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UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE GUAYANA VICERRECTORADO ACADÉMICO COORDINACIÓN GENERAL DE PREGRADO COORDINACION DE CONTADURÍA PÚBLICA Y CIENCIAS FISCALES PROYECTO DE CARRERA: CONTADURÍA PÚBLICA

CAMBIOS APLICADOS POR LA EMPRESA RICARDO BRANDT, C.A EN LOS PROCESOS ADMINISTRATIVOS Y CONTABLES AL CONVERTIRSE EN AGENTE DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS DE INDUSTRIA, COMERCIO, SERVICIO O DE ÍNDOLE SIMILAR

TRABAJO DE GRADO PRESENTADO COMO REQUISITO PARA OPTAR AL TÍTULO DE LICENCIADOS EN CONTADURÍA PÚBLICA

Asesor:

Elaborado Por:

Lcdo. Miguel Zorrilla

Gómez Yosdalis C.I.: 20.503.095 Mata Rosi

C.I.: 17.338.459

Puerto Ordaz, 29 de Enero de 2013

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE GUAYANA VICERRECTORADO ACADÉMICO COORDINACIÓN GENERAL DE PREGRADO COORDINACION DE CONTADURÍA PÚBLICA Y CIENCIAS FISCALES PROYECTO DE CARRERA: CONTADURÍA PÚBLICA COMITÉ TRABAJO DE GRADO

AVAL DEL TUTOR PARA LA ASESORÍA DEL TRABAJO DE GRADO

Yo, Miguel Zorrilla, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.899.326, por medio de la presente hago constar que he leído el Trabajo de Grado elaborado por las estudiantes Gómez Yosdalis C.I.:20.503.095 y Mata Rosi C.I.:17.338.459, para optar al título de Licenciados en Contaduría Pública, durante el desarrollo del Trabajo hasta su presentación final y evaluación, cuyo título es CAMBIOS APLICADOS POR LA EMPRESA RICARDO BRANDT, C.A EN LOS PROCESOS ADMINISTRATIVOS Y CONTABLES AL CONVERTIRSE EN AGENTE DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS DE INDUSTRIA, COMERCIO, SERVICIO O DE ÍNDOLE SIMILAR y considero que el mismo cumple con los requisitos exigidos para ser evaluado por el Comité de Trabajo de Grado de la Coordinación del Proyecto de Carrera de Contaduría Pública. En Puerto Ordaz, a los 29 días del mes de Enero de 2013.

Firma _____________________ Licdo. Miguel Zorrilla C.I: 5.899.326

DEDICATORIA

A mi Madre, Elide Mayorga por haber dedicado su vida a la educación, con esmero, amor y paciencia a sus hijos, incentivándolos y motivándolos a superarse y ser siempre mejores personas, tanto en el aspecto personal, como en el aspecto profesional.

A mi Padre, Yordi Mata, por ser un gran guía en implantar buenos principios y modales.

A mi hermana, Yordelis Mata, por ser parte de mi fuente de inspiración.

Rosi L. Mata M.

III

DEDICATORIA

A Dios primeramente, por estar conmigo en todos los momentos de mi vida y ser el primero en darme fuerzas para salir adelante.

A mis padres, José Gómez Velásquez y Migdalis Nóbrega Alcántara, quienes fueron los que me guiaron al estudiar, formando lo que soy y lo que seré, por ellos y para ellos.

A mi abuela Delia María Velásquez, por ser esa luz que inspira luchar y salir adelante.

A mis hermanos José Gómez, Yoselin Gómez, Milagros Nóbrega y mi sobrino Miguel Marín por ser mi ejemplo a seguir y motivo para salir adelante.

Yosdalis C. Gómez N.

IV

AGRADECIMIENTOS En primer y único lugar a mi Señor Dios padre todopoderoso, por siempre caminar a mi lado y llenarme de amor y de fe, brindarme la oportunidad de vivir cada día y darme las fuerzas para seguir siempre adelante sin importar las circunstancias y los percances.

A mi Tutor Académico, el Profesor Miguel Zorrilla, por sus enseñanzas, orientación y su guía, las cuales constituyeron valiosas herramientas para la realización de este proyecto de investigación.

A la empresa Ricardo Brandt, C.A. y su personal, por permitirme realizar mi Trabajo de Investigación para optar por el título de Lcdo. en Contaduría Pública dentro de sus instalaciones y por facilitarme siempre las informaciones requeridas para la elaboración de este proyecto.

A mi compañera de tesis Yosdalis Gómez quien compartió conmigo el camino para el logro de esta investigación y meta propuesta con momentos de estudio, tristeza, felicidad y diversión.

Al Ing. Miguel Álvarez y el Lcdo. Jonathan Araujo por abrir las puertas de Mantis Tecnhologie, C.A. para la obtención de información y conocimientos importantes durante el desarrollo de la investigación.

Rosi L. Mata M.

V

AGRADECIMIENTOS A Dios padre y la Virgen del Valle, por haberme dado la vida y la oportunidad de estar hoy finalizando mi carrera de Licenciatura en Contaduría Pública, además de brindar fortalezas, conocimientos y sabiduría para poder lograrlo.

A mis padres, por llevarme a ser quien hasta ahora soy, por darme la formación y una carrera para mi futuro, cuan orgullosa estoy de ustedes, mil gracias por brindarme todo su amor, apoyo y dedicación incondicional, Dios Todopoderoso y la Virgen los proteja con su manto, LOS ADORO.

A la Profesora Josefina Pacheco, constante guía durante mi trabajo de grado y el Lcdo. Miguel Zorrilla tutor del mismo, por compartir con nosotras sus conocimientos y experiencias dirigiéndonos permanentemente en el logro de la excelencia.

A la empresa Ricardo Brandt, C.A. y su personal, por permitirme realizar mi Trabajo de Investigación para optar por el título de Lcdo. en Contaduría Pública dentro de sus instalaciones y por facilitarme siempre las informaciones requeridas para la elaboración de este proyecto.

A mi compañera de tesis Rosi Mata quien compartió conmigo el camino para el logro de esta investigación y meta propuesta con momentos de estudio, tristeza, felicidad y diversión.

Al Ing. Miguel Álvarez y el Lcdo. Jonathan Araujo por abrir las puertas de Mantis Tecnhologie, C.A. para la obtención de información y conocimientos importantes durante el desarrollo de la investigación. Yosdalis C. Gómez N.

VI

ÍNDICE

pp. RESUMEN.

xii

INTRODUCCIÓN.

13

I PARTE: CENTRO DE INTERÉS.

16

RICARDO BRANDT, C.A. Y LA OBLIGACION DE SER AGENTE DE RETENCIÓN

DEL

IMPUESTO

SOBRE

ACTIVIDADES

ECONÓMICAS DE INDUSTRIA, COMERCIO, SERVICIO O DE ÍNDOLE SIMILAR.

16

1.1 Retención.

19

1.2 Agentes de Retención.

20

1.3 Actividades Económicas.

21

1.4 Impuesto sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole similar (IAEICSIS).

22

1.5 Normativa legal que respalda la figura de Agente de Retención del Impuesto sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar.

26

1.5.1 Código Orgánico Tributario (COT).

26

1.5.2 Ley Orgánica del Poder Público Municipal (LOPPM).

27

1.5.3 Ordenanza sobre Agente de Retención del Impuesto sobre las Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar.

29

1.6 Municipio Caroní.

28

1.7 Mantis Technologies.

30

1.8 Definición de términos.

31

II PARTE: ANÁLISIS SITUACIONAL DE LA EMPRESA RICARDO BRANDT, A LA LUZ DE LA TEORÍA.

VII

39

ANÁLISIS SITUACIONAL DE LA EMPRESA RICARDO BRANDT, C.A. COMO FIGURA DE AGENTE DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE

ACTIVIDADES

ECONÓMICAS

DE

INDUSTRIA,

COMERCIO, SERVICIO O DE ÍNDOLE SIMILAR.

39

2.1 Identificar los deberes formales asignados a Ricardo Brandt, C.A. con la designación de agente de retención del IAEICSIS.

40

2.2. Identificar los cambios administrativos, contables y de sistema en la empresa Ricardo Brandt, C.A., al tener la obligación de cumplir con los deberes formales asignados posterior a la designación como agente de retención del Impuesto sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio, o de Índole Similar.

III

41

2.2.1 Asesoría contable.

41

2.2.2 Adquisición de Software (Módulo de retención del IAE).

42

2.2.3 Asesoría al Personal.

42

2.2.3.1 Asesoría Tributaria.

43

2.2.3.2 Asesoría de Sistema.

43

2.2.4 Modificación del plan de cuentas contables.

44

2.2.5 Incremento de horas hombre.

45

PARTE:

ARQUITECTURA

METODOLÓGICA

DE

LA

INVESTIGACIÓN

46

3.1. Método de investigación.

46

3.2. Unidades de observación.

47

3.3. Selección de informantes clave.

47

3.4. Técnicas e instrumentos para la recolección de los datos.

48

3.5. Análisis de la información.

48

3.6. Procedimiento.

49

IV PARTE: PROCEDIMIENTO APLICADO PARA CUMPLIR CON LOS DEBERES FORMALES COMO AGENTE DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS DE INDUSTRIA, COMERCIO, SERVICIO O DE ÍNDOLE SIMILAR.

VIII

51

4.1 Efectuar la retención del Impuesto sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicios o de Índole Similar. 3.1.1 Consulta de proveedores en el portal de Alsobocaroní.

53 53

4.2 Procedimiento para registro de proveedor sin licencia de actividad económica.

59

4.3 Inclusión de “Proveedor” y “Compra” en el sistema para la determinación y emisión del comprobante de retención.

61

3.3.1 Incluir Proveedor.

61

3.3.2 Incluir Compra.

63

4.4 Determinación de la retención y emisión de comprobante por la retención efectuada al contribuyente.

65

4.5 Declarar los impuestos retenidos ante el Fisco municipal.

71

4.5.1 Proceso de Carga para la Declaración por retenciones de IAEICSIS.

74

4.5.1.1 Modo de Prueba.

76

4.5.1.2 Archivo a procesar.

77

4.5.1.3 Error en Archivo Procesado.

80

4.6 Pago del impuesto ante el Fisco municipal

82

CONCLUSIONES.

85

RECOMENDACIONES.

87

REFERENCIAS.

89

ANEXOS.

91

CURRICULUM VITAE.

103

 

IX

LISTA DE IMÁGENES

Imagen 4.1. Flujograma .................................................................................. 1  Imagen 4.2: Portal Alsobocaroní................................................................... 54  Imagen 4.3: Búsqueda de Contribuyente...................................................... 55  Imagen 4.4: Datos de Contribuyente ............................................................ 55  Imagen 4.5: Patente y razón social del contribuyente debidamente registrado ...................................................................................................................... 56  Imagen 4.6: Datos del contribuyente objeto de retención ............................. 57  Imagen 4.7: Contribuyente no registrado (Sin Licencia) ............................... 57  Imagen 4.8: Notificación de contribuyente no registrado (Sin Licencia)........ 60  Imagen 4.9: Datos de contribuyente no registrado (Sin Licencia)................. 60  Imagen 4.10: Incluir Proveedor ..................................................................... 62  Imagen 4.11: Registro de RIF ....................................................................... 62  Imagen 4.12: Incluir compra ......................................................................... 63  Imagen 4.13: Selección del submenú retenciones de las actividades económicas................................................................................................... 65  Imagen 4.14: Formulario de Retención del Impuesto de Actividades Económicas .................................................................................................. 66  Imagen 4.15: Formulario de Detalle.............................................................. 66  Imagen 4.16: Selección de la actividad económica ...................................... 67  Imagen 4.17: Selección del documento sujeto a Retención ......................... 68  Imagen 4.18: Cargo automático y verificación de la información .................. 68  Imagen 4.19: Selección del botón de imprimir .............................................. 69  Imagen 4.20: Ventana de impresión ............................................................. 69  Imagen 4.21: Verificación de datos del Comprobante de Retención ............ 69  Imagen 4.22: Comprobante de Retención del Impuesto de Actividades Económicas .................................................................................................. 70  Imagen 4.23: Crear Archivo TXT .................................................................. 71 

X

Imagen 4.24: Período fiscal para crear archivo TXT..................................... 72  Imagen 4.25: Confirmar la acción de generar archivo TXT........................... 72  Imagen 4.26: Aviso del sistema: monto retenido/ubicación del archivo creado ...................................................................................................................... 73  Imagen 4.27: Reporte de retenciones a declarar en el mes ......................... 73  Imagen 4.28: Archivo TXT para declaración de IAEICSIS............................ 74  Imagen 4.29: Inicio al proceso de Declaración de retención de IAEICSIS.... 75  Imagen 4.30: Inicio de sesión para la declaración retención de IAEICSIS ... 75  Imagen 4.31: Sesión iniciada para la declaración retención de IAEICSIS .... 76  Imagen 4.32: Acceso a modo de prueba, archivo para declaración ............. 77  Imagen 4.33: Selección de archivo a procesar, archivo para declaración .... 78  Imagen 4.34: Archivo procesado satisfactoriamente .................................... 78  Imagen 4.35: Error en archivo procesado..................................................... 81  Imagen 4.36: Planilla de pago ...................................................................... 82 

XI

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE GUAYANA VICERRECTORADO ACADÉMICO COORDINACIÓN GENERAL DE PREGRADO PROYECTO DE CARRERA: CONTADURÍA PÚBLICA Autores: Gómez N. Yosdalis C. Mata M. Rosi L. Tutor: Lcdo. Miguel Zorrilla ENERO 2013

RESUMEN La investigación, pretende abordar y estudiar lo concerniente a los cambios en los procesos administrativos y contables en la empresa Ricardo BRANDT, C.A. originados por los nuevos deberes formales asignados, que resultan como consecuencia de la designación de agente de retención de acuerdo al cumplimiento de la Ordenanza 1099-2009, aprobada por el Concejo Municipal Socialista de Caroní en el Estado Bolívar, la cual tiene por objeto establecer las personas que son responsables en calidad de agentes de retención del Impuesto a las Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar (IAEICSIS). En consecuencia se procura estructurar un documento útil y orientador para contribuyentes en igual condición e inclusive para futuros contribuyentes ordinarios designados como responsables de la retención del IAEICSIS, tomando en cuenta la variación del proceso administrativo y contable aplicado por la empresa, justificándose las mismas dada la necesidad de procesar y enterar las retenciones del impuesto aunado al cumplimiento de los demás deberes formales asociados a dicha actividad garantizando a la Administración Tributaria Municipal la maximización de la recaudación y obtención de ingresos tributarios en pro de la satisfacción de las necesidades colectivas, imposibilitando así en gran magnitud la elusión fiscal que constituye una actitud contraria a la nación. De acuerdo con las características del problema estudiado, la investigación adopta la modalidad cualitativa, al procurar entender claramente la realidad estudiada. Atendiendo a las estrategias utilizadas, el estudio es de campo, basado en una revisión documental y observación directa, además de la aplicación de entrevistas semi estructuradas a informantes claves, siendo de tipo diagnóstico. Descriptores: Retención, Agente de Retención, Ordenanza, Actividades Económicas, Impuesto de Actividades Económicas.

