MODELO DE CONVENIO INTERINSTITUCIONAL

INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLOGICO PRIVADO “SABIO NACIONAL ANTÚNEZ DE MAYOLO - TELESUP” INSTITUTO DE EDUCACIÓN

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INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLOGICO PRIVADO “SABIO NACIONAL ANTÚNEZ DE MAYOLO - TELESUP”

INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLOGICO PRIVADO “SABIO NACIONAL ANTÚNEZ DE MAYOLO”

CONVENIO INSTITUCIONAL

CUTERVO 2017 - 2018

INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLOGICO PRIVADO “SABIO NACIONAL ANTÚNEZ DE MAYOLO - TELESUP”

CONVENIO DE COOPERACION INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLOGICO PRIVADO “SABIO NACIONAL ANTÚNEZ DE MAYOLO - TELESUP” Y CEBA “NUESTRA SEÑORA DE LA ASUNCION”- CUTERVO Conste por el presente documento privado el Convenio de Cooperación Interinstitucional que suscriben por duplicado de una parte, El Instituto Telesup, con domicilio legal en Av. 28 de Julio Nº 1056, Cercado Lima, representado por su Director, Dr. ANAXIMANDRO ODILO PERALES SÁNCHEZ, en adelante EL INSTITUTO, y, el CENTRO EDUCATIVO CEBA “Nuestra Señora de la Asunción” ubicado en el Jr. Progreso SN - Cutervo, Cutervo, Cajamarca, debidamente representada por su Director, Prof. Cesar Cleyver Núñez Chávez, con D.N.I Nº 27286733 en adelante CENTRO EDUCATIVO; en los términos y condiciones siguientes: PRIMERO: LAS PARTES. EL INSTITUTO  Es una institución educativa de nivel superior técnico, sin fines de lucro, cuyo objetivo es la difusión de la inserción laboral mediante carreras técnicas profesionales, fue creado el 19 de marzo de 1992, mediante la Resolución Ministerial N° 0271-92-ED. con 04 carreras técnicas: Administración, Computación e Informática, Contabilidad y Secretariado Ejecutivo, con cobertura nacional. La revalidación fue autorizada mediante Resolución Directoral N° 0900-2006-ED. EL CENTRO EDUCATIVO 

Institución educativa CEBA “Nuestra Señora de la Asunción”, tiene una política de incentivo hacia el trabajador en lo referente a las capacitaciones que le permitan mejorar las condiciones de su entorno laboral y familiar y a quien en adelante se le denominará CENTRO EDUCATIVO.

SEGUNDO: OBJETO. El presente convenio tiene como objeto establecer la cooperación entre EL INSTITUTO y EL CENTRO EDUCATIVO en los campos de la educación, formación técnica entre ambas instituciones.  Mejorar la calidad de los estudiantes y alumnos de ambas instituciones.  Facilitar la rápida inserción laboral de nuestros estudiantes, mejorando el porcentaje de empleabilidad, ofreciendo herramientas y cursos de actualización acorde con los requerimientos  del mercado laboral.  Compartir investigaciones e infraestructura y equipamiento para la mejorar de la calidad de nuestros estudiantes.  Intercambio de docentes e investigadores para la actualización de nuestras planas docentes. TERCERO: DE LOS COMPROMISOS DEL INSTITUTO. En virtud del presente convenio, EL INSTITUTO, se compromete a:     

Inscribir a los alumnos del CENTRO EDUCATIVO del 4 y 5 de secundaria realizando un descuento del 40% el equivalente a _____ en cualquier curso técnico. Un descuento del 50% el equivalente a _____ del derecho de matrícula durante todos los ciclos académicos. Inscribir a los alumnos del CENTRO EDUCATIVO del 5 de secundaria realizando un descuento del 50% el equivalente a _____ en cualquier carrera técnica profesional. Dar las mismas facilidades a los profesores, personal administrativo y familiares de estos. Ofrecer becas a los alumnos del 5TO superior previo examen de admisión y sometidos a las reglas académicas del INSTITUTO.

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Ingreso gratuito del director y profesores principales del centro educativo, a los seminarios de actualización y foros de empresarios del INSTITUTO. Brindar auditorios, salones y laboratorios al CENTRO EDUCATIVO previa programación con la coordinación del INSTITUTO. Brindar asesoría psicológica para los estudiantes, una vez al año lo que llamaremos (exámenes de actitud y orientación profesional). Compartir información e investigaciones académicas. Brindar actualización económica, financiera e social de fuentes primarias. La cámara de comercio de lima. Brindar acceso a los estudiantes del CENTRO EDUCATIVO al campus Virtual del INSTITUTO donde se desarrollaran más de 40 cursos de manera gratuita. Facilitaremos nuestra red de contactos, en los cuatro países (Perú, Bolivia, Colombia, Ecuador) mencionados, del sector salud privada y estatal para el logro de objetivos del CENTRO EDUCATIVO.

CUARTO: DE LOS COMPROMISO DEL CENTRO EDUCATIVO. EL CENTRO EDUCATIVO por su parte se compromete a:  Difundir las ofertas laborales y académicas del Instituto en los años superiores ( 4 y 5 de secundaria)  Ofrecer descuentos a los hijos de los profesores, personal administrativo y familiares de estos.  Permitir y dar facilidades al personal del Instituto promover los beneficios de este convenio dentro del CENTRO EDUCATIVO.  Compartir información e investigaciones académicas.  Brindar infraestructura al INSTITUTO previa programación y autorización del CENTRO EDUCATIVO.  Reservar un espacio publicitario para EL INSTITUTO en las publicaciones y la página Web de CENTRO EDUCATIVO.  Permitir al INSTITUTO el uso de la imagen (LOGO) en la página web de convenios educativos. QUINTO: OBLIGACIONES.  Ambos se comprometen a respetar el convenio interinstitucional durante la vigencia de este.  Ambas instituciones se someten a trabajar ETICAMENTE para el apoyo de la sociedad.

SEXTO: PAGO POR BENEFICIOS. Para beneficiar las ventajas y servicios del presente convenio, EL INSTITUTO se obliga a abonar la cantidad de S/ 50 soles, por cada estudiante inscrito en las carrera técnicas profesionales. El INSTITUTO abonara el pago 2 veces al año en la cuenta _____________________________________________________ Del CENTRO EDUCATIVO.

SETIMO: PLAZOS. El presente convenio tendrá una duración de doce meses, a partir de la fecha de su suscripción. Si las partes acuerdan podrán revocarlo por escrito de lo contrario se considerará automáticamente renovado. El presente convenio podrá ser resuelto en cualquier momento por cualquiera de las partes en forma unilateral sin expresión de causa, siendo suficiente para ello el curso de una comunicación escrita a la otra parte con 30 días de anticipación. SÉPTIMO: Base Legales

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De conformidad con la Ley General de Educación Nº 28044. Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior D.S. Nº 009-2005-ED Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo

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R.D. Nº1067-2010-ED que aprueba las “Orientaciones y Normas Nacionales para el Desarrollo de las Actividades Educativas en el año 2016 en Instituto y Escuela de Educación Superior que desarrolla Carreras Tecnológicas.

_________________________________________ Dr. ANAXIMANDRO ODILO PERALES SÁNCHEZ DIRECTOR GENERAL

___________________________________

Lima, 21 de junio de 2017.