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INTRODUCCION Debido a la preocupación por el ambiente se han creado asociaciones y organismos dedicados a su estudio, c

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INTRODUCCION

Debido a la preocupación por el ambiente se han creado asociaciones y organismos dedicados a su estudio, conocimiento y protección. Sin embargo, no se ha logrado detener el proceso de agotamiento y malversación de los recursos naturales, ni la contaminación del ambiente. Al contrario, el número creciente de desastres contribuye a la contaminación atmosférica, aguas, desaparición de especies, animales y vegetales, disminución de la capa de ozono, etc. La cualidad del ser humano está conduciendo al planeta a una situación de alto riesgo. Ello se debe, en parte a los efectos de la actividad industrial, pero también al aumento de la población mundial. Esta investigación tiene como finalidad adquirir conocimientos sobre la protección del ambiente; el cual busca prevenir la emisión de contaminantes y restaurar la calidad ambiental a través de la concientización, prevención, defensa y conservación de todos los ecosistemas; ya que de ello depende la vida en el planeta y de las generaciones futuras. Así como también, a nivel internacional se ha tomado conciencia de los problemas de contaminación que afectan el desarrollo y crecimiento de la humanidad y buscan implementar los estándares ambientales a través de programas y convenios para manejar sus recursos naturales en forma sostenibles. Dentro de éstos convenios está “El Protocolo de Kioto” el cual proviene de uno de los convenios internacionales mas importantes como es La Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC). Otro tratado internacional de ámbito regional, el cual lucha contra la pobreza y la exclusión es “La Alianza Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América - Tratado de Comercio de los Pueblos” o ALBA-TCP, enfocada para los países de América Latina y el Caribe. Otro punto a tratar es sobre los Parques Nacionales o áreas naturales, que no hayan sido alteradas por la acción humana y donde las especies, sean de especial interés para la ciencia, la educación y la recreación; ya que la idea es preservarlos para el disfrute de las generaciones presentes y futuras; disponiendo de todos los convenios, tratados, leyes y de La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, como marco legal para la protección del ambiente.

PROTECCIÓN AMBIENTAL

La protección del ambiente se refiere a todas las actividades públicas o privadas necesarias para mantener o restaurar la calidad directa o indirecta del ambiental a través de la prevención de la emisión o reducción de sustancias contaminantes en el ambiente.

Las actividades pueden incluir: • • • • •

Cambios en las características de bienes y servicios. Cambios en los patrones de consumo. cambios en las técnicas de producción. Tratamiento o disposición de residuos y reciclaje. Prevención de la degradación de paisajes y ecosistemas.

Protección Ambiental Implica: EJEMPLOS • Evitar la sobreexplotación de recursos. • Vigilar la planeación de la Protección Civil. • No introducir especies animales en hábitats. • No disminuir las poblaciones de seres vivos. • Vigilar materiales peligrosos y radiactivos. • Evitar desertificación en tierra y fondo marino. • Reflexionar, reducir, rehusar y reciclar los residuos. • Cambio Climático, (calentamiento global, capa de ozono). • No aislar zonas de riqueza y vulnerabilidad ambiental. • No contaminar, en especial As, Hg, PCBs, CFCs, Cr, Mn, Pb, Cb • Eliminar plaguicidas organoclorados y organofosforados. • Nos declaramos pacifistas en contra de todas las guerras.

IMPORTANCIA DE LA PROTECCIÓN AMBIENTAL

Es importante proteger el Ambiente, ya que de él obtenemos la materia prima que utilizamos para vivir. Es por esto que cuando hacemos mal uso de los recursos naturales, que tenemos a disposición, lo ponemos en peligro. El aire y el agua ambos indispensables para vivir se están contaminando, por tanto debemos hacer conciencia del uso que les damos. La protección de todos estos recursos resulta de la mayor importancia para el desarrollo de la sociedad. El interés por la protección del ambiente está centrado en la salud y el bienestar del hombre, el cual es el agente causante fundamental de la continua degradación del medio y, al mismo tiempo, la víctima principal. Defender el ambiente es parte de nuestro deber, ya que nos convierte en agente dinámico y así fomentamos la cooperación que nos garantizará un mejor futuro y un país más sano. El deterioro en que se encuentra el ambiente, exige que asumamos responsabilidades sobre la contaminación ambiental y los peligros que representan para el desarrollo de nuestra sociedad, con la finalidad de contribuir a contrarrestarlos.

