Obligaciones Del Empleador

Obligaciones del Empleador - T-Registro Se establecen plazos para el alta, la baja o la modificación de datos en el T-RE

Views 85 Downloads 0 File size 373KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

Obligaciones del Empleador - T-Registro Se establecen plazos para el alta, la baja o la modificación de datos en el T-REGISTRO; entrega de la Constancia de Alta, baja o modificación, actualización de datos. Entre las principales obligaciones asociadas con el T-REGISTRO dispuestas en los Decretos Supremos N.° 015-2010-TR y N.° 008-2011-TR (modificatorias del D.S. N.° 018-2007-TR), así como en la Resolución Ministerial 121-2011-TR, tenemos: 

Inscribirse como empleador en el T-REGISTRO, así como a sus trabajadores, pensionistas, personal en formación laboral, personal de terceros en los siguientes plazos:

SITUACIÓN

PLAZO Dentro del días que se produce el ingreso a prestar servicios, independientemente de la modalidad de contratación y de los días laborados.

ALTA Trabajador / Personal en Formación Laboral/ Personal de terceros El primer día hábil del mes siguiente a aquel en que se puso a disposición la primera pensión afecta, se provisional o definitiva. ALTA Pensionista 5 días hábiles de la fecha de ocurrencia del evento o tomado conocimiento MODIFICACIÓN O ACTUALIZACIÓN DE DATOS BAJA



Al día siguiente de la fecha de término de las prestación de la suspensión o fin de la condición de pensionista el fin de la obligación de realizar aportaciones a ESSALUD, según corresponda.

Entregar a los trabajadores y Prestadores de Servicios de 4ta- 5ta Categoría, la constancia de alta, modificación o actualización que se efectúe en el TRegistro, de acuerdo a los siguientes plazos:

SITUACIÓN

ALTA

PLAZO

El día hábil siguiente del inicio de la prestación de servicios

MODIFICACIÓN O ACTUALIZACIÓN

BAJA

Dentro de los 15 días calendario siguientes a la fecha en que se produjo la modificación o actualización Solo en aquellos casos que sea solicitado, se entregará la constancia, en el término de dos (2) días calendarios siguientes a la presentación de la solicitud.

De acuerdo a la Resolución Ministerial 242-2017-TR, el empleador está obligado a consignar en el T-Registro de la Planilla Electrónica, la siguiente información:

Información en el T-Registro    

Empresa del Sistema Financiero en la cual abona la remuneración del trabajador. Número de cuenta del trabajador en la cual le abona su remuneración Número de teléfono móvil del trabajador. Correo Electrónico del trabajador.

Plazo A partir del 06.01.2018

A partir del01.03.2018

Las empresas que deban actualizar esta información en el T-Registro, deberán realizarlo de acuerdo a los siguientes plazos:

Empleadores Con más de 10 trabajadores De 1 a 10 trabajadores

 



Plazo para la actualización Hasta el 28.02.2018 Hasta el 31.03.2018

La entrega de la constancia podrá realizarse mediante entrega física o electrónica. Mantener actualizado su domicilio fiscal, establecimientos anexos y nombre o razón social en el RUC, con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con la Planilla. Verificar la información de carga inicial, a fin de que proceda según corresponda a la baja, modificación/actualización o de ser necesario, a completar algún dato faltante. Dar de alta (antes del vencimiento o presentación del PLAME) a aquellos sujetos cuyo vínculo se haya iniciado antes de la vigencia del D. S. N.° 015-2010-TR y no hayan sido inscritos en el registro, siempre que el vínculo se mantenga vigente