Reglamento de Seguridad e Higiene Capitulo 800.

1 Comisión Federal de Electricidad COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD 1°EDICIÓN: JULIO 1988 REVISIÓN: DICIEMBRE 2004

Views 82 Downloads 0 File size 563KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

1

Comisión Federal de Electricidad

COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD

1°EDICIÓN: JULIO 1988

REVISIÓN: DICIEMBRE 2004

2

A TODOS LOS TRABAJADORES DE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD

La Comisión Federal de Electricidad y el Sindicato Único de Trabajadores Electricistas de la República Mexicana, observando la necesidad de otorgar la máxima protección de la institución, reconocen que la seguridad e higiene forman parte integral de nuestras actividades cotidianas, por lo que debe ser una actividad permanente en todos los niveles y ramas de operación. Por ello, es de especial interés para la Dirección General de CFE y para el Comité Ejecutivo Nacional del SUTERM, que todas aquellas actividades que en ejercicio o con motivo del trabajo puedan significar un riesgo, se realicen bajo las condiciones más favorables para los trabajadores. Con este objetivo, y a la luz del cambio tecnológico que experimenta la industria eléctrica mundial, se encomendó a las Direcciones de Administración y de Operación la tarea de revisar el Reglamento de Seguridad e Higiene Capítulo 800 (Transmisión), mismo que con el apoyo de la Subdirección de Transmisión , se actualizo con la participación de la Unidad de Servicios Técnicos, a la Gerencia de Relaciones Laborales, a través de la Subgerencia de Seguridad e Higiene, y las Gerencias Regionales de Transmisión Central, Noreste, Oriente y Peninsular Conforme a lo anterior, y a fin de consolidar la cultura de prevención de los accidentes de trabajo, se deberá difundir y aplicar de manera obligatoria el referido reglamento, siendo responsabilidad de todos y cada uno de los trabajadores, conocerlo y promover el cumplimiento de las disposiciones que cada quien le sean aplicables.

SR. LEONARDO RODRÍGUEZ ALCAINE SECRETARIO GENERAL DEL CEN DEL SUTERM

ING. ARTURO HERNÁNDEZ ALVAREZ DIRECTOR DE OPERACIÓN

LIC. GERARDO RUIZ ESPARZA DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN

3

CONTENIDO SECCIÓN SECCIÓN 801 - ALCANCE Y APLICACIÓN A. PRIORIDAD DE LA SEGURIDAD B. ALCANCE DEL REGLAMENTO C. SIGNIFICADO DE LAS REGLAS D. OBLIGATORIEDAD DE ESTE REGLAMENTO E. APLICACIÓN DE CONTRATISTAS

OTRAS

ÁREAS

DE

OPERACIÓN,

CONSTRUCCIÓN

F. REPORTE DE INCUMPLIMIENTO SECCIÓN 802 - RESPONSABILIDAD DE LA SEGURIDAD A. SEGURIDAD PROPIA Y DE LOS DEMÁS B. TRABAJADORES CON MANDO DE PERSONAL C. REPORTE Y7O ATENCIÓN DE CONDICIONES Y ACTOS INSEGUROS D. REPORTES DE ACCIDENTES E INCIDENTES SECCIÓN 803 - PLANEACIÓN Y SUPERVISIÓN DEL TRABAJO A. PLANEACIÓN B. EFECTOS POSIBLES DE NUESTROS ACTOS C. RESPONSABLES EN EL LUGAR DE TRABAJO D. CONDICIONES EN EL LUGAR DE TRABAJO E. REPARACIONES PROVISIONALES F. SUPERVISIÓN DEL TRABAJO G. RESPONSABILIDADES

4

Y

SECCIÓN 804 - EXPERIENCIA Y CAPACIDAD DE LOS TRABAJADORES A. TRABAJOS CON ALTO GRADO DE RIESGO B. CAPACIDAD FÍSICA Y MENTAL DEL TRABAJADOR C. INSTRUCCIONES DE TRABAJO D. OBLIGACIÓN EN MATERIA DE CAPACITACIÓN E. EXCESOS DE CONFIANZA

SECCIÓN 805 - PROTECCIÓN DEL ÁREA DE TRABAJO A. TRAFICO DE PEATONES Y VEHÍCULOS B. TRABAJADORES

SECCIÓN 806 - MANEJO DE MATERIALES A. LIMITE DE CARGA MANUAL B. MANEJO DE MATERIALES O HERRAMIENTAS ENTRE DIFERENTES NIVELES C. USO DE GUANTES DE CUERO D. TRANSPORTE DE CARGA PESADA E. TRANSPORTE DE CARGA SOBRESALIENTE F. CARGAS SUSPENDIDAS G. EQUIPO PARA MANEJO DE MATERIALES H. REMOLQUES I.

USO DE GRÚAS

5

SECCIÓN 807 - EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL A. ASPECTOS GENERALES B. PROTECCIÓN DE LA CABEZA C. PROTECCIÓN DE LOS OJOS D. PROTECCIÓN DE LAS MANOS E. PROTECCIÓN RESPIRATORIA F. PROTECCIÓN AUDITIVA G. PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS ELÉCTRICOS H. ROPA DE TRABAJO Y CALZADO I.

CINTURONES Y BANDOLAS

SECCIÓN 808 - HERRAMIENTA Y EQUIPO DE TRABAJO A. INSPECCIÓN, UTILIZACIÓN Y REPARACIONES B. USO DE HERRAMIENTA ELÉCTRICA EN LOCALES HÚMEDOS C. MAQUINAS – HERRAMIENTAS D. HERRAMIENTAS DE POTENCIA SECCIÓN 809 – TRABAJOS EN ALTURA A. REGLAS GENERALES B. EQUIPO DE PROTECCIÓN C. ESCALERAS PORTÁTILES D. TRABAJOS EN TORRES PARA RADIOCOMUNICACIÓN SECCIÓN 810 - DISTANCIAS DE SEGURIDAD RESPECTO A PARTES ENERGIZADAS A. VOLTAJE DE OPERACIÓN B. ¿NO ATERRIZADO? NO MUERTO

6

C. PARTES METÁLICAS NO ATERRIZADAS DE EQUIPOS D. INSTALACIÓN DE EQUIPO DE PUESTA A TIERRA E. OBJETOS CONDUCTORES QUE SE MANIPULAN F. INSTALACIÓN O REMOCIÓN DE ESTRUCTURAS CERCANAS A LÍNEAS EQUIPOS ENERGIZADOS

O

G. APROXIMACIÓN VOLUNTARIA O ACCIDENTAL A PARTES ENERGIZADAS H. TABLA DE DISTANCIAS MÍNIMAS DE SEGURIDAD RESPECTO A PARTES ENERGIZADAS I.

ACERCAMIENTO A DISTANCIAS MENORES

SECCIÓN 811 - LIBRANZAS, LICENCIAS EN VIVO Y PERMISOS A. REGLAS DEL DESPACHO Y OPERACIÓN DEL SISTEMA ELECTRICO NACIONAL SECCIÓN 812 - EQUIPOS DE PUESTA A TIERRA A. REGLAS GENERALES SECCIÓN 813 - TRABAJOS EN SUBESTACIONES A. GENERALIDADES B. EQUIPO C. TRABAJOS CON CONTRATISTAS D. LAVADO DE AISLAMIENTO DE EQUIPO DESENERGIZADO SECCIÓN 814 – VEHÍCULOS OFICIALES A. CONDUCCIÓN DE VEHÍCULOS B. LEYES Y REGLAMENTOS DE TRÁNSITO C. INSPECCIÓN DE VEHÍCULOS D. CONDUCCIÓN EN CARRETERA E. LIMITES DE VELOCIDAD F. CINTURONES DE SEGURIDAD 7

G. ALCOHOL Y DROGAS H. TRANSPORTACIÓN DE PERSONAL I.

REFACCIONES Y HERRAMIENTAS

J.

EQUIPO DE SEGURIDAD

SECCIÓN 815 - PRIMEROS AUXILIOS, RESCATE Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIO A. CAPACITACIÓN EN PRIMEROS AUXILIOS Y RESCATE B. DIRECTORIO DE SERVICIOS DE EMERGENCIAS C. BOTIQUINES D. CAPACITACIÓN EN MANEJO DE EQUIPO CONTRA INCENDIO SECCIÓN 816 - CORTE Y SOLDADURA A. REGLAS GENERALES B. SISTEMAS OXIGENO – COMBUSTIBLE C. SISTEMAS POR ARCO ELÉCTRICO SECCIÓN 817 - PROTECCIÓN Y MEDICIÓN ELECTRICA A. ROPA DE TRABAJO Y EQUIPO DE SEGURIDAD B. CONDICIONES DE LA INSTALACIÓN Y VOLTAJE DE CIRCUITOS C. HERRAMIENTAS Y EQUIPO DE TRABAJO SECCIÓN 818 – LÍNEAS Y REDES DE TRANSMISIÓN A. REVISIÓN DE LAS INSTALACIONES ANTES DE TRABAJAR B. BRECHA Y PODA DE ÁRBOLES C. MANEJO DE CONDUCTORES U OBJETOS CONDUCTORES EN LA CERCANÍA DE PARTES ENERGIZADAS D. SECCIONALIZACIÓN DE CIRCUITOS Y USO DE AVISOS PREVENTIVOS E. INSTALACIÓN Y RETIRO DE CABLES 8

F. CONEXIONES Y DESCONEXIONES A PARTES ENERGIZADAS G. USO DE GRÚAS EN LÍNEAS H. EQUIPO MECÁNICO DIVERSO I.

TRABAJOS DE MANTENIMIENTO EN LÍNEAS DESENERGIZADAS

SECCIÓN 819 - TRABAJOS EN LINEAS ENERGIZADAS A. PLANEACIÓN Y SUPERVISIÓN DEL TRABAJO B. CONDICIONES CLIMATOLÓGICAS C. LICENCIAS PARA TRABAJOS EN LÍNEAS ENERGIZADAS D. ROPA DE TRABAJO Y EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL E. DISTANCIAS DE SEGURIDAD F. ESPECIFICACIONES DE EQUIPO G. PÉRTIGAS AISLANTES H. PRUEBAS PERIÓDICAS Y MANTENIMIENTO DEL EQUIPO I.

INSPECCIÓN Y CUIDADO DEL EQUIPO

J.

OPERACIÓN DE GRÚAS CON BRAZO AISLADO

K. CANASTILLAS L. GUANTES DIELECTRICOS M. TRABAJOS EN AISLADO SOBRE AISLADO (MANO ENGUANTADA) N. TRABAJOS CON PERTIGA O. TRABAJOS CON TRAJE CONDUCTOR (MANO DESNUDA) P. LAVADO DE AISLAMIENTO DE LÍNEAS O EQUIPO ENERGIZADO

9

SECCIÓN 820 – COMUNICACIONES A. REGLAS GENERALES B. EQUIPO DE COMUNICACIÓN C. TRABAJOS EN ESTACIONES REPETIDORAS

SECCIÓN 821 - DISPOSICIONES VARIAS A. TRABAJO NOCTURNO B. LÍQUIDOS FLAMABLES

10

SECCIÓN 801 – ALCANCE Y APLICACIÓN A.

PRIORIDAD DE LA SEGURIDAD La prevención y control de los riesgos de trabajo son parte integral de la función operativa en todos los niveles. DEBEN CONSTITUIR SIEMPRE LA PRIORIDAD NÚMERO UNO, SIN SUBORDINARSE A URGENCIAS, INSUFICIENCIAS O DECISIONES DE CARÁCTER PERSONAL. Es obligación de todos los trabajadores, conocer, cumplir y hacer cumplir las Reglas de Seguridad, para el desempeño seguro y eficiente del trabajo.

B.

ALCANCE DEL REGLAMENTO Las Reglas de Seguridad aquí contenidas abarcan los requisitos más importantes que deben cumplirse en materia de Seguridad e Higiene en el Trabajo, para la protección de los trabajadores del público y de la integridad de las instalaciones y equipos del proceso de Transmisión. En los casos no previstos en el presente Reglamento, el Gerente Regional de Transmisión decidirá sobre el particular, haciéndolo del conocimiento de cada Centro de Trabajo y de la Comisión de Seguridad e Higiene, a través del responsable de Seguridad e Higiene de la Gerencia.

C.

SIGNIFICADO DE LAS REGLAS En caso de duda sobre el significado de alguna Regla en particular, los trabajadores tendrán el derecho y la obligación de que les sea aclarada por su jefe inmediato.

D.

OBLIGATORIEDAD DE ESTE REGLAMENTO EL CUMPLIMIENTO DE LAS REGLAS QUE AQUÍ SE ENUMERAN SERA OBLIGATORIO. Su incumplimiento determinará la aplicación de sanciones de carácter administrativo, en los términos de los artículos 47-XII, 134-II y 135-I y de la Ley Federal del Trabajo y el Contrato Colectivo de Trabajo CFE-SUTERM, cláusula 46, fracción III, inciso a.

E.

APLICACIÓN A OTRAS AREAS DE OPERACIÓN, CONSTRUCCIÓN Y CONTRATISTAS Todo trabajo que otras áreas de operación (Generación, Distribución, Coordinadoras de Construcción y Contratistas) tengan que desarrollar en las instalaciones de las Gerencias Regiones de Transmisión, deben sujetarse con carácter obligatorio al presente Reglamento.

F.

REPORTE DE INCUMPLIMIENTO Cuando un trabajador observe que otro trabajador no cumple con las Reglas de Seguridad, es su obligación hacérselo saber. Si quien comete la violación al Reglamento no corrige su actitud, debe ser reportado a su jefe inmediato, al responsable de Seguridad e Higiene, o a la Comisión de Seguridad e Higiene.

11

SECCIÓN 802 – RESPONSABILIDAD DE LA SEGURIDAD A. SEGURIDAD PROPIA Y DE LOS DEMAS

La seguridad en el trabajo es RESPONSABILIDAD DE TODOS. Desde luego, el primer responsable de su propia seguridad es el trabajador mismo. Nadie puede ser obligado a violar las reglas de seguridad. B. TRABAJADORES CON MANDO DE PERSONAL A mayor jerarquía, mayor responsabilidad. Todo trabajador con uno o más trabajadores bajo su mando tiene además las siguientes responsabilidades: 1.

Planear todas las maniobras

2.

Cumplir y hacer cumplir las Reglas de Seguridad, impidiendo las violaciones.

3.

Exigir a sus subordinados la inspección de las herramientas, equipo, medios e instrumentos antes y después de su uso, así como su utilización correcta, incluyendo la Ropa de Trabajo.

4.

Exigir a su subordinados la inspección de las herramientas, equipo, medios e instrumentos antes y después de uso, así como su utilización correcta, incluyendo la Ropa de Trabajo.

5.

Verificar que los trabajadores ejecuten su trabajo conforme a los procedimientos establecidos, evitando el uso de herramientas, equipos, medios o instrumentos inadecuados, defectuosos o dañados.

6.

Controlar el acceso de personas al lugar de trabajo.

7.

Impedir laborar a aquellos trabajadores que no se encuentren física o mentalmente aptos para desarrollar el trabajo en una forma segura, en particular por efectos de enfermedad, alcohol o drogas.

8.

Impedir el juego y las bromas que puedan causar accidentes. Así mismo, procurar el trato respetuoso entre los trabajadores y hacia el público en general.

9.

Impedir que los trabajadores sin la debida capacitación y experiencia desarrollen trabajos con un grado de riesgo alto. Para fines de adiestramiento, dichos trabajadores participaran únicamente bajo la supervisión directa y personal de otro trabajador experimentado y capaz.

12

C. REPORTE Y/O ATENCIÓN DE CONDICIONES Y ACTOS INSEGUROS

En caso de peligro inminente, todos los trabajadores tienen la obligación ineludible de reportar y/o corregir con prontitud cualquier condición o acto que pueda crear una situación comprometedora para si mismo y para otros trabajadores, así como para el público, las propiedades de particulares o los bienes de CFE. D. REPORTE DE ACCIDENTES E INCIDENTES Es responsabilidad de los trabajadores reportar a su jefe inmediato, tan pronto como sea posible, los incidentes y accidentes que ocurran en ejercicio o con motivo del trabajo.

13

SECCIÓN 803 – PLANEACIÓN Y SUPERVISIÓN DEL TRABAJO A. PLANEACIÓN 1.

Todo trabajo, sea sencillo o complicado, debe planearse cuidadosamente para cada maniobra, el grupo de trabajo debe reunirse periódicamente para analizar los riesgos posibles y las medidas de seguridad que deben adoptarse, así como los procedimientos aplicables, las herramientas, equipo de trabajo y de seguridad que habrán de emplear en cada caso. La comunicación eficiente debe considerarse como parte integral de la planeación, y las instrucciones de trabajo deben ser claras y precisas, debiendo siempre confirmarse que fueron claramente entendidas.

2. Entre los posibles riesgos, encontramos que algunos materiales, herramientas, equipos, etc., al ser sujetos a esfuerzos, pueden fallar ocasionando accidentes. Al planear los trabajos, tómese en cuenta esta posibilidad y en caso de falla, reportar al jefe del Departamento de la especialidad correspondiente. B. EFECTOS POSIBLES DE NUESTROS ACTOS Siempre deben considerarse todos los posibles efectos de las acciones que se ejecuten, tomando en cuenta tanto la seguridad propia, la de otros trabajadores, instalaciones de CFE, propiedad privada, y público en general. Nunca debe “suponerse”. Si no se cuenta con el conocimiento o no existe la certeza plena, es obligación de los trabajadores preguntar al jefe inmediato, y no realizar ninguna actividad hasta saber como ejecutarla.

C. RESPONSABLES EN EL LUGAR DE TRABAJO Cuando más de una persona trabaje en las mismas instalaciones, equipos o líneas, se designara a uno de ellos como responsable del trabajo a desarrollar., Cuando se traten de lugares de trabajo distintos, debe designarse un responsable general D. CONDICIONES EN EL LUGAR DE TRABAJO 1.

Antes de iniciar cualquier trabajo deben verificarse las condiciones estructurales, ambientales, mecánicas, eléctricas y el apego a la nomenclatura oficial, detectando los riesgos posibles y determinando las medidas que deben adoptarse para evitar los accidentes.

2. Cuando no se disponga de iluminación natural suficiente, como por ejemplo en trabajo nocturno, se proveerá de iluminación artificial adecuada. Los reflectores o luminarias que se utilicen deben orientarse de tal manera que no deslumbre o molesten a los trabajadores.

