Reglamento Del Proceso de Elecciones Del Municipio Escolar

REGLAMENTO DEL PROCESO DE ELECCIONES DEL MUNICIPIO ESCOLAR INSTITUCIÓN EDUCATIVA "AURELIA ARCE VILDOSO" CALANA – 2015 A

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REGLAMENTO DEL PROCESO DE ELECCIONES DEL MUNICIPIO ESCOLAR INSTITUCIÓN EDUCATIVA "AURELIA ARCE VILDOSO" CALANA – 2015

Artículo 1° FINALIDAD El presente documento tiene por objeto reglamentar el proceso de elecciones al Municipio Escolar de la Institución Educativa "Aurelia Arce Vildoso" para el año 2016; a fin de establecer las condiciones, modalidad y procedimientos que normen el ejercicio del derecho de sufragio de conformidad con el manual de Municipio Escolar, para las elecciones de los cargos directivos que corresponden al Concejo Escolar. Artículo 2° BASE LEGAL a) Resolución Vice Ministerial N° 0067-2011-ED "Normas y orientaciones para la organización, implementación y funcionamiento de los municipios escolares. Artículo 3° DEL COMITÉ ELECTORAL El Comité Electoral es un órgano permanente y autónomo en sus funciones, que se encarga de organizar, conducir y controlar los procesos electorales en nuestra Institución Educativa Secundaria "Aurelia Arce Vildoso"; así como de pronunciarse sobre las reclamaciones que se presenten en su campo funcional. EL comité electoral trabaja en estrecha coordinación con el Docente Asesor. El Comité Electoral está conformado por tres (3) miembros titulares y tres (3) suplente del Quinto Grado de nuestra Institución Educativa. Miembros titulares: Presidenta: ROQUE NINAJA, Thalia Angela Secretario: CRUZ CONDORI, Cesar Augusto Vocal: FLORES AYCA, Apolinaria Leonela Miembros suplentes: Presidente: MAMANI EGOAVIL, Jorge Luis Secretaria: CHACOLLA LAURA, Mario Vocal: CHAMBILLA CRUZ, José Anthony El Comité Electoral cesa en sus funciones una vez proclamados los miembros del Municipio Escolar. Artículo 4° SON FUNCIONES DEL COMITÉ ELECTORAL a) b) c) d) e) f) g)

Elaborar un Reglamento Electoral. Convocar a elecciones del Municipio Escolar. Inscribir las listas de candidatos al Municipio Escolar; previa presentación de un plan de trabajo. Elaborar los materiales electorales y difundir su uso. Realizar el escrutinio en presencia de los personeros. Publicar los resultados electorales y proclamar la lista ganadora. Garantizar la transparencia del proceso en todo momento.

Artículo 5° DE LA ESTRUCTURA DEL CONCEJO MUNICIPAL ESCOLAR La Directiva del municipio escolar está integrado por: a) Alcaldesa o Alcalde. b) Teniente alcaldesa o Teniente Acalde. c) Regidora o Regidor de Educación, Cultura, Recreación y Deporte. d) Regidora o Regidor de Salud y Ambiente. e) Regidora o Regidor de Emprendimiento y Actividades Productivas. f) Regidora o Regidor de Derechos del Niño, Niña y Adolescente. g) Regidora o Regidor de Comunicación Y tecnologías de la Información. Artículo 6° DE LOS CANDIDATOS

