Normas Generales Para Strip Center

NORMAS Y REGLAMENTOS NORMA A.010 ACCESOS Y PASAJES DE CIRCULACION. - Locales comerciales 1.20 m. ESCALERAS El tipo de es

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NORMAS Y REGLAMENTOS NORMA A.010 ACCESOS Y PASAJES DE CIRCULACION. - Locales comerciales 1.20 m. ESCALERAS El tipo de escalera a proveerse depende del uso y de la altura de la edificación, de acuerdo con la siguiente tabla: Educación

Hasta 4 niveles

Más de 4 niveles

Salud

Hasta 3 niveles

Más de 3 niveles

Comercio

Hasta 3 niveles

Más de 3 niveles

Oficinas

Hasta 4 niveles

Más de 4 niveles

El número y ancho de las escaleras se define según la distancia del ambiente más alejado a la escalera y el número de ocupantes de la edificación a partir del segundo piso, según la siguiente tabla: Uso residencial

Ancho total requerido

De 1 a 300 ocupantes

1.20 m. en 1 escalera

De 301 a 800 ocupantes

2.40 m. en 2 escaleras

De 801 a 1,200 ocupantes

3.60 m. en 3 escaleras

Más de 1,201 ocupantes

Un módulo de 0.60 m por cada 360 ocupantes

Uso no residencial

Ancho total requerido

De 1 a 250 ocupantes

1.20 m. en 1 escalera

De 251 a 700 ocupantes

2.40 m. en 2 escaleras

De 701 a 1,200 ocupantes

3.60 m. en 3 escaleras

Más de 1,201 ocupantes

Un módulo de 0.60 m por cada 360 ocupantes

ESTACIONAMIENTOS Las características a considerar en la provisión de espacios de estacionamientos de uso público serán las siguientes: a) Las dimensiones mínimas de un espacio de estacionamiento serán: Cuando se coloquen: Tres o más estacionamientos continuos Dos estacionamientos continuos Estacionamientos individuales En todos los casos

Ancho: 2.50 m cada uno Ancho: 2.60 m cada uno Ancho: 3.00 m cada uno Largo: 5.00 m. Altura: 2.10 m.

NORMA A.070 Locales comerciales Centro Comercial. Edificación constituida por un conjunto de locales comerciales y/o tiendas por departamentos y/u oficinas, organizados dentro de un plan integral, destinada a la compra-venta de bienes y/o prestaciones de servicios, recreación y/o esparcimiento. El número de personas de una edificación comercial se determinará de acuerdo con la siguiente tabla, en base al área de exposición de productos y/o con acceso al público:

Tienda independiente

5.0 m2 por persona

Salas de juegos, casinos

2.0 m2 por persona

Gimnasios

4.5 m2 por persona

Galería comercial

2.0 m2 por persona

Tienda por departamentos

3.0 m2 por persona

Locales con asientos fijos

Número de asientos

Mercados Mayoristas

5.0 m2 por persona

Supermercado

2.5 m2 por persona

Mercados Minorista

2.0 m2 por persona

Restaurantes (área de mesas)

1.5 m2 por persona

Discotecas

1.0 m2 por persona

Patios de comida (área de mesas)

1.5 m2 por persona

Bares

1,0 m2 por persona

Tiendas

5.0 m2 por persona

Áreas de servicio (cocinas)

10.0 m2 por persona

DOTACIÓN DE SERVICIOS Las edificaciones para tiendas independientes y tiendas por departamentos, centros comerciales y complejos comerciales, estarán provistas de servicios sanitarios para empleados, según lo que se establece a continuación: Número de empleados

Hombres

Mujeres

De 1 a 6 empleados

1L, 1u

1I

De 7 a 25 empleados

1L, 1u, 1I

1L,1I

De 26 a 75 empleados

2L, 2u, 2I

2L, 2I

De 76 a 200 empleados

3L, 3u, 3I

3L, 3I

Por cada 100 empleados adicionales

1L, 1u, 1I

1L,1I

L = lavatorio, u= urinario, I = Inodoro

Las edificaciones comerciales deberán tener estacionamientos dentro del predio sobre el que se edifica. El número mínimo de estacionamientos será el siguiente: Para personal