14

3. Al trabajarse en lugares confinados, o con ventilación deficiente debe garantizarse que el aire que se respira no constituya un riesgo para la salud, debiendo proveerse de ventilación artificial, o utilizar equipos de protección respiratoria. E. REPARACIONES PROVISIONALES Las reparaciones provisionales deben evitarse en la medida de lo posible. En caso de ser necesarias y alteren las condiciones del equipo o instalaciones, deben reportarse por escrito, colocando avisos preventivos en el lugar que indiquen dicha condición. F. SUPERVISIÓN DEL TRABAJO No hay eficiencia sin seguridad. Todo trabajador con mando de personal, debe supervisar el trabajo de sus subalternos. Debe considerar en forma prioritaria la detección y el control de los riesgos, vigilando el cumplimiento estricto de las Reglas de Seguridad aplicables. G. RESPONSABILIDADES Toda vez que la planeación y supervisión de los trabajos involucra la participación de todos los niveles, incluido el propio trabajador que lo ejecuta, es necesario cumplir con las siguientes responsabilidades especiales: JEFE DEL CENTRO DE TRABAJO- Supervisar el estricto cumplimiento de este Reglamento de Seguridad e Higiene por parte de sus subalternos, estimular en ellos el apego a considerar la seguridad como la prioridad número uno, cumplir oportunamente las medidas preventivo-correctivas que le sean propuestas por el responsable de Seguridad, la Comisión de Seguridad e Higiene y los propios trabajadores de Transmisión. DE LA REPRESENTACIÓN SINDICAL- Apoyar en todo lo necesario para que este Reglamento de Seguridad e Higiene, sea efectivamente cumplido por todos los trabajadores de todos los niveles, en beneficio de la salud e integridad física de sus agremiados. Desarrollar entre los trabajadores la conciencia de que la seguridad es su derecho, pero también es su responsabilidad. DE LOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN DE SEGURIDAD E HIGIENESupervisar el estricto cumplimiento de este Reglamento de Seguridad e Higiene, apegándose a lo establecido por la Ley Federal del Trabajo y sus Reglamentos, el Reglamento para la Constitución y Funcionamiento de las Comisiones de Seguridad e Higiene de CFE, el Contrato Colectivo de Trabajo y los instructivos y disposiciones internas sobre la materia. DE LOS RESPONSABLES DE SEGURIDAD E HIGIENE.- Promover la aplicación de este Reglamento, supervisando su cumplimiento e informando a sus superiores las desviaciones que detecte. En general, desarrollar eficientemente las actividades que

15

corresponde a su función, establecida en el Manual de Procedimientos Administrativos de Seguridad e Higiene. DE LOS GERENTES REGIONALES- Promover la difusión y cumplimiento de este Reglamento entre sus subordinados. Participar directa y activamente en la planeación y control del Programa de Seguridad e Higiene, de acuerdo al Manual de Procedimientos Administrativos de Seguridad e Higiene. Atender de inmediato los problemas o deficiencias que planteen los subordinados, la Comisión de Seguridad e Higiene y los responsables de seguridad, solucionándolos en forma oportuna. Asesorar y orientar en lo necesario a los trabajadores de otros departamentos cuando desarrollen trabajos en las áreas bajo su responsabilidad. En caso de accidentes, vigilar la atención de primeros auxilios y medidas adecuadas, investigando sus causas, adaptando las medidas preventivo-correctivas que eviten su repetición.

16

SECCIÓN 804 – EXPERIENCIA Y CAPACIDAD DE LOS TRABAJADORES A. TRABAJOS CON ALTO GRADO DE RIESGO. Se consideran como trabajos de alto grado de riesgo, los siguientes: 1.

Trabajos en líneas o equipos energizados, o en su cercanía.

2.

Trabajos en Alturas (Ver sección 809).

3.

Trabajos en trincheras, ductos, bóvedas y registros.

4.

Manejo de materiales y residuos peligrosos.

5.

Manejo de estructuras, maniobras con materiales o equipo pesado utilizado gatos mecánicos o hidráulicos y otro equipo para izar.

6.

Conducción y operación de grúas y de vehículos con remolque.

7.

Manejo y uso de explosivos.

8.

Manejo de herramientas de potencia, eléctricas, de combustión interna, hidráulica y neumática.

9.

Trabajos de corte y soldadura.

10.

Operación de equipo de pruebas o laboratorio.

11.

Operación de equipo eléctrico para traslado de carga, enlace o regulación de voltaje.

12.

Lavado de líneas y equipo con agua u otro material.

13.

Aplicación de silicón o similares en aislamientos en vivo.

14.

Puesta en servicio o energización de nuevas instalaciones.

15.

Exposición a vapores de bancos de baterías y SF6.

16.

Trabajos con exposiciones a vapores y gases.

B. CAPACIDAD FISICA Y MENTAL DEL TRABAJADOR Los trabajadores que se ocupen de labores con alto grado de riesgo, deben estar aptos física y mentalmente, para el desarrollo de su actividad. 1.

No debe permitirse que un trabajador distraído realice este tipo de labores.

17

2.

No debe permitirse bromas ni juegos que distraigan al personal en su actividad de alto riesgo.

3.

Físicamente el trabajador debe ser apto al esfuerzo que va a realizar.

4.

Debe vigilarse las condiciones de fatiga del trabajador en este tipo de labores.

C. INSTRUCCIONES DE TRABAJO. Estas deben ser claras y precisas, contando con la autorización del responsable de la especialidad. D. OBLIGACIÓN EN MATERIA DE CAPACITACIÓN. Cuando el trabajador sea programado para participar en pláticas o cursos, que se dicten sobre capacitación en el trabajo o sobre medidas de seguridad, es obligatoria su asistencia y acreditación. E. EXCESOS DE CONFIANZA 1.

Por muy capaz y experimentado que sea el trabajador, debe seguir los procedimientos de trabajo de manera correcta, observando las medidas de seguridad establecidas y utilizar el equipo de protección personal y de trabajo necesario (Ver sección 807).

2.

Nunca se deben subestimar los riesgos que se corren al efectuar las maniobras de trabajo, ya que no es posible predecir las consecuencias que el menor de los riesgos puede ocasionar.

18

SECCIÓN 805 – PROTECCIÓN DEL ÁREA DE TRABAJO A. TRÁFICO DE PEATONES Y VEHÍCULOS 1.

Antes de iniciar cualquier trabajo que pueda poner en peligro al público o a los trabajadores, se colocaran avisos preventivos, barreras normalizadas, o conos fosforescentes, de tal manera que sean visibles al trafico que se acerca al lugar de trabajo. En estos mismos casos, los trabajadores de piso deben usar chalecos de color fosforescente, y se pondrán en funcionamiento los faros giratorios del vehículo. Adicionalmente se utilizaran señales luminosas o reflejantes.

2.

Cuando la naturaleza del trabajo y las condiciones del trafico lo justifiquen, un trabajador dedicarse exclusivamente a advertir al trafico sobre los riesgos existentes, utilizando banderolas rojas o señales luminosas, según sea de día o de noche. Las señales preventivas mencionadas deberán estar a una distancia adecuada, considerando la topografía y configuración de las vías de circulación en el área de trabajo, así como la velocidad del tráfico.

3.

Los hoyos, cepas, registros sin tapa u obstrucciones, deben identificarse con señales de peligro, tales como avisos preventivos, acordonamientos, conos fosforescentes o barreras. Durante la noche se usaran señales luminosas o reflejantes. Cuando sea necesario dejar desatendido temporalmente algún hoyo o cepa, se le colocara una tapa provisional para evitar accidentes.

4.

Cuando la naturaleza del trabajo y las condiciones del trafico lo justifiquen, deberá solicitarse el auxilio de las autoridades de tránsito.

B. TRABAJADORES 1.

Cuando por razón de los trabajos se expongan a partes energizadas, en movimiento y materiales o sustancias, que por su naturaleza puedan dañar la salud y la integridad física del personal, deben colocarse avisos preventivos y guardas para advertir las condiciones peligrosas existentes en el área.

2.

Cuando se trabaje en áreas con secciones múltiples semejantes, como es el caso de una sección de una Subestación, el lugar de trabajo se debe DELIMITAR EN FORMA NOTORIA, acordonándola o usando barreras y avisos preventivos, a fin de evitar contactos accidentales con partes energizadas, tanto de la propia sección de trabajo como de secciones adyacentes.

19

SECCIÓN 806 – MANEJO DE MATERIALES A. LIMITE DE CARGA MANUAL 1.

El límite de carga manual para trabajadores físicamente aptos, sin la ayuda de otros trabajadores o de equipo para izar es de 50 kilogramos, siempre y cuando el objeto que se manipule, por su forma o tamaño, sea susceptible de ser manejado por un solo trabajador. (Nota: ver Norma)

2.

Al levantar objetos manualmente, el trabajador debe evitarse flexionar la espalda, para no originar sobreesfuerzo que la pueda lesionar. Debe mantenerse la espalda recta realizando el esfuerzo con brazos y piernas.

B. MANEJO DE MATERIALES O HERRAMIENTAS ENTRE DIFERENTES NIVELES Queda prohibido aventar las herramientas o materiales para subirlas o bajarlas entre diferentes niveles. En su lugar, debe usarse mandandera con gancho o cubeta de lona u otro medio igualmente eficaz. C. USO DE GUANTES DE CUERO Es obligatorio utilizar guantes de cuero para uso rudo para manejar cables, materiales con aristas filosas, cortantes, abrasivas o punzantes. D. TRANSPORTE DE CARGA PESADA Para el transporte de los objetos pesados y/o voluminosos, tales como los carretes de cable o equipos eléctricos, se sujetaran firmemente al vehículo, insertando cuñas y/o estrobos según sea el caso, para evitar desplazamientos. E. TRANSPORTE DE CARGA SOBRESALIENTE Para el transporte de carga sobresaliente, se consultaran y respetaran los ordenamientos legales en vigor (Reglamento de Transito Federal o Local, dependiendo de la jurisdicción de la vía sobre la que se transite).

F. CARGAS SUSPENDIDAS Queda prohibido circular o permanecer por debajo de cargas suspendidas.

20

G. EQUIPO PARA MANEJO DE MATERIALES 1.

Todo el equipo para manejo de cargas, tales como grúas móviles, grúas viajeras, montacargas, gatos mecánicos e hidráulicos, cables, estrobos, carretillas, barras, ganchos, etc., deben inspeccionarse antes de ser utilizados, verificando su buen estado y capacidad de carga.

2.

Por ningún motivo deberá excederse el límite de carga de los equipos y accesorios de carga, los cuales deben estar visiblemente identificados en su capacidad.

3.

Cuando un camión de transporte esté siendo cargado con grúa o montacargas, debe bloquearse y colocársele topes en las ruedas traseras.

H. REMOLQUES 1.

Esta prohibido viajar en remolques.

2.

Los remolques solo podrán ser trasladados cuando se les hayan acoplado las cadenas de seguridad, ganchos y pasadores.

3.

Los remolques deben ajustarse a lo establecido en el Reglamento de Transito.

4.

USO DE GRUAS

1.

Serán operadas únicamente por personal autorizado y competente, de acuerdo con las RECOMENDACIONES DEL FABRICANTE. En el vehículo o en el taller se mantendrá copia del manual para el manejo de grúas.

2.

Antes de usar la grúa, inspeccionar los siguientes puntos: a.

Los controles de operación, efectuando un ciclo completo.

b. La integridad estructurales.

mecánica,

revisando

uniones,

soldaduras

y

elementos

c. El sistema hidráulico: líneas, coples, válvulas, etc., verificando no haya fugas y que se tenga nivel adecuado de aceite hidráulico. d. Se debe verificar que los cables para izar estén en condiciones de uso. 3.

Para dirigir las operaciones, se usará el sistema normalizado de señales. Solamente un trabajador será autorizado para dar señales, a menos que la carga este siendo movida en un sitio fuera del alcance de la vista del operador, en cuyo caso se asignara una segunda persona para “retransmitir” las señales.

4.

Para las grúas móviles, antes de empezar a levantar la carga, se extenderán los gatos estabilizadores, apoyándolos firmemente en el piso. En caso de terreno suave, debe

21

utilizarse calzas para evitar hundimientos. Se debe asegurar que al extender o retraer los gatos estabilizadores no vaya a ocasionarse un accidente. 5.

Se evitará levantar cargas lateralmente, o sea que el cable para izar, en el momento del levantamiento, se mantendrá lo mas vertical posible. Asimismo, se evitarán las aceleraciones o desaceleraciones bruscas, evitando las paradas repentinas cuando la carga es desplazada.

6.

Por ningún motivo se excederá la capacidad de la grúa, en función de la extensión y ángulo de inclinación del brazo. Invariablemente se respetarán las recomendaciones del fabricante.

7.

Para levantar las cargas, se dejarán al menos dos vueltas de cable en el tambor, verificando que se encuentre firmemente apretado el opresor del cable.

8.

Mientras se opera la grúa, para evitar giros u oscilaciones de la carga, se utilizaran “vientos”.

9.

Queda prohibido a los trabajadores utilizar el brazo de las grúas como medio de sustentación o acceso para trabajar en partes elevadas.

10.

Durante el traslado de la grúa, ésta tendrá siempre el brazo acomodado en su lugar.

11.

Cuando sea necesario trabajar en superficies inclinadas, el camión se colocará con el frente hacia arriba o hacia debajo de la pendiente. La operación del brazo se hará hacia la parte de arriba de la pendiente, y se bloquearan cuando menos las dos ruedas que quedaron en la parte mas baja de la pendiente. En todo caso se consultaran las recomendaciones del fabricante.

12.

El operador nunca deberá dejar desatendidos los controles mientras se tenga carga suspendida.

13.

Cuando se utilice la grúa cerca de equipo energizado, debe aterrizarse.

22

SECCIÓN 807 – EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL A. ASPECTOS GENERALES. 1.

No debe permitirse a trabajador alguno, la ejecución de cualquier tarea si no utiliza los equipos de protección suficientes, adecuados y en buen estado. Es obligación de los trabajadores el cuidado, mantenimiento, resguardo y uso correcto de los equipos de protección.

2.

Los equipos de protección deben ser inspeccionados por los trabajadores antes de cada utilización. De encontrarse en mal estado, no los utilizará y gestionará su reposición o reparación cuando ésta sea posible. En caso de duda sobre el estado de sus equipos de protección, los reportarán a su jefe inmediato, quien los verificará y dictaminará lo que proceda. De persistir la duda, o en caso de desacuerdo, se informará a la Comisión de Seguridad e Higiene, quien resolverá lo conducente.

3.

Todos los equipos de protección deben apegarse a la normatividad, y ser aprobados por el responsable de Seguridad e Higiene.

B. PROTECCIÓN DE LA CABEZA 1.

Debe usarse casco protector de ala ancha con barboquejo, en los siguientes lugares o tareas especificas: a. Al trabajar en líneas o equipos energizados o desenergizados de alta o baja tensión incluyendo los relativos a control, protección y medición. b. Al ascender o descender de estructuras o torres, incluidas las de comunicación, canastillas, escaleras portátiles, en tareas de construcción, operación o mantenimiento de líneas de transmisión o equipos de subestaciones. c. Al abrir o cerrar cuchillas para conectar o desconectar líneas, tierras o equipos. d. Durante el tendido y tensionado de conductores e hilos de guarda. e. Al conectar o desconectar equipos de puesta a tierra. f. Al transitar o ejecutar tareas por debajo de trabajadores que se encuentren laborando en un nivel superior. g. Al transitar o permanecer en las áreas de subestaciones, cualquiera que sea su condición de operación o de construcción. h. En general, en todos aquellos trabajos en los que se manipulen o muevan objetos por encima de los trabajadores, ya sea en maniobras de carga, descarga, erección,

23

armado o desmantelamiento, durante la operación, mantenimiento o construcción de obra. 2.

En todos los casos anteriores, el casco que se utilice será el proporcionado por CFE, de ala ancha con barboquejo, contra impactos y dieléctrico.

3.

Queda prohibido perforar, pintar, recortar o agregar partes metálicas o de otra índole a los cascos protectores; o alterar sus características originales.

4.

El personal de las especialidades técnicas cuando trabaje en el interior de tableros o gabinetes, ya sean interiores o de intemperie; debido a los acercamientos que con la cabeza hacen a tablillas y partes energizadas, debe usar la protección adecuada que evite el contacto accidental directo del cabello con partes eléctricas energizadas.

C. PROTECCIÓN DE LOS OJOS. 1.

Debe utilizarse protección ocular en los siguientes lugares o tareas especificas: a. Al trabajar en líneas o equipos energizados. b. Al instalar o verificar equipos de protección o medición en circuitos energizados. c. Al manejar ácidos o electrolitos, solventes o compuestos calientes o que por reacción química producen vapores. d. Al efectuar trabajos de corte y soldadura. e. Al abrir o cerrar cuchillas para conectar o desconectar equipos con pértiga o maneral. f. Al trabajar con herramientas de potencia-eléctricas, hidráulicas y neumáticas. g. Al efectuar conexiones o desconexiones en cables de control en ductos, trincheras o fosas. h. Al cortar o limpiar cables con cepillo de mano o carda eléctrica, para fines de empalme o conexión. i. Al trabajar en la limpieza de cámaras de interruptores con hexafluoruro de azufre (SF6) y evitar el contacto del polvo residual. j. Al aplicar aire a presión en gabinetes y partes sujetas a limpieza de polvo, (radios, tableros, cajas de control, etc.). k. En el proceso de pintado con pistola de aire.

24

l. En general, al utilizar herramientas con materiales que puedan producir partículas volantes, como es el caso de cincelado, esmerilado, fracturado con marro, sopleteado, corte con segueta, etc. D. PROTECCIÓN DE LAS MANOS. 1.

Deben usarse guantes de cuero en los siguientes lugares o tareas especificas: a.

Cuando se manejen objetos cortantes, filosos, abrasivos con astillas o rebabas, o al utilizar herramientas que puedan producirlos o al manipular aisladores y otros objetos de porcelana o vidrio que puedan tener aristas cortantes.

b.

Al manipular cables, estructuras o herrajes.

c.

Al escalar o descender de estructuras, torres de transmisión o de comunicación.

d.

En la limpieza de brecha, el manejo de maleza y hierba.

2.

Para el manejo de ácidos, solventes orgánicos u otras substancias irritantes, tóxicas o corrosivas, se usarán guantes especiales para substancias químicas, aprobados por el Responsable de Seguridad e Higiene.

3.

El manejo de cámaras de arqueo de interruptores con hexafluoruro (SF6).

4.

Usar guantes de cuero para el manejo de objetos o líquidos calientes.

5.

Usar guantes de algodón en el interior de los guantes dieléctricos para eliminar el sudor de las manos.

E. PROTECCIÓN RESPIRATORIA. 1.

De no existir una ventilación natural adecuada, en los siguientes casos, se proveerá de ventilación artificial, o se utilizará equipo de protección respiratoria aprobado por el responsable de Seguridad e Higiene. a.

Trabajos en los que se produzcan o existan polvos, gases o vapores asfixiantes, irritantes o tóxicos.

b.

Trabajos de corte, soldadura y esmerilado, en lugares confinados.

c.

En la inspección interna de transformadores e interruptores de gran volumen.

d.