Compromisos que podemos asumir:



Fomentar en nuestros hijos/as la aventura de sembrar un árbol en el entorno.



Participar en actividades relacionadas con la conversación y preservación del ecosistema de país, previendo la deforestación y la contaminación ambiental.



Asumir responsabilidades de protección individuales como de forma colectivas.



Analizar críticamente el entorno social y natural, vinculándonos a la problemática del ambiente.



Hacer conciencia sobre la frase “no hagas a otros lo que no te gusta que te hagan a ti”, esto con el objetivo de ver que nuestro entorno está rodeado de seres vivos que sufren nuestra falta de cuidado.

del

medio

ambiente,

tanto

INTERNALIZACIÓN DE LA PROTECCIÓN AMBIENTAL

A nivel internacional se ha tomado conciencia de las limitaciones naturales que tiene el desarrollo y crecimiento de la humanidad, adoptando medidas políticas, jurídicas y sociales para el progreso de la sociedad. Esto fue publicado en el Informe Brundtland de la Comisión Mundial de Medio Ambiente y Desarrollo de las Naciones Unidas, aduciendo que “El futuro está amenazado”: Los países de todo el mundo han establecido relaciones internacionales basadas en la lucha contra el calentamiento del planeta; estableciendo como prioridad la disminución de la contaminación y la protección y conservación del ambiente. Para ello, se han realizado los siguientes acuerdos y se han suscrito los siguientes compromisos:

• LA CONFERENCIA DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL MEDIO HUMANO Fue celebrada en 1972 en Estocolmo, Suecia. Fue el primer encuentro gubernamental de envergadura sobre temas ambientales. Esta conferencia logró reunir a 113 naciones con el objetivo de incorporar la temática ambiental en el debate de los problemas mundiales y de precisar la responsabilidad de los seres humanos en la conservación del ambiente. Como resultado de esta conferencia se creó el Programa del Medio Ambiente de las Naciones Unidas (PNUMA) y se estableció en 1983 la Comisión Mundial, de la ONU, sobre Medio Ambiente y el Desarrollo (CMMAD).

• CONFERENCIA DE LA ONU Se realizó en Nairobi, Kenia en 1982 y fue un intento de que se convirtiera en la “Cumbre Oficial de la Tierra”. Este acuerdo fracasó por las múltiples divergencias existentes y por las circunstancias de la “Guerra Fría”.

• CONVENIO DE VIENA Se llevó a cabo en 1895. Mediante este convenio, se insta a los países participantes a adoptar medidas apropiadas para proteger la salud de las personas y el ambiente; El Convenio de Viena sentó un importante precedente porque por primera vez las naciones convinieron en principio hacer frente a un problema ambiental mundial.

• PROTOCOLO DE MONTREAL Fue suscrito en 1987 y entró en vigencia en 1989. En él Estados Unidos y otros 23 países se comprometieron a reducir el uso de los clorofluorocarbonos (CFC), principales causantes del adelgazamiento de la capa de ozono, en un 20% a mediados de 1994 y 50% a mediados de 1999; el objetivo final es eliminar estos gases por completo. En la actualidad, 180 naciones lo han ratificado. Con este protocolo, se originó la Secretaría del Ozono del Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) y se fundó el Fondo para el Medio Ambiente Mundial (FMAM) destinado a ayudar a los países en desarrollo al reemplazo tecnológico requerido para dejar de usar productos que dañan la capa de ozono.

• PANEL INTERGUBERNAMENTAL SOBRE EL CAMBIO CLIMÁTICO (IPCC) Se estableció en el año 1988 y tiene como principal objetivo la evaluación y la publicación de informes sobre los riesgos del cambio climático originado por las actividades humanas. El IPCC está conformado por más de 2.000 científicos provenientes 100 países y dirigido por 2 instituciones: La Organización Meteorológica Mundial y el Programa Ambiental de las Naciones Unidas.

