MODELO DE OTORGAMIENTO DE PODER PARA LITIGAR

Asignación N°2 Alumno: Matos Tacuri, Ricardo Modelo de otorgamiento de poder para litigar A través del poder, una perso

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Asignación N°2 Alumno: Matos Tacuri, Ricardo

Modelo de otorgamiento de poder para litigar A través del poder, una persona (el poderdante) faculta a otra (el apoderado) para que la represente. Mediante este documento, el apoderado facultado puede actuar en nombre del poderdante en actos y contratos jurídicos. Un caso especial de poder es aquel otorgado por ciudadanos peruanos en el extranjero. Para defender sus intereses, la ley permite que estos puedan ser representados mediante el mecanismo de otorgamiento de poder en el extranjero. El modelo de poder, que se desarrolla en esta asignación, y cuyas partes se resumen a continuación, está referido al tipo de divorcio por mutuo acuerdo entre una persona que se encuentra fuera del país y su cónyuge que permanece en este. Se presenta ante el Cónsul del Perú, quien actúa como Notario Público. Se presenta una minuta que contiene el texto del poder en el cual se expresa con claridad los nombres, apellidos y dni tanto del otorgante como del representante designado. Debe contener la descripción clara de las facultades otorgadas y para qué se las otorga al representante (esto con el fin de limitar el ámbito de su representación). En caso de separación de cuerpos y divorcio por mutuo acuerdo, no olvidar que se debe expresar las facultades para asistir a audiencia de conciliación extrajudicial y adoptar acuerdos. Asimismo, resulta conveniente expresar las facultades de representación ante notarías, administración, capacidad procesal en el poder judicial, conciliación y procesos arbitrales. La minuta debe estar autorizada (firmada) por abogado peruano en la que se debe distinguir con claridad sus nombres, apellidos y número de registro del Colegio de Abogado al que pertenece. Esto implica que se deba remitir físicamente dicha minuta por correo. El documento de poder se debe remitir al Perú para que en Relaciones Exteriores se certifique la firma del Cónsul del Perú en el extranjero. Finalmente, se debe inscribir el poder en el Registro de Mandatos y Poderes de los Registros Públicos de la localidad donde se va a ejercer el poder

Modelo de minuta de poder en el extranjero

Monterrey, Nuevo León a 02 de abril de 2011

Señor Cónsul General del Perú en México: Sírvase usted extender en su registro de Escrituras Públicas una de Poder Especial que yo, juan manuel alarcón pérez, de estado civil casado, de nacionalidad peruana, identificado con Documento Nacional de Identidad N°20023493, domiciliado en el número 235, de la calle Las Nazarenas, ciudad de Monterrey, México, a quien en adelante se le llamará el poderdante, hábil para contratar, inteligente en la lengua castellana, en uso de mis facultades y en nombre propio, otorgo en favor de don carlos antonio alarcón buendía, quien se identificará con Documento Nacional de Identidad N°41784132, domiciliado en la Calle Colón 560, urbanización Santa Patricia, La Molina, Lima, Perú, a quien en adelante se le llamará el apoderado, en los términos y condiciones siguientes: PRIMERO: Para que el apoderado en representacion de los derechos y acciones de el poderdante, y como si fuera el mismo, inicie, participe y/o continue la accion de Separacion convencional de cuerpos y Ulterior divorcio absoluto de su cónyuge, rosa elvira gutarra benavente, ante el Juzgado Especializado de Familia o el que corresponda en el Perú, sea por mutuo acuerdo o por causal. SEGUNDO: A efectos de lo expuesto, el apoderado podrá suscribir la demanda y los documentos publicos y/o privados que sean necesarios. y, en el campo judicial y ante sus autoridades, representará a el poderdante con las facultades generales y especiales del mandato contenidos en los articulos 74 y 75 del Codigo Procesal Civil. asimismo, para que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 577 del mismo código, pueda representar a el poderdante en las actuaciones judiciales que se ordenen, promuevan o realicen con motivo del proceso judicial. TERCERO: Para el ejercicio de la representación otorgada para los actos señalados en la cláusula que antecede, el poderdante otorga a el apoderado, las facultades específicas requeridas para participar en la audiencia de saneamiento, conciliación, pruebas y sentencia regulada por los articulos 554 y 555 del Código

Procesal Civil. Para el caso específico de la conciliación que proponga el señor juez, el apoderado deberá ratificarse en la voluntad de el poderdante de efectivizar la separación de cuerpos y extinción del matrimonio y regimen patrimonial de sociedad de gananciales de su conyuge, rosa elvira gutarra benavente. Asimismo, de ser el caso, deberá ratificar la voluntad de el poderdante contenida en la propuesta de convenio anexada a la demanda, en especial en lo que, respecta a la patria potestad, alimentos y liquidacion de la sociedad de gananciales, salvo que por el criterio del juez se establezca en la sentencia un régimen que asegure más adecuadamente la obligación alimentaria y los deberes inherentes a la patria potestad y derechos de los hijos menores. CUARTO: el poderdante hace constar que la enumeración de facultades que contienen las clausulas que anteceden, son simplemente enunciativas y no limitativas, siendo su intención otorgar este poder con las facultades necesarias para culminar el proceso judicial descrito en la cláusula primera que antecede hasta inscribir el divorcio absoluto de el poderdante de su conyuge en los registros civiles y publicos respectivos. Usted Señor Cónsul se servira agregar lo que sea de Ley, elevar a Escritura Publica la presente minuta y pasar los partes a los Registros Públicos respectivos para su debida inscripcion. Atentamente.

ACEPTO PODER

OTORGANTE

Carlos Antonio Alarcón Buendía

Juan Manuel Alarcón Pérez