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EMPRESA PLANEAMIENTO TRIBUTARIO “UNIVERSIDAD LATINOAMERICANA CIMA” INTEGRANTES: DALMER QUISPE AGUILAR DANILO GIGLIO WILL

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EMPRESA PLANEAMIENTO TRIBUTARIO “UNIVERSIDAD LATINOAMERICANA CIMA” INTEGRANTES: DALMER QUISPE AGUILAR DANILO GIGLIO WILLIAMS RONALD RAMOS COAQUIRA DOCENTE: C.P.C.C. HERNAN SANTOS CLARES LOPEZ CURSO: AUDITORIA TRIBUTARIA TACNA – PERU 2018

INDICE INTRODUCCION............................................................................................................................1 1

CONCEPTO...........................................................................................................................3

2

OBJETIVOS...........................................................................................................................4 2.1

¿COMO LOGRAMOS ESTE OBJETIVO?...........................................................................4

2.2

COMO SE DEBE IMPLEMENTAR....................................................................................5

2.2.1 3

¿En qué consiste el planeamiento tributario?......................................................5

MODALIDADES.....................................................................................................................6 3.1

ECONOMÍA DE OPCIÓN................................................................................................6

3.2

ELUSIÓN TRIBUTARIA....................................................................................................6

3.3

EVASIÓN TRIBUTARIA...................................................................................................7

ASPECTO LEGAL...........................................................................................................................8 4

NORMA XVI..........................................................................................................................8 4.1

5

NORMA XVI: CALIFICACIÓN, ELUSION DE NORMAS TRIBUTARIAS Y SIMULACIÓN.......8

COMO TOMAR DECISIONES SIN CAER EN LA ELUSIÓN.........................................................9 5.1

ASPECTOS QUE DEBEN ANALIZARSE.............................................................................9

5.2

SEGÚN LA PERSONA.....................................................................................................9

5.3

SEGÚN RÉGIMEN EMPRESARIAL.................................................................................10

5.4

¿HAY ALGÚN BENEFICIO TRIBUTARIO?.......................................................................10

5.5

¿ESTAMOS PREPARADOS PARA UNA FISCALIZACIÓN?................................................10

5.6

TENER EN ORDEN LA DOCUMENTACIÓN....................................................................11

INTRODUCCION

El Colegio de Contadores Públicos de Lima (CCPL) define el Planeamiento Tributario (PT) como un conjunto coordinado de comportamientos orientados a optimizar la carga fiscal, ya sea para reducirla o para eliminarla, o para gozar de algún beneficio tributario. Así, se constituye como una herramienta de gestión empresarial que tiene que ver con la toma de decisiones en el presente y con consecuencias futuras en el ámbito tributario. Según la consultora PwC, el planeamiento tributario es una herramienta que tiene como objeto optimizar los recursos de las empresas y lograr que estas obtengan beneficios tributarios en las operaciones que realizan o planean realizar. Para ello se analiza las distintas opciones que redunden en una mayor eficiencia tributaria que les permita a las empresas asumir una carga fiscal no mayor a aquélla que por economía de opción sea aceptada por la ley, permitiéndoles así mejorar su situación patrimonial. Mediante el uso adecuado del PT una empresa puede: eliminar las contingencias tributarias, optimizar las utilidades de la empresa, emplear figuras legales que no involucren simulaciones o fraude a la ley que repercutan en la obtención de proyectos económicos eficientes, minimizar los gastos y deducir adecuadamente sus gastos, minimizar o reducir el pago de impuestos utilizando correctamente las herramientas legales. Al optimizar la carga fiscal mediante un cuidadoso planeamiento tributario, la empresa podrá generar mayores utilidades y será más competitiva. El CCPL señala que, para lograr este objetivo, quienes realizan el planeamiento tributario deben contar con una visión empresarial y un conocimiento profundo del régimen tributario y del marco jurídico especializado. Asimismo, deberán contar con un contador especializado en PT y con un asesor legal tributario con conocimiento especializado. Para hacer una correcta optimización de la carga tributaria, añade el CCPL, se requiere de una operación aún no realizada, pues el planeamiento es previo; un riguroso análisis de las normas tributarias que aplican sobre la operación; la identificación de los

escenarios posibles y el impacto tributario en cada uno de ellos, un análisis financiero de la implementación de cada escenario; un análisis de factibilidad (tiempos, trámites, posibilidad), y la elección de la alternativa más económica y eficiente.