• CONFERENCIA DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL MEDIO AMBIENTE Y EL DESARROLLO Conocida bajo el nombre de “Cumbre de la Tierra”, esta reunión internacional de alto nivel se llevó a cabo del 3 al 14 de junio de 1992 en la ciudad brasileña de Río de Janeiro. Asistieron 179 países y 108 jefes de Estado y Gobierno; los cuales llegaron a 5 acuerdos: Declaración de Río, Agenda 21, Declaración sobre principios relativos a los bosques, Convenio Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, Convenio sobre Diversidad Biológica.

• DECLARACIÓN DE RÍO: En ella se definen los derechos y las obligaciones de los Estados respecto de principios básicos sobre el ambiente y el desarrollo.

• AGENDA 21: Es un programa de acciones minucioso y amplio que exigía nuevas formas de invertir en nuestro futuro para poder alcanzar el desarrollo sostenible en el siglo XXI. La Agenda 21 sentó las bases para desarrollar una política ambiental global y mundial de forma estructurada, programada y cuyo desarrollo fuera iniciado y promovido por las entidades locales o regionales.

• DECLARACIÓN SOBRE PRINCIPIOS RELATIVOS A LOS BOSQUES:

En 1995, se creó un Grupo Intergubernamental sobre los Bosques.

• CONVENIO MARCO DE NACIONES UNIDAS SOBRE EL CAMBIO CLIMÁTICO (CMNUCC): Es un acuerdo legalmente, firmado por 154 gobiernos en la Cumbre de Río. Fue adoptado en Nueva York el 9 de mayo de 1992 y entró en vigor el 21 de marzo de 1994. Este convenio tiene como objetivo lograr la estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera a un nivel que impida interferencias peligrosas en el sistema climático. También, se creó la “Conferencia de las Partes” (COP) como órgano supremo de esta convención.

• CONVENIO SOBRE DIVERSIDAD BIOLÓGICA: Ratificado desde entonces por 174 naciones, obliga a los países a proteger las especies vegetales y animales mediante la preservación de su hábitat, entre otros medios.

• PROTOCOLO DE KYOTO Es un acuerdo internacional, para reducir un 5% los gases de efecto invernadero causantes del cambio climático, entre el 2008 y el 2012; tomando como referencia el año 1990.



CUMBRE DE LA TIERRA + 5.

Se realizó en 1997 y tuvo como objetivo primordial determinar y reconocer los adelantos alcanzados en la aplicación de los acuerdos concertados en la “Cumbre de la Tierra” y en promover acuerdos similares en todo el mundo.

• CUMBRE MUNDIAL SOBRE EL DESARROLLO SOSTENIBLE

Entre el 26 de agosto y el 4 de septiembre del 2002, la ciudad sudafricana de Johannesburgo fue sede de la reunión de representantes de 180 países para llevar a la práctica el modelo de desarrollo sostenible. Ésta cumbre, tuvo como resultado un plan de acción y una declaración política en la que se ratificaron los compromisos de la Agenda 21 y la Declaración del Río. También, se fijaron nuevas metas y se formularon nuevos retos para la “Cumbre del Milenio”.

PROTOCOLO DE KIOTO

El protocolo de Kioto sobre el cambio climático es un protocolo de la convención marco de las naciones unidas sobre el cambio climático (CMNUCC), y un acuerdo internacional que tiene por objetivo; reducir las emisiones de seis gases de efecto invernadero que causan el calentamiento global; los cuales son:

Dióxido de carbono (CO2)

Metano (CH4)

Oxido nitroso (N2O)

Hidrofluorocarbono (HFC) (SF6)

Perfluorocarbonos (PFC)

Hexafluoruro de asufre

El protocolo fue inicialmente adoptado el 11 de diciembre de 1997 en Kioto, Japón, donde los gobiernos de países industrializados se comprometieron jurídicamente a ejecutar un conjunto de medidas para reducir los gases de efecto invernadero, en un porcentaje de al menos un 5% dentro del periodo que va desde 2008 hasta 2012, tomando como referencia los niveles de gases emitidos en 1990.

