PROCESO CONTENCIOSO Y NO CONTENCIOSO

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÌTICAS CARRERA PROFESIONAL DE DERECHO TEMA PROCESOS CONTENCIOSOS Y PROCESOS NO CONTEN

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FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÌTICAS CARRERA PROFESIONAL DE DERECHO

TEMA PROCESOS CONTENCIOSOS Y PROCESOS NO CONTENCIOSOS

CURSO PROCESOS CIVILES

PROFESOR DR. JOSE FELIPE VILLANUEVA BUTRON

CICLO VI

ALUMNO SANCHEZ CHINCHAY BRIAN ALEXANDER

2019

CONTENIDO PROCESOS CONTENCIOSOS Y PROCESOS NO CONTENCIOSOS ....................... 3 1.

PROCESOS NO CONTENCIOSOS ...................................................................... 3 1.1.

DEFINICIÓN ................................................................................................. 3

1.2.

ASUNTOS QUE SE TRAMITAN COMO PROCESO NO CONTENCIOSO. 4

1.2.1.

Inventario ................................................................................................ 4

1.2.2.

Administración judicial de bienes ............................................................ 4

1.2.3.

Adopción ................................................................................................. 5

1.2.4.

Autorización para disponer derechos de incapaces ................................... 5

1.2.5.

Declaración de desaparición, ausencia o muerte presunta ......................... 5

1.2.6.

Patrimonio familiar .................................................................................. 5

1.2.7.

Ofrecimiento de pago y consignación ...................................................... 6

1.2.8.

Comprobación de testamento ................................................................... 6

1.2.9.

Inscripción y rectificación de partida........................................................ 7

1.2.10. Sucesión intestada.................................................................................... 7 1.2.11. Reconocimiento de resoluciones judiciales y laudos expedidos en el extranjero ............................................................................................................... 7 2.

PROCESOS CONTENCIOSOS............................................................................. 8 2.1.

CONCEPTOS GENERALES ......................................................................... 8

2.2.

TIPOS DE PROCESOS CONTENCIOSOS .................................................... 8

2.2.1.

Proceso de Conocimiento ......................................................................... 8

2.2.2.

Proceso Abreviado ................................................................................... 9

2.2.3.

Proceso Sumarísimo .............................................................................. 10

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS ......................................................................... 12

2

PROCESOS CONTENCIOSOS Y PROCESOS NO CONTENCIOSOS 1. PROCESOS NO CONTENCIOSOS 1.1.

DEFINICIÓN

Se refiere a los procesos no contenciosos como aquellos en los que se tratan temas o asuntos donde no llega a existir contienda o conflicto de intereses o litigio, esto quiere decir que no existen dos partes procesales como son la parte demandante y la parte demandad, sino que ello obste que, dentro de nuestro sistema, se presente la figura de la oposición. En los procesos no contenciosos, los interesados en la mayoría de los casos lo solicitan, en la entidad notarial o judicial que se lleven el caso procesos libres de conflicto, o en su defecto se homologuen o aprueben estos, o que sean certificados, documentados o en determinadas situaciones también de orden jurídico, o, asi mismo se fijen plazos o medidas de protección.1 El jurista Carnelutti analiza este tipo de proceso como aquellos que carecen de litis2. Merlín sostiene que la jurisdicción voluntaria o no contenciosa "es aquella que ejerce el juez, sin conocimiento de causa, entre partes que están de acuerdo y sobre materias, que por su propia naturaleza no tienen nada de contenciosas". José de Vicente y Caravantes concibe a la jurisdicción voluntaria como "La que ejerce el juez en actos o asuntos que, o por su naturaleza o por el estado en que se hallan, no

1

Hinostroza Mínguez Alberto, Comentarios al Código Procesal Civil. Gaceta Jurídica. Tercera Edición. Lima .2005 , Pág.1431 2

Carnelutti, Francisco .Sistema del Derecho Procesal Civil. Traducción del italiano por Niceto Alcalá Zamora y Castillo y santiago Sentís Melendo ,UTEHA, Buenos Aires .1944 , Pág.11

3

admiten contradicción de parte, emanando su parte intrínseca de los mismos interesados, que acuden ante la autoridad judicial, la cual se limita a dar fuerza y valor legal a aquellos actos por medio de su intervención o de sus providencias, procediendo sin las formalidades esenciales de los juicios". Lazcano denomina jurisdicción voluntaria a "la actividad desarrollada con otros propósitos que el de obtener la justa composición de la litis". Fix Zamudio entiende por jurisdicción voluntaria "un conjunto de procedimientos a través de los cuales se solicita de trascendencia social en beneficio del o de los participantes, situación que se mantiene en tanto no cambien las circunstancias del negocio que les dio origen y mientras no surja una cuestión litigiosa o controvertida". 3 1.2.