XII

INTRODUCCIÓN

El Código Orgánico Tributario (COT) data 17 de Octubre de 2001, estipula como agente de retención a uno de los principales responsables directos del tributo, quedando designados como tal, contribuyentes ordinarios bien sea por sus funciones públicas o por razón de sus actividades privadas, expuestas en la misma ley o por la administración tributaria previa autorización legal. La figura “agente de retención” comienza a tomar importancia una vez que la Administración Tributaria Nacional facultada por el Código Orgánico Tributario, asume la atribución de crearla dentro de sus políticas fiscales de recaudación. A nivel municipal en el marco de la competencia y autonomía que le son otorgados, el concejo municipal podrá iniciar, crear y sancionar ordenanzas que atribuyan al ciudadano obligaciones legales y tributarias que permitan un mejor control en cuanto a recaudación y obtención de ingresos, además del desarrollo continuo y constante del municipio, dicha potestad se encuentra plasmada en la Ley del Poder Público Municipal (2006). Los municipios tienen competencia para crear diversos tributos, entre ellos el Impuesto sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar (IAEICSIS), siendo éste el que sustituye a la denominada Patente de Industria y Comercio a partir de la entrada en vigencia de la Constitución de 1999; dicho impuesto, tiene antecedentes antiguos impulsados desde la época medieval, es para la actualidad el primer recurso financiero en el sistema municipal venezolano. En el Municipio Caroní del Estado Bolívar el 25 de Junio de 2010 se promulga la ordenanza que crea la Figura de Agentes de Retención del IAEICSIS, entrando en vigencia el 1 de Julio de 2010, expresando en su Art. 2

lo siguiente: “los agentes de retención están obligados a retener el

impuesto… y enterar las cantidades de dinero retenidas ante las oficinas

13

receptoras de fondos municipales de la Alcaldía del Municipio Caroní, dentro de los lapsos, condiciones y formas¨, todo esto con la finalidad de aumentar la recaudación tributaria municipal para rendir honor a los compromisos sociales y públicos en beneficio del municipio. La investigación pretende identificar los cambios aplicados en los procesos administrativos y contables en la empresa Ricardo BRANDT, C.A. al convertirse en agente de retención del Impuesto sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar, de acuerdo a la ordenanza 1099-2009. Es pertinente identificar los deberes formales concedidos a Ricardo BRANDT, C.A. posterior a la designación de agente de retención del IAEICSIS, consecutivamente corresponde la descripción de la situación actual de la empresa resultante del cumplimiento de la obligación tributaria asignada como agente de retención; y por último desarrollar el procedimiento a seguir por Ricardo Brandt, C.A como responsable del tributo, en materia de retención de este impuesto. Con relación a los antecedentes de agentes de retención del impuesto sobre las Actividades de Industria, Comercio, Servicio o Índole Similar, el contenido de la investigación, se considera novedoso además de ser un tema poco estudiado; puesto que sus ordenanzas datan del año 2010 para el Municipio Caroní. Sin embargo, existen diversas investigaciones relacionadas de alguna manera al tema; las mismas se encuentran presentadas y descritas en el cuerpo del presente trabajo de grado. Ahora bien, La investigación se presentará estructurada en cuatro partes: la I parte, refleja el centro de interés haciendo referencia con esto a Ricardo Brandt, C.A. y la obligación de ser Agente de Retención del Impuesto sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar. La II parte, Análisis Situacional de la empresa Ricardo Brandt, C.A. a la luz de la teoría. La III parte, presenta la arquitectura metodológica de la investigación y La IV parte, procedimiento aplicado para cumplir con los

14

deberes formales como Agente de Retención del Impuesto sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar. Las conclusiones, recomendaciones y las referencias bibliográficas.

15

I PARTE: CENTRO DE INTERÉS

RICARDO BRANDT, C.A. Y LA OBLIGACION DE SER AGENTE DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS DE INDUSTRIA, COMERCIO, SERVICIO O DE ÍNDOLE SIMILAR.

La empresa Ricardo Brandt, C.A. fue fundada el 30 de noviembre de 1979, bajo la denominación de “Ricardo Brandt Sociedad de Responsabilidad Limitada”, por los socios Ricardo Brandt y María Herminia Soriano de Brandt, quienes actuaban como Presidente y Vice-Presidente respectivamente. Se encuentra ubicada en el Estado Bolívar Municipio Caroní, Puerto Ordaz, Urb. Villa Alianza Avenida Estados Unidos, C.C. Villa Alianza, local Nº 75. Esta empresa se constituyó con el objeto de prestar servicios como agentes aduanales y marítimos a entidades tanto nacionales como extranjeras por medio de representaciones, pretendiendo inspirar en su futura cartera de clientes profesionalismo, honradez, eficacia y rapidez en las labores ejecutadas por parte de su personal profesional y especializado en el área de aduanas garantizando una atención de calidad. Hasta

la

actualidad

la

empresa

ha

sufrido

diversos

cambios

administrativos y gerenciales; el 14 de Junio del año 2000, por medio de Asamblea Extraordinaria se llevó a cabo la transformación de Sociedad de Responsabilidad

Limitada

a

Compañía

Anónima,

siendo

la

nueva

denominación “Ricardo Brandt Compañía Anónima”. Ricardo Brandt, C.A está integrada por licenciados, técnicos y personal en diferentes especialidades que cuentan con la capacidad para realizar el desaduanamiento de mercancías con responsabilidad total en el campo de la industria nacional. Ha prestado sus servicios en el territorio del Estado Bolívar y dentro de sus actividades más importantes destacan: la

16

planificación, promoción y ejecución de actividades y servicios vinculados con el transporte marítimo, terrestre, aéreo o multimodal, intermediación, consolidación de cargas, fletes, agenciamiento de naves, representación de armadores y empresas navieras nacionales y extranjeras, agenciamiento aduanero, además suministros de vitiallas. Adicionalmente la empresa tiene como objeto social: comprar, vender y arrendar maquinarias y equipos, destinados a la industria del ramo; asumir aún en concurso con terceros, iniciativas y actividades de interés público o privado, cuyo objeto sea principalmente la prestación de servicios hacia el sector de transporte marítimo; participar en licitaciones y asumir concesiones de trabajo y suministros de consumibles y equipos para servicios afines; tomar participaciones en empresas o consorcios que tengan conexión o afinidad con alguna actividad incluida en el objeto social, realizar cualquier acto de comercio en relación con patentes que guarden conexión con el objeto social; importar, exportar, distribuir y comercializar bienes y servicios conexionados con el objeto social. En tal sentido, es pertinente para el desarrollo del estudio, la indagación constante de información referente a los agentes de retención de impuesto sobre actividades económicas, haciendo referencia con esto a las bases que sustentan la investigación; dado lo novedoso del tema se manejan los autores que presentan temas similares en sus trabajos. Godoy (2010), en su Trabajo de Grado titulado ¨Determinación de las Obligaciones Tributarias de ISLR, IVA e Impuesto sobre las Actividades de Industria, Comercio, Servicio o Índole Similar para la empresa Betania Casa Club de la tercera edad C.A”, concluye que la empresa en estudio se encuentra desarrollando su actividad económica de forma ilícita, por el hecho de no poseer licencia municipal, la cual es exigida para la prestación de servicios

de

cuidado,

hospedaje

y

alimentación

de

ancianos,

consiguiente no cumple con la obligación tributaria de pago de impuesto.

17

por

De acuerdo a la conclusión, el investigador recomienda obtener la licencia exigida por la Administración Tributaria, con el fin de recibir la permisología ante el Municipio Caroní evitando así el cierre del establecimiento por funcionar de forma ilícita. Es notoria la estrecha relación con el presente trabajo de investigación por el hecho de existir diversas entidades al igual que “Betania Casa Club de la Tercera Edad C.A” que no cumplen con las obligaciones tributarias municipales correspondientes. Lo cual pretende disminuirse con la entrada en vigencia de la Ordenanza sobre Agentes de Retención del IAEICSIS. Brito y Salazar (2011), en su Trabajo Especial de Grado para optar por el título de Lic. Contaduría Pública titulado “Determinación de las causas que provocan la evasión fiscal en las empresas de servicio venezolanas, en Barcelona Estado Anzoátegui, tuvo como objetivo principal explicar el motivo que conlleva al ilícito tributario por parte de los contribuyentes del Estado Anzoátegui a pesar de los mecanismos en contra de evasión que ha implementado la Administración Tributaria. Para lograr dicho objetivo les fue necesario estudiar la posición de los contribuyentes en materia tributaria, obteniendo como conclusión que al momento de ser fiscalizados suele detectárseles ilícitos tributarios bien sea por falta de actualización tributaria, desconocimiento del proceso de enteramiento y pago o descuido en el momento correspondiente a la declaración, convirtiéndolos así en evasores del país. Cabe destacar que la investigación antes mencionada fue considerada como antecedente del tema en estudio por el hecho de permitir enmarcar una comparación y posterior diferencia entre la recaudación realizada por la Administración Tributaria en el Estado Anzoátegui y la realizada en el Municipio Caroní del Estado Bolívar por los agentes de retención del IAEICSIS luego de la entrada en vigencia de la ordenanza 1099-2009. Por otra parte, Altuve y Liendo (2011), desarrollaron el trabajo de investigación para optar por el título de Licenciado en Contaduría Pública

18

titulado ¨Análisis de la ordenanza del Impuesto sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar¨, pretendiendo dar a conocer los requisitos y obligaciones que deben cumplir aproximadamente 1600 empresas registradas en el Municipio Lic. Diego Bautista Urbaneja, para poder ejercer la actividad de su escogencia, con el fin de garantizar la solvencia en el pago del impuesto y así contribuir con el desarrollo y mejora del municipio, por ser el IAEICSIS una de las principales fuentes de ingreso que para la actualidad no está siendo obtenida por la participación de las empresas en ilícitos tributarios. Es por tal motivo que las autoras finalizan la investigación recomendando al jefe del municipio realizar un estudio con la finalidad de determinar el crecimiento industrial y comercial con el propósito de crear políticas que graven las actividades de acuerdo con el desarrollo económico de la jurisdicción velando a su vez el cumplimiento de la ordenanza publicada en gaceta oficial número 14 el 5 de Octubre de 2006. La investigación realizada por Altuve y Liendo permite visualizar la situación en la que se encontraría enmarcado el Municipio Caroní de no haber sido aprobada la ordenanza 1099-2009 de Agentes de Retención del IAEICSIS, pues la política tributaria que se desprende de dicha ley fomenta en los contribuyentes cultura tributaria incentivando el pago voluntario y consciente del impuesto en la localidad erradicando en gran magnitud la evasión fiscal de los contribuyentes. De igual manera y para efectos del trabajo es pertinente definir los conceptos relacionados al tema, con la finalidad de disipar cualquier tecnicismo.

1.1 Retención.

Es un sistema complejo que tiene dos objetos claramente definidos, como lo son el de mantener el control tributario y a su vez dar garantía en cuanto a

19

la recaudación del tributo. La retención de impuestos implica que particulares conocidos como agentes de retención descuenten un importe del pago o deuda al acreedor objeto de retención (contribuyente), para enterarlo o depositarlo en las cuentas del tesoro nacional. Por su parte, Martín (1999) establece en el Diccionario de Contabilidad y Finanzas el concepto de retención como: Cantidades consistentes en un determinado porcentaje sobre el monto total de ciertos ingresos, honorarios o rentas que los pagadores de los mismos están obligados a detraer para su ingreso en el tesoro público como cantidad a cuenta del importe total en que consista la obligación tributaria del preceptor. (p.252) En consonancia con lo descrito, Fiallo (2001) establece el concepto de retención como “Un sistema de recaudación que consiste en retener la porción correspondiente al impuesto, al momento de pagar la renta al beneficiario además de ser un mecanismo muy eficaz ya que elimina en gran medida la posibilidad de evasión”. Considerando los conceptos anteriores, se puede inferir que la retención es un mecanismo administrativo de control utilizado por el Estado en las diferentes subdivisiones del Poder Público, con el fin de abolir la evasión fiscal, dicho mecanismo consiste en la extracción de un porcentaje o alícuota definida sobre el monto del tributo a través de un tercero o responsable en contra de los obligados en las leyes.

1.2 Agentes de Retención.

El agente de retención, se puede entender como un tercero que cumple total o parcialmente con el pago del impuesto a nombre del contribuyente, siendo este último la persona a la cual se le practica la retención; tienen como principal responsabilidad, la de retener el impuesto en los casos

20

señalados en la ley y enterar la suma retenida oportunamente en una oficia receptora de fondos nacionales. El Art. 27 COT, lo define de la siguiente manera: Son responsables directos, en calidad de agentes de retención o de percepción, las personas designadas por la ley o por la administración previa autorización legal, que por sus funciones públicas o por razón de sus actividades privadas, intervengan en actos u operaciones en los cuales deban efectuar la retención o percepción del tributo correspondiente. En tal sentido, se ha expresado que los agentes de retención son los principales responsables del tributo ante la administración tributaria nacional y municipal, estos corresponden a los entes públicos y empresas privadas de cada

región,

siendo

designados

con

previa

autorización

legal

al

contribuyente, de acuerdo a las pautas tipificadas en las providencias nacionales u ordenanzas vigentes.

1.3 Actividades Económicas.

Es un proceso realizado por personas naturales o jurídicas, con el objeto de generar riqueza propia, en otras palabras producir renta con fines de lucro, dicho proceso es caracterizado por distintas actividades, entre las que se puede mencionar servicio, producción, manufactura, ensamblaje, transformación, extracción, entre otros. El término actividades económicas se encuentra estipulado en la LOPPM (2005) en su Art. 207, como el ejercicio habitual de cualquier actividad lucrativa que suponga la combinación por cuenta propia de medios de producción y recursos humanos, con el objeto de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios.