Entro en vigor el 16 de febrero de 2005, después de la ratificación de Rusia el 18 de noviembre de 2004. En noviembre de 2009 eran 187 países los que ratificaron el protocolo. El objetivo principal es disminuir el cambio climático antropogénico cuya base es el efecto invernadero. Según las cifras de la ONU, se prevé que la temperatura media de la superficie del planeta aumente entre 1,4 y 5,8 °C de aquí al 2100, a pesar que los inviernos son más fríos y violentos. Esto se conoce como Calentamiento global. «Estos cambios repercutirán gravemente en el ecosistema y en nuestras economías». Una cuestión a tener en cuenta con respecto a los compromisos en la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero es que la energía nuclear queda excluida de los mecanismos financieros de intercambio de tecnología y emisiones asociados al Protocolo de Kioto, pero es una de las formas de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero en cada país. Así, el IPCC en su cuarto informe, recomienda la energía nuclear como una de las tecnologías clave para la mitigación del calentamiento global.

ALBA-TCP: ALIANZA BOLIVARIANA PARA LOS PUEBLOS DE NUESTRA AMERICA-TRATADO DE COMERCIO DE LOS PUEBLOS.

La Alianza Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América - Tratado de Comercio de los Pueblos o ALBA-TCP (en ocasiones denominada extraoficialmente por su nombre inicial Alianza Bolivariana para América o ALBA) es una organización internacional de ámbito regional, enfocada para los países de América Latina y el Caribe que pone énfasis en la lucha contra la pobreza y la exclusión social con base en doctrinas de izquierda. Se concreta en un proyecto de colaboración y complementación política, social y económica entre países de América Latina y el Caribe, promovida inicialmente por Cuba y Venezuela como contrapartida del ALCA (Área de Libre Comercio de las Américas), impulsada por Estados Unidos. El ALBA, se fundamenta en la creación de mecanismos que aprovechen las ventajas cooperativas entre las diferentes naciones asociadas para compensar las asimetrías entre esos países. Esto se realiza mediante la cooperación de fondos compensatorios, destinados a la corrección de discapacidades intrínsecas de los países miembros, y la aplicación del TCP (Tratado de Comercio de los Pueblos). El ALBA-TCP otorga prioridad a la relación entre los propios países en pie de igualdad y en el bien común, basándose en el diálogo subregional y abriendo campos de alianzas estratégicas fomentando el consenso y el acuerdo entre las naciones latinoamericanas. Según sus propios textos constitutivos, los impulsores del ALBA consideran esta asociación como un paso más en una integración latinoamericana, que tendría sus antecedentes directos en el proceso independentista del siglo XIX. Entre estos antecedentes se citan esfuerzos progresistas relacionados al panamericanismo de inspiración hispanoamericana. El ALBA se crea en La Habana (Cuba) el 14 de diciembre de 2004 por el acuerdo de Venezuela y Cuba, con la implicación personal de los presidentes de ambos países, en Venezuela el presidente Hugo Chávez y el entonces presidente de Cuba Fidel Castro. Luego, El 29 de abril de 2006 se sumó Bolivia al acuerdo. En 2007 se incorporó al ALBA Nicaragua y en 2008, Honduras. Ecuador se incorporó en junio de 2009. El presidente ecuatoriano, Rafael Correa, comunicó a su par venezolano, Hugo Chávez, la adhesión de su país a la Alternativa Bolivariana para las Américas (ALBA), información ratificada

públicamente el 24 de junio de 2009 durante una cumbre extraordinaria que el grupo celebró en Maracay, estado Aragua, Venezuela.

