página web http://www.bmwmotorradclub.com/, mismos que deberá leer y entender. Completará los datos, adjuntando su fotografía, para firmarlos y entregarlos en la forma en que le sea indicado. b. Una vez que los documentos sean recibidos, el postulante depositará la cuota de admisión e informará al Comité de Admisión enviando copia de la ficha de depósito o transferencia. La fecha de este depósito es la fecha de inicio de su postulación. c. Los datos básicos del postulante serán puestos a disposición de los Asociados a través de la página web de la Asociación, misma que ha adoptado una política de privacidad de datos, la cual se puede consultar en el Anexo C o en la mencionada página web. d. El postulante deberá cumplir ciertas actividades, fácilmente comprobables, a saber: i. Asistir al menos a 4 salidas dominicales. ii. Asistir al menos a 3 viajes largos, con una o más noches de pernocta. iii. Asistir al menos a 6 juntas oficiales, sin tener derecho a voto.

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iv. Organizar o colaborar en la organización de al menos 1 viaje con pernocta, lo que debe incluir búsqueda de hoteles, definición de rutas y evaluación de puntos de interés. e. En un plazo no menor de 6 meses y no mayor de 12 meses, el postulante deberá presentar un informe por escrito al Comité de Admisión, donde se detalle de qué forma cree haber cumplido con las actividades enumeradas en el punto d, y cómo se identifica con la filosofía de la Asociación respecto de un manejo seguro y responsable. El informe también estará firmado por los tres asociados que lo avalan. f. Pasados los 12 meses de la fecha de pago de la cuota de admisión, si el postulante no ha presentado su informe, su postulación será cancelada automáticamente y sin necesidad de declaración o comunicado alguno. g. En la siguiente junta oficial a la fecha en que concluya un periódo de treinta días a partir del momento en que se presente el informe citado en los inciso e. y f. anteriores, el Comité de Admisiones presentará el caso del postulante a los asociados que resolverán provisoriamente sobre su aceptación o rechazo, decisión que deberá ser refrendada por la asamblea ordinaria siguiente. h. La aceptación del postulante durante la respectiva junta oficial y así como su ratificación en asamblea, deberá ser por unanimidad de votos de los presentes. i. El postulante prestará juramento de cumplir y hacer cumplir los Estatutos y Reglamentos como nuevo asociado j. En un plazo no mayor de 30 días naturales a partir de la ratificación de su admisión en la respectiva junta oficial, el nuevo asociado deberá hacer efectivo el pago de la cuota anual asignada para ese año en la misma cuenta mencionada, avisando del depósito al Tesorero del club. El valor a depositar será del 100% de la cuota establecida, no importando en qué mes del año se hace efectivo su ingreso, descontando los $ 500.00 (quinientos pesos 00/100 m.n.) que fueron depositados según el inciso C del numeral 1 que precede. 3. Obligaciones y Derechos a. El postulante no tendrá acceso a la página web del club, sin embargo recibirá todos los correos que en ésta se generen para mantenerse enterado de los eventos b. El postulante deberá procurarse un “padrino” entre los asociados para garantizar la perfecta comunicación con el club. Se recuerda que el postulante necesitará tres asociados que lo avalen a la hora de someter su postulación a la asamblea de asociados. El Comité de Admisión podrá ayudar a determinar un padrino, pero es una responsabilidad del postulante c. El postulante no podrá comprar ni utilizar los distintivos o indumentaria del club hasta que su admisión como asociado, sea aprobada en la respectiva junta oficial. d. El motoclub no garantiza que todos los beneficios, descuentos, promociones, etc que apliquen para los asociados puedan ser aprovechados por los postulantes. e. Cualquier comportamiento en contra de los Estatutos, el Reglamento o el Código de Ética (mismo que se refiere más adelante), por parte del postulante, cancelará su postulación.

