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Sistema Nacional de Presupuesto Público D.L. N° 1440 Mg. HUGO VALLEJOS CAMPBELL Fuente: MEF 3 Proceso Presupuestario

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Sistema Nacional de Presupuesto Público D.L. N° 1440

Mg. HUGO VALLEJOS CAMPBELL Fuente: MEF

3

Proceso Presupuestario

El proceso presupuestario se divide en tres procesos 1

2 Incluye modificaciones Ejecución presupuestales así Presupuestaria como los índices de distribución

Programación Multianual, Formulación y Aprobación Presupuestal

Lo conforman tres fases

3 Evaluación Presupuestaria

Comprende seguimiento y evaluación

Proceso de programación multianual, formulación y aprobación presupuestal (1/4)

1. Proceso de Programación Multianual

2. Proceso de Formulación

3. Proceso de Aprobación Presupuestal

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Proceso de programación multianual, formulación y aprobación presupuestal (2/4) Proceso de Programación Multianual

Proceso de Formulación

Proceso de Aprobación Presupuestal

• Abarca 3 años, con carácter vinculante para el primer año e indicativo para los otros • La Asignación Presupuestaria Multianual (APM) es el tope de los créditos presupuestarios por pliego • La DGPP estima la APM en función a: i. Ingresos de todas las fuentes de financiamiento ii.Reglas fiscales aprobadas iii.Prioridades de política, entre otros • La APM es estimada a través de dos instrumentos: i. Línea de Base de Asignación Presupuestaria (LBAP), que estima la continuidad de las políticas vigentes ii.Asignación Presupuestaria Diferencial (APD), que corresponde al ajuste de la LBAP • El MEF, a propuesta de la DGPP, presenta la APM anualmente al Consejo de Ministros, a más tardar el 31 de mayo del año fiscal respectivo para su aprobación 14

Proceso de programación multianual, formulación y aprobación presupuestal (3/4) Proceso de Programación Multianual

Proceso de Formulación

Proceso de Aprobación Presupuestal

• Es la desagregación del primer año de la APM en todos los niveles de clasificadores presupuestales • Los pliegos deben considerar: ‐ La eficiencia en la provisión de los servicios y el logro de resultados priorizados ‐ Los gastos de funcionamiento de carácter permanente ‐ Los bienes y servicios necesarios para el logro de objetivos ‐ Mantenimiento de infraestructura ‐ Gasto de capital, priorizando la continuidad de las inversiones en ejecución que contribuyan a las prioridades • Los recursos provenientes de ROOC externo e interno mayores a un año y los de Donaciones y Transferncias (salvo operaciones de libre disponibilidad) se presupuestan cuando: ‐ Se celebre contrato o convenio respectivo; o ‐ Con opinión favorable de la DGETP (para préstamos externos por concretarse) 15

Proceso de programación multianual, formulación y aprobación presupuestal (4/4) Proceso de Programación Multianual

Proceso de Formulación

Proceso de Aprobación Presupuestal

• Desarrollo de Proyectos de Ley: ‐ Presupuesto del Sector Público ‐ Equilibrio Financiero del Presupuesto • Aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) • Publicación de la Ley de Presupuesto

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Proceso de Ejecución Presupuestaria Revisaremos 5 puntos con los principales cambios

Ejercicio y Cierre Presupuestario

Compromisos no devengados

Ejecución de los Ingresos y Gastos

Programación de Compromisos Anual (PCA)

Incorporación de mayores ingresos

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Proceso de Ejecución Presupuestaria

1. Ejercicio y Cierre Presupuestario

• El ejercicio presupuestario comprende el Año Fiscal y el Periodo de Regularización ‐ Año Fiscal: del 1-Ene al 31-Dic de cada año. Sólo durante ese año se aplican los ingresos percibidos cualquiera sea el período en el que se determinen y se ejecutan los gastos. No se pueden efectuar compromisos ni devengados posterior a la fecha de cierre ‐ Periodo de Regularización, determinado por el Sistema Nacional de Contabilidad. Se complementa el registro de la información de ingresos y gastos de los pliegos sin excepción. • Los gastos comprometidos y no devengados al 31 de diciembre de cada año pueden afectarse al presupuesto del año fiscal inmediato siguiente. En tal caso, se imputan dichos compromisos a los créditos presupuestarios aprobados para el nuevo año fiscal. • Los gastos devengados y no pagados al 31 de diciembre de cada año fiscal, se cancelan durante el año fiscal siguiente en el plazo establecido por el Sistema Nacional de Tesorería, con cargo a la disponibilidad financiera existente 18