PARQUES NACIONALES

Los Parques Nacionales son regiones extensas representadas por uno o varios ecosistemas de los más importantes del país, o áreas naturales, que no hayan sido esencialmente alteradas por la acción humana y donde las especies vegetales y animales, las condiciones geomorfológicas y los hábitats, sean de especial interés para la ciencia, la educación y la recreación. En Venezuela Los Parques Nacionales, conjuntamente con los Monumentos Naturales, conforman el Sistema de Parques Nacionales, administrado por INPARQUES, instituto que tiene la misión de garantizar la conservación y la permanencia de los potenciales ecológicos de estas áreas, para el beneficio integral de la población. Las áreas naturales protegidas han sido creadas con la finalidad de preservar en su estado natural porciones del territorio nacional y sus recursos naturales, como muestras representativas de rasgos físicos, biológicos, para el disfrute de las generaciones presentes y futuras, y brindan una protección legal a los recursos naturales presentes en ésta área, incluyendo bienes fundamentales tales como el aire, el suelo y el agua. Entre los beneficios que proporcionan estas áreas naturales protegidas cabe destacar la conservación de la diversidad biológica y de los ecosistemas; servicios como el turismo, la recreación, y el aporte de medios de subsistencia para poblaciones locales, lo que puede contribuir, siempre que se cuente con una adecuada gestión, a la erradicación de la pobreza y al desarrollo sostenible. Las áreas naturales protegidas pueden convertirse en los motores de la economía local, ofreciendo ingresos y trabajos permanentes, elementos primordiales para el desarrollo de los habitantes locales. Los Parques Nacionales y Monumentos Naturales generan grandes aportes de agua. Preservando estas áreas se protegen nacientes e importantes extensiones de cuencas hidrográficas que satisfacen las necesidades de agua de los principales centros urbanos del país y abastecen del vital líquido a la actividad industrial y agrícola. Ello ratifica su condición de sitios de interés estratégico, que inciden directamente en el bienestar de la sociedad.

También es notorio su aporte frente a los cambios climáticos; ellos protegen a las comunidades humanas contra las inundaciones, sequias y otros desastres, y constituyen áreas funcionales tales como viveros naturales y sumideros de carbono La importancia de los parques nacionales incide directamente en la satisfacción de necesidades humanas, ellos ayudan para la sustentabilidad económica, ecológica y social, Por tales motivos, el estado actual y la situación futura de los Parques Nacionales y Monumentos Naturales debe ser objeto de atención y divulgación, a fin de interesar e involucrar a todos los venezolanos, sobre todo considerando que por sus características propias y por la demanda de uso, se encuentran sujetas a diversos tipos de amenazas. Protección Jurídica Tanto los Parques Nacionales como los Monumentos Naturales gozan de protección jurídica con rango constitucional. Si bien existe una amplia normativa nacional e internacional que regula el Sistema de Parques Nacionales en Venezuela, su aplicación y eficacia resultan insuficientes. No existe una ley especial que establezca los lineamientos de gestión para estas áreas. Los Parques Nacionales de Venezuela constituyen áreas de singular importancia para el desarrollo del país y la calidad de vida, pues albergan especies y ecosistemas vitales, y generan bienes y servicios esenciales.

MARCO LEGAL DE LA PROTECCIÓN AMBIENTAL

Convenios y Tratados Internacionales en Materia Ambiental. Venezuela ha suscrito una gran variedad de Convenios y Tratados Internacionales. Los Convenios y Tratados Internacionales posteriormente a su ratificación por el Poder Legislativo, implican la obligación del Estado Venezolano a cumplir lo establecido y dispuesto en los mismos. Entre los cuales tenemos Protocolo de Kioto entre otros.

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. La Constitución, como marco político y filosófico de la estructura legal venezolana, en su Título III, Capítulo IX, “De los Derechos Ambientales” establece los derechos y deberes de los venezolanos con referencia al mantenimiento de un ambiente “seguro, sano y ecológicamente equilibrado”, protegiendo “la diversidad biológica, los recursos genéticos, los procesos ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales y demás áreas de especial importancia ecológica”, estableciendo la obligación del Estado en fomentar la participación comunitaria.

