Poderes de La Union

PODERES DEL ESTADO MEXICANO Artículo 41. El pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión. Constituc

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PODERES DEL ESTADO MEXICANO

Artículo 41. El pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 49. El Supremo Poder de la Federación se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Constitución: Título Tercero

Capítulo II: PODER LEGISLATIVO Artículos: 50-79

PODER LEGISLATIVO El Poder Legislativo de los Estados Unidos Mexicanos se deposita en el Congreso de la Unión, que se divide en dos Cámaras, una de Diputados y otra de Senadores.

Artículo 51. La Cámara de Diputados se compondrá de representantes de la Nación, electos en su totalidad cada tres años. Por cada diputado propietario, se elegirá un suplente.

La Cámara de Diputados está conformada por:

500 Diputados de mayoría relativa

1 x Distrito Electoral Uninominales

representación proporcional

Por % X # Lista Plurinominal

MESA DIRECTIVA

Se encargarán de….

•Presentación de la iniciativa de Ley o Decreto •Dictamen de la comisión legislativa competente •Discusión y aprobación del mismo •La sanción y expedición de la respectiva Ley o Decreto •y la remisión al Ejecutivo para su promulgación y publicación •en el Diario Oficial de la Federación.

COMPOSICIÓN

•Un Presidente, cuatro Vicepresidentes- uno por cada Grupo parlamentario-, cuatro Secretarios y cuatro Prosecretarios, quienes duran en su cargo un mes y no pueden ser reelectos Para el mismo puesto en ese periodo de sesiones.

Listado de Comisiones Ordinarias

•Agricultura y Ganadería •Asuntos Indígenas •Atención a Grupos Vulnerables •Ciencia y tecnología •Comunicaciones •Cultura •Defensa Nacional •Derechos Humanos •Desarrollo Metropolitano •Desarrollo Rural •Desarrollo Social •Distrito Federal •Economía •Edu. Pública y Servicios Educativos •Energía •Equidad y Género •Fomento Cooperativo y Encomia Social •Fortalecimiento al Federalismo •Función Publica •Gobernación Hacienda y Crédito Público •Jurisdiccional •Justicia •Juventud y Deporte •Marina

•Med. Ambiente y Rec. Naturales •Participación Ciudadana •Pesca •Población, Fronteras y Migración •Presupuestos y Cuenta Pública •Puntos Constitucionales •Radio, Televisión y Cine •Recursos Hidráulicos •Reforma Agraria •Relaciones Exteriores •Régimen, Reglamentos y Prácticas •Parlamentarias •Salud •Seguridad Pública •Seguridad Social •Trabajo y Previsión Social •Transporte •Turismo •Vigilancia de la Auditoria Superior de la •Federación •Vivienda

http://www.500sobre500.com

Es una plataforma interactiva en la que los ciudadanos adoptan a un diputado federal para darle seguimiento a su trabajo y evaluar su desempeño.

Además de involucrar a los ciudadanos con el trabajo legislativo se pretende generar mecanismos imaginativos y creativos para impulsar la transparencia y la rendición de cuentas por parte de los diputados.

Artículo 56. La Cámara de Senadores se integrará por ciento veintiocho senadores, 4 de cada Estado y del Distrito Federal.

La Cámara de Senadores está conformada por:

128 Senadores

Mayoría Relativa

Representación Proporcional

Primera Minoría

MESA DIRECTIVA Se encargará de…. •Rechazar o ratificar las propuestas del presidente con respecto a: •Ministros de la Suprema Corte de la Nación. •Procuraduría General de la República •Jefes de Órganos Autónomos •Representantes Diplomáticos •Tratados Internacionales

COMPOSICIÓN

•Ciento veintiocho senadores, de los cuales, en cada estado y en el Distrito Federal, dos serán elegidos según el principio de votación mayoritaria relativa y uno será asignado a la primera minoría.

Proceso Legislativo Etapas de formación de Leyes:

Artículos: 71-72

•Iniciativa •Discusión del proyecto de ley •Sanción del proyecto •Promulgación •Publicación •Urgencias

Diario Oficial de la Federación Periódico oficial del Gobierno Constitucional de México. Su función es la publicación de leyes, reglamentos, cuerdos, circulares, órdenes y demás actos expedidos por los poderes de la federación, a fin de que éstos sean observados y aplicados debidamente sus respectivos ámbitos de competencia en el territorio nacional.