Capítulo IV: De los Derechos de los Asociados Son asociados las personas que firmaron la escritura del Estatuto, los que determinó con posterioridad la asamblea de asociados (y que no hubieran perdido su condición de asociados por cualquier motivo) y los que la misma determine en el futuro. Son Derechos de los Asociados los que se enumeran en el

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Capítulo III de los Estatutos, los cuales se citan y amplían aquí, a los efectos de su regulación según el Punto N del mismo capítulo. A. Asistir a las Asambleas con voz y voto. Pueden hacerlo personalmente o mediante un representante con Carta Poder por escrito (ver Anexo D) B. Separarse de la Asociación cuando así lo determine, previo aviso escrito dirigido al Consejo Directivo, explicando las causas de su dimisión. El asociado que renunciare y su renuncia fuera aceptada, podrá solicitar su readmisión a la Mesa Directiva, quien lo someterá a decisión de la Asamblea C. Presentar por escrito iniciativas y sugerencias a la Mesa o Consejo Directivo D. Votar y ser votado para los puestos directivos de la asociación. Ver restricciones en el punto O de este mismo capítulo E. Usar la vestimenta que diseñe la asociación, así como sus emblemas, tanto en su vestimenta como en motocicletas y automóviles propios. Algunos emblemas o prendas pueden tener costo que deberá ser pagado por el asociado F. Ser notificado oportunamente de reuniones y asambleas de todo tipo. Las notificaciones se harán a la dirección de correo electrónico declarada por el asociado, los asociados tendrán una clave de acceso a la página web del club G. Participar en los cursos de entrenamiento o concursos de habilidad en el manejo de motocicleta que se organicen por la asociación y recibir, en su caso, las premiaciones que se otorguen. Se incluye el derecho a organizar y participar en las Salidas, Viajes o Eventos que el Club organice H. Ser informado oportunamente de los sorteos que organice la asociación I. Participar de los descuentos en el precio de motocicletas, accesorios, refacciones, reparaciones y prendas de vestir que eventualmente pueda conseguir la asociación en beneficio de los asociados de parte de agencias, distribuidoras, boutiques o tiendas departamentales, previo cumplimiento de los requisitos que estas impongan J. Participar de los descuentos en el precio de seguros de vida, médicos y de motocicleta que eventualmente pueda conseguir la asociación en beneficio de sus asociados, así como descuentos en hospedajes en las salidas que programe K. Usar la credencial de la asociación para acreditar su membresía y como identificación. La credencial es provista por el BMW Moto Clubes México L. A recibir por parte del Consejo Directivo un ejemplar de los Estatutos y del Reglamento, a efectos de conocer su contenido y poder ejercer sus derechos y cumplir con las obligaciones que estos imponen M. Cambiar de asociado activo a asociado honorario en caso de cambiar su domicilio al interior del país o al extranjero N. La regulación de todos estos derechos, su posible ampliación sin variar su esencia, y forma de ejercerlos, se precisará en el Reglamento O. El asociado no votará las votaciones si se encuentra directamente involucrado él, su cónyuge o compañero(a), ascendientes o descendientes, o hermanos

Capítulo V: De las Obligaciones de los Asociados Las obligaciones de los asociados son las descriptas en el Capítulo IV de los Estatutos, las cuales aquí se listan y amplían para regular su aplicación