21

1.4 Impuesto sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole similar (IAEICSIS).

El IAEICSIS, se define como un impuesto directo por cuanto afecta una base imponible cuya procedencia es inmediata, como son los ingresos brutos que se derivan del ejercicio de una actividad económica, la cual para ser ejercida en cualquier jurisdicción del país el contribuyente debe obtener licencia de la administración tributaria municipal directa o a través del ente encargado de la recaudación, identificando así sus actividades permisadas; la licencia de actividad económica debe ser colocada por el propietario en un sitio visible y tendrá validez hasta el 31 de Diciembre de cada año, para su renovación el contribuyente debe tener solvencia en el pago del impuesto y sus accesorios, cancelando adicionalmente el monto correspondiente a 1 Unidad Tributaria (UT) por concepto de renovación. Éste impuesto se caracteriza por ser un impuesto periódico, pues se establece sobre los ingresos brutos obtenidos durante un año (OctubreNoviembre), según lo normalizado en la Ordenanza de Impuesto sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar promulgada el 18 de Diciembre de 2009 en gaceta municipal de Caroní N° 1099-2009, siendo modificada el 19 de diciembre de 2011 considerando los ingresos brutos obtenidos durante un año civil (Enero-Diciembre). Ésta ordenanza establece el Impuesto sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar además del procedimiento y los requisitos que deberán cumplir las personas naturales y jurídicas para ejercer en forma habitual las actividades definidas en ella. El IAEICSIS recae única y exclusivamente sobre actividades ejercidas en todo o parte del ámbito físico de la jurisdicción local que lo impone. El hecho imponible gravado por el IAEICSIS, según lo define la LOPPM (2005) en el Art. 204 “Es el ejercicio habitual en la jurisdicción del municipio, de cualquier actividad lucrativa de carácter independiente, aun cuando dicha actividad se

22

realice sin la previa obtención de la licencia, sin menoscabo de las sanciones que por esa razón sean aplicables”. Las actividades sujetas al pago del tributo las define la LOPPM en el Art. 208, “Actividad Industrial, Comercial y de Servicios, desarrolladas durante el año natural, agregando a ellas actividades de Índole Similar. Ahora bien, según lo estipulado en el Art. 30 de la Ordenanza que establece el impuesto sobre actividades económicas en consonancia a lo descrito por la LOPPM describe: “El hecho imponible del impuesto establecido en esta ordenanza es el ejercicio de una actividad económica industrial, comercial de servicios o de índole similar”, considerándolos como: • Actividad comercial al por mayor: toda actividad que tenga por objeto la circulación y distribución del producto, o bienes entre productores o distribuidores así como distribuidores o detallistas o vendedores, para la obtención de ganancia o lucro y las derivadas de acto de comercio considerados objetivas o subjetivamente como tales por la legislación mercantil, salvo prueba en contrario. • Actividad comercial al detal: toda actividad que tenga por objeto la circulación

y

comercialización

de

productos,

o

bienes

entre

productores y vendedores, o detallista o consumidores finales, para la obtención de ganancia o lucro, y las derivadas de acto de comercio considerados objetiva o subjetivamente como tales por la legislación mercantil, salvo prueba en contrario. • Actividad industrial: todas aquellas actividades u operaciones que implique

alguna

extracción,

transformación

o

variación

física,

mecánica o química de cualquiera de las características intrínsecas propias de un bien, ya sea materia prima o intermedia de origen orgánico o inorgánico mediante la aplicación de un proceso o método fabril o manufacturero que resulta en la incorporación del valor agregado.

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• Actividad de servicio: cualquier actividad independiente en las que sean principales las obligaciones de hacer, siempre y cuando sean a título oneroso. • Actividad de índole similar: son todas aquellas actividades económicas no previstas como actividades industriales, comerciales o de servicios en la ordenanza, siempre y cuando dichas actividades reúnan las características exigidas por la ordenanza. De acuerdo a lo establecido en el Art. 32 de la Ordenanza que establece el impuesto, se considerará hecho imponible, aquel que se realice en o desde la jurisdicción del municipio Caroní. En tal sentido, se hace referencia al aspecto espacial del impuesto, el cual se considerará ocurrido en el municipio tomando en cuenta los casos nombrados en el parágrafo único del mismo artículo: 1) Si el contribuyente tiene sede ubicada en el Municipio Caroní, aun cuando su producto objeto de retención esté siendo ofrecido en otras jurisdicciones municipales. 2) Si el contribuyente tiene sede tanto en el Municipio Caroní como en otras jurisdicciones municipales; dividiendo las actividades realizadas al municipio correspondiente imputando así a cada sede la actividad y el movimiento económico generado por cada una. En relación al Municipio Caroní, el impuesto se pagará por la actividad realizada y sobre el monto imputado a la sede ubicada en su jurisdicción. 3) Cuando la actividad se realice parte en la jurisdicción del Municipio Caroní y se complete en la jurisdicción de otro municipio, determinando la base imponible proveniente del ejercicio de la actividad realizada en cada uno. En relación a los sujetos que intervienen en el IAEICSIS, el sujeto activo está representado por la Administración Tributaria del municipio que exige el pago del tributo y el sujeto pasivo, es la persona sobre la cual se verifica el hecho imposible y que deberá realizar la prestación tributaria a favor del

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sujeto activo, el sujeto pasivo será considerado en calidad de contribuyente o de responsable. Ahora bien, en calidad de contribuyente, se derivan las personas naturales y jurídicas, que de manera habitual realicen actividades lucrativas independientes (comerciales, industriales o de servicio) en un municipio, aun cuando no tenga la licencia o autorización normalizada y en calidad de responsable correspondiendo a los agentes de retención o percepción, sin embargo la condición de agentes de retención no podrá recaer en personas que no tengan establecimiento permanente en el municipio, con excepción de organismos o personas jurídicas estatales. De acuerdo a lo establecido en el Art. 40 de la ordenanza del IAEICSIS se infiere lo siguiente, la base imponible para determinar el IAEICSIS está constituida por los ingresos brutos efectivamente percibidos en el período impositivo comprendido desde el 1ero de Enero al 31 de Diciembre de cada año, correspondiente a las actividades económicas ejercidas en la jurisdicción del municipio o que deban considerarse como ocurridas en esa jurisdicción de acuerdo con los criterios previstos en la ley que crea el impuesto. La declaración del impuesto ha de ser realizada en Enero del año siguiente mediante declaración jurada cancelando así el monto total resultante de la diferencia obtenida sobre la Declaración Estimada y la Declaración Definitiva, entendiéndose la primera como los ingresos que el contribuyente estima obtener en el ejercicio en curso, siendo dividida en 12 períodos próximos a cancelar, liquidándose en forma trimestral, en otras palabras, cálculo anual, liquidación trimestral y pago mensual del impuesto y la segunda como la presentación real de los ingresos definitivos gravables que el contribuyente obtuvo en el ejercicio fiscal. Es importante resaltar, que este impuesto no es nuevo, si no que el impuesto sobre actividades económicas que se declaraba por los contribuyentes al cierre del ejercicio anual, será declarado mensualmente.

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1.5 Normativa legal que respalda la figura de Agente de Retención del Impuesto sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar.

1.5.1 Código Orgánico Tributario (COT).

El COT se fundamenta en el trato legal otorgado a los Tributos y a las Relaciones Jurídicas derivadas de ellos, en el mismo se le otorga potestad al Estado mediante las autoridades nacionales, estatales y municipales para la creación, modificación o supresión de tributos que obliguen a la población a coadyuvar con los gastos públicos. De tal manera, se ha señalado que el COT tiene como finalidad, procurar la armonía del sistema tributario garantizando así la preservación de los derechos del Estado y de la población, además de la uniformidad del régimen jurídico de la tributación en sus aspectos fundamentales. Este documento legal, es el que establece inicialmente la definición y los lineamientos en cuanto a la creación y designación de la figura de agente de retención; además estipula las funciones u obligaciones asignadas a personas jurídicas y naturales como responsables del tributo ante el fisco. De acuerdo al Art. 27, se entiende por agente de retención y de percepción al sujeto pasivo que por sus funciones públicas o por razón de sus actividades privadas (sin tener éste último carácter de funcionario público), sea designado por la ley o por la administración tributaria previa autorización y notificación legal como responsable directo del tributo correspondiente. Por su condición, el agente de retención tiene como principal obligación el descontar el impuesto una vez que se realice un pago gravable, con el deber de depositar o enterar dicho impuesto en un banco a la orden del tesoro, considerándose una política fiscal extraordinaria y cómoda que

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implementa el fisco para combatir la evasión y recibir el impuesto a corto plazo. En consonancia con lo descrito anteriormente, el responsable directo del tributo maneja dinero público, en otras palabras, dinero propiedad del Estado, el cual en un momento determinado de acuerdo a lo establecido en la ley debe pasar a la orden del fisco. En caso contrario, como lo establece el Art. 118 del COT el incumplimiento en el plazo que otorga la ley para el depósito o enteramiento del tributo puede acarrear multa grave por el hecho de no retener y hasta ser acusado de apropiación indebida con amenaza de cárcel por la acción de retener y no enterar.

1.5.2 Ley Orgánica del Poder Público Municipal (LOPPM).

La LOPPM, en su carácter de norma a nivel de los municipios del país, confiere a los Alcaldes o Alcaldesas la competencia de fiscalización, gestión y recaudación de tributos propios, en otras palabras, con el fin de sustentar los gastos públicos de la comunidad se otorga la potestad al municipio de crear diversos impuestos entre los cuales se hace mención al Impuesto sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar. Ahora bien, la figura de agentes de retención descrita en el COT aplica para éste impuesto de acuerdo a lo explicado en Art. 227 de la LOPPM, de la siguiente manera: la condición de agente de retención del impuesto sobre actividades económicas no podrá recaer en personas que no tengan establecimiento permanente en el municipio, con excepción de organismos o personas jurídicas estatales. Entonces, en caso de un municipio del país adoptar la política fiscal de crear la figura de agente de retención del IAEICSIS a través de sus ordenanzas,

debe

considerar

de

acuerdo

al

artículo

mencionado

anteriormente quiénes serán designados responsables del tributo ante el fisco.

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1.5.3 Ordenanza sobre Agente de Retención del Impuesto sobre las Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar.

La Ordenanza sobre Agentes de

Retención del Impuesto sobre las

Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar desde el punto de vista tributario, representa una norma de carácter local para el Municipio Caroní del Estado Bolívar. Es promulgada el 25 de Junio de 2010 con el objetivo de designar las personas responsables en calidad de agente de retención del Impuesto sobre las Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar, como lo son: organismos, empresas, institutos autónomos nacionales, entes descentralizados y fundaciones tanto del Estado Bolívar como del Municipio Caroní; empresas mixtas nacionales, estadales, municipales; universidades públicas y privadas y todas las personas de carácter privado naturales y jurídicas ya designadas por el SENIAT, domiciliadas en el Municipio Caroní; además norma sus obligaciones como responsables del tributo ante la Administración Tributaria y ante los contribuyentes. El Agente de retención está obligado de acuerdo a lo establecido en la ordenanza a retener, declarar y enterar el IAEICSIS considerando las condiciones y formas tipificadas en la ley que crea la figura, además tiene el deber de informar al sujeto objeto de retención sobre la cantidad retenida en el momento que surge el hecho imponible, lo cual le servirá de prueba fehaciente al momento de presentarle a la Alcaldía de Caroní su declaración. A tal efecto, establece los porcentajes para el cálculo de la retención del IAEICSIS dentro de las disposiciones concernientes a la forma y oportunidad de retener y enterar el impuesto ante el fisco municipal, dichos porcentajes se encuentran reflejados en el ANEXO 1 de la presente investigación; una vez efectuada la retención, el agente de retención será el único responsable ante el fisco municipal por el importe retenido; en caso de no realizar la

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retención será solidariamente con el contribuyente por el monto dejado de retener. Finalmente por lo que atañe al incumplimiento de las disposiciones descritas en ésta ley, se establecen los ilícitos tributarios y las sanciones a los mismos, fijando en porcentajes la sanción pecuniaria.

1.6 Municipio Caroní.

El Municipio Caroní, fue fundado en 1961, su creación se concretó el 29 de Junio, con la reforma de la Ley de División Político Territorial del Estado Bolívar, conformado por San Félix de Guayana como capital y los centros poblados de Puerto Ordaz, Matanzas, Castillito, Caruachi, La Ceiba, y Alta Vista. En 1979 se cambia la capital del Distrito (San Félix de Guayana por Santo Tome de Guayana) y finalmente el 25 de Junio de 1986, se sustituye el nombre por Ciudad Guayana, mediante reforma de la Ley de División Política Territorial. En la actualidad el Municipio Caroní

asume como capital a Ciudad

Guayana, cuenta con una población de 860.000 habitantes, según datos suministrados

por

la

Alcaldía

Socialista

Bolivariana

de

Caroní

(ALSOBOCARONI) en portal de internet al 05 de Febrero de 2012, ésta se encuentra ubicada en la parte Nor-Oriental del Estado Bolívar en Ciudad Guayana sector San Félix UD 101, calle Bolívar y Orinoco cruce con calle Sucre, frente al malecón de San Félix, en el Palacio Municipal. ALSOBOCARONI tiene como máximo nivel de dirección superior al Despacho del Alcalde, quien es el jefe de la rama ejecutiva del Gobierno Municipal, desempeñando como función el construir y fomentar el desarrollo integral de la comunidad, conjuntamente con la participación ciudadana, con el fin de satisfacer y controlar las necesidades que esta demanda, todo ello a través de los siguientes sectores:

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• Sector de Gobierno y Administración, • Sector de Seguridad y Defensa, • Sector de Industria y Comercio, • Sector de Transporte y Comunicación, • Sector Educación, • Sector Cultura y Comunicación, • Sector Ciencia y Tecnología, • Sector Vivienda, • Desarrollo Urbano Servicios Conexos, • Sector Salud y Sector Desarrollo Social y Participación. Para finalizar con los aspectos concernientes al Municipio Caroní, ALSOBOCARONI, dentro por su figura de ente público, maneja como filosofía de gestión lo siguiente: • Visión: Ser un modelo de gestión pública, reconocida por sus resultados de excelencia para las comunidades, de referencia nacional e internacional. • Misión: Somos una institución pública municipal que contribuye a mejorar la calidad de vida del colectivo, en contacto directo con la comunidad, basada en los principios socialistas de solidaridad, igualdad y justicia.

1.7 Mantis Technologies.

Es una empresa de capital privado que tiene como objeto la representación, distribución, comercialización, importación, exportación, compra y venta, asesoría, entrenamiento, consultoría, suministro y desarrollo de sistema computarizado y equipos eléctrico. Es una solución informática que permite a las compañías administrar el impuesto al valor agregado, retención de impuesto sobre la renta y las

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retenciones del Impuesto sobre las actividades económicas. Su diseño está acorde con los actuales estándares de calidad; se caracteriza por: • Manejo de clientes y proveedores. • Definición de períodos fiscales, los cuales pueden ser bloqueados con el fin de no permitir su alteración a documentos correspondientes. • Registro de operaciones de compra y venta. • Registro de retención de ISLR. • Registro de retención de Impuesto de actividades económicas. • Generación automática del número de comprobante de retención de IVA, ISLR e Impuesto de actividades económicas a grupo de documentos de un mismo proveedor. • Generación de archivos TXT y XMLS para ser posteriormente enviados al SENIAT y Alsobocaroní. • Generación de libros de compra y ventas. • Generación de los comprobantes de retención. • Capacidad para exportar libros a formato Excel. • Impresión de la planilla forma 30 para el pago del IVA, planilla de retenciones varias, ARC-V • Relación de la retención anual de ISLR en formato Excel. • Posibilidad de importar datos de otras aplicaciones administrativas. • Robusto subsistema de seguridad y control absoluto de accesos a los usuarios.