Para público

Tienda independiente

1 est. cada 6 pers

1 est. cada 10 pers

Tienda por departamentos

1 est. cada 5 pers

1 est cada 10 pers

Centro Comercial.-

1 est. cada 5 pers

1 est cada 10 pers

Complejo Comercial.-

1 est cada 10 pers

1 est cada 10 pers

Locales de asientos fijos

1 est. cada 15 asientos

Mercados Mayoristas.-

1 est cada 10 pers

1 est cada 10 pers

Supermercado.-

1 est cada 10 pers

1 est cada 10 pers

Mercados Minorista.-

1 est cada 20 pers

1 est cada 20 pers

Restaurante

1 est cada 10 pers

1 est cada 10 pers

En las edificaciones comerciales donde se haya establecido ingresos diferenciados para personas y para mercadería, la entrega y recepción de esta deberá efectuarse dentro del lote, para lo cual deberá existir un patio de maniobras para vehículos de carga acorde con las demandas de recepción de mercadería. Deberá proveerse un mínimo de espacios para estacionamiento de vehículos de carga de acuerdo al análisis de las necesidades del establecimiento. En caso de no contarse con dicho análisis se empelará la siguiente tabla: De 1 a 500 m2 de área techada

1 estacionamiento

De 501 a 1,500 m2 de área techada

2 estacionamientos

De 1,500 a 3,000 m2 de área techada

3 estacionamientos

Más de 3,000 m2 de área techada

4 estacionamientos

CAPITULO ll CONDICIONES DE HABITABILIDAD Y FUNCIONALIDAD Artículo 4.- Los proyectos de centros comerciales, mercados mayoristas, mercados minoristas, tiendas de autoservicio, galerías comerciales, galerías feriales, establecimientos de venta de combustibles (grifo, gas centro) y estaciones de servicio deben contar con un estudio de impacto vial que proponga una solución que resuelva el acceso y salida de vehículos sin afectar el funcionamiento de las vías desde las que se accede.

Artículo 5.- Las edificaciones comerciales deberán contar con iluminación natural o artificial, que garantice la clara visibilidad de los productos que se expenden, sin alterar sus condiciones naturales. 5.1. Aislamiento Acústico 5.2.. Aislamiento Térmico

Artículo 6.- Las edificaciones comerciales deberán contar con ventilación natural o artificial. La ventilación natural podrá ser cenital o mediante vanos a patios o zonas abiertas. El área mínima de los vanos que abren debe ser superior al 10% del área del ambiente que ventilan. Artículo 8.- El número de personas de una edificación comercial (AFORO) CLASIFICACION

AFORO

Tienda independiente en primer piso nivel de acceso

2.8 m 2 por persona

Tienda independiente en segundo piso

5.6m2 por persona

Tienda independiente interconectada de dos niveles

3.7m2 por persona

Restaurante, cafetería cocina

9.3 rn 2 por persona

Restaurante, cafetería área de mesas

1 .5

Comida rápida, comida el aso cocina

5.0 m 2 por persona

Comida rápida, o al aso área de mesas, área de atención

1.5 m 2 por persona

Establecimiento de venta de combustibles rifo, gas centro

25 m 2 por vehículo

Estación de servicio

25 m 2 por vehículo

Locales bancarios de intermediación financiera

5.0 m 2 por persona

Locales ara eventos, salones de baile

1 .5

Bares, discotecas y pubs

1.0 m 2 por persona

Casinos salas de juego

3.3 m 2 por persona

Casinos salas de juego

3.3 m 2 por persona

Locales de espectáculos con asientos fijos

Número de asientos

Parques de diversiones y de recreo.

4.0 m 2 por persona

S a, baños turcos, sauna, baños de vapor

10.0 m 2 por persona

Gimnasios, fisicoculturismo área con maquinas

4.6m2 por persona

por persona

por persona

Gimnasios, fisicoculturismo área sin maquinas

1 .4m2 por persona

Tienda por departamentos

3.0 m 2 por persona

Supermercado

2.5 m 2 por persona

Tienda de mejoramiento del hogar

3.0 m 2 por persona

Otras tienda de autoservicio

2.5 m 2 por persona

Mercado mayorista

5.0 m 2 por persona

Mercado minorista

2.0 m 2 por persona

Galería comercial

2.0 m 2 por persona

Galería ferial

2.0 m 2 por persona

Artículo 9.- La altura libre mínima de piso terminado a cielo raso en las edificaciones comerciales es de 3.00 m.