Pueden aspirar a los cargos de Alcalde, Teniente Alcalde o Regidores todos los alumnos de la I.E. "Aurelia Arce Vildoso" que cumplan con los siguientes requisitos: a) Ser alumno de la I.E. "Aurelia Arce Vildoso" b) Ser alumno de buen comportamiento. c) Tener asistencia regular al Institución Educativa. d) Tener interés en participar y espíritu de colaboración. e) Para ocupar el cargo de Alcalde, Teniente Alcalde o Regidores los estudiantes deben pertenecer de 1° a 6° Grado de primaria y del 1° a 4° Grado de secundaria. Artículo 7° COMPOSICIÓN DE LAS LISTAS a) Cada lista estará compuesta por 7 miembros con los siguientes cargos: Alcaldesa o Alcalde. Teniente alcaldesa o Teniente Acalde. Regidora o Regidor de Educación, Cultura, Recreación y Deporte. Regidora o Regidor de Salud y Ambiente. Regidora o Regidor de Emprendimiento y Actividades Productivas. Regidora o Regidor de Derechos del Niño, Niña y Adolescente. Regidora o Regidor de Comunicación Y tecnologías de la Información. b) Cada lista deberá contar con al menos un estudiante de primaria. Artículo 8° CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN ACTIVIDADES Conformación del comité electoral Elaboración del reglamento electoral Elaboración del padrón electoral Convocatoria Inscripción de listas Periodo de tachas de lista Publicación de listas hábiles Campaña electoral Designación de miembros de mesa Capacitación de miembros de mesa Día de elección

FECHA 10/11/15 12/11/15 13/11/15 16/11/15 Del 17/11/15 Al 24/11/15 25/11/15 26/11/15 Del 26/11/15 Al 01/12/15 27/11/15 30/11/15 03/12/15

Artículo 9° DE LA INSCRIPCIÓN La inscripción de las Listas se realizará entre las 08:00 horas del día viernes 13 de Noviembre y las 11:20 horas del día jueves 19 del mismo mes, fecha en que se dará por terminada la inscripción. Para realizar la inscripción de una Lista, se deberá presentar la FICHA DE INSCRIPCIÓN debidamente llenada, el FORMATO DE ADHERENTES (EQUIPO DE CAMPAÑA) y el PLAN DE TRABAJO. 1.- Ficha de Inscripción debidamente llenada, en la cual se consignará: a) Nombre de la Lista o Agrupación b) Relación de candidatos indicando apellidos, nombres, grado y el cargo al que postula. c) Símbolo y nombre de la agrupación que la identifique. 2.- Lista de Adherentes (Equipo de Campaña) en la cual quedarán consignados los datos y firmas de 5 alumnos que respaldarán la inscripción y postulación de los candidatos; estando prohibido que un alumno firme o manifieste su adhesión hacia dos listas a la vez. 3.- Plan de Trabajo para el periodo 2016 estarán asesorados por el docente asesor responsable para este evento.

Artículo 10° DEL PROCESO DE IMPUGNACIÓN Las tachas a las listas se realizarán el día jueves 19 de noviembre por el Comité Electoral. Artículo 11° DE LA PUBLICACIÓN DE LAS LISTAS Se realizará el día jueves 19 de noviembre. Artículo 12° DE LA PROPAGANDA ELECTORAL a) Se realizará de las 08:00 hrs. del día Viernes 20 de noviembre hasta las 13:35 hrs. del día Miércoles 25 de Noviembre, pudiéndose utilizar paneles, afiches, banderolas, carteles, volantes y cualquier otro medio de comunicación que no altere el orden, ornato o demás infraestructura del centro educativo. b) Las listas que ocasionen daños a la infraestructura del centro educativo se harán responsables económicamente de subsanar los daños. c) La propaganda debe ser expresada sin propiciar ataques personales, comparaciones, insultos, etc. y guardando siempre la conducta adecuada al proceso electoral. d) El Director, Personal Servicio y Administrativo así como los docentes deberán facilitar espacios de tiempo para las campañas electorales. e) Exposiciones concertadas de su plan de trabajo. f) Visita a las aulas en horas oportunas con el permiso del docente. g) Se prohíbe el pintado de paredes para el uso de sus propagandas. h) Los candidatos no podrán realizar propagandas desde 48 horas antes del día de las elecciones, demostrando con ello transparencia y respeto al proceso electoral. Artículo 13° DEL PROCESO ELECTORAL a) El proceso de votación se llevará a cabo el día Viernes 27 de Noviembre desde las 10:40 hrs. hasta las 11:20 hrs., momento en que se cerrarán las ánforas. La votación se llevará a cabo en las mesas de sufragio designadas. b) El proceso de la votación comienza con la identificación del votante. Luego de recibida la cédula de votación el alumno se dirigirá hacia la Cámara Secreta, en donde emitirá su Voto realizando su elección. Este alumno terminará su participación estampando su huella digital y su firma del Padrón Electoral. Artículo 14° DEL PROCESO DE ESCRUTINIO: a) Se realizará en cada mesa con la presencia de los personeros de cada lista y los Miembros de Mesa. b) Se contarán los votos y se llenará el acta sobre los resultados de conteo, la cual será entregada por el presidente de mesa a un miembro del Comité Electoral. c) El Comité Electoral considerará tres (03) clases de votos: Votos válidos emitidos. Votos viciados. Votos en blanco. Son votos viciados si tienen alguna anotación distinta a lo especificado en forma del voto y no cumple con la consigna mínima de ser considerado como tal. d) En forma de voto marcar con un aspa ( X ) o una cruz ( + ) dentro del recuadro del símbolo elegido , caso contrario será Nulo. e) El Comité Electoral publicará los resultados de las elecciones, indicando la lista ganadora, que haya obtenido la mayoría de votos válidos. f) El cómputo general se realizará con la presencia del Docente Asesor Responsable para este magno evento y los Miembros del Comité electoral, luego de la cual se procederá al llenado del ACTA FINAL DEL ESCRUTINIO. Artículo 15° DE LA LISTA GANADORA Y PROCLAMACIÓN a) La lista ganadora es aquella que obtiene la mayoría de votos de forma simple.

