Origen Historico Del Proceso - Resumen

CAPÍTULO I  ORIGEN HISTORICO DEL PROCESO JUAN MONROY GÁLVEZ Luego, en la etapa germinal en el Occidente Europeo: el

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CAPÍTULO I



ORIGEN HISTORICO DEL PROCESO JUAN MONROY GÁLVEZ

Luego, en la etapa germinal en el Occidente Europeo: el poder central debió delegar la función de resolver conflictos a personas cercanas a él, dada la imposibilidad de hacerlo directamente.

2. LA DISPUTA HISTÓRICA ENTRE JUSTICIA Y CERTEZA 1. DE LA ACCIÓN DIRECTA A LA ACCIÓN CIVIL ¿Qué es la acción directa? -

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Etapa de la evolución histórica de la humanidad. Son actos en que el animal humano resuelve en forma inmediata, práctica e instantánea sus conflictos intersubjetivos, teniendo como instrumento exclusivo el uso de la fuerza. Es la prescindencia de todo método razonable para solucionar un conflicto de interés. También llamada autodefensa. Ejemplos: 1. Asesinato de Aldo Moro por sus secuestradores, líder de la democracia cristiana italiana. 2. En el Paleolítico inferior se produce una disputa entre dos hombres primitivos por la posesión de una lanza.

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Pasada la época feudal. El grupo humano empieza a varia su exigencia respecto del servicio de justicia. Las soluciones de los conflictos tienen como sustento:  La consideración personal de lo que el juez estima "justo” para el caso concreto.  Conflictos similares son solucionados por el mismo juez de manera distinta.” Esto genera: DESCONFIANZA SOCIAL

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Significó que aparte de tener un órgano que solucione conflictos con decisiones justas éstas también deberían ser certeras, es decir, previsibles. Ejem: Francia Revolucionaria de 1789, las espórtulas y la desconfianza social originaron que las decisiones judiciales estuvieran sustentadas en la norma jurídica.

La prohibición de la acción directa: -

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Si el ser humano seguía dependiendo de la acción directa éste iba a ser extinguido. Por ello, el hombre tenía que socializar para poder subsistir. El hombre encontró un medio adecuado para sustituir la violencia: delegar a una persona del grupo social la responsabilidad de resolver el conflicto de intereses. (Podetti describe ésta situación como primera norma procesal)

¿Qué es la acción civil? -



1. 2. 



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Se origina como sustitución de la acción directa El conflicto de intereses debía de ser resuelto por un tercero ajeno a sus efectos Ésta elección de un tercero para resolver el conflicto de quizás sea el primer acto de derecho que crea y ejecuta el hombre. La elección de la persona encargada de resolver conflictos se hizo con criterios diferentes en las distintas culturas primitivas: El más fuerte Persona del grupo que tenga más contacto con lo desconocido: brujo, hechicero, mago o curandero. La evolución cultural del grupo llevó a sus miembros a afinar el criterio para elegir a la autoridad encargada de dirimir conflictos: menos con lo sobrenatural y más con la realidad. Recae en la persona con más experiencia: anciano – senado (“vejez”) en la antigua roma Conforme el grupo humano se fue haciendo más grande las relaciones sociales fueron más complejas: la concentración del poder del monarca llevó a que éste se convirtiera en jefe absoluto. Ejem: Figura biblíca del Rey Salomón Edad Media: el señor feudal “derecho de pernada”

VALOR JUSTICIA

VALOR CERTEZA

Representado por el juez

Representado lesgilador.

El juez debe aplicar con discrecionalidad la decisión justa al caso concreto

Se manifiesta en la seguridad que se obtiene del hecho de que un juez resuelva el caso.

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por

el

La historia reciente guarda la existencia de un ganador: el legislador. La teoría estatal de la división de poderes ha sido el pretexto para presentar una autonomía e independencia funcional entre el legislativo y el judicial. La sociedad capitalista va a preferir a la certeza que a la justicia.

3. A MANERA DE SÍNTESIS: Jorge Basadre indica: -

El origen del proceso civil es de alguna manera, el origen de la civilización. Que el hombre sea hoy la especie animal predominante se debe a que aprendió a solucionar sus conflictos sin destruirse: recurriendo a un tercero.

Para poder solucionar un conflicto de interés se debe contar con: juez, acción civil y proceso. 4. LA RENOVADA VIGENCIA SOCIAL DE LA ACCIÓN DIRECTA -

Así como el inicio de la humanidad dependió del proceso, la posibilidad de impedir su destrucción vuelve a depender de este.

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Las diversas formas de violencia que afectan a las sociedades contemporáneas son expresiones de un estado de insatisfacción. De la Oliva y Fernández: las crisis de la administración de justicia acarrea no solo inseguridad de facto, sino crisis del derecho objetivo mismo. En el Perú se evidencia un servicio de justicia antisocial lo cual acarrea la amenaza social de la acción directa.