CAPITULO III CARACTERÍSTICAS DE LOS COMPONENTES Artículo 10.- Las edificaciones comerciales deben contar como mínimo con un ingreso accesible para personas con discapacidad, y a partir de 1,000 m 2 techados, con ingresos diferenciados para público y para mercadería. Artículo 11.- Las dimensiones de los vanos para la instalación de puertas de acceso, comunicación y salida deberán calcularse según el uso de los ambientes a los que dan acceso y al tipo de usuario que las empleará, cumpliendo los siguientes requisitos: a)

La altura mínima será de 2.10 m.

b)

Los anchos mínimos de los vanos en que se instalen puertas es:

Ingreso principal

1.00 m

Dependencias interiores

0.90 m

Servicios higiénicos

0.80 m

Servicios higiénicos ara discapacitados

0.90 m.

Cuando las puertas de salida, sean requeridas como puertas de evacuación deben cumplir con lo establecido en la Norma Técnica A. 130.

Artículo 13.- El ancho de los pasajes de circulación de público depende de la longitud del pasaje desde la salida más cercana, el número de personas en la edificación, y la profundidad de las tiendas o puestos a los que se accede desde el pasaje. El ancho mínimo de los pasajes es de 2.40 m. los mismos que deben permanecer libres de objetos, mobiliario, mercadería o cualquier obstáculo. Los pasajes principales deben tener un ancho mínimo de 3.00 m. Artículo 30.- Las edificaciones comerciales deberán contar con áreas de estacionamiento, que podrán localizarse dentro del predio sobre el que se edifica, en las vías que lo habilitan, en predios colindantes y, cuando la naturaleza de la edificación y/o de las vías de acceso restrinjan la ubicación de estacionamientos, en predios localizados a distancias no mayores a 200 ml. de los accesos a la edificación comercial. POBLACION

OTRAS CIUDADES LIMA

A SERVIR COMERCIO INTERDITRITA C-7 Y METROPOLITANO C-9

MAS DE 300,000 Hab. 1

COMERCIO DISTRITAL C-5

Hab.

COMERCIO ZONAL O SECTORIAL C-3 COMERCIO LOCAL c-l Y VECINAL C-2

COSTA SIERRA SELVA

Hab: 0.9

0.8

0.8

0.7

0.7

0.7

0.6

0.6

0.6

0.5

Hasta 30,000 Hab:

Artículo 31.- En las edificaciones comerciales donde se haya establecido ingresos diferenciados para personas y para mercadería, la entrega y recepción de ésta, deberá efectuarse dentro del lote, para lo cual deberá existir un patio de maniobras para vehículos de carga acorde con las demandas de recepción de mercadería. Deberá proveerse un mínimo de espacios para estacionamiento de vehículos de carga de acuerdo al análisis de las necesidades del establecimiento. En caso de no contarse con dicho análisis se empleará la siguiente tabla: De 1 a 500 m 2 de área techada

1 estacionamiento

De 501 a 1,500 m 2 de área techada

2 estacionamientos

De 1,500 a 3,000 m 2 de área techada

3 estacionamientos

Más de 3,000 m 2 de área techada

4 estacionamientos

En Centros Comerciales: Hasta 1,500 m2 de área techada

1 estacionamiento

De 1,500 a 3,000 m2 de área techada

2 estacionamientos

Cada 3,000 m2 adicionales

1 estacionamiento

Fuente http://www3.vivienda.gob.pe/dnc/archivos/Estudios_Normalizacion/Normalizacion/normas/NORMA_A .070_COMERCIO.pdf Reglamento nacional de edificaciones https://www.munichiclayo.gob.pe/Documentos/ae4e6c_PRESENTACION%20%20GUIA%20%20FORMUL ACION%20PDLC.pdf

Municipalidad Provincial de Chiclayo EDIFICACIONES PARA MERCADOS (QUE CUENTEN CON UN MÁXIMO DE 15,000 M2 DE ÁREA CONSTRUIDA) Objetivo del Trámite: EDIFICACIONES PARA MERCADOS (QUE CUENTEN CON UN MÁXIMO DE 15,000 M2 DE ÁREA CONSTRUIDA) Documentación Técnica 8

Plano de Ubicación y Localización según formato.