b) De existir empate entre dos o más listas se realizará nuevas elecciones. c) Debe presentarse dos listas mínimas, de lo contrario de persistir una sola lista el Comité Electoral la proclama automáticamente como ganadora. d) El Comité Electoral elaborará el acta final de resultados de la elección y proclamara la lista ganadora, en coordinación con el docente asesor responsable de la implementación y funcionamiento del municipio escolar 2016. Artículo 16° SANCIONES a) Alumno que no sufraga será desaprobado en una capacidad “Participa en asuntos públicos para promover el bien común” del área de formación ciudadana y cívica además se bajara puntos en comportamiento. b) El alumno que no pueda asistir por motivos de enfermedad presentará su justificación ante el comité electoral. Artículo 17° FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DE MESA a) El Comité Electoral designara tres (3) días antes de la elección, a los Miembros de Mesa. b) Los miembros de mesa tendrán la responsabilidad de las elecciones, el cómputo final de votos, el llenado de actas de sufragio por mesa de votación y entregar posteriormente los resultados al Comte Electoral. c) Los miembros de Mesa son el Presidente, Secretario y Vocal. Artículo 18° FUNCIONES DE LOS PERSONEROS a) Son los representantes de cada lista ante las mesas de sufragio y el comité electoral. b) Pueden presenciar las elecciones y participar del escrutinio con voz pero sin voto. Artículo 19° JURAMENTACIÓN DE LA DIRECTIVA a) La juramentación de la lista ganadora se realizará en ceremonia pública el día lunes 30 de noviembre a horas 10:40 am por los miembros del Comité Electoral, procediéndose a la entrega de las respectivas credenciales. b) La fecha de juramentación podría postergarse en caso de que no se prestara las condiciones para tal evento. c) Las autoridades escolares electas iniciaran sus actividades a partir del primer día útil del siguiente año. Artículo 20° DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS a) Lo no estipulado en el presente reglamento, será resuelto por el Comité Electoral con asesoramiento del docente responsable de la implementación y funcionamiento del municipio escolar 2016. b) Si no se presentara ninguna lista como candidatos al Municipio Escolar hasta el vencimiento de la inscripción, corresponde al docente asesor responsable para este evento y al Comité Electoral formar dos listas liderando los alumnos de Secundaria tomándose en consideración los requisitos solicitados por el Comité Electoral para la candidatura. c) El Municipio Escolar depende orgánica y funcionalmente de la Dirección. d) Lo no establecido en el presente Plan podrá ser normado de acuerdo a las necesidades y objetivos de la Institución Educativa.

El Comité Electoral Calana 12 de Noviembre del 2015.