1.8 Definición de términos.

Al hablar de agentes de retención del impuesto sobre actividades económicas es necesario aclarar la terminología técnica propia de la especialidad; a tal fin y haciendo honor a las ordenanzas del Estado, la

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información se extrajo del portal de la Administración Tributaria Nacional www.seniat.gob.ve. Abonar: realizar una anotación en el haber de una cuenta. Se utiliza también como sinónimo de pagar y de suscripción al disfrute de algún bien o servicio de forma periódica. Abono: apunte en el haber de una cuenta. Abonos en cuenta: cantidades que los compradores y adquirientes de bienes y servicios gravados acrediten en su contabilidad o registros a favor de los vendedores o prestadores del servicio, incluso cuando dicho registro sea realizado sin identificación especifica. Al contado: pago realizado en efectivo. Alícuota: es la cantidad fija, tanto por ciento, tarifa o escala de cantidades aplicada a la base imponible para determinar el monto del tributo a pagar. Base Imponible: es la cuantificación en términos monetarios del hecho imponible, volumen de ingresos o rendimientos gravados en el tributo. Cambio: transición que ocurre cuando se transita de un estado o posición a otro. Cheque: documento representativo de un mandamiento de pago, por el cual una persona denominada librador, puede retirar en su beneficio o en orden de un tercero, denominado beneficiario, tomador o tenedor, todo o parte de los fondos que haga disponible en su cuenta de establecimiento, generalmente un banco, que se denomina librador. Código Orgánico Tributario: fuente de derecho tributario en Venezuela. Norma jurídica rectora del ámbito tributario. Comercio: término genérico que hace referencia a la actividad de compra, venta, intercambio o permuta de mercancías con ánimo de lucro. Compra: transacción por la que se adquiere un bien o se contrata un servicio a cambio de su valor en dinero.

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Comprobante: documento justificativo de la realización de una transacción comercial. Comprobante de retención: comprobante que están obligados a emitir los agentes de retención a los contribuyentes, por cada retención de impuesto que le practican, en la cual se indica, entre otros, el monto de lo pagado o abonado en cuenta y la cantidad retenida. Contribuyentes: se consideran contribuyentes aquellos sujetos pasivos respectos de los cuales se verifica el hecho imponible, y además están obligados al cumplimiento de las prestaciones tributarias. (Art. 22, COT). Contribuyentes

especiales:

contribuyentes

con

características

similares calificados y notificados por la Administración Tributaria como tales, sujetos a normas especiales en relación con el cumplimiento de sus deberes formales y el pago de sus tributos, en atención al índice de su tributación. Control

fiscal:

conjunto

de

mecanismos

legales,

técnicos

y

administrativos que utiliza el Estado para evitar la evasión y prescripción de los tributos. Crédito fiscal: monto en dinero a favor del contribuyente, en la determinación de la obligación tributaria, que éste puede deducir del débito fiscal para determinar el monto de dinero a pagar al Fisco. Deberes: actividades, actos y circunstancias que implican una determinada obligación moral o ética. Deberes formales: obligaciones impuestas por el Código Orgánico Tributario o por otras normas tributarias a los contribuyentes, responsables o determinados terceros. Débito fiscal: a los efectos del cálculo del Impuesto al Valor Agregado (IVA), se denomina débito fiscal a la obligación tributaria derivada de cada una de las operaciones gravadas, la cual se determina aplicando en cada caso la alícuota del impuesto sobre la correspondiente base imponible. El monto del débito fiscal deberá ser trasladado por los contribuyentes ordinarios a quienes funjan como adquirentes de los bienes vendidos o

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receptores o beneficiarios de los servicios prestados, quienes están obligados a soportarlos. Declaración

definitiva:

deber

formal

del

contribuyente;

debe

prepararse en los formularios oficiales emitidos para tales efectos por la Administración Tributaria, y contendrá los resultados fiscales de un ejercicio. Declaración estimada: deber formal establecido en la Ley para determinadas categorías de contribuyentes, obteniendo de éstos el pago del impuesto en forma anticipada. Enriquecimiento neto: a los fines de la Ley del Impuesto sobre la Renta, monto que se obtiene después de hacer las deducciones permitidas a la renta bruta. Enterar: pagar, abonar dinero. Acción de pagar los tributos ante las oficinas receptoras de fondos nacionales. Evasión fiscal: acción u omisión dolosa, violatoria de las disposiciones tributarias, destinadas a reducir total o parcialmente la carga tributaria en provecho propio o de terceros. Exención: dispensa total o parcial del pago de la obligación tributaria, otorgada por la ley. Exoneración: dispensa total o parcial del pago de la obligación tributaria, concedida por el Poder Ejecutivo, en los casos autorizados por la Ley. Factura: documento que el vendedor entrega al comprador y que acredita que ha realizado una compra por el importe reflejado en el mismo. La factura recoge la identificación de las partes, la clase y cantidad de la mercancía vendida o servicio prestado, el número y fecha de emisión, el precio unitario y el total, los gastos que por diversos conceptos deban abonarse al comprador y, en su caso, las cantidades correspondientes a los impuestos que la operación pueda devengar.

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Formato Delimitado por Tabulaciones (TXT): archivo de texto plano, es decir, no contiene ninguna característica de formato, es sólo texto, por lo que no se pueden aplicar propiedades al editarlos. Hecho Imponible: es el presupuesto establecido en la ley para tipificar el tributo y cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria. (Art. 36, COT). Impuesto: tributos que ingresan al Estado, siendo recibidos por Entes Públicos competentes responsables de su administración y posterior distribución para la satisfacción de las necesidades públicas. Ilícito formal: este tipo de ilícito se origina por el incumplimiento de los siguientes deberes: 1) Inscribirse en los registros exigidos por las normas tributarias respectivas; 2) Emitir o exigir comprobantes; 3) Llevar libros o registros

contables

o

especiales;

4)

Presentar

declaraciones

y

comunicaciones; 5) Permitir el control de la Administración Tributaria; 6) Informar y comparecer ante la misma; 7) Acatar las órdenes de la Administración Tributaria, dictadas en uso de sus facultades legales; y 8) Cualquier otro deber contenido en el Código Orgánico Tributario, en las leyes especiales, sus reglamentaciones o disposiciones generales de organismos competentes. Ilícito tributario: toda acción u omisión violatoria de las normas tributarias. Pueden ser: formales, relativos a las especies fiscales y gravadas, materiales y sancionadas con pena restrictiva de libertad. Impuesto: perteneciente a la clasificación de los tributos. Obligación pecuniaria que el Estado, en virtud de su poder de imperio, exige a los ciudadanos para la satisfacción de sus necesidades. A diferencia de las tasas, el impuesto no implica una contraprestación directa de servicios. Impuesto al Valor Agregado (IVA): impuesto indirecto que grava según se especifica en su ley de creación, la enajenación de bienes muebles, la prestación de servicios y la importación de bienes, que deberán pagar las personas naturales o jurídicas, las comunidades, las sociedades

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irregulares o de hecho, los consorcios y demás entes jurídicos o económicos, públicos o privados, que en su condición de importadores de bienes, habituales o no, de fabricantes, productores, ensambladores, comerciantes y prestadores de servicios independientes, realicen las actividades definidas como hechos imponibles en su ley de creación. Impuesto

sobre

la

Renta:

impuesto

aplicado

sobre

los

enriquecimientos anuales netos y disponibles obtenidos en dinero o en especie. Salvo disposición legal, toda persona natural o jurídica, residente o domiciliada en Venezuela, pagará este impuesto sobre sus rentas de cualquier origen, sea que la causa o la fuente de ingreso esté situada dentro del país o fuera de él. Las personas naturales o jurídicas no residentes o no domiciliadas en Venezuela, estarán sujetas a este impuesto siempre que la fuente o la causa de sus enriquecimientos esté u ocurra dentro del país, aun cuando no tengan establecimiento permanente o base fija en Venezuela, y en caso de poseerlos, tributarán exclusivamente por los ingresos de fuente nacional o extranjera atribuibles a dicho establecimiento permanente o base fija. Ingreso bruto: a los fines de Impuesto sobre la Renta, ingreso constituido por el monto de las ventas de bienes y servicios en general y de los arrendamientos y de cualesquiera otros proventos, regulares o accidentales, tales como los producidos por el trabajo bajo relación de dependencia o por el libre ejercicio de profesiones no mercantiles y los provenientes de regalías o participaciones análogas, salvo disposiciones expresas de la ley correspondiente. Intereses moratorios: la falta de pago de la obligación tributaria dentro del plazo establecido, hace surgir de pleno derecho y sin necesidad de requerimiento previo de la Administración Tributaria, la obligación de pagar intereses moratorios desde el vencimiento del plazo establecido para la autoliquidación y pago del tributo hasta la extinción total de la deuda.

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Mora: retraso en el cumplimiento de una obligación. Se dice que es un deudor ha incurrido en mora cuando se retrasa de forma culpable en el cumplimiento de una obligación cierta, vencida y liquida, además de que se haya producido el requerimiento del acreedor para que cumpla. Multa: pena o sanción de carácter pecuniario que se impone por haber realizado una infracción. Período impositivo: lapso de tiempo durante el cual para la ley se devenga en el sujeto pasivo la obtención de rentas sujetas al pago de un impuesto. Retener: suspender por orden judicial de forma parcial o total el pago de un haber con el fin de reservar la cantidad no entregada para hacer frente al pago de alguna deuda. Responsables: son los sujetos pasivos que sin tener carácter de contribuyente deben, por disposición de la ley, cumplir con las obligaciones atribuidas a ellos. (Art. 26, COT). Responsable tributario: persona a la que la ley podrá declara como responsable de una deuda tributaria, si se dan ciertos supuestos específicos recogidos en la misma, junto con los sujetos pasivos concretos o deudores principales, quedando sujetos al pago de la deuda como garantía del mismo. Responsabilidad: obligación de carácter jurídico en la que se incurre como consecuencia de la realización de un acto u omisión ilícito o en el que intervengan cualquier género de culpa o negligencia que haya provocado un daño a terceros. Sujeto Activo: es la entidad estatal con derecho para exigir el pago del tributo; ente público recaudador del tributo bien sea Nacional, Estadal o Municipal. (Art. 18, COT). Sujeto Pasivo: es la persona natural o jurídica obligada al cumplimiento de las prestaciones tributarias por haber realizado alguna actividad definida en la ley como hecho imponible, bien sea en calidad de contribuyente o de responsable. (Art. 19, COT).

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Tasa: tributo cuyo hecho imponible consiste en la utilización de un bien del dominio público, la prestación de un servicio público o la realización por parte de la Administración de una actividad que se refiera, afecte o beneficie de forma especial a determinado sujeto pasivo. Tributo: son prestaciones de dinero que el Estado exige en el ejercicio de su poder de imperio sobre la base de la capacidad contributiva en virtud de una ley, y para cubrir los gastos que le demande el cumplimiento de sus fines. (Villegas, 1992). Tributos estadales: tributos que el poder estadal exige a los contribuyentes en ejercicio de su poder de imperio, con el fin de obtener recursos para financiar el gasto público. Tributos municipales: tributos que el Poder Municipal exige a los contribuyentes en ejercicio de su poder de imperio, con el fin de obtener recursos para financiar el gasto público. Tributos nacionales: tributos que el Poder Nacional exige a los contribuyentes en ejercicio de su poder de imperio, con el fin de obtener recursos para financiar el gasto público. Unidad tributaria: medida de valor expresada en moneda de curso legal, creada por el código Orgánico Tributario y modificable anualmente por la Administración Tributaria. Unidad de valor creada a los efectos tributarios como una medida que permite equiparar y actualizar a la realidad inflacionaria, los montos de las bases de imposición, exenciones y sanciones, entre otros; con fundamento en la variación del Índice de Precios al Consumidor (I.P.C.). Variación: cambio que hace que algo o alguien sea diferente en cierto aspecto de lo que era.

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II PARTE: ANÁLISIS SITUACIONAL DE LA EMPRESA RICARDO BRANDT, A LA LUZ DE LA TEORÍA.

ANÁLISIS SITUACIONAL DE LA EMPRESA RICARDO BRANDT, C.A. COMO FIGURA DE AGENTE DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS DE INDUSTRIA, COMERCIO, SERVICIO O DE ÍNDOLE SIMILAR.

Ricardo BRANDT, C.A. fue designada el mes de marzo de 2010 como contribuyente especial por la Gerencia Regional de Tributos Internos, lo cual significa que a partir de esta fecha a la entidad le son asignadas nuevas responsabilidades y deberes formales. Los contribuyentes especiales son los responsables del pago del Impuesto al Valor Agregado en calidad de agentes de retención, los cuales han sido calificados y notificados por la Administración Tributaria como tales, y además están sujetos a normas especiales en relación con el cumplimiento de sus deberes formales y el pago de sus tributos, en atención al índice de su ingresos. Los deberes formales concedidos a Ricardo Brandt, C.A para marzo de 2010 de acuerdo a su condición hacen referencia a la obligación atribuida de retener, enterar y declarar el IVA según lo establecido en la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° SNAT/2005/0056, mediante la cual se designan agentes de retención del impuesto al valor agregado. A partir del 1 de Julio de 2010, a la empresa se le asignan nuevas obligaciones tributarias aunadas a las anteriores por ser designado como agente de retención del IAEICSIS por la Administración Tributaria del Municipio Caroní previa notificación, dichas obligaciones se encuentran comprendidas en la ordenanza N° 1099-2009.

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Con el objeto de dar cumplimiento a los propósitos planteados para la investigación, se hizo necesario el desarrollo en orden lógico y sistemático de las 3 fases u objetivos específicos, permitiendo la descripción de los resultados obtenidos en cada uno de ellos, presentados a continuación:

2.1 Identificar los deberes formales asignados a Ricardo Brandt, C.A. con la designación de agente de retención del IAEICSIS

Efectuar la retención del Impuesto sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicios o de Índole Similar. • Exigir la licencia de Actividades Económicas al contribuyente, como requisito indispensable para la celebración del contrato, acto u operación. • Informar al sujeto contribuyente, mediante entrega de comprobante por la retención efectuada. • Enterar y pagar los impuestos retenidos ante el fisco municipal. • Informar a la Administración Tributaria Municipal sobre las retenciones efectuadas de forma mensual mediante entrega de copia de los comprobantes correspondientes. • Informar al contribuyente sobre las retenciones realizadas durante el año. • Informar a la Administración Tributaria Municipal de forma anual a través de un resumen el número y denominación de las personas objeto de retención. • Suministrar la información requerida por la Administración Tributaria a través de los formularios.