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A. Acatar los acuerdos y disposiciones de las Asambleas Generales de Asociados y las de la Mesa Directiva. Los acuerdos de la Asamblea serán los que el Secretario describa en la minuta, publicada y ratificada por la Asamblea siguiente. B. Cumplir con las obligaciones que les imponen los Estatutos y el Reglamento Interior de la asociación C. Asistir a las Asambleas y cumplir sus acuerdos. Este reglamento establece la asistencia y participación requerida a los asociados: a. Contar, cuando menos, con el 50 % de asistencia a las Asambleas y Juntas Oficiales que se realicen en el año b. Los asociados deberán abstenerse de usar teléfonos celulares o asumir cualquier actitud que pueda distraer la atención durante el desarrollo de las Asambleas y Juntas Oficiales c. Asistir a, cuando menos, 10 salidas de domingo por año d. Asistir a, cuando menos, 3 viajes de pernocta por año e. Fungir como Organizador o Co-organizador en la planeación, organización y ejecución de, cuando menos, 1 viaje con pernocta al año, en el que participen 3 asociados como mínimo f. Cada asociado presentará a la Mesa Directiva durante la 1ª quincena del mes de enero de cada año, el proyecto de viaje, que incluya: lugar, fecha, duración, actividades a realizar y el nombre de los socios participantes g. Participar en las actividades que le sean encomendadas por la Mesa Directiva o el Coordinador General en el viaje emblemático del Motoclub de cada año “De Sol a Sol” h. La asistencia a Juntas Oficiales y Asambleas deberá quedar registrada en las Listas de Asistencia correspondientes y la participación y asistencia a las salidas de domingo o de pernocta quedarán registradas en la página, sección Eventos. D. Desempeñar los cargos y nombramientos para los cuales fueron electos y las comisiones que se les encomienden. Todos los cargos y puestos del Consejo Directivo, las comisiones y comités, podrán ser retribuidos de acuerdo al tiempo que empleen a juicio del Consejo Directivo, previa aprobación de la Asamblea. E. Contribuir al sostenimiento de la Asociación, con las cuotas ordinarias y extraordinarias que eventual o periódicamente determine la Asamblea General. Los pagos con hasta 30 días de atraso originarán un 10% de recargo, pasada esa fecha el asociado perderá su condición. F. Colaborar desinteresadamente, en la medida de sus posibilidades, a fin de prestar sus servicios técnicos o profesionales si fuera el caso, a favor de la asociación para que esta cumpla con su objeto social. G. Los socios que por alguna razón dejen de radicar en la Zona Metropolitana de la Ciudad de México para establecerse en el interior de la república o en el extranjero, podrán continuar como socios pagando en lo futuro únicamente el porcentaje que la asamblea determine del importe de la membresía en vigor, quedando excentos de las demás obligaciones que no pudieren cumplir en razón de su alejamiento. Sin embargo, si su relación con el club se discontinuara por espacio de un año, perderían su membresía H. Usar el equipo de seguridad en todo tipo de salidas y viajes en motocicleta, como son el casco, guantes, botas, pantalón y chamarra de material adecuado para la práctica de este deporte I. Conducir su motocicleta con extrema precaución de acuerdo a su propia capacidad, sin poner en riesgo bajo ninguna circunstancia la seguridad del grupo o de terceros, obedeciendo las indicaciones del capitán de caminos. Practicar un manejo Seguro y Responsable y acatar las reglas del Manejo en Grupo J. Respetar los principios filosóficos del club, de los BM´s y el Código de Ética Los asociados que incumplan alguna de sus obligaciones serán apercibidos por escrito por la Mesa Directiva o remitidos al Comité de Honor y Justicia, según sea la gravedad de la falta.

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Capítulo VI: De la Remoción de los Asociados Sin perjuicio de lo establecido en los Estatutos, la exclusión por causa justificada de un asociado debe ser aprobada por la asamblea de asociados, siendo causales de exclusión de un asociado las que se listan a continuación: A. El incumplimiento de los pagos ordinarios o extraordinarios según el Capítulo V Inciso E de este Reglamento, o la falta de cumplimiento a los mínimos establecidos en el Inciso C Capítulo V, sin justificación o aviso a la Mesa Directiva. B. La falta grave de respeto a los socios, su familia, a terceros o a las instalaciones. C. Cometer actos irresponsables o negligentes que pongan en peligro la vida de los socios o que puedan provocar accidentes. D. El incumplimiento de manera reiterada de cualquiera de sus obligaciones, ignorando los apercibimientos que pudiera recibir. E. Un asociado que hubiera sido removido por causa de lo establecido en el Inciso A de este Capítulo, podrá volver a postularse en el futuro, cumpliendo lo establecido en el Capítulo III de este Reglamento. F. Un asociado que hubiera sido removido por una falta grave (puntos B, C o D de este Capítulo) no podrá ser admitido como postulante en el futuro.

Capítulo VII: Del Gobierno de la Asociación El gobierno de la Asociación radica en la Asamblea General como órgano supremo y en la Mesa Directiva como administrador, quien se podrá apoyar en las Comisiones, Comités o Consejos. El régimen, las ingerencias y las obligaciones están descriptas en los Capítulos VI, VII, VIII y IX de los Estatutos. Para un mejor accionar de las funciones de gobierno se establecen las siguientes disposiciones reglamentarias: A. Reglas de Elección: La Mesa Directiva se elige en la Asamblea de noviembre del año que finaliza la Mesa saliente. La votación será por mayoría simple entre los candidatos a Presidente que hubieran presentado sus propuestas. El Presidente electo designará sus colaboradores y Comités. B. Reglas de sustitución en funciones: En caso de renuncia, ausencia, impedimento o fallecimiento del Presidente, lo sucederá en sus funciónes, el Vice-Presidente y a falta de éste lo sucederá el Secretario. Tratándose de las mismas circunstancias en persona del Secretario, lo sucederá en sus funciones, el Pro-Secretario y en persona del Tesorero, el Pro-Tesorero. Ante la falta simultánea de más de tres miembros de la Mesa Directiva, la Asamblea nombrará una Mesa Interina, la que convocará a elecciones en un plazo de 90 días. C. La Presidencia coordinará y dirigirá las actividades administrativas y operativas de la Mesa Directiva y los Comités. Conjuntamente con el Secretario y el Tesorero tienen firma para la firma de cheques, atribución que deberá ser ejercida mancomunadamente por, al menos, dos personas de las referidas.