9

Planos de Arquitectura, Estructuras, Instalaciones Sanitarias, Instalaciones Eléctricas y otros, de ser el caso, y las memorias justificativas por especialidad.

10 Plano de seguridad y evacuación cuando se requiera la intervención de los delegados Ad Hoc del INDECI o del CGBVP. 11 Plano de Sostenimiento de Excavaciones, de ser el caso y de acuerdo a lo establecido en la Norma E 050 del RNE 12 Memoria descriptiva que precise las características de la obra y las edificaciones colindantes; indicando el número de pisos y sótanos; así como fotos en los casos que se presente el Plano de Sostenimiento de Excavaciones 13 Certificado de Factibilidad de Servicios 14 Estudio de Mecánica de Suelos, según los casos que establece el RNE. 15 Estudios de Impacto Ambiental y de Impacto Víal aprobados por las entidades competentes y en los casos que se requiera. 16 En caso se solicite Licencia de Edificación para Remodelación, Ampliación o Puesta en Valor Histórico deberá presentarse lo siguiente: 16.1. Planos de arquitectura en los cuales se diferencie la edificación existente de la proyectada y su respectiva memoria descriptiva, de acuerdo a lo siguiente: a). Plano de levantamiento de la edificación graficando con achurado 45 grados, los elementos a eliminar. b). Plano de la edificación resultante, graficando con achurado a 45 grados, perpendicular al anterior, los elementos a edificar.

c). Para las obras de Puesta en Valor Histórico se debe graficar en los planos los elementos arquitectónicos con valor histórico monumental propios de la edificación, identificándose aquellos que serán objeto de restauración, reconstrucción o conservación, de ser el caso. 16.2. Planos de estructura y memoria justificativa; en los casos de obras de remodelación, ampliación o puesta en valor y cuando sea necesario en los demás tipo de obra. Debe diferenciarse los elementos estructurales existentes, los que se eliminarán y los nuevos, detallando adecuadamente los empalmes. 16.3. Planos de instalaciones y memoria justificativa, de ser necesario, donde: a). Se diferencien los puntos y salidas nuevos de los que se eliminarán; detallándose adecuadamente los empalmes. b). Se evaluará la factibilidad de servicios teniendo en cuenta la ampliación de cargas eléctricas y de dotación de agua potable. 16.4. Para los proyectos de inmuebles sujetos al Régimen de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Común, deberá además presentarse lo siguiente: a). Autorización de la Junta de Propietarios b). Reglamento Interno c). Planos de Independización correspondientes 16.5. En caso se solicite una Licencia Temporal de Edificación y luego de haber obtenido el dictamen conforme en la especialidad de Arquitectura, deberá además presentarse lo siguiente: a). Anexo D del FUE b). Póliza CAR (Todo Riesgo Contratista) o la Póliza de Responsabilidad Civil, según las características de las obras a ejecutarse con cobertura por daños materiales y personales a terceros. B) VERIFICACIÓN TÉCNICA Después de haberse notificado el último dictamen conforme del Proyecto se debe presentar lo siguiente: 17 Cronograma de Visitas de Inspección, debidamente suscrito por el Responsable de Obra y el Supervisor Municipal. 18 Comunicación de la fecha de inicio de la obra, en caso no se haya indicado en el FUE 19 Copia del comprobante de pago de la tasa correspondiente a la verificación técnica. (Solo en caso de ser requerida conforme a Ley y según cronograma suscrito) Fuente : https://www.serviciosalciudadano.gob.pe/tramites/1396/3_3_6_0.htm

