modelo poder

Señores Notaría Pública de San Diego Su Despacho._ Yo, MARYORI CAROLINA BRETT GONCALVEZ Venezolana, Mayor de Edad, Solte

Views 112 Downloads 3 File size 150KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

Señores Notaría Pública de San Diego Su Despacho._ Yo, MARYORI CAROLINA BRETT GONCALVEZ Venezolana, Mayor de Edad, Soltera, Titular de la Cedula de Identidad N° V- 23.426.854 y domiciliada en Valencia Estado Carabobo, por medio del presente documento declaro: Confiero Poder General de Administración y Disposición en cuanto a derecho se requiere a la ciudadana: MATILDE IRENE DE JESUS GONCALVEZ DE BRETT Venezolana, Mayor de Edad Casada, Titular de la Cedula de Identidad N° V8.591.646 y de este domicilio, para que en mi nombre y representación sin limitación alguna, represente y defienda todos mis derechos, acciones e intereses en todos los asuntos judiciales o extra judiciales que se presenten o puedan presentárseme, por ante los Organismos Administrativos o jurisdiccionales de la República Bolivariana de Venezuela o del Exterior. En virtud del presente mandato podrá mi apoderada, celebrar conforme a las leyes, todo género y especie de operaciones, comprar y vender bienes o inmuebles actuales o futuros, quedando autorizada para ejercer, cobrar, recibir, firmar finiquitos y todo lo concerniente a esta materia; fijando el precio y la forma de pago de los mismo y recibirlos o pagarlos; otorgar toda clase de documentos

públicos

o

privados,

firmando

los

originales

y

protocolos

correspondientes, ante cualquier funcionario competente u oficina de Registro o Notaria; ya sean muebles o inmuebles actuales o futuros, con la facultad de poder fijar el precio y demás prestaciones y condiciones que tenga por conveniente celebrar en mi nombre y representación contratos de todos género conforme a las leyes; en consecuencia, en virtud del presente mandato, podrá mi apoderada firmar contrato de cesiones, dar anticresis, en prenda o de cualquier otra manera; recibir en todos los casos las sumas de dinero, títulos, certificados, créditos o valores que puedan corresponderme, adquirir mediante compra, permuta, opción o licitación o de cualquier manera toda clase de bienes muebles e inmuebles actuales o futuros; firmar los libros o protocolos que fueren menester, arrendar por cualquier período de tiempo los bienes

muebles o inmuebles de mi propiedad; aprobar, formalizar

adjudicaciones y divisiones de bienes, inventarios y valorizaciones; transigir diferencias y tomar posesión de los bienes; ejecutar operaciones en cualquier Instituto Bancario de Venezuela o Exterior, pudiendo abrir, movilizar, actualizar y cerrar cuentas en los respectivos Institutos Bancarios; tramites de Sistema Complementario de Administración de Divisas (SICAD), el Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX), DICOM, por ante cualquier Institución Bancaria, librar, aceptar, cobrar, emitir, endosar cheques, aun los que tengan la leyenda NO ENDOSABLE, letras de cambio, pagares y cualquier otro efectivo cambiario; solicitar protesto de cheques y letras de cambio; retirar tarjetas de crédito y/o débito, chequeras, libretas, firmando en nombre de mi poderdante los documentos requeridos; dar y tomar dinero a préstamo bajo las bases y estipulaciones que tenga a bien pactar; efectuar operaciones crediticias mediante bonos o giros y, ejerciendo mi representación en las Juntas Directivas en Asamblea Ordinaria y Extraordinaria, y cada vez que hubiere necesidad de dicha representación, así como, para realizar todo tipo de gestiones por ante Alcaldías, SENIAT, Registro Mercantil , y cualquier otro ente Público o Privado, ejercer la administración total de mis propiedades, recibir en mi nombre cualquier suma de dinero o prestaciones, rentas, frutos e intereses que me correspondan por cualquier concepto, celebrar, modificar, resolver o rescindir contratos de todo género, recibir cantidades de dinero o valores que los representen otorgando los correspondientes recibos y finiquitos; gestionar, solicitar, peticionar y hacer declaraciones de todo género por ante los Organismo de Poderes Públicos de la Republica o Dependencias Oficiales y Privados, ya sean Nacionales, Estadales, Municipales o Institutos Autónomos, tales como: Alcaldías, Notarias, Registro Mercantiles, Civiles, Registro Principal, Inmobiliarios; Fiscalías, Tribunales Civiles, Penales, Mercantiles y Laborales , Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (BANAVIH), INSALUD, SAIME, SENIAT, Ministerio del Poder Popular para el Trabajo, Colegios, Ministerio de Educación, Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior Universitaria, Colegio de Odontólogos del Estado Carabobo, Colegio de Odontólogos de Venezuela,

Ministerio Del Poder Popular para las Relaciones Exteriores e

Interiores, Consulados, pudiendo también realizar todos los trámites necesarios y pertinentes para la legalización y apostilla y hacer uso de todos los recursos

Administrativos, inclusive el de Gracia y Contencioso. Realizar trámites de títulos, notas certificadas. En lo judicial, queda facultada expresamente la referida apoderada mediante abogadas para intentar y contestar todo clase de demandas y acciones,

sean

estas

civiles,

penales,

mercantiles,

fiscales,

del

trabajo,

administrativas o de cualquier otra naturaleza jurídica distinta a las aquí estipuladas y para hacer, en fin, todo cuanto yo mismo haría en defensa de mis derechos, intereses y acciones, darse por citada o notificada, oponer y contestar cuestiones previas, reconvenciones, desistir, transigir, convenir, promover y evacuar pruebas, pedir y hacer ejecutar medidas preventivas y ejecutivas, ejercer los recursos ordinarios y extraordinarios que le concedan las leyes, inclusive el de casación, hacer posturas en remates y recibir adjudicaciones, hacer uso de todos los recursos legales para la mejor defensa de mis intereses, sustituir este Poder en todo o en parte en persona, persona naturales y/o abogado o abogados de su confianza, reservándose o no su ejercicio y reasumirlos en cualquier tiempo, cuando a bien lo tuviere. La apoderada me podrá representar en la forma más absoluta en todos los casos, circunstancias y ocasiones en que las leyes no prohíban las actuaciones mediante apoderados; las facultades anteriormente enumeradas les fueron concedidas a título enunciativo y en ningún momento taxativo, ni limitativo, En Valencia, en la fecha de su presentación.