Modelo de Poder Para Comprar-hipotecar y Firmar Credito

Numero ----- Libro ------. En la ciudad de San Salvador, a las once horas, del día quince de julio del año dos mil die

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Libro ------. En la ciudad de San Salvador, a las once horas,

del día quince de julio del año dos mil diecisiete. Ante mí SAMUEL LANDAVERDE HENRIQUEZ, notario de este domicilio comparece el señor GUILLERMO GONZALEZ CARCAMO y ME DICE: Que confiere PODER

GENERAL

ADMINISTRATIVO

CON

CLAUSULAS

ESPECIALES, a favor del señor GUILLEMO GONZALES de cincuenta y siete años de edad, mecánico, del domicilio de Apopa, departamento de San Salvador, a quien conozco portador de

Documento Único de

Identidad cero tres siete nueve cuatro cero seis siete guion uno y Numero de Identificación Tributaria cero seis uno cuatro guion uno uno cero nueve seis uno guion cero cero ocho guion nueve para que a nombre del compareciente, administre los bienes que éste posea en la República de El Salvador, sean muebles o inmuebles, incluidos empresas y establecimientos mercantiles pudiendo darlos en arrendamiento, comodato, y celebrar cualquier clase de contrato sobre los mismos; para que en el indicado concepto cobre las cantidades que se le adeuden, pague las que deba, suscriba los documentos de obligación y de cancelación que fueren necesarios. Lo faculta asimismo para ejercer todos los actos propios de un administrador general; para abrir, cerrar y liquidar cuentas bancarias, y en general toda clase de depósitos bancarios; para girar, depositar, o retirar contra los depósitos bancarios de su propiedad, contratar créditos para el giro ordinario de sus negocios y otorgar garantías con los bienes del compareciente, para suscribir, librar, aceptar endosar, protestar y rechazar toda clase de títulos valores y demás documentos mercantiles negociables; para que adquiera toda clase de bienes a favor de: Yeni Coto, de años de edad, Abogado y Notario, del domicilio de San Salvador, con Documento Único de Identidad número;

y

con

Número

de

Identificación

Tributaria.

CLAUSULAS

ESPECIALES: Especialmente faculta al apoderado nombrado, para que en su nombre y representación, pueda ejercer los siguientes actos: a) para

que pueda comprar en su nombre un inmueble situado de Naturaleza Urbana, Cluster uno, polígono dos, lote N° 17, Urbanización San Gabriel, Apopa, Suchinango, departamento de San Salvador, numero de matricula número seis cero cuatro ocho ocho cero uno uno guion cero cero cero cero cero (área y numero de inscripción en el Registro de la Propiedad) por el monto y en las condiciones que estime conveniente, firme las escrituras correspondientes de compraventa a su favor, acepte la tradición del dominio, posesión y demás derechos que se le transfieren sobre el inmueble antes relacionado, lo reciba materialmente y efectúe cuanta gestión fuere necesaria para la formalización de la compraventa, b) pueda tramitar en el BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR SOCIEDAD ANONIMA, o en cualquier otra Institución Bancaria o Financiera del País, cualquier tipo de financiamiento o crédito, en las condiciones que éstas establezcan, y firmar las Escrituras que fuere necesario otorgar para la obtención de dichos créditos a su nombre, asimismo la faculta para que pueda constituirse en su nombre, deudor y principal pagador de cualquier crédito o refinanciamiento a favor del BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR SOCIEDAD ANONIMA, o cualquier institución Bancaria o financiera del País, lo faculta para recibir las cantidades de dinero o endosar los cheques que se emitieren a favor del mandante provenientes de dichos créditos, también lo faculta para que en garantía del crédito que se le concediere, pueda constituir hipoteca abierta o cerrada sobre el inmueble situado en

(relación del inmueble a comprar) por el monto, plazo y

condiciones que se estipularen en el Banco Hipotecario de El Salvador, S.A. o en la Institución Bancaria o Financiera correspondiente; y como consecuencia de las facultades otorgadas, faculta al apoderado nombrado para que comparezca ante notario a otorgar las escrituras respectivas. Asimismo, faculta al apoderado aquí nombrado para que en presencia de un empleado del BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD

ANONIMA, firme la Declaración Jurada en cumplimiento a lo establecido en el Decreto Legislativo, que contiene la LEY CONTRA EL LAVADO DE DINERO Y DE ACTIVOS, y en cumplimiento a lo establecido en el decreto número Dos del Ministerio de Seguridad Publica y Justicia dado a los veintiún días del mes de enero del año dos mil que contiene el Reglamento de la Ley Contra el Lavado de Dinero y de Activos; y además en cumplimiento al Acuerdo número trescientos cincuenta y seis, emitido por la Fiscalía General de La República que contiene el Instructivo de la Unidad de Investigación Financiera para la Prevención del Lavado de Dinero y de Activos en las Instituciones de Intermediación Financiera. Y para el mayor desempeño de su cometido le confiere al apoderado aquí nombrado las facultades generales del mandato y las especiales que enumera el artículo ciento trece del Código de Procedimientos Civiles, inclusive las de transigir, las cuales expliqué al compareciente, cerciorándome de que las conoce, comprende y por ello concede. Así se expresó el compareciente a quien expliqué los efectos legales del presente instrumento y leído que le hube íntegramente lo escrito en un solo acto ininterrumpido, manifiesta su conformidad, ratifica su contenido, y firmamos. DOY FE.-