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2.2. Identificar los cambios administrativos, contables y de sistema durante el período 2010-2012 en la empresa Ricardo Brandt, C.A., al tener la obligación de cumplir con los deberes formales asignados posterior a la designación como agente de retención del Impuesto sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio, o de Índole Similar.

Ricardo BRANDT, C.A. posterior a la designación como agente de retención del IAEICSIS se vio en la necesidad de incurrir en cambios administrativos y contables para el desempeño eficiente y eficaz de los deberes formales derivados de la obligación tributaria concedida, haciendo referencia a dichos cambios en lo siguiente:

2.2.1 Asesoría contable.

Con el objeto de recibir orientación para el cumplimiento efectivo de las obligaciones y normas legales concernientes al Impuesto sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar y la figura de Agente de Retención del mismo impuesto, Ricardo Brandt, C.A. solicitó asesoría contable y tributaria, buscando disminuir con ello el margen de error en sus procesos contables y administrativos y así prevenir futuras sanciones de acuerdo a lo tipificado en las normas legales por incumplimiento de los deberes asignados. En tal sentido, el hecho de incurrir en Asesoría por parte de la empresa consistió en lograr desarrollar una gestión contable clara y precisa, además de informarse sobre las herramientas con las que contaba y debía disponer para cumplir su obligación de manera que no se viera afectado el rendimiento de la entidad.

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2.2.2 Adquisición de Software (Módulo de retención del IAE).

De acuerdo a las herramientas que debe disponer la entidad, según lo informado a través de asesoría contable, se hace referencia a un software administrativo que permita efectuar la retención del Impuesto sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar de manera sistemática y consecutiva, disminuyendo el margen de error que se obtiene de preparar un promedio de 150 retenciones de forma manual (Número promedio mensual de retenciones realizadas por Ricardo Brandt, C.A.). Para dar cumplimiento a tal requisito, Ricardo Brandt, C.A. se ve en la necesidad de adquirir a través del servicio de Mantis Tecnhologie, C.A. la modificación software administrativo del cual hacían uso para el cumplimiento de sus obligaciones contables y tributarias anteriores a la designación como agente de retención del impuesto sobre actividades económicas, de tal manera que se anexara al sistema administrativo el módulo de retenciones del IAEICSIS, dicha acción les permite agilizar el proceso de retención cumpliendo debidamente los aspectos formales necesarios, además facilita el deber formal concerniente al enteramiento del tributo por el hecho de suministrar el archivo en formato TXT requerido por el portal de Alsobocaroní al momento de la declaración vía web.

2.2.3 Asesoría al Personal.

Con el objeto de incrementar la productividad y promover la eficiencia del personal, por parte de Ricardo Brandt C.A. se hizo necesario el proceso continuo de adiestramiento a los empleados, permitiéndoles la obtención de los conocimientos requeridos en cuanto a las obligaciones tributarias asignadas a la empresa posterior a la designación como agentes de

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retención del IAEICSIS y los cambios administrativos y contables que ello conlleva. Tal orientación se ve enfocada en:

2.2.3.1 Asesoría Tributaria. A Ricardo Brandt, C.A una vez designada como agente de retención del IAEICSIS, se le hace indispensable conocer y dar cumplimiento a las normas legales y tributarias que respaldan tal designación, por tal motivo es precisa la solicitud de asesoría tributaria con la finalidad de otorgar al personal la actualización, el desarrollo y especialización en cuanto a los deberes y obligaciones formales asignadas a partir del 1 de Julio de 2010, buscando promover el éxito requerido para la empresa y sobre todo no ser sancionado por la administración tributaria. Es por tal motivo que Ricardo Brandt, C.A. asigna honorarios profesionales adicionales al asesor contable y tributario de la empresa, para que mediante charlas y debates informativos se impartiera la información necesaria para el cumplimiento de los nuevos deberes formales, además de dar a conocer al personal las sanciones por errores u omisiones durante el proceso de preparación, declaración y enteramiento de las retenciones, orientando los esfuerzos del capital humano hacia la productividad propia y de la empresa.

2.2.3.2 Asesoría de Sistema. Para el cumplimiento adecuado y oportuno de las obligaciones tributarias por medio de sistema, se hizo necesaria la solicitud de asesoría para el personal de Ricardo Brandt, C.A. concerniente al nuevo software administrativo adquirido. La asesoría brindada por Mantis Tecnhologie consistió en talleres personalizados durante 12 horas distribuidos en 1 semana de acuerdo a la necesidad del personal durante el proceso de efectuar las primeras

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retenciones del IAEICSIS; tuvo por objeto promover el mejoramiento en cuanto al uso del software administrativo posterior a la inclusión del módulo de retenciones del impuesto sobre actividades económicas, además de proporcionar una preparación al personal que permitiera la eficiencia y eficacia requerida en cuanto al desarrollo y cumplimiento de los procedimientos a realizar a través del sistema Mantis para la preparación y declaración del impuesto como cumplimiento de los deberes formales.

2.2.4 Modificación del plan de cuentas contables.

Posterior a la modificación realizada al sistema contable, para el cumplimiento eficaz y oportuno del proceso de retención, se hace necesario para Ricardo Brandt, C.A. la modificación de su plan de cuentas contables, el cual de acuerdo a su significado, brinda una estructura básica para la organización del sistema contable, con el fin de obtener información de manera más sencilla. De ésta manera, la empresa luego de su designación como Agente de Retención del IAEICSIS, tuvo que incorporar en su plan de cuentas, las cuentas necesarias para registrar el hecho contable de retención, buscando obtener así la homogeneidad, integridad y orden requerido. En relación a las cuentas incorporadas para el control y registro contable de la retención del IAEICSIS al plan de cuentas de Ricardo Brandt, C.A. se tienen:

a) Impuesto Sobre Actividades Económicas Retenido (Activo): Registro del monto retenido a Ricardo Brandt, C.A. por terceros como Anticipo del monto total a declarar de forma trimestral. b) Impuesto sobre Actividades Económicas Retenido por Enterar (Pasivo), es una cuenta de Pasivo u obligación con terceros, donde se registra el monto retenido por Ricardo Brandt, C.A. a contribuyentes, el

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cual debe enterarse de forma mensual. Igualmente se puede definir como pasivo circulante a corto plazo, que consiste en registrar los aumentos y disminuciones derivados de la obligación que las autoridades gubernamentales imponen a determinadas empresas de retener es este caso el Impuesto sobre las Actividades Económicas (retener), por la venta de mercancías o prestación de servicios, y posteriormente, efectuar el entero correspondiente.

2.2.5 Incremento de horas hombre.

Respondiendo a las actividades adicionales por concepto de las obligaciones tributarias asignadas a causa de la retención del Impuesto sobre Actividades Económicas, Ricardo Brandt, C.A. se ve en la necesidad de redistribuir las horas destinadas a las actividades realizadas por el Departamento de Administración anteriores a la designación como Agente de Retención del IAEICSIS, a fin de asignar tiempo para cumplir las nuevas actividades que conducen al desempeño como responsable del tributo.

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III PARTE: ARQUITECTURA METODOLÓGICA DE LA INVESTIGACIÓN

De todo lo antes expuesto, se presenta la necesidad de generar cambios a nivel administrativo, contable y de sistemas, que surgen posteriormente a la designación como Agente de Retención del IAEICSIS la empresa Ricardo Brandt CA., desencadenante en un proceso de adaptación para describir, analizar y evaluar el impacto que surge de la creación y aplicación de la Ordenanza N° 1099-2009 sobre Retención de Actividades Económicas cuando el contribuyente ordinario es clasificado como contribuyente especial en el Municipio Caroní. Así mismo la situación descrita en el desarrollo del trabajo conduce a formular el problema de investigación: ¿Cómo afrontar los cambios generados por el proceso de convertirse en agente de retención del IAEICSIS de acuerdo a la ordenanza 1099-2009?.

3.1. Método de investigación.

La investigación sigue un paradigma interpretativo para dar solución a la incertidumbre de los contribuyentes especiales, bajo un enfoque cualitativo; pretende abarcar descripciones de la empresa Ricardo Brandt, C.A. y los hechos involucrados en el proceso de adaptación de los lineamientos emanados en la Ordenanza 1099-2009. El estudio pretende además de una descripción detallada de los cambios a realizar, los procedimientos involucrados realizados por el capital humano de la empresa, siendo estos últimos informantes clave durante el transcurso de la investigación;

la intención es comprender, confirmar o sugerir las

modificaciones a que haya lugar. Todo esto con la finalidad de proponer una

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alternativa sistematizada, eficiente y eficaz del proceso de retención del IAEICSIS. Para el logro de los objetivos de la investigación se tomará en cuenta en primer lugar la situación de la empresa y los procedimientos administrativos y contables realizados actualmente en Ricardo Brandt, C.A. La contribución de la investigación está centrada en proporcionar una guía orientada para contribuyentes ordinarios aún no designados como contribuyentes especiales; por tanto, que se dan a conocer los cambios administrativos, contables y de sistema que incurren en la entidad, con la finalidad mantenerse a la vanguardia en el ámbito tributario, además de permitir un aporte teórico para los estudiantes en la realización de nuevas investigaciones que al tema se refieran.

3.2. Unidades de observación. Los informantes potenciales, como muestra estadística o probabilística estarán constituidos por el personal administrativo de la empresa Ricardo Brandt, C.A. Para (Martínez 2010:53), la muestra estadística se tomada de una universo definidos y como criterio la condición de que todo miembro tenga exactamente la misma oportunidad de ser elegido. La muestra intencional es elegida bajo una serie de criterios para dar respuesta a una unidad de análisis con la mayor ventaja para los fines de la investigación. Según (Martínez ib:55), se “procura que la muestra represente lo mejor posible los subgrupos naturales, como se indicó para la muestra estadística, y que se complementen y equilibren recíprocamente”;

3.3. Selección de informantes clave.

Para la selección de informantes clave, serán tomados dos criterios: disposición a colaborar con la investigación y ser parte del capital humano

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del área administrativa, contable o de sistema de Ricardo Brandt, C.A. Para (Martínez 2011:197), los informantes clave deben ser “representativos, miembros clave y privilegiados en cuanto a su capacidad informativa”. Dados los cambios en las áreas mencionadas serán considerados dos (2) empleados del área administrativa y contable, uno (1) del área de sistema y uno (1) asesor tributario.

3.4. Técnicas e instrumentos para la recolección de los datos.

Para la recolección original de los datos se utilizará la observación directa y revisión documental constante, obteniendo información por medio de fuentes secundarias, informaciones escritas, recopiladas y transcritas por otros investigadores participantes en el suceso o acontecimiento. La entrevista esta orientada a los informantes clave, con el fin de llevar a cabo el estudio sobre el Impacto Administrativo-Contable y de Sistema en los Contribuyentes Especiales; ocasionado por la designación como agentes de retención del Impuesto sobre Actividades Económicas del Municipio Caroní. Al respecto (Martínez 2010:65), “la entrevista en la investigación etnográfica, es un instrumento técnico que tiene gran sintonía epistemológica con este enfoque y también con su teoría metodológica”, razón que valida el instrumento a los propósitos del estudio. De igual manera, la observación directa busca principalmente el “recoger las historias, anécdotas y mitos que constituyen el trasfondo cultural-ideológico que da sentido y valor a sus cosas” (Martínez ib.:63).

3.5. Análisis de la información. Se describirá el comportamiento de los informantes clave al momento de hacer uso del sistema administrativo contable manejado por Ricardo Brandt, C.A. durante la retención, declaración y enteramiento del impuesto en

48

estudio, como son los principales actores al ejecutar las actividades que para efectos de la ley son denominados deberes formales a consecuencia de la obligación tributaria. Con el fin de aprovechar los datos recopilados provenientes de las fuentes de información puestas en práctica, estos se organizarán para transformarlos en información lógica, inteligible y útil a la investigación. Luego se procederá a la categorización, mediante imágenes tomadas del portal oficial de la Alcaldía Socialista Bolivariana del Municipio Caroní y consiste en clasificar y codificar la información mediante un término claro y conciso con las explicaciones oportunas a cada paso del proceso.

3.6. Procedimiento. Dado el enfoque cualitativo para el estudio, en la realización del mismo serán ejecutadas las siguientes actividades: • Elaboración de las guías orientadas a las entrevistas, mediante una matriz que permita recoger la información del marco referencial para las categorías, donde se especificará la información que será recolectada de los informantes clave. • Arqueo y revisión de documentos pertinentes para la obtención de la información necesaria en el análisis y categorización de diversos autores, así como la Revisión y lectura de las Ordenanzas y Reglamentos de Impuestos Municipales en el Municipio Caroní-Estado Bolívar. • Recolección de la información; consiste en la aplicación de los instrumentos diseñados para la obtención de los datos (observación directa y entrevista semiestructurada), éstos servirán de insumo para la

descripción

de

cambios

presentados

en

los

procesos

administrativos y contables a nivel de sistema presentados en la empresa Ricardo Brandt, C.A.

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• Finalmente en función de las categorías y criterios establecidos se diseñará el procedimiento administrativo y contable para el desarrollo de los deberes formales asignados a la empresa, concerniente a la obligación de ser agentes de retención del IAEICSIS. La investigación se presentará estructurada en cuatro partes: la I parte, refleja el centro de interés haciendo referencia con esto a Ricardo Brandt, C.A. y la obligación de ser Agente de Retención del Impuesto sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar. La II parte, Análisis Situacional de la empresa Ricardo Brandt, C.A. a la luz de la teoría. La III parte, presenta la arquitectura metodológica de la investigación y La IV parte, procedimiento aplicado para cumplir con los deberes formales como Agente de Retención del Impuesto sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar. Las conclusiones, recomendaciones y las referencias bibliográficas.