1

CONCEPTO

El planeamiento tributario tiene como finalidad 2 objetivos para la empresa: ‒ ‒

Reducir o eliminar la carga fiscal. Gozar de beneficios tributarios.

El Planeamiento Tributario es una obligación para toda empresa, empresa que no realiza un planeamiento tributario, tienen un corto tiempo de existencia o será un cliente asiduo de la Sunat. Un planeamiento tributario te ayudara a evitar errores muy comunes: ‒

Pago en exceso de impuestos.



Pago multas innecesarias.



Pago por embargos de cuenta.



Desconocimiento y reparos de gastos.



Realizar delitos tributarios para menorar la carga fiscal.

El Planeamiento Tributario (PT) es un conjunto coordinado de comportamientos orientados a optimizar la carga fiscal, ya sea para reducirla o para eliminarla, o para gozar de algún beneficio tributario. Es una herramienta de gestión empresarial, que tiene que ver con la toma de decisiones en el presente, y con consecuencias futuras.

2

OBJETIVOS

El objetivo del planeamiento es optimizar la carga tributaria, disminuyendo el pago de impuestos y minimizando las contingencias tributarias. Para lograr esto debemos analizar las operaciones que realiza o planea realizar la empresa, con un conocimiento amplio tanto de las normas tributarias, sus mecanismos, así como de las operaciones que realizan las empresas. Este conocimiento debe abarcar las normas legales, y como son estas interpretadas y aplicadas por la Administración Tributaria (SUNAT). El planeamiento tributario busca: ‒ ‒ ‒

La eliminación de contingencias tributarias Optimización de las utilidades de la empresa. Utilización de figuras legales que no involucren simulaciones o fraude a la ley

‒ ‒ ‒

que repercutan en la obtención de proyectos económicos eficientes. Minimización de los gastos. Deducción adecuada de los gastos Minimización o reducción de pago de impuestos utilizando correctamente las herramientas legales.

2.1

¿COMO LOGRAMOS ESTE OBJETIVO?

Para lograr este objetivo quienes realizan el planeamiento tributario deben contar con una visión empresarial y con un conocimiento profundo del régimen tributario y del marco jurídico especializado. Se debe contar con un contador especializado y con un asesor legal tributario con conocimiento especializado, ambos con cierta experiencia en el sector correspondiente.

2.2

COMO SE DEBE IMPLEMENTAR

Una correcta optimización de la carga tributaria, requiere de: ‒ ‒ ‒

Una operación aún no realizada (el planeamiento es previo). Un riguroso análisis de las normas tributarias que aplican sobre la operación. La identificación de los escenarios posibles, y el impacto tributario en cada uno

‒ ‒ ‒

de ellos. Un análisis financiero de la implementación de cada escenario. Un análisis de factibilidad (tiempos, trámites, posibilidad) La elección de la alternativa más económica y eficiente.

2.2.1

¿En qué consiste el planeamiento tributario?

El planeamiento tributario consiste en identificar y analizar las operaciones de la empresa, los escenarios posibles y la incidencia tributaria de cada uno de ellos, para ello se revisan la información, cuentas, documentos de una empresa, así como las circunstancias que los rodean tanto a ella como a sus socios, para determinar elegir las alterativas que permitan lograr dos objetivos principales: ‒

Lograr una disminución en el pago de impuestos.