ASUNTOS QUE SE TRAMITAN COMO PROCESO NO CONTENCIOSO

Los siguientes procesos son tramitados como procesos no contenciosos:4 1.2.1. Inventario Es aquella organización ordenada de bienes o patrimonio de determinada persona ya sea natural o jurídica así como de efectos o cosas que sean encontradas en su lugar , esto es con la clasificación por nombre, clase o número o también con una descripción de tipo naturaleza, estado y elementos que puedan ayudar para su identificación, esto se lleva en un documento con la lista de tales cosas. 1.2.2. Administración judicial de bienes

3

Hinostroza Mínguez Alberto .Ob.Cit. Pág.1430

4

Soto Rojas Paulo, César .Código Procesal Civil .Editorial EDIGRAGER. Lima 2006, Pág.191

4

Son todos aquellos en los cuales se transmiten el uso o la posesión, pero no la propiedad, así como los cuales cuya finalidad que los frutos aumenten el patrimonio, tenemos así por ejemplo los actos de administración y el comodato. 1.2.3. Adopción Este es un contrato en el que se genera una relación ya sea de paternidad o de maternidad o filiación. 5 1.2.4. Autorización para disponer derechos de incapaces Este tipo de autorización es tramitado con el Consejo de familia que debe ser constituida previamente; en caso no se haga de esta forma se entiende el trámite con el Ministerio Público, a quien el Art. 787º le asigna la labor de parte.6 1.2.5. Declaración de desaparición, ausencia o muerte presunta Este suceso es un hecho jurídico que debe ser declarado por el juez. Empero, la ausencia es una definición que requiere de declaración judicial y que se hace a raíz de la desaparición que haya sido verificada o por el transcurso del tiempo. La desaparición es primero, la ausencia es después. Como cualquier hecho jurídico de importancia, es necesario que la muerte sea probada para que surtan efectos jurídicos..7 1.2.6. Patrimonio familiar El patrimonio familiar tiene como finalidad proteger un inmueble para vivienda familiar o afectar también un terreno de limitado tamaño que haya sido destinado para la 5

Hinostroza Mínguez Alberto .Ob.Cit. Pág.1432

6

Ibidem.Pág.1435

7

Ibidem. Pág.979-980

5

agricultura, artesanía, industria o comercio para de esta forma establecer recursos que aseguren el patrimonio de los beneficiados, el patrimonio familiar tiene una doble finalidad. Primero, es la de proteger la casa-habitación donde se halla acogido el núcleo domestico, y en segundo lugar, busca proteger el lugar del trabajo, cuyo rendimiento sirve para la subsistencia de la familia.8 1.2.7. Ofrecimiento de pago y consignación Este es ofrecido mediante demanda, si embargo se actúa en la audiencia. Como una premisa poder establecer que por su naturaleza, el pago no podría ser realizado en audiencia, el juez podrá disponer en la misma teniendo en cuenta la obligación o, en su defecto, a proposición de alguna de las partes, una manera en la que pueda ser realizado. El cumplimiento, por el que se va a levantar acta, se realizará con la presencia del servidor judicial o del propio juez, si éste lo considera necesario.9 1.2.8. Comprobación de testamento El testamento como muchos juristas lo han definido es el documento en el cual se encuentra establecida la última voluntad del causante. Este es perfeccionado en el momento de su otorgamiento, pero sus efectos entran a tallar únicamente posterior a la muerte del testados, esta disposición de última voluntad no genera contienda. La comprobación tiene por finalidad verificar la validez y autoría de los testamentos cerrados, ológrafos, militares, marítimos o aéreos, para su validación vía notarial y posterior autorización..10

8 9

Rodríguez Domínguez Elvito.Ob. Cit. Pág.582 Art 806º. Caso Excepcional.

10

Art 817º.

6

1.2.9. Inscripción y rectificación de partida Es realizado con la finalidad de registrar los nacimientos, matrimonios, o defunciones las personas con nacionalidad peruanas que cuyos actos antes mencionados son producidos en el exterior, que no se han registrado ante autoridad peruana. Y, se llevará a cabo cuando no se practicó dentro del plazo que señala la Ley; y la rectificación, cuando el juez lo considere atendible (Art.826º del CPC).11 1.2.10. Sucesión intestada Es llamada Sucesión Legal y esta se produce a falta de la manifestación de la última voluntad del testador.12. 1.2.11. Reconocimiento de resoluciones judiciales y laudos expedidos en el extranjero En el Código Civil en su título IV regula sobre el el poder reconocer y ejecutar las sentencias o fallos arbítrales emitidos en extranjeros, para lo cual se han recabado en sus estatuto algunas regulaciones que se establecieron en el Código de Procedimientos Civiles, como lo relacionado a la procedencia y requisitos (Art. 2104º del CC). Dado el principio general establecido en el Código Civil, las sentencias emitidas en el extranjero tienen en nuestro país el valor que le asigna el tratado celebrado por el Perú con el país de donde se emitio la resolución decisoria. A falta de tratado, se debe cumplir el principio de reciprocidad 11

Art. 826º. Procedencia.-.