En el mantenimiento de cámaras de arqueo de interruptores en hexafluoruro de azufre (SF6). 25

e.

En trabajos de pintado con pistola de aire o aerosol.

F. PROTECCIÓN AUDITIVA. 1.

Cuando sea necesario permanecer en lugares ruidosos, con un nivel de presión acústica igual o superior a los 90 dB(A), debe usarse equipo de protección auditiva aprobado por el responsable de Seguridad e Higiene (en caso de que se sospeche que el nivel de ruido es excesivo cuando para conversar a una distancia aproximada de 70 cm. tenga que hablar muy fuerte o gritando, para ser escuchado).

G. PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS ELECTRICOS. 1.

Todos los equipos de protección aislantes, como guantes dieléctricos, escaleras, pértigas, canastillas, traje conductor, deben inspeccionarse antes de cada trabajo, para asegurarse de que se encuentren en buen estado, limpios y secos. Deben además probarse periódicamente, conforme a un programa anual de pruebas.

2.

Para aislarse eléctricamente, y evitar formar parte de un circuito eléctrico entre fases o de fase a tierra, los trabajadores usaran plataformas aisladas, canastillas montadas en grúas con brazo aislante, o pértigas. Los guantes dieléctricos se utilizarán obligatoriamente como protección adicional, para los casos de contactos accidentales con punto a potencial eléctrico distinto al que en ese momento se está trabajando.

3.

El trabajador no debe tocar simultáneamente dos puntos con diferente potencial eléctrico, usando como único medio de aislamiento sus guantes dieléctricos. Por ejemplo, no debe tocar un conductor energizado mientras éste parado directamente en la estructura, aunque utilice guantes dieléctricos de clase adecuada.

2.

Reglas relativas a los guantes de hule. a.

Los guantes dieléctricos en uso, deben probarse conforme a un programa establecido coordinadamente por el responsable de Seguridad e Higiene del centro de trabajo y el Departamento de Calidad de la Gerencia de Transmisión.

b. Durante el periodo de uso, el trabajador tiene la responsabilidad de vigilar su buen estado y limpieza, dándole el uso, cuidados y mantenimiento adecuado. c. Todo guante dielélectrico dañado debe mutilarse parcialmente, para así identificarle y evitar su utilización. d.

Los guantes dieléctricos no serán no serán utilizados en voltajes mayores a su clase, ni para otros fines que no sean exclusivamente protección eléctrica.

26

e. Al inspeccionar sus guantes dieléctricos antes de utilizarlos, se verificará que no tengan raspaduras, astillas, burbujas, cortaduras, grietas, perforaciones u otros daños semejantes. La inspección y la prueba de aire deben hacerse por ambas caras del guante (“al derecho y al revés”). f. El tamaño de los guantes corresponderá a la talla de la mano del usuario. g.

Los guantes dieléctricos deben usarse únicamente en la mano para la que fueron fabricados, no debiendo usarse “al revés”. Esto es, no se volteará el guante izquierdo para usarlo como derecho o viceversa.

h.

Los guantes dieléctricos se usarán siempre con sus correspondientes guantes protectores de cuero y de algodón, que serán de la talla correspondiente a los dieléctricos.

i.

Los guantes protectores de cuero deben mantenerse limpios, libres de grasa o aceites, tierra, rebabas, astillas, etc. y sin roturas o perforaciones. No deben usarse como guantes de trabajo común. De la misma forma no deben usarse guantes de cuero de trabajo común como protectores de dieléctricos.

j.

Cuando no se estén usando los guantes dieléctricos, se guardarán en su correspondiente bolsa de lona con el extremo del puño hacia el fondo de la misma.

k.

Cuando se utilicen los guantes dieléctricos, no se usará reloj, anillos, pulseras u otros objetos que puedan dañarlos.

l.

En su almacenamiento debe evitarse que sufran dobleces o esfuerzos mecánicos. Debiendo guardarse en lugar fresco y seco, alejándolos de los rayos directos del sol y otras fuentes de calor; limpios y secos por su lado “derecho” y de preferencia en su caja original.

m. En caso de contacto del guante dieléctrico con aceites, grasas u otros derivados del petróleo, deben limpiarse de inmediato. n. Los guantes dieléctricos deben mantenerse limpios, para lo cual se lavarán con jabón neutro y agua tibia, dejándolos secar en un lugar fresco, a la sombra, con los dedos hacia arriba o utilizando una toalla suave y limpia. 5.

Deben usarse guantes dieléctricos de la clase adecuada en los casos y tareas que se enlistan a continuación: a.

Cuando se trabaje en equipo o líneas energizadas, en tareas de construcción o mantenimiento, desde canastillas o plataformas aisladas.

b.

Cuando se trabaje en contacto con estructuras que soporten circuitos energizados de alta tensión, sobre los cuales se este trabajando en ese momento. 27

c.

Cuando se manejen conductores que vayan a ser instalados o removidos de estructuras que soportan otros circuitos de alta tensión energizados.

d. Cuando se toquen estructuras, partes o equipos que estén siendo colocados o retirados en la cercanía de líneas o partes energizadas de alta tensión. e. Al efectuar conexiones o desconexiones en sistemas de ductos, trincheras o subterráneos. f. Cuando se está trabajando con maquinas o equipos móviles, en la cercanía de líneas o equipo energizado de alta tensión. g.

Al abrir o cerrar cuchillas con maneral propio.

h.

Al abrir o cerrar cuchillas, al instalar o retirar equipo de puesta a tierra con pértiga aislante, en ambientes húmedos o lluviosos y en general al efectuar cortes de corriente en ambiente húmedo o lluvioso.

i.

Cuando se opere manualmente interruptores.

j.

Cuando se conecte o desconecte un bajante a tierra.

k.

Cuando así lo dictamine la jefatura del centro de trabajo de su adscripción.

6.

Traje conductor.

7.

Para trabajos con la técnica de “MANO DESNUDA” en líneas energizadas con voltajes de 115 kV en adelante, es obligatorio el uso del traje conductor.

H. ROPA DE TRABAJO Y CALZADO 1.

En general para todos los trabajos es obligatorio el uso de la ropa y el calzado proporcionado por CFE, completo y de acuerdo a la normatividad interna, sin modificaciones en su diseño original.

2.

Para los trabajos en líneas o equipos eléctricos, es obligatorio usar la camisa fajada y debidamente abotonada.

3.

El impermeable que se le otorgue a los trabajadores, debe estar disponible y conservarse adecuadamente para su uso.

I.

CINTURONES Y BANDOLAS 1.

Antes de cada uso, los cinturones y bandolas de seguridad deben inspeccionarse, verificando su buen estado. Se revisarán anillos, ganchos, hebillas, remaches,

28

costuras, ojales y el estado general del nylon. Observando que no haya desgaste excesivo, fracturas, rajaduras o hilos trozados. 2.

Queda prohibido usar el cinturón o la bandola para elevar o bajar materiales u objetos, o para cualquier otro fin que no sea su función exclusiva, que es la de asegurar al trabajador mientras labora en niveles elevados.

3.

Al embandolarse, se tendrá la certeza de que el apoyo es firme y seguro. Así mismo, no se confiara del sonido o “clic” que se produce al fijar los ganchos de la bandola en los anillos del cinturón, sino que se comprobara VISUALMENTE que efectivamente están debidamente acoplados.

4.

Para embandolarse nunca se colocarán los dos ganchos de la bandola en un mismo anillo del cinturón, ya que su hebilla no esta diseñada para soportar esfuerzos.

5.

Se prohíbe embandolarse a los conductores y a las cadenas de aisladores.

6.

Cuando una bandola o cinturón se encuentre en malas condiciones debe cortarse y darse de baja.

7.

El uso de la bandola en las estructuras requiere de la observación del trabajador, para evitar que las aristas u orillas de los herrajes filosos o que contengan rebabas cortantes, causen daños en el tejido de la bandola.

8.

Cuando se trabaje en estructuras de acero, se debe evitar que la bandola tenga deslizamientos frecuentes en las aristas de los herrajes para evitar el corte y desgaste prematuro.

9.

Para evitar el deslizamiento del punto de apoyo de la bandola, se debe colocar en posición horizontal con respecto a la cintura, dándole doble vuelta de manera que le sea cómodo realizar el trabajo.

29

SECCIÓN 808 – HERRAMIENTA Y EQUIPO DE TRABAJO A.

INSPECCIÓN, UTILIZACIÓN Y REPARACIONES.

1.

Toda herramienta y equipo de trabajo se utilizará únicamente para los fines que fue diseñada, respetando siempre sus limitaciones, conforme a especificaciones del fabricante.

2.

La herramienta y equipo de trabajo deben ser inspeccionados por los trabajadores antes y después de su uso para garantizar que podrán garantizar que podrá detectarse oportunamente cualquier defecto, daño o desgaste que hagan riesgosa su utilización. De encontrarse en mal estado, no se usarán, procediéndose a su reposición. En caso de duda, se reportará al jefe inmediato, quien lo verificará y dictaminará lo procedente.

3.

Además de utilizarla correctamente se tiene la obligación de mantenerla, almacenarla y transportarla adecuadamente.

4.

Cuando se efectúen reparaciones, se harán de acuerdo a las especificaciones del fabricante, haciendo las pruebas necesarias para garantizar que el equipo funcionará en forma eficiente y segura, antes de utilizarlo nuevamente en el campo.

5.

La herramienta no debe transportarse en los bolsillos.

B. USO DE HERRAMIENTAS ELECTRICAS EN LOCALES HUMEDOS. 1.

Cuando se utilicen herramientas eléctricas en locales húmedos, con riesgo de electrocución, el suministro eléctrico debe ser de una fuente aislada y probada, con neutro multiaterrizado. Se deben aterrizar las armaduras de los equipos.

C. MAQUINAS – HERRAMIENTAS. 1.

Cuando se trabaje con Maquinas-Herramientas giratoria u oscilatorias, los trabajadores deben asegurarse la ropa suelta, el cabello, etc., y no usar joyas ni objetos colgantes.

2.

Sólo podrá ser operada por personal debidamente capacitado y autorizado.

3.

Todas sus partes móviles, poleas, bandas, cadenas y engranes, deben mantenerse protegidas con su correspondiente guarda.

4.

Cuando se efectúen reparaciones, se debe bloquear con candado el suministro eléctrico y se colocará un aviso preventivo.

30

5.

La iluminación debe adecuarse para evitar deslumbramientos.

D. HERRAMIENTAS DE POTENCIA. 1.

Las herramientas de potencia, eléctrica, de combustión interna, hidráulica y neumática, solo deben ser operadas por personal capacitado y autorizado.

31

SECCIÓN 809 – TRABAJOS EN ALTURA A. REGLAS GENERALES. 1.

Todo trabajador que labore en una posición elevada (2 metros sobre el nivel del piso o menos en caso de no tener una sustentación firme), debe asegurarse mediante el uso de cinturón y bandola o arnés de seguridad.

2.

Antes de escalar estructuras, escaleras, andamios, árboles y en general toda clase de estructuras elevadas, los trabajadores deben determinar, en la medida de lo posible, que dichas estructuras sean capaces de soportar los esfuerzos adicionales y/o no balanceados a los que estarán sujetos. Esta revisión se hará también a techos, paredes, etc.

3.

Cuando se tengan indicios de que las estructuras o escaleras puedan caer mientras alguien los escala o trabaja, no deben escalarse, hasta que estén asegurados con “vientos” o algún medio eficaz.

4.

Con excepción del momento en que se sube o se baja de una estructura, al pasar algún obstáculo o posicionarse en el punto de trabajo, los trabajadores deben mantenerse embandolados.

5.

Antes de ascender a las boquillas de transformadores se debe verificar que no haya aceite o agua que haga resbalosa la superficie.

6.

Antes de ascender a cualquier estructura o equipo eléctrico, debe revisarse cuidadosamente su integridad, para evitar que con el peso adicional del trabajador se incremente el riesgo de caída.

7.

Trabajar en la parte alta de los equipos eléctricos cuyos componentes de porcelana puedan sufrir daño con el peso directo de un trabajador, se utilizará una escalera amarrada al propio equipo y asegurada con vientos.

8.

Antes de iniciar el trabajo en cualquier equipo eléctrico, se debe conectar a tierra y descargar. En el caso específico de Bancos de Capacitores, debe esperarse un tiempo prudente para asegurarse que se descargó. Esto se hace extensivo a Divisores Capacitivos de Potencial y Trampas de Onda.

9.

Al trabajar en interruptores, debe asegurarse que sus cuchillas (de ambos lados) estén abiertas. Además debe desconectarse su alimentación eléctrica de control y bloquearse mecánicamente. Los circuitos de alimentación de control del interruptor deben estar abiertos, y en caso de que su mecanismo de operación sea neumático o hidráulico, sus medios de movimiento deben estar sin presión o cerradas sus válvulas de accionamiento.

32

10.

Los trabajos en cuchillas (de 115, 230 ó 400 kV) deben planearse para trabajar en la parte desenergizada. Preferentemente se deberán conectar ambos extremos para evitar riesgos innecesarios. Si se trabaja en los contactos de alta tensión, siempre se bloquearán mecánicamente. Los cables o “puentes” que se retiren se fijarán a distancias seguras, utilizando cables aislantes.

11.

Para pasar herramienta o materiales entre diferentes niveles, siempre debe utilizarse cubeta o bolsa de lona y mandadera con gancho.

12.

Cuando se trabaje en alturas, el material pesado debe sujetarse a un lugar seguro. La herramienta y el material pequeño deben mantenerse dentro de cubetas o bolsas de lona. Esto evitará que caiga por acción del viento o vibraciones.

13.

Los trabajos en altura en líneas de transmisión, en buses (barras) y puentes, deben ejecutarse por personal especializado. Utilizarán escaleras de suspensión (con ganchos), canastillas, pértigas o arneses para evitar el apoyo directo en los conductores o cadenas de aisladores. Si el trabajo es en líneas desenergizadas, se debe utilizar el equipo de puesta a tierra.

14.

Antes de ejecutar algún trabajo, debe revisarse minuciosamente cada parte del equipo y herramienta que se utilizará.

B. EQUIPO DE PROTECCIÓN 1.

Los cinturones, bandolas, arneses, escaleras portátiles, y en general todo el equipo para escalar y de protección, se deben revisar siempre antes de utilizarse. En caso de daños o defectos, no deben usarse.

2.

Inmediatamente antes de que la bandola soporte el peso del trabajador, debe asegurarse que los ganchos estén colocados adecuadamente en sus correspondientes anillos “D” del cinturón. Esta verificación se hará visualmente, no confiándose al sonido “Clic” característico de ésta operación. Así mismo, la colocación de la bandola se hará a un punto firme y seguro, del que no pueda desprenderse accidentalmente.

3.

Los equipos de puesta a tierra deben revisarse parte por parte para asegurarse, su conexión y su función.

C. ESCALERAS PORTÁTILES 1.

Las escaleras portátiles de uso general en trabajos de líneas y subestaciones de transmisión, deben ser de fibra de vidrio o de algún otro material no conductor y contarán con zapatas o tacones antiderrapantes. No deben reforzarse con partes metálicas.

2.

Las escaleras portátiles no deben repararse ni modificarse. 33

3.

Cuando se use una escalera portátil como medio de comunicación, para pasar a otro nivel, la escalera debe sobrepasar cuando menos un metro por encima del nivel al que se desea subir.

4.

Las escaleras portátiles deben apoyarse buscando un ángulo de inclinación de aproximadamente 75° respecto al piso. Esto se logra mediante la regla del 4 a 1, o sea la distancia entre la base de la escalera y la pared será ¼ parte de la distancia entre la base de la escalera y el punto de apoyo.

5.

Cuando no pueda respetarse la Regla 4 a 1 o exista la posibilidad de que la escalera se deslice, o vaya a trabajarse en alturas superiores a los 3 metros, la escalera debe atarse o asegurarse en su posición por algún medio eficaz.

6.

La escalera debe descansar sobre terreno firme y nivelado, en caso contrario se usarán calzas.

7.

Deberá tenerse especial cuidado en evaluar las condiciones del apoyo de la escalera en su parte superior, tener la suficiente estabilidad y resistencia mecánica para que no vaya a ceder o romperse mientras se trabaja o escala. Esto es particularmente importante en los casos que se apoyen en partes más angostas que la misma escalera, hay que amarrarla y evaluar su firmeza de la superficie de apoyo, para que no resbale ni pierda su posición.

8.

Al subir y bajar por escaleras portátiles, debe ser con las manos libres, y sujetarse de los peldaños y no de los largueros. Los materiales que sean necesario utilizar, se subirán o bajaran con la bolsa y/o cubeta de lona y línea mandadera.

9.

De utilizar escaleras portátiles, se debe revisar que las cuerdas y otros accesorios se encuentran en buen estado.

10.

No deben utilizar la escalera dos personas a la vez. Siempre se subirá o bajará de uno en uno. No debe permanecer más de una persona sobre la misma.

D. TRABAJOS EN TORRES PARA RADIOCOMUNICACIONES 1.

Antes de ascender a la torre, se debe verificar su verticalidad, que no haya secciones deformadas, falten refuerzos, que las retenidas tengan la tensión adecuada y que las conexiones a tierra de la torre existan.

2.

Si la torre tiene defectos de anclaje, se deben ajustar las retenidas, reponer las faltantes y corregir la conexión a tierra

3.

Para ascender a la torre se hará sin herramientas en el cinturón y con una mandadera para subir o bajar lo que sea necesario.

34

4.

Durante el ascenso se debe observar que los acoplamientos de sección a sección sean correctos. En caso necesario, reponer tornillos o tuercas faltantes o en mal estado.

5.

Si durante el ascenso el trabajador se siente afectado por la altura, la oscilación por el viento o el efecto ocular de las nubes, debe descender y/o suspender el trabajo hasta encontrarse en condiciones físicas adecuadas.

35

SECCIÓN 810 – DISTANCIA DE SEGURIDAD RESPECTO A PARTES ENERGIZADAS A. VOLTAJES DE OPERACIÓN. 1.

2.

Antes de iniciar cualquier trabajo en o cerca de circuitos o equipo energizado, el trabajador debe identificar: a.

Físicamente el circuito o equipos a tratar, de acuerdo a su nomenclatura.

b.

Los alimentadores de carga o de control.

c.

Su voltaje

d.

Los equipos o circuitos próximos y su voltaje de operación.

Deben aplicarse las medidas de seguridad relativas a la señalización, acordona, etc., para evitar las aproximaciones indebidas del personal al área de peligro.