Minimizar las contingencias tributarias, disminuyendo el riesgo de reparos por parte

de la Administración Tributaria,

que pueden ocurrir

por un

desconocimiento de la norma o por falta o insuficiente sustento de los costos o gastos.

Cuando hablamos de una disminución en el pago de impuestos, nos referimos a la utilización de medios legales para lograr este ahorro, analizando si los ingresos son todos ingresos gravados; revisando si la empresa está utilizando todas las posibilidades que tiene para deducir sus gastos, y si estos tienen el sustento apropiado. En un mundo tan competitivo, el planeamiento tributario es una herramienta indispensable para la empresa, porque permite obtener mejores resultados de manera eficiente.

3

MODALIDADES

¿Cuáles son las formas de llevarlo a cabo? ‒ ‒ ‒

3.1

Economía de opción/ planeamiento tributario (lícita) Elusión tributaria (no es lícita ni ilícita) Evasión tributaria/Conductas delictivas (ilícita)

ECONOMÍA DE OPCIÓN

Aplicar lo que dice la norma puntualmente. Llamada planeamiento tributario, es plenamente lícita. Algunos autores le llaman “elusión tributaria lícita” pero es una figura distinta, aunque suelen confundirse en casos extremos. Se basa en la facultad que tienen los individuos de configurar transacciones legales de la mejor manera y del modo más eficiente y menos gravoso posible. por ejemplo, la norma menciona que las empresas que están ubicadas sobre los 4500 metros sobre el nivel del mar pagan impuesto cero. Tú constituyes tu empresa en un lugar de 5,000 msnm, para pagar impuesto cero. Planeamiento Tributario no significa hacer algo ilícito como: comprar facturas, llevar 2 contabilidades en paralelo, imprimir doble juego de facturación, etc., estos son delitos tributarios. La elusión tributaria, si bien es cierto utiliza vacíos legales, pero no es un delito tributario, esto es lo que diferencia de la evasión tributaria.

3.2

ELUSIÓN TRIBUTARIA

utilizar vacíos legales, para evitar la obligación tributaria. Llamado planeamiento tributario agresivo, que normalmente algunos identifican con el fraude de ley tributaria (especie de la elusión), que se persigue. Cuando se detecta la elusión la SUNAT exigirá el tributo dejado de pagar. Por elusión tributaria se refiere, normalmente al fenómeno que consiste en evitar la realización del presupuesto de hecho de las normas tributarias utilizando una forma o configuración jurídica que no corresponde con la finalidad perseguida. Se utiliza el derecho en contra del derecho. Violación indirecta de la norma jurídica. Por ejemplo, se crea un impuesto por manejar por el centro de la capital con un auto sedan. Tú para evitar la obligación tributaria manejas con un tico por el centro de la capital. Una característica de la elusión tributaria es que evade la obligación tributaria.

3.3

EVASIÓN TRIBUTARIA

es un acto ilícito, la consecuencia es la prisión. Llamada por algunos defraudación tributaria, que es delito tipificado en los Códigos Penales, y que, por ende, ocasiona el encausamiento penal del evasor. Se distingue de la elusión tributaria, por ser una violación directa de la norma.

Por ejemplo, para reducir el impuesto anual recurro a comprar facturas falsas. Si bien es cierto reduce el pago de impuesto, pero es un delito tributario y además lo más probable es que tu empresa no sea duradera en el tiempo.

ASPECTO LEGAL 4

NORMA XVI La Norma XVI, fue introducida en nuestro ordenamiento mediante el Decreto

Legislativo N° 1121, de fecha 18 de julio de 2012. Con dicha norma se buscó que la SUNAT cuente con una herramienta eficaz para combatir conductas de elusión tributaria. La SUNAT podría desconocer la forma jurídica adoptada en la operación respectiva y asignarle el tratamiento tributario según su criterio. 4.1

NORMA XVI: CALIFICACIÓN, ELUSION DE NORMAS TRIBUTARIAS Y SIMULACIÓN

“Para determinar la verdadera naturaleza del hecho imponible, la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria - SUNAT tomará en cuenta los actos, situaciones y relaciones económicas que efectivamente realicen, persigan o establezcan los deudores tributarios. En caso de que se detecten supuestos de elusión de normas tributarias, la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria - SUNAT podrá exigir la deuda tributaria o disminuir el importe de los saldos o créditos a favor, pérdidas tributarias, créditos por tributos o eliminar la ventaja tributaria, sin perjuicio de la restitución de los montos que hubieran sido devueltos indebidamente.”