12

Hinostroza Mínguez Alberto .Ob.Cit. Pág.1559

7

2. PROCESOS CONTENCIOSOS 2.1.

CONCEPTOS GENERALES

La primera aceptación que se acepta del término contencioso que menciona el diccionario de la Real Academia Española hace referencia al adjetivo que permite calificar al individuo que suele contradecir todo lo expresado por el resto de las personas. La noción, que procede del vocablo latino contentiōsus, también se utiliza como sinónimo de disputa o enfrentamiento. 2.2.

TIPOS DE PROCESOS CONTENCIOSOS

2.2.1. Proceso de Conocimiento

El artículo 475° del Código Procesal Civil Peruano refiere que se tramitan en proceso de conocimiento ante los Juzgados Civiles los asuntos contenciosos que: 1. “No tengan una vía procedimental propia y, además, cuando por la naturaleza o complejidad de la pretensión, el Juez considere atendible su empleo

2. La estimación patrimonial del petitorio sea mayor de trescientas Unidades de Referencia Procesal;

3. Son inapreciables en dinero o hay duda sobre su monto, y siempre que el Juez considere atendible su empleo;

4. El demandante considere que la cuestión debatida sólo fuese de derecho; y,

5. La ley señale”.

8

2.2.2. Proceso Abreviado

El artículo 586° del Código Procesal Civil refiere que se tramitan en proceso abreviado los siguientes asuntos contenciosos: 1. “La Expropiación”; 2. “Las prescripciones adquisitivas, rectificación de áreas o de linderos”; 3. “Responsabilidad civil de los Jueces”; 4. “El retracto”;

5. Tercería; 6. “Impugnación de acto o resolución administrativa”; 7. “La pretensión cuyo petitorio tenga una estimación patrimonial mayor de veinte y hasta trescientas Unidades de Referencia Procesal”; 8. “Los que no tienen una vía procedimiental propia, son inapreciables en dinero o hay duda sobre su monto o, por la naturaleza de la pretensión, el Juez considere atendible su empleo”; y 9. “Los que la ley señale”. (*)

(*) Artículo modificado por el Artículo 1 de la Ley Nº 29057, publicada el 29 junio 2007.

9

2.2.3. Proceso Sumarísimo

El artículo 546° del Código Procesal Civil refiere que se tramitan en proceso sumarísimo los siguientes asuntos contenciosos: 1. “Alimentos;

2. Separación convencional y divorcio ulterior;

3. Interdicción;

4. Desalojo;

5. Interdictos;

6. Los que no tienen una vía procedimental propia, son inapreciables en dinero o hay duda sobre su monto o, porque debido a la urgencia de tutela jurisdiccional, el Juez considere atendible su empleo;

7. Aquellos cuya estimación patrimonial no sea mayor de veinte Unidades de Referencia Procesal; y

8. Los demás que la ley señale”.

El artículo 547° del Código Procesal Civil Peruano refiere que son competentes para dirigir los procesos sumarísimos indicados en los incisos 2, 3, 5 y 6 del Artículo 546, exclusivamente los Jueces Civiles. “Los Jueces de Paz Letrados conocen los asuntos referidos en el inciso 1. del Artículo 546 siempre que exista prueba indubitable del vínculo familiar. En caso contrario son

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competentes los Jueces Civiles, salvo que se trate de alimentos de menores en cuyos casos son competentes los Jueces del Niño y del Adolescente. En el caso del inciso 4. del Artículo 546, cuando la renta mensual es mayor de cinco Unidades de Referencia Procesal o no exista cuantía, son competentes los Jueces Civiles. Cuando la cuantía sea hasta cinco Unidades de Referencia Procesal, son competentes los Jueces de Paz Letrados. En el caso del inciso 7. del Artículo 546, cuando la pretensión sea hasta diez Unidades de Referencia Procesal es competente el Juez de Paz, y cuando supere ese monto, el Juez de Paz Letrado”

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REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS Carnelutti, Francisco .Sistema del Derecho Procesal Civil. Traducción del italiano por Niceto Alcalá Zamora y Castillo y santiago Sentís Melendo ,UTEHA, Buenos Aires .1944. Código Civil Peruano Código Procesal Civil Peruano Hinostroza Mínguez Alberto, Comentarios al Código Procesal Civil. Gaceta Jurídica. Tercera Edición. Lima 2005. Soto Rojas Paulo, César .Código Procesal Civil .Editorial EDIGRAGER. Lima 2006.

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