B. ¿NO ATERRIZADO? NO MUERTO. Toda línea o equipo eléctrico se considerará energizado mientras no haya sido conectado el equipo de puesta a tierra y en corto circuito, guardándose las distancias de seguridad correspondientes. C. PARTES METÁLICAS NO ATERRIZADAS DE EQUIPOS. Todas las partes metálicas no aterrizadas, de equipos o dispositivos eléctricos (tales como carcazas de transformadores, interruptores o capacitores), se considerarán como energizados al voltaje más alto a que estén expuestos. Si excepcionalmente algún equipo no cumple esta condición, se le colocarán barreras o se acordonarán, para evitar contactos accidentales de las personas que transitan por el área. D. INSTALACIÓN DE EQUIPOS DE PUESTA A TIERRA Al conectar a tierra y en corto circuito líneas o equipos de alta tensión, se mantendrán las distancias de seguridad, mientras dichas líneas o equipos no hayan sido efectivamente conectados a tierra. Estas mismas distancias se mantendrán también respecto a los conectores y conductores de los propios equipos de puesta a tierra, por lo cual se instalaran con pértiga aislante. E. OBJETOS CONDUCTORES QUE SE MANIPULAN. Deben mantenerse las distancias de seguridad entre las partes energizadas y los objetos conductores (herramientas metálicas, cables, alambres, partes de refacciones metálicas,

36

etc.), que los trabajadores manipulen. Para mejor ayuda usar “vientos” o guías de material aislante que eviten movimientos imprevistos.

F. INSTALACIÓN O REMOCIÓN DE ESTRUCTURAS CERCANAS A LÍNEAS O EQUIPOS ENERGIZADOS. Cuando se instalen o remuevan estructuras, o sus partes o postes en la cercanía de líneas o equipo energizado, los trabajadores podrán tocar la estructura o parte únicamente cuando se utilicen guantes dieléctricos de la clase adecuada. Mientras el elemento esté en movimiento, debe estar conectado a tierra, y en caso contrario, se considerará como energizada al voltaje de operación de la línea, respetando las distancias de seguridad correspondientes. Previamente se obtendrá licencia y se bloquearan los recierres. G. APROXIMACIÓN ENERGIZADAS.

VOLUNTARIA

O

ACCIDENTAL

A

PARTES

Para el cumplimiento de las distancias mínimas de seguridad, se deben considerar no solamente los actos voluntarios de los trabajadores, sino posible actos involuntarios o accidentales, tales como resbalones, perdida de equilibrio, caídas al mismo o diferente nivel, olvido o descuido momentáneo, extensión involuntaria de los brazos o piernas, etc. H. TABLA DE DISTANCIAS MINIMAS DE SEGURIDAD RESPECTO A PARTES ENERGIZADAS. En todas las referencias que se hacen en este Reglamento al concepto de “Distancias de Seguridad” o “Distancias Mínimas de Seguridad”, corresponde a las distancias que se muestran en la tabla siguiente: DISTANCIAS MINIMAS DE SEGURIDAD (C.A., 60 HZ.) Tensión Nominal Distancia Mínima de Seguridad entre Fases (kv.) (metros) 2.4 a 13.8 0.60 34.5 0.75 115 1.50 230 2.50 400 4.40

I. ACERCAMIENTOS A DISTANCIAS MENORES 1. Pueden reducirse las distancias establecidas en la tabla anterior, únicamente en los siguientes casos:

37

a. Cuando se ejecuten trabajos de líneas energizadas a través de los métodos aprobados. b. Cuando entre el trabajador y la parte energizada se haya instalado previamente un medio aislante.

38

SECCIÓN 811 – LIBRANZAS, LICENCIAS EN VIVO Y PERMISOS A. REGLAS DE DESPACHO Y OPERACIÓN DEL SISTEMA ELÉCTRICO NACIONAL Se da por reproducido fielmente el Reglamento denominado “Reglas del Despacho y Operación del Sistema Eléctrico Nacional”, en sus Capítulos, V y VI correspondientes a Licencias y Maniobras respectivamente, cuyo cumplimiento es obligatorio, en todo el ámbito de CFE. CAPÍTULO V LICENCIAS RESUMEN En este capítulo se definen los lineamientos a seguir por el personal involucrado en los procesos de solicitud, autorización, concesión y retiro de licencias, con la finalidad de garantizar la seguridad del personal, de las instalaciones y del sistema eléctrico. De cuando solicitar licencias y en que equipo Artículo 62.- Los trabajos de mantenimiento, modificaciones, ampliaciones y otras actividades necesarias para el correcto funcionamiento de los elementos del SEN, deberán coordinarse a través de licencias, a fin de adecuar de la mejor forma la disponibilidad de generación, transmisión y transformación para mantener dichos elementos dentro de los límites operativos en todo momento. Artículo 63.- Todo equipo en operación deberá estar en servicio, en disponibilidad o en licencia. De esta forma, si un equipo se encuentra desconectado por requerimientos de operación, no se podrá trabajar en él si no se ha tramitado previamente una licencia, ya que se considera que dicho equipo esta disponible y listo para entrar en servicio en cualquier momento. Si un equipo no puede ser puesto en servicio por algún daño, éste deberá tomar la licencia respectiva de inmediato. Artículo 64.- Considerando la importancia que tienen los equipos de protección y medición, los equipos de control supervisorio y los equipos de comunicación y de cómputo, se hacen extensivos a ellos los artículos de este capítulo. Artículo 65.- Las licencias se clasifican en vivo o en muerto y podrán ser programadas o de emergencia.

39

Del aprovechamiento y coordinación de licencias Artículo 66.- A fin de optimizar el tiempo que el equipo está bajo licencia, el CENACE deberá coordinar a las diferentes entidades para lograr que las licencia se aprovechen al máximo. Asimismo, para los casos de licencias sobre elementos comunes entre Áreas, el CENAL deberá realizar la coordinación necesaria. De las licencias programadas Artículo 67.- Las licencias programadas deberán solicitarse al CENACE con una anticipación adecuada a la importancia del elemento a librar y del trabajo a realizar. Además las solicitudes se harán a más tardar a las 12:00 horas del día laborable previo. Las licencias para trabajos a ejecutarse en fin de semana, en lunes o días festivos, se solicitarán antes de las 12:00 horas del penúltimo día laborable. El CENACE proporcionará un número de registro para cada solicitud de licencia y dará su resolución a la mayor brevedad, de ser posible, en el transcurso del día en que se hizo la solicitud. Artículo 68.- Las licencias que impliquen maniobras complicadas en la red troncal, que afecten la generación o que vaya a alterar las condiciones del SEN, deberán solicitarse con un mínimo de 72 horas de anticipación de días hábiles y ser acompañadas de un documento donde se expliquen detalladamente los trabajos a realizar y las condiciones operativas especiales o específicas requeridas. Artículo 69.- Si la licencia ocasiona interrupción a los usuarios, la solicitud deberá hacerse con la suficiente anticipación y en ningún caso menor a 96 horas, para estar en condiciones de avisar a los usuarios en los términos que señalan los artículos 27 fracción II de la Ley y 38 y 39 del Reglamento de la Ley. Artículo 70.- En todas las solicitudes de licencia se deberá proporcionar los siguientes datos: • • • • •

Nombre y clave de identificación del solicitante. Estación e identificación clara y precisa del equipo en que se solicita licencia. Fecha y hora de inicio y determinación de la licencia. Breve descripción del trabajo que se efectuará. Si es complicado se proporcionará un plano o croquis de detalle. Datos complementarios como: (i) si la licencia afecta otros equipos, (ii) si se disminuye la capacidad de la estación, (iii) si se causará interrupción a los usuarios, etc.

40

Del personal autorizado a tomar licencias Artículo 71.- Las licencias serán concedidas sólo al personal autorizado. Para este fin, todas las áreas, usuarios y permisionarios que requieran tomar licencias deberán enviar a los Centros de Control del CENACE correspondientes, una lista del personal autorizado a tomar licencias por el responsable del área respectiva. Si existiera algún cambio (alta o baja) en la lista de personal autorizado, éste deberá ser informado de inmediato al centro de control respectivo en forma escrita. De la resolución a las solicitudes Artículo 72.- Una vez que se haya analizado la solicitud de licencia y se haya decidido si se autoriza o no la misma, el centro de control respectivo procederá como sigue: Informar al solicitante si se autorizo o no la solicitud. Es responsabilidad del solicitante informarse acerca de la misma. Si la solicitud de licencia fue autorizada, anotar la lista detallada de maniobras a efectuar y las condiciones de generación y transmisión requeridas para la concesión de la licencia. Informar a las Centrales y/o Subestaciones involucradas dentro de maniobras. Informar al nivel operativo inferior si así fuera el caso. En caso que una solicitud de licencia no sea autorizada, se informará al solicitante de las causas que motivaron esta decisión. En estos casos el solicitante y el centro de control respectivo podrán convenir la nueva fecha de ejecución, según los requerimientos del SEN, tomando en consideración la confiabilidad, la calidad de servicio y la economía global. De la cancelación de licencias y de sus trabajos Artículo 73.- El solicitante o los Centros de Control correspondientes, podrán cancelar licencias programadas solo por causas de fuerza mayor comprobadas. Así, cuando las condiciones de seguridad del SEN lo requieran, se podrán cancelar las licencias programadas y éstas se reprogramarán para una hora o fecha posterior de común acuerdo entre el centro de control correspondiente y el área solicitante. También, por condiciones de seguridad, se podrán cancelar licencias que se encuentren vigentes; el centro de control correspondiente informará de esta condición al poseedor de la licencia a fin de que se suspendan los trabajos motivo de la misma. Si la licencia fuera en muerto, se verificará si es posible poner nuevamente en servicio al equipo sin riesgo para el mismo o para el Sistema Eléctrico. Artículo 74.- Las trabajos que se estén realizando en algún equipo del SEN y que de alguna manera representen riesgo para la operación de éste, deben suspenderse en horas de demanda máxima y continuarse después previo acuerdo con el Operador del centro de control.

41

De las licencias de emergencia Artículo 75.- Las licencias de emergencia se otorgarán de inmediato y el solicitante será responsable de la decisión tomada al respecto, por lo que deberá demostrar, si así se requiere, de forma fehaciente que la situación atendida fue realmente una emergencia. En ningún caso deberá forzarse la concesión de una licencia, argumentando tratarse de una emergencia. Las emergencias, por ser imprevisibles, deben atenderse en el momento en que se presenten. Artículo 76.- Si en el transcurso de un mantenimiento normal bajo licencia, se detecta una condición anómala y peligrosa para la operación del equipo, deberá darse aviso al centro de control correspondiente, para continuarla como licencia de emergencia. De la concesión de licencias Artículo 77.- Las licencias serán solicitadas al centro de control correspondiente por el personal responsable de las mismas, teniendo éste la obligación de: Estar presente en el sitio de trabajo y conocer los trabajos que se van a ejecutar. Vigilar que su personal trabaje en las condiciones de seguridad necesarias tales como: distancias adecuadas en equipo vivo, colocación de equipo de tierra, uso de guantes y herramientas de trabajo adecuadas. Contar con equipo de comunicación adecuado y mantenerlo en operación durante el desarrollo de los trabajos. En caso de que no haya comunicación directa entre el responsable de la licencia y el operador del centro de control, las solicitudes y entregas de licencias se podrán hacer a través de los operadores de estación. Artículo 78.- Al conceder la licencia al solicitante, el operador del centro de control debe expresarse clara y concisamente, identificando por su nomenclatura y con precisión el equipo de que se trate, definiendo la duración y el número de licencia y haciendo las observaciones que juzgue oportunas para evitar cualquier error, así como advertir al solicitante que tome todas las precauciones pertinentes a su alcance. De igual forma el solicitante al que se conceda la licencia repetirá los datos del párrafo anterior y verificará las observaciones y precauciones indicadas por el operador del centro de control. Artículo 79.- En el caso de licencias en vivo es indispensable la comunicación, por lo que éstas no se gestionarán si no existe un medio de comunicarse con el personal de campo. De los trabajos bajo licencia Artículo 80.- Sólo el trabajador a quien se concede la licencia y/o trabajadores bajo su supervisión, pueden trabajar en el equipo bajo licencia. 42

Artículo 81.- La licencia autoriza exclusivamente a efectuar los trabajos especificados. En caso de ser necesarios otros trabajos, deberá solicitarse otra licencia. Artículo 82.- El que una parte o todo el equipo esté fuera de servicio por licencia, no autoriza a otros trabajadores a trabajar en él sin pedir una licencia. Artículo 83.- Cuando se entregue en licencia el mismo equipo a varios trabajadores, el operador del centro de control deberá informarles de esta condición. Se colocará una tarjeta auxiliar por cada una de las licencias. Artículo 84.- Sólo el trabajador a quien fue concedida la licencia puede regresarla. En caso de emergencia, por accidente, vacaciones u otro motivo o cuando al trabajador a quien le fue concedida la licencia no le sea posible continuar con ésta, su jefe o el trabajador que él designe y que tenga autorización para hacerlo debe tomarla, previo acuerdo con el Operador del centro de control, haciéndose totalmente responsable de ella. Asimismo, en el caso de trabajadores de turnos continuos, el responsable de la licencia podrá transferirla al trabajador que ocupe su puesto, siempre y cuando éste último esté autorizado para hacerlo e informando de lo anterior al Operador del centro de control. De las maniobras en licencia Artículo 85.- Si la licencia solicitada es con equipo desenergizado, previo a la concesión de la misma, se librará el equipo; para lo cual el Operador del centro de control correspondiente ejecutará y/o dictará las maniobras y/o órdenes necesarias a los Operadores de estación o de Centrales Generadoras citando al equipo por su nomenclatura Si el Operador de estación no está enterado, se le deberá indicar brevemente el objeto de la licencia. Artículo 86.- Las maniobras requeridas para librar y volver a poner en servicio un equipo después que estuvo bajo licencia deberán ejecutarse, invariablemente, apegándose a los lineamientos establecidos en este Reglamento, en su Capítulo de Maniobras. De las tarjetas auxiliares Artículo 87.- Cuando se trate de licencias en muerto, el operador de estación o el poseedor de la licencia, deberá colocar tarjetas auxiliares rojas en los manerales de los controles de los interruptores del equipo bajo licencia, así como en todo el equipo primario asociado con la libranza. En forma similar, cuando se trate de licencias en vivo y se disponga de personal en la estación se colocará una tarjeta auxiliar amarilla en el maneral del control del interruptor del circuito o línea bajo licencia. Cuando la línea o circuito cuente con recierre, éste se bloqueará previamente a la concesión de la licencia y se colocará una tarjeta auxiliar amarilla tanto en el maneral del control del interruptor correspondiente, como en su recierre. En el anexo num. 2 se presentan ejemplos de tarjetas auxiliares.

43

Cuando las licencias en vivo correspondan a estaciones telecontroladas, se colocarán etiquetas en los desplegados del Control Supervisorio tanto en el interruptor correspondiente como en el relevador de recierre que se bloqueó.

De los disparos con licencia en vivo Artículo 88.- Si durante la ejecución de un trabajo en vivo si llegase a disparar el interruptor de la línea o circuito, el Operador no debe cerrarlo hasta obtener comunicación con el responsable de la licencia, el cual deberá responder inmediatamente e informar si tuvieron algún percance, en cuyo caso no se cerrará el interruptor hasta que el personal quede fuera de peligro. De la prórroga a licencias Artículo 89.- Si la persona que tiene vigente una licencia prevé que los trabajos para los que solicitó la misma no concluirán en el plazo fijado, tiene la obligación de informar a la brevedad y antes del vencimiento de ésta al centro de control correspondiente, para solicitar una prórroga justificando la causa, en el entendido de que solo por causas de fuerza mayor se podrán prorrogar las licencias. De la devolución de licencias y puestas en servicio del equipo Artículo 90.- Las licencias serán devueltas tan pronto se concluyan todos los trabajos y las pruebas que el caso requiera, con la finalidad de que los equipos queden disponibles a operación. Artículo 91.- Al término de una licencia, el equipo será normalizado poniéndolo en servicio en presencia del ejecutor del trabajo o dejándolo en disponibilidad. Artículo 92.- Los trabajos que se involucren en trabajos programados en vivo o en muerto, al retirar la licencia, deberán permanecer en el sitio hasta que el equipo involucrado en la licencia quede nuevamente en servicio o en disponibilidad en forma satisfactoria. En las licencias sobre equipo de teleprotección, se requiere que en lugar del trabajo estén trabajadores autorizados de comunicaciones y protecciones, para asegurar la correcta devolución del equipo bajo licencia. Artículo 93.- La devolución de la licencia se hará en forma clara y concisa indicando: • • • • •

Nombre del poseedor de la licencia. Número de licencia. Identificación precisa del equipo que se tiene en licencia. Quién devuelve la licencia. Quién retiró los medios de protección que puso para la licencia.

44

• • •

Si la licencia fue consecuencia de falla de equipo, dar información completa de la causa del daño y de la reparación del mismo. Si la licencia fue programa, dar información completa de los trabajos que se realizaron. Otras consideraciones esenciales o útiles.

Artículo 94.- Una vez retirada la licencia se procederá a la ejecución de las maniobras de normalización de los elementos que estuvieron bajo licencia. CAPÍTULO VI MANIOBRAS RESUMEN Este capítulo establece la reglamentación a que debe estar sujeto el personal autorizado para ejecutar Maniobras en las instalaciones del SEN en condiciones normales y de emergencia. De la información disponible en subestaciones Artículo 95.- Las instalaciones deberán tener a la vista y actualizados: el diagrama unifilar con nomenclatura, diagrama de protecciones, manual de operación y un directorio donde se especifiquen los números telefónicos para casos de emergencia. De quien debe efectuar las maniobras Artículo 96.- Las maniobras se deben de realizar por personal capacitado, tanto el que ejecuta como el que las ordena. De la coordinación de maniobras Artículo 97.- En las maniobras en que intervengan dos o más Centros de control, éstos deberán comunicarse entre sí y coordinarse con el nivel operativo superior. De la ejecución de maniobras en condiciones normales Artículo 98.- Las maniobras deberán transmitirse en forma clara y precisa, mencionando el equipo por su nomenclatura y ejecutarse en la secuencia indicada. Artículo 99.- Cuando se observen errores en la secuencia de las maniobras dictadas, el operador que recibe las órdenes tiene la obligación de hacer notar al Operador que las dicto, la secuencia correcta de las mismas. Artículo 100.- Las maniobras deberán ejecutarse cuando no existan dudas, en caso de que se presenten, o cuando se considere que las órdenes no fueron entendidas, éstas deberán aclararse antes de efectuar cualquier maniobra. Si persisten las dudas, los Operadores deberán suspender toda orden relacionada con la maniobra en cuestión, hasta que queden aclaradas.