MARCO NORMATIVO URBANO CHICLAYO 1.Zonificación de la provincia de Chiclayo El casco urbano de la ciudad de Chiclayo es de 3,977.14 Ha, en la distribución del suelo se observa que: El uso predominante es el residencial, este está destinado a vivienda ocupando un área de 1,370.01 Ha, lo que representa el 34.4% del área urbana, otras áreas como: Usos Especiales, por la presencia del Aeropuerto Abelardo Quiñones y Zona Militar al mando de la Fuerza Aérea del Perú, ocupan una extensión de 650.56 Ha 16.4% del Casco Urbano, los usos destinados a equipamiento con 283.13 Ha - 7.1%, los usos industriales con 51.06 Ha -1.3% y el uso Comercial con 31.52 Ha - 0.8%, lo que nos deja a las vías y áreas libres con 1,590.85 Ha.

USOS DE SUELO

Ventas 1%7%1% 16%

vias y area libre

40%

residencial otros

35%

comercial equipamiento industrial

2. Plan de desarrollo urbano de Chiclayo: Como mencionamos anteriormente, la región de Chiclayo ha tenido un crecimiento desordenado y desmesurado, es por ello que el plan director de Chiclayo necesita una nueva proyección, ya que no ha sido actualizado desde el año 1993. Gracias a la Municipalidad de Chiclayo, al Colegio de Arquitectos de Lambayeque, a las Universidades Señor de Sipán y Pedro Ruiz Gallo se elaborará un plan que contemple urbanizaciones ecológicas en la ciudad de Reque, áreas industriales entre la ciudad de Eten y Reque, zonas universitarias en la carretera hacia Pimentel, especificación de zonas comerciales, un plan vial metropolitano “Circuito Mochica”, el cual unirá tres distritos, desagüe y alcantarilladlo para el sector Pomalca, entre otros.

Evaluación del Plan director de Chiclayo al año 2020: El Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) presentó como parte de un análisis el plan director de Chiclayo al año 2020, a manera de resumen podemos concluir que, dicho plan concibe la ciudad de Chiclayo dentro de un proceso primitivo de metropolizacion, con un esquema que se rige en un centro urbano conformado por la conurbación de los distritos de dicha ciudad, la victoria y José Leonardo ortix y pequeños centros urbanos de menor jerarquía, localizados dentro del área de influencia inmediata como: Lambayeque, san José, Pimentel, santa rosa, monsefu, eten, eten puerto y reque

El fin de este plan es establecer funciones para cada uno de los centros urbanos con propuestas de desarrollo, de esta manera se controlará el crecimiento horizontal de la ciudad donde se viene degradando las zonas agrícolas; por consecuente el contexto de la

ciudad permite elaborar o redefinir la estructura de metropolización mejorando las funciones que sugieren establecer requerimientos de

infraestructura básica y económica para tener una mejor ocupación sobre zonas seguras y rediseñar de esta manera, la propuesta del acondicionamiento territorial (Malaga, Kuroiwa, Perez y Zerga, 2010).

ZONA COMERCIAL artículo 11º.- definicion son las zonas destinadas para el establecimiento de actividades comerciales, es decir para la venta de bienes y/o servicios. la presente norma se complementa con las normas específicas establecidas en los reglamentos de: 1. establecimientos de venta de combustible y estaciones de servicioministerio de energía y minas- mem. 2. establecimientos de hospedaje y restaurantes- ministerio de industria, turismo, integración y negociaciones comerciales internacionales – mitinci. establecimientos para expendio de comidas y bebidas - ministerio de salud-ms. 3. mercados de abastos-ministerio de salud. comercio especializado ce son ejes constituidos por la concentración de actividad comercial ó de servicios ó industrial (que no pueda considerarse molesta relacionada a automotriz, productos herbicidas, construcción y otros); se ubica preferentemente en avenidas principales, tendiendo a crecer en forma lineal y su radio de influencia es de 800 a 1200 m.

Políticas públicas de ordenamiento territorial.

a) Propiciar el desarrollo integral y el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes del municipio en un marco de solidaridad social, responsabilidad ambiental y competitividad económica. b) Reducir la incidencia de desastres, evitando la ocupación de áreas en riesgo de derrumbes, deslaves, deslizamientos, inundaciones y otras amenazas. c)

Minimizar los efectos negativos de usos del suelo inadecuados sobre el entorno urbano.