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IV PARTE: PROCEDIMIENTO APLICADO PARA CUMPLIR CON LOS DEBERES FORMALES COMO AGENTE DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS DE INDUSTRIA, COMERCIO, SERVICIO O DE ÍNDOLE SIMILAR. Para la transferencia de información por concepto de declaración de retenciones del IAEICSIS por parte del contribuyente designado Agente de Retención del impuesto, fue publicado por parte de ALSOBOCARONI mediante web un instructivo que establece los pasos para cada proceso de envío o entrega de información. Considerando los aspectos más relevantes del instructivo, este indica que el contribuyente deberá ingresar con un nombre de usuario y contraseña en el menú de “Agente de Retención”, seguidamente ingresar a la opción de “probar archivo” para subir el archivo TXT requerido para la declaración, explicando a su vez cada una de las columnas y campos que deben llenarse. Este paso se constituye como una validación de prueba. Una vez conforme con el procesamiento, el responsable del tributo debe realizar el proceso definitivo a través del menú “declarar retenciones”, siendo este el proceso que se cargará como definitivo en el portal municipal cumpliendo así con los deberes formales asignados a partir de Julio de 2010. Además, el instructivo establece un proceso de carga para los proveedores que no poseen licencia de actividades económicas. A continuación se muestra por medio de Flujograma el procedimiento realizado por Ricardo Brandt, C.A, como Agente de Retención del Impuesto sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar, para cumplir con la obligación de retener, declarar y enterar el tributo de forma mensual:

51

  INICIO

   

Consulta de proveedores en el Portal de ALSOBOCARONÍ

   

Proveedor con licencia

NO

                                                                                                                                                  Registro de proveedor sin Licencia de Actividad Económica   en el Portal de ALSOBOCARONÍ

   

SI Preparar  la retenciónS del IAEICSS a través del software administrativo

     

Proveedor registrado en el sistema

SI

  Emitir comprobante de retención

 

Incluir compra

NO Incluir proveedor

Emitir Archivo TXT para la declaración

Cargar Archivo TXT al portal de ALSOBOCARONÍ para la declaración

Probar Archivo

Archivo procesado satisfactoriamente

Procesar Archivo

SI Enterar en el Banco a la Orden del Tesoro

Imprimir planilla de pago

Registro contable del pago de las retenciones de IAEICSIS

Declarar retenciones del IAEICSIS

FIN Imagen 4.1. Flujograma Fuente: Las autoras

52

NO

Corregir NO errores

4.1. Efectuar la retención del Impuesto sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicios o de Índole Similar.

El Art. 10 de la ordenanza 1099-2009 sobre agente de retención del impuesto establece:

Los agentes de retención deberán efectuar la retención del Impuesto sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicios o de Índole Similar, derivado de los pagos efectuados a personas naturales o jurídicas, por concepto del ejercicio de actividades económicas en la jurisdicción del Municipio Caroní, en el momento del pago al contribuyente o del abono en cuenta, y deberán enterar dichas cantidades por ante las oficinas receptoras de fondos municipales de la Alcaldía del Municipio Caroní, dentro de los lapsos y en la forma establecida en la Ordenanza.

El proceso de retención efectuado por el agente responsable del tributo debe ser realizado según lo estipulado en la ordenanza sobre Agentes de Retención del IAEICSIS, no sin antes realizar el respectivo proceso de consulta de contribuyente a través del portal de Alsobocaroní.

4.1.1 Consulta de proveedores en el portal de Alsobocaroní

El proceso de preparación de la retención Impuesto sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar inicia mediante la consulta del proveedor al cual se le hizo la compra del bien o servicio por parte de Ricardo Brandt, C.A., con el objeto de obtener la información contenida en su licencia de actividad económica; dicha consulta se realiza en el portal

de Alsobocaroní, siguiendo la ruta mostrada a

continuación:

53

Ricardo Brandt, C.A. ingresa al portal de la Alcaldía Socialista Bolivariana de Caroní, seguidamente hace click en Serv. al Contribuyente.

Imagen 4.2: Portal Alsobocaroní Fuente: www.alsobocaroni.gob.ve

Posteriormente se muestran las posibles acciones que desee realizar el contribuyente, en este caso, para acceder a la información del proveedor la cual es indispensable para la preparación de la retención del IAEICSIS a través del llenado del comprobante exigido como deber formal del responsable del tributo, se debe pulsar Click en Consulta Æ Buscar Contribuyente.

54

Imagen 4.3: Búsqueda de Contribuyente Fuente: www.alsobocaroni.gob.ve

A continuación el sistema solicita por parte del contribuyente responsable del tributo la introducción de uno de los datos necesarios para la búsqueda del proveedor objeto de retención.

Imagen 4.4: Datos de Contribuyente Fuente: www.alsobocaroni.gob.ve

55

Introducir alguno de los siguientes datos requeridos: • Registro de Información Fiscal (RIF), • Número de Cedula de Identidad (Persona Natural), • Número de Licencia de Actividad Económica, • Nombre o Razón Social.

En caso que el contribuyente posea licencia de acuerdo a lo estipulado en las leyes como requisito fundamental para ejercer una actividad económica, ésta se mostrará en pantalla, obteniendo de esa manera la información necesaria para la preparación del comprobante de retención suministrado por ALSOBOCARONÍ como ¨Modelo de comprobante de Retención¨ y en caso de Ricardo Brandt, C.A. el emitido por el sistema Mantis que de igual manera hace el requerimiento de los datos reflejados en la licencia de actividad económica del proveedor; los datos se muestran al hacer click en el número de patente o razón social como indica la imagen a continuación:

Imagen 4.5: Patente y razón social del contribuyente debidamente registrado Fuente: www.alsobocaroni.gob.ve

56

Seguidamente se despliega la pestaña a continuación:

Imagen 4.6: Datos del contribuyente objeto de retención Fuente: www.alsobocaroni.gob.ve

En caso que el contribuyente no posea licencia se mostrará en pantalla lo siguiente:

Imagen 4.7: Contribuyente no registrado (Sin Licencia) Fuente: www.alsobocaroni.gob.ve

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Como queda descrito en párrafos anteriores, toda persona natural o jurídica que ejerza alguna actividad de las reguladas por la ordenanza del impuesto sobre actividades económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar deber obtener su licencia ante la Administración Tributaria Municipal con el objeto de permisar el funcionamiento de la actividad a la cual se dedica, considerándose de tal manera el acto contrario a la obtención y presentación de la licencia un ilícito formal, sancionado respectivamente por el Art. 83 de la misma norma local: a) Ejercieren por más de un (01) año actividades generadoras del pago del impuesto sin haber obtenido la respectiva Licencia, con multa que oscilará entre el veinticinco 25 y cincuenta 50 por ciento del tributo omitido, así mismo serán sancionados aquellos contribuyentes que ejercieren por menos de un (01) año actividades generadoras del pago del impuesto sin haber obtenido la respectiva Licencia con multa equivalente a Treinta Unidades Tributarias (30UT) en ambos casos previa auditoría fiscal. En consonancia con lo descrito anteriormente, se considera que mediante la consulta del proveedor en el portal por parte del Agente de Retención o responsable del tributo, en este caso Ricardo Brandt, C.A. verifica la legalidad del contribuyente objeto de retención, permitiéndose así el cumplimiento eficaz y oportuno de la obligación formal en pro del municipio. El hecho de un proveedor no poseer licencia de actividad económica, se considera una omisión violatoria de acuerdo a lo tipificado en la norma local que establece el tributo, además no exime al proveedor de ser objeto de retención. Alsobocaroní, permite el registro de tales proveedores sin licencia a través de su portal, en tal sentido cuando Ricardo Brandt, C.A. se encuentra frente a contribuyentes objeto de retención sin permisología para la ejecución de actividades económicas, tiene la opción de informar a la Administración

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Tributaria Municipal el ilícito presenciado, permitiendo así el avance en cuanto a registro de contribuyentes del IAEICSIS ante el Municipio Caroní; viéndose reflejado el cumplimiento del deber de: Exigir la licencia de Actividades Económicas al contribuyente, como requisito indispensable para la celebración del contrato, acto u operación.

4.2 Procedimiento para registro de proveedor sin licencia de actividad económica.

El Art. 23 de la Ordenanza 1099-2009 sobre Agentes de Retención del IAEICSIS describe: Los agentes de retención están obligados a exigir la Licencia de Actividades Económicas en la oportunidad de celebrar el contrato o de realizar los actos y operaciones, en virtud del cual se ejerzan las actividades sujetas a gravamen, como requisito indispensable para su celebración. En caso de, el proveedor no poseer Licencia de Actividad Económica, Ricardo Brandt, C.A. a través de su cuenta en el portal, debe notificar ante Alsobocaroní la falta del contribuyente por medio del menú “Retenciones” en el Sub- Menú Empresa sin Licencia.

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Imagen 4.8: Notificación de contribuyente no registrado (Sin Licencia) Fuente: www.alsobocaroni.gob.ve

Ingresar los Datos que se requieren en el Módulo a continuación, del proveedor a registrar contenidos en la factura emitida por el contribuyente al momento de la compra del bien o servicio considerado hecho imponible de acuerdo a la norma que rige el tributo:

Imagen 4.9: Datos de contribuyente no registrado (Sin Licencia) Fuente: www.alsobocaroni.gob.ve

60

4.3 Inclusión de “Proveedor” y “Compra” en el sistema para la determinación y emisión del comprobante de retención

Expresado en secciones anteriores, los agentes de retención están obligados a entregar a los proveedores un comprobante de cada retención de impuesto que se les practiquen. El comprobante debe emitirse y entregarse al proveedor en el período de imposición en que se practica la retención; el programa Mantis Technologies brinda a las compañías la facilidad de administrar de forma automatizada las retenciones del Impuesto sobre Actividades Económicas, para ello es necesario incluir en el sistema tanto al proveedor como la compra realizada por el agente de retención a través del módulo de archivo y operaciones respectivamente, ofrecido por el sistema, de la siguiente manera:

4.3.1 Incluir Proveedor

Ingresar al módulo de Archivo; en este módulo se registran Los Clientes, Proveedores, Centros de Costos, Bancos, Cuentas Contables, Períodos Fiscales y Categorías de Compras y Ventas que manejará el Sistema según el requerimiento del usuario. Esta opción permite registrar un determinado proveedor. Consta de dos pestañas (Lista, Detalle). Al hacer clic sobre el botón incluir se muestra de forma automática la pestaña de detalle:

61

Imagen 4.10: Incluir Proveedor Fuente: Mantis IVA Manual de Usuario

En esta pestaña del formulario se debe incluir los datos básicos del proveedor tales como: • Código: el cual se utilizará para identificarlo en el sistema (este código puede contener números y letras) • Nombre o Razón Social • RIF: Es un campo obligatorio el cual, debe cumplir con los siguientes requerimientos a la hora de ingresarlo, ya que de lo contrario el sistema no guardará la información ingresada

Imagen 4.11: Registro de RIF Fuente: Mantis IVA Manual de Usuario

• NIT, Dirección Fiscal, Teléfonos, Fax, e-mail,

Debe indicar si el proveedor es Nacional o Extranjero, el Tipo de Persona Correspondiente al proveedor (Jurídica, No Jurídica, Residente, No Residente), seleccionar el tipo de Retención, % de Retención IVA.

62

4.3.2 Incluir Compra

Imagen 4.12: Incluir compra Fuente: Mantis IVA Manual de Usuario

Posterior a la inclusión o registro de proveedor a través del sistema, se registra la compra realizada por Ricardo Brandt, C.A. ante el mismo proveedor mediante el módulo de operaciones, éste último es el centro del sistema que le permitirá al usuario el registro de todas las Compras y Ventas de la Empresa lo cual le facilitará el Control de las Cuentas por Cobrar y por Pagar, así como la Generación de reportes, en este caso el comprobante de retención del IAEICSIS. En la Pestaña de Detalle se deben tomar en cuenta los siguientes campos a la hora de incluir un Nuevo Documento de Compra: • Proveedor: Agregar el nombre del proveedor. O selecciónelo haciendo clic sobre el botón del título de proveedor para ver la lista de proveedores registrados. • Documento: Debe Seleccionar el tipo de documento FAC (Factura), N/C (Nota de Crédito) o N/D (Nota de Débito). • Número: Incluir el número de documento. • Nro. De Control: Especificar el número de control del documento. • Período Fiscal: Período Fiscal del Documento.

63

• Fecha del Documento: Es la que se encuentra descrita en el documento que se está registrando. • Fecha de Aplicación: • Tipo: Seleccionar el tipo de pago (CONTADO-CREDITO) • Contra Factura Nro.: • Centro de Costo: Ingrese el Centro de Costo al cual se le cargará la Compra. • Categoría: Ingrese la categoría correspondiente a la Compra que se está registrando. • Los campos IVA Percibido por Aduana, Planilla de Importación y Expediente de Importación, se registran cuando es una compra hecha en el exterior, los cuales generan estos documentos al momento de ingresar a la Aduana

Observaciones: • La opción, aplica cuando el IVA retenido es de períodos anteriores pero se aplica al período actual. Luego de Ingresar todos los datos en el encabezado del documento, se deben registrar los montos del documento. • Agregar el subtotal, automáticamente se cargará este valor como la Base imponible, en caso de que exista un monto exento dentro del documento se debe colocar en el campo Base Imponible el valor correspondiente al Subtotal – Monto Exento de Impuesto y especificar el Tipo de alícuota de IVA a aplicar (por defecto está la alícuota General) el sistema calculará el resto de los valores. Se debe colocar el porcentaje de Impuesto retenido en caso que sea un agente de retención.

64

4.4 Determinación de la retención y emisión de comprobante por la retención efectuada al contribuyente. El Art. 18 de la ordenanza 1099-2009 tipifica, los agentes de retención están obligados a entregar al contribuyente un comprobante por cada retención efectuada, a los fines que éste las deduzca en la oportunidad en que deba presentar la correspondiente declaración de ingresos brutos o la autoliquidación del impuesto, previstas en la Ordenanza de Impuesto Sobre las Actividades de Industria, Comercio, Servicios o de Índole Similar, o en la oportunidad en que deba presentar la declaración de ingresos brutos en otras jurisdicciones. De acuerdo al cumplimiento del artículo anterior, Ricardo Brandt, C.A. a través del programa Mantis Tecnhologie y seguimiento de la ruta mostrada a continuación realiza el cumplimiento del deber de informar al contribuyente objeto de retención al momento de generarse el hecho imponible del tributo sobre la cantidad retenida:

Ir a la opción que se encuentra en el menú Operaciones, submenú retenciones de impuestos de actividades económicas.

Imagen 4.13: Selección del submenú retenciones de las actividades económicas

65

,

Al hacer clic sobre el botón

automáticamente se muestra la

pestaña Detalle.

Imagen 4.14: Formulario de Retención del Impuesto de Actividades Económicas

Seleccione el proveedor, seleccione el período fiscal, automáticamente se carga el número de comprobante y la fecha de pago, dichos datos pueden ser modificables.