45

Artículo 101.- Si durante la ejecución de las maniobras el Operador de estación observa alguna condición anormal, debe comunicársela al Operador del centro de control correspondiente. Si la condición creada fuera de peligro inmediato, debe el Operador de estación considerar el caso como de emergencia. Artículo 102.- Una vez ejecutadas todas las maniobras, el Operador de estación debe informar al Operador del Centro de control correspondiente y anotar en el velatorio la hora de su ejecución. Artículo 103.- Cuando el Operador del centro de control considere que las maniobras son muy complicadas, deberán ser muy bien coordinadas y tendrá la autoridad para ordenar la ejecución paso a paso. Artículo 104.- En todas las subestaciones telecontroladas las maniobras en interruptores y/o bloqueos al otorgar y devolver licencias, se deberán de realizar preferentemente por medio del sistema de adquisición de datos y telemando. En caso de que se encuentre personal en la instalación, éste debe de verificar el cambio de estado de equipo. De la ejecución de maniobras de emergencia Artículo 105.- El Operador del centro de control, es el único facultado para dictar o ejecutar las maniobras necesarias para restablecer la condición normal de las instalaciones de su Área, basándose en la información recibida de los Operadores de estación, Operadores de Centrales Generadoras, del control supervisorio, en la lectura de los instrumentos y en el instructivo de operación correspondiente. Artículo 106.- Al dispararse un interruptor, el Operador de estación tomará nota de la hora y relevadores que operaron, repondrá o reconocerá las banderas indicadoras y se comunicará de inmediato con el Operador del centro de control correspondiente, a excepción de los casos en que se tenga un procedimiento expedido al respecto. En el caso de que no se tenga comunicación con el nivel operativo superior, actuará de acuerdo con el procedimiento establecido para tal fin. Artículo 107.- En el caso de presentarse situaciones de emergencia, en donde se requiera realizar maniobras de emergencia, el Operador tratará de apegarse a los lineamientos establecidos; en caso de que se requiera realizar maniobras que no estén dentro del procedimiento, actuará de acuerdo a su criterio y posteriormente informará de la situación que prevalece. Artículo 108.- En condiciones de emergencia del SEN, el CENAL es el único facultado para coordinar la desconexión y la reconexión de carga, por medio de los Operadores de los Centros de Control.

46

De que se debe hacer al ejecutar maniobras Artículo 109.- Cuando la protección diferencial, bucholtz u otro tipo de protecciones tan importantes como éstas, operen a través de un relevador de reposición manual desconectando el equipo que protege, el operador de estación no debe reconectarlo bajo ninguna circunstancia, y avisará inmediatamente al operador del centro de control correspondiente y al responsable del equipo, dando información completa. En general la reconexión del equipo deberá hacerse con la autorización del responsable del mismo. Artículo 110.- Para que alguna parte del equipo quede librado, el operador de estación debe de asegurarse de que éste no pueda volver a energizarse. Por lo que deberá desconectar alimentación a bobinas de cierre, cerrar válvulas de la tubería de aire, bloquear mecanismos o alguna otra acción que evite la operación de interruptores y cuchillas. Los interruptores de equipo blindado deberán desacoplarse. Invariablemente el operador de estación debe tener la seguridad, por la parte que le corresponde, de que el equipo no tiene peligro de llegar a quedar energizado. Artículo 111.- Cuando se vaya a librar una parte del equipo, el operador deberá tomar las medidas necesarias para que no ocurran operaciones erróneas en el equipo relacionado con la licencia que puedan ocasionar daños al personal, al equipo o algún disturbio, como ejemplo: bloquear la protección diferencial al librar el interruptor de un banco de transformadores sin transferencia de protecciones, bloquear la protección Bucholtz de algún transformador que se saque de servicio o algún otro tipo de bloqueo. Artículo 112.- En todo elemento o equipo que esté bajo licencia, se deberán colocar tarjetas auxiliares en los manerales y conmutadores que haya intervenido en la maniobra. Asimismo los Centros de Control deberán etiquetar e inhabilitar los mandos de control del equipo de control supervisorio. Artículo 113.- El personal que ejecute las maniobras en las instalaciones, deberá de cumplir con las normas de seguridad vigentes. Artículo 114.- Antes de efectuar cualquier maniobra en las instalaciones, se deberá verificar que el equipo que se va a accionar, sea el correspondiente a la nomenclatura del equipo que fue indicado en la relación de pasos para el libramiento del elemento o del equipo.

47

SECCIÓN 812 – EQUIPOS DE PUESTA A TIERRA . A. REGLAS GENERALES

1.

Al trabajar en circuitos de alta tensión desenergizados, siempre se conectará a tierra la fase en que se trabajará y se deberán poner en corto circuito cuando el trabajo presente movimientos que rebasen las distancias mínimas de seguridad como un requisito previo a la iniciación del trabajo.

2.

En tanto no estén efectivamente conectados a tierra, todos los conductores o partes del circuito se considerarán como si estuvierán energizados a su tensión nominal, respetando las distancias de seguridad correspondientes.

3.

Previamente a la colocación de los equipos de puesta a tierra, deben satisfacerse los requisitos siguientes: a

Obtenerse la licencia correspondiente, conforme al Reglamento denominado “Reglas de despacho y Operación del Sistema Eléctrico Nacional”, ver sección 811.

b

Efectuar corte visible, cuando se disponga de los dispositivos de seccionalización correspondientes y en los puntos más cercanos al lugar de trabajo.

c

Si se trata de una Subestación, verificar físicamente si se esta cerca del equipo seccionalizador o bien confirmar, que se coloquen las tarjetas maestras y auxiliares tanto en los equipos como en los dispositivos de control.

d

Verificar la ausencia de potencial en cada una de las fases, con un probador normalizado o en su defecto con una pértiga y debe ser verificada cuando menos por dos de los trabajadores que van a desarrollar la maniobra.

4.

Los dispositivos normalizados para verificación de ausencia de potencial, deben a su vez probarse antes y después de cada utilización para garantizar su efectividad.

5.

Antes de su utilización el responsable del trabajo inspeccionará los equipos de puesta a tierra, asegurándose de su perfecto estado.

6.

Los equipos de puesta a tierra se manejarán con pértigas aislantes, respetando las distancias de seguridad respecto a sus conectores y conductores, en tanto no se complete la instalación. En condiciones húmedas, se usarán además guantes aislantes de hule de la clase adecuada.

48

7.

En su utilización, el equipo se conectará primero a tierra y después a los conductores que han de aterrizarse. Para su desconexión se procederá a la inversa. Proceder de manera diferente, expone al trabajador al potencial de la línea.

8.

Los conectores se colocarán firmemente, evitando que puedan desprenderse o aflojarse durante el desarrollo del trabajo.

9.

Los equipos de puesta a tierra se conectarán a todos los conductores, equipos o puntos que puedan adquirir potencial durante el desarrollo del trabajo, ya sea por contacto o por inducción de otro circuito o por equivocación.

10.

Se colocarán “tierras” en cada lugar de trabajo. Para su conexión en su extremo inferior se usará una varilla de tierra provisional que se enterrará tan cerca como sea posible al poste o estructura de trabajo, de preferencia tocándolo. Cuando los equipos o estructuras tienen su propia tierra, se conectarán a ésta, cuando vaya a “abrirse” un conductor del circuito, se colocarán tierras a ambos lados.

11.

Toda torre, estructura de subestación o equipo primario debe contar con su propia conexión a tierra. Si ésta no existiera por alguna excepción o defecto, debe primero aterrizarse la torre, estructura o equipo, garantizando con esto que el equipo se encuentre desenergizado.

12.

Cuando dos o más trabajadores o cuadrillas laboren en lugares distintos de la misma línea o equipo, serán responsables de la colocación y retiro de los equipos de puesta a tierra en sus lugares de trabajo correspondientes.

13.

Antes de regresar la licencia, el responsable del trabajo verificará que el equipo o línea se encuentre ya normalizado, en condiciones de entrar en operación y que los equipos de puesta en tierra han sido ya retirados.

49

SECCIÓN 813 – TRABAJOS EN SUBESTACIONES A. GENERALIDADES. 1.

Es responsabilidad de quien coordine los trabajos que se ejecuten en una Subestación, el controlar el acceso de personas ajenas al Área de trabajo de CFE.

2.

Es obligación de los trabajadores, tanto de CFE como ajenos, respetar y conservar los avisos de seguridad, preventivos, restrictivos e informativos que se encuentren instalados en el Área de la Subestación.

3.

Todo trabajador que entre a una Subestación debe suponer que todo el equipo y partes eléctricas están energizadas, hasta que no se compruebe lo contrario.

4.

Dentro de la Subestación, los vehículos deben circular a una velocidad máxima de 10 km/h. En general, el equipo mecanizado debe moverse bajo la supervisión de personal calificado, manteniendo las distancias de seguridad.

5.

Los vehículos pesados, con carga pesada o de maniobra deben de abstenerse de cruzar sobre las tapas de las trincheras, ductos o registros. Si es indispensable hacerlo, debe acondicionarse el paso con durmientes, viguetas o placas para evitar daños.

6.

Durante la noche el alumbrado normal debe ser suficiente para el trabajo y tránsito del personal.

7.

El piso de los patios de subestaciones debe estar exento de basura, alambre, hierba, madera de desperdicio, vidrios o cualquier material que pueda ocasionar riesgos de trabajo.

8.

Los trabajadores de cualquier especialidad, al término de su turno o jornada de trabajo, deben dejar limpia el área de trabajo. La basura o desechos que originen, deben clasificarse en residuos peligrosos y no peligrosos, depositándose en los lugares apropiados.

9.

Los sistemas de comunicación en los patios como “Gay Tronic” o equivalentes, deben ser de uso breve, conciso y preciso. Debe ser expedito para quien por prioridad o urgencia lo necesite. En el uso de este tipo de comunicación debe evitarse las malas expresiones y el abuso.

10.

Las comunicaciones radiofónicas y de “carrier” deben usarse apropiadamente. Cualquier interferencia, bloqueo, ocupación prolongada o inadecuada, así como mensajes falsos, pueden ser causa de perjuicios graves al personal o a las instalaciones.

50

11.

Las visitas a las subestaciones deben ser restringidas y autorizadas por la Gerencia Regional de Transmisión o la Jefatura de la Subárea respectiva, previo conocimiento del objetivo y nivel técnico o académico de los solicitantes.

12.

Todo grupo de visitantes debe ser acompañado durante su estancia por personal capacitado quien previamente le informará además de las funciones y operaciones de las instalaciones de los peligros y riesgos que pudieran tener ciertas áreas donde se les restringirá su acceso; en lo que respecta a la protección de los visitantes como mínimo deben utilizar el casco de seguridad.

13.

La desratización, fumigación y aplicación de herbicidas en subestaciones, debe realizarse periódicamente por personal capacitado a fin de evitar la población de roedores e insectos, así como el crecimiento de hierba. Estos trabajos deben ser supervisados por personal de CFE.

14.

Deberá observarse el buen funcionamiento de cunetas y drenajes que eviten el encharcamiento de los patios.

15.

Las trincheras y registros deben contar con todas sus tapas. Las piezas que se encuentren rotas, deben marcarse visiblemente y reportarse para su reparación o reposición.

16.

Debe observarse el estado que guardan las cercas, bardas, guarniciones, mampostería y alambrados y si están dañadas se deben reportar para su inmediata reparación.

17.

Durante la limpieza o eliminación de hierba en los patios de la subestación o líneas de transmisión, no debe quemarse la maleza ni basura en el área, ya que el humo favorece la conducción eléctrica pudiendo ocasionar un disparo del equipo. La eliminación de la maleza o basura debe observar la normativa ambiental

18.

Los trabajos que se realicen simultáneamente en dos subestaciones o más, interconectadas por una sola línea o en la misma línea, deben contar con un coordinador común, el Operador de sistema, o por un solo responsable de la licencia con supervisores en los diversos puntos de trabajo.

19.

Los trabajos ejecutados en subestaciones por contratistas o personal ajeno a las instalaciones eléctricas como pueden ser peones, albañiles, pintores, fontaneros, herreros, etc., y que laboran en las bahías, en las salas de control o tableros, deben ser advertidos de los riesgos y de lo que no deben hacer. Además debe tener una supervisión constante para cuidar sus movimientos y así ayudarles a resolver cualquier dificultad que se les presente.

51

B. EQUIPO 1.

Antes de iniciar cualquier trabajo, deben verificarse las condiciones estructurales, mecánicas y eléctricas, detectando los riesgos posibles y determinando las medidas que deben adoptarse para evitar los accidentes.

2.

Siempre se verificará la correcta conexión al sistema de tierras de las partes metálicas no vivas, incluyendo las que forman parte del equipo energizado. También estarán conectadas al neutro del sistema.

3.

Aunque las subestaciones cuenten con un buen sistema de tierras, debe evitarse tocar las partes metálicas de los equipos energizados. Cuando sea necesario abrir gabinetes de control local y no se tenga la certeza de que están bien aterrizados, debe utilizarse guantes dieléctricos de la clase adecuada y verificar y/o corregir las conexiones.

4.

Las tapas de trincheras y registros, deben mantenerse colocados en su lugar. En caso de destaparse se colocarán barreras o se acordonarán. Al momento de destaparse se tomarán las precauciones necesarias para evitar picaduras de animales.

5.

Siempre se usarán guantes en la maniobra de destapar o tapar registros o trincheras. Se debe tener cuidado de no golpearlas, principalmente si se trata de tapas de concreto. Nunca se colocarán tapas fracturadas que representen un riesgo para el tránsito en la subestación.

6.

Cuando se trabaje en áreas desenergizadas, previamente se reunirán el jefe del grupo o grupo de trabajo y los trabajadores, para analizar los riesgos probables y sus medidas preventivas correspondientes. Se instalarán avisos, barreras o acordonamientos para evitar contactos con las áreas energizadas adyacentes.

7.

Cuando sea necesario retirar las cubiertas, protecciones o frentes muertos de las partes vivas de tableros, debe limitarse el área de trabajo con barreras de seguridad y avisos de peligro. Deben colocarse dichas cubiertas nuevamente en su lugar, inmediatamente después de dar por concluidos los trabajos.

8.

Para evitar errores de operación, siempre se dispondrá de una copia actualizada del procedimiento de operación de dicha instalación. También se tendrán en un lugar visible el diagrama unifilar actualizado, así como la identificación con la nomenclatura de norma de los equipos. Todo lo anterior debe consultarse con el centro de control correspondiente, antes de efectuar maniobras de apertura o cierre de los medios de desconexión.

9.

La apertura y cierre de cuchillas seccionadoras, cuchillas fusibles y otros dispositivos similares, se hará utilizando pértiga aislante, ropa de trabajo, guantes aislantes de hule de la clase adecuada, protección ocular, casco protector con barboquejo y botas dieléctricas, siempre bajo la supervisión de personal calificado.

52

10.

Las palancas de accionamiento manual, puertas de acceso, gabinetes de equipo de control, etc., se mantendrán con candado a menos que estén siendo operadas o se esté ejecutando en ellas algún trabajo.

11.

Durante el uso de las cuchillas de tierra, aunque deben tener bloqueo mecánico y candado mientras las cuchillas del circuito están cerradas, debe tenerse especial cuidado en la secuencia de operación. El circuito por aterrizar debe estar desenergizado por ambos lados en sus respectivas subestaciones y se debe verificar ya cerradas, que el circuito no se energice por error o falta de bloqueo de las cuchillas de líneas y el interruptor correspondiente.

12.

Cuando se conecten equipos o líneas desenergizadas a un circuito energizado, por medio de cable o algún dispositivo de conexión, éste se debe conectar primero a la parte desenergizada. Inversamente, cuando se desconecte, primero se hace por la parte energizada.

13.

Las salas de baterías deben contar en su instalación eléctrica de alumbrado y ventilación con accesorios a prueba de explosivos.

14.

Las salas de baterías, deben estar ventiladas para evitar concentraciones de gases explosivos.

15.

En las salas de baterías está prohibido fumar, producir flamas abiertas, chispas eléctricas o fuentes de ignición.

16.

Siempre que se manejen ácidos o electrolitos, se deben utilizar los guantes de hule contra substancias químicas y mandil a prueba de corrosión. Cuando se transporten baterías, es necesario tapar sus respiraderos.

17.

Para diluir ácido en el llenado de baterías, debe evitarse añadir agua a un ácido concentrado. La forma segura es añadiendo el ácido al agua.

18.

Siempre que se detecte olor a ácido sulfúrico, a pesar de tener buena ventilación, puede ser síntoma de problemas que tenga como consecuencia final la posible explosión de los recipientes de las baterías. Por lo tanto, debe darse aviso inmediato al jefe a cargo de la instalación.

19.

Siempre que se efectúen trabajos en capacitores con control automático, se deben aterrizar con sus cuchillas de puesta a tierra, previa apertura de su interruptor, cuchillas e interruptor de control. Inmediatamente después y guardando aún las distancias de seguridad se aterrizarán, con equipo portátil, todas las unidades que haya tenido posibles dañados.

20.

Cuando algún capacitor que contenga “askarel” se le detecten fugas, deben tomarse precauciones tanto para evitar su contacto con la piel, ropa así como para su derrame al piso o drenaje. Para su manejo deben usarse guantes, mandil, botas de neopreno y protección facial completa. Siguiendo la normatividad correspondiente. 53

21.

Los bancos capacitores por sus características eléctricas o necesidades técnicas pueden estar aisladas de tierra “en flotación”. En estas condiciones es indispensable tener avisos preventivos en la estructura del banco, con suficiente visibilidad, para que las unidades no sean tocadas ni en su tanque, ni en su estructura de soporte.

22.

También existen capacitores en los “divisores de potencial”, en interruptores de alta tensión y en la construcción de boquillas tipo capacitivo; en estos casos deben tomarse las mismas precauciones que en el caso de los bancos de capacitores.

23.

Cuando se tengan partes energizadas a alturas menores que las mínimas de seguridad establecidas en la especificación CFE correspondiente, el equipo o sección debe confinarse para evitar acercamientos peligrosos del personal que labora o transita por las instalaciones. Las puertas de acceso a estas áreas confinadas deben asegurarse y deben instalarse señalamientos preventivos.

24.

Nunca se debe acercar a los apartarrayos, excepto cuando estén desconectados del circuito y han sido conectados a tierra.

25.

Para el lavado de aislamiento de líneas o equipo energizado, se seguirán las reglas de la sección 819 de este mismo Reglamento.

26.

En las maniobras de llenado con aceite aislante, de interruptores, transformadores, etc., se conectarán a tierra tanto las tuberías metálicas como el equipo de tratamiento, bombeo y auxiliares, para descargar la electricidad estática. Evitar chispas eléctricas que puedan ocasionar incendios o explosiones.

27.

Todo equipo portátil de prueba debe conectarse a tierra antes de hacer cualquier conexión.

28.

Siempre que se hagan reparaciones provisionales a los equipos primarios, de control, de comunicaciones, etc., que alteren sus condiciones, de la instalación o de su operación deberá reportarse por escrito y colocar avisos preventivos en el lugar, indicando dicha condición.

29.

Cuando sea necesario hacer cambios de nomenclatura, cualquiera que sea la causa, debe darse a conocer con suficiente anticipación al personal involucrado, además se debe proporcionar la información gráfica correspondiente.

30.