Título III. Capítulo IX: De los Derechos Ambientales Artículo 127. “Es un derecho y un deber de cada generación proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del mundo futuro. Toda persona tiene derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida y de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado. El Estado protegerá el ambiente, la diversidad biológica, los recursos genéticos, los procesos ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales y demás áreas de especial importancia ecológica. El genoma de los seres vivos no podrá ser patentado, y la ley que se refiera a los principios bioéticos regulará la materia”. Artículo 128. “El Estado desarrollará una política de ordenación del territorio atendiendo a las realidades ecológicas, geográficas, poblacionales, sociales, culturales, económicas, políticas, de acuerdo con las premisas del desarrollo sustentable, que incluya la información, consulta y participación ciudadana. Una ley orgánica desarrollará los principios y criterios para este ordenamiento”. Artículo 129. “Todas las actividades susceptibles de generar daños a los ecosistemas deben ser previamente acompañadas de estudios de impacto ambiental y socio cultural. El Estado impedirá la entrada al país de desechos tóxicos y peligrosos, así como la fabricación y uso de armas nucleares, químicas y biológicas. Una ley especial regulará el uso, manejo, transporte y almacenamiento de las sustancias tóxicas y peligrosas. En los contratos que la República celebre con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, o en los permisos que se otorguen, que afecten los recursos naturales, se considerará incluida aun cuando no estuviera expresa, la obligación de conservar el equilibrio ecológico, de permitir el

acceso a la tecnología y la transferencia de la misma en condiciones mutuamente convenidas y de restablecer el ambiente a su estado natural si éste resultara alterado, en los términos que fije la ley” Ley Orgánica del Ambiente. La Ley Penal del Ambiente es un nuevo instrumento jurídico que regirá la gestión ambiental. Tiene como espíritu, propósito y razón evitar que se cometan infracciones contrarias al equilibrio ambiental y todas sus especies, responde a la necesidad de la protección de nuestros recursos naturales.

Ley de Residuos y Desechos Sólidos. Esta ley fue decretada por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; Gaceta Oficial Número 38.068 del 18-11-04, en su Titulo I, Artículo 1. Establece que: "La presente Ley tiene por objeto el establecimiento y aplicación de un régimen jurídico a la producción y gestión responsable de los residuos y desechos sólidos, cuyo contenido normativo y utilidad práctica deberá generar la reducción de los desperdicios al mínimo y evitara situaciones de riesgo para la salud humana y calidad ambiental".

Ley Penal del Ambiente. Esta ley, creada en enero de 1992, complementa a la Ley Orgánica del Ambiente y su objetivo principal es determinar que se debe considerar como delitos ambientales; generalmente definidos como acciones que violan las reglas establecidas para la conservación, defensa y mejoramiento del ambiente, y establece penalidades criminales para esos delitos. Bajo esta ley, es posible sancionar crímenes ocasionados por unas conductas de negligencia o imprudencia. Ley Organica Para La Ordenacion del Territorio. Esta ley fue creada en agosto de 1983, y su objetivo principal es establecer las normas que regirán el proceso de división territorial, tomando en consideración la estrategia, económica y social, de desarrollo de la Nación a largo plazo.

CONCLUSIONES

La protección del ambiente es un deber de todos los individuos; ya que estos recursos resultan importantes para la existencia de la sociedad y de las generaciones futuras. Está investigación es de suma importancia, tanto para los estudiantes de la carrera de gestión ambiental como para todos los que habitamos en este planeta. Por cuanto, la importancia de proteger nuestro ambiente radica en la salud y el bienestar del hombre, el cual es el agente causante fundamental de la continua degradación del medio y al mismo tiempo, la víctima principal. Los países de todo el mundo han establecido relaciones internacionales basadas en la lucha contra el calentamiento del planeta; estableciendo como prioridad la disminución de la contaminación y la protección y conservación del ambiente; es por ello que se han creado algunos convenios entre países latinoamericanos y otros países que radican en la protección del ambiente. Entre estos acuerdos se encuentra: El protocolo de Kioto y La Alianza Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América - Tratado de Comercio de los Pueblos o ALBA-. Así mismo, Los Parques Nacionales de Venezuela constituyen áreas de singular importancia para el desarrollo del país y la calidad de vida, pues albergan especies y ecosistemas vitales, y generan bienes y servicios esenciales. La protección ambiental tiene fundamentos legales los cuales están constituidos por todos aquellos convenios o tratados internacionales, Ley Orgánica del Ambiente, Ley de Residuos y Desechos Sólidos; así como también la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la cual contempla en el capitulo IX , título III, la protección , resguardo y defensa ambiental.

Es de suma importancia tener conocimientos de las leyes que protegen, conservan y defienden el ambiente, ya que de esta manera podemos aplicarlas en situaciones diarias que se presenten y de esa manera contribuir a la defensa de nuestro ambiente.