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D. La Secretaría es responsable por el registro, publicación y conservación de las minutas de las juntas oficiales y asambleas. Se encarga además de los aspectos jurídicos del club, conserva los documentos legales originales, mantiene el Libro de Asociados y la credencialización. E. La Tesorería es responsable por el registro, publicación y preservación de los documentos contables y probatorios de cualquier transacción financiera. Ejecuta las cobranzas y los pagos y es custodio de las chequeras y cuentas bancarias. El Tesorero rendirá un informe sobre el uso de los fondos en cada asamblea general ordinaria que se realice. F. Las Comisiones o Comités tienen funciones específicas a su objetivo. Al momento, contribuyen con la Mesa Directiva los Comités de Honor y Justicia, Vigilancia, Admisión, Relaciones Públicas y Rutas y Caminos. Este reglamento podrá en el futuro describir funciones específicas de los Comités.

Capítulo VIII: Filosofía La Asociación ha adoptado un lema que describe su filosofía: “Practicar un Manejo Seguro y Responsable en un ambiente de respeto, orden y amistad en la moto y fuera de ella”. El Documento Maestro, publicado en la página web describe la historia del club y las razones que sustentan esta filosofía. Adicionalmente, el club adhiere a la filosofía BM´s en la que se destacan nuestra pasión por el motociclismo, la valoración de la marca BMW, la capacidad de actuar y decidir libremente, el compañerismo y la tolerancia hacia nuestras diferencias. Puede leerse más sobre el concepto BM´s en: http://www.bmwmotomexico.com.mx/filosofia-bms

Capítulo VIII: Código de Ética El Código de Ética es un conjunto de reglas que pueden no estar contempladas por los reglamentos y las leyes en general, pero que los asociados se comprometen a cumplirlas como un comportamiento aceptable de convivencia. • • • • • • • • • • • • • • • •

Respetar las leyes vigentes y a sus representantes. Conocer y respetar las políticas de privacidad de la información adoptadas por la Asociación. Practicar Manejo en Grupo siempre que sea posible. Obedecer las indicaciones del líder cuando se viaja en grupo. Proveer de ayuda a otras personas que la requieran durante el viaje. Apoyar y dar preferencia a los viajes organizados por la Asociación o las organizaciones a que se encuentra afiliado. Inscribirse con la anticipación solicitada en los viajes que planea participar. Participar, cuantas veces le sea posible, en la organización de viajes y eventos. Ayudar a los postulantes a integrarse, entender y participar en la Asociación. Llegar puntualmente a las citas, evitar retirarse antes. Permitir el desarrollo de las juntas sin interrupciones innecesarias. Tratar con respeto y cordialidad a los demás asociados, a sus familiares y allegados. Evitar usar la página para emitir comentarios ofensivos, confusos o sarcásticos. Evitar usar la página para fines no relacionados con las actividades de la Asociación. Pagar en tiempo cualquier deuda con la Asociación, sus asociados o terceros. Participar en la compra general de artículos cuando la cantidad favorece un descuento.

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No efectuar negocios dentro la Asociación, que originen ganancias superiores a las de mercado. No aceptar, ni ofrecer comisiones para forzar la ejecución de un negocio o servicio. Comportarse adecuadamente en lugares públicos, en especial cuando sea o pueda ser identificado como pertenenciente a la Asociación. Ser respetuoso de las tradiciones, costumbres y cultura de los grupos étnicos y sociales. Respetar la naturaleza y el medio ambiente. No discriminar a nadie por su religión, nacionalidad, raza, política o preferencias sexuales, absteniéndose a su vez de realizar actos tendenciosos o en apología excesiva de cualquier criterio referido a estos temas. No efectuar acciones o comentarios que perjudiquen la imagen de la Asociación o de sus miembros. No asociarse a otro motoclub que genere conflicto de intereses con la Asociación o sus integrantes. Compartir con entusiasmo, su preferencia por la marca BMW sin discriminar a otras marcas. No utilizar la Asociación para ocultar acciones en contra de las buenas costumbres y la moral. Difundir este Código de Ética cada vez que sea posible.

El presente Reglamento Interior, se encuentra en vigor a partir del 7 de junio de 2012.

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