Patricia

Expediente N° 13375- 2019-0-0906-JR-FC-10. Esp. Legal : Dra. Osores Obando, Gabriela Guisella. Escrito : 01 Sumilla : Ap

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Expediente N° 13375- 2019-0-0906-JR-FC-10. Esp. Legal : Dra. Osores Obando, Gabriela Guisella. Escrito : 01 Sumilla : Apersonamiento de Abogado y otros. SEÑORITA JUEZ DEL DECIMO JUZGADO DE FAMILIA – SUB ESPECIALIDAD EN VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES E INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE. PATRICIA ELIZABETH LIZARRAGA CASELLA, identificado con DNI. N° 08059024, señalando nuevo domicilio real sito en Jr. Trujillo Nº 135, Distrito del Rimac, en los seguidos contra Félix Segundo Meléndez Falcone por VIOLENCIA FAMILIAR; ante usted atentamente digo:

Que, al amparo del Artículo I del Título Preliminar del Código Procesal Civil, recurro a su despacho con el objeto de designar a la instancia a mi abogado defensor quien autoriza el presente escrito, con domicilio procesal en Av. Braulio Sancho Dávila N° 153, Urbanización el Bosque, Distrito del Rímac, Casilla Procesal N° 5859 de la Oficina de la Centra Notifica del Poder Judicial del Cono Norte y la Casilla Electrónica N° 58281, donde su jurisdicción deberá hacer llegar las resoluciones, notificaciones pendientes y ulteriores y demás concernientes al proceso conforme a Ley. POR TANTO: A Usted Señorita Juez, sírvase admitir la presente, y tener por apersonado y designado mi abogado defensor.

PRIMER OTROSI DIGO: Que. Estando a lo dispuesto en el artículo 80 del Código Procesal Civil, en mi calidad de interesado otorgo y delego al Abogado que autoriza el presente escrito las facultades generales de representación a que se refiere el artículo 74 del Código Procesal Civil, e igualmente se lo otorgue las preeminencias y prerrogativas de Ley, incluyéndose las facultades previstas en el Art. 290º del T.U.O. de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Lima, 26 de Septiembre de 2019.