Siempre que se efectúen cambios o alteraciones en los equipos, se debe instruir y proveer de toda la información técnica necesaria al personal involucrado.

31.

Todos los equipos primarios instalados en el área de alta inducción y que se encuentran desconectados de las bases o líneas para fines de pruebas o mantenimiento, deben conectarse a tierra para evitar descargas estáticas peligrosas.

54

32.

Cuando algún cable energizado aéreo se deje desconectado y con sus terminales suspendidas, debe amarrarse con material aislante a la altura o distancias de seguridad correspondiente. Cuando se dejen desenergizados, se amarrará y aterrizará. En ambos casos, deben colocarse los avisos o señalamientos preventivos correspondientes.

33.

Durante los trabajos de corte, soldadura, esmerilado, cincelado, etc., en áreas con materiales combustibles o inflamables, debe mantenerse una vigilancia permanente, dedicada exclusivamente a prevenir o combatir brotes de incendio. El área debe despejarse en la medida de lo posible y deben tenerse a la mano los extintores adecuados.

34.

Las escaleras portátiles que se usen en las subestaciones, deben ser de material no conductor y ajustarse a las reglas respectivas.

35.

Para el trabajo nocturno, se dispondrá de iluminación artificial suficiente, propia de la subestación o la adicional que sea necesaria.

36.

En el proceso de secado de transformadores mediante la circulación de aceite caliente, deben tomarse las siguientes precauciones: a.

Aterrizar todos los equipos como desgasificadoras, filtros, bombas, calentadores, tuberías metálicas, tanque del transformador y sus partes de conexión eléctrica.

b.

Utilizar guantes de carnaza en el manejo de las válvulas u otras partes calientes.

c.

Disponer de extintores suficientes, en buen estado y de la capacidad y tipo apropiados.

d.

Evitar en el piso materiales combustibles o inflamables.

e.

Reportar de inmediato cualquiera anormalidad, que represente riesgos al personal o a los equipos.

37.

Los transformadores para conexión de neutro a tierra de los bancos y resistencias en serie, instalados en el piso, deben estar cercados y con avisos de peligro. Esto también es aplicable cuando estén alojados en el propio transformador principal.

38.

La pantalla conductora o semiconductora de los cables de potencia, no debe tocarse sin antes haberla aterrizado en forma efectiva.

39.

Cuando se trabaje en puntos intermedios de cables de potencia, en ése punto debe aterrizarse el aislamiento mediante abrazaderas adecuadas.

40.

Al término de cualquier trabajo, el área se dejará limpia de basura o desechos. 55

41.

Siempre que se trabaje en buses desenergizados donde se cuente con transformadores de potencial o dispositivos de potencial, se tienen que retirar los fusibles del lado de baja tensión para evitar un posible retorno de voltaje. Una vez que se hayan concluido los trabajos y retiradas las tierras provisionales, se deben reponer los fusibles.

42.

En caso de atender subestaciones encapsuladas en ambiente de hexafloruro de azufre (SF6), se deberán tomar en consideración todas las recomendaciones de seguridad que el fabricante de la subestación establezca.

43.

El cambio de “taps” en los transformadores de potencia y de distribución, con cambiador manual, debe hacerse sin carga. Sus interruptores, tanto de alta como de baja tensión, deben estar abiertos y bloqueados. Antes de hacer el cambio, se deben aterrizar ambos lados del transformador.

44.

Cuando el transformador ha sido dañado, se dejará desconectado tanto del lado primario como del secundario.

45.

Para el uso de grúa en trabajos en subestaciones, el brazo debe aterrizarse guardando la distancia de seguridad a las partes energizadas.

46.

En caso de contar con transiciones aéreo-subterráneo, al realizar trabajos en los elementos (mufas, cables de potencia, etc.) se verificará: a.

La ausencia de voltaje.

b.

El aterrizaje de mufas, cables de potencia, etc. Antes de iniciar cualquier trabajo.

C. TRABAJOS CON CONTRATISTAS. 1.

En los trabajos de construcción, ampliación o modificación, el responsable del trabajo y sus auxiliares harán un recorrido por el área donde se harán los trabajos y sus alrededores. Se determinarán las medidas de seguridad que se adoptarán, tales como señalización de áreas de peligro, instalación de barreras, cercas o acordonamiento, trazo, disposición de caminos de acceso y tránsito de vehículos y personas, etc.

2.

Debe establecerse una estrecha coordinación entre los Residentes de la Obra y los representantes del centro de trabajo en el lugar, particularmente en lo relativo a las Licencias en vivo, libranzas y trámites de acuerdo a la sección 811.

3.

Debe tenerse especial cuidado en la supervisión del personal de otras especialidades, que no conocen de riesgos eléctricos, tales como albañiles, pintores, carpinteros, peones, etc. El residente y/o responsable de la obra por parte de CFE, debe dar orientación suficiente sobre dichos riesgos. 56

4.

Debe tenerse presente que el personal de construcción, en general no tiene experiencia amplia con equipo energizado y menos para trabajar en vivo, por lo que estos deben siempre ser supervisados por personal calificado.

5.

Cuando para la realización de determinados trabajos en Subestaciones, sea necesario el uso de estructuras y andamios metálicos, se les debe proveer de conexiones firmes a tierra.

6.

Siempre que se trasladen varillas y piezas metálicas largas, deberán trasladarse a menor altura que la del personal que la lleva.

7.

La erección de estructuras metálicas en un medio energizado o cerca de equipos energizados, debe realizarse por personal calificado y con supervisión directa del responsable de la obra.

8.

Las licencias para trabajar cerca de equipos energizados o en cualquier parte de la obra será transferida al residente y/o responsable, para la supervisión de las condiciones de seguridad y de manipulación de equipos y materiales.

9.

Al término de cada jornada de trabajo o previamente a la devolución de cada licencia, debe supervisarse directamente el área y la obra para evitar que persistan condiciones peligrosas y se pueda normalizar la instalación a condiciones de operación con seguridad.

10.

Durante los trabajos de construcción, es necesario mantener una constante supervisión por parte de CFE de la red de tierras, para que se cumpla con las normas y el diseño de construcción.

11.

Al término de la obra el responsable de la misma, no debe dejar desperdicios, ni desechos en el área o cerca de esta.

D. LAVADO DE AISLAMIENTO DE EQUIPO DESENERGIZADO 1.

Cuando la limpieza se haga a mano, se usarán guantes apropiados para este tipo de trabajo.

2.

Cuando la limpieza sea a base de agua con equipo de lavado, ésta maniobra se hará siguiendo las instrucciones contenidas en el procedimiento correspondiente.

57

SECCIÓN 814 – VEHÍCULOS A. CONDUCCION DE VEHICULOS. 1.

Solo podrán conducir vehículos oficiales los trabajadores que expresamente hayan sido autorizados.

2.

No debe transportarse a personas ajenas a CFE en asunto no oficiales; salvo en aquellos casos que se justifique

B. LEYES Y REGLAMENTOS DE TRÁNSITO. 1.

Es obligación de quienes conduce vehículos, conocer y respetar las Leyes y Reglamento de Tránsito en vigor. Para conducir, debe tenerse licencia vigente, que ampare precisamente la operación del tipo de vehículo que se conduce.

C. INSPECCIÓN DE VEHÍCULOS. 1.

Los vehículos deben mantener siempre en buen estado de funcionamiento. Es obligación de los conductores inspeccionarlos periódicamente, para verificar su buen estado. Las deficiencias que detecten las reportarán a su jefe inmediato para la corrección oportuna.

2.

Los sistemas de dirección, frenado, luces, las llantas, limpiaparabrisas y cinturones de seguridad son los aspectos más importantes para la seguridad y deben revisarse diariamente. Cualquier falla o deficiencia de esto sistemas, que haga riesgosa la operación del vehículo, motivará que éste quede fuera de servicio, hasta que se hagan las correcciones necesarias.

3.

Debe evitarse efectuar reparaciones, ajustes o reposición de niveles de líquido con el motor encendido. De ser inevitable, manténgase alejado del ventilador, bandas y otras partes en movimiento o calientes.

4.

Mantener una bitácora en el vehículo, en la cual se asentarán todos los problemas detectados y sus correcciones.

58

D. CONDUCCION EN CARRETERA. 1.

Para la conducción en carretera, es particularmente importante el buen estado de los vehículos. Antes de salir a carretera debe hacerse una inspección de seguridad, en la que se incluyan como mínimo los sistemas de frenos y dirección, llantas, limpiaparabrisas, luces (principales, direccionales y de frenado), accesorios de seguridad (botiquín, extintor, conos fosforescentes o luces intermitentes portátiles y lámpara de mano) y herramientas propias del vehículo y cinturones de seguridad.

2.

En zonas con alta incidencia de niebla, los vehículos deben contar con faros especiales para esta condición.

3.

En los cruces de Ferrocarril, los conductores de vehículos deben hacer alto total, verificando en ambos sentidos de la vía que ésta se encuentra libre de tránsito.

E. LÍIMITES DE VELOCIDAD. 1.

Invariablemente se respetarán los límites de velocidad indicados por los señalamientos, conduciendo siempre a velocidades moderadas, lo cual no significa simplemente respetar la velocidad máxima permitida, sino disminuirla adaptándola a las condiciones de la carretera, visibilidad, tráfico, climatológicas, de la carga y del vehículo, especialmente cuando se transporta personal por fuera de la cabina.

F. CINTURON DE SEGURIDAD. 1.

Al conducir o viajar en vehículos oficiales de CFE, es obligatorio el uso de cinturones de seguridad.

G. ALCOHOL Y DROGAS. 1.

El conducir un vehículo bajo los efectos del alcohol o drogas se considerará como falta de notoria gravedad, aplicando las medidas disciplinarias de acuerdo a la normatividad vigente.

H. TRANPORTACIÓN DE PERSONAL. 1.

Cuando por necesidades del servicio, sea necesario transportar personal por fuera de la cabina del vehículo, deberán cumplirse los siguientes requisitos: a.

Lo harán en asientos debidamente acondicionados para tal fin.

59

b.

Los asientos estarán firmemente asegurados al vehículo, debiendo contar con cinturones de seguridad.

c.

Si se transporta carga, ésta deberá estar perfectamente asegurada, de tal manera que no pueda moverse accidentalmente

I. REFACCIONES Y HERRAMIENTAS. 1.

La llanta de refacción debe estar en buenas condiciones de uso.

2.

La llave de cruz y el gato mecánico o hidráulico, debe ser de la capacidad adecuada al peso del vehículo.

J. EQUIPO DE SEGURIDAD. 1.

Extintor de polvo químico seco tipo ABC efectuándole el mantenimiento como mínimo una vez al año.

2.

Conos o triángulos fosforescentes, lámpara intermitente de luz roja y lámpara de mano.

3.

Botiquín de primeros auxilios con material necesario.

60

SECCIÓN 815 – PRIMEROS AUXILIOS, RESCATE Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS A.

CAPACITACIÓN EN PRIMEROS AUXILIOS Y RESCATE. 1.

En los grupos de trabajo en los que haya trabajadores que laboren en alturas (torres de líneas, torres de comunicación, estructuras, escaleras, etc.) cuando menos un trabajador de piso deberá estar adiestrado en primeros auxilios y la técnica de rescate de accidentados en alturas.

2.

El personal que labora en áreas donde haya el riesgo de ser atacado por animales ponzoñosos, debe recibir capacitación especifica para atender este tipop de emergencias.

B.

DIRECTORIO DE SERVICIOS DE EMERGENCIAS. 1.

C.

En todo lugar de trabajo incluyendo los vehículos, se tendrá en un lugar visible y accesible a todo el personal, un directorio de servicios de emergencias. BOTIQUINES.

1.

En las Oficinas y Subestaciones atendidas por el personal, cuadrillas, y vehículos, deben tenerse botiquines equipados con los materiales de curación y medicamentos necesarios para Primeros Auxilios, mismos que quedarán al cuidado de trabajadores debidamente adiestrados para atender emergencias.

2.

Cada botiquín, en el lado interior de la tapa, tendrá una hoja con la lista de materiales y medicamentos, sus usos, dosis y contraindicaciones.

3.

Los encargados de los botiquines serán responsables de su conservación y uso correcto, y cuidarán que estén siempre perfectamente equipados.

4.

Los medicamentos que se integren al botiquín deben ser al criterio del médico y se usarán bajo estricto control.

D. CAPACITACIÓN EN MANEJO DE EQUIPO CONTRA INCENDIO. 1.

Todos los trabajadores tienen la obligación de saber seleccionar y utilizar el equipo contra incendio instalado en su área o lugar de trabajo, de acuerdo a los tipos de fuegos que puedan presentarse, así como su utilización.

2.

El equipo contra incendio no debe utilizarse para fines que no sean precisamente el combate de fuegos o prácticas de adiestramiento. Queda así mismo prohibido obstruirlo, dificultando su accesibilidad o fácil localización.

61

3.

Todo trabajador que por alguna circunstancia retire un extintor de su estación, tiene la obligación de colocarlo nuevamente en su lugar, de no haberlo utilizado. Si lo utilizo debe reportarlo y entregarlo al encargado del mantenimiento de ese equipo.

4.

Todo equipo o accesorio contra incendio con deficiencias (extintores sin sello, sin presión, dañados o bloqueados, mangueras en mal estado, fugas de agua en la red de hidrantes, etc., debe reportarse inmediatamente al encargado del mantenimiento de ese equipo.

5.

Queda prohibido instalar equipo portátil contra incendio cuyo agente extinguidor sea a base de agua, en las subestaciones de transmisión.

62

SECCIÓN 816 – CORTE Y SOLDADURA A. REGLAS GENERALES 1.

Los trabajos de corte y soldadura deben efectuarse únicamente por personal calificado.

2.

Los equipos y accesorios que se utilicen para los trabajos de corte y soldadura, deben adecuarse a la normatividad interna y externa.

3.

Antes de iniciar los trabajos, se revisarán minuciosamente todos los componentes del equipo, verificando que se encuentren en perfecto estado. En caso de existir daños o defectos, se repararán por personal competente, de acuerdo a especificaciones del fabricante.

4.

El soldador usará equipo de protección para la vista, con el filtro adecuado, que en el caso de soldadura será del tipo careta facial completa. Usará también guantes de cuero y de ser necesario por la naturaleza del trabajo, mangas, mandil o polainas de cuero. El ayudante o ayudantes usarán protección adecuada para la vista y guantes para realizar trabajos de soldadura.

5.

Los trabajos se harán preferentemente en áreas con buena ventilación natural. De no ser posible, se proveerá de ventilación artificial o se utilizará equipo de protección respiratoria, esto solo en casos excepcionales.

6.

Cuando se hagan trabajos de corte y soldadura en tanques, barriles y otros recipientes, piezas huecas o en espacios confinados, previamente se ventilarán y/o limpiarán de substancias que puedan incendiarse, explotar o producir gases o vapores nocivos.

7.

Deben retirarse del área de trabajo los materiales combustibles o inflamables. De no ser posible, se mantendrá vigilancia especial, y se usarán mamparas para confinar el calor, chispas o escoria.

8.

Invariablemente, el efectuar trabajos de corte y soldadura, se tendrá a la mano el equipo contra incendio adecuado, en buenas condiciones de operación.

B. SISTEMA OXIGENO – COMBUSTIBLE. 1.

Todos los cilindros deben estar identificados de acuerdo al código de colores.

2.

No se usará el Acetileno a presiones superiores a las 15 libras por pulgada cuadrada (1 kilogramo por centímetro cuadrado).

3.

Los cilindros se mantendrán alejados de las fuentes de calor.

63

4.

Los cilindros vacíos se mantendrán con las válvulas cerradas, su capuchón colocado y con un aviso que diga: “Vacío”.

5.

Los cilindros de Acetileno deben almacenarse y utilizarse siempre en una posición vertical, con la válvula hacia arriba y con cubierta protectora.

6.

Debe vigilarse el buen estado de los cilindros, válvulas, coples, reguladores, conexiones, mangueras y demás accesorios manteniéndolos limpios. Particularmente libres de aceite y grasas.

7.

Debe evitarse al contacto del Oxígeno con superficies aceitosas o grasas. Nunca se introducirán los cilindros en áreas confinadas.

8.

Queda prohibido levantar o izar los cilindros sujetándolos de las válvulas o de las cubiertas protectoras de las válvulas. Cuando sean movidos o izados con equipo mecánico, se usarán plataformas o “camas” u otros medio equivalente que aseguren su inmovilidad.

9.

Los cilindros en servicio tendrán colocado su maneral, manija o llave de la válvula.

10.

Por ningún motivo se usaran los cilindros como soporte o rodillos.

11.

Cuando se tengan problemas para abrir una válvula, no debe forzarse, sino notificarse al proveedor y seguir sus instrucciones.

12.

No deben usarse los cilindros de gas combustible sin sus correspondientes reguladores de presión. Antes de quitar un regulador, se cerrará la válvula y se purgará el regulador.

13.

En caso de que existan escapes por las válvulas, siempre se retirarán los cilindros de las fuentes de ignición, llevándose a un lugar despejado y bien ventilado, donde se vaciaran lentamente.

14.

Los cilindros nunca deben moverse, excepto cuando estén asegurados en carretillas especiales, y antes de haberles quitado los reguladores y colocado los capuchones o cubiertas protectoras de las válvulas.

15.

Para su utilización, las válvulas de los cilindros de Acetileno, no deben ser abiertas más de una y media vueltas.

16.

Invariablemente, los sistemas de gas combustible-oxigeno, tendrán arrestadores de flama y válvulas check.

17.

Cuando el equipo deje de utilizarse o sea necesario dejarlo desatendido, se cerrarán las válvulas, se purgará y se recogerán las mangueras.

64

C. SISTEMAS POR ARCO ELÉCTRICO. 1.

Deben usarse pantallas o biombos fijos o portátiles, para la protección del personal ajeno a las labores de soldadura.

2.

Cuando los electrodos no están en uso, se retirarán de las pinzas.

3.

Toda maquina que deje de utilizarse o que se deje desatendida, debe apagarse y desconectarse.

4.

Cuando una máquina se moje, antes de volverse a utilizar, se secará perfectamente y se probará por personal competente, conforme a especificaciones del fabricante.

5.

Antes de operar las maquinas para soldadura eléctrica, deben aterrizarse en forma efectiva.

65

SECCIÓN 817 – PROTECCIÓN Y MEDICIÓN ELÉCTRICA A. ROPA DE TRABAJO Y EQUIPO DE SEGURIDAD. 1.

Siempre se debe usar la ropa de trabajo y calzado de seguridad proporcionado por CFE, con la camisa de manga larga, fajada y abotonada.

2.

Los equipos de protección personal se debe inspeccionar minuciosamente, antes de su utilización.

3.

El personal que efectúa pruebas, calibraciones, mediciones o conexiones eléctricas, mientras trabaja, no debe portar objetos colgantes y/o metálicos tales como anillos, relojes, pulseras, esclavas, aretes, etc. En caso de que tenga cabello largo que represente un riesgo, se recogerá utilizando una malla, cofia y otro medio efectivo.