Proceso de Ejecución Presupuestaria

2. Compromisos no devengados

• Los créditos presupuestarios destinados al financiamiento de inversiones comprometidos y no devengados al cierre del año fiscal podrán ser incorporados en el presupuesto del nuevo año fiscal, siempre que se cuente con el financiamiento suficiente a dicha fecha, y conforme a la autorización establecida en las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público, la cual se sujeta a las reglas fiscales vigentes. • Las incorporaciones a las que se refiere el párrafo precedente, se aplican siempre que el financiamiento de dichas inversiones no haya sido considerado en el presupuesto del nuevo año fiscal y que el compromiso esté debidamente sustentado en un contrato o convenio suscritos en el marco de la normatividad vigente. Asimismo, en el caso de saldos de balance, se aplican los límites máximos de incorporación.

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Proceso de Ejecución Presupuestaria

3. Programación de Compromisos Anual (PCA)

• La Programación de Compromisos Anual (PCA) es un instrumento de programación del gasto público, de corto plazo, por toda fuente de financiamiento, que permite compatibilizar la programación de caja de ingresos y gastos, con la real capacidad de financiamiento para el año fiscal respectivo, en el marco de las reglas fiscales vigentes. La programación de caja de ingresos es proporcionada por la Dirección General del Tesoro Público, en cumplimiento de las reglas fiscales y el Marco Macroeconómico Multianual. Dicho instrumento es determinado, revisado y actualizado, de manera trimestral por la Dirección General de Presupuesto Público, sobre la base de la información que proporcionen los Pliegos. • Mediante resolución directoral de la Dirección General de Presupuesto Público se establecen los procedimientos, mecanismos y formalidades para la determinación, revisión y actualización de la PCA. • La determinación de la PCA no convalida los actos o acciones que no se ciñan a la normatividad vigente. 20

Proceso de Ejecución Presupuestaria Ejecución de ingresos • Consta de 3 etapas: (i) Estimación (ii) Determinación (iii) Percepción • Se regula por normas específicas de tesorería

4. Ejecución de los Ingresos y Gastos

Ejecución de gastos • Certificación ‐ Es emitida por el responsable de presupuesto, a solicitud del área usuaria ‐ Se hace explícita la previsión presupuestaria en dos casos:  Certificación de Año “t”, y previsión de años “t+1” y “t+2”  100% de previsión para años “t+1” y “t+2” ‐ Se determina que el jefe de presupuesto del pliego debe llevar un registro de las previsiones expedidas ‐ Los bienes y servicios necesarios para el logro de objetivos • Compromiso • Devengado. El reconocimiento de devengados que no cumplan con los criterios, dará lugar a responsabilidad administrativa, civil o penal, según corresponda, del Titular de la Entidad y del responsable del área usuaria o de la oficina de administración • Giro

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5. Incorporación de mayores ingresos • Las incorporaciones de mayores ingresos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, se sujetan a límites máximos de incorporación determinados por el Ministerio de Economía y Finanzas cuando provienen de:

Proceso de Ejecución Presupuestaria (5/5)

Las Fuentes de Financiamiento distintas a las de Recursos Ordinarios y recursos por operaciones oficiales de crédito que se produzcan durante el año fiscal. Los diferenciales cambiarios de las Fuentes de Financiamiento distintas a las de Recursos Ordinarios, orientados al cumplimiento de nuevas metas, caso contrario se constituyen en recursos financieros para dar cobertura a los créditos presupuestarios previstos en el presupuesto institucional. Los saldos de balance, constituidos por recursos financieros provenientes de fuente de financiamiento distinta a Recursos Ordinarios, que no hayan sido utilizados al 31 de diciembre del año fiscal.

• Los saldos de balance son registrados financieramente cuando se determine su cuantía, y mantienen la finalidad para los que fueron asignados en el marco de las disposiciones legales vigentes. En caso se haya cumplido dicha finalidad, tales recursos se pueden incorporar para financiar otras acciones de la Entidad, siempre y cuando dichos recursos sean de libre disponibilidad de acuerdo con la normatividad vigente. • Los límites máximos de incorporación son establecidos para las Entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, según corresponda, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, a propuesta de la Dirección General de Presupuesto Público, el cual se debe publicar hasta el 31 de enero de cada año fiscal. Dichos límites podrán ser modificados mediante Decreto Supremo, previa evaluación del cumplimiento de las reglas fiscales. 22