Pasos Para Crear Una Empresa Constructora

PASOS PARA CREAR UNA EMPRESA CONSTRUCTORA  Pasos Previos 1. Identificar y definir las actividades que realizará la em

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PASOS PARA CREAR UNA EMPRESA CONSTRUCTORA 

Pasos Previos

1. Identificar y definir las actividades que realizará la empresa constructora. 2. Buscar asesoramiento de un abogado o alguna institución para definir la forma empresarial más adecuada para la constructora. 3. Define un nombre para la empresa constructora. Luego acudir a Registros Públicos para descartar que exista una empresa con el mismo nombre y para reservar el mismo mientras realizas los demás trámites. Ejemplos: Cracken Constructors S.A.C. Construyendo Edificator E.I.R.L. 4. Obtener fotocopia de cedula del titular o de cada uno de los socios de la empresa. 5. Define el aporte que cada miembro de la empresa hará a la empresa constructora. 

Pasos para la Formalización de la Empresa Constructora

1. Elaboración de la minuta Este es un documento especial de carácter privado, en el que los socios de la futura empresa constructora suscriben un contrato. Contiene el pacto social y los estatutos. Deberá ser redactado y autorizado por un abogado. Este documento luego se dirige a un notario para que lo extienda en su registro de escrituras públicas. 2. Elaboración de la escritura pública La minuta se lleva a una notaría. El notario público es el autorizado a ingresar el documento al registro notarial, estableciendo así la escritura pública. 3. Inscripción en los registros públicos Una vez que la Escritura Pública ha sido suscrita por los socios, el notario gestionará su debida inscripción en los Registros Públicos. 4. Inicio del trámite del RUC El usuario con una copia del testimonio debidamente inscrito en los Registros Públicos, se dirige a las oficinas descentralizadas del SRI, para inscribirse en el Registro Único del Contribuyente - RUC y solicitar su número correspondiente. Además, el usuario deberá inscribir a sus trabajadores en el IESS 5. Permisos especiales Estos trámites corresponde a aquellas empresas cuyas actividades requieran solicitar autorización previa del sector competente, entre las principales están: 1.- Superintendencia de Compañías 2.- Servicio de Rentas Internas SRI 3.- Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IESS 4.- Cámara de la Construcción de Quito CCQ 5.- Ministerio de Relaciones Laborales 6. Licencia municipal de funcionamiento Se debe obtener un permiso municipal para el local donde desarrolle el negocio. La municipalidad es la autoridad competente para otorgar: · Licencia de Funcionamiento Provisional. · Licencia Municipal de Funcionamiento Definitiva. Se necesita presentar: · Fotocopia del comprobante de información registrada o ficha RUC. · Recibo de pago por los trámites realizados.

SECUENCIA DE PASOS PARA LA CONSTITUIR LA EMPRESA

Definir actividades Asesorarse en un nombre

Definir los aportes

Escritura Pública

Minuta (con un abogado)

Inscripción en Registros Públicos

(en Notaria)

Trámite del RUC

Permisos especiales (si se requiere)

Licencia Municipal de funcionamie nto

REQUISITOS PARA CONSTITUIR UNA COMPAÑÍA COMPAÑÍA ANONIMA 1. El nombre: En esta especie de compañías puede consistir en una razón social, una denominación objetiva o de fantasía. Deberá ser aprobado por la Secretaría General de la Oficina Matriz de la Superintendencia de Compañías. 2. Solicitud de aprobación: La presentación al Superintendente de Compañías, se la hará con tres copias certificadas de la escritura de constitución de la compañía, adjuntando la solicitud correspondiente, la misma que tiene que ser elaborada por un abogado, pidiendo la aprobación del contrato constitutivo. SOCIOS Y CAPITAL 1. La compañía se constituirá con un mínimo de dos accionistas, sin tener un máximo de accionistas. 2. El capital mínimo con que ha de constituirse es ochocientos dólares. El capital deberá suscribirse íntegramente y pagarse al menos en el 25% del capital total. Las aportaciones pueden consistir en dinero o en bienes muebles o inmuebles e intangibles, o incluso, en dinero y especies a la vez.

COMPAÑÍA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA 1. El nombre: En esta especie de compañías puede consistir en una razón social, una denominación objetiva o de fantasía. Deberá ser aprobado por la Secretaría General de la Oficina Matriz de la Superintendencia de Compañías. 2. Solicitud de aprobación: La presentación al Superintendente de Compañías, se la hará con tres copias certificadas de la escritura de constitución de la compañía, adjuntando la solicitud correspondiente, la misma que tiene que ser elaborada por un abogado, pidiendo la aprobación del contrato constitutivo. SOCIOS Y CAPITAL 1. La compañía se constituirá con dos socios, como mínimo y con un máximo de quince, y si durante su existencia jurídica llegare a exceder este número deberá transformarse en otra clase de compañía o deberá disolverse. 2. El capital mínimo con que ha de constituirse la compañía de Responsabilidad Limitada, es de cuatrocientos dólares. El capital deberá suscribirse íntegramente y pagarse al menos en el 50% del valor nominal de cada participación y su saldo deberá cancelarse en un plazo no mayor a doce meses. Las aportaciones pueden consistir en dinero o en bienes muebles o inmuebles e intangibles, o incluso, en dinero y especies a la vez.