4.

Cuando se realicen trabajos en los que puedan producirse arcos eléctricos o proyección de partículas, se utilizarán gafas de seguridad.

5.

Cuando se manejen conexiones energizadas, sobre piso mojado o en otras condiciones igualmente peligrosas, se debe trabajar sobre tapetes aislantes o soportes aislados y en donde sea necesario se utilizarán guantes dieléctricos.

6.

Siempre que se trabaje en lugares calientes donde el sudor de la frente represente un riesgo, el trabajador debe usar una cinta absorbente en la frente una toalla para las manos o guantes de algodón.

7.

Siempre se debe disponer de un detector de voltaje para definir si se tiene tensión presente o no.

8.

Siempre que exista un riesgo de incendio debe tenerse cerca el equipo extintor apropiado.

9.

Siempre que se encuentren trincheras inundadas o cables sumergidos en agua, se debe antes de trabajar, desaguarlas y verificar que no existan cables en corto circuito. Se debe dar aviso al responsable de la instalación.

10.

Siempre debe evitarse la existencia de roedores en tableros, gabinetes, cajas de conexión, ductos y trincheras. Tomando todas las precauciones necesarias tanto para exterminarlos como para evitar daños al personal.

11.

Siempre que se trabaje en gabinetes, ductos o trincheras, a la intemperie, es necesario asegurarse que no existan insectos venenosos. Si es necesario, fumíguese para desalojarlos. Para quitar tapas, utilice guantes y ganchos si es necesario.

66

12.

En zonas donde existan serpientes es indispensable cortar la hierba para tener visión clara del piso de la Subestación. Aún cuando no existan hierbas, se debe solicitar la fumigación de las instalaciones.

13.

Las terminales de los circuitos de corriente para medición, protección y control deben de estar claramente identificadas.

14.

Nunca debe abrirse el secundario de los transformadores de corriente que se encuentran energizados. Cuando sea necesario conectar o desconectar algún instrumento del lado secundario, el lado secundario debe cortocircuitarse con puentes provisionales suficientemente firmes, asegurados de tal manera que por ningún motivo pueda desconectarse mientras esté conectado su lado primario.

15.

Al abrirse circuitos secundarios de transformadores de corriente, además de cortocircuitar la fuente de corriente es importante medir con el amperímetro de gancho o con peinetas de prueba en el equipo que se aísla para ratificar que el equipo ya no tiene ninguna señal o potencial.

16.

Cuando se restablezca el circuito de corriente, medir en todo el circuito con amperímetro de gancho y peineta para ratificar circuito cerrado.

17.

Al subir por las escaleras de transformadores verificar que no tengan agua o aceite que ocasione zafarse al escalar.

B. CONDICIONES DE LA INSTALACIÓN Y VOLTAJE DE CIRCUITOS. 1.

Antes de empezar a trabajar se determinarán en los circuitos sus voltajes y características a las que opera, ya sea por definición en los diagramas o por mediciones confiables.

2.

Siempre debe hacerse una revisión minuciosa de las condiciones de la instalación (tableros, gabinetes, cajas de conexiones, bases, cubiertas de equipo, etc.), verificando su buen estado. Se verificará que las conexiones a tierra sean correctas y que las partes supuestamente desenergizadas realmente lo estén.

3.

Debe respetarse las distancias mínimas de seguridad respecto a las partes que operan en alta tensión, excepto cuando hayan sido conectadas previamente a tierra y en corto circuito.

4.

En circuitos de baja tensión, nunca deberá tocarse si no se ha verificado la existencia de tensión o de corriente y se han determinado los guantes, accesorios y herramientas a usar.

5.

Toda caja metálica que contenga equipo o circuitos eléctricos y no este aterrizada, se debe considerar como energizada al voltaje mas alto de los circuitos que contenga.

67

6.

La instalación o retiro de relevadores, medidores o accesorios, se realizará siempre de acuerdo al procedimiento del fabricante o bien desenergizado los equipos.

7.

Siempre que se mida la corriente en circuitos de baja tensión, con voltamperímetro de gancho, se asegurará previamente que las terminales del conductor estén firmemente conectadas y sin posibilidades de movimiento.

8.

Siempre debe verificarse la existencia de humedad en los tableros, gabinetes, conexiones y equipos en general. En caso de existir, se debe reportar al responsable de la instalación y tomar todas las precauciones relativas a circuitos energizados.

C. HERRAMIENTAS Y EQUIPO DE TRABAJO. 1.

Antes de su utilización se revisará, minuciosamente, verificando su buen estado y funcionamiento adecuado.

2.

Los mangos o manerales de las herramientas de mano que se utilicen (pinzas, llaves, desarmadores, etc.) y los vástagos de los desarmadores, deben estar forrados con material aislante.

3.

Periódicamente a los equipos de prueba, sus cables, conexiones y accesorios se les debe dar mantenimiento, de acuerdo a programas preventivos establecidos.

4.

Siempre debe asegurarse de la confiabilidad del equipo de prueba. Para tal propósito debe verificarse periódicamente y transportarse con la protección adecuada.

5.

Las pértigas para faseo y su medidor de tensión siempre deben guardarse en su propio estuche incluyendo sus cables. Deben revisarse minuciosamente cada vez que se usen.

6.

Antes de utilizar los detectores de voltaje para montaje en pértiga, debe comprobarse su operación en un equipo o línea de alta tensión que esté energizada.

7.

Siempre que se trabaje en circuitos capacitivos o cables de potencia de alta tensión forrados, debe asegurarse su descarga a tierra antes de tocarlos.

8.

Siempre que se manejen fusibles de baja tensión del tipo cartucho debe utilizarse una pinza aislada, especial para está objeto.

9.

Siempre que se efectúen pruebas de saturación o relación en transformadores de corriente o de potencial, debe evitarse el acceso a las conexiones o conectores de los devanados de alta tensión.

10.

Durante el uso de aparatos de prueba de alta tensión deben seguirse las instrucciones del Manual del Equipo, asegurándose que nadie se aproxime o transite en el lugar o trayectoria de las partes a energizar. Se tendrá vigilancia o se instalarán avisos para prevenir acercamientos imprevistos. 68

11.

Cuando se realice mantenimiento de equipo de protección y medición en Centrales Termoeléctricas fuera de la sala de control, se debe usar equipo de protección auditiva específico.

69

SECCIÓN 818 – LÍNEAS A. REVISIÓN DE LAS INSTALACIONES ANTES DE TRABAJAR. 1.

Toda revisión de líneas ya sea desde el piso o en las estructuras, deben hacerse del conocimiento del operador del centro de control correspondiente.

2.

Siempre que las líneas se revisen, debe contarse con uno o más medios expeditos de comunicación, para estar en contacto con la Subáreas de Transmisión, los operadores de Subestaciones o del centro de control correspondiente y, tener posibilidades seguras de reportar cualquier información relativa al estado de las líneas o percances que se presenten.

3.

Antes de ascender a cualquier estructura, se debe contar con el equipo de seguridad revisado y aprobado.

4.

Debe verificarse cuidadosamente la concurrencia de circuitos tanto operados por CFE, como de otros servicios tales como alumbrado público, teléfonos, televisión por cable, etc., detectando los posibles riesgos y las medidas preventivas correspondientes.

5.

Antes de ascender a la estructura se debe revisar el piso, las conexiones a tierra, que en los cables y aisladores no haya problema y que no falten herrajes en la estructura.

6.

Antes de iniciar el ascenso o cualquier trabajo en los postes ó estructuras, deben revisarse minuciosamente para determinar si soportan los esfuerzos mecánicos adicionales a que habrán de someterse, posterior al trabajo, esta revisión es todavía más importante cuando vayan a instalarse o retirarse conductores o retenidas. Ver la sección 809. “Trabajos en alturas”, de éste Reglamento.

7.

Durante el ascenso a la estructura o poste el trabajador debe revisar los peldaños, apriete de los herrajes a su alcance y reportar cualquier anomalía.

8.

Si la revisión es a una línea energizada, el trabajador debe evitar acercarse a los cables y partes energizadas más allá de las distancias de seguridad, observando que las clemas, anclajes, aisladores, conductores y herrajes, estén en buen estado, usando en todos los casos los formatos empleados en los reportes de inspección. También tendrá cuidado de revisar el estado físico de las conexiones de los cables de guarda y sus herrajes.

9.

Es muy importante observar el buen estado de los anclajes de la base verificando que no haya corrosión, ni efectos electrolíticos que hagan insegura la sustentación de la estructura.

70

10.

Siempre debe verificarse que la estructura no esté vencida o torcida y que la cimentación no esté deslavada o fracturada.

11.

Se deben reportar excesos de vibración y/o falta de amortiguadores.

12.

Según las observaciones anteriores, se definirán los trabajos a ejecutar a la línea, definiendo los recursos humanos y materiales que se deben ocupar.

B. BRECHAS Y PODA DE ÁRBOLES 1.

En los trabajos de limpieza de brecha, se usarán guantes de cuero y gafas de seguridad.

2.

Cuando se trabaje a dos metros o más sobre el nivel del piso, es obligatorio el uso de cinturón y bandola de seguridad.

3.

Al utilizar machete, los golpes se orientarán siempre de tal manera que en caso de que el machete rebote o se desvíe, no vaya a ocasionar una lesión.

4.

No deben usarse los brazos de las grúas para arrancar ramas y menos ejerciendo esfuerzos laterales, que puedan dañarlos, desprender las canastillas o volcar el vehículo.

5.

Si se usa motosierra deben tomarse las siguientes precauciones:

6.

a.

Prever amarres del árbol a cortar para que al caer sea retirado o alejado de los conductores.

b.

Seleccionar los puntos de corte para que el árbol o ramas caigan alejadas de la línea.

c.

El trabajador que opera la motosierra debe conocer su funcionamiento.

d.

El trabajador que opere la motosierra tenga capacidad física para soportarla sin riesgo.

e.

El trabajador que la opere debe ubicarse correctamente, para no perder el equilibrio o ser golpeado por el tronco o ramas.

El personal que desarrolle trabajos en áreas donde exista el riesgo de ser atacado por animales venenosos, debe recibir entrenamiento especifico de primeros auxilios para la atención de este tipo de emergencias. Así mismo, es recomendable la utilización de botas altas, de las llamadas “botas viboreras”, o de polainas que hagan esa misma función.

71

C. MANEJO DE CONDUCTORES U OBJETOS CONDUCTORES EN LA CERCANÍA DE PARTES ENERGIZADAS. 1.

Todo objeto conductor, alambre, cable que no esté conectado sólidamente a tierra y que este siendo desplazado en la cercanía de partes energizadas, se debe manejar como si estuviera energizado, respetando las distancias de seguridad correspondientes.

2.

Al ejecutar el tendido del objeto conductor en la cercanía de partes energizadas, los cables que se están tendiendo deben aterrizarse a la salida del carrete, en su extremo y en la cercanía de la parte energizada. Este aterrizaje debe efectuarse mediante equipo de puestas a tierra del tipo deslizante. Al efectuarse el tensionado se aterrizara en los dos extremos y en la cercanía de la parte energizada.

3.

El objeto conductor que se esté manejando en el tendido o tensionado, además de aterrizarlo en los extremos será amarrado cerca de las partes mas expuestas a los puntos de voltaje y de oscilación. El amarre se hará con soga aislante limpia y seca para su manipulación y separación desde el piso, y si es necesario, se usaran pértigas aislantes.

4.

Para el tendido de conductores u objetos conductores, reparación o separación en una línea donde es preciso pasar sobre otras líneas energizadas o bien sobre vías de comunicación, carreteras, caminos o vías de ferrocarril, es necesario valerse de construcciones auxiliares o equipos como grúas telescópicas para guardar la distancia de seguridad entre el conductor en movimiento y las líneas que se cruzan. Además se deben instalar avisos preventivos previa coordinación con los afectados, ya sea para interrumpir los circuitos, bajar los conductores o contar con vigilancia auxiliar.

D. SECCIONALIZACIÓN DE CIRCUITOS Y USO DE AVISOS PREVENTIVOS 1.

La desconexión de líneas o equipo de la fuente de energía eléctrica, se hará abriendo primero los equipos diseñados para operar con carga.

2.

Cuando se hayan abiertos las cuchillas de operación en grupo con objeto de librar una sección de una línea, en ese lugar, a una altura conveniente, se colocará un aviso preventivo con la leyenda: “PELIGRO, NO ENERGIZAR”, además de acordonar el área de trabajo, se debe colocar candados y tarjetas de libranza en las manijas de control de los tableros de las Subestaciones.

3.

Cuando se encuentre abierto algún interruptor, cuchillas o puentes localizados en un circuito, deben considerarse que está en libranza, hasta no comprobar lo contrario. Mientras tanto no debe cerrarse.

4.

Para la apertura o cierre de cuchillas de operación en grupo se debe: a. Verificar que el maneral esté aterrizado. 72

b. Usar guantes dieléctricos de la clase 4, casco, botas, ropa de trabajo y protección ocular. c. Verificar que las 3 fases de la cuchilla abrieron o cerraron completamente. 5.

Siempre que se trabaje en líneas desenergizadas que tengan dispositivos de potencial tipo capacitivo, capacitores en serie o reactores, deben aterrizarse estos equipos, además de aterrizar en el lugar de trabajo. Estas líneas deben contar permanentemente con un letrero con la siguiente leyenda: “PRECAUCIÓN LÍNEA CON EQUIPO CAPACITIVO Y REACTIVO QUE DEBE SER ATERRIZADO ANTES DE TRABAJAR CON LA LÍNEA DESENERGIZADA”

E. INSTALACIÓN Y RETIRO DE CABLES 1.

Al instalar o retirar cables en el cruce de carreteras o caminos deben colocarse barreras y avisos preventivos suficientes, para prevenir a los peatones y vehículos en circulación. En caso de que las condiciones de tráfico lo exijan, se instalarán estructuras adicionales a ambos lados de la carretera. Si es necesario se dedicarán uno o más trabajadores a advertir al tráfico vehicular y/o peatonal los riesgos existentes, utilizando banderolas rojas y en la noche señales luminosas.

2.

La revisión previa de las estructuras tanto de trabajo como adyacentes es imprescindible. Ver la sección 809 de este mismo reglamento.

3.

Siempre que se efectué un tensionado, el trabajador que se encuentre arriba de la estructura se posicionará en el lado opuesto a los conductores que están siendo pensionados y se embandolará en algún un punto que no este siendo sujeto a esfuerzos mecánicos considerables.

F. CONEXIONES Y DESCONEXIONES A PARTES ENERGIZADAS. 1.

Cuando se conecten equipos o líneas desenergizadas a un circuito energizado, por medio de algún cable o dispositivo de conexión este se conectará primero a la parte desenergizada. Inversamente cuando se desconecte, la parte del lado de la fuente se desconectará primero.

2.

Al conectar o desconectar conectores de tipo “Perico” se usará Pértiga de Escopeta, en su posición de “cerrado” con el maneral deslizable por debajo del tope o candado, de tal forma que por ningún motivo el “Perico” pueda soltarse involuntariamente. Una vez desconectado, se fijará en algún punto accesible, evitando dejarlo suelto

73

3.

Para la apertura de cualquier puente se debe tener la certeza de que no tenga carga y se evitará poner en serie con el circuito.

G. USO DE GRÚAS 1.

Diariamente, antes de utilizarse se debe verificar la operación de la grúa, efectuando un ciclo completo de todas sus funciones. Periódicamente se debe inspeccionar a detalle, usando la Guía de Inspección correspondiente.

2.

Solo podrán operarse por personal debidamente capacitado y autorizado, quienes deben conocer sus características de operación, mantenimiento y limitaciones, debiendo existir en la unidad para su consulta, una copia de los instructivos proporcionados por el fabricante.

3.

Queda prohibido a los trabajadores utilizar el brazo de las grúas como medio de sustentación o acceso para trabajar en partes elevadas.

4.

El vehículo debe desplazarse siempre con el brazo en su posición de traslado.

5.

Cuando se utilice el brazo en la cercanía de líneas o equipo energizado, se mantendrán las distancias de seguridad correspondientes, además de conectarla a una tierra efectiva. La tierra obtenida a través de los gatos estabilizadores no se debe considerar como tierra efectiva.

6.

Si el lugar de trabajo es una superficie inclinada, la grúa se debe estacionar viendo hacia arriba o hacia debajo de la pendiente. El brazo se debe operar siempre hacia la parte de arriba de la pendiente. Invariablemente, previamente se bajarán primero los gatos que quedan hacia debajo de la pendiente, hasta obtener la mayor nivelación posible del chasis. Después se bajará el otro par de gatos estabilizadores. En todos los casos, se bloquearán con topes las dos llantas que quedan hacia la parte más baja de la pendiente.

7.

Cuando se bajen o retraigan los gatos estabilizadores, el operador debe vigilar que no ocasionen lesiones a los trabajadores.

8.

Al utilizar el malacate (Winch) para izar, se debe vigilar que el cable se enrolle uniformemente en el tambor, para evitar desplazamientos verticales violentos de la carga.

H. EQUIPO MECÁNICO DIVERSO 1.

Los equipos mecánicos tales como garruchas, malacates, tensores, aparejos, etc., que se vayan a utilizar para el desarrollo de algún trabajo, deben tener las características de diseño suficiente para soportar los esfuerzos a que serán sometidos, debiendo revisarse antes de cada utilización.

74

I. TRABAJOS DE MATENIMIENTO EN LÍNEAS DESENERGIZADAS 1.

Verificar que la libranza haya sido concedida.

2.

Aterrizar en el lugar de trabajo.

3.

La comunicación con los operadores de los centros de control y de subestaciones involucradas, debe ser eficiente.

4.

Ningún trabajador debe permanecer debajo de la trayectoria de caída libre de objetos y materiales.

5.

Se debe retirar a personal ajeno a la maniobra.

6.

En el manejo de cadenas de aisladores y otros materiales, cuidar que los amarres sean correctos para evitar caídas imprevistas. Antes de elevar, revisar que no falten chavetas entre aisladores y en su defecto reponerlas.

7.

El trabajador además de utilizar el cinturón y bandola, debe contar con el arnés de suspensión, sujetándolo a la trabe por medio de cuerdas apropiadas (línea de vida).

8.

Los materiales o herramientas que se utilicen durante la maniobra, por ningún motivo se deben dejar caer. Para mandarlos al piso debe usarse la bolsa de lona y soga mandadera.

9.

Para dar por terminado el trabajo debe asegurarse que no falten pernos, chavetas, ni herrajes de sujeción y que los aprietes de tornillos y tuercas sean correctas.

10.

La licencia se devolverá, previa revisión del trabajo ejecutado y habiendo retirado los equipos de aterrizamiento y que el personal se encuentre en el piso.