Imagen 4.15: Formulario de Detalle

66

Ahora bien, ya seleccionados los campos requeridos, el monto del impuesto a retener será determinado aplicando a los ingresos brutos pagados o proporcionalmente de lo abonado en cuenta, la alícuota correspondiente de acuerdo al hecho imponible realizado y que por consiguiente, origina el pago de la cantidad objeto de retención. Entonces, se selecciona el tipo de Retención (Pulse el botón para que le aparezca una ventana de selección de actividad económica). De acuerdo al ANEXO 1 mostrado en la presente investigación se refleja el clasificador de actividades y la alícuota a aplicar a la actividad comercial, industrial o de índole similar que se realizó y que dio origen al pago de las cantidades de las cuales se retendrá el impuesto.

Imagen 4.16: Selección de la actividad económica

Seguidamente, se pulsa el botón que aparece al lado de la Fecha de Pago

. Le aparecerá una ventana con la lista de facturas que

tiene con el proveedor, para que seleccione el documento sujeto a retención y después pulse el botón

.

67

Imagen 4.17: Selección del documento sujeto a Retención

De esa manera se cargará automáticamente el detalle de la operación y también, el cuadro inferior de la pestaña de Detalle con toda la información correspondiente a la retención del impuesto del documento seleccionado. El encargado de realizar la retención por parte de Ricardo Brandt, C.A. debe verificar que los datos sean correctos y pulsar el botón

.

Imagen 4.18: Cargo automático y verificación de la información

68

Para observar el respectivo Comprobante en pantalla, se pulsa el botón

, (este se activa después de guardar los datos)

Imagen 4.19: Selección del botón de imprimir

Seguidamente aparece una ventana de impresión, se selecciona el botón

y se pulsa el botón

para que aparezca una

ventana con el Comprobante de Actividades Económicas.

Imagen 4.20: Ventana de impresión

Verifique que todos los datos son correctos y pulse el botón imprimir el Comprobante.

Imagen 4.21: Verificación de datos del Comprobante de Retención

69

para

Imagen 4.22: Comprobante de Retención del Impuesto de Actividades Económicas

ARTÍCULO 26 de la Ordenanza 1099-2009 sobre Agentes de Retención del IAEICSIS: Los agentes de retención que omitan la entrega al contribuyente del comprobante de retención efectuada y/o la relación de los impuestos retenidos, previstas en los artículos 18 y 19 de esta Ordenanza, serán sancionados con multa equivalente a treinta unidades tributarias (30 U.T.)

70

4.5 Declarar los impuestos retenidos ante el Fisco municipal.

De forma mensual entre los primeros 10 días hábiles de cada mes, de acuerdo a lo estipulado en la ordenanza 1099-2009, Ricardo Brandt, C.A., tiene la obligación de realizar la declaración de los tributos retenidos; para ello el programa Mantis ofrece la opción de emitir a través de su sistema el archivo TXT exigido por ALSOBOCARONÍ para la declaración del IAEICSIS; los pasos para su emisión se muestran a continuación: A través del menú operaciones, Ricardo Brandt, C.A. ingresa a la opción ¨Crear Archivo TXT para las retenciones del Impuesto Sobre Actividades Económicas¨:

Imagen 4.23: Crear Archivo TXT

Seguidamente se ingresan los datos del período para el cual se desea crear el archivo TXT:

71

Imagen 4.24: Período fiscal para crear archivo TXT

Seguido de la selección del período fiscal se le solicita al usuario del sistema la aceptación para la creación del archivo TXT:

Imagen 4.25: Confirmar la acción de generar archivo TXT

72

Una vez confirmada y la creación del archivo TXT por parte de Ricardo Brandt,

C.A.

el

sistema

muestra

en

pantalla

en

monto

retenido,

correspondiente al IAEICSIS para ser declarado de acuerdo a lo normado en la Ordenanza del impuesto.

Imagen 4.26: Aviso del sistema: monto retenido/ubicación del archivo creado

El sistema contable emite para uso del agente de retención (Ricardo Brandt, C.A.) un reporte de retenciones que permite su verificación antes de la declaración:

Imagen 4.27: Reporte de retenciones a declarar en el mes

73

Finalmente se muestra el archivo TXT emitido por el programa Mantis, obteniéndose el instrumento necesario para la declaración además del cumplimiento del deber formal por parte de Ricardo Brandt, C.A.

Imagen 4.28: Archivo TXT para declaración de IAEICSIS

4.5.1 Proceso de Carga para la Declaración por retenciones de IAEICSIS

Para validar la información del archivo generado en formato TXT, Ricardo Brandt, C.A. deberá ingresar al Portal Fiscal del ALSOBOCARONI (http://www.alsobocaroni.gob.ve), ingresar a la opción “SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE (Ver Imagen 3.1: Portal Alsobocaroní) Seguidamente ingresar a la opción Retención de Impuestos como se muestra a continuación:

74

Imagen 4.29: Inicio al proceso de Declaración de retención de IAEICSIS Fuente: www.alsobocaroni.gob.ve

Para la transmisión de información del archivo TXT generado para el Proceso de Declaración de Retenciones del IAEICSIS al portal de la alcaldía, está a la disposición de los Contribuyentes en el Portal de ALSOBOCARONI una Opción en el Menú Retención de Impuesto que les permitirá transmitir la Declaración vía Internet, para ello debe poseer usuario y clave ante la Administración tributaria municipal. Introducir Usuario y Clave del agente de retención:

Imagen 4.30: Inicio de sesión para la declaración retención de IAEICSIS Fuente: www.alsobocaroni.gob.ve

75

Imagen 4.31: Sesión iniciada para la declaración retención de IAEICSIS Fuente: www.alsobocaroni.gob.ve

Posterior al inicio de sesión, antes de proceder a la carga del archivo, se debe seguir el procedimiento de modo de prueba, con el objeto de asegurarse de contar con el archivo listo para su declaración.

4.5.1.1 Modo de Prueba • Opción del Modo de prueba: en la opción probar archivo se podrá realizar la validación del archivo creado bajo las especificaciones del instructivo técnico. Sólo para su validación.

76

Imagen 4.32: Acceso a modo de prueba, archivo para declaración Fuente: www.alsobocaroni.gob.ve

Seguidamente realizar la Declaración, a través de la opción Archivo a Procesar.

4.5.1.2 Archivo a procesar • Archivo a procesar: a través del menú retenciones opción declarar retenciones, se muestra la siguiente ventana donde podrá elegir el archivo TXT que desee descargar desde la unidad donde este almacenado, hacer click en la opción ABRIR, se mostrará la dirección del

archivo

seleccionado,

seguidamente

PROCESAR ARCHIVO:

77

click

en

la

opción

Imagen 4.33: Selección de archivo a procesar, archivo para declaración Fuente: www.alsobocaroni.gob.ve

IMPORTANTE: Si el archivo es procesado correctamente mostrará el siguiente mensaje:

Imagen 4.34: Archivo procesado satisfactoriamente Fuente: www.alsobocaroni.gob.ve

78

4.5.1.3 Error en Archivo Procesado Durante la acción de procesar el archivo TXT el sistema tras mostrar el mensaje de error, puede anunciar los siguientes mensajes: 1. No debe haber espacios en blanco, todos los campos deben estar completos. 2. La patente del agente de retención no debe ser nula ni ser cero (0): 2.1.

Verifique el nro. de patente del agente de retención",

2.2.

La patente del agente de retención debe ser la misma para todos los registros del Archivo".

3. El Rif del agente de retención no debe ser nulo: 3.1.

El Rif del agente de retención no debe ser cero (0)",

3.2.

Formato errado en la columna Rif del agente de retención.

4. El Rif del agente debe ser la misma para todos los registros del archivo". 5. El Año del Período Impositivo no debe ser nulo 5.1.

El Año del Período Impositivo no debe ser cero (0)",

5.2.

El Año del Período Impositivo debe ser el mismo del año en curso".

6. El mes del Período Impositivo no debe ser nulo", 6.1.

El mes del Período Impositivo no debe ser cero (0)",

6.2.

El mes del Período Impositivo no debe ser mayor al actual ",

6.3.

"Ya Existen registro para este mes”

7. “El Rif del Sujeto Retenido no debe ser nulo". 7.1.

El Rif del Sujeto Retenido no debe ser cero (0)",

7.2.

"Formato errado en la columna Rif del Sujeto Retenido"

8. El Tipo de Operación no debe ser nulo", 8.1.

"El Tipo de Operación no debe ser cero (0)",

8.2.

"Formato errado en la columna Tipo de Operación"

9. "La fecha de operación no debe ser nulo", 9.1.

"La fecha de operación no debe ser cero (0)",

79

9.2.

"Formato errado en la columna fecha de operación",

9.3.

"Fecha Invalida",

9.4.

"Fecha de operación debe ser menor a la actual"

10. "El Numero de Factura de la Operación no debe ser nulo", 10.1

"El Numero de Factura de la Operación no debe ser cero (0)",

10.2

"Factura existe en nuestra base de datos"

11. "El Numero de Control de la Operación no debe ser nulo", 11.1

"El Numero de Control de la Operación no debe ser cero (0)",

11.2

"Numero de Control repetido en nuestra Base de Datos para

este Sujeto", 11.3

"Formato Errado en Numero de Control de la Operación",

11.4

"El Numero de Control de la Operación Debe ser distinto NA"

12. "El Tipo de Documento no debe ser nulo" 12.1

"El Tipo de Documento no debe ser cero (0)",

12.2

"Formato errado en la columna Tipo de Documento”),

13. "La Patente del Sujeto Retenido no debe ser nulo", 13.1. "La Patente del Sujeto Retenido no debe ser cero (0)", 13.2. "La patente del Sujeto Retenido no es Válida, Consulte su Existencia" 14. "El Numero de Factura Afectada de la Operación no debe ser nulo" 14.1. "El Numero de Factura Afectada de la Operación no debe ser cero (0)". 14.2.

"Factura Afectada existe en nuestra base de datos",

14.3. "Factura Afectada debe ser NA", 14.4. "Factura Afectada NO debe ser NA cuando es NC o ND" 15. "El Numero de Control de la Factura Afectada no debe ser nulo", 15.1. "El Numero de Control de la Factura Afectada no debe ser cero (0)", 15.2. "Numero de Control de la Factura Afectada repetido en nuestra Base de Datos",

80

15.3. "Formato Errado en Numero de Control de la Factura Afectada XX-XXXXXXX", 15.4. "El Numero de Control de la Afectada Debe ser NA cuando es FT", 15.5. "El Numero de Control de la Afectada NO debe ser NA cuando es NC o ND"

En caso de presentarse algún error de los antes mencionados, se mostrará a través del siguiente mensaje:

Imagen 4.35: Error en archivo procesado Fuente: www.alsobocaroni.gob.ve

• Una vez corregidos los errores mostrados en pantalla, realizar nuevamente el procesamiento del archivo de declaración hasta que resulte satisfactorio, • Cuando ya esté conforme con el procedimiento recuerde realizar el proceso definitivo, a través del Menú RETENCIONES opción declaración de retenciones (Imagen 4.32), • Una vez culminado el proceso de Declaración el PORTAL mostrará la planilla de liquidación (planilla de pago).

81

Imagen 4.36: Planilla de pago Fuente: www.alsobocaroni.gob.ve

4.6 Pago del impuesto ante el Fisco municipal

Ahora bien, de acuerdo a lo tipificado en el Art. 4 de la Ordenanza 1099-2009 sobre Agentes de Retención del IAEICSIS: Los agentes de retención son responsables directos del pago del impuesto que les corresponda retener en los actos u operaciones en las cuales intervengan. Una vez obtenida la planilla de pago a través del portal de Alsobocaroní posterior a la declaración correspondiente, el responsable del cumplimiento de la obligación tributaria por parte de Ricardo Brandt, C.A. debe dirigirse a las oficinas receptoras de fondos, haciendo mención a ella: oficinas de Banco Guayana, C.A. y así manera se da por extinguida la obligación tributaria derivada del impuesto sobre actividades económicas ante el Municipio Caroní en el período determinado. La obligación tributaria ante la empresa se ve extinguida en el período en curso una vez que se hace el registro en la contabilidad de Ricardo

82

Brandt, C.A. correspondiente al monto de las retenciones declaradas, haciendo el respectivo cierre de la cuenta ¨Impuesto sobre Actividades Económicas Retenido por Enterar¨ contra Banco.

83

CONCLUSIONES

La designación de la figura de agente de retención del impuesto sobre actividades económicas, es tan novedoso como importante para el municipio creador de la obligación dentro de sus políticas fiscales, para el caso del Municipio Caroní del Estado Bolívar; tal designación pretende disminuir la evasión fiscal por parte de los contribuyentes, con la finalidad de sostener los gastos públicos y compromisos sociales de la comunidad. Siendo así, los agentes de retención son ejecutores de los planes estadales, debido a las obligaciones asignadas y exigidas por el Estado y creadas por la Administración Tributaria Nacional o Municipal con el propósito de recaudar tributos, cuya evasión fiscal genera sanciones y multas tipificadas en la ley. De acuerdo al Art 3. de la Ordenanza que crea la figura de Agente de Retención del IAEICSIS en el Estado Bolívar Municipio Caroní, Ricardo Brandt, C.A. empresa ubicada en dicha jurisdicción, queda designada a partir del 1 de Julio de 2010 como responsable del tributo ante la Administración Tributaria Municipal, siendo asignadas de tal manera nuevas obligaciones formales: Retener, Declarar y Enterar el tributo dentro de las condiciones y formas establecidas en la norma local, además de otorgar la información al contribuyente, mediante un comprobante la retención que le fue efectuada por concepto del IAEICSIS. En tal sentido: Al ser designados por la Administración Tributaria del Municipio Caroní como agentes de retención del IAEICSIS, el personal de la empresa desconoce los procedimientos a realizar en relación a las retenciones del impuesto, como consecuencia de las nuevas responsabilidades y deberes formales asignados. A causa de las obligaciones tributarias asignadas a Ricardo Brandt, C.A., la empresa se ve en la necesidad de adaptarse a una serie de cambios administrativos y contables, con la finalidad de cumplir de forma eficaz,

84

eficiente y oportuna los deberes formales estipulados en la ordenanza 10992009. Ricardo Brandt, C.A. a partir del proceso de adaptación en los cambios de carácter tributario, solicita asesoría contable y tributaria con la finalidad de capacitar al capital humano en los procedimientos realizados por la empresa como agentes de retención del IAEICSIS. Posterior a la designación como agentes de retención del IAEICSIS la empresa desembolsó dinero por concepto de gastos operacionales, lo cual influyó en el flujo de caja. La empresa adquiere actualización de software administrativo por concepto de inclusión del módulo de retenciones del Impuesto sobre Actividades Económicas ofrecido por Mantis Tecnhologie. Ricardo Brandt, C.A introduce cuentas contables necesarias para el registro adecuado del hecho de retención del IAEICSIS y su posterior declaración. De acuerdo a las nuevas funciones asignadas al personal administrativo, Ricardo Brandt, C.A. requirió el incremento de las horas hombre para el cumplimiento de las actividades que conlleva la designación como agente de retención. El incumplimiento total o parcial de las disposiciones descritas en la ordenanza sobre Agentes de Retención del Impuesto sobre Actividades Económicas acarrea para la empresa designada como tal sanciones por concepto de ilícitos formales descritos en el Capítulo V de la misma ley.