PODER EJECUTIVO Constitución: Título Tercero

Capítulo III: PODER EJECUTIVO Artículos: 80-93

Artículo 80. Se deposita el ejercicio del Supremo Poder Ejecutivo de la Unión en un solo individuo, que se denominará "Presidente de los Estados Unidos Mexicanos."

Requisitos para ser

Presidente Según el artículo 82 de la Constitución de 1917, para ser presidente se requiere: •Ser ciudadano mexicano por nacimiento, en pleno goce de sus derechos, hijo de padre, o madre mexicana y haber residido en el país al menos durante veinte años. •Tener 35 años cumplidos al tiempo de la elección. •Haber residido en el país durante todo el año anterior al día de la elección. •La ausencia del país hasta por treinta días, no interrumpe la residencia. •No pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro de algún culto. •No estar en servicio activo, en caso de pertenecer al Ejército, seis meses antes del día de la elección. •No ser secretario o subsecretario de Estado, jefe o secretario general de Departamento Administrativo, Procurador General de la República ni Gobernador de algún Estado, a menos de que se separe de su puesto seis meses antes del día de la elección. •No estar comprendido en alguna de las causas de incapacidad establecidas en el artículo 83.

Gabinete Presidencial

El Presidente de la República se auxilia, en términos de las disposiciones legales correspondientes, de los Secretarios de Estado, quienes tendrán igual rango, y entre ellos no habrá preeminencia alguna .Cada Secretaría de Estado formulará, respecto de los asuntos de su competencia, los proyectos de leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes del Presidente de la República.

Función de las Secretarías Federales

Srio de Gobernación: conduce la política interior que competa el ejecutivo. Sria de Relaciones Exteriores: Política exterior del país. Srio de Hacienda y Crédito: Propone y dirige la política económica de Gob Fed. Srio de la Defensa: Organiza, administra y prepara al Ejército y Fuerza Aérea. Srio de Marina: Organiza, administra y prepara la Armada. Srio de Economía: Formula y conduce las políticas generales de industria, Comercio exterior e interior, abasto y precios del país. Srio de Desarrollo Social: Formula, conduce y evalúa la política general del desarrollo social. Pror General de la República: Investiga y persigue los delitos del orden federal. Srio De Seguridad Pública: Define las políticas de seguridad pública. Srio de Función Pública: Organiza el sistema de control y evaluación e gob. Srio de Com. Y Transportes: Formula y conduce las políticas desarrollo social. Srio Trabajo y Prev. Social: Vigila aplicación de las disposiciones Art 123. Srio Medio Ambiente y recursos Naturales: Protección y conservación de ecosistemas Srio Energía: Establece y conduce la política energética del país. Srio Edu. Pública: Organiza, vigila y desarrolla en las escuelas oficiales del país. Srio de Salud: Establece y conduce políticas nacional en seguridad social. Sria de Turismo. Conduce la política de desarrollo de la actividad turística nacional. Srio Reforma agraria: Aplica preceptos agrario del Artículo 27. Consejero Jurídico del Ejecutivo: Brinda apoyo jurídico al Presidente en asuntos eco.

PODER JUDICIAL Constitución: Título Tercero

Capítulo IV: PODER JUDICIAL Artículos: 94-107

Artículo 94. Se deposita el ejercicio del Poder Judicial de la Federación en una Suprema Corte de Justicia, en un Tribunal Electoral, en Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y en Juzgados de Distrito.

Presidente de la SCJN Ministro Juan N. Silva Meza

La Suprema Corte de Justicia de la Nación está conformada por:

Ministros 1 de ellos fungirá como su Presidente.

Los Ministros de la SCJN se elegirán de la siguiente forma: 1.- Presidente propone terna a senado: Si el senado no resuelva en 30 días el presidente elige entre los que propuso. 2.- Senado designa por el voto de las 2/· partes o sea por mayoría calificada. Si el senado en la segunda terna propuesta por el presidente designa al ministro de ésta última terna. 3.- Si el senado rechaza terna se propone otra. .