75

SECCIÓN 819 – TRABAJOS EN LÍNEAS ENERGIZADAS A.

PLANEACIÓN Y SUPERVISIÓN DEL TRABAJO.

1.

En estos trabajos, se debe impedir la participación de trabajadores que no tengan la debida capacitación y experiencia especificas. Para fines de adiestramiento, dichos trabajadores participarán únicamente bajo la supervisión directa y personal de otro trabajador experimentado y capaz.

2.

En estos trabajos es particularmente importante impedir la participación de trabajadores que no se encuentren física y mentalmente aptos para desarrollar el trabajo en forma segura, en especial por efecto de bebidas alcohólicas o de drogas.

3.

Las maniobras en líneas energizadas se deben planear muy cuidadosamente, haciendo notar a todos los integrantes de la cuadrilla los riesgos que pueden presentarse, y sus correspondientes medidas preventivas.

4.

En estos trabajos en particular, los trabajadores deben emplear su mejor criterio, para prever los posibles efectos de sus acciones, por su propia seguridad y la de otros trabajadores, del público, y de las instalaciones de CFE o propiedades particulares.

5.

El jefe de cuadrilla o encargado de trabajo, tiene especial obligación de supervisar permanentemente los procedimientos de trabajo, el buen estado de los equipos y herramientas, y el respeto a las reglas de seguridad aplicables.

6.

Antes de iniciar los trabajos, se deben revisar cuidadosamente las estructuras sobre las que se trabajen, así como las adyacentes.

7.

El jefe de cuadrilla o encargado del trabajo debe vigilar que ningún trabajador ajeno a la maniobra se acerque a partes energizadas de la fase en que se trabaja, así como de las otras fases que están a diferente potencial.

8.

Además de las estructuras, se deben revisar cuidadosamente las condiciones de los herrajes, puentes, conductores, amortiguadores, etc., para evitar fallas que puedan ocasionar accidentes. Es particularmente importante la inspección minuciosa del aislamiento, ya que si este llega a fallar durante el desarrollo de la maniobra, el arco eléctrico que se produce puede lesionar seriamente a quienes están en su cercanía. Es por lo anterior que se debe tener la certeza de que el aislamiento no fallará durante la maniobra.

B. 1.

CONDICIONES CLIMATOLOGICAS. Cuando esté lloviendo no se deben iniciar trabajos en líneas energizadas.

76

2.

C.

Si durante el desarrollo de los trabajos llueve, el trabajo debe suspenderse hasta que las condiciones del ambiente sean apropiadas. LICENCIAS PARA TRABAJOS EN LÍNEAS ENERGIZADAS.

1.

No se debe efectuar ningún trabajo sin la correspondiente licencia, en los términos del Reglamento denominado Reglas del Despacho y Operación del Sistema Eléctrico Nacional.

2.

Cuando existan circuitos muy próximos al circuito en trámite de licencia, debe analizarse cuidadosamente si puede o no afectar al circuito en tramite o viceversa, para que en su caso se gestione también la licencia correspondiente al circuito en proximidad.

D. 1.

E. 1.

F.

ROPA DE TRABAJO Y EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL. En los trabajos en líneas energizadas el liniero debe utilizar la ropa y calzado proporcionados por CFE. No debe portar joyas ni objetos conductores en los bolsillos. Asimismo debe usar casco con barbiquejo y gafas de seguridad. DISTANCIAS DE SEGURIDAD. En los trabajos de líneas energizadas, el liniero debe respetar las distancias de seguridad correspondiente, con respecto a las fases en las que se encuentre trabajando en ése preciso momento, y con relación a las partes a tierra. ESPECIFICACIONES DE EQUIPO.

1.

Las normas del fabricante para el uso de las herramientas para trabajos en líneas energizadas deben respetarse. Estas herramientas no deben usarse para fines distintos para los que fueron diseñados.

2.

No deben hacerse modificaciones a las canastillas, brazos aislados, pértigas, plataformas, cubiertas protectoras, traje conductor, equipos de protección personal o herramientas para líneas energizadas, si no es bajo la supervisión de personal técnico calificado, y de acuerdo a las especificaciones del fabricante.

G.

PÉRTIGAS AISLANTES.

1.

Antes y después de cada uso, las pértigas deben ser inspeccionadas y limpiarse.

2.

Toda pértiga defectuosa se debe marcar y retirar inmediatamente de uso, hasta en tanto no sea reparada y aprobada por personal competente conforme a especificaciones del fabricante.

77

3.

Cuando durante el trabajo deje de utilizarse momentáneamente una pértiga, no debe colocarse directamente en el suelo sino sobre soportes especiales o sobre lona.

4.

Su almacenamiento y transporte se hará en compartimientos especiales, o en bolsa de lona ahulada, que los protejan de la humedad, contaminantes o daños por contacto con herramienta o materiales punzantes, cortantes o abrasivos.

H.

PRUEBAS PERIODICAS Y MANTENIMIENTO DEL EQUIPO.

1.

Las canastillas, sus cubiertas interiores (“líners”) sus brazos aislantes, las plataformas, guantes dieléctricos, cubiertas protectoras, pértigas, traje conductor, y en general todo el equipo y herramienta para líneas energizadas, deben tener un programa de mantenimiento y pruebas periódicas, para garantizar sus condiciones mecánicas y de aislamiento. Los trabajadores deben vigilar que dichos programas se cumplan.

2.

Las reparaciones del equipo y herramienta para trabajos de líneas energizadas, se harán siempre de conformidad con las especificaciones del fabricante, y antes de usarse nuevamente se deben revisar por personal calificado, haciendo las pruebas necesarias.

I.

INSPECCIÓN Y CUIDADO DEL EQUIPO.

1.

Antes de iniciar cada trabajo, todo el equipo y herramienta que vaya a ser utilizado se debe inspeccionar cuidadosamente, asegurándose de la integridad de su aislamiento, de sus buenas condiciones mecánicas y de que estén secos y limpios.

2.

Antes de iniciar trabajos en grúas con canastilla se debe verificar los niveles de los fluidos hidráulicos y ausencias de fugas. Además se efectuará un ciclo completo de operación con cada uno de los controles.

3.

A fin de mantenerlo razonablemente seco y limpio cuando el equipo para líneas energizadas deje de usarse momentáneamente, no se podrá directamente en el suelo, sino que se utilizará una lona o percha diseñada para ese fin.

4.

Las pértigas y el material aislante utilizado para cubrir, cuando no esté en uso, se transportará y conservará en un sitio adecuado, evitándose el contacto con grasas o aceites, solventes, ácidos, agua, material o herramientas punzantes, cortantes o abrasivos.

J. 1.

OPERACIÓN DE GRÚAS CON BRAZO AISLADO. Deben ser operadas únicamente por personal experimentado y expresadamente autorizado.

78

debidamente

capacitado,

2.

Los operadores deben conocer detalladamente sus procedimientos de operación normal y de emergencia; sus limitaciones, que en todo momento respetarán, y los procedimientos de mantenimiento, vigilando que se cumplan oportunamente.

3.

El vehículo solo será desplazado con el brazo en su posición de traslado.

4.

Cuando el lugar de trabajo sea una superficie inclinada, la grúa se posicionará de acuerdo a la regla 1G de la sección 818 de este reglamento.

5.

Cuando se vaya a trabajar en las canastillas, además de operar el freno de mano y otros dispositivos de frenado propios de la grúa, se colocarán topes.

6.

En todos los casos, antes de que el brazo sea elevado se extenderán los gatos estabilizadores. Cuando el terreno sea flojo se colocarán placas distribuidoras de fuerza que eviten el hundimiento de las bases de los gatos.

7.

El vehículo debe aterrizarse. No deben considerarse los gatos estabilizadores como tierra efectiva. Debe utilizarse la tierra del sistema, y de no haberla use la varilla de tierra provisional.

8.

Cuando se trabaje operando el brazo desde los controles de la canastilla, entre el personal de piso habrá cuando menos un trabajador que sepa operar los controles, normales y de emergencias, para el caso de fallas o accidentes.

9.

Solo en los casos de grúas sin control de operación en la canastilla, se permitirá la operación del brazo desde los controles de la plataforma cuando se trabaja con canastilla. En esta situación, el operador de la plataforma es enteramente responsable del posicionamiento de la canastilla en el lugar de trabajo, debiendo tenerse un buen sistema de señales entre el operador y el liniero en la canastilla. En todo momento, el operador debe tener una vista completa de la canastilla y equipo auxiliar.

10.

Cuando el brazo articulado se encuentre extendido, la grúa podrá ser tocada únicamente con permiso expreso del operador y/o del liniero en la canastilla. Por otra parte, el brazo articulado no debe moverse si alguien esta tocando simultáneamente la grúa y tierra.

K.

CANASTILLAS.

1.

No debe permitirse viajar en el brazo aislado, ni en las canastillas. Se prohíbe escalar por el brazo.

2.

Los linieros deben asegurarse al brazo de la grúa y no a la canastilla, ni a las estructuras cercanas.

79

3.

Mientras trabajan en las canastillas, los linieros mantendrán ambas piernas dentro de la canastilla y cuando menos un pie apoyado en el fondo de la misma.

4.

Debe evitarse salir de la canastilla para pasar a otro sitio. En los casos justificados, lo harán bajo la supervisión y autorización del jefe de cuadrilla o encargado del trabajo siempre y cuando, previamente se hayan asegurado a la estructura a la que pretenden pasarse.

5.

No deben atarse objetos a las canastillas o sus brazos, ni excederse su capacidad de carga. Los conductores que hayan de moverse con la canastilla serán solo aquellos de un peso tal que el liniero pueda sostenerlos con sus manos. Cuando sea necesario subir material a la canastilla, será también de un peso tal que el liniero en la canastilla pueda subirlo mediante una línea mandandera sencilla, sin usar combinaciones de poleas.

L. GUANTES DIELÉCTRICOS 1.

Todo par de Guantes Aislantes de Hule debe ser Clase 00, 0, 1, 2, 3 y 4. Su uso debe ser aprobado periódicamente cada seis meses como mínimo y conforme a un programa establecido coordinadamente por el Departamento de Seguridad e Higiene y la Subgerencia de Distribución.

2.

Durante el período de uso, el trabajador tiene la responsabilidad de vigilar su buen estado y limpieza, dándoles el uso, cuidados, mantenimiento y almacenamiento según la especificación del fabricante.

3.

Todo guante de hule dañado debe mutilarse parcialmente (cortar un dedo), para así identificarse y evitar su utilización por equivocación.

4.

De acuerdo a la clase de guante de hule, el trabajador no los usará en tensiones mayores que las tensiones de utilización correspondientes, ni para otros fines que no sean exclusivamente protección personal.

5.

Al inspeccionar sus guantes de hule antes de utilizarlos, el trabajador debe verificar que no tengan abrasión excesiva (raspaduras), astillas, burbujas, cortaduras, grietas y perforaciones y otros daños semejantes. Asimismo, les efectuarán como mínimo la prueba de aire. Tanto la inspección como la prueba de aire deben hacerse por ambas caras del guante (“al derecho y al reves”).

6.

El tamaño de los guantes corresponderá a la talla de la mano del usuario.

7.

Los guantes de hule deben usarse únicamente en la mano para la que fueron fabricados, no debiendo usarse “al revés”. Esto es, no se volteará el guante izquierdo para usarlo como derecho o viceversa.

8.

Los guantes de hule se usarán SIEMPRE con sus guantes protectores de piel y de algodón, que serán de la talla correspondiente al de hule. 80

9.

Los guantes protectores de piel deben mantenerse limpios, libres de grasa o aceites, tierra, rebabas, astillas, etc., sin roturas o perforaciones, no debiendo usarse como guantes de trabajo común; por su parte, no deben usarse guantes de cuero de trabajo común como protectores de los de hule.

10.

Cuando no se estén usando los guantes de hule, se deben guardar en su correspondiente bolsa de lona, con el extremo del puño hacia el fondo de la bolsa.

11.

En su almacenamiento, se debe evitar que sufran dobleces o esfuerzos mecánicos, debiendo guardarse en lugar fresco y seco, alejados de los rayos directos del sol y otras fuentes de calor, limpios y secos, por su lado “derecho”, de preferencia en sus cajas originales.

12.

En caso de contacto del hule con aceites, grasas y otros derivados del petróleo, deben limpiarse de inmediato, lavarse y probarse posteriormente.

13.

Los guantes de hule deben mantenerse limpios, para lo cual se deben lavar con jabón neutro y agua tibia, dejándolos secar en un lugar fresco, a la sombra, con los dedos hacia arriba y/o utilizando una toalla suave y limpia.

14.

Los guantes de hule, mangas, mantas y cubiertas protectoras aislantes, reciben la siguiente denominación: TENSIONES Y CORRIENTES DE PRUEBA PARA ELEMENTOS DE HULE DE USO ELÉCTRICO CLAS TENSIÓN TENSIÓN CORRIENTE E DE MÍNIMA DE MÁXIMA PRUEBA PERFORACIÓN DE FUGA (Tensión EN kV (rcm) en mA de 28 aguante 0 250 400 450 en kV (rcm) 00 2.5 4 8 12 0 5 6 8 12 14 16 1 10 20 14 16 18 2 20 30 16 16 20 3 30 40 18 20 22 4 40 50 22 24

15.

TENSIÓN MÁXIMA DE USO c.a kV (rcm)

0.5 1 7.5 17 26.5 36

Es responsabilidad de C.F.E. especificar al proveedor la correspondencia que debe haber entre el guante de hule y el de piel.

81

16.

Además de los casos o labores que se indiquen en alguna otra parte de este Reglamento, deben usarse guantes aislantes de hule de la clase adecuada en los casos o tareas que se enlistan a continuación. a. Cuando se trabaje con equipo o líneas energizadas, en tareas de construcción o mantenimiento, desde canastillas o plataformas aisladas. b. Cuando se trabaje en contacto con estructuras que soporten circuitos energizados de media y alta tensión, sobre los que se esté trabajando en ese momento. c. Cuando se manejen conductores que vayan a ser instalados o removidos de estructuras, que soporten otros circuitos de media tensión energizados. d. Cuando se trabaje con conductores de alta tensión energizados que vayan a ser instalados o removidos mediante pértigas. e. Cuando se toquen postes o equipos que están siendo colocados o retenidos en la cercanía de líneas o partes energizadas de media y alta tensión. f. Al efectuar conexiones o desconexiones en sistemas subterráneos. g. Cuando se está trabajando con máquinas o equipos móviles, en la cercanía de líneas o equipo energizado de media y alta tensión. h. Al abrir o cerrar cuchillas con maneral propio. i. Al abrir o cerrar cuchillas, al instalar o retirar equipos de puesta a tierra con pértiga aislante, en ambientes húmedos o lluviosos y en general al efectuar cortes de corriente en ambiente húmedo o lluvioso. j. Cuando se operen con pértigas los restauradores y equipo similar y manualmente los interruptores. k. Cuando se conecte o desconecte una bajante a tierra.

M.

TRABAJOS EN AISLADO SOBRE AISLADO (MANO ENGUANTADA).

1.

No deben iniciarse trabajos con plataforma o canastilla, cuando la humedad relativa sea mayor de 75%.

2.

El aislamiento del que depende el trabajador para establecer contacto con la línea energizada, deben ser: las pértigas aisladoras, las canastillas con brazo aislado, las plataformas aisladas o sogas de polipropileno, siempre y cuando se encuentren secas y limpias.

3.

Durante la jornada de trabajo el liniero debe limpiar sus guantes de hule. 82

4.

Se debe trabajar siempre sobre una sola fase a la vez. Nunca se trabajará en dos o más fases simultáneamente.

5.

En los trabajos con plataforma o canastilla, se deberán respetar las distancias de seguridad correspondientes.

6.

Las distancias de seguridad, se mantendrán también para la canastilla y su brazo aislado y las plataformas aislantes, con respecto a las fases en que no se esté trabajando y también con respecto a tierra.

7.

Para trabajar en líneas o circuitos energizados, las canastillas deben tener sus correspondientes “líners” o cubiertas interiores de polietileno.

N.

TRABAJOS CON PÉRTIGA

1.

En trabajos con pértigas, la distancia de seguridad, medida desde conductor a las manos del liniero, se considera a partir de la parte metálica más baja de la pértiga; o se aumentarán 15 cm. más las distancia mínimas de seguridad que se especifican en la sección 810 d H-1 de este reglamento.

2.

Para trabajos con pértigas, en condiciones húmedas permisibles, deben usarse guantes de hule.

O.

TRABAJOS CON TRAJE CONDUCTOR (MANO DESNUDA).

1.

Apegarse al procedimiento de uso y cuidado de los trajes para trabajos en líneas vivas.

2.

Antes de usar el traje conductor se debe inspeccionar para determinará su estado, no se debe utilizar si presenta roturas en la malla conductora o por defecto de continuidad eléctrica.

3.

No se debe utilizar el traje conductor si se encuentra sucio, con grasa o tierra, debiendo lavarse antes de su uso.

4.

Al trabajar con el traje conductor, se debe utilizar adecuadamente con todos y cada uno de los accesorios que lo forman.

5.

El jefe de cuadrilla o encargado del trabajo debe vigilar que el trabajador que labore con el traje conductor directamente en la línea, no haga contacto con ninguna parte “sin potencial”, así también que todas las herramientas y materiales que requieran se le proporcionen mediante pértigas aisladas.

6.

En los trabajos con traje conductor, se debe tener especial cuidado en mantener la distancia de seguridad con respecto a otras fases o a puntos conectados a tierra. Esto es particularmente importante cuando se trabaje en alguna fase central, pues puede 83

presentarse el caso de que resulte imposible conservar dichas distancias de seguridad, por lo que el trabajo no podrá realizarse. P.

LAVADO DE AISLAMIENTO DE LÍNEAS O EQUIPO ENERGIZADO

1.

Se hará conforme al procedimiento de lavado CTT-GSLO 13 (Procedimiento para el Mantenimiento Contaminado en Subestaciones y Líneas de Transmisión).

2.

Antes de iniciar los trabajos de lavado, se deben observar las siguientes medidas de seguridad como son: a. Observar si el depósito de agua se encuentra limpio en su interior libre de arena, óxido, etc., que pudiera alterar las características del agua al agitarse su contenido. b. No agregar ni disolver solventes o jabón en el agua. El lavado debe hacerse con la pura presión del chorro de agua sobre el aislador. c. Verificar la procedencia de los vientos predominantes, para ubicarse en el área e iniciar el lavado al lado opuesto a la dirección del viento. d. No lavar cuando se tienen vientos fuertes o temperaturas cercanas al punto de congelación. e. Medir la conductividad del agua, para confirmar si se encuentra dentro del nivel de seguridad de acuerdo a la tabla 2. En caso de que el agua no reúna la especificación requerida, se suspenderá el lavado hasta contar con agua limpia.

CONDUCTIVIDAD (Micro-mho) 100 200 300 400 500 600 700