85

RECOMENDACIONES

A continuación, se presentan recomendaciones a Ricardo Brandt, C.A. con la finalidad de tomar acciones que permitan mejorar el desenvolvimiento durante el cumplimiento de la obligación tributaria asignada posterior a la designación como agente de retención del IAEICSIS y evitar de esta manera que la empresa sea sancionada por incumplimiento total o parcial de los deberes formales como responsable del impuesto municipal. Entre las recomendaciones se encuentran: La empresa Ricardo Brandt C.A. deberá contratar los servicios de un asesor conocedor del aspecto tributario municipal, una vez que se presente la necesidad de acuerdo a las modificaciones de las leyes promulgadas en el Municipio Caroní concernientes al IAEICSIS, con la finalidad de contar con un personal capacitado para llevar a cabo los procedimientos que debe realizar la empresa como contribuyente especial del tributo. La empresa está en el deber de mantenerse informada en cuanto a la promulgación de modificaciones o nuevas normativas tributarias emitidas por la Alcaldía Socialista Bolivariana de Caroní, en referencia a los agentes de retención del IAEICSIS. Ricardo Brandt, C.A. debe implantar políticas tributarias que permitan prever los recursos financieros destinados al pago de las retenciones efectuadas. Los usuarios del sistema Mantis IVA por parte de Ricardo Brandt, C.A. serán solo aquellos autorizados para su ejecución, y por lo tanto, estas personas deben estar calificadas para el manejo del programa, pues algún registro contable erróneo derivado del cumplimiento de los nuevos deberes formales o un mal manejo del mismo, puede traer como consecuencia el incumplimiento de las responsabilidades y obligaciones de la empresa, lo

86

que puede generar a la entidad posibles sanciones o multas por parte de la Administración Tributaria Municipal. Elaborar un plan de adiestramiento dirigido al personal de la empresa con la finalidad de mantenerlos actualizados acerca de los constantes cambios presentados por la Administración Tributaria Municipal, además de un manual de procedimientos que indique el proceso que conlleva la preparación de la retención, declaración y pago del impuesto. Solicitar asesoría constante a la empresa Mantis Technologies, con el propósito

de

cumplir

con

todos

los

requerimientos

exigidos

por

ALSOBOCARONÍ a los agentes de retención del IAEICSIS, a través del uso del software contable proporcionado por dicha empresa.

87

REFERENCIAS

Arias, F. (2006). El Proyecto de Investigación (5ta. Edición). Venezuela: Editorial Episteme, C.A. Código Orgánico Tributario (Decreto No. 37.305) (2001, Octubre 17). Gaceta Oficial de la República de Venezuela. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (Decreto No. 36.870) (1999, Diciembre 30). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Ley Orgánica del Poder Público Municipal (Decreto No. 6.015) (2010, Diciembre 28). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Gómez, M. (2000). Análisis de contenido cualitativo y cuantitativo: definición, clasificación y metodología [Documento en línea]. Disponible: http://www.utp.edu.co/~chumanas/revistas/revistas/rev20/gomez.htm. [Consulta: 2012, Junio 18]. Martin, A. (1999). “Diccionario de Contabilidad y Finanzas”. Madrid: Editorial Cultural. Martínez, E. (2001). Análisis de los Datos. [Documento en línea]. Disponible:http://medusa.unimet.edu.ve/didactica/fpdd49/Lecturas/Archi vo%20Word/ANALISIS%20DE%20LOS%20DATOS.doc [Consulta: 2011, Noviembre 27] Martínez M, Miguel. (2010). La investigación cualitativa etnográfica en educación. Manual teórico práctico. México. Editorial Trillas. Martínez M, Miguel. (2011). Ciencia y arte en la metodología cualitativa. México. Editorial Trillas. Ordenanza de Impuesto sobre las Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar. (Decreto N° 1098-2009) (2009, Diciembre 18). Gaceta Municipal de Caroní (Edición extraordinaria).

88

Ordenanza de Impuesto sobre las Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar. (Decreto N° 1022-2011) (2011, Diciembre, 19). Gaceta Municipal de Caroní (Edición extraordinaria). Ordenanza sobre Agente de Retención del Impuesto de Actividades Económicas De Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar. (Decreto N° 1099-2009). (2010, Junio 25). Gaceta Municipal de Caroní (Edición extraordinaria). Sabino, C. (2009). ¿Cómo hacer una tesis? Y elaborar todo tipo de escrito. Venezuela: Editorial Melvin, C.

89

ANEXOS

Anexo N° 1. Clasificador de Actividades Económicas

90

Anexo N° 2. Acciones sujetas o no a retención de IAEICSIS

ACCIÓN ™ ™ ™ ™ ™

™ ™ ™ ™ ™ ™

™

™

™

RETENER

Honorarios profesionales prestados por PN o PJ. Servicios públicos: Agua, Electricidad, CANTV. Empresas públicas. Fletes – Servicios de transporte empresa sin establecimiento permanente en el Municipio Caroní. El servicio de telefonía fija se considerará prestado en jurisdicción del Municipio en el cual esté ubicado el aparato desde donde parte la llamada. El servicio de telefonía móvil, PJ Privada. Los servicios de televisión por cable, de Internet y otros Similares. Servicios de Cesta Ticket / sin domicilio en el Municipio. Compra de bienes a empresas sin establecimiento permanente en el Municipio Caroní. Alquileres de local PJ a PJ para uso comercial. Servicios de empresas sin establecimiento permanente en el Municipio Caroní con plazo menor a 90 días en el Municipio Caroní. Servicios de empresas sin establecimiento permanente en el Municipio Caroní con plazo mayor a 90 días en el Municipio Caroní. Empresas con establecimiento permanentes en el Municipio Caroní SIN LAE, facturas menores a 20 UT. Empresas con establecimiento permanentes en el

NO NO NO

Municipio Caroní con LAE, facturas menores a 20

NO

UT.

Fuente: Elaboración propia

91

NO

SI SI SI NO NO SI NO

SI

SI

92

93

94

95

96

97

98

99

Fuente: http://www.alsobocaroni.gob.ve/upload/Clasificador.pdf

100

Anexo N° 2. Asiento para registrar retención del IAEICSIS realizada a un proveedor por Ricardo Brandt, C.A.

Descripción

Nº Doc.

Debe

Compra

0005

XXXX

IVA Crédito Fiscal

0005

XXXX

Otras Retenciones, IVA o ISLR por pagar Retención de Actividades Econ. por pagar

Haber

XXXX C-032

XXXX

Banco o Cuentas por Pagar

XXXX Fuente: Las autoras

Anexo N° 3. Asiento para registrar pago de las retenciones hechas por Ricardo Brandt, C.A.

Descripción

Nº Doc.

Retención de Actividades Econ. por pagar

Debe

Haber

XXXX

(Monto Total de las retención hechas en el mes X)

Banco o Caja

XXXX

Fuente: Las autoras

101

Anexo N° 4. Acciones sujetas o no a retención de IAEICSIS

ACCIÓN ™ ™ ™ ™ ™

™ ™ ™ ™ ™ ™

™

™

™

RETENER

Honorarios profesionales prestados por PN o PJ. Servicios públicos: Agua, Electricidad, CANTV. Empresas públicas. Fletes – Servicios de transporte empresa sin establecimiento permanente en el Municipio Caroní. El servicio de telefonía fija se considerará prestado en jurisdicción del Municipio en el cual esté ubicado el aparato desde donde parte la llamada. El servicio de telefonía móvil, PJ Privada. Los servicios de televisión por cable, de Internet y otros Similares. Servicios de Cesta Ticket / sin domicilio en el Municipio. Compra de bienes a empresas sin establecimiento permanente en el Municipio Caroní. Alquileres de local PJ a PJ para uso comercial. Servicios de empresas sin establecimiento permanente en el Municipio Caroní con plazo menor a 90 días en el Municipio Caroní. Servicios de empresas sin establecimiento permanente en el Municipio Caroní con plazo mayor a 90 días en el Municipio Caroní. Empresas con establecimiento permanentes en el Municipio Caroní SIN LAE, facturas menores a 20 UT. Empresas con establecimiento permanentes en el

NO NO NO

Municipio Caroní con LAE, facturas menores a 20

NO

UT.

Fuente: Las autoras

102

NO

SI SI SI NO NO SI NO

SI

SI

CURRICULUM VITAE

Numero de Cedula  Primer Apellido  Primer Nombre  Sexo  Pais de Nacimiento  Nacionalidad  Correo Electronico 

17.338.459  Mata  Rosi  Femenino  Venezuela  Venezolana 

DATOS PERSONALES  Edad  Segundo Apellido  Segundo Nombre  Estado Civil  Estado de Nacimiento  Fecha de Nacimiento  ro‐si‐ma‐[email protected] 

27  Mayorga  Lenny  Soltera  Monagas  02‐11‐85 

             

             

DIRECCION DE RESIDENCIA HABITUAL   Calle/Avenida  Piso  Urbanización  País  Municipio 

 

Teléfono Hab.   

Principal  1 

Edificio/Casa Apartamento

Bloque 1  1‐2  Rio Aro 

Venezuela  Estado  Caroní  Parroquia  0286‐ 9512858  Celular         

Bolívar  Unare 

 

0424‐9610238 / 0416‐9862063   

REFERENCIAS PERSONALES 

 

Nombre y Apellido  Oscar Solano  Dioximar Borges  Mitxelena Hernández   

Institución Educativa  Titulo Obtenido  Fecha Titulo  País  Municipio 

Teléfono  Correo  0424‐9532449  [email protected]  0426‐2967255  [email protected]  0414‐3867813  [email protected]              EDUCACION MEDIA Y DIVERSIFICADA  L.N. LOS  Código  OLIVOS  Institución  S1759D07001  Bachiller en  Ciencias  N° Titulo  070002998207  30/07/2002  Venezuela  Estado  Bolívar  Caroní  Parroquia  Unare         

         

EDUCACION SUPERIOR  Institución Educativa 

Universidad Nacional Experimental de Guayana (UNEG)  Actualmente Cursando Trabajo de Grado Profesional,   Para optar al título de Lcdo. En Contaduría Pública    Venezuela  Bolívar 

Titulo Obtenido  Fecha Titulo  País  Estado     

   

 

 

   

 

 

FORMACION EXTRA ACADEMICA  Institución  Inst. De desarrollo  Profesional “Lcdo.  Luis Lizardi Mc  Callums” 

Duración 

Modalidad 

Nombre del Curso 

16 Horas 

Presencial 

FUNDICES 

8 Horas 

Presencial 

4 Horas 

Presencial 

“Foro Tributario Nueva  Ordenanza Municipal” 

 

  

  

“Jornada de Actualización Prof.  Trib. Y Financiera”  Normas Internacionales de  Información Financiera (NIIF)  para Pequeñas Y Medianas  Entidades (PYMES) 

  Inst. De desarrollo  Profesional “Lcdo.  Luis Lizardi Mc  Callums”     

COMPETENCIAS PERSONALES Y PROFESIONALES  Liderazgo, Facilidad de comunicación oral y escrita, proactiva, adaptación a los cambios, trabajo en  equipo, responsabilidad, optimismo, capacidad para trabajar bajo presión y con efectividad, Estoy  dispuesta siempre a aprender y a cumplir mis objetivos en la parte personal y laboral.  Manejo de herramientas office (Excel, Word, Power Point...), Manejo del Sistema Saint Contable, y  del Sistema IVA GALAC.      EXPERIENCIA LABORAL  Lugar  Firma Contable  “Miguel Zorrilla &  Asociados” 

Cargo 

Duración 

Actividad Desempeñada  Preparación de Libros de Compra y  Ventas, Declaración del IVA,  Asistente    Marzo 2011‐Hasta la  Declaración de Impuestos  Administrativo Actualidad)  Municipales, Registro de  Información Financiera, entre otros. 

YOSDALIS CAROLINA GÓMEZ NÓBREGA C.I: 20.503.095

Urb. Gran Sabana, mzn. 29 casa #10, Puerto Ordaz - Estado Bolívar. Telf. 0286-9514765, 0414-8156926 e-mail: [email protected] DATOS PERSONALES Fecha de Nacimiento:

03 de Octubre de 1990

Edad:

22 Años

Lugar de Nacimiento:

Edo. Bolívar- Venezuela

Sexo:

Femenino

Nacionalidad:

Venezolano

Estado Civil:

Soltera

PERFIL PERSONAL

Persona confiable, responsable, con facilidad de aprendizaje, honrada, con sólidos principios, colaboradora e integrada para acometer trabajos. Con alto deseo de superación y mejoramiento profesional. FORMACIÓN ACADÉMICA NIVEL

INSTITUCIÓN

ESTUDIO REALIZADO

LUGAR

AÑO

UNIVERSITARIO

U.N.E.G

Cursando Trabajo de Grado-Licenciatura en Contaduría Pública

GUAYANA

2012

SECUNDARIA

U.E.C. Santísima Trinidad

Bachiller

GUAYANA

2007

PRIMARIA

U.E.C. Santísima Trinidad

Primaria

GUAYANA

2002

CURSOS Y ACTIVIDADES REALIZADAS FECHA

LUGAR

ESTUDIO REALIZADO

26/09/2012

INST. DE DESARROLLO PROFESIONAL LCDO. LUIS LIZARDI MC CALLUMS

FORO TRIBUTARIO NUEVA ORDENANZA MUNICIPAL

07/05/2011

INST. DE DESARROLLO PROFESIONAL LCDO. LUIS LIZARDI MC CALLUMS

JORNADA DE ACTUALIZACIÓN PROFESIONAL TRIBUTARIA Y FINANCIERA

26/06/2010

ANCEIV

I CONGRESO EN GESTIÓN RESPONSABILIDAD Y ECONOMÍA SOCIAL

26/06/2010

ANCEIV

V CONGRESO EN GERENCIA FINANCIERA Y DINÁMICA EMPRESARIAL

16/05/2009

COMPUTRONIC

TECNICO ASISTENTE CONTABLE ADMINISTRATIVO Y NÓMINA EN SAINT EMPRESARIAL 2009

REFERENCIAS PERSONALES NOMBRE

CARGO

TELEFONO

Milagros Nóbrega

Lic. Contaduría Pública

0424-8924802

Ramón Subero

Ing. Electricista

0416-3863129

Everlitz Sanchez

Tec. Sup. Metalurgia

0416- 6874557

DOCUMENTO ADICIONAL: A solicitud