5

COMO TOMAR DECISIONES SIN CAER EN LA ELUSIÓN

Para realizar actos o actividades, o planificar negocios jurídicos sin caer en la elusión tributaria se deben analizar varios aspectos previamente. Si estos son realizados correctamente habremos hecho un planeamiento tributario, que no puede ser cuestionado por la SUNAT. Por ello, es importante configurar estructuras legitimas que busquen el ahorro tributario de manera lícita.

5.1

ASPECTOS QUE DEBEN ANALIZARSE

Según tipo de persona: ‒ ‒

Persona natural (con negocio renta de tercera categoría) Persona Jurídica (EIRL, SAC entre otras)

Según actividad o sector económico: ‒ ‒ ‒ ‒

Venta de bienes Prestación de servicios Mixto  Minería Electricidad

Según zona o región/beneficio tributario: ‒ ‒

5.2

Régimen Agrario Ley de Amazonía

SEGÚN LA PERSONA Persona natural (tercera categoría) Riesgos:

Infracciones (multas), tributos, deudas frente a tercero, se responde hasta con los bienes de la persona natural aun cuando no se hayan declarado activos, además de los bienes afectados a la empresa unipersonal. Persona Jurídica (EIRL, SAC entre otras) Sociedades de responsabilidad limitada, sólo responden con su patrimonio y hasta donde alcance, siguiendo la prelación de deudas. Excepción: Salvo responsabilidad solidaria del representante legal (artículo 16° del Código Tributario) 5.3

SEGÚN RÉGIMEN EMPRESARIAL ‒ ‒ ‒

NUEVO RUS RÉGIMEN ESPECIAL RER RÉGIMEN GENERAL

Según la actividad: Analizar en que régimen debería inscribirse la empresa, de acuerdo a los parámetros establecidos en las normas tributarias, por el tipo de persona, ingresos obtenidos, y actividades a desarrollar, ver las exclusiones.

5.4

¿HAY ALGÚN BENEFICIO TRIBUTARIO? ‒ ‒ ‒ ‒ ‒

LEY DE AMAZONÍA ZONAS ALTOANDINAS RÉGIMEN AGRARIO INCENTIVOS TRIBUTARIOS EXPORTACIÓN DE SERVICIOS ESTABLECIMIENTOS DE HOSPEDAJE)

(AGENCIAS

DE

VIAJES,

‒ ‒ ‒ ‒

DEVOLUCIONES DE SALDO A FAVOR, DRAWBACK EXONERACIONES INAFECTACIONES

De acuerdo con el sector, tipo de persona y actividades desarrolladas debo verificar a que beneficios tributarios puedo acogerme válidamente, para lo cual deberé cumplir con todos los requisitos exigidos según las normas que las regulan.

5.5 ‒ ‒ ‒ 5.6

¿ESTAMOS PREPARADOS PARA UNA FISCALIZACIÓN? Antes de proceso Durante el proceso Finalizando el proceso TENER EN ORDEN LA DOCUMENTACIÓN MEDIOS PROBATORIOS: ‒ ‒ ‒

Contratos (Legalizados-fecha cierta) Comprobantes de pago Copias de medios de pago (cheque o Boucher de transferencia)

DOCUMENTACION ADICIONAL: ‒ ‒ ‒ ‒

Proformas Memos Correos Invitaciones Certificados de maestrías o cursos de capacitación u otros documentos